PAÍSES FIRMANTES DEL CONVENIO ATA y CPD y GARANTÍA APLICADA Las Administraciones Aduaneras de los países firmantes del convenio ATA han venido concediendo, desde hace años, ciertas facilidades para la circulación de mercancías con el fin de estimular las relaciones comerciales entre los diversos países. En función del país de destino se tiene que depositar una garantía, la cual oscila generalmente, entre el 25% i el 100% del importe de la mercancía, salvo algunas excepciones (calzado, artículos de piel y vehículos con destino Israel). La garantía es única, con independencia del número de países que se visiten. Esta garantía se recupera en el momento de la devolución del cuaderno a la Cambra debidamente cumplimentado por las aduanas correspondientes. La cantidad mínima de garantía a depositar será de 150 euros para cualquier territorio. Hay que depositar una garantía del 50% del importe total de la mercancía para viajar a: ANTILLAS HOLANDESAS Y FRANCESAS ARGELIA AUSTRALIA BOSNIA HERZEGOVINA CANADA CHILE COREA DEL SUR, REPUBLICA DE COSTA DEL MARFIL CHINA (Sólo admite convenio de Ferias y Exposiciones, recomendable traducción al chino ó inglés) EMIRATOS ARABES (Sólo admite Convenio de Ferias y Exposiciones). ESTADOS UNIDOS / PUERTO RICO (No admite el convenio de Ferias y Exposiciones, sólo Material Profesional / Muestras). GIBRALTAR GUADALUPE HONG KONG INDIA (Sólo admite el convenio de Ferias y Exposiciones). ISLAS FEROE (Bajo soberanía danesa – se tiene que hacer ATA). ISLA MAURICIO ISLANDIA ISRAEL (Para vehículos es del 100%; en el apartado “La Empresa o persona solicitante estará representada por” se debe incluir el nombre de la persona que hará uso de la mercancía en territorio israelí). JAPON LÍBANO (No admite el Convenio de Muestras Comerciales). MACAO MACEDONIA MALASIA MARRUECOS (Sólo admite el Convenio de Ferias y Material científico y/o pedagógico). MARTINICA MEXICO * MONTENEGRO NORUEGA NUEVA CALEDONIA NUEVA ZELANDA PUERTO RICO REUNION, ISLA RUSIA (No permite el tránsito por Bielorrusia. En el caso de tener que transitar se debe poner EN DESTINO). SAINT PIERRE ET MIQUELON SENEGAL (Sólo admite el convenio de Material Profesional, garantía mínima de 500€ para vehículos rodados privados). SERBIA SINGAPUR SRI LANKA FO-SIA-001-03 Tràmits_ Tràmits Comerç Exterior_Quaderns ATA (43) 10/11/2015 - 1 Cambra de Comerç de Barcelona Tel. 902 448 448 www.cambrabcn.org SUDAFRICA (No admite el Convenio de Muestras Comerciales). (También comprende: BOTSWANA, LESOTHO, NAMIBIA, SWAZILANDIA). SUIZA-LIECHSTENSTEIN TAHITI (POLINESIA FRANCESA). TAILANDIA TAIWAN (Se debe hacer un cuaderno CPD). TUNEZ (Convenio de Material Profesional y de Ferias y Exposiciones). *MEXICO: Las autoridades aduaneras de México solicitan ser informadas con antelación de la intención del uso de cada cuaderno ATA que se emita y para ello han habilitado un formulario: http://www.camaradecomerciodemexico.com.mx/ata/ donde los titulares deben cumplimentar la información requerida. Una vez facilitada la información, el titular recibirá por correo electrónico una notificación de si los datos son aceptados. Recomendamos imprimir la notificación recibida y adjuntarla al correspondiente cuaderno. Hay que depositar una garantía del 100% del importe total de la mercancía para viajar a: ALBANIA BAHREIN (Sólo admite el convenio de Ferias y Exposiciones). BIELORRUSSIA INDONESIA IRAN MADAGASCAR MOLDAVIA MONGOLIA PAKISTAN TURQUIA UCRANIA Hay que depositar una garantía del 25% del importe total de la mercancía para viajar a: ANDORRA (Músicos, teatro y espectáculos NO precisan garantía). CANARIAS CEUTA MELILLA Excepciones: - VEHÍCULOS A ISRAEL: Dejaran una garantía del 100%. Cuadernos ATA que amparen el calzado y artículos de marroquineria: - ARTÍCULOS DE PIEL: En el caso de los artículos de piel, la garantía que se debe depositar en la Cámara es del 100%, excepto para Andorra y Canarias que es del 25%. - CALZADO: Respecto al calzado hay que tener en cuenta que sólo pueden llevarse medios pares, y que deben ser declarados unos importes mínimos, que son: - 20 € por pieza para calzado de piel. - 15 € por pieza para calzado en material sintético. Se deberá tener en cuenta que sólo se pueden llevar medios pares y que sólo pueden relacionarse ½ par de zapatos, especificando, en la lista general, si se trata del pie derecho o izquierda, igual que los guantes. La garantía a depositar en el caso de artículos de piel es del 100%, excepto para Andorra y Canarias que es del 25%. Más información Tel. 902 448 448 – Ext. 1733 www.cambrabcn.org/ata [email protected] Av. Diagonal 452 – 08006 Barcelona o en cualquier delegación territorial: www.cambrabcn.org/delegacions FO-SIA-001-03 Tràmits_ Tràmits Comerç Exterior_Quaderns ATA (43) 10/11/2015 - 2 Cambra de Comerç de Barcelona Tel. 902 448 448 www.cambrabcn.org
© Copyright 2024