PAÍSES FIRMANTES DEL CONVENIO ATA y CPD y GARANTÍA

PAÍSES FIRMANTES DEL CONVENIO ATA y CPD y GARANTÍA APLICADA
Las Administraciones Aduaneras de los países firmantes del convenio ATA han venido concediendo,
desde hace años, ciertas facilidades para la circulación de mercancías con el fin de estimular las
relaciones comerciales entre los diversos países.
En función del país de destino se tiene que depositar una garantía, la cual oscila generalmente, entre
el 25% i el 100% del importe de la mercancía, salvo algunas excepciones (calzado, artículos de piel y
vehículos con destino Israel).
La garantía es única, con independencia del número de países que se visiten. Esta garantía se
recupera en el momento de la devolución del cuaderno a la Cambra debidamente cumplimentado por
las aduanas correspondientes.
La cantidad mínima de garantía a depositar será de 150 euros para cualquier territorio.
Hay que depositar una garantía del 50% del importe total de la mercancía para viajar a:
ANTILLAS HOLANDESAS Y FRANCESAS
ARGELIA
AUSTRALIA
BOSNIA HERZEGOVINA
CANADA
CHILE
COREA DEL SUR, REPUBLICA DE
COSTA DEL MARFIL
CHINA (Sólo admite convenio de Ferias y Exposiciones, recomendable traducción al chino ó inglés)
EMIRATOS ARABES (Sólo admite Convenio de Ferias y Exposiciones).
ESTADOS UNIDOS / PUERTO RICO (No admite el convenio de Ferias y Exposiciones, sólo Material
Profesional / Muestras).
GIBRALTAR
GUADALUPE
HONG KONG
INDIA (Sólo admite el convenio de Ferias y Exposiciones).
ISLAS FEROE (Bajo soberanía danesa – se tiene que hacer ATA).
ISLA MAURICIO
ISLANDIA
ISRAEL (Para vehículos es del 100%; en el apartado “La Empresa o persona solicitante estará
representada por” se debe incluir el nombre de la persona que hará uso de la mercancía en territorio
israelí).
JAPON
LÍBANO (No admite el Convenio de Muestras Comerciales).
MACAO
MACEDONIA
MALASIA
MARRUECOS (Sólo admite el Convenio de Ferias y Material científico y/o pedagógico).
MARTINICA
MEXICO *
MONTENEGRO
NORUEGA
NUEVA CALEDONIA
NUEVA ZELANDA
PUERTO RICO
REUNION, ISLA
RUSIA (No permite el tránsito por Bielorrusia. En el caso de tener que transitar se debe poner EN
DESTINO).
SAINT PIERRE ET MIQUELON
SENEGAL (Sólo admite el convenio de Material Profesional, garantía mínima de 500€ para vehículos
rodados privados).
SERBIA
SINGAPUR
SRI LANKA
FO-SIA-001-03
Tràmits_ Tràmits Comerç Exterior_Quaderns ATA (43) 10/11/2015 - 1
Cambra de Comerç de Barcelona Tel. 902 448 448 www.cambrabcn.org
SUDAFRICA (No admite el Convenio de Muestras Comerciales). (También comprende: BOTSWANA,
LESOTHO, NAMIBIA, SWAZILANDIA).
SUIZA-LIECHSTENSTEIN
TAHITI (POLINESIA FRANCESA).
TAILANDIA
TAIWAN (Se debe hacer un cuaderno CPD).
TUNEZ (Convenio de Material Profesional y de Ferias y Exposiciones).
*MEXICO: Las autoridades aduaneras de México solicitan ser informadas con antelación de la
intención del uso de cada cuaderno ATA que se emita y para ello han habilitado un formulario:
http://www.camaradecomerciodemexico.com.mx/ata/ donde los titulares deben cumplimentar la
información requerida. Una vez facilitada la información, el titular recibirá por correo electrónico una
notificación de si los datos son aceptados. Recomendamos imprimir la notificación recibida y
adjuntarla al correspondiente cuaderno.
Hay que depositar una garantía del 100% del importe total de la mercancía para viajar a:
ALBANIA
BAHREIN (Sólo admite el convenio de Ferias y Exposiciones).
BIELORRUSSIA
INDONESIA
IRAN
MADAGASCAR
MOLDAVIA
MONGOLIA
PAKISTAN
TURQUIA
UCRANIA
Hay que depositar una garantía del 25% del importe total de la mercancía para viajar a:
ANDORRA (Músicos, teatro y espectáculos NO precisan garantía).
CANARIAS
CEUTA
MELILLA
Excepciones:
- VEHÍCULOS A ISRAEL: Dejaran una garantía del 100%.
Cuadernos ATA que amparen el calzado y artículos de marroquineria:
- ARTÍCULOS DE PIEL: En el caso de los artículos de piel, la garantía que se debe depositar en la
Cámara es del 100%, excepto para Andorra y Canarias que es del 25%.
- CALZADO: Respecto al calzado hay que tener en cuenta que sólo pueden llevarse medios pares, y
que deben ser declarados unos importes mínimos, que son:
- 20 € por pieza para calzado de piel.
- 15 € por pieza para calzado en material sintético.
Se deberá tener en cuenta que sólo se pueden llevar medios pares y que sólo pueden relacionarse ½
par de zapatos, especificando, en la lista general, si se trata del pie derecho o izquierda, igual que los
guantes. La garantía a depositar en el caso de artículos de piel es del 100%, excepto para Andorra y
Canarias que es del 25%.
Más información
Tel. 902 448 448 – Ext. 1733
www.cambrabcn.org/ata
[email protected]
Av. Diagonal 452 – 08006 Barcelona
o en cualquier delegación territorial: www.cambrabcn.org/delegacions
FO-SIA-001-03
Tràmits_ Tràmits Comerç Exterior_Quaderns ATA (43) 10/11/2015 - 2
Cambra de Comerç de Barcelona Tel. 902 448 448 www.cambrabcn.org