REGLAMENTO REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “Mantenga su saldo y gane con el Banco Nacional”. Es una promoción dirigida a clientes físicos del Banco Nacional mayores de edad, que al primero de junio del 2015 y hasta el treinta y uno de diciembre del 2015 mantengan un saldo en su cuenta de ahorros y/o electrónicas con el Banco Nacional por un monto saldo fin de mes no menor a diez mil colones y hasta los ¢49.999.99 o su equivalencia en dólares y/o euros, participan del sorteo de cuatro premios por mes de ¢300.000.00 cada uno (trescientos mil colones exactos). Para esta promoción participan tanto clientes actuales con cuentas de ahorros y/o electrónicas en el BN como clientes nuevos en cuentas de ahorros y/o electrónicas que mantengan el saldo mínimo solicitado en sus cuentas. Esta promoción, la mecánica, la publicidad y los derechos de autor son propiedad exclusiva del Banco Nacional de Costa Rica. No participa ningún otro producto y/o servicio del Banco. 1. DEFINICIONES Se entiende por: a) BANCO NACIONAL DE COSTA RICA: Propietario exclusivo de la presente promoción. b) CLIENTE ACTUAL: Persona física mayor de edad que es titular de una cuenta (AHORRO y/o ELECTRÓNICA) con el Banco Nacional. c) CLIENTE NUEVO: Persona física mayor de edad que durante el transcurso de la presente promoción apertura una cuenta de ahorros y/o electrónica con el Banco Nacional. d) REGLAMENTO: Ordenamiento que regula la promoción “Mantenga su saldo y gane con el Banco Nacional” e) PARTICIPANTE: Cliente actual o nuevo que durante el plazo de vigencia de la promoción cumpla con las pautas establecidas en el presente reglamento. f) SALDO FIN DE MES: Refiere al saldo que tenga la cuenta al último día del mes. g) FAVORECIDO: Participante escogido aleatoriamente mediante la mecánica descrita en el punto 8 del presente reglamento. h) GANADOR: Participante favorecido por la promoción “Mantenga su saldo y gane con el Banco Nacional”, que cumple lo estipulado en el presente reglamento y que voluntariamente acepte mediante firma del documento de aceptación de premio, exoneración de responsabilidad y uso de imagen, y cualquier otro documento necesario según criterio del Banco Nacional. i) PREMIOS: Beneficio económico por un monto de ¢300.000.00 (trescientos mil colones) que será acreditado a la cuenta de los ganadores. 2. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN La promoción es por tiempo limitado, inicia el 1º de junio del 2015 y finaliza el 31 de diciembre del 2015, ambas fechas inclusive. 3. DISPOSICIONES GENERALES: El reglamento de la promoción estará disponible y podrá ser consultado libremente mientras la promoción este vigente en la página Web del Banco Nacional de Costa Rica, dirección electrónica www.bncr.fi.cr, bajo la cejilla de Reglamentos/Ganadores. Lo anterior, sin perjuicio de que pueda ser utilizado cualquier tipo de medio de comunicación adicional. 4. REQUISITOS Los clientes, participantes y los ganadores de la promoción “Mantenga su saldo y gane con el Banco Nacional”, deberán cumplir con las siguientes condiciones: a) Ser mayores de edad y tener su documento de identificación vigente. b) Que en el plazo de la promoción mantenga un saldo a fin de mes en su cuenta de ahorros y/o electrónica por un monto no menor a los ¢10.000.00 (diez mil colones) y hasta los ¢49.999.99 (cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve con 99/100) o su equivalencia en dólares y/o euros. c) El sorteo es mensual, si un cliente mantiene cada mes en su cuenta el saldo mínimo solicitado, podrá participar en forma mensual. d) Un cliente puede participar varias veces del mismo sorteo, dependiendo del número de cuenta de ahorros y/o electrónicas que tenga con el Banco y que cumplan con lo solicitado en esta promoción. e) Estar al día con todas y cada una de las obligaciones que el cliente tenga con el Banco, incluidas aquellas que cuenten con un arreglo de pago. f) Tener conocimiento de este reglamento y adherirse a lo dispuesto en él. Dicho reglamento se pone en conocimiento de los concursantes en la página Web del Banco Nacional de Costa Rica, dirección electrónica www.bncr.fi.cr. g) Firmar el contrato de aceptación del reglamento, del premio y exoneración de responsabilidad y uso de imagen. La firma del contrato es requisito previo y esencial para recibir el premio. 5. PREMIOS Y ELECCION DE LOS GANADORES Refieren a 28 premios de 300.000.00 cada uno los cuales se sortearán de la siguiente manera: Para el periodo que comprenden del: 01 de junio al 30 de junio se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 27 de julio 01 de julio al 31 de julio se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 24 de agosto 01 de agosto al 31 de agosto se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 24 setiembre. 01 de setiembre al 30 de setiembre se sortearán 4 premios, fecha del sorteo octubre. 01 octubre al 31 de octubre se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 26 noviembre 01 noviembre al 30 noviembre se sortearán 4 premios, fecha sorteo 28 diciembre 01 de diciembre al 31 de diciembre se sortearán 4 premios, fecha del sorteo enero del 2016. de 26 de de 28 Si la persona abre otras cuentas durante los meses en los que se encuentre activa la promoción, igualmente participan siempre y cuando cumplan con los requisitos de esta promoción. Los premios serán depositados en colones a los ganadores en una cuenta propia y que se encuentre activa con el Banco Nacional (llámese ahorros o cuenta electrónica). Si el ganador solo tiene cuenta en dólares y/o euros con el Banco, el Banco le facilitará abrir una nueva cuenta electrónica en colones para hacerle el depósito por el premio. La elección de los favorecidos de los premios de esta promoción se realizará de la siguiente manera A) un sorteo mensual durante siete meses para 4 ganadores y refieren al premio de ¢300.000.00 (trescientos mil colones exactos) por ganador. B) El sorteo se hará mensual por los meses de la promoción, para participar el requisito es mantener un saldo a fin de mes en una cuenta de ahorros y/o electrónica con el Banco Nacional por un monto no menor a los diez mil colones y hasta los ¢49.999.99 o su equivalencia en otra moneda, por los meses de la promoción. C) Por cada cuenta (de ahorros o electrónica) que tenga activa el cliente con el Banco y que cumpla con los requisitos para participar de esta promoción, el cliente recibirá una acción electrónica que le permitirá participar del sorteo en dicho mes. El Banco extraerá de sus sistemas la base de datos de todos los clientes que durante los meses de la promoción abran o mantengan con el Banco una cuenta con el saldo a fin de mes no menor a los diez mil colones y hasta los ¢49.999.99 o su equivalencia en otra moneda y hará el sorteo en forma aleatoria en presencia de un Notario Institucional del Banco. El sorteo se realizará en las oficinas principales del Banco Nacional ubicadas en San José Centro, en la Dirección de Mercadeo, piso 14. Asimismo, se escogerá cinco (5) suplentes por cada premio, que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos, únicamente si el favorecido respectivo no es localizado, o no cumple el reglamento, o sus datos son incongruentes con los que se aportaron para participar, o simplemente no acepta el premio y/o se niega a firmar el documento de aceptación del mismo. Los suplentes tendrán las mismas obligaciones indicadas en este reglamento, si son convocados. Los favorecidos deben estar al día en todas las obligaciones con el Banco incluidas aquellas que cuenten con un arreglo de pago, así sea como deudor o como fiador. A los ganadores se les estará llamando por medio de los teléfonos que fueron registrados por ellos en el Banco Nacional. En caso de no poder contactar al favorecido en un lapso de 24 horas, el Banco procederá a localizar al primer suplente del premio y en caso de no poder contactar al primer suplente en un lapso de 24 horas se procederá con el segundo suplente. Si aun así, no se pudiera localizar al último suplente en un lapso de 24 horas, se dará por desierto dicho premio y el Banco no asumirá ninguna responsabilidad. El resultado del sorteo, una vez determinados los ganadores, será dado a conocer por medio de la página web del Banco www.bncr.fi.cr sin perjuicio de que el Banco lo publique en uno o más medios de comunicación masiva. 6. RECLAMO DE PREMIOS a. Una vez que los favorecidos hayan sido declarados como ganadores, se les estará llamando a los teléfonos registrados por éstos en el Banco y la lista de los ganadores se publicará en el sitio web del Banco Nacional para su debida consulta. b. El plazo máximo para reclamar el premio, por parte de cada ganador, será de diez días hábiles posteriores a partir de la publicación del nombre del ganador en el sitio Web del Banco, por parte del Banco. Pasada esa fecha, caducará el derecho de reclamar un premio y el Banco no reconocerá premio alguno, por lo tanto no se verá en la obligación de satisfacerlo. c. Si un premio fuese rechazado, o el ganador se negase a recibirlo o a firmar el documento de recibo por las razones que sean, se dejará constancia en el expediente que se levante al efecto, el ganador perderá su premio y el Banco dispondrá del premio y no asumirá ninguna responsabilidad. d. Cada premio deberá ser reclamado ÚNICAMENTE por los clientes ganadores, quienes aceptarán el premio con todas las limitaciones y condiciones del mismo y liberará al Banco de toda responsabilidad. No se aceptará el reclamo de un premio que no esté amparado a la presentación del documento de identificación del ganador. e. La persona que no se pueda identificar y que presente documentos que no coincidan con los datos que el Banco tiene en su base de datos, será descalificada sin derecho a reclamo o apelación alguno. f. Para participar y/o reclamar un premio, es necesario que los favorecidos, en especial los clientes deudores, o fiadores, o titulares de tarjetas de crédito, u otras operaciones crediticias con el Banco, se encuentren al día en el pago de sus obligaciones incluidas aquellas que cuenten con un arreglo de pago, y en forma general no estén codificados de acuerdo a la normativa de la SUGEF y/o con las políticas del Banco. 7. RESPONSABILIDAD DEL BANCO La responsabilidad del Banco se limita a asegurar a los ganadores la entrega del premio dispuesta en el reglamento. 8. RESTRICCIONES Y LIMITACIONES a) En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase “APLICAN RESTRICCIONES” y/o “VER REGLAMENTO” en: www.bncr.fi.cr, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y los premios, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento. b) La presente promoción se rige por este reglamento y en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional. c) El Banco se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores. d) El Banco se compromete a entregar la cantidad de premios que ha indicado en el apartado de premios de este reglamento. e) La responsabilidad del Banco culmina con la entrega del premio, El Banco no será responsable por cualquier daño que sufra el ganador o terceras personas por trasladarse a reclamar, recibir o hacer efectivo el premio; ni reconocerá ningún gasto por el traslado que el ganador requiera para reclamar, recibir o hacer efectivo el premio. El Banco no se involucrará en disputas que puedan surgir entre el ganador y terceros por la titularidad del premio. f) Además, la responsabilidad del Banco finalizará si por situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, la promoción debe ser cancelada o los premios anulados o variados. g) Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no se encuentre previsto en el presente reglamento, será resuelto por el Banco, en estricto apego a las leyes y jurisprudencia administrativa y judicial de la República de Costa Rica. h) El Banco podrá verificar los datos aportados por cada participante en todo momento, antes o después de la selección del favorecido y de previo a la entrega de cualquier premio. Las personas que no cumplen con los requisitos reglamentarios, serán descalificadas. i) El derecho a un premio y el premio en sí no es transferible, ni negociable de ninguna forma y serán entregados únicamente al cliente ganador. j) El Banco no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el ganador y sus representantes legales para retirar o hacer efectivo el premio. k) El Banco suspenderá en forma inmediata la promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses del Banco o de la promoción. Igualmente podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valgan y aprovechen de la promoción, en perjuicio del resto de los participantes. l) El Banco se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, así como para resguardar los intereses de los participantes. Las actualizaciones del reglamento serán publicados en la página Web del Banco Nacional de Costa Rica, dirección electrónica www.bncr.fi.cr, de no recibirse objeciones a la versión actualizada del reglamento en un plazo de 5 días hábiles, el mismo quedará en firme luego de ese plazo. m) Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente. n) El Banco podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la promoción, y suspenderá en forma inmediata esta promoción sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses del Banco. Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual la promoción cesará. o) Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, los clientes autorizan que el nombre e imagen del ganador aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen. p) No podrán concursar en esta promoción: Miembros de la Junta Directiva General, Gerente General, los Sub Gerentes Generales, los Directores Corporativos, los Directores Regionales, el Auditor y el Sub-Auditor General, el Secretario General, el Director de Banca de Inversión, Gerentes de Sociedades Anónimas del Banco Nacional, funcionarios de la Dirección de Mercadeo relacionados con la promoción, el Director de Banca Personal, funcionarios de la Dirección de Banca de Personas. Tampoco podrán participar los familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad de los funcionarios y personeros del Banco Nacional anteriormente citados. q) No participan las personas que durante el plazo de la promoción cierren la cuenta, o bien aquellas cuentas que el Banco en el uso de sus facultades legales y reglamentarias tenga que cerrar. r) Para mayor información o consultas se puede llamar al 2212-2000 del Centro de Llamadas del Banco Nacional, en horas y días hábiles.
© Copyright 2025