Reglamento: Mantenga su saldo y gane

REGLAMENTO
REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
“Mantenga su saldo y gane con el Banco Nacional”.
Es una promoción dirigida a clientes físicos del Banco Nacional mayores de edad, que al
primero de junio del 2015 y hasta el treinta y uno de diciembre del 2015 mantengan un
saldo en su cuenta de ahorros y/o electrónicas con el Banco Nacional por un monto saldo
fin de mes no menor a diez mil colones y hasta los ¢49.999.99 o su equivalencia en
dólares y/o euros, participan del sorteo de cuatro premios por mes de ¢300.000.00 cada
uno (trescientos mil colones exactos). Para esta promoción participan tanto clientes
actuales con cuentas de ahorros y/o electrónicas en el BN como clientes nuevos en
cuentas de ahorros y/o electrónicas que mantengan el saldo mínimo solicitado en sus
cuentas. Esta promoción, la mecánica, la publicidad y los derechos de autor son
propiedad exclusiva del Banco Nacional de Costa Rica.
No participa ningún otro producto y/o servicio del Banco.
1. DEFINICIONES
Se entiende por:
a) BANCO NACIONAL DE COSTA RICA: Propietario exclusivo de la presente
promoción.
b) CLIENTE ACTUAL: Persona física mayor de edad que es titular de una
cuenta (AHORRO y/o ELECTRÓNICA) con el Banco Nacional.
c) CLIENTE NUEVO: Persona física mayor de edad que durante el transcurso
de la presente promoción apertura una cuenta de ahorros y/o electrónica
con el Banco Nacional.
d) REGLAMENTO: Ordenamiento que regula la promoción “Mantenga su
saldo y gane con el Banco Nacional”
e) PARTICIPANTE: Cliente actual o nuevo que durante el plazo de vigencia
de la promoción cumpla con las pautas establecidas en el presente
reglamento.
f) SALDO FIN DE MES: Refiere al saldo que tenga la cuenta al último día del
mes.
g) FAVORECIDO: Participante escogido aleatoriamente mediante la mecánica
descrita en el punto 8 del presente reglamento.
h) GANADOR: Participante favorecido por la promoción “Mantenga su saldo y
gane con el Banco Nacional”, que cumple lo estipulado en el presente
reglamento y que voluntariamente acepte mediante firma del documento de
aceptación de premio, exoneración de responsabilidad y uso de imagen, y
cualquier otro documento necesario según criterio del Banco Nacional.
i) PREMIOS: Beneficio económico por un monto de ¢300.000.00 (trescientos
mil colones) que será acreditado a la cuenta de los ganadores.
2. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN
La promoción es por tiempo limitado, inicia el 1º de junio del 2015 y finaliza el 31
de diciembre del 2015, ambas fechas inclusive.
3. DISPOSICIONES GENERALES:
El reglamento de la promoción estará disponible y podrá ser consultado libremente
mientras la promoción este vigente en la página Web del Banco Nacional de Costa Rica,
dirección electrónica www.bncr.fi.cr, bajo la cejilla de Reglamentos/Ganadores. Lo
anterior, sin perjuicio de que pueda ser utilizado cualquier tipo de medio de comunicación
adicional.
4. REQUISITOS
Los clientes, participantes y los ganadores de la promoción “Mantenga su saldo y gane
con el Banco Nacional”, deberán cumplir con las siguientes condiciones:
a) Ser mayores de edad y tener su documento de identificación vigente.
b) Que en el plazo de la promoción mantenga un saldo a fin de mes en su cuenta de
ahorros y/o electrónica por un monto no menor a los ¢10.000.00 (diez mil colones)
y hasta los ¢49.999.99 (cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve con
99/100) o su equivalencia en dólares y/o euros.
c) El sorteo es mensual, si un cliente mantiene cada mes en su cuenta el saldo
mínimo solicitado, podrá participar en forma mensual.
d) Un cliente puede participar varias veces del mismo sorteo, dependiendo del
número de cuenta de ahorros y/o electrónicas que tenga con el Banco y que
cumplan con lo solicitado en esta promoción.
e) Estar al día con todas y cada una de las obligaciones que el cliente tenga con el
Banco, incluidas aquellas que cuenten con un arreglo de pago.
f) Tener conocimiento de este reglamento y adherirse a lo dispuesto en él. Dicho
reglamento se pone en conocimiento de los concursantes en la página Web del
Banco Nacional de Costa Rica, dirección electrónica www.bncr.fi.cr.
g) Firmar el contrato de aceptación del reglamento, del premio y exoneración de
responsabilidad y uso de imagen. La firma del contrato es requisito previo y
esencial para recibir el premio.
5. PREMIOS Y ELECCION DE LOS GANADORES
Refieren a 28 premios de 300.000.00 cada uno los cuales se sortearán de la siguiente
manera:
Para el periodo que comprenden del:
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01 de junio al 30 de junio se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 27 de julio
01 de julio al 31 de julio se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 24 de agosto
01 de agosto al 31 de agosto se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 24
setiembre.
01 de setiembre al 30 de setiembre se sortearán 4 premios, fecha del sorteo
octubre.
01 octubre al 31 de octubre se sortearán 4 premios, fecha del sorteo 26
noviembre
01 noviembre al 30 noviembre se sortearán 4 premios, fecha sorteo 28
diciembre
01 de diciembre al 31 de diciembre se sortearán 4 premios, fecha del sorteo
enero del 2016.
de
26
de
de
28
Si la persona abre otras cuentas durante los meses en los que se encuentre activa la
promoción, igualmente participan siempre y cuando cumplan con los requisitos de esta
promoción.
Los premios serán depositados en colones a los ganadores en una cuenta propia y que se
encuentre activa con el Banco Nacional (llámese ahorros o cuenta electrónica). Si el
ganador solo tiene cuenta en dólares y/o euros con el Banco, el Banco le facilitará abrir
una nueva cuenta electrónica en colones para hacerle el depósito por el premio.
La elección de los favorecidos de los premios de esta promoción se realizará de la
siguiente manera
A) un sorteo mensual durante siete meses para 4 ganadores y refieren al premio
de ¢300.000.00 (trescientos mil colones exactos) por ganador.
B) El sorteo se hará mensual por los meses de la promoción, para participar el
requisito es mantener un saldo a fin de mes en una cuenta de ahorros y/o
electrónica con el Banco Nacional por un monto no menor a los diez mil
colones y hasta los ¢49.999.99 o su equivalencia en otra moneda, por los
meses de la promoción.
C) Por cada cuenta (de ahorros o electrónica) que tenga activa el cliente con el
Banco y que cumpla con los requisitos para participar de esta promoción, el
cliente recibirá una acción electrónica que le permitirá participar del sorteo en
dicho mes.
El Banco extraerá de sus sistemas la base de datos de todos los clientes que durante los
meses de la promoción abran o mantengan con el Banco una cuenta con el saldo a fin de
mes no menor a los diez mil colones y hasta los ¢49.999.99 o su equivalencia en otra
moneda y hará el sorteo en forma aleatoria en presencia de un Notario Institucional del
Banco. El sorteo se realizará en las oficinas principales del Banco Nacional ubicadas en
San José Centro, en la Dirección de Mercadeo, piso 14.
Asimismo, se escogerá cinco (5) suplentes por cada premio, que serán convocados en el
mismo orden en que fueron elegidos, únicamente si el favorecido respectivo no es
localizado, o no cumple el reglamento, o sus datos son incongruentes con los que se
aportaron para participar, o simplemente no acepta el premio y/o se niega a firmar el
documento de aceptación del mismo. Los suplentes tendrán las mismas obligaciones
indicadas en este reglamento, si son convocados.
Los favorecidos deben estar al día en todas las obligaciones con el Banco incluidas
aquellas que cuenten con un arreglo de pago, así sea como deudor o como fiador.
A los ganadores se les estará llamando por medio de los teléfonos que fueron registrados
por ellos en el Banco Nacional.
En caso de no poder contactar al favorecido en un lapso de 24 horas, el Banco procederá
a localizar al primer suplente del premio y en caso de no poder contactar al primer
suplente en un lapso de 24 horas se procederá con el segundo suplente. Si aun así, no se
pudiera localizar al último suplente en un lapso de 24 horas, se dará por desierto dicho
premio y el Banco no asumirá ninguna responsabilidad.
El resultado del sorteo, una vez determinados los ganadores, será dado a conocer por
medio de la página web del Banco www.bncr.fi.cr sin perjuicio de que el Banco lo publique
en uno o más medios de comunicación masiva.
6. RECLAMO DE PREMIOS
a. Una vez que los favorecidos hayan sido declarados como ganadores, se les estará
llamando a los teléfonos registrados por éstos en el Banco y la lista de los ganadores
se publicará en el sitio web del Banco Nacional para su debida consulta.
b. El plazo máximo para reclamar el premio, por parte de cada ganador, será de diez
días hábiles posteriores a partir de la publicación del nombre del ganador en el sitio
Web del Banco, por parte del Banco. Pasada esa fecha, caducará el derecho de
reclamar un premio y el Banco no reconocerá premio alguno, por lo tanto no se verá
en la obligación de satisfacerlo.
c. Si un premio fuese rechazado, o el ganador se negase a recibirlo o a firmar el
documento de recibo por las razones que sean, se dejará constancia en el expediente
que se levante al efecto, el ganador perderá su premio y el Banco dispondrá del
premio y no asumirá ninguna responsabilidad.
d. Cada premio deberá ser reclamado ÚNICAMENTE por los clientes ganadores,
quienes aceptarán el premio con todas las limitaciones y condiciones del mismo y
liberará al Banco de toda responsabilidad. No se aceptará el reclamo de un premio
que no esté amparado a la presentación del documento de identificación del ganador.
e. La persona que no se pueda identificar y que presente documentos que no coincidan
con los datos que el Banco tiene en su base de datos, será descalificada sin derecho
a reclamo o apelación alguno.
f.
Para participar y/o reclamar un premio, es necesario que los favorecidos, en especial
los clientes deudores, o fiadores, o titulares de tarjetas de crédito, u otras operaciones
crediticias con el Banco, se encuentren al día en el pago de sus obligaciones incluidas
aquellas que cuenten con un arreglo de pago, y en forma general no estén codificados
de acuerdo a la normativa de la SUGEF y/o con las políticas del Banco.
7. RESPONSABILIDAD DEL BANCO
La responsabilidad del Banco se limita a asegurar a los ganadores la entrega del premio
dispuesta en el reglamento.
8. RESTRICCIONES Y LIMITACIONES
a) En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase “APLICAN
RESTRICCIONES” y/o “VER REGLAMENTO” en: www.bncr.fi.cr, en señal de
que la participación de los interesados, así como la propia promoción y los
premios, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y
restricciones son las que se indican en este reglamento.
b) La presente promoción se rige por este reglamento y en forma supletoria y
complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional.
c) El Banco se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la
actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla
con los artículos anteriores.
d) El Banco se compromete a entregar la cantidad de premios que ha indicado en el
apartado de premios de este reglamento.
e) La responsabilidad del Banco culmina con la entrega del premio, El Banco no será
responsable por cualquier daño que sufra el ganador o terceras personas por
trasladarse a reclamar, recibir o hacer efectivo el premio; ni reconocerá ningún
gasto por el traslado que el ganador requiera para reclamar, recibir o hacer
efectivo el premio. El Banco no se involucrará en disputas que puedan surgir entre
el ganador y terceros por la titularidad del premio.
f) Además, la responsabilidad del Banco finalizará si por situaciones de caso fortuito
o fuerza mayor, la promoción debe ser cancelada o los premios anulados o
variados.
g) Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no se encuentre previsto
en el presente reglamento, será resuelto por el Banco, en estricto apego a las
leyes y jurisprudencia administrativa y judicial de la República de Costa Rica.
h) El Banco podrá verificar los datos aportados por cada participante en todo
momento, antes o después de la selección del favorecido y de previo a la entrega
de cualquier premio. Las personas que no cumplen con los requisitos
reglamentarios, serán descalificadas.
i)
El derecho a un premio y el premio en sí no es transferible, ni negociable de
ninguna forma y serán entregados únicamente al cliente ganador.
j)
El Banco no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el ganador y sus
representantes legales para retirar o hacer efectivo el premio.
k) El Banco suspenderá en forma inmediata la promoción, sin asumir responsabilidad
alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten
o puedan afectar gravemente los intereses del Banco o de la promoción.
Igualmente podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se
valgan y aprovechen de la promoción, en perjuicio del resto de los participantes.
l)
El Banco se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier
momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena
marcha de la promoción, así como para resguardar los intereses de los
participantes. Las actualizaciones del reglamento serán publicados en la página
Web del Banco Nacional de Costa Rica, dirección electrónica www.bncr.fi.cr, de no
recibirse objeciones a la versión actualizada del reglamento en un plazo de 5 días
hábiles, el mismo quedará en firme luego de ese plazo.
m) Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente
reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al
reglamento quedará vigente.
n) El Banco podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere
convenientes para el buen desarrollo de la promoción, y suspenderá en forma
inmediata esta promoción sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a
detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad, o si se presentara una
circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses del Banco.
Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual la
promoción cesará.
o) Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, los clientes autorizan que
el nombre e imagen del ganador aparezca en publicaciones y demás medios
publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades
posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin que implique
remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.
p) No podrán concursar en esta promoción: Miembros de la Junta Directiva General,
Gerente General, los Sub Gerentes Generales, los Directores Corporativos, los
Directores Regionales, el Auditor y el Sub-Auditor General, el Secretario General,
el Director de Banca de Inversión, Gerentes de Sociedades Anónimas del Banco
Nacional, funcionarios de la Dirección de Mercadeo relacionados con la
promoción, el Director de Banca Personal, funcionarios de la Dirección de Banca
de Personas. Tampoco podrán participar los familiares hasta segundo grado de
consanguinidad o afinidad de los funcionarios y personeros del Banco Nacional
anteriormente citados.
q) No participan las personas que durante el plazo de la promoción cierren la cuenta,
o bien aquellas cuentas que el Banco en el uso de sus facultades legales y
reglamentarias tenga que cerrar.
r) Para mayor información o consultas se puede llamar al 2212-2000 del Centro de
Llamadas del Banco Nacional, en horas y días hábiles.