Visas e Inmigración VISAS E INMIGRACIÓN - NORMATIVIDAD NORMA Decreto 834 (Compilado por el Decreto 1067 del 26 de mayo de 2015) AÑO 2013 OBJETO Establece las clases de visa para Colombia y para cada una de ellas las actividades que permite, el tiempo de vigencia y el tiempo de permanencia. Decreto 132 (Compilado por el Decreto 1067 de 2015) Decreto 941 (Compilado por el Decreto 1067 del 26 de mayo de 2015) 2014 Incorpora al ordenamiento la visa para tránsito aeroportuario (visa TP-14) 2014 Incorpora al ordenamiento la visa Mercosur (TP-15), en desarrollo al Acuerdo sobre Residencia para los nacionales de los Estados miembros y asociados del Mercosur Decreto 2477 (Compilado por el 2014 Decreto 1067 de 2015) Decreto 1514 (Compilado por el 2012 Decreto 1067 de 2015) Resolución 5512 de 2015(MRE) 2015 Incorpora al ordenamiento la visa para vacaciones y trabajo (visa TP-16) Resolución 572 (MRE) Establece las nacionalidades restringidas (que requieren visa para el ingreso al país) 2015 Resolución 5370 de 2015 (MRE) 2015 Regula la expedición de documentos de viaje Recoge los requisitos para cada clase de visa Establece tarifas en materia de visas 2 PRINCIPIOS GENERALES > Soberanía. Es competencia discrecional del Gobierno Nacional, fundado en el principio de soberanía del Estado autorizar el ingreso, permanencia y salida de extranjeros del territorio nacional (Artículo 2,2,1,11,2 Decreto 1067 de 2015) > La inmigración como instrumento de política exterior. La inmigración se regula de acuerdo con las necesidades sociales, demográficas, económicas, científicas, culturales, de seguridad, de orden público, sanitarias y demás de interés para el Estado colombiano. 3 UNA MIGRACION POSITIVA Una migración positiva debe privilegiar las solicitudes que refuercen la educación, la inversión y la innovación. Busca respaldar sectores claves de desarrollo, avanzar hacia la convergencia regional y apoyar los esfuerzos del Estado en la implementación de sus acuerdos de integración comercial. Resultan del mayor interés el intercambio cultural y la transferencia de conocimiento, la investigación científica y tecnológica y los incentivos al emprendimiento empresarial. 4 INSTITUCIONES COMPETENTES MRE SG DAMCSC Consulados UAE Migración Colombia GIT Visas Formulación y ejecución Política Migratoria CONTROL VIGILANCIA VERIFICACION 5 NACIONALIDADES CONDICIONADAS A VISA Resolución 0572 de 2015 1. Nacionalidades NO condicionadas: extranjeros que NO necesitan visa para ingresar al país y permanecer máximo 180 días (PIP y PTP) 2. Nacionalidades condicionadas: extranjeros que necesitan visa para ingresar y permanecer en el territorio nacional, aún en visitas cortas. RESOLUCION 0572 DE 2015 ARTÍCULO 1o. Los nacionales de los países que a continuación se relacionan, podrán ingresar sin visa y permanecer de manera temporal en el territorio nacional bajo Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP) o Permiso Temporal de Permanencia (PTP): 1. Alemania 2. Andorra 3. Antigua y Barbuda 4. Argentina 5. Australia 6. Austria 7. Azerbaiyán 8. Bahamas 9. Barbados 10. Bélgica 11. Belice 12. Bolivia 13. Brasil 14. Brunei-Darussalam 15. Bulgaria 16. Bhután 17. Canadá 18. Checa (República) 19. Chile 20. Chipre 21. Corea (República de) 22. Costa Rica 23. Croacia 24. Dinamarca 25. Dominica 26. Ecuador 27. El Salvador 28. Emiratos Árabes Unidos 29. Eslovaquia 30. Eslovenia 31. España 32. Estados Unidos de América 33. Estonia 34. Fiji 35. Filipinas 36. Finlandia 37. Francia 38. Georgia 39. Granada 40. Grecia 41. Guatemala 42. Guyana 43. Honduras 44. Hungría 45. Indonesia 46. Irlanda 47. Islandia 48. Islas Marshall 49. Islas Salomón 50. Israel 51. Italia 52. Jamaica 53. Japón 54. Kazajstán 55. Letonia 56. Liechtenstein 57. Lituania 58. Luxemburgo 59. Malasia 60. Malta 61. México 62. Micronesia 63. Mónaco 64. Noruega 65. Nueva Zelandia 66. Países Bajos 67. Palau 68. Panamá 69. Papua Nueva Guinea 70. Paraguay 71. Perú 72. Polonia 73. Portugal 74. Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte 75. República Dominicana 76. Rumania 77. Rusia (Federación de) 78. Saint Kitts y Nevis 79. Samoa 80. San Marino 81. Santa Lucía 82. Santa Sede 83. San Vicente y las Granadinas 84. Singapur 85. Sudáfrica 86. Suecia 87. Suiza 88. Suriname 89. Trinidad y Tobago 90. Turquía 91. Uruguay 92. Venezuela 7 PERMISO DE INGRESO Y PERMANENCIA PIP-2 P.I.P. • Para asistir a programas académicos no regulares • Para ser entrenado en un arte u oficio PIP-6 • Eventos Académicos, científicos, artísticos, culturales, etc. P.T.P. PIP-5 90 DIAS Para actividades de descanso o esparcimiento en calidad de turista Prorroga de 90 días. 8 PROGRAMAS ACADÉMICOS NO REGULARES Resolución 5512 de 2015 Art. 28.- (…), se entenderá por programas académicos no regulares, aquellos que se rigen por un plan de actividades académicas cuya duración generalmente no supera un (1) semestre, o que siendo parte de un programa académico conducente a un grado o título profesional, la presencia del extranjero en el país no requiere una permanecía mayor a seis meses. Estos programas podrán ser adelantados bajo el Permiso de Ingreso y Permanencia PIP-2 y PTP-2, siempre que por la nacionalidad del extranjero no requiera visa. CLASES DE VISAS Resolución 5512 de 2015 NEGOCIOS NE TEMPORAL TP RESIDENTE RE 10 GIT VISAS E INMIGRACIÓN Resolución 5512 DE 2015 TEMPORAL TP 11 VISAS TEMPORALES Personalidades TP 1 • Diplomáticos • Notables Académicos y convenios • Icetex • Intercambios • Académicos • Investigadores Cortesía Ley 1556 Cine Hasta 1 año 1 año 12 VISAS TEMPORALES GIT VISAS E INMIGRACIÓN TP 3 Programa académico impartido por un centro educativo de formación del país Hasta 5 años Permanencia: Hasta 5 años 13 VISAS TEMPORALES GIT VISAS E INMIGRACIÓN Vinculación laboral contrato empresa Colombia TP 4 Contrato prest. de servicios empresa Colombia Grupos artísticos, deportivos o culturales Hasta 3 años Permanencia Hasta 3 años Esta clase de visa se expide sin perjuicio de los requisitos legales establecidos para el ejercicio de cada profesión u oficio en el territorio nacional. 14 VISAS TEMPORALES GIT VISAS E INMIGRACIÓN TP 6 Voluntarios / Cooperantes 1 año Permanencia: 1 año 15 Conferencistas Extranjeros La política inmigratoria, de manera consecuente con los esfuerzos del actual gobierno que busca promover la educación como instrumento de cambio y equidad, al modificar la norma migratoria a mediados de 2013 incorporó cambios con miras a facilitar el ingreso y permanencia en el territorio nacional de aquellos extranjeros que a través de su labor de conferencistas aporten conocimiento. P.I.P. PIP-6 • Eventos Académicos, científicos, artísticos, culturales, etc. VISAS TEMPORALES GIT VISAS E INMIGRACIÓN TP 12 Visitante Temporal Con o sin contrato de trabajo, en eventos académicos, científicos, artísticos, culturales, deportivos, para presentar entrevistas, capacitación, contactos comerciales o empresariales y cubrimientos periodísticos. 90 días 90 días 17 VISAS TEMPORALES GIT VISAS E INMIGRACIÓN TP 16 Visa Vacaciones y Trabajo (VVT) 1 año 1 año 18 Pronunciamientos sobre solicitudes de visa Otorgamiento: Es el concepto favorable a una solicitud de visa. El otorgamiento no implica necesariamente la admisión al territorio. Inadmisión: Se emite este concepto cuando la visa solicitada no corresponde con la actividad que realiza el extranjero en Colombia, cuando el solicitante no cumple requisitos formales. Termina el procedimiento pero permite que el extranjero realice una nueva solicitud de otro tipo de visa o mejorando documentación. Negación: Se emite este concepto cuando la solicitud no responde al interés nacional. La negación genera un impedimento al extranjero, el cual consiste en la imposibilidad de realizar nuevas solicitudes en un lapso de 6 meses. Expiración de las visas Visas temporales: La visa temporal expira o pierde vigencia si el extranjero a quien ha sido otorgada llega a permanecer fuera del territorio nacional por seis (6) meses continuos, o más. Las visas temporales también expiran si las razones de su otorgamiento desaparecen (despido o renuncia en el caso de la visa TP-4) Visa de residente: La visa de residente expira o pierde vigencia si el extranjero a quien ha sido otorgada llega a permanecer fuera del territorio nacional por dos (2) años continuos, o más. Visa electrónica Mayor acceso desde lugares donde no hay Consulado o en circunstancias de tiempo excepcionales. Solicitud en línea y respuesta vía mail con visa electrónica. La impresión de la @visa y documento de viaje suficientes para viajar a Colombia. QRC para verificación en los Registros del Ministerio de Relaciones Exteriores consignados en su página web. A su llegada, el interesado tramitará una nueva visa que será estampada en su pasaporte. Visas e Inmigración
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