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EXCMO. AYUNTAMIENTO
SANTA CRUZ DE TENERIFE
ÁREA DE GOBIERNO DE BIENESTAR COMUNITARIO Y SERVICIOS PÚBLICOS.
SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL DE
SERVICIOS PÚBLICOS
ANUNCIO
El Concejal de Gobierno del Área de Bienestar Comunitario y Servicios Públicos, el veinte de julio
de dos mil quince, adoptó, entre otros, el siguiente Decreto:
“Visto el informe del expediente 201503313 del Servicio de Gestión y Control de Servicios
Públicos del día de la fecha, cuyo literal es el siguiente:
“Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta los siguientes
- ANTECEDENTES DE HECHOI.- Con fecha 8 de abril de 2015 se formalizó Convenio de colaboración entre el Excmo.
Cabildo Insular de Tenerife y el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para el rescate de
licencias de auto- taxi en este municipio (expediente 2015000325).
II.- Mediante Decreto del Concejal del Área de Gobierno de Proyectos Urbanos,
Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos de fecha 13 de mayo de 2015, se establece la lista
definitiva de licencias municipales admitidas en el procedimiento de Rescate de Licencias de
Auto Taxi, un total de sesenta y seis, previa exclusión de la misma de los titulares que habían
presentado solicitudes de renuncia a dicho procedimiento. Tal lista quedó reducida a sesenta, por
la presentación de nuevas renuncias, como consta en Acuerdo plenario de 17 de julio de 2015.
En el mismo Decreto, se concedió un plazo de diez días naturales a partir del siguiente a
la publicación del mismo en el boletín oficial correspondiente para la presentación de nuevas
solicitudes de participación en el procedimiento, al haber quedado crédito disponible. El
procedimiento para cubrir esas bajas consistiría en un sorteo ante notario, de entre todas las
solicitudes presentadas en tiempo y forma.
III.- Con fecha 22 de mayo de 2015, se publicó en el BOP el citado Decreto, abriéndose
así el plazo para la presentación de solicitudes de participación en el rescate de licencias, que
transcurrió entre el 23 de mayo y el 1 de junio, ambos inclusive.
IV.- Mediante Decreto del Concejal de Bienestar Comunitario y Servicios Públicos de 18
de junio de 2015, se acuerda la fecha del sorteo ante Notario, fijada para el pasado 23 de junio,
observándose que:
a) Se ha omitido en el Dispositivo de la resolución aprobar el listado de admitidos y
excluidos a dicho proceso.
b) No se ha cursado la publicación correspondiente del mismo.
c) Se detecta un error material en los Antecedentes de Hecho II, en tanto que tras
determinar adecuadamente el plazo de presentación de instancias, se citan equivocadamente
algunas solicitudes (las de los titulares de las licencias número 511, 873, 395, 945, 958 y 755),
que como obra en el expediente, sí se presentaron en tiempo y forma; del mismo modo, hay una
serie de solicitudes que no se mencionaban expresamente pero que consecuentemente no pueden
considerarse admitidas por haberse presentado fuera del plazo establecido en el propio Decreto.
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-FUNDAMENTOS DE DERECHOI.- El artículo 63 de la LRJAP-PAC reconoce la anulabilidad de los actos administrativos
“que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico”. Por su parte el artículo 67
dispone que “1. La Administración podrá convalidar los actos anulables, subsanando los vicios
de que adolezcan”.
En este sentido, mediante el presente informe se pretenden subsanar las omisiones
descritas en el Antecedente de Hecho IV, letras a) y b).
Por otro lado, la incidencia señalada en la letra c) constituye un error material susceptible
de rectificación en base a lo dispuesto por el artículo 105.2 de la LRJAP-PAC. (“2. Las
Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a
instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus
actos.”).
Efectivamente, el Decreto de 18 de junio de 2015, que como decimos no hace en su
Dispositivo una aprobación formal de cuáles eran las solicitudes de rescate que debían entenderse
que formaban parte de este procedimiento, sí recoge en sus Antecedentes de Hecho correcta y
expresamente el periodo de presentación de instancias, del 23 de mayo hasta el 1 de junio, ambos
inclusive, errando a continuación en la consecuente determinación de cuáles eran las instancias
que debían ser admitidas y excluidas por tal motivo.
II.- Publicación. El artículo 59.6.b) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en
adelante LRJAP-PAC) establece que la publicación sustituirá a la notificación “cuando se trata
de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier
tipo”.
III.- Competencia. El órgano competente es el Excmo. Sr. Alcalde, en virtud de lo
previsto en el artículo 124.4 letra ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, competencia que ha sido delegada en el Ilmo. Sr. Concejal de Gobierno del Área
de Bienestar Comunitario y Servicios Públicos, de conformidad con el artículo 124.5 del mismo
texto legal y Decreto de delegación del Excmo. Sr. Alcalde de 15 de junio de 2015.
-PROPUESTA DE RESOLUCIÓNA la vista de los antecedentes y consideraciones jurídicas expuestas, se propone elevar el
presente expediente al Concejal Delegado, con propuesta de:
PRIMERO.- Aprobar la lista provisional de titulares de licencias municipales admitidos
y excluidos que participarán en el procedimiento de rescate habilitado por el Decreto del Concejal
del Área de Gobierno de Proyectos Urbanos, Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos de fecha
13 de mayo de 2015, según el siguiente detalle:
ADMITIDOS
Nº
LICENCIA
MUNICIPAL
D.N.I.
NOMBRE
APELLIDOS
23
43803227-A
IVAN JOSE
GOMEZ MUNTANE
65
42051886-C
ANTONIO
MANUEL
CARREÑO PAZ
114
41946605-X
JOSE
LEOCADIO
CRUZ SANCHEZ
128
41918462-L
FORTUNATO
RAMON
BARRERA CLEMENTE
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165
43779362-N
JUAN
MANUEL
GARCIA SUAREZ
168
41835321-T
MANUEL
RODRIGUEZ BARROSO
186
42007993-B
JOAQUIN
HERNANDEZ LEMUS
276
41969581-D
JOSE
MANUEL
FELIPE PEREZ
389
43601251-J
FRANCISCO
MANUEL
GARCIA PEREZ
411
43801090-M
JOSE MIGUEL
PERDOMO IZQUIERDO
506
42008506-H
JOSE
GREGORIO
KHOURY CONTRERAS
509
42003186-B
FRANCISCO
ACOSTA GONZALEZ
511
78711155-A
VANESA
QUINTERO RAMOS
578
41856762-M
MANUEL
PEREZ IZQUIERDO
594
42005531-X
JOSE
ANTONIO
GARCIA DIAZ
650
41983713-L
JORGE
TRUJILLO REGALADO
656
42048148-P
JUAN
ANTONIO
GONZALEZ MORALES
745
41987408-B
FRANCISCO
RODRIGUEZ PEREZ
748
41994047-A
PEDRO
RAMON
CARREÑO PAZ
755
42071705-J
MANUEL
MARCOS
GETINO MELIAN
789
41980524-G
JOSE
ANTONIO
VALENTIN TEJERA
849
41965042-R
VENTURA
CHINEA RODRIGUEZ
866
42024389-P
FRANCISCO
DIAZ MEJIAS
867
42034555-P
MAURO
GARCIA MORALES
873
43812047-Z
POLICARPO
ERNESTO
MORENO SANTOS
889
41985562-M
LUIS
COELLO TACORONTE
945
41948443-P
JAIME
TEJERA BENITEZ
958
42042536-P
MIGUEL DE
LOS REYES
RODRIGUEZ BARRERA
1031
42008231-L
JOSE
AGUSTIN
RODRIGUEZ MORENO
1079
42788534-R
GREGORIO
SANTANA ABRANTE
NO ADMITIDOS
Nº
LICENCIA
MUNICIPAL
D.N.I.
NOMBRE
APELLIDOS
MOTIVO DE EXCLUSION
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165
43779362-N
JUAN MANUEL
GARCIA SUAREZ
FUERA DE PLAZO
395
43774725-K
ROSA MARÍA
PERAZA SANZ
SOLICITANTE NO ES TITULAR
DE LA LICENCIA
604
42020752-M
MIGUEL
ANGEL
HERRERA GONZALEZ
616
42039522-F
JORGE JOSE
BELLO MONTESDEOCA
717
42059431-K
FELIPE
MARTIN
DELGADO DE LA ROSA
819
42243457-R
NIURCA
ESTELA
ACOSTA TORRES
FUERA DE PLAZO
FUERA DE PLAZO
FUERA DE PLAZO
FUERA DE PLAZO
SEGUNDO.- Se establece un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día
siguiente al de la publicación del Dispositivo de esta resolución en los principales periódicos de
la provincia, para que los aspirantes excluidos provisionalmente subsanen los motivos que dieron
lugar a la exclusión.
En dicho plazo los interesados podrán solicitar ser admitidos definitivamente, o, en su
caso, alegar la omisión en ambas listas, justificándolo documentalmente. Podrán asimismo
solicitar la corrección de los errores en la trascripción de los datos con que figuran en las listas, si
los hubiere. Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
admitidos, en dicho plazo, serán definitivamente excluidos.
TERCERO.- Publicar la presente resolución en el Tablón de Anuncios de la Corporación
y en los principales diarios de la provincia.”
DISPONGO:
ÚNICO.- De conformidad con la propuesta transcrita.”
Contra el presente Decreto, definitivo en vía administrativa, podrá interponer, con carácter
previo y potestativo, recurso de Reposición ante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de UN
MES contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la presente notificación, o bien
recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa
Cruz de Tenerife, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente a la recepción de la
notificación. No obstante, podrá interponer cualesquiera otros recursos que estime convenientes
a su derecho.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Santa Cruz de Tenerife, a 20 de julio de 2015
El Jefe del Servicio de Gestión y Control de
Servicios Públicos,
Luis R. Pérez Rojas
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