IBNORCA ANTEPROYECTO DE NORMA BOLIVIANA APNB 36020 Conservas de vegetales - Mermelada de lacayote - Requisitos 0 INTRODUCCION La presente norma se constituirá en herramienta para establecer y garantizar la elaboración de mermelada de lacayote, cumpliendo lo estipulado en los requisitos, ya que este alimento si no cumple con las normas bolivianas que garanticen su calidad; constituye un alto riesgo en la salud de los consumidores. 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN Esta norma define las características y establece los requisitos que debe presentar la mermelada de lacayote, en el momento de la elaboración y expedición o venta. 2 REFERENCIAS Las normas contienen disposiciones que al ser citadas en el texto, constituyen requisitos de la norma. Como toda norma está sujeta a revisión, se recomienda, a aquellos que realicen acuerdos en base a ellas, que analicen la conveniencia de usar las ediciones más recientes de las normas citadas. NB 36012 Conservas de vegetales - Mermeladas de fruta - Generalidades NB 314001 Etiquetado de alimentos preenvasados 3 DEFINICIONES 3.1 Alimento Es toda sustancia o mezcla de sustancias naturales o elaboradas, que ingeridas por el ser humano aporte a su organismo los materiales y energía necesarios para el desarrollo de sus procesos biológicos. 3.2 Mermelada de lacayote Producto obtenido mediante cocción con azucares de la pulpa tamizada o no de lacayote (Cucúrbita ficifolia), que pueden ser conservado mediante métodos químicos o físicoquímicos, envasado en recipientes química y bromatológicamente estériles. La mermelada de lacayote puede contener: lacayote, azúcar, ácido cítrico, especias como: canela, clavo de olor; pudiéndose agregar nuez o maní, conservante sorbato de potasio y como contribuyente de vitamina C, ácido ascórbico. 3.3 Mermelada Es el producto cocido y preparado con fruta entera, pulpa, puré, zumo, extracto acuoso o cáscaras de frutos cítricos, mezclados con azucares y/o edulcorantes carbohidratos como la miel, con o sin la adición de agua y elaborado hasta adquirir una consistencia gelatinosa adecuada. 4 REQUISITOS El producto debe ser elaborado en condiciones sanitarias y apropiadas, con lacayotes frescos, maduros, sanos y prácticamente libres de residuos de plaguicidas u otras sustancias eventualmente nocivas. 4.1 Requisitos organolépticos 4.1.1 Sabor y aroma Característicos del lacayote utilizado como materia prima; puede poseer un ligero sabor al mismo, pero carecer de cualquier sabor y aroma extraños. 4.1.2 Color La mermelada de lacayote debe presentar un color brillante, prácticamente uniforme a través de todo el producto y libre de oscurecimiento excesivo. 4.1.3 Consistencia La mermelada de lacayote debe presentar una textura pastosa firme pero no excesiva, debiendo mostrar una ligera tendencia a fluir y una consistencia ligeramente viscosa. 4.1.4 Defectos Presencia de aquellas partes de lacayote que ordinariamente se eliminan de la misma para la elaboración del producto incluyendo los siguientes: 4.1.4.1 Cáscara Cualquier pedazo de cáscara, este o no desprendida de la fruta. 4.1.4.2 Materias extrañas Presencia de cualquier partícula extraña de materias vegetales que sean inofensivas y que midan como máximo 3 mm en cualquier dimensión. 4.1.4.3 Fruto dañado El lacayote utilizado en la elaboración de la mermelada debe de estar en buenas condiciones, evitando que este demasiado maduro o maltratado. 5 REQUISITOS FÍSICOS Y QUÍMICOS Tabla 1 - Requisitos físicos y químicos Requisito Unidad Min. Máx. Método de ensayo PH Sólidos solubles Azucares totales Benzoato de sodio Ácido ascórbico Sorbato de potasio ° Brix g/100g mg/kg mg/100g mg/kg 3 65 - 3.8 68 60 600 50 1000 NB 36002 NB 36003 --------NB 36005 ----- 5.1 Contaminantes metálicos Tabla 2 - Contaminantes metálicos Contaminante Plomo Cobre Estaño Arsénico 5.2 Unidad Mínimo Máximo Método de ensayo mg/kg mg/kg mg/kg mg/kg - 2 10 2 0.1 NB 458 NB 460 NB 461 NB 459 REQUISITOS MICROBIOLÓGICOS Tabla 3 - Requisitos microbiológicos Parámetro Mohos, en UFC/g Levaduras, en UFC/g Aerobios mesófilos totales, en UFC/g Anaerobio sulfito reductor, en UFC/g Límite máximo 1 000 100 1 000 100 Método de ensayo NB 32006 NB 32006 NB 32003 NB 32012 NOTA Para mermeladas de lacayote que contengan maní, nuez y uvas pasas se debe realizar el análisis toxicológico. 5.3 Nivel de aflatoxinas Tabla 4 - Nivel de aflatoxinas Parámetro Aflatoxinas totales, en ppb 6 ETIQUETADO, ENVASADO Y TRANSPORTE 6.1 Etiquetado Max. 20 El etiquetado debe cumplir con lo establecido en la norma NB 314001 y la siguiente información minina en la etiqueta, la cual debe ser colocada directamente en cada empaque, en un lugar de fácil visualización y difícil remoción, o en etiqueta adjunta al empaque. 6.2 Información obligatoria nombre del alimento contenido neto ingredientes y aditivos identificación del lote marcado de fecha e instrucciones para la conservación nombre o razón social y dirección del fabricante o importador en el caso de alimentos importados lugar y país de origen marca 6.3 Envase Los envases para la mermelada de lacayote deben de ser de materiales de naturaleza tal que no reaccionen con el producto, ni se disuelvan en él, alterando las características organolépticas o produciendo sustancias toxicas. Su forma y capacidad deben ajustarse a las normas bolivianas. El producto debe ocupar, como mínimo, el 90 % de la capacidad total del envase. Para mejor conservación del producto este debe ser envasado en un envase de vidrio, pudiendo también utilizarse envases de plástico con tapa de aluminio, herméticamente cerrados. 6.4 Almacenamiento y transporte Las condiciones de almacenamiento y transporte cumplirán con la reglamentación vigente. 7 BIBLIOGRAFIA D.S. 26510 Control de etiquetado R.A. 072/2002 Reglamento para etiquetado de alimentos (SENASAG) Norma Técnica Ecuatoriana 419 Conservas de vegetales - Mermelada de frutas requisitos. Norma Venezolana COVENIN 2592 Mermeladas y jaleas de frutas. Norma Oficial Mexicana NOM-130-SSA1 Bienes y servicios, alimentos envasados en recipientes de cierre hermético y sometidos a tratamiento térmico. Disposiciones y especificaciones sanitarias. Norma general del Codex para los contaminantes y las toxinas presentes en los alimentos (CODEX STAN 193-1995 Rev. 2009 - Enmienda 2013).
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