JUAN JOSE BERENGUER ALCOBENDAS (1 de 2) Alcalde Fecha Firma: 06/03/2015 HASH: 953a0f362b18586e80dc24a93d9d7845 DECRETO Asunto: Nombramiento funcionario interinos en el puesto de agentes de policía estacionales en el Servicio de Policía Local Se da cuenta del Informe Número 26/2015 de 27-02-2015, de la Jefa de Servicio de Recursos Humanos y Organización, del siguiente tenor literal: - Acta del tribunal calificador de 3 de agosto de 2011. - Recursos de Reposición de 28 de enero de 2015 (1083 y1081), de D. Alberto Bonilla Sánchez, y D. Pablo Gomis contra los llamamientos efectuados - Resolución Alcaldía núm. 0487/2015 de 26 de febrero de 2015, desestimando Recursos de Reposición interpuestos. 2. Fundamentos jurídicos - Artículo 10 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. - Artículo 16 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana - Bases Generales de Selección del Ayuntamiento de El Campello - Bases y convocatoria aprobada por Junta de Gobierno Local de 3 de mayo de 2011 publicadas en el BOP número 99 de 26 de mayo de 2011. - Sentencia del Recurso Contencioso-Administrativo núm. 475/2013 del 23 de abril de 2014: - Orden de 17 de enero de 2006, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones públicas sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la administración del gobierno valenciano. Se ha recibido propuesta del Jefe de la Policía Local con fecha 14 de enero de 2015 para el nombramiento de dos agentes de policía interinos por un periodo de seis meses, con el siguiente tenor literal: “A fecha de la presente siguen existiendo necesidades de personal debido a que se vienen produciendo ausencias de larga duración en los distintos turnos de trabajo, las cuales afectan a la organización de los servicios y adecuada ejecución de las tareas encomendadas a este Cuerpo de Policía Local. Así, tenemos la baja laboral de larga duración del Agente D. Antonio Javier Rodríguez Pico, del Agente D. Anastasio Alfaro Sirvent que finalizó la comisión de servicios en el mes de agosto y no se ha cubierto su puesto, la baja laboral de larga Número: 2015-0584 Fecha: 06/03/2015 Propuesta del Jefe de la Policía Local, notificada el 14-01-2015 Cód. Validación: 96QADPWE96HCK536S32C492JL | Verificación: http://elcampello.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 6 - DECRETO CARLOS DEL NERO LLORET (2 de 2) Secretario Fecha Firma: 06/03/2015 HASH: e2324d1fd1db9bc41760f1bab037e4fd 1. “Antecedentes de Hecho duración de la Oficial Mª Reyes Baeza Tendero y la baja laboral de la Agente Mª Concepción Alonso del Pino que se encuentra actualmente en estado de gestación y cuya ausencia se prolongará en el tiempo Existe bolsa de trabajo constituida al efecto de agentes de policía local mediante bases y convocatoria aprobada por Junta de Gobierno Local de 3 de mayo de 2011 publicadas en el BOP número 99 de 26 de mayo de 2011, y se constituye el orden de la bolsa mediante Acta del tribunal calificador de 3 de agosto de 2011. Conforme a los datos existentes en el Servicio de Recursos Humanos y de funcionamiento de la bolsa, se ha realizado el llamamiento a D. Iván Aranda García y D. Wenceslao Martí Cubedo, constando la documentación necesaria para el nombramiento, teniendo en cuenta las normas de funcionamiento de la bolsa de la forma que se expone a continuación: a) Los llamamientos se han realizado conforme a los criterios siguientes: 1. Los establecidos en las Bases Generales de Selección del Ayuntamiento de El Campello,: La Base Duodécima de las citadas Bases Generales establece que “en cuanto al funcionamiento de la bolsa solo se guardará la posición en la bolsa si se rechaza por causa justificada (desempeñar actualmente otro puesto de trabajo, bajas por IT o similares)” De esta forma, el criterio es que se continúa el orden decreciente de llamamiento Número: 2015-0584 Fecha: 06/03/2015 Por lo expuesto se SOLICITA, se realicen los trámites legales que procedan y se nombre a dos Agentes de Policía Local como funcionarios interinos por un periodo de 6 meses, desde el 1 de enero al 30 de junio de 2015” Cód. Validación: 96QADPWE96HCK536S32C492JL | Verificación: http://elcampello.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 6 Considerando que estas situaciones tienen acogida en lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 7/2007, reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público, que define los supuestos de funcionarios interinos que por razones de urgencia y necesidad pueden ser nombrados para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera cuando se den algunas de las circunstancias en él previstas, y en el artículo 16 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana establece: ''1. Es personal funcionario interino aquel que, en virtud de nombramiento legal y por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, presta servicios en la administración mediante una relación profesional de carácter temporal, regulada por el derecho administrativo, para el desempeño de funciones atribuidas al personal funcionario de carrera. DECRETO Por lo expuesto esta Jefatura junto con la Concejalía de Seguridad consideran que resulta necesario, por ser urgente e inaplazable al afectar de forma relevante al servicio, que se proceda al nombramiento de dos Agentes de policía local, funcionarios interinos, por un periodo de 6 meses, desde el 1 de enero al 30 de junio de 2015, siendo nombramientos de carácter temporal y excepcional” de la bolsa, respetando a aquellos que, en el anterior llamamiento de oferta de trabajo, fueron llamados y no nombrados, pero mantuvieron su puesto en la bolsa por encontrarse en alguna de las causas previstas en la Base Duodécima de las Bases Generales de Selección (“desempeñar actualmente otro puesto de trabajo”) y que justificaron dicha situación. 3. Los establecidos en la normativa vigente respecto a los nombramientos de funcionarios interinos/contrataciones laborales “por acumulación de tareas o circunstancias de la producción” Artículo 10.1 d) sobre funcionarios interinos, de la Ley 7/2007, reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que “ 1. Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias: DECRETO La Sentencia citada estableció que “Si un funcionario trabaja más de seis meses pierde su puesto en la bolsa”. Por lo que, pasan al final de la bolsa aquellos que hayan trabajado 6 meses, y corresponde realizar los llamamientos de ofertas de trabajo en orden decreciente respetando este criterio. Número: 2015-0584 Fecha: 06/03/2015 2. Los establecidos en virtud de la Sentencia del Recurso Contencioso-Administrativo núm. 475/2013 del 23 de abril de 2014: Artículo 16 sobre Personal funcionario interino, de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, conforme al cual “ 1. Es personal funcionario interino aquel que, en virtud de nombramiento legal y por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, presta servicios en la administración mediante una relación profesional de carácter temporal, regulada por el derecho administrativo, para el desempeño de funciones atribuidas al personal funcionario de carrera. 2. Las circunstancias que pueden dar lugar a su nombramiento son las siguientes: ……d) El exceso o acumulación de tareas, de carácter excepcional y circunstancial, por un plazo máximo de seis meses dentro de un período de doce.” El criterio establecido es la prestación de servicios en el Ayuntamiento por un plazo máximo de 6 meses, en un periodo de doce Cód. Validación: 96QADPWE96HCK536S32C492JL | Verificación: http://elcampello.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 6 ….d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses. b) Situación Bolsa de trabajo enero 2015 PUNTUACIÓN 11,2 10,8 10,3 10,2 9,7 9,55 9,3 9,3 9,15 8,5 8,1 8,1 8,1 7,2 5,8 5 En cuanto al orden vigente 2015 de la Bolsa de Trabajo antes de los nuevos llamamientos realizados para la cobertura de las ofertas de enero 2015 y según las circunstancias producidas, se detalla la siguiente relación de hechos de relevancia en este asunto: 1.- Las 3 últimas ofertas de trabajo del año 2014 se cubrieron con los siguientes agentes: VELAZQUEZ BELSO, IVAN (trabaja 4 meses y renuncia, por lo que se excluye definitivamente de la bolsa) DE VICENTE DE LAMO, ANTONIO DAVID (trabaja 6 meses, por lo que pasa al final de la bolsa con fecha 1 de enero 2015) BELMONTE GARCÍA, ALEJANDRO (trabaja 6 meses, por lo que pasa al final de la bolsa con fecha 1 de enero 2015) 2.- En este último llamamiento, fueron llamados y justificaron la renuncia mediante las causas previstas en las Bases Generales, y por lo tanto, guardando su posición en la Bolsa (nombramiento/contrato trabajo): Cód. Validación: 96QADPWE96HCK536S32C492JL | Verificación: http://elcampello.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 6 APELLIDOS Y NOMBRE BONILLA SANCHEZ, ALBERTO GOMIS HERNANDEZ, PABLO AZNAR FERRER, DAVID MAS BERNA, JUAN CARLOS MONTERO TORRES, ROBERTO DIAZ-TOLEDO RUIZ DE LA HERMOSA, ISAAC AZORIN HERRERO, FRANCISCO JOSE MOLINERO PEREZ, DAVID ARANDA GARCIA, IVAN VELAZQUEZ BELSO, IVAN MARTI CUBEDO, WENCESLAO LOPEZ GALVEZ FELIPE DOMINGUEZ AGUILERA, OSCAR DE VICENTE DE LAMO, ANTONIO DAVID BELMONTE GARCÍA, ALEJANDRO SANCHEZ GUERRERO, JAVIER DECRETO ORDEN Número: 2015-0584 Fecha: 06/03/2015 El orden inicial de llamamiento de la Bolsa de Agentes de Policía Local finalizado el proceso selectivo en el año 2012, conforme al Acta del Tribunal Calificador era el siguiente: AZNAR FERRER, DAVID MOLINERO PEREZ, DAVID DOMINGUEZ AGUILERA, OSCAR APELLIDOS Y NOMBRE AZNAR FERRER, DAVID (puesto reservado justificado en anterior llamamiento 2014) 2. AZORIN HERRERO, FRANCISCO JOSE (puesto reservado justificado en anterior llamamiento 2014) 3. MOLINERO PEREZ, DAVID (puesto reservado justificado en anterior llamamiento 2014) 4 ARANDA GARCIA, IVAN(puesto reservado justificado en anterior llamamiento 2014) MARTI CUBEDO, WENCESLAO(puesto reservado justificado en anterior llamamiento 2014) DOMINGUEZ AGUILERA, OSCAR SANCHEZ GUERRERO, JAVIER BONILLA SANCHEZ, ALBERTO GOMIS HERNANDEZ, PABLO MAS BERNA, JUAN CARLOS MONTERO TORRES, ROBERTO DE VICENTE DE LAMO, ANTONIO DAVID BELMONTE GARCÍA, ALEJANDRO 5 6 7 8 9 11 12 13 14 (Justifica por 2ª vez reserva puesto) Renuncia 19/01/2015 (Justifica por 2ª vez reserva puesto) Aceptan oferta Aceptan oferta A la vista de todo lo expuesto, corresponde el llamamiento a D. Iván Aranda García y D. Wenceslao Martí Cubedo y no conforme al orden alegado por D. Alberto Bonilla Sánchez y D. Wenceslao Martí Cubedo, aplicándose los criterios del orden de la bolsa en base a la normativa citada, Bases Generales de Selección y Sentencia dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 475/2013 del 23 de abril de 2014 contra el Ayuntamiento de El Campello sobre funcionamiento de la bolsa de trabajo. Y por tanto, el orden que se reclama vigente en enero 2015, puesto que conforme se producen nuevos llamamientos, se prestan servicios, y se justifica la permanencia en la bolsa o se producen renuncias, variando el orden de la bolsa y adaptándose a las circunstancias producidas. Reiterar que los criterios de funcionamiento tenidos en cuenta en esta bolsa son Cód. Validación: 96QADPWE96HCK536S32C492JL | Verificación: http://elcampello.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6 ORDEN 1. DECRETO 3.- Orden vigente a 1 de enero de 2015, orden de llamamiento realizado en Enero 2015, y relación de circunstancias producidas (renuncias, justificaciones etc) Número: 2015-0584 Fecha: 06/03/2015 En Enero 2015, se realiza nuevo llamamiento para cubrir 2 puestos de agente de policía interino estacional, respetando los puestos de aquellos que renunciaron y justificaron, y en orden decreciente, y de aquellos que no han trabajado 6 meses en el Ayuntamiento, de la forma siguiente: A la vista de todo ello, informo favorablemente el nombramiento como funcionario interinos en el puesto de agente de policía estacional de D. Iván Aranda García y D. Wenceslao Martí Cubedo, por un periodo de seis meses.” A la vista de lo anterior y en virtud de las facultades legalmente conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, RESUELVO: Primero.- Nombrar a D. Iván Aranda García con DNI 53.237.454.K, para ocupar puesto de agente de policía local interino estacional por un periodo de seis meses desde el 16 de marzo hasta el 15 de septiembre de 2015. Segundo.- Nombrar a D. Wenceslao Martí Cubedo con DNI 53.226.513.M para ocupar puesto de agente de policía local interino estacional por un periodo de seis meses desde el 16 de marzo hasta el 15 de septiembre de 2015. Tercero.- Notificar el presente Decreto a los interesados y a sus superiores jerárquicos, y comunicar a la Junta de Personal y al Servicio de Intervención. El Campello a El Alcalde-Presidente Fdo.: Juan José Berenguer Alcobendas El Secretario General Fdo.: Carlos del Nero Lloret DECRETO Considerando la existencia de consignación presupuestaria (coste aproximado seis meses: 13971,83 €/cada uno, puestos 213 y 214 I). Cód. Validación: 96QADPWE96HCK536S32C492JL | Verificación: http://elcampello.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 6 Se ha aplicado por analogía los criterios del funcionamiento de las bolsas de empleo en la Orden de 17 de enero de 2006, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones públicas sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la administración del gobierno valenciano, vemos en su artículo 7 y 14 , que los llamamientos se producen a quien corresponda por turno, que quien trabaje 365 días al año se reincorpora al final de la bolsa, y que la renuncia justificada produce que no decaiga en el orden de la bolsa. Número: 2015-0584 Fecha: 06/03/2015 los que el Ayuntamiento de forma habitual aplica en el resto de llamamientos de todas las bolsas de trabajo vigentes de este Ayuntamiento (guardando la posición a aquél que justifica el rechazo de una oferta de trabajo por causas previstas en las Bases Generales), y aplicando el criterio de “Si un funcionario trabaja más de seis meses pierde su puesto en la bolsa, pasando al final de la bolsa aquellos que hayan trabajado 6 meses, a partir de la Sentencia del Recurso Contencioso-Administrativo núm. 475/2013 del 23 de abril de 2014
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