CÉDULA DE INFORMACIÓN DE TRÁMITES Y SERVICIOS DE LOS MUNICIPIOS REGISTRO CIVIL NOMBRE: TRÁMITE: X SERVICIO: REGISTRO DE NACIMIENTO DESCRIPCIÓN: PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL CUAL SE OBTIENE ACTA DE NACIMIENTO QUE ASIENTA EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE INDIVIDUO MENOR DE UN AÑO DE NACIDO. ART. 3.8, 3.9 Y 3.10 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 86, 88 Y 89 DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN FUNDAMENTO LEGAL: DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE NACIMIENTO ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: VIGENCIA: PERMANENTE SE GENERA DENTRO DEL PRIMER AÑO DE VIDA FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS PRESENTACIÓN DEL MENOR ORIGINAL COPIA(S) CERTIFICADO DE NACIMIENTO X 1 ACTA DE MATRIMONIO O DE NACIMIENTO DE LOS PAPAS SI NO ESTÁN CASADOS. X 1 X 1 C/U IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LAS PERSONAS QUE PRESENTAN AL MENOR PARA SU REGISTRO. FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.8, 3.9 Y 3.10 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 86, 88 Y 89 DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE DESTINO: ARCHIVO DOS TESTIGOS PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: UNA HORA VIGENCIA: INDETERMINANDA TIEMPO DE RESPUESTA: DOS DÍAS HÁBILES COSTO: GRATUITO FORMA DE PAGO: EFECTIVO TARJETA DE CRÉDITO TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) DÓNDE PODRÁ PAGARSE: OTRAS ALTERNATIVAS: CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE NOMBRE: TRÁMITE: X SERVICIO: REGISTRO EXTEMPORÁNEO DE NACIMIENTO DESCRIPCIÓN: PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL CUAL SE OBTIENE ACTA DE NACIMIENTO QUE ASIENTA EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE INDIVIDUO MAYOR DE UN AÑO DE NACIDO. ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19 Y 72 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. FUNDAMENTO LEGAL: DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE NACIMIENTO ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB VIGENCIA: PERMANENTE X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: SE GENERA PARA PERSONAS MAYORES DE UN AÑO DE EDAD QUE NO CUENTAN CON ACTA DE NACIMIENTO. FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS ORIGINAL COPIA(S) X 1 CARTILLA NACIONAL DE VACUNACIÓN, CONSTANCIA RELIGIOSA Y/O FE DE BAUTISMO. FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 72 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS X 1 UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE IDENTIFICACIÓN DE LOS PADRES Y/O DE LA PERSONA QUE VA SER REGISTRADA, ASÍ COMO DE LA PERSONA QUE PRESENTA. X 1 C/U X 1 X 1 PRESENTACIÓN DE LA PERSONA A REGISTRAR. CERTIFICADO DE NACIMIENTO O, EN SU CASO, CONSTANCIA DE ALUMBRAMIENTO. CONSTANCIA DE NO REGISTRO DE NACIMIENTO DEL LUGAR DE ORIGEN Y DEL DOMICILIO DE LA JURISDICCIÓN DE LA OFICIALÍA DONDE SE VAYA A EFECTUAR EL REGISTRO. CONSTANCIA DOMICILIARIA DE LOS PADRES Y/O DE LA PERSONA QUE VA A SER REGISTRADA. DESTINO: ARCHIVO CONSTANCIA CON FOTOGRAFÍA DE QUE NO HA PRESENTADO ACTA DE NACIMIENTO, EXPEDIDA POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DONDE ESTUDIE LA PERSONA A REGISTRARSE. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE MATRIMONIO DE LOS PADRES Y/O DE LA PERSONA QUE VA A SER REGISTRADA (EN EL SUPUESTO QUE COMPAREZCA SOLO UNO DE LOS PADRES A REGISTRAR, LA CERTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO NO DEBERÁEXCEDER DE 6 MESES DE ANTIGÜEDAD). COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO DE HIJOS, DE HERMANOS O DE DEFUNCIÓN DE LOS PADRES, EN CASO DE TENER DICHOS DOCUMENTOS. DOCUMENTOS QUE PUEDAN RELACIONARSE, CON LA PERSONA QUE VA A SER REGISTRADA. X 1 X 1 X 1 X 1 ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) PERSONAS MORALES INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: 1 HORA VIGENCIA: INDETERMINADA COSTO: 0.17 SALARIO MÍNIMO DIARIO POR AÑO OMISO FORMA DE PAGO: TIEMPO DE RESPUESTA: EFECTIVO X TARJETA DE CRÉDITO DOS DÍAS HÁBILES TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) DÓNDE PODRÁ PAGARSE: CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL OTRAS ALTERNATIVAS: OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL DONDE NO SE CUENTA CON CAJA CERCANA DE TESORERÍA MUNICIPAL CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO NOMBRE: REGISTRO DE DEFUNCIÓN DESCRIPCIÓN: TRÁMITE: X SERVICIO: INFORMAR SOBRE LA MUERTE DE UNA PERSONA, EXPIDIENDO EL ACTA DE DEFUNCIÓN CORRESPONDIENTE. ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19 Y 107 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE DEFUNCIÓN ORDEN DE INHUMACIÓN U OFICIO DE TRASLADO ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB VIGENCIA: PERMANENTE X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: A PARTIR DE LA MUERTE DE LA PERSONA DENTRO DE LAS 48 HORAS SIGUIENTES DE OCURRIDO EL DECESO. FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS CERTIFICADO MEDICO DE DEFUNCIÓN EN FORMATO AUTORIZADO POR LA SECRETARIA DE SALUD, EXPEDIDO POR MEDICO TITULADO O INSTITUCIÓN PUBLICA DEL SECTOR SALUD, ESPECIFICANDO LA CAUSA DEL DECESO. ORIGINAL X COPIA(S) 1 FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 107 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE COMPARECENCIA DEL DECLARANTE Y TESTIGOS DESTINO: ARCHIVO IDENTIFICACIÓN OFICIAL DECLARANTE Y TESTIGOS. VIGENTE DEL COPIA DEL ACTA DE NACIMIENTO. OFICIO DEL MINISTERIO PUBLICO QUE ORDENE EL ASENTAMIENTO DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Y, EN SU CASO, LA ORDEN DE INHUMACIÓN Y/O CREMACIÓN CORRESPONDIENTE, CUANDO EL DECESO SE HUBIERA DADO POR CAUSAS VIOLENTAS Y/O SOSPECHOSAS. TRASLADO: COPIA DEL PERMISO DEL SECTOR SALUD QUE AUTORIZA SU TRASLADO, CUANDO EL CADÁVER VAYA A SER INHUMADO O CREMADO EN OTRA ENTIDAD O A UNA DISTANCIA MAYOR A LOS 100 KILÓMETROS DEL LUGAR EN QUE OCURRIÓ EL DECESO. PERMISO DEL SECTOR SALUD PARA INHUMAR O CREMAR, DURANTE LAS PRIMERAS 12 HORAS POSTERIORES AL FALLECIMIENTO Y DESPUÉS DE LAS 48 HORAS DE OCURRIDO EL MISMO. X 1 X 1 PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: INMEDIATO VIGENCIA: INDETERMINADA COSTO: GRATUITO FORMA DE PAGO: TIEMPO DE RESPUESTA: EFECTIVO TARJETA DE CRÉDITO 1 DÍA HABIL TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) DÓNDE PODRÁ PAGARSE: OTRAS ALTERNATIVAS: CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE QUE SE ENCUENTRE DENTRO DE LAS CUARENTA Y OCHO HORAS DESPUÉS DE LA DEFUNCIÓN Y ACREDITE CON CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN PRESENTAR DESPUÉS DE LAS DOCE HORAS DE LA DEFUNCIÓN Y ANTES DE LAS CUARENTA Y OCHO NOMBRE: TRÁMITE: X SERVICIO: REGISTRO DE MATRIMONIO DESCRIPCIÓN: LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS O QUE VIVEN EN CONCUBINATO. ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19, 95 Y 96 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE MATRIMONIO Y CEREMONIA CIVIL ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB VIGENCIA: PERMANENTE X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: PRESENCIA DE LOS SOLICITANTES. ACTAS CERTIFICADAS DE NACIMIENTO. IDENTIFICACIONES OFICIALES VIGENTES. SOLICITUD DE MATRIMONIO (EL FORMATO SE PROPORCIONARA EN LA OFICIALÍA). CERTIFICADO MEDICO PREMATRIMONIAL (VIGENCIA DE 15 DÍAS NATURALES). DOS TESTIGOS MAYORES DE EDAD POR CADA SOLICITANTE. TODOS AQUELLOS QUE SEÑALE EL CÓDIGO CIVIL ORIGINAL X COPIA(S) 1 FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19, 95 Y 96 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE DESTINO: ARCHIVO X 1 X 1 PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: 30 MINUTOS VIGENCIA: INMEDIATO O DEPENDIENDO LA CITA COSTO: OFICINA Y A DOMICILIO FORMA DE PAGO: TIEMPO DE RESPUESTA: EFECTIVO X TARJETA DE CRÉDITO TRES DÍAS HÁBILES TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) DÓNDE PODRÁ PAGARSE: CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL OTRAS ALTERNATIVAS: OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE QUE SE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS LEGALES Y NO EXISTAN IMPEDIMENTOS LEGALES PARA CONTRAER MATRIMONIO. EN CASO DE MENORES QUE EXISTA AUTORIZACIÓN POR ALGUNO DE LOS PADRES NOMBRE: TRÁMITE: REGISTRO DE DIVORCIO ADMINISTRATIVO DESCRIPCIÓN: LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS. ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19 Y 100 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. X SERVICIO: DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE DIVORCIO ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB VIGENCIA: PERMANENTE X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: TENGAN MAS DE UN AÑO DE CASADOS, NO TENGAS HIJOS MENORES DE EDAD O MAYORES INCAPACITADOS FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS COMPARECENCIA PERSONAL VOLUNTARIA DE AMBOS CÓNYUGES. SOLICITUD DE DIVORCIO (EL FORMATO SE PROPORCIONA SIN NINGÚN COSTO EN LA OFICIALÍA). COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE MATRIMONIO Y DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO DE LOS CÓNYUGES (VIGENCIA DE 6 MESES). CONSTANCIA DOMICILIARIA. IDENTIFICACIONES OFICIALES VIGENTES DE LOS CÓNYUGES. CONSTANCIA DE NO EMBARAZO DE LA CÓNYUGEEXPEDIDA POR UNA INSTITUCIÓN OFICIAL (VIGENCIA DE 15 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU EXPEDICIÓN). SI TIENE HIJOS MAYORES DE EDAD NO SUJETOS A TUTELA, COPIA CERTIFICADA DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO. RESOLUCIÓN JUDICIAL O INSTRUMENTO NOTARIAL DE LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL EN CASO DE HABER ADQUIRIDO BIENES, EN CASO CONTRARIO, LA DECLARACIÓN POR ESCRITO DE NO HABER ADQUIRIDO BIEN ALGUNO NI DEUDAS ORIGINAL X COPIA(S) 1 FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 100 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE DESTINO: ARCHIVO X 1 X 1 PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: 1 HORA VIGENCIA: INMEDIATO O DEPENDIENDO LA CITA 15 DÍAS COSTO: 20.92 + 3.711 + 1.3 SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS VIGENTES + LÍNEA DE CAPTURA ESTATAL FORMA DE PAGO: TIEMPO DE RESPUESTA: EFECTIVO X TARJETA DE CRÉDITO 15 DÍAS HÁBILES TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) X DÓNDE PODRÁ PAGARSE: CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL Y EN LÍNEA DEL PORTAL DE PAGO OTRAS ALTERNATIVAS: OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL Y EN LÍNEA CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TENGAN MAS DE UN AÑO DE CASADOS , NO TENGAN HIJOS MENORES DE EDAD O MAYORES INCAPACITADOS Y HAYAN ACORDADO LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL TRAMITE NOMBRE: TRÁMITE: X SERVICIO: REGISTRO DE DIVORCIO JUDICIAL DESCRIPCIÓN: LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS. ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19, 97 Y 98 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE DIVORCIO ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB VIGENCIA: PERMANENTE X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: SE EMITA SENTENCIA EJECUTORIADA DEL PODER JUDICIAL FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS OFICIO ORIGINAL DE REMISIÓN DEL JUZGADO Y COPIA CERTIFICADA DE LA SENTENCIA QUE ORDENE SU ASENTAMIENTO; EN CASO DE DIVORCIO NECESARIO, LA DEL AUTO QUE LA DECLARE EJECUTORIADA. ORIGINAL X COPIA(S) 1 LOS DEMÁS DOCUMENTOS QUE CON EL DIVORCIO JUDICIAL SE RELACIONEN FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19, 97 Y 98 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE DESTINO: ARCHIVO X 1 X 1 PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS ORIGINAL COPIA(S) DURACIÓN DEL TRÁMITE: 1 DIA VIGENCIA: INDEFINIDA COSTO: 3.711 + 1.3 + 0.88 SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS VIGENTES FORMA DE PAGO: TIEMPO DE RESPUESTA: EFECTIVO X TARJETA DE CRÉDITO TRES DÍAS HÁBILES TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) DÓNDE PODRÁ PAGARSE: CAJAS DE TESORERÍA MUNICIPAL OTRAS ALTERNATIVAS: OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE COPIA CERTIFICADA DE LA RESOLUCIÓN, OFICIO DIRIGIDO AL OFICIAL Y AUTO QUE DECLARE EJECUTORIADA LA SENTENCIA DE DIVORCIO NOMBRE: TRÁMITE: X SERVICIO: REGISTRO DE RECONOCIMIENTO DESCRIPCIÓN: PROCEDIMEINTO POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA EL RECONOCIMIENTO DE UNA PERSONA REGISTRADA CON ANTERIORIDAD. ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19 Y 82 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE RECONOCIMIENTO ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB VIGENCIA: PERMANENTE X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: SENTENCIA EJECUTORIADA, RECONOCIMIENTO ANTE NOTARIO O PRESENCIA DEL RECONOCEDOR FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS PRESENCIA DEL FUTURO RECONOCIDO. PRESENCIA DEL RECONOCEDOR Y DE QUIEN OTORGA EL CONSENTIMIENTO. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO DEL REGISTRO (VIGENCIA DE 6 MESES). ACTA DE NACIMIENTO DEL RECONOCEDOR. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL RECONOCEDOR Y DE QUIEN OTORGA EL CONSENTIMIENTO. EN CASO DE SER EXTRANJERO EL RECONOCEDOR, ORIGINAL X COPIA(S) 1 FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19 Y 82 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE DESTINO: ARCHIVO X 1 ACREDITAR LA LEGAL ESTANCIA EN EL PAÍS. X 1 PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: 15 MINUTOS VIGENCIA: INDEFINIDO COSTO: 0.66 + 1.3 + 0.88 SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS VIGENTES FORMA DE PAGO: TIEMPO DE RESPUESTA: EFECTIVO X TARJETA DE CRÉDITO DOS DÍAS HÁBILES TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) DÓNDE PODRÁ PAGARSE: CAJAS DE LA TESORERÍA MUNICIPAL OTRAS ALTERNATIVAS: OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CUANDO NO SE CUENTE CON CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE A TRAVÉS DE RESOLUCIÓN JUDICIAL, ACTA PROTOCOLIZADA ANTE NOTARIO PUBLICO O PRESENCIA DEL RECONOCEDOR. PERSONA QUE AUTORIZA NOMBRE: TRÁMITE: X SERVICIO: REGISTRO DE ADOPCIÓN DESCRIPCIÓN: PROCEDIMIENTO A TRAVÉS DEL CUAL SE REGISTRA LA ADOPCIÓN DE UNA PERSONA. ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19, 91, 92 Y 93 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA DE ADOPCIÓN O NACIMIENTO ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: VIGENCIA: PERMANENTE FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS OFICIO ORIGINAL DE REMISIÓN DEL JUZGADO, COPIA CERTIFICADA DE LA SENTENCIA QUE ORDENE SU ASENTAMIENTO Y EL AUTO QUE LA DECLARE EJECUTORIADA. PRESENTACIÓN DEL ADOPTADO. COMPARECENCIA DEL O DE LOS ADOPTANTES. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO DEL ADOPTADO, CUANDO HAYA SIDO REGISTRADO. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL O LOS ADOPTANTES. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO O MATRIMONIO DE LOS ADOPTANTES. ORIGINAL X COPIA(S) FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 19, 91, 92 Y 93 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. 1 UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE DESTINO: ARCHIVO X 1 X 1 PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: 15 MINUTOS TIEMPO DE RESPUESTA: VIGENCIA: INDETERMINADA TRES DÍAS COSTO: FORMA DE PAGO: EFECTIVO TARJETA DE CRÉDITO TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) DÓNDE PODRÁ PAGARSE: OTRAS ALTERNATIVAS: CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE NOMBRE: TRÁMITE: SERVICIOS ADICIONALES DESCRIPCIÓN: A) EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE LOS ACTOS QUE GUARDA SU ESTADO CIVIL B) BÚSQUEDA DE ACTAS CUANDO NO SE CUENTE CON LOS DATOS PRECISOS C) CERTIFICACIÓN DE CONSTANCIAS DE INEXISTENCIA DE REGISTRO D) ACLARACIÓN DE ACTA POR VÍA ADMINISTRATIVA Y EL ASENTAMIENTO DE LA ANOTACIÓN CORRESPONDIENTE E) EMISIÓN Y CORRECCIÓN DE LA CLAVE CURP SERVICIO: X ART. 3.1 Y 3.2 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 19 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 142 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. FUNDAMENTO LEGAL: DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: COPIA CERTIFICADA, CONSTANCIA DE NO REGISTRO, ACUERDO DE ACLARACIÓN, CLAVE VIGENCIA: DOS DÍAS O INMEDIATA CURP ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB X X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: WWW.SEGOB.GOB.MX A) CUANDO NO SE CUENTA CON ALGÚN DATO DE REGISTRO B) EN UN REGISTRO EXTEMPORÁNEO MAYOR DE UN AÑO C) POR ERROR EN EL MOMENTO DE REGISTRO. D) EN EL REGISTRO DE NACIMIENTO FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS ORIGINAL A) COPIA FOTOSTÁTICA CERTIFICAR O CURP DEL ACTA QUE B) NOMBRE Y FECHA DE NACIMIENTO DEL ACTA QUE DESEA BUSCAR C) NOMBRE DE LA PERSONA QUE SE VA A REGISTRAR, FECHA DE NACIMIENTO, LUGAR DE NACIMIENTO Y NOMBRE DE SUS PADRES. D) DEPENDE DE QUE ERROR TENGA EL ACTA QUE SE VA A CORREGIR E) ACTA DE NACIMIENTO ORIGINAL Y COPIA. Y CURP PARA CUANDO ES CORRECCIÓN COPIA(S) X DESEO FUNDAMENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: A) ARTICULO 41Y 42 REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. B) REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. C) ARTICULO 43 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. D) ARTÍCULOS 46 Y 49 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. E) LEY GENERAL DE POBLACIÓN. UTILIDAD: CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTE DESTINO: ARCHIVO X X PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS DURACIÓN DEL TRÁMITE: 15 MINUTOS VIGENCIA: PERMANENTE COSTO: FORMA DE PAGO: DÓNDE PODRÁ PAGARSE: OTRAS ALTERNATIVAS: CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL A) TIEMPO DE RESPUESTA: 0.88 B) 0.144 X AÑO EFECTIVO TESORERÍA MUNICIPAL X UNO A DOS DÍAS HÁBILES C) 0.88 + 0.144 X CINCO AÑOS E)GRATUITO TARJETA DE CRÉDITO TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) TRAMITE NOMBRE: TRÁMITE: X SERVICIO: TRANSCRIPCIÓN DE HECHOS ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS REALIZADAS EN EL EXTRANJERO DESCRIPCIÓN: LEGALIZAR EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS EN MÉXICO. CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. FUNDAMENTO LEGAL: LEY GENERAL DE POBLACIÓN LEY DE MIGRACIÓN CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO. DOCUMENTO A OBTENER Y/O BENEFICIO: ACTA NACIMIENTO, MATRIMONIO, DIVORCIO, DEFUNCIÓN ¿SE REALIZA EN LÍNEA?: SI NO DIRECCIÓN WEB VIGENCIA: PERMANENTE X CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE: SE PIENSA RADICAR EN EL PAÍS O EL RECONOCIMIENTO DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS EN NUESTRO PAÍS FUNDAMENTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, UTILIDAD Y DESTINO DEL REQUISITO: REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS ORIGINAL DOCUMENTO PROBATORIO DEL EXTRANJERO APOSTILLADO O LEGALIZADO TRADUCIDO POR PERITO OFICIAL IDENTIFICACIÓN COMPARECÍA DE O LOS INTERESADO (S). X COPIA(S) 1 X X X 1 X PERSONAS MORALES ORIGINAL COPIA(S) ORIGINAL COPIA(S) INSTITUCIONES PÚBLICAS OTROS ARTICULOS del 127 al 135 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO. ARTICULO 9 DE LA LEY DE MIGRACION. ORIGINAL DURACIÓN DEL TRÁMITE: DOS DIAS VIGENCIA: PERMANENTE COSTO: 6.60 SALARIOS MINIMOS DIARIOS FORMA DE PAGO: TIEMPO DE RESPUESTA: EFECTIVO DÓNDE PODRÁ PAGARSE: COPIA(S) X TARJETA DE CRÉDITO UN DIA TARJETA DE DÉBITO EN LÍNEA (PORTAL DE PAGOS) CAJAS DE LA TESORERIA MUNICIPAL OTRAS ALTERNATIVAS: CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRAMITE APOSTILLADO, TRADUCCION POR PERITO OFICIAL DEPENDENCIA U ORGANISMO: UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE: CONSEJERIA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO REGISTRO CIVIL 02 CHICOLOAPAN TITULAR DE LA DEPENDENCIA: DOMICILIO: CALLE: TIERRA Y LIBERTAD COLONIA: EMILIANO ZAPATA C.P.: 56390 NO. INT. Y EXT.: MUNICIPIO: HORARIO Y DÍAS DE ATENCIÓN: LADA: 55 LIC. ROBERTO NARANJO VICTORES S/N CHICOLOAPAN LUNES A VIERNES DE 9:00 A 18:00 Y SABADO DE 9:00 A 15:00 TELÉFONOS: EXTS.: FAX: 15512072 CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] OTRAS OFICINAS QUE PRESTAN EL SERVICIO OFICINA: OFICIALIA 01 Y OFICIALIA 03 DEL REGISTRO CIVIL EN EL MUNICIPIO DE CHICOLOAPAN NOMBRE DEL TITULAR DE LA OFICINA: DOMICILIO: LIC. JOSE FERNANDO PEREZ RAMIREZ Y LIC. MIRIAM ALEJANDRA PAREDES AVILA CALLE: PLAZA DE LA CONSTITUCION INTERIOR DEL PALACIO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE NO. INT. Y EXT.: CHICOLOAPAN, CHICOLOAPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO. AV. REAL DE LAS HACIENDAS ESQ. AV. REAL DE MINAS, REAL DE COSTITLAN, CHICOLOAPAN, ESTADO DE MEXICO. COLONIA: CHICOLOAPAN DE JUAREZ. MUNICIPIO: CHICOLOAPAN REAL DE COSTITLAN C.P.: 56370 LADA: HORARIO Y DÍAS DE ATENCIÓN: LUNES A VIERNES DE 9:00 A 18:00 Y SABADO DE 9:00 A 15:00 TELÉFONOS: 01 55 59215046 01 55 22894439 EXTS.: FAX: 129 CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] [email protected] [email protected] CHICOLOAPAN MUNICIPIOS QUE ATIENDE: OTROS PREGUNTA FRECUENTE 1: RESPUESTA: PREGUNTA FRECUENTE 2: RESPUESTA: PREGUNTA FRECUENTE 3: RESPUESTA: TRÁMITES O SERVICIOS RELACIONADOS INSCRIPCIÓN, REGISTRO, AUTORIZACIÓN, CERTIFICACIÓN, SOLEMNIDAD A LOS HECHOS Y ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS E INSCRIPCION DE RESOLUCIONES QUE LA LEY AUTORIZA. ELABORÓ: ELABORO: ELABORO: LIC. JOSE FERNANDO PEREZ RAMIREZ LIC. ROBERTO NARANJO VICTORES LIC. MIRIAM ALEJANDRA PAREDES AVILA OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL 01 OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL 02 OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL 03 ___________________________________. VISTO BUENO: FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 27/12/2013. C. JOSE MEDARDO ARREGUIN HERNANDEZ ENLACE MUNICIPAL DE MEJORA REGULATORIA
© Copyright 2024