AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO Y URGENTE EN FECHA 27/04/2015 ASISTENTES: Presidente D. Arturo Ros Ribes. Concejales PP: D. José Ramón Ferri Tormo. D. José F. Lluch Gil. Dª. Desamparados Navarro Lavernia. Dª. Mª Jose González-Mellado. D. Ramón Arnal Sánchez. D. Juan José Falaguera Aguilar. D.Nicolás Collado Domínguez. PSOE: D. Miguel Beteta Negrete. Dª. Rosa Mª Baixauli Montes D. Benito Villena Casado. ACERT: Dª. Neus Sánchez Expósito Secretaria: Dª. Nieves Espinosa Roca. Interventora: Dª Marta Salinas Gimenez. No asiste la Concejala : Dª. Mª Carmen Marco Aguilar (PSOE) En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Tavernes Blanques, siendo las 08:05 horas del día veintisiete de abril de dos mil quince, se reúne el Ayuntamiento Pleno, al objeto de celebrar Sesión extraordinaria y urgente en primera convocatoria, con la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Arturo Ros Ribes, y la asistencia de los Sres. Concejales, pertenecientes a los Grupos Políticos indicados. Acto seguido de orden de la Presidencia, se procede al estudio de los asuntos a tratar con arreglo al siguiente ORDEN DEL DÍA: 1.- RATIFICACIÓN CONVOCATORIA CON CARÁCTER URGENTE. Abierta la sesión por la Presidencia, de conformidad con lo establecido en el art. 46.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se ordena el proceder a la votación ordinaria de la ratificación de la presente convocatoria con carácter urgente, que es debida a la necesidad de efectuar el sorteo de los miembros de las mesas electorales. Previamente, por los Señores Concejales se realizan las siguientes intervenciones: El Sr. Alcalde señala que se ha aprovechado el pleno extraordinario del sorteo de las meses para incluir unos temas de tramitaciones. 1 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES El Sr. Beteta indica que los temas que aparecen en el orden del día son propios de un pleno ordinario, no entiende la necesidad de convocar a las 8 de la mañana y esta medida lo que hace es impedir la asistencia de público al pleno. Ratificándose la urgencia por 8 votos a favor de los Señores Concejales pertenecientes al PP y 3 votos en contra de los Señores Concejales pertenecientes al PSOE y 1 voto en contra de la Señora Concejala perteneciente a ACERT. 2.- ELECCIONES AUTONÓMICAS Y MUNICIPALES DE 2.015. SORTEO MIEMBROS MESAS ELECTORALES. A fín de dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 26 de la vigente Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se realiza el sorteo ampliándose a un suplente más por cargo. Cumplidas todas las formalidades legales establecidas, este Ayuntamiento ha formado las Mesas Electorales que se indican, con las personas que se expresan y para los cargos que se reseñan siguientes: DISTRITO: 1 SECCIÓN: 1 MESA: A NOMBRE LOCAL ELECTORAL: C.P. SAN RAFAEL DIRECCIÓN MESA: CALLE REYES CATOLICOS NUM 2 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 1 MESA: B NOMBRE LOCAL ELECTORAL: C.P. SAN RAFAEL DIRECCIÓN MESA: CALLE REYES CATOLICOS NUM 2 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 2 MESA: U NOMBRE LOCAL ELECTORAL: AYUNTAMIENTO DIRECCIÓN MESA: PLAZA GERMANIES NUM: 1 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 3 MESA: U NOMBRE LOCAL ELECTORAL: C.P. 9 DE OCTUBRE DIRECCIÓN MESA: AVDA REI EN JAUME NUM: 28 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 4 MESA: A NOMBRE LOCAL ELECTORAL: C.P. SAN RAFAEL DIRECCIÓN MESA: CALLE REYES CATOLICOS NUM: 2 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 4 MESA: B NOMBRE LOCAL ELECTORAL: C.P. SAN RAFAEL DIRECCIÓN MESA: CALLE REYES CATOLICOS NUM: 2 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 5 MESA: U NOMBRE LOCAL ELECTORAL: C.P. 9 DE OCTUBRE 2 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES DIRECCIÓN MESA: AVDA REI EN JAUME NUM: 28 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 6 MESA: U NOMBRE LOCAL ELECTORAL: INSTITUTO E.S. DIRECCIÓN MESA: CALLE ALACANT NUM: 12 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 7 MESA: A NOMBRE LOCAL ELECTORAL: INSTITUTO E.S. DIRECCIÓN MESA: CALLE ALACANT NUM: 12 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 7 MESA: B NOMBRE LOCAL ELECTORAL: INSTITUTO E.S. DIRECCIÓN MESA: CALLE ALACANT NUM: 12 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 8 MESA: U NOMBRE LOCAL ELECTORAL: INSTITUTO E.S. DIRECCIÓN MESA: CALLE ALACANT NUM: 12 DISTRITO: 1 SECCIÓN: 9 MESA: U NOMBRE LOCAL ELECTORAL: C.P. 9 DE OCTUBRE DIRECCIÓN MESA: AVDA REI EN JAUME NUM: 28 3.- RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS A LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. Vistas las alegaciones efectuadas por --------------------------------, ------------------------------, ----------------------------------- y -------------------------------, presentadas durante el periodo de exposición pública de la aprobación inicial de la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo del ejercicio 2015. Visto el informe emitido a tal efecto por la Secretaria General del Ayuntamiento de Tavernes Blanques. Por los Señores Concejales se realizan las siguientes intervenciones: El Sr. Beteta indica que en el informe jurídico emitido no se razona motivadamente la denegación de las alegaciones; es necesario entrar sobre el fondo; debe justificarse el por qué. La Sra. Sánchez manifiesta que el argumento esgrimido no es sólido. El Sr. Ferri señala que se trata de dos temas diferentes, una cosa es la modificación de la RPT y otra la modificación del porcentaje de jornadas que se refleja en la RPT; indica que se quedó con los Sindicatos de forma consensuada que cuando se hiciese una revisión de la RPT total, se entraría a valorar estas alegaciones. El Sr. Beteta sigue manifestando que no es razón suficiente. El Sr. Ferri indica que se trata de unas alegaciones personales y que lo justo es que si se revisa algo, que se revise para la colectividad. 3 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES El Sr. Beteta indica que no está motivada la desestimación. El Sr. Lluch manifiesta que motivada está, otra cosa es que no compartan la argumentación jurídica. Vista la propuesta que realiza la Concejalía de Personal, el Ayuntamiento Pleno por 8 votos a favor de los Sres. Concejales pertenecientes al Grupo Político PP y 3 votos en contra de los Sres. Concejales perteneciente al Grupo Político PSOE y 1 voto en contra del Sra. Concejala perteneciente al Grupo Político ACERT, adopta el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por ----------------------------, -------------------------------------, -------------------------- y -------------------------------- en base a lo recogido en el informe de la Secretaria General del Ayuntamiento de Tavernes Blanques. SEGUNDO.- Rectificar error material detectado en la propuesta de modificación de la RPT de 2015 de fecha de 20 de febrero de 2015, procediéndose a corregir donde dice 22,75 horas semanales, relativo a la ampliación de la dedicación del puesto de Arquitecto/a Municipal (A1005), debe ser sustituido por 27,75 horas semanales. Cómputo horario resultante tras la ampliación al 74% de la jornada de dicho puesto TERCERO.- Dar traslado de la misma al Servicio de Intervención para que se adecuen los documentos en los que se contengan los porcentajes. CUARTO.- Aprobar definitivamente la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo del ejercicio 2015 y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a los interesados. 4.- APROBACIÓN MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 7/2015. Incoado expediente de modificación de créditos consistente en suplemento de crédito, mediante Propuesta de esta Alcaldía de 21 de abril de 2015. Vista la justificación de la misma, así como el informe de Intervención, ambos de la misma fecha, en relación al mismo. Por los Señores Concejales se realizan las siguientes intervenciones: El Sr. Beteta indica que se incluye en el expediente la memoria y que la modificación de crédito no se aplica al préstamo de la expropiación. La Sra. Interventora señala que con la modificación de crédito se amortizan préstamos, con el criterio del mayor ahorro para 2015, por el importe de 1.000.000 €. El Sr. Beteta indica que no tiene sentido que ahora entren las prisas por devolver los intereses y que la única pretensión es dejar sin dinero al Ayuntamiento . No entienden el expediente, no entienden la urgencia y no entienden nada. 4 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES La Sra. Sánchez señala que no se entiende que se tenga que pasar por un pleno la modificación de crédito y que además sea extraordinaria y urgente. El Sr. Beteta indica que con los remanentes que se han obtenido, el único año que se amortiza es éste y pregunta por qué no se hizo el primer año de legislatura. El Sr. Ferri se alegra mucho que se diga que se han tenido remanentes positivos durante todos los años; todos los años no se han tenido, pero algunos de ellos sí y que siempre han tenido la misma actitud, amortizar préstamos con el remanente de tesorería. Con esta actitud se deja al Ayuntamiento con un 20 % por debajo del déficit en el que se encontraba, a pesar de haber hecho frente a una expropiación forzosa que no mala expropiación, como se hizo anteriormente. Y haber pagado la concurrente con presupuesto municipal, sin que afectase a proveedores y al pago de las nóminas; ha sido un compromiso político no dejar cargas a ningún equipo de gobierno, sin olvidar que lo que se ha obtenido es un solar para los ciudadanos de Tavernes Blanques. El Sr. Beteta indica que la justificación no convence, la deuda viva es de 3.000.000 €, y en esta ocasión se saca el dinero de cara a las elecciones. La Sra. Sánchez mantiene la misma argumentación. El Sr. Ferri señala que las afirmaciones efectuadas no son ciertas, los remanentes positivos siempre se han utilizado según ley. Vista la propuesta que realiza la Alcaldía, el Ayuntamiento Pleno por 8 votos a favor de los Sres. Concejales pertenecientes al Grupo Político PP y 3 votos en contra de los Sres. Concejales perteneciente al Grupo Político PSOE y 1 voto en contra de la Sra. Concejala perteneciente al Grupo Político ACERT, adopta el siguiente acuerdo: 1º.- Aprobar la modificación de créditos nº 7/2015, que consiste en lo dispuesto en el documento adjunto a la presente Propuesta. 2º.- Exponer el acuerdo al público en el Boletín Oficial de la Provincia durante el plazo de quince días hábiles a los efectos de que los interesados que se indican en el apartado primero del artículo 170 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen ante el Pleno de la Corporación, por los motivos que se indican en el apartado 2º del mismo artículo. La documentación íntegra del expediente se encontrará a disposición del público en las oficinas municipales, en el plazo anteriormente indicado. Caso de no presentarse reclamaciones se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo, y podrá interponerse recurso Contencioso Administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que los interesados estimen procedentes. 5 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES 5.- RATIFICAR LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO. Mediante su lectura por el Sr. Alcalde, se da cuenta al Ayuntamiento Pleno de la Resolución de la Alcaldía siguiente para su ratificación. Por los Señores Concejales se realizan las siguientes intervenciones: El Sr. Beteta manifiesta su disconformidad con la información facilitada respecto a la deuda viva; no están de acuerdo con la información facilitada. La Sra. Sánchez manifiesta igualmente su disconformidad. El Sr. Ferri señala que ya están cansados de escuchar que la documentación no es correcta y que realicen comentarios contra el Servicio de Intervención; los datos son los facilitados por los técnicos; estamos cansados de que se ponga en duda el trabajo de los funcionarios. El Sr. Beteta indica que la culpa no la tienen los funcionarios, la documentación remitida va con la firma del Alcalde, no entienden la complejidad de la emisión de la información cuando se trata de darle a una tecla y si el Sr. Alcalde no contrasta la información. Me da que pensar. La Sra. Sánchez mantiene la misma argumentación. El Sr. Ferri señala que si la información se pide en fecha 23 de marzo, hay que esperar a 31 de marzo para cerrar la contabilidad y su cálculo no es tan sencillo como darle a una tecla y en segundo lugar tampoco el Sr. Alcalde firma sin mirar, lo que ocurre es que la Sra. Interventora hace un cálculo junto con el Concejal de Hacienda y el Alcalde lo refrenda. Me parece muy triste la argumentación del Portavoz del Partido Socialista. Seguidamente se procede a la votación, siendo ratificada por el Ayuntamiento Pleno por 8 votos a favor de los Sres. Concejales pertenecientes al Grupo Político PP y 3 votos en contra de los Sres. Concejales perteneciente al Grupo Político PSOE y 1 voto en contra del Sra. Concejala perteneciente al Grupo Político ACERT : “RESOLUCION DE LA ALCALDIA Nº 385/2015 ANTECEDENTES I.- Vista la Nota sobre los planes presupuestarios a medio plazo 2016-2018 de Entidades Locales, de la Subdirección General de Estudios y Financiación de Entidades Locales, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. II.- Visto que la remisión de los planes presupuestarios a medio plazo debe efectuarse por medios electrónicos y mediante firma electrónica. III.- Visto que la aplicación para el envío de esta información se cerrará el 23 de marzo de 2015. IV.- Visto el informe de Intervención de 23 de marzo de 2015. 6 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES Consideradas las potestades atribuidas a mi autoridad en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en base a lo indicado en el artículo 55 y siguientes y 69 y siguientes del RD 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en materia presupuestaria. HE RESUELTO PRIMERO.- Aprobar el plan presupuestario a medio plazo 2016-2018, en los términos que se anexan a la presente resolución. SEGUNDO.- La presente Resolución se notificará a Intervención para que se proceda a su remisión telemática al Ministerio competente. TERCERO.- La presente Resolución será ratificada en la próxima sesión plenaria que se celebre.” 6.- DACIÓN CUENTA AUTORIZACIÓN CURSO EMI 2015/2016. Se da cuenta y queda enterado el Ayuntamiento Pleno, de la Resolución de la Dirección General de Centros y Personal Docente, de fecha 16.03.2015, publicada en el DOCV nº 7501 de fecha 09.04.2015, por la que se concede autorización provisional, para el curso escolar 2015-2016, de la Escuela Municipal Infantil de esta Localidad. Por los Señores Concejales se realizan las siguientes intervenciones: El Sr. Beteta indica que ya pasó por Pleno y por tanto están de acuerdo. 7.- RATIFICACIÓN MODIFICACIÓN ESTATUTOS DEL CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y DE SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE VALENCIA. Considerando lo dispuesto en la disposición transitoria sexta, ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local en la que se señala que los consorcios que ya estuvieran creados en el momento de su entrada en vigor deberán adaptar sus estatutos a lo en ella previsto en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, hecho que tuvo lugar el 28 de diciembre de 2013. Considerando que dicha adaptación ha de comprender además las exigencias establecidas en la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en la que se señala que los órganos de las entidades locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones en dicha ley. Atendido que la ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, regula diversos aspectos de los consorcios, referentes al derecho de separación, disolución, liquidación y derecho supletorio, estableciendo su artículo 15 que los consorcios que ya estuvieran creados en el momento su entrada en vigor deberán adaptar sus estatutos a lo en ella previsto en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, que tuvo lugar el pasado 18 de septiembre. 7 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES Resultando que la asamblea general del consorcio, en sesión de 21 de noviembre de 2014, aprobó inicialmente la modificación de los estatutos del consorcio para el servicio de prevención extinción de incendios y de salvamento de la provincia de valencia. Resultando que dicha aprobación fue sometida a información pública mediante anuncio en el boletín oficial de la provincia de valencia num. 295 de 12 de diciembre de 2014, por el plazo de un mes a los efectos de reclamaciones y sugerencias ante la asamblea general del consorcio. Resultando que por la abogacía general de la generalitat, la consellería de educación, cultura y deporte, la dirección general de desarrollo autonómico y por la consellería de presidencia y agricultura, pesca, alimentación y agua de la generalitat, se presentaron alegaciones y sugerencias al texto modificado de estatutos. Visto el acuerdo de 25 de febrero de 2015, de la Asamblea General del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamento de la Provincia de Valencia por el que se resuelven las alegaciones y sugerencias presentadas por la Generalitat y se aprueba provisionalmente la modificación de Estatutos Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamento de la Provincia de Valencia. Visto el informe favorable de la Secretaria General de la Corporación de fecha 17 de abril de 2015, relativo a la modificación de los Estatutos del Consorcio, y que obra en el expediente. Considerando lo dispuesto en los artículo 47.2 apartado g), y 87 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, Art. 110 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, `por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 88 y siguientes y 108 a 110 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen Local de la Comunidad Valenciana demás preceptos concordantes. Por los Señores Concejales se realizan las siguientes intervenciones: El Sr. Beteta señala que son muchas las modificaciones de la propuesta, pero que se han incorporado todas y por tanto, están de acuerdo. La Sra. Sánchez manifiesta su conformidad. Vista la propuesta que realiza la Alcaldía, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad adopta el siguiente acuerdo: Primero.- Ratificar la modificación de los Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamento de la Provincia de Valencia, aprobada provisionalmente por acuerdo de la Asamblea General de 25 de febrero de 2015. Segundo.- Comunicar el presente acuerdo al Consorcio para el Servicio de Prevención Extinción de Incendios y de Salvamento de la Provincia de Valencia a los efectos oportunos. 8 AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES 8.- RATIFICACIÓN/DACIÓN CUENTA RESOLUCIONES ALCALDÍA. Mediante su lectura por el Sr. Alcalde, se da cuenta al Ayuntamiento Pleno y queda enterado de las Resoluciones de la Alcaldía siguientes: “RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 467/2015 Por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 17 de Diciembre de 2014, se adjudica a la UTE APUC S.L-RUGAR S.L., el contrato de las obras del Pabellón Cubierto del Polideportivo Municipal, 6ª fase, por importe de 686.045,72€ y 144.069,60€ de I.V.A. (total 830.115,32 euros) y las mejoras ofertadas por la UTE. Vista la certificación número 3 presentada por importe de 59.785,98€ y 12.555,06€ de IVA (total 72.341,04€), suscrita por la contrata y dirección facultativa de las obras. FUNDAMENTOS DE DERECHO Art. 232 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Disposición adicional segunda del Texto Refundido del Sector Público y artículo 21 f de la Ley de Bases de Régimen Local, la competencia para aprobar la certificación le corresponde al Alcalde. Esta Alcaldía en orden a las atribuciones que le están conferidas. RESUELVE Primero.- Aprobar la certificación núm. 3 de la obra Pabellón Polideportivo Cubierto, por importe de 59.785,98€ y 12.555,06€ de IVA (total 72.341,04€). Segundo.- Trasladar la presente Resolución al interesado y al Departamento de Intervención. Tercero.- Dar cuenta de la presente Resolución en el próximo Pleno que se celebre. “ Por los Señores Concejales se realizan las siguientes intervenciones: El Sr. Beteta indica que no tienen nada que objetar a la resolución, entiende que se está certificando conforme se está ejecutando la obra. Y no siendo otro objeto el de la presente sesión, se levantó por la Presidencia, siendo las 09:00 horas, de todo lo cual por mí la Secretaria se extiende la presente acta, de que doy fe. EL ALCALDE Fdo.- Arturo Ros Ribes LA SECRETARIA, Fdo.- Nieves Espinosa Roca 9
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