DEPAIMMENTO Da. META MT. 892 000.14A• RESOLUCION N° 6046 DE 2015 "Por medio de Ia cual se establece el cronograma de traslados ordinarios de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera que laboran en los establecimientos educativos del Departamento del Meta para Ia vigencia 2015" Pag. 1 de 4 LA SECRETARIA DE EDUCACION DEL DEPARTAMENTO DEL META En use de sus atribuciones legales conferidas en la Ley 715 de 2001, y Ley 1278 de 2002, Resolucion N° 1044 de 2003 y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 715 de 2001 en su articulo 6 numeral 6.2.3 establece como una de las competencias de las entidades territoriales la de "Administrar, ejerciendo las facultades serialadas en el articulo 153 de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y el personal docente y administrativo de los planteles educativos, sujetandose a la planta de cargos adoptada de conformidad con la presente Ley. Para ello, realizara concursos, efectuara los nombramientos del personal requerido, administrara los ascensos, sin superar en ningOn caso el monto de los recursos disponibles en el Sistema General de Participaciones y trasladara docentes entre los municipios, preferiblemente entre los limitrofes, sin mas requisito legal que la expedicion de los respectivos actos administrativos debidamente motivados". Que el articulo 2.4.5.1.2 del Decreto N° 1075 del 26 de mayo de 2015, consagra como responsabilidades de las entidades territoriales certificadas en educaci6n, en el marco del proceso ordinario de traslado: I) hacer el reporte anual de as vacantes definitivas que existan en sus establecimientos educativos, II) convocar a los educadores de su jurisdiccion que deseen participar en el referido proceso, III) informar en dicha convocatoria los establecimientos educativos que presenten cargos disponibles y los requisitos para que los traslados resulten procedentes y IV) expedir los correspondientes actos administrativos a favor de los educadores que resulten beneficiarios con la medida. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 2.4.5.1.2 del Decreto N° 1075 de 2015, al Departamento del Meta le corresponde hacer corte para reporte de vacancies definitivas por establecimiento educativo el 30 de octubre de 2015. Que mediante Resolucion N° 16431 del 02 de octubre de 2015 emanada por el Ministerio de Educacion Nacional, se fija el cronograma para la realizacion del proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera que laboran en instituciones educativas de las nombrados en propiedad de las entidades territoriales certificadas de educaci6n. Que con el fin de hacer efectivo el derecho de igualdad de los docentes y directivos docentes que cumplen con los requisitos previstos en el Decreto N° 1075 de 2015 para ser trasladados por solicitud personal, se hace imperioso implementar el procedimiento para el trannite de las solicitudes de traslados que deben hacerse efectivos a partir del ano 2016. Que dentro del marco legal que conforman las sefialadas normas y con el fin de garantizar la continua y efectiva prestacion del servicio educativo en el Departamento, es deber de este despacho establecer los objetivos y procedimientos a los cuales se sujetaran los traslados de los docentes y directivos Docentes que se encuentran en carrera, para acceder a las plazas vacantes disponibles dentro de la planta de personal docente y directivo docente del Departamento. Que por lo anterior expuesto, RESUELVE: Firma: 1 iv Elaboro: A r • Andrea Franco Quecan Cargo: Aux. Administriva Fecha: 05/10/15 Firma: 11.414► RevisO: Mart a Yol. sa Munoz Rom- :, Caroe-Ge nte cOestien Admi • ' rativa y Financiera GOBERNACION DEL META ill ®6 0115TRII9 Fecha: SECRETARIA DE EDUCAC ION Carrera 33 N' 38-45 Centro Villavicencio (Not) Edificio Gobernacion del Meta, Piso 2 Correo electronico: [email protected] Pagina web: www.sedrneta.gov.co PBX (+571 8 681 85 00 OEPAPTAMENTO 084 NM NIT. 802 081148-8 RESOLUCION N° 6046 DE 2015 "Por medio de Ia cual se establece el cronograma de traslados ordinarios de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera que laboran en los establecimientos educativos del Departamento del Meta para Ia vigencia 2015" Pag. 2 de 4 ARTICULO PRIMERO: Adopcion de procedimiento. Adoptese los procedimientos y el cronograma para realizar el tramite de traslados por solicitud escrita de docentes y directivos docentes, con derecho de carrera nombrados en los establecimientos educativos oficiales de los municipios no certificados del Departamento del Meta. ARTICULO SEGUNDO: Requisitos. Para participar en el proceso de traslado, los docentes y directivos docentes deberan cumplir los siguientes requisitos: 1. 2. Estar nombrado en propiedad (derechos de carrera). Que haya prestado como minimo un (1) aho de servicio continuo, en el establecimiento educativo donde se encuentre desemperiando el cargo de docente o directivo docente. Que la vacante seleccionada por el aspirante sea del mismo perfil y nivel academico, que este desempenando actualmente. Radicar el "Formulario Unico de Traslado (version 2.0)" en las fechas establecidas por la Secretaria de Educacion Departamental, con sus correspondientes anexos. 3. 4. ARTICULO TERCERO: Criterios para Ia decision del traslado. La entidad territorial, aplicara los siguientes criterios y puntajes, para determinar el orden de selecciOn con respecto a la decision de traslado ordinario: N° DESCRIPCION PUNTAJE DETALLE Obtencion de reconocimiento, premios o estimulos por la Acreditados por organismos de 1 15 caracter nacional y departamental ciestion pedagogica Entre 1 y 5 anos 5 Tiempo de permanencia en propiedad, en Entre 6 y 10 anos el 10 2 establecimiento educativo en el cual se encuentra Entre 11 y 15 anos 15 prestando servicio docente o directivo docente aspirante. Entre 16 y 20 anos 20 Mas de 20 anos 25 Necesidad de reubicacion laboral del docente o directivo Del aspirante 10 docente a otro municipio o a otro ente territorial, por 3 razones de salud del aspirante, de su conyuge o compariero (a) permanente, o hijos dependientes, de conformidad con Conyugue y/o hijos 5 la ley. Entre 1 y 5 anos 5 Tiempo de servicio prestado en el Departamento del Meta, Entre 6 y 10 anos 15 como docente o directivo docente con nombramiento en 4 Entre 11 y 15 anos 25 propiedad; o de la entidad territorial de procedencia para el Entre 16 y 20 anos 35 caso de los aspirante para traslado nombramiento. Mas de 20 anos 45 Sancion disciplinaria, durante al aio inmediatamente 5 Este valor resta -10 anterior a la fecha de su solicitud. Paragrafo 1 0: Para el caso del analisis y asignacion del puntaje para los criterios uno (1) y tres (3), el aspirante debe anexar soportes donde se identifique claramente el nombre de la entidad que la expide, fecha de expedicion del documento, motivo que genero el reconocimiento, premio o estimulo pedagogic° para el caso del criterio uno (1); y para el criterio tres (3), certificacion meclica original con fecha no mayor de expedicion a dos meses, por SERVIMEDICOS o la EPS que atiende el problema de salud del aspirante, o de su conyugue o hijos dependiente, donde describa la condicion medica del paciente, tipo de enfermedad y tratamiento que requi la persona. Firma: Elabore: Firma: a Andrea Franco Quecan Cargo: Aux. Administriva Revise): M. Fecha: 05/10/15 GOBERNACIoN DEL anda Munoz *o - • largo: r- - • - • t _ : :- • rativa y Financiera Fecha: SECRETARIA DE EDUCACIDN Carrera 33 IV 38-45 Centro Villavicencio (WO Edificio Gobernacinn del Meta, Piso 2 Correo electronico: educacion©meta.gov.co Pagina web: www.sedmeta.gov.co PBX (+571 8 681 85 00 RESOLUCION N° 6046 DE 2015 "Por medio de Ia cual se establece el cronograma de traslados ordinarios de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera que laboran en los establecimientos educativos del Departamento del Meta para Ia vigencia 2015" Ng. 3 de 4 Paragrafo 2°: Para la asignacion de la plaza disponible se tendra en cuenta el mayor puntaje total obtenido con base en los criterios serialados en el presente articulo. Paragrafo 3°: Para el caso de los aspirantes de otra entidad territorial, ademes de anexar los documentos solicitados en el paragrafo 1° del articulo tercero del presente acto administrativo, tambien deben anexar Historial Laboral original (con tiempo de expedition no mayor a un mes) y copia del protocolo de evaluation de desempelio laboral del alio inmediatamente anterior a la presente vigencia. ARTICULO CUARTO: Empates. Cuando dos o mas docentes o directivos docentes, obtengan el mismo puntaje total para ser trasladados al mismo lugar de desempeno de funciones, la entidad territorial aplicara los siguientes criterios, con el objetivo de dirimir el empate: 1. 2. 3. 4. La persona que ostente la calidad de ser cabeza de hogar, mediante declaration juramentada ante notario poblico. (padre o madre) Quien demuestra haber cumplido con el deber de votar en la elecciones inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud, en los terminos senalados en el articulo 2 numeral 3 de la ley 403 de 1997. Con quien ostente el mayor puntaje obtenido en los criterios 2 y 4 del articulo 3 del presente acto administrativo, de acuerdo con el siguiente orden: 1. Criterio 4- tiempo de antiguedad en el Departamento del Meta, 2. Criterio 2 -Tiempo de antigiiedad en el ultimo establecimiento educativo donde se encuentra ubicado en propiedad. Por concepto previo del directivo docente (rector o director rural) del establecimiento educativo receptor cuando se trate docentes; o del consejo directivo receptor cuando se trate de directivos docentes. ARTICULO QUINTO: Cronograma. En cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 10 de la resolution N° 16431 de 2015 emitida por el Ministerio de Education Nacional, el cronograma de actividades para el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes, previsto para el afio 2015, sera el siguiente: ACTIVIDAD FECHAS Revision y consolidation de las vacantes definitivas, por parte de la Secretaria de Education. Expedition del acto administrativo de convocatoria al proceso ordinario de traslados por parte de la entidad territorial certificada. Publication y envio al Ministerio de Education Nacional del acto administrativo de convocatoria al proceso ordinario de traslados. Hasta el 30 de octubre de 2015 9 de octubre de 2015 Del 9 de octubre al 16 de noviembre de 2015 Difusion de la convocatoria al proceso ordinario de traslados. Publication lista de vacantes definitivas en pagina web de la Secretaria de Education del Meta. (www.sedmeta.gov.co) Inscription de los docentes y directivos docentes al proceso ordinario de traslados. (Radicar el formulario anico de traslado con los respectivos soportes, en el SAC de Secretaria de Education, ubicada en el mezzanine de la Gobemacion del Meta). Ana'Isis y asignaci6n de puntajes, frente a cada solicitud de traslado. Publication de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado. Firma: X Elabor6. Ana Andrea Franco Quecan Cargo: Aux. Administriva Fecha: 05/10/15 6 de octubre de 2015 17 de noviembre de 2015 Del el 18 al 24 noviembre de 2015 Del 25 de noviembre al 9 de diciembre de 2015 Del 10 al 16 de diciembre de 2011,Th_ Firma: Revis6: Ma a!la Munoz Ro ro ministrativa y Financiera Cargo: G entg..cleiG"estiOn Fecha: SECRETARIA DE EDUCACION GOBERNACION DE u 1::tEisTR Carrera 33 N° 38-45 Centro Villavicencio (O Edificio Gobernacion del Meta, Piso 2 Correo electronico: educacion©meta.gov.co Pagina web: www.sedmeta.gov.co PBX t+571 8 681 85 00 DEDARTAMENTO DEL META EDDECLIMIM RESOLUCION N° 6046 DE 2015 "Por medio de Ia cual se establece el cronograma de traslados ordinarios de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera que laboran en los establecimientos educativos del Departamento del Meta para Ia vigencia 2015" Pag. 4 de 4 Reception y revision de solicitudes de ajuste de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado, y modification de la lista si hay luqar a ello. Expedition de actos administrativos de traslado al interior de la misma entidad territorial. Comunicacion y notification de actos administrativos a docentes y directivos del Departamento del Meta; o comunicacion de favorabilidad de traslado nombramiento a los docentes y directivos docentes, que provengan de otra entidad territorial para efectos que soliciten el inicio del tramite de convenio interadministrativo en su entidad de oriqen. Comunicacian del traslado a los rectores y directores rurales de los establecimientos educativos en los que se generan los traslados. Radicaci6n Constancias de presentation de los docentes trasladados, por parte de los rectores y directores rurales, que reciben a los docentes y directivos docentes. Del 10 al 16 de diciembre de 2015 Del 17 al 21 de diciembre de 2015 Del 22 al 27 de diciembre de 2015 28 de diciembre de 2015 Del 11 a 15 de enero de 2016 Paragrafo 1: El directivo docentes (Rector o director rural), que recibe al docente trasladado debe radicar en la Gerencia de Gestion Administrativa y Financiera de la Secretaria de Education, dentro de los cinco (5) primeros Bias habiles siguientes al inicio del calendario academia) 2016, una constancia de inicio de labores expedida por el rector o Director Rural del establecimiento educativo receptor, para finalizar el proceso de traslado ordinario de cada docente o directivo docente. Paragrafo 2 0: El docente o directivo docente trasladado debera presentar ante la direction del establecimiento educativo a donde haya sido reubicado, el respectivo paz y salvo del establecimiento educativo de procedencia. ARTICULO SEXTO: Aclaraciones. El traslado en ningUn caso implica ascenso en el Escalafon Docente, ni interruption en la relation laboral, ni puede afectar la composition de la planta de personal. Para el caso de permuta, con estricta sujecion a la atencion de las necesidades del servicio educativo, segUn lo establecido en el inciso 3 del articulo 22 de la Ley 715 de 2001, no sera autorizado el traslado por la autoridad nominadora si a uno los dos solicitantes le faltan cinco (5) arms o menos servicio para alcanzar la edad retiro forzoso (65 arios). Para el caso de traslado nombramiento solicitado por docentes o directivos docentes, se tramitaran por el proceso dispuesto en articulo 3 de la presente resolution y requieren adicionalmente convenio interadministrativo entre las entidades territoriales remisora y receptora, en el cual se convendran entre otros aspectos de efectividad del traslado, de production y responsabilidades fiscales. ARTICULO SEPTIMO: La presente Resolution rige a partir de la fecha de su expedition. COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. Dada en Villavicencio (Meta), a los cinco (5) es de octubre de 2015. LIGIA DEL AR EN SALD A PLAZAS Secretaria ucacion D partamental Firma: 0 Elaboro: Ana Andrea Franco Quecan Cargo: Aux. Administriva LFecha: 05/10/15 Firma: Reviso: Ma ha Y Cargo: G nda Munoz Ro ern inistrativa y Financiera Fecha: SECRETARIA DE EDUCACION GOBERNACION DEL Jun-es coFISTFIE Carrera 33 N° 38-45 Centro Villavicencio (het) Ed if icio Gobernacion del Meta, Piso 2 Correo electronico: [email protected] Pagina web: www.sedmeta.gov.co PBX 0571 8 681 85 00
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