CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN (CGU) DE UNIQUE
1. OBJETO
1.1 UNICO OPERADOR DE TELECOMUNICACIONES SL (en adelante UNIQUE) con CIF
número B66437872, con domicilio en Avenida Diagonal 405 bis, 1ª planta, 08028, Barcelona,
inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona en el Tomo , Folio, Sección, Hoja, Inscripción,
prestará a cada persona física o jurídica, que ostente la condición de consumidor o usuario final
(en adelante, Cliente) y exprese la aceptación de estas Condiciones Generales de UNIQUE (en
adelante CGU) y de las Condiciones Generales y Particulares de MÁSMOVIL (en adelante CGC),
el servicio telefónico móvil disponible al público, prestado por MASMOVIL TELECOM 3.0 SA,
titular del CIF número A-84633643 y con domicilio social en la calle Anabel Segura 11, Edificio
Albatros A – 2º A, 28108, Alcobendas, (en adelante el Prestador) con las características
expresadas en la cláusula siguiente (en adelante el Servicio).
UNIQUE será responsable del servicio de atención al cliente, facturación y cobro por el servicio
siempre en nombre y representación de MÁSMOVIL y por delegación de ésta.
1.2 El servicio se presta al Cliente en su condición de usuario final de éste y de conformidad con
las CGC y las CGU.
Queda estrictamente prohibida la reventa o comercialización del Servicio, así como la cesión del
presente Contrato. La infracción de estas prohibiciones dará lugar a la resolución de las CGC y
CGU y la terminación del Servicio, así como a las responsabilidades legalmente previstas.
2. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
2.1 El Servicio consistirá en la posibilidad de establecer comunicaciones electrónicas mediante el
servicio telefónico móvil disponible para el público conforme a todo aquello establecido en las
CGC, pudiendo ser pactadas por las partes todas o algunas de las siguientes modalidades:
• realizar llamadas telefónicas, enviar mensajes SMS y MMS, transmitir datos;
• recibir llamadas telefónicas, mensajes SMS y MMS y transmisiones de datos;
• disfrutar de servicios avanzados, así como acceder a servicios de contenidos y de valor añadido
prestados directamente por UNIQUE o por terceros, conforme a sus condiciones contractuales
específicas.
2.2 El Servicio podrá ser contratado por el Cliente en alguna o varias de las siguientes
modalidades, según se describe a las cláusulas de las CGC, siempre que se encuentren
disponibles en la oferta comercial de UNIQUE efectiva en cada momento (disponible en
www.unique.com):
• Modalidad “Prepago”
• Modalidad “Contrato”
3. RESUMEN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES PRINCIPALES
• El Cliente recibirá el servicio móvil contratado de UNIQUE, comprometiéndose a pagarlo de
acuerdo con las tarifas escogidas, mediante la domiciliación en su cuenta corriente o con cargo a
su saldo en conformidad con la modalidad contratada.
Al activar y utilizar el Servicio, da su consentimiento a las Condiciones Generales del mismo.
• Tenemos a disposición del Cliente información actualizada sobre la cobertura y la calidad del
Servicio. Recuerde que si se produjera una interrupción del Servicio telefónico móvil o de Internet
móvil tiene derecho a una indemnización en los términos descritos en las CGCP.
• El Cliente también tiene derecho a restringir el acceso de su línea a llamadas especiales,
servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales, así como a desactivar el buzón de
voz en los términos descritos en las CGC.
• UNIQUE presta el Servicio en territorio español. Fuera de aquí se prestará en itinerancia en
conformidad con tarifas especiales.
• UNIQUE se compromete a conservar y tratar los datos que le facilita el Cliente de acuerdo con la
Ley de Protección de Datos. El Cliente puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación,
rectificación y oposición enviando un correo electrónico a [email protected] o contactando con
Atención al Cliente tal como se indica en el punto cuarto de estas Condiciones. Es aconsejable
que el Cliente haga un uso responsable de sus contraseñas.
• Si el Cliente estuviera interesado en cambiar de operadora, tiene derecho a conservar su
número de teléfono. La portabilidad no tiene coste para el Cliente.
• Tanto UNIQUE como el Cliente, como usuario final del servicio contratado, confiamos
mutuamente que ambas partes actúan de buena fe y conforme a la ley:
o Si el Cliente no estuviera de acuerdo con cualquier aspecto de cómo se le presta el servicio,
puede presentar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente, a través de los medios
indicados en la Cláusula Cuarta de estas condiciones, así como ante las autoridades de
telecomunicaciones y de consumo.
o Según se indica en la Cláusula Quinta de estas Condiciones, el impago de las facturas del
Cliente, así como el uso del servicio con finalidades diferentes del uso para comunicación
personal puede dar lugar a la suspensión del servicio, y si no se resuelve la situación, a la
interrupción definitiva y la resolución del contrato.
4. ATENCIÓN AL CLIENTE Y RECLAMACIONES
4.1 Existe a disposición del Cliente un Servicio de Atención al Cliente que UNIQUE presta en
nombre y representación de MÁSMOVIL y por delegación de este, al cual el Cliente podrá remitir
solicitudes de información, quejas, reclamaciones o cualquier incidencia relacionada con la
prestación del Servicio.
4.2 El Cliente tendrá que formular sus reclamaciones en el plazo de un (1) mes desde el momento
en que tenga conocimiento del hecho que las motive.
4.3 El Cliente, sin perjuicio del que disponen las CGC podrá comunicarse con el Servicio de
Atención al Cliente a través de los medios siguientes:
• Por teléfono: desde su número móvil de UNIQUE llamando gratuitamente al teléfono 2375 o al
1473 si llama desde cualquier otro número nacional y +34 693 772 373 si llama desde el
extranjero (el coste de estas llamadas será el precio aplicable por el operador telefónico a través
del cual el Cliente llame).
• Por escrito a la siguiente dirección: UNIQUE, Servicio de Atención al Cliente, Avenida Diagonal
405 bis, 08028 Barcelona
•Enviando un correo electrónico a la dirección de correo electrónica:
[email protected].
4.4 Formulada la reclamación, si el Cliente no obtiene una respuesta satisfactoria de UNIQUE,
actuando en nombre y representación de MÁSMOVIL, en el plazo de un (1) mes, podrá acudir a la
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información en conformidad
con el que se establece en la normativa vigente.
5. CAUSAS DE SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN
5.1 UNIQUE podrá solicitar y obtener de MÁSMOVIL la suspensión del Servicio de realización de
llamadas en los siguientes casos:
• Cuando el Cliente no haya atendido sus obligaciones de pago o haya agotado su saldo y/o
sobrepasado el límite de crédito.
• Si el Cliente facilita a UNIQUE datos personales que no sean veraces, sean deliberadamente
incorrectos o se usurpe la identidad de un tercero.
• Cuando el Cliente realice un uso no autorizado del Servicio según estas Condiciones Generales.
• Cuando el Cliente haya empleado fraudulentamente un medio de pago o exista, en criterio de
UNIQUE, un riesgo razonable de fraude.
5.2 En caso de que se dé alguna de estas circunstancias, UNIQUE se pondrá en contacto con el
Cliente, con carácter previo a la solicitud de suspensión del Servicio a MÁSMOVIL para informarlo
de la existencia de un incumplimiento de las presentes Condiciones Generales.
Durante el periodo de 30 días a partir de la fecha de suspensión del Servicio, podrá recibir
llamadas (excepto cuando se encuentre fuera del territorio nacional o se trate de llamadas a cobro
revertido, SMS y MMS (“soft block”).
Una vez haya transcurrido el plazo de 30 días sin que haya cesado la causa de la suspensión, se
bloqueará también la recepción de llamadas, SMS y MMS (“hard block”). Una vez se hayan
cumplido los 90 días desde la fecha de la suspensión sin que haya cesado la causa, UNIQUE
procederá a bloquear la tarjeta SIM permanentemente perdiendo el Cliente el número de teléfono,
quedando el contrato con UNIQUE definitivamente resuelto.
5.3 UNIQUE podrá resolver unilateralmente el Contrato cuando se considere que el Servicio
telefónico móvil de qué es objeto está inactivo. El Servicio se considerará inactivo cuando
transcurran 4 meses seguidos sin haberse efectuado ningún consumo de servicios facturables.
5.4 UNIQUE se reserva la facultad de reclamar al Cliente el importe del eventual saldo negativo,
más los intereses y gastos derivados de la reclamación.
5.5 Hasta el bloqueo permanente es posible abonar las facturas pendientes, recargar saldo y
realizar llamadas de emergencia al número 112, así como realizar llamadas al Servicio de
Atención al Cliente al número 2375.
5.6 El contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas
generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes:
• Decisión del Cliente.
• Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como por una
utilización del Servicio contraria a la buena fe.
• Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión
temporal, en dos ocasiones, del contrato por demora en el pago.
• Por uso no autorizado, ilícito o indebido del Servicio.
6. LEGISLACIÓN APLICABLE. JUZGADOS Y TRIBUNALES COMPETENTES
6.1 Estas Condiciones Generales se regirán por la legislación española.
6.2 En caso de conflicto en la aplicación o interpretación del presente Contrato, las partes se
someten a los Juzgados y Tribunales de Barcelona. En caso de que el Cliente tenga la condición
de consumidor, el foro competente será aquel que determine en cada caso la normativa en
materia de protección al consumidor.