Condiciones generales de contratación

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS
1. OBJETO DEL SERVICIO
6. FACTURACIÓN Y PAGO
12. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El objeto del Servicio CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE
EDIFICIOS (“el Servicio”) es la realización del certificado de eficiencia
energética de la vivienda o local comercial existentes, según lo
establecido en el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, de la que
Vd. es propietario (“el Cliente”) situada en la dirección que figura en
las Condiciones Particulares (”Dirección de prestación de servicio”).
El Servicio se lleva a cabo por Endesa Energía, SA (Unipersonal)
en calidad de Gestor para lo cual contratará los servicios objeto
del presente Contrato a terceras empresas habilitadas con la
cualificación técnica y acreditaciones para prestar los trabajos
(“Prestador”).
Este Contrato es personal vinculándose al Cliente y al inmueble
comunicado por lo que aquél no podrá utilizarlo ni cederlo para
instalación o persona distinta a la señalada en las Condiciones
Particulares.
Endesa facturará la cantidad a abonar por el Cliente derivada del
presente Contrato a partir del momento en que sea inscrito el
Certificado en el correspondiente Registro.
La citada cantidad será pagada mediante domiciliación bancaria
en la cuenta designada por el Cliente. La fecha en la que se debe
realizar el pago será la de recepción, por la entidad bancaria en la
que se ha realizado la domiciliación, de la comunicación con el
importe a abonar. Las facturas detallarán los precios aplicables,
así como los impuestos y recargos incluidos en el precio, al que se
incorporarán en su caso, todos aquellos otros que pudieran ser legal
reglamentariamente aprobados durante la vigencia del Contrato.
Las facturas no abonadas e su totalidad en las fechas previstas
por causas no imputables a Endesa tendrán la consideración de
deuda vencida, pudiendo ser susceptible de ejecución inmediata.
Igualmente, el impago de cualquier factura devengará, sin
necesidad de previo requerimiento, intereses de demora para
personas físicas del interés legal del dinero incrementado en
dos puntos porcentuales y para empresarios/empresas según lo
establecido para ello en la Ley 3/2004 de 29 de Diciembre, y sin
perjuicio de lo establecido en el resto de Condiciones Generales y/o
Específicas. Asimismo, el Cliente queda expresamente informado
de que, de no atender el plazo para ello y siempre que se cumplan
la totalidad de los requisitos establecidos en los artículos 38 y
siguientes del RD 1720/2007, de 21 de diciembre, los datos relativos
al incumplimiento de pago podrán ser comunicados por Endesa
a los servicios de información de incumplimiento de obligaciones
dinerarias.
A los efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a
tratamientos de datos de carácter personal, Endesa recuerda
al Cliente de que sus datos han sido incorporados a un fichero
automatizado o manual creado bajo la responsabilidad de
Endesa, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión
de la relación contractual con el Cliente. De la misma forma el
Cliente presta su consentimiento para el tratamiento de los datos
contenidos en el fichero a aquellas empresas cuya intervención sea
necesaria para la prestación del servicio.
Endesa se compromete al cumplimiento de su deber de guardar
secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas
legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida,
tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo
momento del estado de la tecnología aplicable.
A su vez, y salvo manifestación en contrario en cualquier momento
a la suscripción de este Contrato, el Cliente consiente expresamente
el tratamiento de los datos de carácter personal contenidos en
el fichero para que Endesa pueda remitir por cualquier medio,
información comercial, de los productos y servicios comercializados
por el Grupo Endesa y sus filiales o terceros relacionados con
el suministro de energía, servicios de mantenimiento, las
telecomunicaciones e Internet, los servicios financieros y seguros, el
equipamiento y asistencia en el hogar o para realizar prospecciones
relacionadas con los productos o servicios mencionados, así como la
cesión a las empresas del Grupo Endesa o sus filiales con esta misma
finalidad.
Endesa le informa de que, en todo momento, el Cliente podrá
revocar su consentimiento a la cesión de datos así como ejercitar
los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos
contenidos en los ficheros citados con anterioridad mediante
comunicación escrita a Endesa a la siguiente dirección: Apartado de
correos 1128, 41080 (Sevilla), A/A. Endesa o por correo electrónico
a [email protected], adjuntando fotocopia del DNI,
pasaporte o cualquier otro documento identificativo.
No deseo que mis datos personales sean tratados por
Endesa para el envío de información comercial ajena a la relación
contractual ni cedidos a las empresas del Grupo Endesa o sus filiales
para estos fines.
2. INMUEBLE
A efectos del presente Contrato, se entiende que la vivienda o
local comercial objeto del Servicio es propiedad del Cliente (en
adelante, “el Inmueble”), excluyendo expresamente los de nueva
construcción.
El Cliente faculta y autoriza expresamente a Endesa y/o Prestador
a acceder al Inmueble a los exclusivos efectos de los trabajos a
realizar para la prestación del Servicio siendo condición necesaria la
accesibilidad plena para el correspondiente análisis en los términos
del RD 235/2013. El Cliente reconoce disponer de las autorizaciones
necesarias en relación a aquellas zonas ajenas al Inmueble cuya
revisión pueda ser necesaria para la toma de datos.
El Prestador o su personal técnico deberá tener acceso, en particular,
a la toma de los siguientes datos, pudiendo necesitar la colaboración
de personal propio del edificio en el que se sitúe el Inmueble para
acceder a ciertos datos:
7. GARANTÍAS Y RESPONSABILIDADES
El Servicio incluye las actuaciones establecidas en el RD 235/2013
para la obtención del CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE
EDIFICIOS (Toma de datos, Certificado y Registro).
Endesa garantiza que el Servicio se desarrollará y será prestado en los
términos y condiciones establecidos en el RD 235/2013.
Las actuaciones en el Inmueble del Cliente realizadas por personas
ajenas al Prestador y los daños causados por dichas personas anulan
cualquier responsabilidad del Prestador y/o Endesa. Del mismo
modo, no serán causa de responsabilidad:
- La imposibilidad de prestar el Servicio por falta de acceso al
Inmueble, por existir riesgo para las personas o cosas o por existir
discrepancias con los datos por el propio Cliente.
- El mantenimiento inadecuado del Inmueble o los elementos que
lo componen.
- Si no resultara posible el cumplimiento de las obligaciones por
causas del propio Inmueble y/o ajenas en todo caso a Endesa y/o
al Prestador.
La operativa para la realización del Servicio será la siguiente:
8. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
a) Una vez Endesa tenga constancia de la solicitud del Servicio por
el Cliente, el Prestador se pondrá en contacto con el Cliente dentro
de las 24h siguientes para confirmar el día de la visita para la toma
de datos. El día y hora se acordarán entre el Cliente y el Prestador.
b) El Prestador debidamente acreditado y con la correspondiente
Orden de Servicio (Condición 4ª), acudirá a la Dirección de prestación
de Servicio para realizar la toma de datos. Durante esa actuación, el
Cliente deberá facilitar la información y accesos necesarios.
c) Dentro de las siguientes 72h desde la toma de datos, el Prestador
enviará, en papel, el Certificado al Cliente.
d) En el plazo de 72h a contar desde el envío en papel, el Prestador
realizará el registro del Certificado en el correspondiente organismo
autonómico.
e) Una vez realizado el registro, el Prestador enviará al Cliente por
correo electrónico el Certificado y justificante de la presentación
para su registro en la CCAA.
f) Una vez se reciba la Etiqueta de eficiencia energética por parte del
Prestador, éste la enviará por correo electrónico al Cliente en las 24h
siguientes a su recepción.
El Servicio será realizado por un técnico competente conforme a lo
establecido en el art. 1.3, p), del RD 235/2013.
Son causas de resolución del Contrato las siguientes:
a) El incumplimiento de cualquier obligación dimanante del
Contrato, incluyendo expresamente el impago de cualquiera de
las facturas emitidas o la aportación de datos por Cliente distintos
a los reales.
b) La imposibilidad de acceso al Inmueble o de toma de datos por
causa no imputable a Endesa o al Prestador.
c) En casos determinados de conformidad con la normativa vigente,
el desistimiento por medio de comunicación expresa y fehaciente
por el Cliente en el plazo de 7 días hábiles desde la suscripción del
presente Contrato o desde su recepción en el caso de contratación
por vía telemática o telefónica y siempre y cuando durante ese
período no se haya hecho uso del Servicio.
Disputabilidad: El presente Contrato se concierta sobre las
circunstancias declaradas por el Cliente referentes a la Instalación,
las cuales constituyen la base para la aceptación del Contrato por
el Prestador y fundamentan la validez del Contrato. Por tanto, el
Cliente afirma que los datos aportados relativos a la lnstalación y
a él mismo son ciertos y se obliga a comunicar a Endesa todas las
variaciones que puedan producirse respecto a las circunstancias
reales de la Instalación y el Cliente.
Endesa podrá resolver unilateralmente el Contrato en el momento
en que haya tenido conocimiento de la inexactitud, reserva, omisión
o variación de las circunstancias reales referidas a la Instalación y al
Cliente, sobre las que se fundamenta la validez del Contrato.
Asimismo, se reserva el derecho a resolver unilateralmente el
Contrato si detectase que las instalaciones del Cliente incumplen lo
establecido en la normativa legal y técnica aplicable o en el caso de
que se detecte un problema que afecte a la seguridad de personas
o cosas.
Ante la imposibilidad de contactar con el Cliente para concertar la
visita en el período de dos (2) semanas desde la fecha solicitud del
Servicio por parte del Cliente o, una vez contactado, la imposibilidad
hasta en dos (2) ocasiones de realizar la visita, Endesa quedará
eximida de la obligación de realizar el Servicio.
• Planos de arquitectura y detalles constructivos.
• Instalaciones de climatización, ACS, ventilación e iluminación.
• Horario de funcionamiento de las instalaciones.
• Datos de consumos energéticos y ocupación.
3. COBERTURA Y OPERATIVA DEL SERVICIO
4. EXCLUSIONES
Quedan excluidas las actuaciones no mencionadas expresamente
como cubiertas y, en particular, las referidas a continuación: a)
la toma de datos, o inspección en aquellas partes ocultas del
Inmueble, entendiéndose como tales aquellas partes a las que su
acceso no resulte posible (cerramientos, necesidad de roturas, etc)
o pueda producirse riesgo para personas o cosas; b) la corrección de
los defectos que se pudieran detectar en el Inmueble con motivo de
la toma de datos o inspección, establecidas en estas Condiciones
Generales; c) la toma de datos, o inspección, realizadas por personas
ajenas al Prestador o no autorizados por éste y los daños causados
por estas personas. A estos efectos, se entenderá por personas
ajenas al Prestador al propio Cliente y/o los terceros no autorizados
y que carezcan de la correspondiente Orden de Servicio. En este
sentido, se entenderá por Orden de Servicio la solicitud por parte de
Endesa a uno de sus Prestadores para realizar el CERTIFICADO DE
EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS y que podrá ser mostrada al
Cliente si así lo requiere; d) todos aquellos servicios no expresamente
indicados en la Condición General 2ª y 3ª.
5. PRECIO
El Cliente viene obligado al pago a Endesa de los precios que integran
el producto contratado y que figuran en las Condiciones Particulares
y que contemplan las actuaciones señaladas en la Condición 3ª
así como, en los casos así determinados, la tasa de Registro del
certificado en el organismo autonómico correspondiente.
La tasa de Registro del Certificado aplicable en cada Comunidad
Autónoma se entenderá incluida en el precio siempre que la
citada tasa sea fija o, en caso de que se ligue a cálculos variables
(ej. Superficie), siempre que el Inmueble no supere los 600 m2. En
caso de que supere la citada superficie, el Cliente estará obligado
al pago al Prestador del importe referido al exceso de superficie a
partir de los citados 600 m2. A estos efectos, el Prestador le facturará
el importe correspondiente y que en todo caso vendrá determinado
por la normativa autonómica que resulte de aplicación.
Serán asimismo, a cargo del Cliente e incrementando por tanto el
precio aplicable, todos aquellos gastos, costes, tributos y pagos que
resulten exigibles por ley. Entre ellos, el Impuesto de Valor Añadido
(IGIC en su caso).
Cualquier tipo de promoción, descuento y/o complemento sobre
el precio ofrecido al Cliente por parte de Endesa se limitará a las
circunstancias específicas para las que se otorgaron o al tiempo
de duración establecido en aquellas sin generar consolidación o
derecho alguno al Cliente en el mantenimiento del citado precio.
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9. CESIÓN
Endesa podrá ceder el presente Contrato y sus derechos y
obligaciones a cualquier empresa que esté vinculada, participada o
sea sucesora de Endesa y que pueda prestar en cualquier momento
y durante la vigencia del presente contrato el servicio objeto del
mismo, siendo suficiente a tal efecto realizar la correspondiente
comunicación al Cliente.
10. DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente Servicio de CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
DE EDIFICIOS se suscribe por el plazo estrictamente necesario para
la consecución del objeto del Contrato, y una vez Endesa cobrado
el Servicio realizado.
El Cliente, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y en
ejercicio del derecho de desistimiento, podrá dar por terminado el
presente Contrato mediante comunicación expresa y fehaciente
(se anexa modelo de escrito) en el plazo de 7 días hábiles desde la
suscripción del Contrato (firma/recepción de Condiciones), todo ello
en los términos establecidos en el RD Legislativo 1/2007.
11. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato estará regido y será interpretado de acuerdo
con la ley española aplicable y, en especial, el RD 235/2013. Ambas
Partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales
del lugar donde radique la Instalación del Cliente, salvo para los
empresarios que se someterán expresamente a los Juzgados de la
capital de la Provincia en la que radique su domicilio social.
13. COMUNICACIONES Y ATENCIÓN AL CLIENTE
Endesa pone a disposición del Cliente los siguientes medios de
atención: la web www.endesaonline.com, los teléfonos de atención
y cualquiera de nuestras oficinas comerciales y Puntos de Servicio
Endesa (consultar información actualizada en web y teléfono).
Las Partes acuerdan que todas aquellas notificaciones que se deriven
del presente Contrato (incluyendo las relacionadas con la gestión de
cobro y envío de facturas, así como las ofertas de otros Productos
y Servicios que Endesa pueda ofrecer), puedan ser realizados por
Endesa al Cliente por correo ordinario o a través de cualquier otro
medio que garantice la comunicación. Se incluirán entre estos,
medios telefónicos o electrónicos (expresamente, e-mail, teléfono,
móvil y/o SMS). Las citadas comunicaciones se realizarán conforme
a los datos y medios facilitados por el Cliente. En cumplimiento de
lo establecido en la normativa vigente (Ley 34/2002 de Servicios
de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y la
Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones), el Cliente queda
informado y presta expresamente su consentimiento a que Endesa
pueda enviar comunicaciones comerciales a través de los medios
electrónicos facilitados, salvo que el Cliente marque la casilla
correspondiente en la citada Condición o que se comunique a
través de los medios facilitados. A estos efectos, tanto Endesa como
el Cliente acuerdan otorgar plena validez jurídica al consentimiento
expresado mediante las claves, códigos y/o otros elementos de
seguridad facilitados en los términos que se hayan indicado para
su utilización, de forma que permitan la identificación personal del
mismo.
Aceptación de condiciones: En caso de contratación telefónica o
electrónica de los Servicios indicados en las Condiciones Particulares
y habiéndose procedido a la grabación o registro en formato de
similares características por Endesa, las presentes Condiciones que
conforman el Contrato y que se remiten tendrán la consideración
de confirmación documental del consentimiento previamente
otorgado de acuerdo con lo dispuesto en el RD 1906/1999, de 17
de diciembre. A estos efectos, el presente Contrato se entenderá
perfeccionado desde el momento de la grabación o registro del
consentimiento sin necesidad de que sea validado con la firma del
Cliente y/o devolución de una copia de los documentos citados.
Todo ello sin perjuicio del derecho de desistimiento que asiste al
Cliente
ESCRITO DE DESISTIMIENTO
Endesa Energía, S.A. Unipersonal
Apdo. 818 - 08080, Barcelona.
En,
a
de
de 20
Muy señores míos,
Con relación al contrato de fecha
de
de ,
con Nº ,relativo al
Servicio de CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS,
y dentro del plazo de siete días, establecido en el Real Decreto
Legislativo 1/2007, de noviembre por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y
Usuarios y otras leyes complementarias, ejerzo mi derecho a desistir
del citado contrato, comunicándolo a la dirección arriba indicada.
Nombre y Apellidos: DNI:
Firma:
1. Nº de contrato incluido en la esquina superior derecha del
anverso del documento.
2. En caso de cambio de dirección de Endesa Energía S.A.U., éste
le será notificado de conformidad con las Condiciones Generales
suscritas en su momento. En caso de que esta situación se produzca,
deberá ser sustituida por la actual.
09/04/14 19:06