Bases de la Promoción “ROTACIÓN COCA-COLA Y COMIDAS

Bases de la Promoción “ROTACIÓN COCA-COLA Y COMIDAS-CONSUMIDOR”
Empresa Responsable de la Promoción: COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A., con C.I.F. nº A86561412, y con domicilio social en Paseo de la Castellana, 259-C, Torre de Cristal, planta 9, 28046
Madrid (en adelante, “CCIP”).
Objeto: COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. realizará una promoción de apoyo para la
comercialización de las bebidas de formato vidrio retornable de 350 ml. y 300ml., según
corresponda en cada caso, de las marcas: Coca-Cola, Coca-Cola Zero, Coca-Cola Light, Fanta, Nestea,
Aquarius, Sprite y Aquabona.
Período de Vigencia: Desde el día 15 de octubre de 2014 hasta el día 28 de diciembre de 2014,
ambos inclusive.
Ámbito de la promoción: Ámbito nacional y, en concreto, en 8.000 establecimientos de hostelería,
principalmente, de Comida Menú, que decidan adherirse a la promoción.
Productos Promocionados: Todos los productos comercializados por CCIP bajo las marcas Coca-Cola,
Coca-Cola Zero, Coca-Cola Light, Fanta, Nestea, Aquarius, Sprite y Aquabona en formato vidrio
retornable de 300 ml. y 350 ml., según corresponda en cada caso.
A.- ¿Quién puede participar?
Podrán participar todas las personas físicas, mayores de 18 años, residentes en España, que coman
con alguno de los Productos Promocionados, es decir que realicen la Compra Mínima de Productos
Promocionados detallada en el apartado siguiente, en los establecimientos de ámbito nacional
adheridos a la promoción.
B.- ¿Cómo participar?
B. 1.- COMPRA MÍNIMA DE PRODUCTOS PROMOCIONADOS
Dentro del Período de Vigencia, el consumidor que acuda a cualquier establecimiento de hostelería
de Comida menú de ámbito nacional, que trabaje el envase de vidrio retornable de 350ml o vidrio
retornable de 300ml y esté adherido a la Promoción (en adelante, los “Establecimientos”), deberá
realizar en dicho Establecimiento una Compra Mínima de Productos Promocionados de una unidad
de cualquiera de los Productos Promocionados, junto con el consumo de algún plato de comida del
Establecimiento (en adelante, la “Compra Mínima de Productos Promocionados”).
Cuando un consumidor realice la Compra Mínima de Productos Promocionados en alguno de los
Establecimientos, el Establecimiento, al servirle el Producto Promocionado, entre el 15 de octubre
de 2014 y el 28 de diciembre de 2014, le hará entrega de la botella de dicho refresco junto con un
marco-imán de regalo. En dicho marco-imán figurará un PINCODE, velado bajo una tinta plata (que
se deberá rascar), que necesitará para poder participar en la presente promoción.
Un PINCODE es un código alfanumérico de 14 dígitos que se encontrará impreso en el anverso del
marco/imán de la Promoción.
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El consumidor deberá conservar el marco/imán con el PINCODE para poder participar en la
presente Promoción y para poder participar a través de la página web promocional
www.tumenuconpremio.com. Además, el participante deberá conservar el original del marco-imán
promocional que contenga el PINCODE con el que haya participado una vez finalizada la presente
Promoción, por si resultara ganador, dado que CCIP podrá requerirle dicho original para la entrega
del premio.
B. 2.- PARTICIPACIÓN
Para poder participar es necesario entrar en la página web www.tumenuconpremio.com. Para
participar es necesario introducir en la página web www.tumenuconpremio.com un PINCODE
válido (figura en el anverso de los marcos/imanes que se entregan en el establecimiento con la
Compra Mínima de Productos Promocionados) y un código de bar (se encontrará en los materiales
publicitarios que el Establecimiento instale para anunciar la Promoción), en el espacio que se
habilite para ello en la página web y dentro del Período de Vigencia, es decir entre el 15 de octubre
de 2014 y el 28 de diciembre de 2014.
Un PINCODE, como se ha indicado anteriormente, es un código alfanumérico de 14 dígitos que se
encuentra en el anverso de los marcos/imanes que se entregan en el establecimiento con la
Compra Mínima de Productos Promocionados.
Un CÓDIGO DE BAR es un código único alfanumérico de 5 dígitos que se encuentra en el material
publicitario instalado por los Establecimientos adheridos a la promoción (un cartel A3 a una cara en
el exterior, un cartel A3 de interior, un corpóreo, una caja contenedora y exhibidora de los
marcos/imanes y 20 “table tents”) y que identifica a cada uno de los 8.000 establecimientos
adheridos a la Promoción.
Los PINCODES serán únicos para cada marco/imán y serán válidos para su uso en la página web
www.tumenuconpremio.com por una única vez y durante el Período de Vigencia, es decir, entre el
15 de octubre de 2014 y el 28 de diciembre de 2014.
Los CÓDIGOS DE BAR serán únicos para cada Establecimiento y se podrán utilizar en la página web
www.tumenuconpremio.com tantas veces como PINCODES tenga el participante en la Promoción y
durante el Período de Vigencia, es decir, entre el 15 de octubre de 2014 y el 28 de diciembre de
2014.
El consumidor que desee participar en la Promoción, al introducir/validar un PINCODE y el CÓDIGO
DE BAR de uno de los Establecimientos en www.tumenuconpremio.com participará en la
Promoción y podrá ganar alguno de los Premios detallados en el apartado B.4 (“PREMIOS
MOMENTO GANADOR”) mediante la mecánica “Momento Ganador”.
Cada PINCODE sólo podrá ser usado una vez y en el momento en que sea usado quedará archivado
y anulado para que no pueda ser utilizado de nuevo.
Un mismo consumidor podrá participar cuantas veces quiera, con un límite de tres participaciones
diarias, a través del mismo o de distintos establecimientos adheridos a la Promoción, siempre que
realice la correspondiente Compra Mínima de Productos Promocionados necesaria e introduzca en
la página web www.tumenuconpremio.com un PINCODE y un CÓDIGO DE BAR, válidos. Dado que
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no es necesario el registro previo para participar en la presente promoción, CCIP limitará las
participaciones diarias mediante el registro. Es decir, cuando un usuario se registre en tres (3)
ocasiones durante el mismo día no podrá volver a participar durante ese día, por lo que si participa
y gana un premio, cuando le sean requeridos los datos de registro, si ese participante ya se registró
tres veces en ese mismo día e introduce los mismos datos de registro, el participante perderá el
premio y pasará al siguiente participante. Del mismo modo, un mismo participante no podrá
registrarse mas de 3 veces para participar en alguno de los sorteos detallados en el apartado B.5 de
las presentes Bases.
CCIP únicamente atenderá las reclamaciones de los consumidores que se basen en problemas en
la legibilidad y validación de los PINCODES, cuando éstos sean debidos a una defectuosa impresión
del PINCODE en el marco/imán o que no funcionen en www.tumenuconpremio.com. En ningún
caso, se atenderán reclamaciones cuando los problemas de legibilidad del PINCODE hayan sido
causadas por causas ajenas a la impresión del mismo (manipulación, deterioro, suciedad…) o sean
de PINCODES que no pertenecen a la presente Promoción.
El usuario que encuentre problemas de legibilidad o de validación en sus PINCODES, deberá
presentar estos PINCODES clasificados e identificando el problema que encuentra en cada uno de
ellos para que desde CCIP proceda a la revisión y análisis de dichos PINCODES problemáticos.
Los usuarios con PINCODES con problemas de legibilidad o validación deberán ponerse en
contacto con CCIP llamando al teléfono: 902102754 de lunes a viernes en horario de 14.00 h a
20.00 h (excepto festivos nacionales) o mandando un e-mail con su problema a
[email protected].
El usuario estará obligado a conservar el marco-imán que contiene su PINCODE y que ha
introducido en la web www.tumenuconpremio.com, durante el plazo de 90 días desde que finalice
la presente Promoción y por si fuera requerido por CCIP. CCIP podrá solicitar a cualquier
participante estos PINCODES en cualquier momento. Si el participante no los presentara alegando
su pérdida o se negara a hacerlo podría perder el derecho a cualquier premio y a participar en la
presente promoción.
CCIP se reserva el derecho a eliminar las participaciones fraudulentas de acuerdo con lo que se
establece en las presentes Bases.
B. 3.- MOMENTO GANADOR:
Durante el Periodo de Vigencia, es decir, entre el 15 de octubre de 2014 y el 28 de diciembre de
2014, todas las participaciones que se realicen a través de la web www.tumenuconpremio.com con
un PINCODE y un CÓDIGO DE BAR válidos, podrán ganar alguno de los premios que se detallan en
el apartado B.4 de las presentes Bases.
La obtención de alguno de estos premios que se regalan a lo largo del Periodo de Vigencia se
realizará mediante un programa informático y de forma totalmente aleatoria y confidencial. Para el
reparto de estos premios se han elegido 1.800 “Momentos Ganadores” consistentes en un día, hora,
minuto y segundo concretos de todos los posibles durante el Periodo de Vigencia. Cada uno de los
Momentos Ganadores va aparejado a un premio concreto de la presente Promoción. Esta lista con
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los 1.800 “Momentos Ganadores” ha quedado depositada ante el Notario depositario de las
presentes Bases.
Cuando un usuario participa en la página web www.tumenuconpremio.com, el programa
informático que sostiene el servidor de participación, comprueba:
(i)
(ii)
(iii)
Si el CÓDIGO DEL BAR introducido por el participante corresponde a alguno de los códigos
asignados a los Establecimientos;
Si el PINCODE introducido es correcto y corresponde con uno de los Productos
Promocionados; y
Si el día, hora, minuto y segundo en que el participante ha efectuado su participación
coincide con alguno de los “Momentos Ganadores” depositados ante Notario.
En caso de que la participación efectuada coincida con el día, hora, minuto y segundo de un
Momento Ganador, el programa informático así se lo comunicará al instante al participante.
En el supuesto de que en un Momento Ganador no se produzca una participación o esta
participación no sea válida, se considerará Ganador al participante cuya participación tenga lugar en
el momento inmediatamente posterior al de ese Momento Ganador.
En caso de que un participante resulte ganador de un Momento Ganador, el programa informático
así se lo comunicará al ganador (indicando el premio que le ha correspondido) a través de un “popup” en la web y le solicitará que introduzca los siguientes datos personales:
a. Nombre y apellidos completos;
b. Correo electrónico;
c. Teléfono;
d. Dirección, provincia, ciudad y código postal; y
e. Fecha de nacimiento.
Una vez introducidos estos datos de forma completa y correcta, el ganador pinchará en el botón
“Regístrate” para que CCIP gestione la entrega del premio.
Sólo serán válidas las participaciones Ganadoras que muestren a CCIP el original del marco/imán con
el PINCODE del Producto Promocionado con el que el ganador ha participado.
Asimismo, en caso de que un participante no resulte ganador de un Momento Ganador (los
ganadores de un Momento Ganador participarán automáticamente en el sorteo que les corresponda
y que se describe en el apartado B.5 de acuerdo con su momento de participación, en caso de haber
introducido correctamente sus datos personales), el programa informático así se lo comunicará al
participante a través de un “pop-up” en la web y le solicitará que introduzca los siguientes datos
personales en caso de que desee participar en uno de los sorteos que se detallan en el apartado B.5
siguiente para optar al premio que se detalla en dicho apartado:
a. Nombre y apellidos completos;
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b. Correo electrónico;
c. Teléfono;
d. Dirección, provincia, ciudad y código postal; y
e. Fecha de nacimiento.
Una vez introducidos estos datos de forma completa y correcta, el ganador pinchará en el botón
“Regístrate” para poder participar en el sorteo correspondiente.
Sólo serán válidas las participaciones Ganadoras que muestren a CCIP el original del marco/imán con
el PINCODE del Producto Promocionado con el que el ganador ha participado.
Se podrá participar en la presente Promoción a través de la web www.tumenuconpremio.com
durante el Período de Vigencia las de 24 horas al día de lunes a domingo (festivos incluidos).
Para poder recibir el premio, el Ganador del mismo deberá reunir los requisitos establecidos en las
presentes Bases. En caso contrario, no recibirá premio y se le descalificará.
B.4.- PREMIOS MOMENTO GANADOR
Los 1.800 premios de Momento Ganador nombrados en el apartado anterior se desglosarán de la
siguiente manera:
Premios Momento
Ganador
Tarjetas Hostelería por valor de 100€
Cursos Escuela Masterchef online
Smartbox Gastronomía con Estrella
Michelín
300
1.200
300
1800
o
300 Tarjetas de Hostelería: con 100 euros de carga, para gastar única y exclusivamente en
establecimientos de hostelería. Tarjetas NO nominativas.
o 1.200 Cursos de la Escuela Masterchef online: Acceso gratuito a la web
www.escuelamasterchef.com con una duración de 6 meses. En ella se imparten cursos de
cocina y todos los contenidos de la escuela de cocina Master Chef. Último día de registro 31
de marzo de 2015. En caso de no registrarse el ganador antes de esa fecha perderá el
premio sin poder reclamarle nada a CCIP en este sentido.
o 300 packs de la Smartbox Gastronomía con Estrella Michelin: la caja contiene la
posibilidad de realizar una cena degustación para 2 personas en un restaurante con
Estrella Michelin de los adscritos al pack Smartbox.
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Un mismo ganador solamente podrá obtener como máximo tres premios de Momento Ganador en
el total de la promoción.
Un mismo ganador no podrá resultar ganador de la presente promoción y de la Promoción
“Rotación Coca-Cola y Comidas – Barista”.
B.5.- PREMIOS SORTEO GASTRO-RUTAS PARA DOS PERSONAS
Además de los premios de Momento Ganador detallados en el apartado B.4 anterior, durante el
Período de Vigencia, es decir, entre el 15 de octubre y el 28 de diciembre de 2014, se celebrarán 9
sorteos de Gastro-rutas para dos personas, con todas las participaciones que se acumulen en las
fechas indicadas a continuación, siempre que las participaciones se hayan realizado mediante un
PINCODE y CÓDIGO DE BAR válidos y el participante se haya registrado conforme a lo detallado en el
apartado B.3 anterior:
•
Sorteo de 28 de octubre de 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 15 y el 27 de
octubre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan registrado conforme al
apartado B.3).
•
Sorteo de 4 de noviembre de 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 28 de
octubre y el 3 de noviembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan
registrado conforme al apartado B.3).
•
Sorteo de 11 de noviembre de 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 4 y el 10 de
noviembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan registrado conforme
al apartado B.3).
•
Sorteo de 18 de noviembre 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 11 y el 17 de
noviembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan registrado conforme
al apartado B.3).
•
Sorteo de 25 de noviembre de 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 18 y el 24
de noviembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan registrado
conforme al apartado B.3).
•
Sorteo de 2 de diciembre de 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 25 de
noviembre y el 1 de diciembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan
registrado conforme al apartado B.3).
•
Sorteo de 9 de diciembre de 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 2 y el 8 de
diciembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan registrado conforme
al apartado B.3).
•
Sorteo de 16 de diciembre 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 9 y el 15 de
diciembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan registrado conforme
al apartado B.3).
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•
Sorteo de 29 de diciembre 2014 (entre las participaciones realizadas entre el 16 y el 28 de
diciembre de 2014, ambos inclusive, de los participantes que se hayan registrado conforme
al apartado B.3).
En cada uno de los Sorteos, el Notario elegirá al azar 1 participación ganadora y 5 participaciones
Reservas. En el supuesto de que la participación elegida por el Notario como ganadora no lleve
aparejada posteriormente el original del marco/imán (que deberá ser facilitado por el Ganador), o,
ésta no fuese válida, incorrecta, enmendada o fotocopiada, se considerará la participación como
incompleta y, por tanto, se descartará y se elegirá la participación elegida por el Notario como
Primera Reserva. Al igual que en el caso anterior, una vez descartada la participación del Ganador por
alguna de las circunstancias anteriores, en el supuesto de que la participación elegida por el Notario
como Primera Reserva no lleve aparejada posteriormente el original del marco/imán (que deberá
ser facilitado por el Primer Reserva), o, ésta no fuese válida, incorrecta, enmendada o fotocopiada, se
considerará la participación como incompleta y, por tanto, se descartará y se elegirá la participación
elegida por el Notario como Segunda Reserva. Lo mismo sucederá con la participación elegida como
Tercera Reserva y sucesivas.
En caso de que se haya descartado la participación ganadora así como las reservas, por no ser válidas
conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el premio como desierto y pasara a
disposición de la organización.
Un mismo ganador de uno de los sorteos detallados anteriormente para obtener una gastro-ruta
no podrá resultar ganador de otro sorteo.
Un mismo ganador no podrá resultar ganador de la presente promoción y de la Promoción
“Rotación Coca-Cola y Comidas – Barista”.
PREMIO PARA CADA UNO DE LOS 9 SORTEOS ANTE NOTARIO
o
Viaje de ida para dos personas a Praga (República Checa) el 5 de febrero de 2015 (fecha
salida desde Madrid) y viaje de vuelta desde Viena (Austria) para dos personas el 8 de
febrero de 2015 (fecha de llegada a Madrid) con alojamiento y degustaciones en diferentes
restaurantes de Praga y Viena (nueve premios disponibles a razón de un único premio
disponible por sorteo).
El Premio incluye:
•
•
•
•
•
Traslado de ida y vuelta de los premiados a Madrid (en caso de que fueran de fuera de la
Comunidad de Madrid) en el medio que unilateralmente decida CCIP según la ciudad de
origen (autobús, tren, avión, etc.).
Billete de avión para dos personas en clase turista de ida a Praga (República Checa) el 5
de febrero de 2015.
Billete de avión para dos personas en clase turista de vuelta a Madrid desde Viena
(Austria) el 8 de febrero de 2015.
Todos los traslados en autocar desde el aeropuerto al hotel, desde los hoteles entre sí y
desde el último de los hoteles al aeropuerto.
Guía acompañante en destino.
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•
•
•
•
•
•
Tarjeta cargada con 500€ para cualquier gasto durante el viaje (una tarjeta por premio
NO por persona).
Welcome Pack por premio –no por persona- (1 trolley + 2 mochilas + 1 cámara + guía de
viaje, a seleccionar todo ello unilateralmente por CCIP).
Una noche de estancia en habitación doble en el Hotel K+K Hotel Central de Praga (5 de
febrero de 2015) en régimen de alojamiento y desayuno.
Dos noches de estancia en habitación doble en el Hotel K+K Hotel Palais de Viena (6 y 7
de febrero de 2015) en régimen de alojamiento y desayuno.
Cena para dos personas en Praga el día 5 de febrero de 2014 con menú degustación de 6
platos y 6 bebidas a elegir entre refresco, cerveza, agua o vino (no incluye todos los
vinos de la carta, únicamente los seleccionados por CCIP) en el restaurante
seleccionado por CCIP con al menos una estrella Michelin.
Cena para dos personas en Viena el día 6 de febrero con menú degustación de 4 platos
con dos bebidas a elegir entre refresco, cerveza, agua o vino (no incluye todos los vinos
de la carta, únicamente los seleccionados por CCIP) y café o té y el día 7 de febrero con
menú degustación de 5 platos con dos bebidas a elegir entre refresco, cerveza, agua o
vino (no incluye todos los vinos de la carta, únicamente los seleccionados por CCIP) y
café o té en los dos restaurantes seleccionados por CCIP con al menos una estrella
Michelin.
El Premio no incluye:
o
o
o
o
o
Cualquier servicio no específicamente mencionado en el apartado “El Premio incluye”.
Extras de carácter personal del ganador o su acompañante en el hotel o resturante tales
como llamadas telefónicas, lavanderías, consumos de minibar en las habitaciones, etc.
Excursiones opcionales ofertadas por el operador turístico
Propinas.
Cualquier compra realizado por el ganador o su acompañante durante su estancia
(independientemente de la tarjeta para gastos de 500 €).
El itinerario previsto del viaje, el cuál podrá sufrir modificaciones por CCIP en caso necesario, es el
que se detalla a continuación:
-
5 de Febrero de 2015:
13:15h Llegada a Praga desde Madrid
Traslado al hotel y check in- HOTEL K+K CENTRAL PRAGA
15:00h Visita panorámica Praga. Bus y a pie.
20:45h Traslados al restaurante
21:00h CENA EN RESTAURANTE BOHEME BOURGEOISE
MENÚ 6 PLATOS
PAQUETE BEBIDAS (con cada plato una copa de vino, no incluidos todos los vinos de la carta)
23:00h Regreso al hotel
-
6 de Febrero de 2015:
Desayuno-HOTEL K+K CENTRAL PRAGA
8
09:00h Traslado en bus hacia Viena (333km/4hrs)
13:00h Llegada al hotel (si pueden darán las llaves, no obligación hasta las 15h)- HOTEL K+K PALAIS VIENA
Tiempo libre hasta la hora de la cena
20:30h Traslados al restaurante
21:00h CENA RESTAURANTE KONSTANTIN FILIPPO
MENÚ 4 PLATOS (incluye paquete de bebidas: dos copas de vino y café o té)
23:00h Regreso al hotel
-
7 de Febrero de 2015:
Desayuno- HOTEL K+K PALAIS VIENA
09:00h Visita panorámica Viena. Bus y a pie.
20:30h Traslado hotel- restaurante-hotel
21:00h CENA EN RESTAURANTE VINCENT
MENÚ 5 PLATOS (incluye paquete de bebida dos copas vino, café o té)
23:00h Regreso al hotel
-
8 de Febrero:
Desayuno- HOTEL K+K PALAIS VIENA
Tiempo libre hasta traslado al aeropuerto de Viena
19:20h
Vuelo Viena-Madrid
El valor del Premio supone un coste total máximo para CCIP de CINCO MIL QUINIENTOS EUROS
EUROS (5.500 €) (IVA no incluido), por lo que de acuerdo con el Art. 105 del RIRPF el valor de
mercado del Premio será igual a SEIS MIL SEISCIENTOS EUROS (6.600€) (IVA no incluido), teniendo
en cuenta el incremento del 20% que establece dicha normativa.
Es responsabilidad del Ganador tener pasaporte en regla, la obtención de visado o cualquier otro
requisito para la realización del viaje y/o para la entrada en el país de destino. CCIP no se
responsabiliza de estos trámites ni podrá ofrecer el Premio a quienes no tengan la documentación
en regla. CCIP no se responsabiliza de los diferentes impedimentos que pudieran poner las
autoridades nacionales o extranjeras para la salida o entrada en los países de origen y destino.
CCIP se reserva el derecho a excluir del viaje, en cualquier momento, al ganador o acompañante,
que tuviese un comportamiento contrario a la legislación aplicable y/o a las normas establecidas por
la organización y que les hubiesen comunicado previamente.
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Si por razones ajenas a CCIP hubiese algún cambio en las fechas previstas para el viaje o no se
pudiera entregar el premio al Ganador, ésta podrá sustituirlo por otro de igual o superiores
características.
B.6.- COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS
COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS MOMENTO GANADOR
Cuando una participación coincida con un Momento Ganador, el sistema automáticamente
desplegará un aviso en la web www.tumenuconpremio.com mediante un pop-up informando al
participante de su condición de Ganador y solicitará que rellene sus datos personales para la gestión
de la entrega del premio, tal y como se detalla en el apartado B.3 de las presentes Bases.
Una vez enviados dichos datos personales por el participante a CCIP, CCIP se pondrá en contacto con
el ganador por e-mail informándole de nuevo de su condición de Ganador. En dicho e-mail se
informará al ganador, en su caso, de las condiciones del Premio. En el plazo máximo de 30 días, CCIP
se pondrá en contacto con el ganador para gestionar la entrega del premio (en el caso de Escuela
Masterchef online la entrega del mismo se hará mediante un e-mail con el código para disfrutar del
premio).
CCIP, una vez confirmados los datos por el ganador, realizará la entrega del regalo en un plazo
aproximado de 30 días. Para la entrega del regalo por CCIP, ésta requerirá al ganador que le facilite
el original del marco-imán con el PINCODE con el que participó. Por tanto, para poder canjear el
regalo será necesario conservar el marco-imán con el PINCODE, no haciéndose responsable CCIP de
su posible extravío. Además, no se admitirán ningún marco/imán roto, falso, ilegible enmendado,
manipulado, fotocopiado, etc.
En cualquier caso, el plazo de entrega de treinta (30) días es estimativo por lo que el participante no
podrá reclamar compensación alguna a Coca-Cola Iberian Partners, S.A. por cualquier retraso en la
entrega del regalo en el citado plazo.
Para la entrega de los premios, CCIP se hará cargo de los gastos de envío correspondientes,
COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS SORTEOS ANTE NOTARIO
Una vez efectuados cada uno de los sorteos detallados en el apartado B.5, la compañía contratada
por CCIP), se pondrá en contacto telefónico con el ganador, en el plazo de 15 días desde la
celebración del Sorteo. Al mismo tiempo, CCIP (o dicha compañía subcontratada) enviará un correo
electrónico al ganador indicándole esta circunstancia. En el correo electrónico se le pedirá una
imagen del marco/imán con cuya participación ha resultado ganador del sorteo. CCIP se reserva el
derecho de requerir el original del marco/imán al Ganador en cualquier momento para
comprobaciones internas.
Si en los 2 días siguientes a la primera llamada o envío del correo electrónico no se hubiera podido
contactar con el Ganador, éste perderá su derecho al premio y se pasará al correspondiente reserva.
En caso de que esto ocurriera con todos los reservas, el premio se declarara desierto y pasará a
disposición de CCIP.
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Una vez localizado al Ganador, en esa conversación y en el correo electrónico que paralelamente se
le envíe, se informará al Ganador de la documentación que deberá preparar y enviar a CCIP antes de
la entrega del Premio (entre otra documentación la carta de aceptación que será remitida
previamente por correo electrónico). El Ganador deberá remitir la documentación debidamente
cumplimentada a CCIP a la siguiente dirección en el plazo de 7 días naturales desde la comunicación
del mismo:
Coca-Cola Iberian Partners, S.A. (Dpto. CCBD)
ATT: Sara María Vega Sánchez
C/Ribera del Loira 20-22
28042 Madrid
En dicha conversación, se le informará de los detalles del premio. La Carta de Aceptación del Premio
deberá ser cumplimentada, firmada y entregada a CCIP para poder recibir el premio.
Para poder tener la condición de Ganador, además de enviar la foto del marco/imán (o el ORIGINAL
si así le fuera requerido), deberá hacer llegar la carta de aceptación (cumplimentada tal y como se
indica en el apartado siguiente) a CCIP como comprobante de la participación. La documentación
tendrá que hacerla llegar el Ganador por sus propios medios.
Posteriormente, una vez CCIP haya confirmado la validez del ganador, le dará los detalles del viaje,
así como del operador turístico con el que viajará.
Carta de Aceptación de Premios.La Carta de Aceptación enviada por mail deberá firmarse por el ganador y devolverse a CCIP
acompañada de la documentación que se detalla a continuación.
La Carta de Aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el Ganador,
adjuntando fotocopia de su DNI o de cualquier otro documento válido que acredite su identidad
(NIE, certificado de registro de ciudadano de la unión europea o pasaporte).
Se considera por CCIP como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA) y por tanto no tendrá
derecho al mismo:
a. La devolución a CCIP de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no
adjuntando fotocopia de su D.N.I. u otro documento acreditativo de su identidad.
Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderá que
renuncian al Premio.
b. La devolución a CCIP de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio
de forma expresa e incondicional por parte del ganador, o de sus padre/tutores, en su
caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
c. La no entrega de la Carta de Aceptación a CCIP en el plazo de 7 días naturales desde que
se le comunicó el premio.
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Una vez confirmada la aceptación del Premio y siendo conforme la Carta de Aceptación, CCIP
informará al ganador de la forma en que se le entregará el mismo.
C.- Responsabilidad y causas de descalificación de un participante dela Promoción
Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación
del participante en la Promoción.
Sin perjuicio de lo anterior, se entenderá sin carácter taxativo y cerrado, que se produce fraude,
cuando:
1. Se intenta introducir un PINCODE falso, o perteneciente a otros productos distintos de los
Productos Promocionados o de otras promociones.
2. Se intenta falsificar el PINCODE de algún o de los marcos/imanes.
La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante el desarrollo de la Promoción
supondrá la descalificación automática de la Promoción.
CCIP podrá solicitar de manera aleatoria a cualquiera de los usuarios que estén participando en la
Promoción el envío del marco/imán con PINCODE con el cual están participando, para llevar a cabo
las comprobaciones que estime oportunas. En caso de detectarse una participación fraudulenta,
CCIP se reserva el derecho de descalificación del participante.
En caso de constatar las citadas irregularidades, incluso con posterioridad a la aceptación del
Premio, CCIP se reserva el derecho de ejercitar todas las acciones legales que le asista contra los
infractores.
D.- OTRAS CONSIDERACIONES APLICABLES A LAS PROMOCIONES ORGANIZADAS POR COCA-COLA
IBERIAN PARTNERS, S.A.
1.
LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por
las presentes Bases que han sido depositadas ante el Notario de Madrid, D. Ignacio Paz-Ares
Rodríguez.
2.
DATOS PERSONALES: El tratamiento de los datos personales de los participantes y
ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en las presentes
Bases. De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente
la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo
descrito en las presentes Bases.
De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal (LOPD) Coca-Cola Iberian Partners, S.A. (en adelante CCIP), con domicilio social en Calle
Paseo de la Castellana, 259, Torre de Cristal, planta 9, 28046 Madrid, informa a participantes y
ganadores (en adelante también interesados) que los datos personales que se faciliten para
participar en la presente Promoción serán almacenados en un fichero responsabilidad de CCIP de
acuerdo con los siguientes términos y condiciones:
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a. Finalidades de tratamiento y cesiones de los datos de los interesados.- Los datos de los
participantes en la presente Promoción serán tratados por CCIP con las siguientes finalidades que
tienen carácter enunciativo pero no limitativo:
-
Gestionar su participación en la presente Promoción, y en caso de resultar ganador, verificar
a tales efectos que el interesado cumple con los requisitos necesarios para poder participar
en la Promoción.
-
Gestionar su registro en la Promoción si ésta se desarrolla por web, para lo cual además el
interesado deberá acceder y aceptar la política de privacidad y demás textos legales
publicados en el sitio web de CCIP en caso de que esta sea la vía a través de la cual el
interesado haya efectuado su registro.
-
Realizar actividades de investigación y comercialización de los servicios y productos de CCIP.
-
Proporcionar al interesado la información necesaria para que su participación se ajuste a las
presentes Bases.
-
Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes Bases.
Asimismo, si el interesado resultara ganador de la Promoción sus datos serán tratados con las
siguientes finalidades:
-
Verificar que el premio se ha obtenido de forma lícita y que su participación se ajusta a las
presentes Bases.
-
Comunicar al interesado el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico,
carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos que el interesado haya
proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la Promoción.
-
Cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes
actividades según el premio que se otorgue al interesado y cualesquiera otras finalidades
derivadas de su condición de ganador de la Promoción según lo establecido en las presentes
Bases.
En este sentido, se informa al interesado que en aquellos casos en que el premio o actividad consista
en un viaje, con la finalidad de poder asignar correctamente el premio obtenido por el interesado,
CCIP cederá sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean
contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como
agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías
aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el
interesado.
En relación con las cesiones descritas, CCIP informa al interesado que, cuando los destinatarios de
los datos se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los
referidos datos implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones
establecidas en las presentes Bases. Asimismo, sus datos podrán ser cedidos al Notario depositario
de las Bases a fin de controlar la legalidad de la Promoción y su desarrollo, a Hacienda a fin de
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practicar la retención fiscal que corresponda así como a Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo
o cualesquiera otros terceros a quienes CCIP se viera obligada a comunicar la información en caso de
impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por CCIP o por
el propio interesado.
b. Consentimiento del interesado para el tratamiento y cesión de sus datos.- Dado el carácter
obligatorio del contenido del tratamiento de los datos personales del interesado, la inscripción y
participación del interesado en la presente Promoción supone la plena aceptación expresa las
finalidades de tratamiento indicadas y de todas las cesiones de sus datos expuestas. Por tanto, si el
interesado no consiente algún tratamiento y/o cesión de sus datos deberá abstenerse de participar
en la presente Promoción. No obstante lo anterior, en cualquier momento el interesado podrá
ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos indicados en
las presentes Bases.
c. Actualización de los datos.- Finalmente, se pone en conocimiento del interesado que, como
titular de los datos proporcionados a CCIP, queda obligado a comunicar en el menor plazo de tiempo
a CCIP cualquier variación de los mismos con el fin de que la citada entidad pueda proceder a su
actualización. En tanto no se comunique lo contrario a CCIP se entenderá que los datos
proporcionados por el interesado son exactos y actuales.
d. Comunicación de datos de terceros por parte del interesado.- Asimismo, en el caso de que el
interesado deba facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como
acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- deberá, con carácter
previo a su comunicación, informar a dichos terceros de los extremos contenidos en la presente
comunicación y en todo caso, de la finalidad de la cesión. A tales efectos, la comunicación de datos
personales de terceros queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la
comunicación de datos actuales y veraces, y requiere con carácter previo informar y solicitar el
consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación
legal al efecto.
e. Derechos de imagen y propiedad intelectual.- Respecto a los derechos de imagen de los
participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de
generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en la Promoción, al participar,
automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual así como los derechos de imagen que
se deriven a COCA COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. (CCIP) en los términos que a continuación se
indican.
e.1.- Derechos de imagen.-De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor,
intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a CCIP los
derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier
medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel,
fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la
actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo
sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la
explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no
cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCIP), por el máximo de
tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines
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publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública
de CCIP así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la
vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los
ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos
expuesta.
Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan
algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por CCIP:
- Los participantes, consienten automáticamente al participar en la presente Promoción en la
utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CCIP, de
su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o
cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de CCIP.
Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las
imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio
que CCCIP considere.
- CCIP podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la
Promoción a través del medio de comunicación que CCIP –sin carácter limitativo- considere. A
tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CCIP para publicar
sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes
participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.
- Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de
su aceptación, cederán a CCIP los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes
que pudieran ser captadas durante el viaje por parte de CCIP, y autorizan a esta entidad a
reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en
cualquier actividad publi-promocional (principalmente a través de la página web) a los únicos
efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o
de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen
realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho
de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.
El uso y publicación de las imágenes y datos de los interesados en su condición de participantes y/o
ganadores según lo expuesto en las presentes Bases, no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa
ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.
CCIP informa a los interesados que el tratamiento de los datos personales descrito supone
necesariamente la comunicación de los datos de los participantes y ganadores a cualquier tercero
con acceso a los medios y canales de comunicación donde se reproduzcan, publiquen o comuniquen
públicamente los datos de los interesados. Cuando la reproducción, comunicación pública o
publicación de los datos personales de los interesados se realice en medios de comunicación
accesibles desde cualquier país del mundo, tal como Internet, el tratamiento de los datos permitirá
que terceros situados fuera del territorio del Espacio Económico Europeo puedan conocer los datos
personales.
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e.2.- Derechos de propiedad intelectual.-En el supuesto de que para la participación en la presente
Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas,
textos literarios, etc…), la participación en la Promoción supone la cesión con carácter exclusivo y
transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos
de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a CCIP de todos los derechos de
explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha
cesión atribuye a CCIP la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones
con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá
la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo
pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:
-
El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o
permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la
obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico,
mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.
-
El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original
o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier
otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del
público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción
y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de
cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de CCIP; y la explotación
videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado
como público.
-
El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o
promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema
técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación
y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en
Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por
visión, por satélite, fibra óptica, ondas herzianas, hilo, microondas, televisión digital
terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública
cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés
de CCIP
-
El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo
y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que
podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción,
distribución, comunicación pública y nueva transformación por CCIP o por terceros
autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual
de las obras resultado de la transformación.
-
El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.
El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad
intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se
encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados,
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debiendo mantener indemne a CCIP por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como
consecuencia de la explotación de las creaciones.
La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes Bases, no genera
ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el
participante y/o ganador.
f. Derecho a reportar abusos.- Si la Promoción se desarrollase en una web propiedad de CCIP, se
pone en conocimiento del interesado que en el caso de que éste infrinja cualquiera de las normas
establecidas en las presentes Bases o CCIP tenga sospechas fundadas de fraude o en el caso de que
un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara tales hechos, podrá suspenderse
temporalmente la cuenta del interesado si éste figurase como usuario registrado en CCIP y quedará
eliminado automáticamente de la presente Promoción sin perjuicio de que, una vez estudiados los
hechos denunciados, pueda reactivarse tanto su cuenta como su participación en la misma.
Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario, CCIP dará traslado y
conocimiento a las autoridades públicas competentes, pudiendo, en su caso, cancelar o dar de baja
la cuenta del usuario.
g. Alcance del contenido del tratamiento de los datos personales del interesado.-Lo establecido en
las presentes Bases en relación con el contenido del tratamiento de datos personales de los
participantes y ganadores, es complementario y no excluyente de cualesquiera otros textos legales
informativos comunicados a los citados interesados a través de cupones, formularios de registro,
políticas de privacidad y otros documentos en cualquier fase de su participación en la presente
Promoción.
h. Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.- Los participantes,
ganadores y cualesquiera otros interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición dirigiéndose por escrito a COCA COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. y adjuntando
fotocopia por las dos caras de su DNI a la siguiente dirección Paseo de la Castellana, 259-C, Torre de
Cristal, planta 9, 28046 Madrid, o a aquella por la que se sustituya en el Registro General de
Protección de Datos.
3.
RETENCIÓN FISCAL: A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley
35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real
Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta
de las Personas Físicas (RIRPF); Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba
el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966
de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás
disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la
entidad COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la
retención procedente.
De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en
juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o
servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a
300 Euros.
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3.1.- Premios en especie.- Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar
sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso
COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta
del IRPF (Art. 99 LIRPF). El importe del ingreso a cuenta será del 21% del Valor de Mercado del
Premio. A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste
para el pagador (COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A.), incrementado en un 20% (Art. 105 del
RIRPF).
El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del
correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta
que COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. realizó.
3.2.- Premios en metálico.- Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el
valor de 300 euros estarán sujetos a retención del 21% de su importe (Art.99 del RIRPF).
3.2.1.- Premios Netos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto,
corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de
COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.
Pero el Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal
correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la
cantidad recibida más la retención realizada.
3.2.2.- Premios Brutos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto,
se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad
que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.
El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal
correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como
Premio Bruto.
3.3. Carta de Aceptación de Premios.- Siempre que el valor del Premio sea superior a los 300 Euros,
será necesario que el Ganador firme una Carta de Aceptación que se le hará llegar ya sea
enviándosela por correo postal o electrónico, ya sea en mano a la hora de entregarle el Premio.
La Carta de Aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el Ganador,
adjuntando copia de su D.N.I y remitidas por parte del Ganador, salvo que las presentes Bases
especifiquen otro plazo o dirección, en el plazo de 7 días naturales desde su recepción a Coca-Cola
Iberian Partners, S.A. (Dpto. CCBD), Att. Sara María Vega Sánchez, C/ Ribera del Loira, 20-22, 28042
Madrid.
Se considera por CCIP como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA)
a)
la devolución a CCIP de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no adjuntando
fotocopia de su D.N.I. Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se
entenderán que renuncian al Premio.
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b)
la devolución a CCIP de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de
forma expresa e incondicional por parte de los ganadores, o de sus padre/tutores, en su caso. NO
SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
c)
La no recepción de la Carta de Aceptación dentro del plazo previsto (7 días naturales).
4.
MODIFICACIONES Y/O ANEXOS: COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. se reserva el derecho
a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y
premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen
dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
5.
EXCLUSIONES: Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos
los empleados de COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A y de COCA-COLA ESPAÑA.
6.
DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: COCA-COLA IBERIAN
PARTNERS, S.A. se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude,
altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente
Promoción.
7.
ENTREGA DE PREMIOS: Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados
exclusivamente dentro del territorio español, por tanto, la tramitación y gastos de exportación para
un ganador no residente en España correrán a cargo del beneficiario.
8.
IDENTIFICACIÓN: La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente
por medio de documentos oficiales (DNI., pasaporte u otro documento oficial de identificación).
9.
PRUEBAS DE COMPRA: En caso de que para participar en la presente Promoción sea
necesario conservar la prueba de compra (marco/imán, Ticket de Compra, etiquetas, anillas,
tapones, chapas, films, prueba de compra con Pin-Code, etc.…) de un Producto Promocional por
parte de los participantes:
9.1.- Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción
y 1 mes posterior y conservarla a disposición de COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. por si ésta las
solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios.
9.2.- En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal,
COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se
admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.
9.3.- En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles,
manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta
como participación.
9.4.- En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que COCA-COLA
IBERIAN PARTNERS, S.A. hubiera recibido.
10.
PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET: En caso de que la presente Promoción exija la
participación a través de concurso, juego o cualquier otra mecánica que se desarrolle en una o varias
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páginas de internet, COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. excluye cualquier responsabilidad por
daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de
continuidad del funcionamiento del juego o web mediante el/la cual se participa en la Promoción, a
la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular,
aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas
de participación a través de Internet.
11.
PREMIOS.-
11.1.- En caso de que de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por
cualquier razón ajena a COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A., no quedasen unidades disponibles de
los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, COCA-COLA IBERIAN
PARTNERS, S.A. se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.
11.2.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio y caducan a los tres
meses.
11.3.- COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. no se responsabiliza del uso que del regalo promocional
realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos
promocionales.
11.4.- El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o
quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), COCA-COLA IBERIAN
PARTNERS, S.A. procedería a designar ganador al correspondiente reserva. En el caso de que los
reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).
11.5.- El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad
posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante el(los)
sorteo(s) y/o momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo
participante, COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A. se reserva el derecho de adjudicarle únicamente
una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.
12.
ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES: La mera participación en esta Promoción supone la
aceptación de las presentes Bases.
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