BOLETIN OFICIAL MUNICIPALIDAD DE GENERAL BELGRANO BOLETIN OFICIAL N° 173 31 de julio de 2015. Intendente Municipal: Jorge Alejandro Eijo Secretario de Gobierno: Dr. Alfredo Gallese Coordinador de Prensa y Comunicaciones: Sebastián Iriarte Mail: www.belgranomun.gov.ar [email protected] Calle: Juan E. de la Fuente N° 826 (CP 7223) GENERAL BELGRANO DECRETO N° 1038/15 GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a -----------------continuación se detalla: APELLIDO Y NOMBRE Corvo, Carolina Nahir DNI 36.618.032 MONTO $ 2.000,00 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1039/15 GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.VISTO: El Programa de “Prevención de la Triquinosis”, llevado a cabo por el gobierno de la Pcia. de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que la Municipalidad, por intermedio de la Dirección de Desarrollo Local y el Laboratorio de Análisis Veterinario viene trabajando desde hace un tiempo en el control de triquinosis, siguiendo las políticas Nacionales y Provinciales de concientización en la cadena de producción y venta de carne de cerdo, Que la Dirección de Desarrollo Local, la delegación local del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Pcia. de Buenos Aires han organizado para el próximo 27 de Mayo del corriente año una jornada sobre “Prevención de Triquinosis”.Que durante la jornada se abordarán temas relacionados a la prevención, tratamiento de la triquinosis, comercialización y consumo de la carne de cerdo. Que el objetivo de esta campaña es concientizar al criador, elaborador y consumidor de chacinados, de los riesgos que conlleva la faena de animales sin control sanitario, y su correcto tratamiento para la obtención de mejor calidad y aptitud sanitaria de los productos alimenticios que se obtengan. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Declarar de Interés Municipal la jornada sobre “Prevención de ------------------Triquinosis” a realizarse el día 27 de mayo de 2015 en la Municipalidad de General Belgrano.------------------------------------------------------Artículo 2°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a -----------------la parte interesada, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------FDO) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1040/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 18 de 2015.Visto el Contrato N° 363/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Sra. Isabel Cristina Reigosa y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 363 suscripto el día 18 de mayo de ------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 363 Isabel Cristina Reigosa Calle 53 Bis Nº953 - Gral. Belgrano Servicio de Albañil. 2/05/15 al 30/12/15 $ 23.284 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1041/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 18 de 2015.Visto el Contrato N° 364/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 364 suscripto el día 18 de mayo de ------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 364 Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Calle 16 Nº 826 - Gral. Belgrano Construcción de Bici senda de hormigón. 22/05/15 al 22/06/15 $ 66.000 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1042/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 18 de 2015.Visto el Contrato N° 365/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 365 suscripto el día 18 de mayo de ------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 365 Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Calle 16 Nº 826 - Gral. Belgrano Conexiones domiciliarias hacia la red de cloacas 22/05/15 al 22/06/15 $ 35.660 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1043/15 GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto las solicitudes de personas, efectuadas ante la Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la adquisición de lentes; y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de los solicitantes. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar subsidios en especie. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición de lentes -----------------para uso de las personas y por los montos que a continuación se detallan: NOMBRE Y APELLIDO DNI DETALLE IMPORTE Silvia Verónica Rodríguez 23.325.746 Armazón $ 380,00 Cristal blanco $ 350,00 Total: $ 730,00 Armazón $ 300,00 Cristal blanco $ 350,00 Total: $ 650,00 Carolina Lencina 28.773.103 Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior ----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1044/15 GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto la solicitud de una persona, efectuada ante la Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la adquisición del servicio de perforación y encamizado de pozo, y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de la solicitante. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar subsidios en especie. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición del servicio -----------------de servicio de perforación y encamizado de pozo para la vivienda de la persona y por el monto que a continuación se detalla: APELLIDO Y NOMBRE DNI DETALLE TOTAL Bouquillarz, Gabriela Victoria 10.492.825 Servicio de perforación e pozo $ 2.400,00 Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior ----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1045/15 GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto el decreto Nº 558/15, de becas para estudiantes otorgadas por la Dirección de Promoción Social, y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Promoción Social informa que el Sr. Julián Silva, responsable de pago de la beca otorgada a la joven Melanie Estefanía Silva, ha fallecido, por lo que debe designarse a un nuevo responsable de cobro. Que debe dictarse el acto administrativo, a los efectos de realizar las modificaciones que correspondan. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Designar como responsable de cobro de la beca otorgada a la ------------------joven Melanie Estefania Silva – DNI: 38.687.576, a la Sra. Carina Teresa Silva – DNI: 24.877.376, todo ello de acuerdo a lo descripto en los considerandos del presente decreto.--------------------------------------------Artículo 2°: Facultar a las Direcciones de Tesorería y Contaduría a efectuar ------------------las modificaciones que correspondan.---------------------------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Tesorería, Contaduría, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1046/15 GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto la solicitud efectuada por la Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para personas indigentes, y; CONSIDERANDO: Que fundamenta la necesidad de prestar la ayuda teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de la solicitante y su situación de calle. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar subsidios en especie. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición del servicio -----------------de hotelería para la siguiente persona y por el monto que a continuación se detalla: APELLIDO Y NOMBRE Gesemondo, Andrea Natalia DNI DETALLE 29.779.560 Servicio de hotelería TOTAL $ 3.710,00 Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior ----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1047/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Barrionuevo, Luisina Johnston, Mónica Patricia Oyarzun, Mirta Haydee DNI 36.635.166 14.030.418 10.800.654 MONTO $1.100 $300 $2.000 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1048/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la llegada a nuestra ciudad del Programa “Lácteos para Todos”, impulsado por el Gobierno de la Nación; y, CONSIDERANDO: Que el 20 de mayo arribará a la localidad un camión frigorífico con productos lácteos a precios populares. Que este programa nacional impulsado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se implementó con el objeto de incorporar a la dieta diaria distintos productos, adquiridos a bajo costo. Que el camión frigorífico permanecerá en nuestra ciudad un día, junto con el personal abocado a la venta de los productos mencionados, siendo necesario proveerles la alimentación durante su estadía. Que es necesario el dictado administrativo a fin de autorizar los gastos. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de pesos doscientos ($ 200.-) el gasto ----------------que demande la estadía del personal afectado al programa “Lácteos para Todos”, el día 20 de mayo de 2015.----------------------------------Artículo 2º: Los gastos que originen el presente Decreto serán imputados a ----------------la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad 01, del Presupuesto de Gastos vigentes.---------------------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ------------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a -----------------la parte interesada, tomen razón Compras, Desarrollo Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1049/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 19 de 2015.Visto el Contrato N° 366/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y Barbero Marcela y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 366 suscripto el día 19 de mayo de ------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio 366 Barbero, Marcela Calle 222 e/ 221 y 223 Nº 1019- Gral. Belgrano Microcrédito Fondo Rotatorio de Ayuda “Dignidad” Vigencia ----------- Importe Final $ 5000 devuelta en 18 cuotas de 293,45 iguales, mensuales y consecutivas. Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1050/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 19 de 2015.Visto el Contrato N° 367/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y Barrionuevo, Diana Pamela y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 367 suscripto el día 19 de mayo de ------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio 367 Barrionuevo Diana Pamela Calle 105 Nº 512- Gral. Belgrano Microcrédito Fondo Rotatorio de Ayuda “Dignidad” Vigencia ----------- Importe Final $ 5000 devuelta en 18 cuotas de 293,45 iguales, mensuales y consecutivas. Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1051/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 19 de 2015.Visto el Contrato N° 368/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Escalada, Marcelo Enrique y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 368 suscripto el día 19 de mayo de ------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio 368 Escalada, Marcelo Enrique Calle 59 Nº 1214- Gral. Belgrano Microcrédito Fondo Rotatorio de Ayuda “Dignidad” Vigencia ----------- Importe Final $ 5000 devuelta en 18 cuotas de 293,45 iguales, mensuales y consecutivas. Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1052/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7542/15, iniciado por la Dirección de Promoción Social; y, CONSIDERANDO: Que el Sr. Diego Alejandro Castillo ha solicitado un microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda. Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al financiamiento solicitado. Que previamente, el Sr. Castillo firmará con la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) . Que corresponde el dictado del acto administrativo de adjudicación del referido microcrédito. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos -----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), al Sr. Diego Alejandro Castillo- DNI: 36.290.405, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.) destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad 06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131 Recurso afectado 34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------- Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación, Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1053/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7543/15, iniciado por la Dirección de Promoción Social; y, CONSIDERANDO: Que el Sr. Guido Arturo Faconti ha solicitado un microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda. Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al financiamiento solicitado. Que previamente, el Sr. Faconti firmará con la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) . Que corresponde el dictado del acto administrativo de adjudicación del referido microcrédito. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos ----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), al Sr. Faconti- DNI: Guido Arturo 32.700.100, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.) destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad 06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131 Recurso afectado 34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------- Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación, Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1054/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7544/15, iniciado por la Dirección de Promoción Social; y, CONSIDERANDO: Que la Sra. Natalia Lorena Lara ha solicitado un microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda. Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al financiamiento solicitado. Que previamente, la Sra. Lara firmará con la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) . Que corresponde el dictado del acto administrativo de adjudicación del referido microcrédito. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos ----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), a la Sra. Natalia Lorena Lara- DNI: 24.817.019, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.) destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda.-Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad 06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131 Recurso afectado 34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación, Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1055/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7564/15, iniciado por la Dirección de Promoción Social; y, CONSIDERANDO: Que el Sr. Walter Reinaldo Barnechea ha solicitado un microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la adquisición de herramientas para su emprendimiento comercial. Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al financiamiento solicitado. Que previamente, el Sr. Barnechea, firmará con la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que establece la devolución del préstamo. Que debe dictarse el acto administrativo a fin de adjudicar el microcrédito correspondiente. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos -----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), al Sr. Walter Reinaldo Barnechea - DNI: 16.845.970, por un monto de Pesos cinco mil ($ 5.000.-) destinado a la adquisición de herramientas para su emprendimiento comercial.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad 06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131, Recurso afectado 34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------- Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación, Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO Nº 1056/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la Ordenanza Nº 47/89; y CONSIDERANDO: Que según la citada norma corresponde el 1 % de la Recaudación del Ejercicio de las Tasas por Servicios Públicos Municipales y Red Vial a la Asociación de Bomberos Voluntarios General Belgrano en concepto de Servicio Civil de Defensa. Que en virtud del Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, corresponde otorgar un subsidio por lo recaudado en los meses octubre, noviembre y diciembre de 2014. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar a la Asociación de Bomberos Voluntarios General -------------------Belgrano un subsidio de pesos veintiún mil ochocientos setenta y dos con 66/100 ($ 21.872,66.-), para solventar los gastos de cualquier índole que deba afrontar la citada institución, de acuerdo a los datos que surgen del ANEXO I que forma parte integrante del presente.------Artículo 2°: La suma mencionada en el artículo 1°) que será abonada en la -----------------medida de las posibilidades financieras de la comuna.------------Artículo 3º: La institución beneficiaria deberá rendir cuentas de la inversión -----------------que realice, conforme lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades.-------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se ----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 27, Actividad 00, Partida 5.1.7.0, Fuente de Financiamiento 131 – Recurso 12.1.12.00, del Presupuesto de Gastos vigente.-----------------------------------------------------------Artículo 5°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------- Artículo 6°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL Anexo 1 - Decreto Nro. 1056/15 RECAUDACION GENERAL BELGRANO MES TASA POR SERVICIOS URBANOS SUBSIDIO QUE CORRESPONDE (1%) TOTAL TASA POR RED VIAL TOTAL 1% ENERGÍA A ABONAR EN ELÉCTRICA EFECTIVO Octubre 2014 248,765.32 640,628.67 889,393.99 8,893.94 Noviembre 2014 818,572.74 179,147.10 997,719.84 9,977.20 Diciembre 2014 247,400.93 644,592.19 891,993.12 8,919.93 3,118.51 5,801.42 2,779,106.95 27,791.07 5,918.41 21,872.66 TOTALES 1,314,738.99 1,464,367.96 2,799.90 6,094.04 9,977.20 DECRETO N° 1057/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la presentación de la obra de la Represa de contención en el canal aliviador del Río Salado, el día 21 de mayo del corriente año; y, CONSIDERANDO: Que la exposición será realizada por personal de la empresa Helport, quienes llevan a cabo las obras de ensanchamiento del Río Salado, y quienes además serán los encargados de efectuar un innovador proyecto en la provincia de Buenos Aires, con la construcción de una presa hidráulica que contendrá las aguas del Río Salado a fin de mantener continuidad hídrica en su cauce, y además, construir a futuro, una pequeña central hidroeléctrica, que abastecerá a la ciudad con un 15% del consumo eléctrico. Que además se presentará el proyecto de pavimentación e iluminación del camino que une las dos Compuertas. Que al finalizar la exposición se los invitará a un almuerzo en un local gastronómico de la ciudad. Que es necesario el dictado del acto administrativo a fin de autorizar el gasto de restaurant. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de pesos tres mil ($ 3.000.-) el gasto ------------------que demande la presentación de la empresa Helport, el día 21 de mayo del corriente año, en el marco del inicio de la obra de la Represa de contención hídrica a realizarse en el Canal Aliviador del Río Salado.-----------Artículo 2º: Imputar el gasto a la Jurisdicción 1110101000, Programas 01, ------------------Actividad 01, del Presupuesto de Gastos vigente.------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------- Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1058/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el expediente 4041-D-18.840/07, y, CONSIDERANDO: Que a fojas 32 el Sr. Pedro E. Goycoechea solicita se le incorpore como responsable de pago del inmueble nomenclatura catastral Circ. I, Sección C, Manz. 15C, Parcela 4A, cuenta N° 1015000, puesto que ha manifestado realizar la limpieza y mantenimiento del inmueble. Que a fojas 44 Asesoría Legal y Técnica informa que al tratarse de un inmueble municipal, que no genera tasas, resulta imposible incorporar un responsable de pago y que, por lo tanto, deberá denegarse la solicitud de fojas 32. Que corresponde efectuar el acto administrativo desestimando la solicitud de responsable de pago. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Desestimar la solicitud de responsable de pago de la tasa de ----------------Servicios Urbanos Municipales, de la cuenta 1015000 efectuada por el Sr. Pedro Eduardo Goycoechea, DNI: 22.771.708, domiciliado en Barrio Arquitectura, casa N° 32 General Belgrano.-----------------------------------Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a realizar las ----------------adecuaciones que correspondan.-----------------------------------------Artículo 3º: Notificar a la parte interesada a través del Departamento de -----------------Recaudación.-----------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Departamento Procesamiento de Datos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1059/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el expediente 4041-E-8697/09, y; CONSIDERANDO: Que atento la presentación efectuada a fojas 21 por el Sr. Diego Oscar Bartolomey, solicita la responsabilidad de pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales del inmueble denominado catastralmente Circ. I, Secc. C, Mz. 18C, Parc. 32, cuenta N° 354400, en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08. Que la Dirección de Control y Fiscalización manifiesta a fojas 30 que se constata en el lugar un lote baldío, totalmente desmalezado, anexado a la parcela 31, en buen estado de conservación en general. Entrevistada la Sra. Elorza manifiesta que su intención es ceder la parcela 32 a su hijo, el Sr. Bartolomey. Que la Asesoría Legal y Técnica ha dictaminado a fojas 33, que corresponde otorgar la responsabilidad de pago al solicitante en virtud de la documentación aportada, notificando al mismo que deberá suscribir un plan de pago, donde reconozca la deuda, si existiera, y se comprometa por escrito a abonar la misma. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Incorporar como Responsable de pago de la Tasa de Servicios ---------------Urbanos Municipales de la cuenta 354400 al Sr. Diego Oscar Bartolomey – DNI: 34.791.788 con domicilio en calle 153 N° 77 de General Belgrano en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08.----------------------------Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a efectuar las ----------------modificaciones que correspondan.----------------------------------------Artículo 3°: Notificar a la parte solicitante con copia del presente, indicando ----------------además que deberá suscribir un plan de pago donde reconozca la deuda actual, si existiera, y se comprometa por escrito a abonar la misma Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Recaudación, Procesamiento de Datos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1060/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-R-7508/15, iniciado por el Sr. Antonio Mario Rodríguez; y, CONSIDERANDO: Que el Sr. Rodríguez solicita el beneficio que otorga el Fondo Esperanza de Vida para la adquisición de un par de lentes, puesto que presenta un diagnóstico de dificultad de visión. Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del par de lentes, teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos del solicitante. Que a fojas 9, la Comisión Reguladora del Fondo Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por el Sr. Antonio Mario Rodríguez, conforme el presupuesto de fojas 3 vuelta (Óptica Wahlmann) Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar un subsidio al Sr. Antonio Mario Rodríguez - DNI: -----------------11.803.513 de Pesos Setecientos Veinte ($720.-) para solventar los gastos que demande la adquisición del par de lentes.--------------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se ----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la -----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1061/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el decreto N° 733/10, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mencionado acto administrativo se resolvió dar inicio al sumario administrativo a los fines de establecer la eventual responsabilidad del personal de área de Guías con respecto a los hechos que se investigan en el expediente administrativo N° 4041-D11632/10.Que asimismo, dada la entidad de los hechos denunciados y ante la responsabilidad inherente de la Jefa de Departamento en los hechos investigados, este Departamento Ejecutivo resolvió oportunamente suspender preventivamente a la agente Valeria Campos por el término de treinta (30 días) conforme lo establece el art. 79 de la Ley 11.757.Que igualmente se resolvió que en el caso que el trámite del sumario administrativo lo requiera, el plazo de suspensión podrá ser prorrogado.Que visto el estado en que se encuentra actualmente el trámite sumarial, estando pendiente de finalización la prueba de cargo y manteniéndose vigentes los argumentos que determinaron la suspensión preventiva de la agente en este acto se resuelve renovar por otros treinta (30) días dicha suspensión.Que a los fines expuestos deviene necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente.Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: En el marco del sumario administrativo que se sigue -----------------contra la agente Valeria Campos y teniendo en cuenta la 1 gravedad de los hechos investigados; la responsabilidad expresamente asumida por la agente Valeria Campos a fojas 2 de las actuaciones y dado su carácter de Jefa de Departamento del sector, decretar a partir del 24 de mayo de 2015, la renovación por otro plazo de treinta (30) días de la suspensión preventiva de la mencionada agente ello en el marco de lo establecido en el art. 79 de la Ley 11.757, plazo que podrá ser prorrogado en el caso que el sumario lo justifique.-------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente decreto será refrendado por el ------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a ----------------la parte interesada, tomen razón Recursos Humanos, Contaduría, Asesoría Legal y Técnica, Ingresos Públicos, dese al Registro oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------FDO) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL EL ORIGINAL 2 Hay un sello que dice: DECRETO N° 1062/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 20 de 2015.Visto el Contrato N° 369/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Sra. Samcov, María y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 369 suscripto el día 20 de mayo de ------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 369 Samcov, María Calle 6 Nº 4366- Gral. Belgrano Clases de Instrumento 20/05/15 al 31/12/15 $ 40.000 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1063/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud de una persona, efectuada ante la Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la adquisición de un termotanque, y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de la solicitante. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar subsidios en especie. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición de un -----------------termotanque para la persona y por el monto que a continuación se detalla: APELLIDO Y NOMBRE Flores, Norma DNI DETALLE TOTAL 26.989.961 termotanque $ 3.540,00 Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior ----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.2.1.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1064/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud de personas, efectuada ante la Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la adquisición de zapatillas, y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de los solicitantes. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar subsidios en especie. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición de -------------------zapatillas para las personas y por el monto que a continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE DNI DETALLE TOTAL Villalba, Mónica Noemí 14.482.214 Sires, Marcela Luján 22.097.505 Busto, María Haydee 22.724.881 16 pares zapatillas Veliz, Adriana Beatríz 26.327.879 $ 2.000,00 Torres, Gabriela 25.584.907 Dorado, Hilda Graciela 12.844.677 Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior ----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1065/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud de una persona, efectuada ante la Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para el alquiler de artículos Ortopédicos; y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de la solicitante. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar subsidios en especie. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para el alquiler de artículos -----------------ortopédicos para uso de la persona y por el monto que a continuación se detalla: NOMBRE Y APELLIDO DNI Sandra, Wila 20.499.487 Verónica Soledad Córdoba TOTAL 39.742.073 DETALLE Alq. Cuello Schanz Alq. Ortesis corta p/pie IMPORTE $ 150,00 $ 920,00 $ 1,070,00 Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior ----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------- Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1066/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Fernández, Sandra Gaete, Yamila Soledad DNI 17.816.146 33.173.802 MONTO $ 600 $700 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1067/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el Torneo de Fútbol Solidario a llevarse a cabo el día 25 de mayo de 2015, y, CONSIDERANDO: Que el mismo se llevará a cabo con el objeto de recaudar fondos para la joven belgranense Agustina López, quien padece una enfermedad que demanda una cirugía recuperatoria en el exterior del país. Que por tal motivo se están llevando adelante diferentes eventos para colectar el dinero que demanda dicha cirugía, participando en esta oportunidad ex jugadores de primera división del fútbol argentino y ex jugadores de nuestra ciudad, quienes han decidido colaborar con esta causa. Que el partido se llevará a cabo en las instalaciones de la Quinta del Club Atlético y Social General Belgrano. Que desde la Dirección de Deportes se colaborará aportando al evento las medallas, trofeos y alimentos para los jugadores. Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de autorizar el gasto.Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo1°: Autorizar hasta la suma de Pesos diez mil ($ 10.000.-) el gasto ----------------que demande el Torneo de Fútbol Solidario a beneficio de la joven Agustina López, a llevarse a cabo el día 25 de mayo de 2015, en las instalaciones de la Quinta del Club Atlético y Social General Belgrano.--------Articulo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se --------------- imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 22, Actividad 02, FF 110 del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------- Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, tomen razón -------------------Deportes, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1068/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la necesidad de realizar una fuerte campaña de concientización sobre prevención de los siniestros de tránsito, especialmente a los jóvenes y adolescentes de nuestra localidad, y; CONSIDERANDO: Que el Grupo Sancor Seguros, desde hace más de cinco años, realizó la implementación del Programa Nacional de Prevención de Siniestros de Tránsito “Rutas en Rojo”. Que dicho programa consiste en la realización de test de aptitud psicofísicas para la conducción de vehículos. Que los días 11 al 14 de junio se hará presente en nuestra ciudad un móvil del citado programa, el cual se instalará en el predio de la Plaza 1° de Agosto, con el objetivo de realizar pruebas de manejo de vehículos a quienes lo deseen. Que es necesario dictar el acto administrativo a fin de autorizar el gasto de alojamiento del personal a cargo del móvil. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Articulo 1º: Autorizar hasta la suma de Pesos cuatro mil ($ 4.000.-) el gasto ----------------que demande la visita a nuestra ciudad del móvil del Programa Nacional de Prevención de Siniestros de Tránsito “Rutas en Rojo”, los días 11 al 14 de junio de 2015.-------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el presente decreto serán imputados -----------------de la Jurisdicción 1110102000 – Programa 23 – Actividad 03, del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------------------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Compras, Control y Fiscalización, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1069/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el expediente 4041-C-6063/14, y; CONSIDERANDO: Que atento la presentación efectuada a fojas 1 por “Campo La Serena S.A.”, solicita la responsabilidad de pago de la tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, de los inmuebles designados catastralmente como Circ. III, Sección C, Fracción 1, Parcelas 1, 10, 11, 12, 13 y Circunscripción III, Sección C, Fracción 4, Parcelas 1 y 12.; con números de cuenta N° 2109800; 2102900; 2109900; 2110000; 2110100; 2111200; 2112300, en carácter de propietario por escritura y en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08. Que la Dirección de Control y Fiscalización manifiesta que se trata de un campo, cercado por un alambrado, en buenas condiciones de mantenimiento. Que la Asesoría Legal y Técnica ha dictaminado a fojas 26, que corresponde otorgar la responsabilidad de pago a los solicitantes en virtud de la documentación aportada, notificando a los mismos que deberá suscribir un plan de pago, donde reconozca la deuda, si existiera, y se comprometa por escrito a abonar la misma. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Incorporar como Responsable de pago de la Tasa por ---------------Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal de las cuentas N° 2109800, 2102900, 2109900, 2110000, 2110100, 2111200, 2112300 a “Campo La Serena S.A.” – CUIT N° 30-70874021-3 con domicilio en Cuartel Segundo Paraje Chas del partido de General Belgrano en carácter de propietario por escritura y en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08.------------------------------------------------------------------------------------------ Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a efectuar las ----------------modificaciones que correspondan.----------------------------------------Artículo 3°: Notificar a la parte solicitante con copia del presente, indicando ----------------además que deberá suscribir un plan de pago donde reconozca la deuda actual, si existiera, y se comprometa por escrito a abonar la misma Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Recaudación, Procesamiento de Datos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1070/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Aguayo, Carlos Aquino, Norma Ávila, Carolina Barragan Wila, Dalma Soledad Bartoloméy, Mario Oscar Bellinzoni, Natalia Benitez, Anabel Benitez, Melina Bruzzo, Roberta Calfa, María Rosa Chávez, Nancy Cistari, Facundo Martin Clavijo, Pamela Cora, María Cristina Coria, Analia Cowes, Daiana Cuello, Mirta Díaz, María del Carmen Duarte, Beatriz Liliana DNI 36.207.139 31.313.446 27.857.766 35.393.910 8.333.600 28.695.904 31.168.508 39.746.015 35.219.420 32.852.377 17.827.426 38.253.335 36.213.893 17.579.730 34.491.787 36.635.140 16.085.630 4.791.568 25.706.657 MONTO $750 $500 $400 $300 $500 $400 $300 $1.000 $500 $400 $200 $450 $500 $200 $700 $300 $250 $400 $400 Gómez, María Macarena 35.219.496 $700 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1071/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el Decreto 242/15, referido a las actividades desarrolladas durante el presente año en la Dirección de Cultura, respecto de la “Escuela Orquesta Municipal” y la Escuela Municipal de Talleres Artísticos ( E.M.T.A.) ; y, CONSIDERANDO: Que el Decreto 242/15 autoriza los gastos de traslado de ida y vuelta de los profesores que dan clases en los talleres hasta el mes de diciembre de 2015. Que en el marco de este programa se ha contratado al profesor Ivan Monti para dar clases de instrumentos musicales. Que la Municipalidad debe afrontar los gastos de traslado de ida y vuelta del profesor Monti, más la comida y alojamiento hasta el mes de diciembre de 2015. Que es necesario incorporar en el listado del Decreto N°./15 al Sr. Monti, en los mismos términos que dicho decreto.. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Incorporar al Profesor Ivan Monti en el listado que forma parte -----------------del Decreto N° 242/15, en el marco del Proyecto “Escuela de Orquesta” desde el 20 de mayo hasta el 30 de diciembre de 2015.-------------NOMBRE Y APELLIDO DOCUMENTO VEHICULO AFECTADO Prof. Ivan Monti 35.996.921 Vehículo dominio EGO-994 Artículo 2º: El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se -----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 21, Actividades 01 y 02, del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------- Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Cultura, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y archívese.---------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1072/15 GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud efectuada por el agente municipal José Luis De Andrea por expediente 4041-D-7465/15, y; CONSIDERANDO: Que solicita el aumento de su categoría y de su carga horaria. Que el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a la evaluación efectuada, considera conveniente llevar adelante el aumento de categoría y de la carga horaria del agente De Andrea. Que debe dictarse el acto administrativo a fin de enunciar las modificaciones referidas. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Designar en ascenso a partir del 1 de junio de 2015 al agente ------------------José Luis De Andrea, de acuerdo a lo consignado a continuación:------------------------------------------------------------------------------------LEGAJO 1271 APELLIDO Y NOMBRE De Andrea, José Luis Cargo y Clase actual Cargo y Clase a pasar Clase II – 30 hs. Obrero Clase I - 42 hs. Obrero Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 3º: Notificar al agente por medio de la Dirección de Recursos -----------------Humanos.----------------------------------------------------------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y archívese.Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1073/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-L-7521/15, iniciado por el Sr. Sergio Omar Loustaunau; y, CONSIDERANDO: Que el Sr. Loustaunau solicita el beneficio que otorga el Fondo Esperanza de Vida para la realización de un control oftalmológico anual. Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del control oftalmológico, teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos del solicitante. Que a fojas 18, la Comisión Reguladora del Fondo Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por el Sr. Loustaunau, conforme el presupuesto de fojas 13 (Consultorio Oftalmológico Dr. Brunzini) Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar un subsidio al Sr. Sergio Omar Loustaunau - DNI: -----------------17.579.773 de Pesos Seiscientos ($600.-) para solventar los gastos que demande la realización del control oftalmológico.---------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se ----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la -----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1074/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Di Petta, Rosalía Gabriela Escot, Isabel Esnarriaga, Maria Ester Fernández, Jorge Rubén Fernández, Juliana Belén Fernández, Natalia Fernández, Sandra Flores, Adriana Mercedes Flores, Mariela Lujan Flores, Oscar Flores, Roberto Ramón Flores, Silvia patricia Gaitan, Daniel Alfredo Giles, Diana María Gonzalez, Jesica Elizabeth Gonzalez, Rosa Lorena Gonzalez, Tamara Ailen Holzmann, Jimena Denise Hondagneu Roig, Sabrina Alejandra DNI 92.188.950 13.484.630 31.259.962 7.783.679 36.635.363 28.123.610 17.816.146 37.022.357 25.269.571 4.303.873 8.345.373 23.335.505 12.493.808 34.791.702 35.093.301 27.707.344 33.329.125 40.352.501 27.916.432 MONTO $700 $300 $800 $300 $1.000 $500 $250 $750 $200 $300 $150 $500 $300 $800 $250 $400 $300 $1.500 $500 Insausti, Ester Mabel Izurieta, Emma Ines Jaimerena, Mayra Brenda 4.082.674 4.082.567 32.700.019 $300 $300 $500 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1075/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Jurado, Leonela Cecilia Leonis, Ernesto C. Leyemberger, Alejandro López, María Rosa Lozano, Jesica Valeria Martínez, Gladys Anabella Martínez, Yamila Lucrecia Marzano, Liliana Bárbara Micieli, Gisela Elizabeth Molina, Alejandra Molina, Susana Beatriz Moreno, Edilma Fernanda Ortiz, Cirila Patrault, María del Carmen Pereyra, Susana Piñero, Renata Cecilia Quiroga Cruz, Flora DNI 33.645.709 5.207.974 24.237.511 14.907.990 39.277.702 25.383.827 33.645.718 14.257.287 34.462.568 32.128.103 10.096.604 29.182.299 12.026.087 20.036.133 11.706.017 31.534.931 4.116.284 MONTO $600 $200 $300 $200 $800 $800 $200 $350 $700 $400 $400 $700 $500 $400 $300 $500 $400 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1076/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Molina Moyano, Jesús del Valle Rivera, Estela Maris Rodríguez, Antonio Mario Rodríguez, Lorena Rodríguez, Mirta Susana Rodríguez, Otilia Rodríguez, Paola Daniela Sánchez, Silvia Ester Sebastiani, María Belén Servin, María Fernanda Shuarztberg, Daiana Soledad Sivori, Laura Vivian Soukiassian, Jorge Eduardo Such, José Alberto Valdez, Rocío Anahi Vargas, Eduardo Vazquez, Karina Soledad Villalba, Mónica Noemí Villalba, Zunilda Soledad DNI 4.880.173 11.912.849 11.803.513 20.441.328 24.237.686 10.096.623 33.645.746 12.493.871 30.021.641 23.421.901 37.054.560 12.493.806 14.378.907 12.001.785 39.277.729 6.920.670 24.237.685 14.482.214 12.026.174 MONTO $200 $500 $400 $400 $1.000 $150 $500 $400 $300 $400 $1.500 $300 $400 $300 $1.800 $400 $250 $500 $1600 Vitelli, Araceli Wila, Rosa Wila, Teresa Lujan Zarate, Adriana 2.829.122 4.791.576 4.244.049 16.369.823 $500 $400 $300 $400 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO Nº 1077/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el expediente 4041- D -4284/14 y el Decreto 940/15; y, CONSIDERANDO: Que a fojas 72 del expediente de referencia, ha habido un error al confeccionar el decreto de Habilitación Provisoria de LAGUNA DORADA S.R.L. Que en su articulado se menciona erróneamente la fecha de vencimiento mencionando el 4 de noviembre de 2014, cuando en realidad debía decir “4 de noviembre de 2015”. Que el artículo 113 de la Ordenanza General 267/80, faculta al ejecutivo a revocar de oficio sus propias resoluciones antes de su notificación a los interesados. Que es necesario subsanar dicho error, rectificando el acto administrativo. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado del Decreto ----------------940/15 en su articulo 2°, quedando redactado de la siguiente manera: “La habilitación provisoria será otorgada por un término de seis meses venciendo el día 4 de noviembre de 2015.------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------ Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1079/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto el Contrato de rescisión N° 370/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Limitada representada por u Presidente, Sr. Alexis David López y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que fue suscripto el contrato Nº 03/15 de fecha 01 de enero de 2015 y con vencimiento el día 30 del mes de junio del mismo año, procediendo a la rescisión a través de este acto administrativo. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato de rescisión N° 370 suscripto el día 21 de -----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia 370 Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Limitada Calle 16 Nº826-Gral. Belgrano Rescisión de Contrato --------------- Importe Final ---------------- Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------- Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1080/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto el Contrato N° 371/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Limitada representada por u Presidente, Sr. Alexis David López y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 371 suscripto el día 21 de -----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 371 Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Limitada Calle 16 Nº826-Gral. Belgrano Mantenimiento de espacios públicos, separación de residuos, limpieza y mantenimiento 01/06/15 al 31/12/15 $ 160.000 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------- Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1081/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto el Contrato N° 372/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Barnechea, Walter Reinaldo y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 372 suscripto el día 21 de -----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio 372 Barnechea, Walter Reinaldo Calle 30 e/ 5 y 7 Nº272-Gral. Belgrano Microcrédito Fondo Rotatorio de Ayuda Social “Dignidad” Vigencia ----------- Importe Final $ 5000 devuelta en 18 cuotas iguales mensuales y consecutivas de $ 293,45 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1082/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto el Contrato N° 373/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Sra. Wooley Zulma Luisa y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 373 suscripto el día 21 de --------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° 373 Contratado Wooley, Zulma Luisa Domicilio Servicio Calle Nº 427Gral. Belgrano Microcrédito Fondo Rotatorio de Ayuda Social “Dignidad” Vigencia ----------- Importe Final $ 5000 devuelta en 18 cuotas iguales mensuales y consecutivas de $ 293,45 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1083/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7591/15, iniciado por la Dirección de Desarrollo Local; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito. Que el Sr. Guillermo Ismael Eseiza ha solicitado un crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal, determinando la aprobación del financiamiento solicitado. Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6 del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de los fondos recibidos. Que corresponde el dictado del acto administrativo para su otorgamiento. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por el Sr. Guillermo Ismael Eseiza ------------------DNI: 17.218.619, por un monto de Pesos seis mil ($ 6.000.-) destinado a la compra de materiales e insumos para su actividad: Albañilería, en el marco del Programa EMERGER (Ordenanza N° 17/13).----Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad 03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado 34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1084/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7593/15, iniciado por la Dirección de Desarrollo Local; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito. Que la Sra. Nélida Aurora Mandagarán ha solicitado un crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal, determinando la aprobación del financiamiento solicitado. Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6 del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de los fondos recibidos. Que corresponde el dictado del acto administrativo para su otorgamiento. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. Nélida Aurora -------------------Mandagarán - DNI: 10.257.391, por un monto de Pesos veinte mil ($ 20.000.-) destinado a la compra de materiales e insumos para mejorar la infraestructura de su emprendimiento de fabricación de pastas, en el marco del Programa EMERGER (Ordenanza N° 17/13).---------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad 03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado 34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1085/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7592/15, iniciado por la Dirección de Desarrollo Local; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito. Que la Sra. Mariana Belén Costantini ha solicitado un crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal, determinando la aprobación del financiamiento solicitado. Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6 del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de los fondos recibidos. Que corresponde el dictado del acto administrativo para su otorgamiento. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. Mariana Belén -------------------Costantini - DNI: 37.354.748, por un monto de Pesos once mil ($ 11.000.-) destinado a la compra de equipamiento e insumos para mejorar su emprendimiento: fabricación de pastas, en el marco del Programa EMERGER (Ordenanza N° 17/13).-------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad 03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado 34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1086/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7594/15, iniciado por la Dirección de Desarrollo Local; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito. Que la Sra. María Celina Sittner ha solicitado un crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal, determinando la aprobación del financiamiento solicitado. Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6 del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de los fondos recibidos. Que corresponde el dictado del acto administrativo para su otorgamiento. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. María Celina Sittner ------------------DNI: 29.587.241, por un monto de Pesos ocho mil ($ 8.000.-) destinado a la adquisición de un reproductor para su emprendimiento de producción porcina, en el marco del Programa EMERGER (Ordenanza N° 17/13).-------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad 03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado 34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1087/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7595/15, iniciado por la Dirección de Desarrollo Local; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito. Que la Sra. Patricia Luján Rojas ha solicitado un crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal, determinando la aprobación del financiamiento solicitado. Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6 del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de los fondos recibidos. Que corresponde el dictado del acto administrativo para su otorgamiento. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. Patricia Luján Rojas ------------------DNI: 18.615.844, por un monto de Pesos seis mil ($ 6.000.-) destinado a la adquisición de herramientas e insumos para su emprendimiento: parquizaciones, en el marco del Programa EMERGER (Ordenanza N° 17/13).-----------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad 03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado 34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1088/15 GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la presentación efectuada por el Sr. Jorge Mario Neuberry – DNI: 11.689.159, por Expediente 4041-N-7523/15, y; CONSIDERANDO: Que solicita la escrituración de un inmueble que adquirió en legal tiempo y forma por adjudicación a través del Decreto N° 352/2004 (fs 5), convalidado por la Ordenanza N° 67/2004 (fs. 8). Que la regularización dominial mencionada se caracteriza por su carácter de interés social, derivado de la situación socio económica de la familia afectada. Que en virtud, se halla encuadrada en las previsiones de la Ley 10830, artículos 2° y 4°, inciso d). Que la Asesoría Legal y Técnica considera que corresponde declarar de interés social la escrituración del inmueble mencionado. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Declarar de interés Social, la regulación dominial del inmueble -----------------designado catastralmente como: Circ. I, Secc. D, Manzana 52e, Parc. 7, del Partido de General Belgrano.----------------------------------------------Artículo 2°: Requerir la intervención de la Escribanía General de Gobierno ---------------- de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes a favor de Jorge Mario Neuberry – DNI: 11.689.159, conforme con lo previsto por los art. 2 y 4 inc. D.-------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a -----------------la parte interesada, tomen razón Asesoría Legal y Técnica, remítase a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------FDO) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1089/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto el Contrato N° 374/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Mariano Gabriel Mantese y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 374 suscripto el día 22 de --------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia 374 Mantese, Mariano Gabriel Calle Córdoba 3161 3ª CMar del Plata Tareas de Soporte y asistencia Técnica 22/05/15 al 31/08/15 Importe Final $ 8.700 mensuales. Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1090/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto la solicitud realizada por Waldemar Augusto Peralta ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Peralta, Waldemar Augusto DNI 13.484.656 MONTO $ 500 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1091/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto el 205° Aniversario de la Revolución de Mayo de 1810, el próximo 25 de Mayo; y, CONSIDERANDO: Que se celebrará el Día de la Patria en nuestro pueblo homenajeando a aquellos Próceres que gestaron la Libertad de nuestra Patria, marcando un hito en la historia de nuestro país. Que el acto se desarrollará en la “Plaza Belgrano” con la participación de delegaciones escolares, banda Municipal de Música, autoridades municipales e institucionales, y público en general. Que en adhesión a esta fecha se desarrollarán varios eventos culturales. Que es necesario autorizar gastos de alquileres de pantallas y servicio de sonido para esta celebración. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de Pesos veinticinco mil ($ 25.000.-) el ----------------gasto que demande la conmemoración de un nuevo Aniversario de la Revolución de Mayo de 1810.------------------------------------------------------Artículo 2°: Aprobar los contratos suscriptos el día 22 de mayo de 2015, ------------------entre la Municipalidad de General Belgrano y los contratados que a continuación se detallan:-----------------------------------------------------------N° 375 376 Contratado Sala, Leonardo Sívori, Federico I. Domicilio Diagonal 75 Nº 356 - La Plata Guemes n° 210. Gral. Belgrano Servicio Alquiler, montaje, programación, operación y asistencia técnica de 1 Pantalla LED Sonido, e iluminación en espectáculos culturales Vigencia Importe Final 23 y 24/5/2015 $15.400 23 y 24/5/2015 $ 6.000.- Artículo 2°: Los gastos a efectuar serán imputados a la Jurisdicción --------------------1110102000, Programa 21, Actividad 03 del Presupuesto de Gastos vigentes.-------------------------------------------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, Cultura, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1092/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Escot, María Ramona Espinosa, Marianela Solange DNI 4.082.623 35.558.426 MONTO $400 $1.000 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1094/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto lo actuado en el expediente administrativo 4041-D-5942/14, y; CONSIDERANDO: Que a fojas 1 y 6, la Directora de Recursos Humanos, informa que el agente municipal Walter Berón, Legajo N° 1944, ha incurrido en una serie de inasistencias, injustificadas, a su puesto de trabajo desde el mes de noviembre de 2014 al 12 de enero de 2015. Que a fojas 2, obra cédula de intimación de fecha 17/11/2014, a los fines que la agente municipal se reintegre a sus tareas y justifique sus inasistencias, conforme lo determina el artículo 65° de la Ley 11.757. Que existen antecedentes referentes a inasistencias del agente Berón en el expediente 4041-D-5942/14. Que a fojas 7, consta el dictamen de la Asesoría Legal y Técnica que indica que analizadas las actuaciones, la prueba documental que obran en las presentes actuaciones, se considera oportuno y conveniente dejar cesante al agente Walter Berón conforme lo prescribe la Ley 11.757 Estatuto del Personal de las Municipalidades de la Pcia. de Buenos Aires, en el Capítulo I “Obligaciones del agente: artículo 65° El agente que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo. Se lo intimará para que se reintegre a sus tareas dentro del término de un día hábil subsiguiente al de la notificación y si no se presentare, vencido el plazo, se decretará su cesantía…….Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Disponer a partir del 1 de noviembre de 2014, la cesantía del -----------------agente Walter Berón, DNI: 24.869.491, Legajo N° 1944, por haber incurrido en abandono de cargo. (art. 65 ley 11.757).------------------------ Artículo 2°: Notificar el presente Decreto al agente municipal.--------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Recursos Humanos, Contaduría, Liquidación de Haberes, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO Nº 1095/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015 Visto la solicitud efectuada por el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica Nº 74, y; CONSIDERANDO: Que solicita una ayuda económica para solventar los gastos de viáticos de los docentes de los Profesorados de Física, Biología y de Lengua y Literatura que dictan clases en dicha institución, además de otros gastos de funcionamiento del instituto. Que el Departamento Ejecutivo, tiene como objetivo contribuir a fomentar la educación de la comunidad, otorgando en esta oportunidad un subsidio mensual a la institución para los fines solicitados. Que es necesario el dictado del acto administrativo correspondiente. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio mensual de pesos tres mil quinientos veinte ----------------($ 3.520.-) a la Cooperadora del Instituto Superior de Formación Docente y Técnica Nº 74, en la persona de su Presidente Sra. Dania Montes de Oca, DNI: 30.021.727, durante los meses de junio a diciembre, para ser afectado a gastos de funcionamiento de la institución y al pago de viáticos de profesores de las carreras de Física, Biología y Lengua y Literatura.-----------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se --------------- imputará a la Actividad 07 – Inciso Jurisdicción 1110101000 5.1.5.0, Fuente de – Programa 01, Financiamiento 132, Recurso11.4.02.00, del Presupuesto de Gastos vigente.-------------------------Artículo 3°: La entidad beneficiaria deberá rendir cuentas de la inversión -----------------realizada mediante balance de inversión, conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades.------------------------------------------------ Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, notifíquese a la -----------------parte interesada, tomen razón Contaduría, Tesorería, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1096/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-F-7526/15, iniciado por el Sr. Mauro Marcelino Flores; y, CONSIDERANDO: Que el Sr. Flores solicita el beneficio que otorga el Fondo Esperanza de Vida para la adquisición de un par de lentes, puesto que presenta un diagnóstico de dificultad de visión. Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del par de lentes, teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos del solicitante. Que a fojas 7, la Comisión Reguladora del Fondo Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por el Sr. Mauro Marcelino Flores, conforme el presupuesto de fojas 3 (Óptica Soloeta) Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar un subsidio al Sr. Mauro Marcelino Flores - DNI: -----------------30.021.737 de Pesos Mil Trescientos Setenta ($1.370.-) para solventar los gastos que demande la adquisición del par de lentes.-------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se ----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la -----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1097/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente 4041-L-5689/14, y, CONSIDERANDO: Que a fojas 1 la Sra. Juana Haydee Lastra solicita se le incorpore como responsable de pago del inmueble nomenclatura catastral Circ. I, Sección E, Manz. 32AB, Parcela 29, cuenta N° 746200, puesto que ha manifestado realizar la limpieza y mantenimiento del inmueble. Que la Dirección de Control y Fiscalización manifiesta a fojas 10 que se constata en el lugar un lote baldío, cercado por un alambrado, totalmente desmalezado, en buenas condiciones de mantenimiento. Entrevistada la Sra. Lastra, manifiesta que ella es quien se ocupa desde hace años del mantenimiento del lugar, el cual utiliza como estacionamiento de su vehículo. Agrega que no se ha presentado nadie a reclamar por dicho predio. Que a fojas 18 el Sr. Javier Ramón Martin manifiesta su intención de regularizar la deuda existente, agregando a fojas 19 a 21 copia de la escritura del inmueble. Que a fojas 23 el Departamento de Recaudación adjunta libre deuda del inmueble en cuestión. Que a fojas 26 Asesoría Legal y Técnica informa que de acuerdo a la documentación acompañada por el titular del inmueble, sumado a que las tasas municipales se encuentran al día, resulta imposible incorporar un responsable de pago y que, por lo tanto, deberá denegarse la solicitud de fojas 1. Que corresponde efectuar el acto administrativo desestimando la solicitud de responsable de pago. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES D E C R E T A: Artículo 1°: Desestimar la solicitud de responsable de pago de la tasa de ----------------Servicios Urbanos Municipales, de la cuenta 746200 efectuada por la Sra. Juana Haydee Lastra, DNI: 21.983.067, domiciliada en calle 105 N° 465 General Belgrano.-------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a realizar las ----------------adecuaciones que correspondan.-----------------------------------------Artículo 3º: Notificar a la parte interesada a través del Departamento de -----------------Recaudación.-----------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Departamento Procesamiento de Datos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1098/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto el Contrato N° 377/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y Cooperativa de Trabajo: Trabajo Belgranense Limitada y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 377 suscripto el día 22 de --------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia 377 Cooperativa de Trabajo: Trabajo Belgranense Limitada Calle 16 Nº826-Gral. Belgrano Prorroga del contrato 522/14 Hasta 30 de junio de 2015 Importe Final ------------ Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1099/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto el Contrato N° 378/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y Cooperativa de Trabajo: Trabajo Belgranense Limitada y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 378 suscripto el día 22 de --------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia 378 Cooperativa de Trabajo: Trabajo Belgranense Limitada Calle 16 Nº826-Gral. Belgrano Prorroga del contrato 523/14 Hasta 30 de junio de 2015 Importe Final ------------ Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1100/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el Decreto Nº 943/15, que establece el cese de la agente municipal Marta B. Rosas para acogerse a los beneficios jubilatorios, y; CONSIDERANDO: Que la citada agente se desempeñó durante más de 30 años en la Municipalidad. Que el artículo 19, inciso f, de la Ley 11.757 – Estatuto del Empleada Municipal, establece que quien cumpla 30 años de antigüedad recibirá una retribución de 6 sueldos básicos. Que en la actualidad mantiene absoluta vigencia y en este caso en particular se trata de un pequeño reconocimiento económico por la tarea que con tanta dedicación y esmero ha desarrollado la Sra. Marta Rosas en el Municipio. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar a la ex agente municipal Marta Beatríz Rosas -------------------DNI: 6.197.153, la suma de Pesos veintiocho mil ciento veintitrés con 20/100 ($ 28.123,20), equivalente a seis (6) sueldos básicos, conforme lo establece el art. 19, inciso f, de la Ley 11757 – Estatuto del Empleado Municipal.-----------------------------------------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto --------------- se imputará a la Jurisdicción 1110101000, Programa 16, Actividad 01, inciso 1.1.5.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-----------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen -----------------razón Contaduría, Departamento Liquidación de Haberes, Recursos Humanos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1101/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el Decreto N° 1489/12; y, CONSIDERANDO: Que por la citada norma se dio comienzo a la utilización del sistema de Tarjeta VISA, para el otorgamiento de subsidios por alimentos. Que corresponde indicar las personas y los montos otorgados a cada mes. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio -Sin rendición de cuentas- a las personas ----------------que se detallan en el Anexo I, por los importes que en cada caso se consignan, cuyo importe total asciende a pesos Sesenta Mil ochocientos ($ 60.800.-).------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se ----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 25, Actividad 01, Partida 5.1.4.0 de la del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL Decreto N° 1101/15 SUBSIDIO TARJETA VISA MUNICIPAL MAYO 2015 ORDEN CUENTA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 44 45 512129651 512129668 512129682 512129699 512129705 512129712 512129729 512129736 512129743 512129750 512129767 512129781 512129798 512129804 512129811 512129828 512129835 512129842 512129859 512129873 512129880 512129903 512129910 512129927 512129934 512129941 512129958 512129965 512129972 512129989 512129996 512130006 512130013 512130037 512130044 512130051 512130068 512130075 512130082 512130099 512130105 512130112 512130136 512130143 APELLIDO Y NOMBRE RODRIGUEZ MARIA ELIZABETH ALGAÑARAZ MARISA LAMAS NIDIA ROSALIA ORTIGOZA CLARA SEBASTIANI MARIA BELEN WEBER LILIANA CASTELLO SONIA WILA SANDRA CAPRIA ROSANA ABACA JUAN ATUN TERESA BERGEON CRISTINA WILA LAURA SIVORI STELLA CABELLO ZULEMA SZOTT SILVIA QUINTEROS ROMINA LODIGIANI PAOLA ACOSTA NIEVES ROSA MIGDAL PATRICIA CAIMI MARCELA DIEZ GRISELDA MEDINA MARIELA GONZALEZ MARTA LOUSTAUNAU OMAR LOPEZ NELIDA PLADELLORENS ADRIAN EDUAR MOLINA MARCELA SOLANILLE ABIGAIL SEBASTIANI MARIA LUJAN DIAZ NATALIA DUARTE MIRIAM ARTOLA MIRIAM MONICA BOUZON LILIA PUERTAS MABEL ESNARRIAGA MARIA ESTHER OCHIPINTI GABRIELA GAETE YAMILA SOLEDAD AGUERO DANIELA SOLEDAD AGUERO MARA YOHANA SIVORI LAURA CORDOBA ESTELA MARIA FARIAS LAURA LIMA NATALIA PAOLA DOCUMENTO DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LE LC DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI 12423133 35393929 26663014 13484522 30021641 26807468 20441394 20499487 18056378 8576912 16264558 24237552 18615845 23013338 4869159 24227213 32128024 23667917 10257352 14650897 18056320 13667912 27479580 13891752 5213040 4082603 14030543 24844799 37784843 37054581 27882944 94305360 17051008 1719379 25269410 31259962 20674573 33173802 36092493 37054515 12493806 14030566 23106687 27857770 TARJETA 110430 110440 110460 110470 110430 110490 110500 110510 110520 110530 110540 110560 110570 110580 110590 110600 110610 110620 110630 110650 110660 110680 110690 110700 110710 110720 110730 110740 110750 110760 110770 110780 110790 110800 110810 110820 110830 110840 110850 110860 110870 110880 110900 110910 IMPORTE $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 ORDEN CUENTA 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 512130150 512130167 512130174 512130181 512130198 512130204 512130211 512130228 512130235 512130242 512130259 512130266 512130273 512130280 512130297 512130303 512130310 512130327 512130334 512130358 512130365 512130372 512130389 512130396 512130419 512130426 512130433 512130440 512130457 512130464 512130471 512130488 512130495 512130501 512130518 512130525 512130532 512130549 512130556 512130563 512130570 512130587 512130594 512130600 512130617 512130624 512130631 512130648 512130655 512130662 512130679 512130686 APELLIDO Y NOMBRE DURE BLANCA AMARILLO MARCELA FERNANDEZ SANDRA BONFIGLIO MARINA CHAGA SIMON LAURA CABRERA MARIA ANGELICA ARCE LUSI BAEZ CLAUDIA ROCHA STELLA MARIS WILA VERONICA ALEJANDRA LEGUIZAMON CARMEN BORELLA LORENA SENTURION ANGELA ADRIANA JURADO EUGENIA VIRRETO JUANA ADELINA ADOLF JUAN CARLOS ROMERO YAMILA MOLINA ABELARDO LEIVA LIDIA AMARILLO GRACIELA PEREYRA SILVIA RODRIGUEZ JORGE RAUL OLSOWY ANGELICA PEREYRA SUSANA WEBER GABRIELA CEJAS AMALIA NOEMI GILES DIANA MILLAS MARISA MORA NORMA MORENO XIOMARA AYELEN BICERNE MARIA CRISTINA ALMIRON RAMONA FLORENCIA AVILA CAROLINA COWES DAIANA HERNANDEZ FATIMA LAMENDOLA VERONICA LANDRIEL RITA CASSINO FLORENCIA ACOSTA MERCEDES DOMINGUEZ ROSANA DECATRE SANDRA ARRIETA NATALIA SOLEDAD ESEIZA MARIA ISABEL ESPINDOLA MIGUELINA JURADO MARISOL LANDA DALMA LATRONICO LAURA PISCITELLI ROBERTO BENITEZ PORFIRIA BRAMAJO JULIO DECATRE NESTOR DANIEL DUARTE ROMINA DOCUMENTO LC DNI DNI DNI CI DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LC LE DNI DNI 5474611 29216868 17816146 23521716 12112495 35393939 4279721 28648788 12705987 30021613 27290293 26807474 26284834 33645710 24541024 5869024 28363308 10325349 10014186 28123661 23456437 6161433 10769623 11706017 34234551 31599648 34791702 25814882 25814945 37784820 16369793 22315875 27857766 36635140 31599665 32197999 16325708 35393945 10180542 25685338 21570541 30021711 25814850 31447319 29450033 32700198 12967544 14030430 6399757 8333597 13012452 29949377 TARJETA 110920 110930 110940 110950 110960 110970 110980 110990 111000 111010 111020 111030 111040 111050 111060 111070 111080 111090 111100 111120 111130 111140 111150 111160 111180 111190 111200 111210 111220 111230 111240 111250 111260 111270 111280 111290 111300 111310 111320 111330 111340 111350 111360 111370 111380 111390 111400 111410 111420 111430 005470 111450 IMPORTE $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 ORDEN CUENTA 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 512131634 512130709 512130716 512130723 512130730 512130747 512130754 512130761 512130785 512130792 512130808 512130815 512130822 512130839 512130846 512130853 512130884 512130891 512130907 512130914 512130921 512130938 512130945 512130952 512130969 512130976 512130990 512131009 512131016 512131023 512131030 512131047 512131054 512131061 512131078 512131085 512131115 512131122 512131139 512131146 512131153 512131160 512131177 512131191 512131207 512131214 512131221 512131238 512131245 512131252 512131269 512131276 APELLIDO Y NOMBRE PALMA JORGE ELBAINO PABLA ELVIRA ESPERATTI ELBA NOEMI GONZALEZ ANTONIA GUTIERREZ LORENA HARAN JOSE LUIS MAHON IRMA MARZANO LILIANA BARBARA PION DELMA GABRIELA RIVERA STELLA MARIS SANYAR NORA SERVIA MARIA DEL CARMEN SIRES MARCELA LUJAN TALLON FLORENCIA TAVERNA ANDREA TAVERNA GLADYS VILLEGAS ERICA VERGA JULIA VILLEGAS LILIANA WILA ROSA WARD JOSE LUIS SALINAS LILIANA TOLOZA SUSANA LASCOITY SILVIA VALDINAZZI DALMA ORLANDO AIDELMAR ADELINA ACOSTA MARISA JAIMERENA GRACIELA MOLINA RAMON PEDRO SILVERO LILIANA RODRIGUEZ OSCAR ANIBAL GOMEZ SILVIA FLORES ROSANA ELCIRA BAEZ MIRTA LILIANA ESCOBAR CLAUDIA CASAL CARINA ACOSTA JUAN CARLOS RODRIGUEZ LORENA MILLAS LIDIA NOVELINO SILVIA FERNANDA BARBERO MARIA LUISA BLANCO YESSICA DANIELA MENDEZ MELINA MARIANELA MOLINA PILAR CORONEL JOSE CLAVIJO VERONICA DUARTE LUCIA MIRANDA CINTIA DE LA CANAL MARIA IRIGARAY MIRIAM GONZALEZ MARIA ALEJANDRA MICIELLI STELLA MARIS DOCUMENTO DNI LC DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LC LE DNI CI DNI DNI LC DNI DNI LE DNI LE DNI DNI LC DNI DNI LE DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI LE DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI 17579709 1476601 11132985 6180657 32128146 11470567 14030484 14257287 36092514 11912849 11706068 17294411 22097505 35393965 32128048 20555302 30877136 22535649 11759563 4791576 5217644 14860115 29107057 22389527 36092403 3798661 23456479 11494051 5213861 29244654 5219239 30060736 27239688 3284767 27359769 32710713 5324657 20441328 10257386 30530384 3422684 37054511 28211035 25814958 5206380 30530397 5944834 36635192 16845935 16482554 18621114 29694735 TARJETA 112406 111470 111480 111490 111500 111510 111520 111530 004283 111560 111570 111580 111590 111600 111610 111620 111650 111660 111670 111680 111690 111700 111710 111720 111730 111740 111760 111770 111780 111790 111800 111810 111820 111830 111840 111850 111880 111890 111900 111910 111920 111930 111940 111960 111970 111980 111990 112000 112010 112020 112030 112040 IMPORTE $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 ORDEN CUENTA 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 179 180 181 182 183 184 185 186 187 189 190 191 192 193 195 196 197 198 199 200 202 203 204 205 206 207 512131283 512131290 512131306 512131313 512131320 512131337 512131351 512131368 512131375 512131382 512131399 512131405 512131412 512131429 512131436 512131443 512131481 512131498 512131504 512131511 512131528 512131535 512131542 512131559 512131566 512131573 512131597 512131603 512131610 512131627 512131641 512131658 512131665 512131672 512131689 512131702 512131719 512131726 512131740 512131757 512131771 512131788 512131795 512131801 512131818 512131832 512131863 512131870 512131887 512131894 512131900 512131917 APELLIDO Y NOMBRE LOPEZ NOELIA SOLEDAD LOPEZ MARIA CRISTINA MICIELI GISELA AYALA LORENA ESTHER PROSDOCIMI ELVIRA ALMADA OSVALDO ARTIEDA FABIANA AYALA MARCELA BASUALDO MONICA BERON DAIANA BERON SILVIA DANIELA CHAVES VERONICA LUJAN CUESTAS NORMA DELGADO SUSANA DIEZ NATALIA TALLON AGUSTINA FLORES NORMA GARCIA CESAR EDUARDO GARCIA ELSA AURORA GATICA HECTOR JESUS GOMEZ ALBA GOMEZ ELSA BEATRIZ GOMEZ MARIA HAYDEE GONZALEZ ALEJANDRA GODOY MARIA INES IZURIETA MARIA DEL CARMEN LEANI AGUEDA MANZANARES AMELIA MOLINA GLADYS PALAVECINO ANGELA PAOLA PRIETO MARIA AURORA PONCE DE LEON LAURA PONCE DE LEON MARIA ANGEL QUINTEROS MERCEDES RISSO JUAN CARLOS ROSAS ANDREA VANINA RUGGIERO DOMINGO SABARIS CLAUDIA SILVEIRA ELIZABETH ANGELI STAGNO MONICA SUAREZ GRACIELA VARGAS EDUARDO VASQUEZ KARINA SOLEDAD VAZQUEZ ADRIANA MABEL ZUBELET JUANA ACOSTA CARLOS CORDOBA MONICA LUJAN CESARI ROSA CIURLANTI RUBEN CORDOBA CINTIA DIAZ ANGEL LORENZO IGLESIAS MARIA ELENA DOCUMENTO DNI DNI DNI DNI LC LE DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI LC DNI LE DNI LE DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI LE DNI 30021636 10769688 34462568 40622682 4785557 5211538 21056427 14722220 31168656 28267096 25623589 28648933 16369839 35891076 18898208 37054586 26989961 21446017 3429955 30021649 17253151 11494061 6373422 23013352 30530416 11246591 3252818 10769654 20037664 35073525 24237669 27573246 5474657 17593330 5211534 26145925 5219224 18355468 17585893 16369784 26277906 6920670 24237685 18665879 32700132 8333512 23667947 16626543 11246539 31599750 5083135 18043019 TARJETA 112050 112060 112070 112080 112090 112100 112120 112130 112140 112150 112160 112170 112180 112190 112200 112220 112250 112260 112270 112280 112290 112300 112310 112320 112330 112340 112360 112370 112380 112390 112410 112420 112430 112440 112450 112470 112480 112490 112510 112520 112540 112550 112560 112570 112580 112600 112630 112640 112650 112660 112670 112680 IMPORTE $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 250.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 ORDEN CUENTA 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 224 225 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 512131924 512131931 512131948 512131955 512131955 512131979 512131986 512131993 512132019 512132026 512132033 512132040 512132057 512132071 512132088 512132101 512132125 512132149 512132156 512132163 512132170 512132187 512132194 512132200 512132217 512132224 512132231 512132248 512132255 512132262 512132279 512132286 512132293 512132309 512132316 512132323 512132330 512132347 512132354 512132378 512132385 512132392 512132408 512132422 512132439 512132453 512132460 512132477 512132484 512132507 512132514 512132521 APELLIDO Y NOMBRE LEGUIZAMON MARIA ELENA LOZANO MARIA MATAMALA CARINA JULIANI DANIEL MARTIN MONTES SUSANA EMILIA MONTES MONICA GRACIELA MONTANINI VERONICA NAGERA MABEL PEREDA DANIEL PALLERO CAROLINA PAWLUCZIK FABIANA QUINTEROS MARIA ROSAS JORGE TORRES CARLA VELOZO ALDANA ZAPATA CRISTINA DECATRE PATRICIA VILLA LETICIA RAQUEL OTONELLO LUISA DOLORES RODRIGUEZ PAOLA DANIELA BARRAGAN MARIA DE LOS ANG DORADO HILDA BICO ROSANA DONADIO MARTA BARRAZA MIRTA RODRIGUEZ SUSANA AGUIRRE HUGO BICO MARIA ROSA TORRES VALERIA RODRIGUEZ SILVIA VERONICA TORMO MARIA ROCIO FERNANDEZ MARIANA SOLEDAD BICO CLAUDIO DELMAS TERESA SUSANA SERRANO MARTIN LUIS JULIANI NORA NOEMI ORTIGOZA MARTA BEATRIZ PAGANO HILDA MOLINA MARIA CRISTINA QUINTEROS NORMA PALAVECINO PAMELA DIAZ CAJES GABRIELA MARIA RAFECA CAMILA ARNOL YANINA CAVALLERI MIRTA NAGLE ANDREA MAZZENZIO LAURA MOJICA CLAUDIA MARGARITA VAZQUEZ CLAUDIA ARACELI GONZALEZ JESICA ELIZABETH RIVAROLA RAMONA JORGELINA GARCE ADRIANA EMILCE DOCUMENTO DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LC DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI 25814983 26807443 25313398 5216393 17827428 24817044 37054513 30312835 92444606 34491755 35393904 31168540 3340569 31168637 35219073 33035491 23005401 32700093 18248293 33645746 24817094 12844677 31211930 26989944 4791518 24237686 5254368 29683133 37054503 23325746 32274103 31168536 24958408 5270610 12984855 20036144 25514497 22085881 30530377 14907984 33269432 39665350 36936304 33269467 22771759 23477064 29450444 18651429 22771788 35093301 16219213 13484610 TARJETA 112690 112700 112710 112730 112730 112740 112750 112760 112780 112790 112800 112810 112820 112840 112850 112870 004317 112910 112920 112930 112940 112950 112960 112970 112980 112990 113000 113010 113020 113030 113040 113050 113060 113070 113080 113090 113100 113110 113120 113140 113150 113160 113170 113190 113200 113220 113230 113240 113250 113270 113280 113290 IMPORTE $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 250.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 ORDEN CUENTA APELLIDO Y NOMBRE 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 294 295 296 297 298 299 300 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 512132552 512132569 512132576 512132590 512132613 512132620 512132637 512132644 512132675 512132682 512132699 532027333 532027357 532027364 532027371 532027388 532027395 532027401 532027418 532027425 532027432 532027449 532027456 532027463 532027494 532027500 532027517 532027524 532027531 532027548 532027562 532027586 532027593 532027609 550120641 550120665 550120689 532027579 568143227 568143180 568143197 573791837 573791868 573791813 573791851 573791844 512131849 512132095 SIVORI PAOLA ELIZABETH VIVALDI MIRTA BARRIONUEVO DAIANA YESICA ESCOBAR ANALICIA ESTEFANI JATIP ANA ROSA CLERICI KEILA YANINA VILELA CAMILA ISABEL CORVALAN ESTEFANIA SOLEDA FLORES SILVIA PATRICIA ARNOL MANUELA CASTELLO MARIA CECILIA AGUIRRE WALTER ALZUGARAY PAULA CONFEGGI CINTIA DOS SANTOS SILVA FRANCILENE GOMIERO SILVANA JAIMES NATALIA LOBATTI GONZALEZ JULIA DORA MARGARIA ROSA SUSANA MORENO BETTINA OYARZUM MIRTA HAYDEE PERFETTO CLAUDIA QUIROGA CRUZ FLORA RODRIGUEZ JUANA CALABRESE ANA BELEN ARANA DOMINGA RODRIGUEZ ROSA BICO VERONICA BASUALDO ESTHER SAMANEK NORMA BARRERA CARMEN LANDA MARISOL RISSO ISABEL VASALLO LORENA MOREYRA ROSA ASCUA MARIANO PONCE JESICA GODOY MARIA DEL CARMEN CARBALLO RUBEN JURADO LEONELLA BELTRAN PILAR RADICI CECILIA JOHNSTON MONICA GUTIERREZ YOLANDA FLORES CLAUDIO ALVAREZ LILIANA ALVAREZ JUAN VIVARDO OVIDIO TOTAL DOCUMENTO DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LE 32128015 12403768 36092502 32128007 33800125 36919761 35073585 35073543 23335505 36635139 23667940 14.378.858 22.369.534 30.530.321 94.569.892 30.021.740 32.916.438 32.393.415 13.012.335 35.073.503 10.800.654 22.757.598 04.116.284 02.035.818 28.678.288 35.590.106 25.814.996 33.282.055 04.997.404 14.582.624 02.423.423 31.599.773 03.422.890 28.205.004 04.791.522 22.529.255 36.635.155 29.450.329 10.850.643 33.645.709 93.793.736 25.552.333 14.030.418 12.493.918 18.056.302 25.269.494 05.499.143 05.207.998 TARJETA 113320 113330 113340 113360 113370 113380 113390 113400 113430 113440 113450 132040 132065 132073 132081 132099 132107 132115 132123 132131 132149 132156 132164 132172 132198 132206 132214 132222 132230 132248 132263 132271 132289 132297 134129 134145 134160 133089 174919 174877 174885 192143 192176 192127 192168 192150 131849 112869 IMPORTE $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 $ 60.800.- 512129651 4223320000 512129668 4223320000 512129675 4223320000 512129682 4223320000 512129699 4223320000 512129705 4223320000 512129712 4223320000 512129729 4223320000 512129736 4223320000 512129743 4223320000 512129750 4223320000 512129767 4223320000 512129774 4223320000 512129781 4223320000 512129798 4223320000 512129804 4223320000 512129811 4223320000 512129828 4223320000 512129835 4223320000 512129842 4223320000 512129859 4223320000 512129866 4223320000 512129873 4223320000 512129880 4223320000 512129897 4223320000 512129903 4223320000 RODRIGUEZ MARIA ELIZABETH 2332000001 ALGA㺯ARAZ MARISA 2332000002 GUTIERREZ GRACIELA 2332000003 LAMAS NIDIA ROSALIA 2332000004 ORTIGOZA CLARA 2332000005 SEBASTIANI MARIA BELEN 2332000006 WEBER LILIANA 2332000007 CASTELLO SONIA 2332000008 WILA SANDRA 2332000009 CAPRIA ROSANA 2332000010 ABACA JUAN 2332000011 ATUN TERESA 2332000012 MICIELI NOEMI 2332000013 BERGEON CRISTINA 2332000014 WILA LAURA 2332000015 SIVORI STELLA 2332000016 CABELLO ZULEMA 2332000017 SZOTT SILVIA 2332000018 QUINTEROS ROMINA 2332000019 LODIGIANI PAOLA 2332000020 ACOSTA NIEVES ROSA 2332000021 BERON HUGO ARIEL 2332000022 MIGDAL PATRICIA 2332000023 CAIMI MARCELA 2332000024 NARTALLO ROMINA 2332000025 DIEZ GRISELDA 2332000026 DNI S/N DNI 12423133 0 DNI 0 DNI S/N DNI 5 DNI 0 DNI 0 DNI 0 DNI 0 DNI 0 LE 0 DNI 0 DNI 1 DNI 0 DNI 0 DNI 0 LC 0 DNI 1 DNI 0 DNI 2 DNI 7 DNI 2 DNI 5 DNI 3 DNI 14 DNI 14 35393929 67 13012395 54 26663014 13484522 4 30021641 15 26807468 17 20441394 64 20499487 32 18056378 12 8576912 77 16264558 8 10580330 15 24237552 55 18615845 72 23013338 5 4869159 18 24227213 22 32128024 53 23667917 31 10257352 77 31168643 6 14650897 42 18056320 11 29450468 45 13667912 28 512129910 4223320000 512129927 4223320000 512129934 4223320000 512129941 4223320000 512129958 4223320000 512129965 4223320000 512129972 4223320000 512129989 4223320000 512129996 4223320000 512130006 4223320000 512130013 4223320000 4223320000 512130037 4223320000 512130044 4223320000 512130051 4223320000 512130068 4223320000 512130075 4223320000 512130082 4223320000 512130099 4223320000 512130105 4223320000 512130112 4223320000 512130129 4223320000 512130136 4223320000 512130143 4223320000 512130150 4223320000 512130167 4223320000 MEDINA MARIELA DNI 2332000027 GONZALEZ MARTA 15 DNI 2332000028 LOUSTAUNAU OMAR 11 LE 2332000029 LOPEZ NELIDA 2332000030 PLADELLORENS ADRIAN EDUAR 2332000031 MOLINA MARCELA 2332000032 SOLANILLE ABIGAIL 2332000033 SEBASTIANI MARIA LUJAN 2332000034 DIAZ NATALIA 2332000035 DUARTE MIRIAM 2332000036 ARTOLA MIRIAM MONICA 2332000037 MOLINA MARIA CRISTINA 2332000038 BOUZON LILIA 2332000039 PUERTAS MABEL 2332000040 ESNARRIAGA MARIA ESTHER 2332000041 OCHIPINTI GABRIELA 2332000042 GAETE YAMILA SOLEDAD 2332000043 AGUERO DANIELA SOLEDAD 2332000044 AGUERO MARA YOHANA 2332000045 SIVORI LAURA 2332000046 CORDOBA ESTELA MARIA 2332000047 ACERBI MARIA CRISTINA 2332000048 FARIAS LAURA 2332000049 LIMA NATALIA PAOLA 2332000050 DURE BLANCA 2332000051 AMARILLO MARCELA 2332000052 12 LC 1 DNI S/N DNI 9 DNI 9 DNI 0 DNI 12 DNI 10 DNI 7 DNI 12 LC 16 DNI S/N DNI 3 DNI S/N DNI 0 DNI 5 DNI 1 DNI S/N DNI 9 LC 2 DNI 5 DNI S/N LC 7 DNI S/N 27479580 76 13891752 25 5213040 46 4082603 52 14030543 24844799 19 37784843 35 37054581 40 27882944 35 94305360 27 17051008 25 30530377 74 1719379 82 25269410 31259962 12 20674573 33173802 39 36092493 44 37054515 64 12493806 14030566 71 6696073 35 23106687 23 27857770 5474611 77 29216868 512130174 4223320000 512130181 4223320000 512130198 4223320000 512130204 4223320000 512130211 4223320000 512130228 4223320000 512130235 4223320000 512130242 4223320000 512130259 4223320000 512130266 4223320000 512130273 4223320000 512130280 4223320000 512130297 4223320000 512130303 4223320000 512130310 4223320000 512130327 4223320000 512130334 4223320000 512130341 4223320000 512130358 4223320000 512130365 4223320000 512130372 4223320000 512130389 4223320000 512130396 4223320000 512130402 4223320000 512130419 4223320000 512130426 4223320000 FERNANDEZ SANDRA DNI 2332000053 BONFIGLIO MARINA 10 DNI 2332000054 CHAGA SIMON LAURA 2332000055 CABRERA MARIA ANGELICA 2332000056 ARCE LUSI 2332000057 BAEZ CLAUDIA 2332000058 ROCHA STELLA MARIS 2332000059 WILA VERONICA ALEJANDRA 2332000060 LEGUIZAMON CARMEN 2332000061 BORELLA LORENA 2332000062 SENTURION ANGELA ADRIANA 2332000063 JURADO EUGENIA 2332000064 VIRRETO JUANA ADELINA 2332000065 ADOLF JUAN CARLOS 2332000066 ROMERO YAMILA 2332000067 MOLINA ABELARDO 2332000068 LEIVA LIDIA 2332000069 GONZALEZ EMILIANO 2332000070 AMARILLO GRACIELA 2332000071 PEREYRA SILVIA 2332000072 RODRIGUEZ JORGE RAUL 2332000073 OLSOWY ANGELICA 2332000074 PEREYRA SUSANA 2332000075 ANDRIK CARINA 2332000076 WEBER GABRIELA 2332000077 CEJAS AMALIA NOEMI 2332000078 0 CI 3 DNI 13 LC 2 DNI 12 DNI 12 DNI 0 DNI 12 DNI 14 DNI S/N DNI 10 DNI 5 LE 0 DNI 4 DNI 2 DNI S/N LE 6 DNI 3 DNI 1 LE S/N DNI 9 DNI 1 DNI 5 DNI S/N DNI 11 17816146 35 23521716 6 12112495 9 35393939 15 4279721 43 28648788 29 12705987 37 30021613 2 27290293 64 26807474 15 26284834 33645710 35 24541024 57 5869024 6 28363308 56 10325349 43 10014186 5202614 36 28123661 65 23456437 65 6161433 10769623 39 11706017 56 31168650 45 34234551 31599648 25 512130433 4223320000 512130440 4223320000 512130457 4223320000 512130464 4223320000 512130471 4223320000 512130488 4223320000 512130495 4223320000 512130501 4223320000 512130518 4223320000 512130525 4223320000 512130532 4223320000 512130549 4223320000 512130556 4223320000 512130563 4223320000 512130570 4223320000 512130587 4223320000 512130594 4223320000 512130600 4223320000 512130617 4223320000 512130624 4223320000 512130631 4223320001 512130648 4223320001 512130655 4223320001 512130662 4223320001 512130679 4223320001 512130686 4223320001 GILES DIANA DNI 2332000079 DNI 2332000080 S/N MORA NORMA DNI 2332000081 MORENO XIOMARA AYELEN DNI 2332000082 BICERNE MARIA CRISTINA DNI 2332000083 S/N ALMIRON RAMONA FLORENCIA DNI 2332000084 S/N AVILA CAROLINA DNI 2332000085 COWES DAIANA DNI 2332000086 HERNANDEZ FATIMA DNI 2332000087 LAMENDOLA VERONICA DNI 2332000088 S/N LANDRIEL RITA DNI 2332000089 CASSINO FLORENCIA DNI 2332000090 ACOSTA MERCEDES DNI 2332000091 DOMINGUEZ ROSANA DNI 2332000092 S/N DECATRE SANDRA DNI 2332000093 S/N ARRIETA NATALIA SOLEDAD DNI 2332000094 ESEIZA MARIA ISABEL DNI 2332000095 ESPINDOLA MIGUELINA DNI 2332000096 JURADO MARISOL DNI 2332000097 LANDA DALMA DNI 2332000098 S/N LATRONICO LAURA DNI 2332000099 PISCITELLI ROBERTO DNI 2332000100 BENITEZ PORFIRIA LC 2332000101 S/N BRAMAJO JULIO LE 2332000102 S/N DECATRE NESTOR DANIEL DNI 2332000103 DUARTE ROMINA DNI 2332000104 0 MILLAS MARISA 7 15 34791702 4 25814882 25814945 34 37784820 23 16369793 22315875 1 3 11 0 5 6 27857766 63 36635140 76 31599665 25 32197999 16325708 39 35393945 73 10180542 67 25685338 21570541 1 0 13 2 6 18 30021711 12 25814850 7 31447319 56 29450033 45 32700198 12967544 36 14030430 82 6399757 8333597 9 14 13012452 94 29949377 56 512130693 4223320001 512130709 4223320001 512130716 4223320001 512130723 4223320001 512130730 4223320001 512130747 4223320001 512130754 4223320001 512130761 4223320001 512130778 4223320001 512130785 4223320001 512130792 4223320001 512130808 4223320001 512130815 4223320001 512130822 4223320001 512130839 4223320001 512130846 4223320001 512130853 4223320001 512130860 4223320001 512130877 4223320001 512130884 4223320001 512130891 4223320001 512130907 4223320001 512130914 4223320001 512130921 4223320001 512130938 4223320001 512130945 4223320001 BARBERO ADRIANA 2332000105 ELBAINO PABLA ELVIRA 2332000106 ESPERATTI ELBA NOEMI 2332000107 GONZALEZ ANTONIA 2332000108 GUTIERREZ LORENA 2332000109 HARAN JOSE LUIS 2332000110 MAHON IRMA 2332000111 MARZANO LILIANA BARBARA 2332000112 MONTES RAUL ALBERTO 2332000113 PION DELMA GABRIELA 2332000114 RIVERA STELLA MARIS 2332000115 SANYAR NORA 2332000116 SERVIA MARIA DEL CARMEN 2332000117 SIRES MARCELA LUJAN 2332000118 TALLON FLORENCIA 2332000119 TAVERNA ANDREA 2332000120 TAVERNA GLADYS 2332000121 TOVILLAS CELIA 2332000122 VAZQUEZ SOFIA 2332000123 VILLEGAS ERICA 2332000124 VERGA JULIA 2332000125 VILLEGAS LILIANA 2332000126 WILA ROSA 2332000127 WARD JOSE LUIS 2332000128 SALINAS LILIANA 2332000129 TOLOZA SUSANA 2332000130 DNI 0 LC 0 DNI 0 LC S/N DNI 1 DNI 0 DNI 16 DNI S/N DNI 1 DNI 11 DNI 4 DNI S/N DNI S/N DNI 32128146 3 11470567 36 14030484 47 14257287 16626522 32 36092514 55 11912849 21 11706068 17294411 0 DNI S/N DNI S/N DNI 22097505 47 35393965 32128048 2 LC 0 DNI S/N DNI 20555302 36 4082568 76 13484569 0 30877136 67 22535649 1 11759563 79 4791576 DNI S/N DNI LC S/N LE S/N DNI S/N CI S/N 14692708 25 1476601 74 11132985 1 6180657 5217644 14860115 29107057 512130952 4223320001 512130969 4223320001 512130976 4223320001 512130983 4223320001 512130990 4223320001 512131009 4223320001 512131016 4223320001 512131023 4223320001 512131030 4223320001 512131047 4223320001 512131054 4223320001 512131061 4223320001 512131078 4223320001 512131085 4223320001 512131092 4223320001 512131108 4223320001 512131115 4223320001 512131122 4223320001 512131139 4223320001 512131146 4223320001 512131153 4223320001 512131160 4223320001 512131177 4223320001 512131184 4223320001 512131191 4223320001 512131207 4223320001 LASCOITY SILVIA DNI 2332000131 VALDINAZZI DALMA 2332000132 ORLANDO AIDELMAR ADELINA 2332000133 TELLECHEA ERMELINDA 2332000134 ACOSTA MARISA 2332000135 JAIMERENA GRACIELA 2332000136 MOLINA RAMON PEDRO 2332000137 SILVERO LILIANA 2332000138 RODRIGUEZ OSCAR ANIBAL 2332000139 GOMEZ SILVIA 2332000140 FLORES ROSANA ELCIRA 2332000141 BAEZ MIRTA LILIANA 2332000142 ESCOBAR CLAUDIA 2332000143 CASAL CARINA 2332000144 CUESTA EMILIO RODOLFO 2332000145 FERREYRA CELINA 2332000146 ACOSTA JUAN CARLOS 2332000147 RODRIGUEZ LORENA 2332000148 MILLAS LIDIA 2332000149 NOVELINO SILVIA FERNANDA 2332000150 BARBERO MARIA LUISA 2332000151 BLANCO YESSICA DANIELA 2332000152 MENDEZ MELINA MARIANELA 2332000153 RODRIGUEZ MARCELA ALEJAND 2332000154 MOLINA PILAR 2332000155 CORONEL JOSE 2332000156 4 DNI 9 LC 11 LC 7 DNI S/N DNI S/N LE S/N DNI S/N LE 22389527 4 36092403 63 3798661 28 700583 53 23456479 11494051 5213861 29244654 0 DNI 10 DNI 0 LC S/N DNI 6 DNI 7 LE 2 LC 4 LE S/N DNI S/N DNI 5219239 72 30060736 33 27239688 56 3284767 27359769 42 32710713 87 5083141 22 3425561 24 5324657 20441328 3 DNI S/N LC 13 DNI 5 DNI 18 DNI 5 DNI 11 LE 11 10257386 35 30530384 3422684 53 37054511 64 28211035 76 17191974 31 25814958 28 5206380 66 512131214 4223320001 512131221 4223320001 512131238 4223320001 512131245 4223320001 512131252 4223320001 512131269 4223320001 512131276 4223320001 512131283 4223320001 512131290 4223320001 512131306 4223320001 512131313 4223320001 512131320 4223320001 512131337 4223320001 512131344 4223320001 512131351 4223320001 512131368 4223320001 512131375 4223320001 512131382 4223320001 512131399 4223320001 512131405 4223320001 512131412 4223320001 512131429 4223320001 512131436 4223320001 512131443 4223320001 512131450 4223320001 512131467 4223320001 CLAVIJO VERONICA DNI 2332000157 DUARTE LUCIA 10 LC 2332000158 MIRANDA CINTIA 1 DNI 2332000159 DE LA CANAL MARIA 3 DNI 2332000160 IRIGARAY MIRIAM 2332000161 GONZALEZ MARIA ALEJANDRA 2332000162 MICIELLI STELLA MARIS 2332000163 LOPEZ NOELIA SOLEDAD 2332000164 LOPEZ MARIA CRISTINA 2332000165 MICIELI GISELA 2332000166 AYALA LORENA ESTHER 2332000167 PROSDOCIMI ELVIRA 2332000168 ALMADA OSVALDO 2332000169 ATELA MARISA 2332000170 ARTIEDA FABIANA 2332000171 AYALA MARCELA 2332000172 BASUALDO MONICA 2332000173 BERON DAIANA 2332000174 BERON SILVIA DANIELA 2332000175 CHAVES VERONICA LUJAN 2332000176 CUESTAS NORMA 2332000177 DELGADO SUSANA 2332000178 DIEZ NATALIA 2332000179 TALLON AGUSTINA 2332000180 ETCHEPARE HECTOR ROBERTO 2332000181 ETCHEIMBORDE HECTOR 2332000182 0 DNI 0 DNI S/N DNI S/N DNI 29694735 0 DNI 13 DNI 0 DNI S/N LC S/N LE 30021636 43 10769688 44 34462568 35 40622682 4785557 7 5211538 26 16369834 8 21056427 86 14722220 DNI S/N DNI DNI S/N DNI 8 DNI 0 DNI 5 DNI 13 DNI 0 DNI 14 DNI S/N DNI S/N DNI 31168656 83 28267096 30 25623589 83 28648933 25 16369839 85 35891076 45 18898208 37054586 0 DNI S/N 30530397 78 5944834 58 36635192 55 16845935 18 16482554 18 18621114 14737890 4 14030448 512131474 4223320001 512131481 4223320001 512131498 4223320001 512131504 4223320001 512131511 4223320001 512131528 4223320001 512131535 4223320001 512131542 4223320001 512131559 4223320001 512131566 4223320001 512131573 4223320001 512131580 4223320001 512131597 4223320001 512131603 4223320001 512131610 4223320001 512131627 4223320001 512131634 4223320002 512131641 4223320002 512131658 4223320002 512131665 4223320002 512131672 4223320002 512131689 4223320002 512131696 4223320002 512131702 4223320002 512131719 4223320002 512131726 4223320002 FERNANDEZ CHAVEZ CLAUDIA 2332000183 FLORES NORMA 2332000184 GARCIA CESAR EDUARDO 2332000185 GARCIA ELSA AURORA 2332000186 GATICA HECTOR JESUS 2332000187 GOMEZ ALBA 2332000188 GOMEZ ELSA BEATRIZ 2332000189 GOMEZ MARIA HAYDEE 2332000190 GONZALEZ ALEJANDRA 2332000191 GODOY MARIA INES 2332000192 IZURIETA MARIA DEL CARMEN 2332000193 IBARROLA VICTOR 2332000194 LEANI AGUEDA 2332000195 MANZANARES AMELIA 2332000196 MOLINA GLADYS 2332000197 PALAVECINO ANGELA PAOLA 2332000198 PALMA JORGE 2332000199 PRIETO MARIA AURORA 2332000200 PONCE DE LEON LAURA 2332000201 PONCE DE LEON MARIA ANGEL 2332000202 QUINTEROS MERCEDES 2332000203 RISSO JUAN CARLOS 2332000204 ROMERO RAUL 2332000205 ROSAS ANDREA VANINA 2332000206 RUGGIERO DOMINGO 2332000207 SABARIS CLAUDIA 2332000208 DNI 5 DNI S/N DNI S/N LC 21446017 15 DNI 2 DNI 0 DNI 0 LC 14 DNI 5 DNI S/N DNI S/N DNI S/N LC S/N DNI 3429955 89 30021649 61 17253151 73 11494061 19 6373422 45 23013352 75 30530416 11246591 22969007 3252818 2 DNI S/N DNI S/N DNI 10769654 66 20037664 35073525 13 DNI 0 DNI 0 LC S/N DNI S/N LE S/N LE S/N DNI 17579709 80 24237669 24 27573246 9 5474657 17593330 5211534 8415403 3 LE S/N DNI S/N 18355451 26 26989961 26145925 91 5219224 18355468 512131733 4223320002 512131740 4223320002 512131757 4223320002 512131764 4223320002 512131771 4223320002 512131788 4223320002 512131795 4223320002 512131801 4223320002 512131818 4223320002 512131825 4223320002 512131832 4223320002 512131849 4223320002 512131856 4223320002 512131863 4223320002 512131870 4223320002 512131887 4223320002 512131894 4223320002 512131900 4223320002 512131917 4223320002 512131924 4223320002 512131931 4223320002 512131948 4223320002 512131955 4223320002 512131955 4223320002 512131979 4223320002 512131986 4223320002 SILVA STELLA MARIS 2332000209 SILVEIRA ELIZABETH ANGELI 2332000210 STAGNO MONICA 2332000211 SUAREZ GABRIELA 2332000212 SUAREZ GRACIELA 2332000213 VARGAS EDUARDO 2332000214 VASQUEZ KARINA SOLEDAD 2332000215 VAZQUEZ ADRIANA MABEL 2332000216 ZUBELET JUANA 2332000217 ZUBELET PAOLA ANDREA 2332000218 ACOSTA CARLOS 2332000219 ALVAREZ JUAN 2332000220 CERZOCIMO AGUSTIN 2332000221 CORDOBA MONICA LUJAN 2332000222 CESARI ROSA 2332000223 CIURLANTI RUBEN 2332000224 CORDOBA CINTIA 2332000225 DIAZ ANGEL LORENZO 2332000226 IGLESIAS MARIA ELENA 2332000227 LEGUIZAMON MARIA ELENA 2332000228 LOZANO MARIA 2332000229 MATAMALA CARINA 2332000230 JULIANI DANIEL MARTIN 2332000231 MONTES SUSANA EMILIA 2332000232 MONTES MONICA GRACIELA 2332000233 MONTANINI VERONICA 2332000234 DNI 3 16085643 6 17585893 2 16369784 64 29216839 DNI S/N DNI DNI S/N DNI 8 LE 8 DNI 12 DNI 1 DNI S/N DNI S/N LE S/N LE S/N LE S/N DNI S/N DNI 26303477 8333512 5499143 7747165 23667947 4 DNI 3 DNI S/N LE S/N DNI S/N DNI 16626543 82 11246539 93 31599750 5083135 18043019 12 25814983 23 26807443 3 25313398 55 5216393 DNI S/N DNI LE S/N DNI S/N DNI 17827428 0 DNI S/N 26277906 34 6920670 60 24237685 16 18665879 84 32700132 24817044 64 37054513 512131993 4223320002 512132002 4223320002 512132019 4223320002 512132026 4223320002 512132033 4223320002 512132040 4223320002 512132057 4223320002 512132064 4223320002 512132071 4223320002 512132088 4223320002 512132095 4223320002 512132101 4223320002 512132118 4223320002 512132125 4223320002 512132132 4223320002 512132149 4223320002 512132156 4223320002 512132163 4223320002 512132170 4223320002 512132187 4223320002 512132194 4223320002 512132200 4223320002 512132217 4223320002 512132224 4223320002 512132231 4223320002 512132248 4223320002 NAGERA MABEL DNI 2332000235 S/N NOVELINO PAOLA DNI 2332000236 S/N PEREDA DANIEL DNI 2332000237 S/N PALLERO CAROLINA DNI 2332000238 PAWLUCZIK FABIANA DNI 2332000239 S/N QUINTEROS MARIA DNI 2332000240 S/N ROSAS JORGE LE 2332000241 TALLON AGUSTINA DNI 2332000242 TORRES CARLA DNI 2332000243 S/N VELOZO ALDANA DNI 2332000244 S/N VIVARDO OVIDIO LE 2332000245 ZAPATA CRISTINA DNI 2332000246 LEGUIZAMON CARMEN DNI 2332000247 DECATRE PATRICIA DNI 2332000248 DIAZ ELSA ESTELA LC 2332000249 VILLA LETICIA RAQUEL DNI 2332000250 OTONELLO LUISA DOLORES DNI 2332000251 RODRIGUEZ PAOLA DANIELA DNI 2332000252 BARRAGAN MARIA DE LOS ANG DNI 2332000253 S/N DORADO HILDA DNI 2332000254 S/N BICO ROSANA DNI 2332000255 S/N DONADIO MARTA DNI 2332000256 S/N BARRAZA MIRTA LC 2332000257 S/N RODRIGUEZ SUSANA DNI 2332000258 S/N AGUIRRE HUGO LE 2332000259 S/N BICO MARIA ROSA DNI 2332000260 S/N 30312835 27290245 92444606 5 34491755 67 35393904 31168540 0 13 3340569 47 37054586 77 31168637 35219073 2 0 0 1 1 3 4 12 5207998 45 33035491 2 27290293 34 23005401 34 4791432 74 32700093 65 18248293 65 33645746 27 24817094 12844677 31211930 26989944 4791518 24237686 5254368 29683133 512132255 4223320002 512132262 4223320002 512132279 4223320002 512132286 4223320002 512132293 4223320002 512132309 4223320002 512132316 4223320002 512132323 4223320002 512132330 4223320002 512132347 4223320002 512132354 4223320002 512132361 4223320002 512132378 4223320002 512132385 4223320002 512132392 4223320002 512132408 4223320002 512132415 4223320002 512132422 4223320002 512132439 4223320002 512132446 4223320002 512132453 4223320002 512132460 4223320002 512132477 4223320002 512132484 4223320002 512132491 4223320002 512132507 4223320002 TORRES VALERIA 2332000261 RODRIGUEZ SILVIA VERONICA 2332000262 TORMO MARIA ROCIO 2332000263 FERNANDEZ MARIANA SOLEDAD 2332000264 BICO CLAUDIO 2332000265 DELMAS TERESA SUSANA 2332000266 SERRANO MARTIN LUIS 2332000267 JULIANI NORA NOEMI 2332000268 ORTIGOZA MARTA BEATRIZ 2332000269 PAGANO HILDA 2332000270 MOLINA MARIA CRISTINA 2332000271 WILA VERONICA ALEJANDRA 2332000272 QUINTEROS NORMA 2332000273 PALAVECINO PAMELA 2332000274 DIAZ CAJES GABRIELA MARIA 2332000275 RAFECA CAMILA 2332000276 ACEVEDO ESTEFANIA 2332000277 ARNOL YANINA 2332000278 CAVALLERI MIRTA 2332000279 CUESTAS NORMA BEATRIZ 2332000280 NAGLE ANDREA 2332000281 MAZZENZIO LAURA 2332000282 MOJICA CLAUDIA MARGARITA 2332000283 VAZQUEZ CLAUDIA ARACELI 2332000284 DIAZ ELSA ESTELA 2332000285 GONZALEZ JESICA ELIZABETH 2332000286 DNI S/N DNI S/N DNI S/N DNI S/N DNI 37054503 23325746 32274103 31168536 7 LC S/N DNI S/N DNI 12984855 3 DNI S/N DNI S/N DNI S/N DNI S/N DNI S/N DNI 20036144 37 25514497 22085881 30530377 30021613 14907984 0 DNI S/N DNI 11 DNI 13 DNI 1 DNI S/N DNI 12 DNI 8 DNI 0 DNI 3 DNI 1 DNI S/N DNI S/N 24958408 76 5270610 33269432 16 39665350 36936304 70 23141806 61 33269467 76 22771759 16369839 66 23477064 56 29450444 37 18651429 73 22771788 36 4791432 35093301 512132514 4223320002 512132521 4223320002 512132538 4223320002 512132545 4223320002 512132552 4223320002 512132569 4223320002 512132576 4223320002 512132583 4223320002 512132590 4223320002 4223320002 512132613 4223320002 512132620 4223320002 512132637 4223320003 512132644 4223320003 512132651 4223320003 512132668 4223320003 512132675 4223320003 512132682 4223320003 512132699 RIVAROLA RAMONA JORGELINA 2332000287 GARCE ADRIANA EMILCE 2332000288 SEBASTIANI MARIA BELEN 2332000289 GONZALEZ CLAUDIA 2332000290 SIVORI PAOLA ELIZABETH 2332000291 VIVALDI MIRTA 2332000292 BARRIONUEVO DAIANA YESICA 2332000293 BLANCO JESSICA DANIELA 2332000294 ESCOBAR ANALICIA ESTEFANI 2332000295 PONCE JESICA VIVIANA 2332000296 JATIP ANA ROSA 2332000297 CLERICI KEILA YANINA 2332000298 VILELA CAMILA ISABEL 2332000299 CORVALAN ESTEFANIA SOLEDA 2332000300 BA㺯A ESTRELLA VANESA 2332000301 BENITEZ MARIA JULIETA 2332000302 FLORES SILVIA PATRICIA 2332000303 ARNOL MANUELA 2332000304 CASTELLO MARIA CECILIA 2332000305 DNI 0 DNI 5 DNI 15 DNI 1 DNI 4 DNI 10 DNI 3 DNI 9 DNI 1 DNI 0 DNI 14 DNI 0 DNI 0 DNI S/N DNI 10 DNI 10 DNI 0 DNI 2 DNI 16219213 7 13484610 4 30021641 12 29216804 97 32128015 53 12403768 44 36092502 65 37054511 47 32128007 76 36635155 40 33800125 92 36919761 27 35073585 16 35073543 25269497 73 28123747 33 23335505 60 36635139 35 23667940 DECRETO N° 1102/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto el Contrato de rescisión N° 379/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Olivera Cristian y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que fue suscripto el contrato Nº 320/15 de fecha 01 de mayo de 2015 y con vencimiento el día 31 del mes de agosto del mismo año, procediendo a la rescisión a través de este acto administrativo. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato de rescisión N° 379 suscripto el día 26 de -----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 379 Olivera Cristian Calle 25 de Mayo Nº 3926Berisso Rescisión de Contrato A partir del 01/06/2015 ---------------- Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1103/15 GENERAL BELGRANO, mayo 26 de 2015.Visto el Expediente 4041- P-7011/15, iniciado por la Peña Boquense Vicente Pernia de, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo, la citada institución solicita autorización para poner en circulación un bono contribución. Que el producto de lo obtenido, estará destinado a las causas “Una camioneta para Matías y Nicolás Olaeta” y “Todos por Agus López”. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Autorizar a la Peña Boquense “Vicente Pernia” a emitir, ---------------promover y circular un total de quinientos (500) Bonos Contribución, de dos números cada Bono, al valor de Pesos Cuarenta ($ 40.-) cada uno.---------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ------------------Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.--------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a la -----------------parte interesada, tomen razón las Direcciones de Contaduría, Ingresos Públicos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1104/15 GENERAL BELGRANO, mayo 26 de 2015.Visto la pelea de Box por la Defensa del Título Interprovincial a realizarse en la Provincia de la Pampa, ciudad de Pico Truncado, los días 29 y 30 de mayo de 2015, y; CONSIDERANDO: Que en esta competencia participará el joven deportista belgranense Alexis Torres. Que por tal motivo, su padre Oscar Torres, ha solicitado a la Dirección de Deportes una ayuda económica para acceder a dicha competencia. Que es necesario apoyar a los deportistas de la ciudad brindándoles la ayuda necesaria, dado que son representantes del pueblo de General Belgrano. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo otorgar un subsidio para solventar los gastos que le demande su participación en el evento. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio de Pesos ochocientos ($ 800.-) al Sr. Oscar ------------------Torres – DNI: 22.984.314, para ser afectado a gastos que demande la participación de su hijo Alexis Torres – DNI: 40.546.545, en la Pelea de Box por la Defensa del Título Interprovincial, a realizarse en la Provincia de la Pampa, ciudad de Pico Truncado, los días 29 y 30 de mayo de 2015.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 22,-Actividad 04, Inciso 5.1.4.0, del Presupuesto de Gastos vigentes.----------------------------- Artículo 3°: El beneficiario del presente Decreto, deberá rendir cuentas -----------------de la inversión realizada, conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.--------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Deportes, dese al registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1105/15 GENERAL BELGRANO, mayo 26 de 2015.Visto la reunión de la que participará el Sr. Intendente Municipal en la ciudad de Mar del Plata los días 27 y 28 de mayo de 2015; y, CONSIDERANDO: Que el Intendente se trasladará a la ciudad de Mar del Plata a fin de reunirse con el Jefe de Gabinete de la Nación Dr. Anibal Fernández, a fin de tratar temas de gestión municipal. Que el encuentro demandará el gasto de traslado y estadía del Intendente y su comitiva, los cuales serán efectuados a través de una caja chica especial otorgada para tal fin. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Autorizar el gasto que demande la participación del Intendente ----------------Municipal y su comitiva en la reunión con el Jefe de Gabinete de la Nación Dr. Anibal Fernández, a realizarse en la ciudad de Mar del Plata los días 27 y 28 de mayo de 2015.---------------------------------------------------Artículo 2º: Otorgar al Secretario Privado Matías Such – DNI: 30.021.775, ----------------una Caja Chica Especial de pesos tres mil ($ 3.000.-), los que deberán ser destinados a solventar el pago de los gastos de Combustibles y Lubricantes, Peajes, Servicios de Restaurante, alimentos, Alojamiento y Estacionamiento durante las jornadas enunciadas.---------------------------------Artículo 3°: Establecer que el Sr. Such deberá rendir cuentas de los -----------------fondos recibidos, y de no ser así deberá reintegrar los importes correspondientes en la Tesorería Municipal.-------------------------------------------Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será ----------------imputado a la Jurisdicción 1110101000, Programa 01, Actividad 01 del Presupuesto de Gastos vigente.-------------------------------------------------Artículo 5º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------- Artículo 6°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1106/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto el Contrato N° 380/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 380 suscripto el día 26 de --------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 380 Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Calle 16 Nº826-Gral. Belgrano Remodelación de los vestuario de la pileta municipal 02/06/15 al 02/12/15 $ 618.925 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1107/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto el Contrato N° 381/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 381 suscripto el día 26 de --------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 381 Cooperativa de Trabajo Integral General Belgrano Calle 16 Nº826-Gral. Belgrano Zanjeo y tapada para la ejecución de obras de agua corriente 02/06/15 al 02/07/15 $ 33.655 Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1108/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto el Contrato N° 382/15, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Agencia Nacional de Seguridad Vial representada por el Sr. Director Ejecutivo Felipe, Rodríguez Laguens y, CONSIDERANDO: Que el Municipio demanda la contratación de servicios varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad. Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial. Que es necesario proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 382 suscripto el día 26 de --------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el contratado que a continuación se detalla: N° Contratado Domicilio Servicio Vigencia Importe Final 382 Agencia Nacional de Seguridad Vial Av. Brasil Nº 55- C.A.B.A Comodato de un Alcoholímetro y una impresora para Alcoholímetro 26/05/15 al 26/05/16 ------------ Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1109/15 GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto la solicitud realizada por Mariana Vanesa Schwindt ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a las personas y por los montos que a -----------------continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE DNI MONTO Schwindt, Mariana Vanesa 26.205.798 $ 600 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Hacienda Luis H. Godoy Berrocal .--------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón las Direcciones de Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1110/15 GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7545/15, iniciado por la Dirección de Promoción Social; y, CONSIDERANDO: Que la Sra. Antonia González ha solicitado un microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda. Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al financiamiento solicitado. Que previamente, la Sra. Antonia González firmará con la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) . Que corresponde el dictado del acto administrativo de adjudicación del referido microcrédito. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos ----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), a la Sra. Antonia González- LC: 06.180.657, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.) destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad 06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131 Recurso afectado 34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------- Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación, Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1111/15 GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7541/15, iniciado por la Dirección de Promoción Social; y, CONSIDERANDO: Que la Srta. Cynthia Carla Busto ha solicitado un microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda. Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al financiamiento solicitado. Que previamente, la Srta. Cynthia Carla Busto firmará con la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) . Que corresponde el dictado del acto administrativo de adjudicación del referido microcrédito. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos ----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), a la Srta. Cynthia Carla Busto- DNI: 34.791.768, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.) destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad 06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131 Recurso afectado 34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------- Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente -----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación, Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1112/15 GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto la solicitud realizada por Alejandra Daniela Belloni ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a las personas y por los montos que a -----------------continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE DNI MONTO Belloni, Alejandra Daniela 25.273.135 $ 1.500 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Hacienda Luis H. Godoy Berrocal .--------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón las Direcciones de Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1113/15 GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el Decreto Nº 389/15, que establece el cese de la agente municipal Mónica Marcela Torrijos para acogerse a los beneficios jubilatorios, y; CONSIDERANDO: Que la citada agente se desempeñó durante más de 30 años en la Municipalidad. Que el artículo 19, inciso f, de la Ley 11.757 – Estatuto del Empleada Municipal, establece que quien cumpla 30 años de antigüedad recibirá una retribución de 6 sueldos básicos. Que en la actualidad mantiene absoluta vigencia y en este caso en particular se trata de un pequeño reconocimiento económico por la tarea que con tanta dedicación y esmero ha desarrollado la Sra. Mónica Marcela Torrijos en el Municipio. Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar a la ex agente municipal Mónica Marcela Torrijos – ------------------DNI: 11.123.845, la suma de Pesos veinticuatro mil doscientos noventa y dos con 56/100 ($ 24.292,56), equivalente a seis (6) sueldos básicos, conforme lo establece el art. 19, inciso f, de la Ley 11757 – Estatuto del Empleado Municipal.---------------------------------------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto --------------- se imputará a la Jurisdicción 1110101000, Programa 16, Actividad 01, inciso 1.1.5.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-----------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen -----------------razón Contaduría, Departamento Liquidación de Haberes, Recursos Humanos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1114/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto el Expediente 4041-A-7518/15, iniciado por la Agrupación Deportiva El Salado, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo, la citada institución solicita autorización para poner en circulación un bono donación. Que el producto de lo obtenido, estará destinado a cubrir necesidades de dicha institución, para beneficio de sus asociados y de toda la comunidad. Que habiendo cumplido con los requisitos necesarios, la Asesoría Legal y Técnica considera, a fojas 6, que no existen inconvenientes para autorizar lo solicitado. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Autorizar a la Agrupación Deportiva El Salado a emitir, promover -----------------y circular un Bono Donación de mil (1000) boletas consecutivas, de un número de tres cifras, al valor de Pesos trescientos cincuenta ($ 350.-) cada uno.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a la -----------------parte interesada, tomen razón Asesoría Legal y Técnica, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1115/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto la solicitud de licencia laboral sin goce de sueldo presentada por la agente Yanina Cesa, Legajo N° 1638, mediante Expediente 4041-C-7300/15; y, CONSIDERANDO: Que solicita la misma en el marco del artículo 46° de la Ley 11757 del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires por un tiempo determinado, dado las condiciones emocionales por las que se encuentra en la actualidad. Que a fojas 5, la Directora de Ingresos Públicos indica que no existen inconvenientes en otorgar la licencia sin goce de sueldo, especificando que sea a partir del 1 de junio de 2015, a los fines de preparar personal que la suplante en el cargo. Que a fojas 21 la Asesoría Legal y Técnica ha emitido dictamen indicando que se encuentran justificados los extremos para que la agente Cesa no solicite licencia médica, creyendo conveniente otorgar una licencia especial prevista en el artículo mencionado ut supra, sin goce de haberes, y por el término de tres (3) meses, prorrogables por un período igual, a solicitud de la agente con la debida antelación. Que a fojas 22, la Secretaría de Hacienda dictamina que no existen inconvenientes para otorgar la licencia solicitada. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar a la agente Yanina Cesa, DNI: 28.057.598 – Legajo N° -----------------1638, licencia sin goce de haberes, contemplada en el artículo 46° de la Ley 11757 del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por un período de tres (3) meses a partir del día 1 de junio de 2015, prorrogable por un período igual, con la solicitud de la agente con 15 días de antelación. ----------------------------------------------------Artículo 2º: Reservar el actual cargo de revista, Jefa de Departamento -------------------Descentralización Tributaria, durante todo el período que perdure su licencia.---------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ---------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Recursos Humanos, Departamento Liquidación de Haberes, Ingresos Públicos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1116/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto lo actuado en el expediente administrativo 4041-D-7565/15, y; CONSIDERANDO: Que a fojas 1 y 3, la Directora de Recursos Humanos, informa que la agente municipal Bárbara E. Gutiérrez, Legajo N° 2208, ha incurrido en una serie de inasistencias, injustificadas, a su puesto de trabajo. Que a fojas 3, obra cédula de intimación de fecha 18/05/2015, a los fines que la agente municipal se reintegre a sus tareas y justifique sus inasistencias, conforme lo determina el artículo 65° de la Ley 11.757. Que a fojas 4, consta el dictamen de la Asesoría Legal y Técnica que indica que analizadas las actuaciones, la prueba documental que obran en las presentes actuaciones, se considera oportuno y conveniente dejar cesante a la agente Bárbara E. Gutiérrez conforme lo prescribe la Ley 11.757 Estatuto del Personal de las Municipalidades de la Pcia. de Buenos Aires, en el Capítulo I “Obligaciones del agente: artículo 65° El agente que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo……” Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Disponer a partir del 11 de mayo de 2015, la cesantía de la -----------------agente Bárbara E. Gutiérrez, DNI: 30.530.438, Legajo N° 2208, por haber incurrido en abandono de cargo. (art. 65 ley 11.757).------------------Artículo 2°: Notificar el presente Decreto a la agente municipal.------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Recursos Humanos, Contaduría, Liquidación de Haberes, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1117/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-N-7525/15, iniciado por la Sra. María del Carmen Nartallo; y, CONSIDERANDO: Que la Sra. Nartallo solicita el beneficio que otorga el Fondo Esperanza de Vida para la adquisición de un par de lentes para su hija, Milagros Ayelen Díaz, puesto que presenta un diagnóstico de dificultad de visión. Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del par de lentes, teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de la solicitante. Que a fojas 10, la Comisión Reguladora del Fondo Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por la Sra. María del Carmen Nartallo, conforme el presupuesto de fojas 3 (Óptica Soloeta) Que corresponde el dictado del acto administrativo. Por ello; EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Otorgar un subsidio a la Sra. María del Carmen Nartallo - DNI: -----------------16.845.976 de Pesos Mil Cuatrocientos Ochenta ($1.480.-) para solventar los gastos que demande la adquisición del par de lentes.-------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se ----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------- Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la -----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1118/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la obra benéfica realizada por el Dr. Alberto Salim Quelas en el Hogar Esperanza; y CONSIDERANDO: Que en el mismo, y por diferentes razones, habitan de manera permanente un grupo de niños cuyas familias no brindan la contención necesaria que merecen. Que el Hogar Esperanza, no recibe subvenciones de ningún tipo, por lo que su funcionamiento depende exclusivamente de donaciones realizadas por vecinos. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo otorgar un subsidio para gastos de funcionamiento de la institución. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo1º: Otorgar un subsidio de Pesos Cuatrocientos Treinta y Uno con ----------------81/100 ($ 431.81.-) al Hogar Esperanza, en la persona de su presidente Alberto Salim Quelas – DNI 07.199.578, destinados a cubrir gastos que demande el funcionamiento de la institución.--------------------------Artículo 2º: Imputar el presente gasto a la Jurisdicción 1110102000 ------------------Programa 01 – Actividad 00 – inciso 5.1.7.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: La entidad beneficiaria del presente Decreto deberá rendir ------------------cuenta de la inversión realizada mediante balance de inversión, conforme lo establece la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------------------------------------------------------------ Artículo 4º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ---------------- Contaduría, Tesorería, dese al registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1119/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la solicitud realizada por Pamela Anahi Clavijo ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a ----------------- continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Clavijo, Pamela Anahi DNI 36.213.893 MONTO $ 500 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL archívese.----------- DECRETO N° 1120/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7120/15, y la sanción de la Ordenanza N° 22/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 22/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1121/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7451/15 y la sanción de la Ordenanza N° 23/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 23/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante que convalida el Convenio N° 169/15-------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1122 /15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7448/15 y la sanción de la Ordenanza N° 24/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 24/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Contaduría, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1123/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7450/15 y la sanción de la Ordenanza N° 25/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 25/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Contaduría, Inventario, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1124/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-A-5311/14, y la sanción de la Ordenanza N° 26/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 26/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante, que incorpora articulado a la Ordenanza 89/14.-----------------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Asesoría Legal y Técnica, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1125/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-L-6059/14, y la sanción de la Ordenanza N° 27/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 27/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Asesoría Legal y Técnica, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1126 /15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-M-6020/14 y la sanción de la Ordenanza N° 28/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 28/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Asesoría Legal y Técnica, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1127/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7447/15 y la sanción de la Ordenanza N° 29/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 29/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Inventario, Servicios Turísticos y Medio Ambiente dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1128/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7457/15 y la sanción de la Ordenanza N° 30/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 30/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1129/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7455/15, y la sanción de la Ordenanza N° 31/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 31/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1130/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7458/15 y la sanción de la Ordenanza N° 32/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 32/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1132/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la sanción de la Ordenanza N° 33/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 33/2015, sancionada por el ------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen -------------------conocimiento Control y Fiscalización, Servicios Turísticos y Medio Ambiente, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL DECRETO N° 1132/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el Campeonato Argentino XC – Tercera Copa del Cable Carril, realizarse los días 5 y 6 de junio de 2015 en la ciudad de Chilecito, Provincia de La Rioja, y; CONSIDERANDO: Que en este campeonato participará el deportista belgranense Raúl Peccorelli. Que por tal motivo, ha solicitado a la Dirección de Deportes una ayuda económica para acceder a dicha competencia. Que es necesario apoyar a los deportistas de la ciudad brindándoles la ayuda necesaria, dado que son representantes del pueblo de General Belgrano. Que es voluntad del Departamento Ejecutivo otorgar un subsidio para solventar los gastos que le demande su participación. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio de Pesos ochocientos ($ 800.-) al ----------------Sr. Peccorelli Raúl – DNI: 14.378.954, para solventar los gastos que demande su participación en Campeonato Argentino XC – Tercera Copa del Cable Carril, a realizarse los días 5 y 6 de junio de 2015, en la ciudad de Chilecito, Provincia de La Rioja.-----------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será -----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 22, Actividad 04, Inciso 5.1.4.0, del Presupuesto de Gastos vigentes.----------------------------Artículo 3°: La entidad beneficiaria del presente Decreto, deberá rendir ------------------cuentas de la inversión realizada, conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------ Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.--------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ------------------Contaduría, Tesorería, Deportes, dese al registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1133/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la emergencia habitacional que padecen varias viviendas precarias de nuestra localidad; y, CONSIDERANDO: Que esto provoca inconvenientes en la población, afectados en su mayoría viviendas humildes, causando pérdidas en los interiores de las mismas muebles, vestimentas, etc, por humedades y goteras.Que el Departamento Ejecutivo, debe colaborar con las personas damnificadas, realizando una compra de materiales a fin de colaborar con la reparación de las viviendas dañadas. Que la Dirección de Promoción Social deberá cumplimentar con todos los requisitos para hacer la entrega de los mismos Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar subsidios en especie. Que corresponde el dictado del acto administrativo para autorizar la adquisición de materiales de construcción. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de Pesos doce mil doscientos sesenta y ----------------ocho ($ 12.268.-) el gasto que demande la compra de materiales de construcción para mejoras habitacionales de viviendas precarias de nuestra localidad.------------------------------------------------------------------------------Cantidad Material Precio unitario Precio total 100 Bolsa de cemento x 50 kg. $ 86,21 $ 8.621,00 100 Bolsa de cal x 30 kg. $ 36,47 $ 3.647,00 TOTAL $ 12.268,00 Artículo 2º: Establecer que la Dirección de Promoción Social será la ------------------encargada de efectuar, registrar y resguardar las encuestas socioeconómicas correspondientes y llevar un registro adecuado de la mercadería entregada, donde se constaten los datos de los beneficiarios y la fecha de entrega.------------------------------------------------------------------------------Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se -----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 25, Actividad 04, Partida 5.1.4.0, Fuente de Financiamiento 110.----------------------------------Artículo 4º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el -----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Compras, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y archívese.-------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO Nº 1134/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015 Visto los requerimientos de modificaciones presupuestarias efectuadas por todos los sectores de la administración Municipal; y, CONSIDERANDO: Que para un correcto funcionamiento de la misma, resulta necesario autorizar a la Dirección de Presupuesto, la realización de transferencias de partidas entre los distintos sectores. Que debe dictarse el decreto que apruebe las transferencias del mes de mayo de 2015. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1º: Aprobar las Transferencias efectuadas por la Dirección de -----------------Presupuesto en el mes de mayo de 2015, por los importes que para cada Jurisdicción, Categoría Programática y Partida se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto y que ascienden a la suma de Pesos un millón cuatrocientos veinticuatro mil ciento sesenta con 91/100 ($ 1.424.160,91).-------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ---------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón -----------------Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DETALLE DE MODIFICACIONES DE GASTOS 01/05/2015 al 31/05/2015 Jurisdicción: 1110101000 - Conducción Superior Categoría Programática: 01.00.00 - Gestión y Administración Superior 01.01.00 - Desarrollo de Politicas Centrales Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.3.2.0 - Papel para computación 06/05/2015 Modificación - NOTA 197/2015 Total Partida Partida: 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón 06/05/2015 Modificación - NOTA 197/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Desarrollo de Politicas Centrales Categoría Programática: 01.00.00 - Gestión y Administración Superior 01.05.00 - Centro Inter Universitario Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas 11/05/2015 Modificación - NOTA 205/2015 1.000,00 1.000,00 -1.000,00 -1.000,00 0,00 0,00 Total Partida -1.500,00 -1.500,00 Total Partida 115,00 115,00 Total Partida -115,00 -115,00 Total Partida 1.500,00 1.500,00 Total Partida -5.000,00 -5.000,00 Partida: 2.7.9.0 - Otros 26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015 Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios 26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015 Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 11/05/2015 Modificación - NOTA 205/2015 Partida: 3.5.1.0 - Transporte 26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015 Partida: 3.7.1.0 - Pasajes 26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015 Total Partida Total Fuente 132 - De origen provincial Total Proyecto Centro Inter Universitario Categoría Programática: 01.00.00 - Gestión y Administración Superior 01.06.00 - Prensa y Comunicación Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 4.3.6.0 - Equipo para computación 22/05/2015 Modificación - NOTA 221/2015 Total Partida Partida: 4.3.9.0 - Equipos varios 22/05/2015 Modificación - NOTA 221/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Prensa y Comunicación Total Programa Gestión y Administración Superior Total Jurisdicción Conducción Superior 5.000,00 5.000,00 0,00 0,00 50,00 50,00 -50,00 -50,00 0,00 0,00 0,00 0,00 Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno Categoría Programática: 20.00.00 - Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente 20.01.00 - Gestion, Coordinacion y Administracion de Servicios Turisticos Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón 07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015 26/05/2015 Modificación - NOTA 225/2015 Total Partida Partida: 2.9.9.0 - Otros 07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015 Total Partida Partida: 3.5.9.0 - Otros 26/05/2015 Modificación - NOTA 225/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal -2.192,00 -1.500,00 -3.692,00 2.192,00 2.192,00 1.500,00 1.500,00 0,00 Total Proyecto Gestion, Coordinacion y Administracion de Servicios Turisticos 20.00.00 - Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente 20.04.00 - Gestion, coordinación y control de politicas ambientales Fuente de Financiamiento: 131 - De origen municipal Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza 07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015 Total Partida Partida: 3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad 07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015 Total Partida Total Fuente 131 - De origen municipal Total Proyecto Gestion, coordinación y control de politicas ambientales Categoría Programática: 20.00.00 - Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente 20.06.00 - Administracion y Control de la Planta de Reciclado de Residuos Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire 07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015 Total Partida Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios 07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015 08/05/2015 Modificación - NOTA 202/2015 Total Partida Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo 08/05/2015 Modificación - NOTA 202/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Administracion y Control de la Planta de Reciclado de Residuos Total Programa Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente Categoría Programática: 21.00.00 - Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural 21.01.00 - Conducción y Administración de Políticas Culturales Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas 22/05/2015 Modificación - NOTA 223/2015 Total Partida Partida: 4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles 22/05/2015 Modificación - NOTA 223/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Conducción y Administración de Políticas Culturales Categoría Programática: 21.00.00 - Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural 21.02.00 - Escuela Municipal de Talleres Artísticos (EMTA) Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial Partida: 2.3.3.0 - Productos de artes gráficas 07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015 Total Partida Partida: 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón 07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015 Total Partida Partida: 2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 Total Partida Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores 07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015 Total Partida Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 Total Partida Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza 07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015 Total Partida Partida: 2.9.9.0 - Otros 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 Total Partida Partida: 3.3.9.0 - Otros 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 Total Partida Total Fuente 132 - De origen provincial Total Proyecto Escuela Municipal de Talleres Artísticos (EMTA) Categoría Programática: 21.00.00 - Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural 21.06.00 - Proyeccion de películas y obras de teatro 0,00 Categoría Programática: 2.300,00 2.300,00 -2.300,00 -2.300,00 0,00 0,00 9.000,00 9.000,00 -9.000,00 -36.000,00 -45.000,00 36.000,00 36.000,00 0,00 0,00 0,00 -1.570,00 -1.570,00 1.570,00 1.570,00 0,00 0,00 -700,00 -700,00 100,00 100,00 3.000,00 3.000,00 200,00 200,00 -1.000,00 -1.000,00 400,00 400,00 -1.000,00 -1.000,00 -1.000,00 -1.000,00 0,00 0,00 Fuente de Financiamiento: 131 - De origen municipal Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Total Partida -6.000,00 -4.500,00 -10.500,00 Total Partida -250,00 -250,00 Total Partida 250,00 250,00 Total Partida 1.000,00 1.000,00 Total Partida 1.000,00 1.000,00 Total Partida 1.200,00 1.200,00 Total Partida 6.000,00 6.000,00 Total Partida -200,00 -200,00 Partida: 2.2.1.0 - Hilados y telas 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 Partida: 2.5.9.0 - Otros 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Partida: 2.7.9.0 - Otros 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015 Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Total Partida Total Fuente 131 - De origen municipal Total Proyecto Proyeccion de películas y obras de teatro Total Programa Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural Categoría Programática: 22.00.00 - Desarrollo de Políticas de Deportes y Recreación 22.01.00 - Conducción y Administración de Políticas de Deportes y Recreación Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas 18/05/2015 Modificación - NOTA 214/2015 Total Partida Partida: 2.7.2.0 - Productos no ferrosos 18/05/2015 Modificación - NOTA 214/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Conducción y Administración de Políticas de Deportes y Recreación Categoría Programática: 22.00.00 - Desarrollo de Políticas de Deportes y Recreación 22.02.00 - Desarrollo Deportivo e Inclusión Social Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas 07/05/2015 Modificación - NOTA 198/2015 Total Partida Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza 07/05/2015 Modificación - NOTA 198/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Desarrollo Deportivo e Inclusión Social Total Programa Desarrollo de Políticas de Deportes y Recreación Categoría Programática: 24.00.00 - Promoción y Desarrollo Social 24.02.00 - Guardería y Jardín Maternal "Emanu-el" Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial Partida: 2.1.4.0 - Productos agroforestales 13/05/2015 Modificación - NOTA 211/2015 Total Partida Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 13/05/2015 Modificación - NOTA 211/2015 Total Partida Total Fuente 132 - De origen provincial Total Proyecto Guardería y Jardín Maternal "Emanu-el" Categoría Programática: 24.00.00 - Promoción y Desarrollo Social 24.03.00 - Desarrollo de Políticas de Género e Inclusión Social Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas 1.500,00 1.500,00 0,00 0,00 0,00 300,00 300,00 -300,00 -300,00 0,00 0,00 -500,00 -500,00 500,00 500,00 0,00 0,00 0,00 400,00 400,00 -400,00 -400,00 0,00 0,00 28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015 Total Partida -1.000,00 -1.000,00 Total Partida -1.000,00 -1.000,00 Total Partida 500,00 1.000,00 1.500,00 Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes 05/05/2015 Modificación - NOTA 191/2015 Partida: 2.7.9.0 - Otros 05/05/2015 Modificación - NOTA 191/2015 28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015 Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios 05/05/2015 Modificación - NOTA 191/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Desarrollo de Políticas de Género e Inclusión Social Categoría Programática: 24.00.00 - Promoción y Desarrollo Social 24.05.00 - Casa Municipal para Estudiantes en "La Plata" Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.5.8.0 - Productos de material plástico 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 500,00 500,00 0,00 0,00 Total Partida 200,00 200,00 Total Partida 600,00 600,00 Total Partida 500,00 500,00 Total Partida -500,00 -500,00 Partida: 2.7.9.0 - Otros 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015 Partida: 2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio 28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015 Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones 29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Casa Municipal para Estudiantes en "La Plata" Total Programa Promoción y Desarrollo Social Categoría Programática: 25.00.00 - Asistencia Social Directa 25.01.00 - Plan Alimentario Municipal Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas 28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Plan Alimentario Municipal Categoría Programática: 25.00.00 - Asistencia Social Directa 25.04.00 - Ayuda para Mejoramientos Habitacionales Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas 28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Ayuda para Mejoramientos Habitacionales Total Programa Asistencia Social Directa Categoría Programática: 26.00.00 - Direccion de Promocion Turistica 26.01.00 - Posicionamiento de Gral. Belgrano como destino turistico Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.3.3.0 - Productos de artes gráficas 12/05/2015 Modificación - NOTA 209/2015 19/05/2015 Modificación - NOTA 218/2015 -800,00 -800,00 0,00 0,00 0,00 -30.000,00 -30.000,00 -30.000,00 -30.000,00 30.000,00 30.000,00 30.000,00 30.000,00 0,00 Total Partida -6.000,00 -300,00 -6.300,00 Total Partida 100,00 100,00 Total Partida 6.000,00 6.000,00 Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 19/05/2015 Modificación - NOTA 218/2015 Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 12/05/2015 Modificación - NOTA 209/2015 Partida: 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos 19/05/2015 Modificación - NOTA 218/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Posicionamiento de Gral. Belgrano como destino turistico 200,00 200,00 0,00 0,00 Categoría Programática: 26.00.00 - Direccion de Promocion Turistica 26.02.00 - Actividades desarrolladas en la Colonia El Salado Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes 22/05/2015 Modificación - NOTA 222/2015 Total Partida Partida: 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica 22/05/2015 Modificación - NOTA 222/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Actividades desarrolladas en la Colonia El Salado Total Programa Direccion de Promocion Turistica Total Jurisdicción Secretaría de Gobierno 400,00 400,00 -400,00 -400,00 0,00 0,00 0,00 0,00 Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría de Hacienda Categoría Programática: 01.00.00 - Conducción y Administración de Políticas de Hacienda 01.01.00 - Conducción de Políticas de Hacienda Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.3.2.0 - Papel para computación 06/05/2015 Modificación - NOTA 195/2015 Total Partida 2.000,00 2.000,00 Total Partida -3.000,00 -3.000,00 Partida: 3.1.5.0 - Correos y telégrafo 06/05/2015 Modificación - NOTA 195/2015 Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo 06/05/2015 Modificación - NOTA 195/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Conducción de Políticas de Hacienda Categoría Programática: 01.00.00 - Conducción y Administración de Políticas de Hacienda 01.02.00 - Dirección de Ingresos Públicos Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza 29/05/2015 Modificación - NOTA 228/2015 1.000,00 1.000,00 0,00 0,00 Total Partida 4.000,00 4.000,00 Total Partida -600,00 -490,00 -690,00 -2.070,00 4.000,00 150,00 Total Partida -8.000,00 -8.000,00 Total Partida -4.753,70 -4.753,70 Total Partida 600,00 600,00 Total Partida 4.753,70 4.753,70 Total Partida 2.070,00 2.070,00 Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios 05/05/2015 Modificación - NOTA 189/2015 06/05/2015 Modificación - NOTA 193/2015 08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015 21/05/2015 Modificación - NOTA 220/2015 29/05/2015 Modificación - NOTA 228/2015 Partida: 3.1.5.0 - Correos y telégrafo 29/05/2015 Modificación - NOTA 228/2015 Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015 Partida: 3.3.9.0 - Otros 05/05/2015 Modificación - NOTA 189/2015 Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones 08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015 Partida: 4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento 21/05/2015 Modificación - NOTA 220/2015 Partida: 4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles 06/05/2015 Modificación - NOTA 193/2015 08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Dirección de Ingresos Públicos Total Programa Conducción y Administración de Políticas de Hacienda Categoría Programática: 29.00.00 - Políticas de Desarrollo Local 29.01.00 - Conducción y Administración de Políticas de Desarrollo Local Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas 05/05/2015 Modificación - NOTA 190/2015 490,00 690,00 1.180,00 0,00 0,00 0,00 -1.000,00 Total Partida Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores 05/05/2015 Modificación - NOTA 190/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Conducción y Administración de Políticas de Desarrollo Local Total Programa Políticas de Desarrollo Local Total Jurisdicción Secretaría de Hacienda -1.000,00 1.000,00 1.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Planeamiento, Obras y Serv. Públicos Categoría Programática: 41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad 41.01.00 - Administración de Políticas de la Dirección de Servicios Públicos Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.7.9.0 - Otros 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 Total Partida Partida: 2.9.9.0 - Otros 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Administración de Políticas de la Dirección de Servicios Públicos Categoría Programática: 41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad 41.03.00 - Servicios Prestados en Cementerio Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes 19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015 Total Partida Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores 19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015 Total Partida Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015 Total Partida Partida: 2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Servicios Prestados en Cementerio Categoría Programática: 41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad 41.07.00 - Conservación y Mantenimiento de la Red Vial Municipal - RURAL Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015 Total Partida Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios 20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015 Total Partida Partida: 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Conservación y Mantenimiento de la Red Vial Municipal - RURAL Categoría Programática: 41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad 41.08.00 - Conservación y Mantenimiento de la Via Pública URBANA Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes 15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015 Total Partida Partida: 2.7.1.0 - Productos ferrosos 11/05/2015 Modificación - NOTA 206/2015 15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015 Total Partida Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores -1.000,00 -1.000,00 1.000,00 1.000,00 0,00 0,00 -200,00 -200,00 1.000,00 1.000,00 1.000,00 1.000,00 -2.000,00 -2.000,00 200,00 200,00 0,00 0,00 800,00 800,00 -800,00 -800,00 -60.000,00 -60.000,00 60.000,00 60.000,00 0,00 0,00 2.500,00 2.500,00 -2.000,00 -3.500,00 -5.500,00 11/05/2015 13/05/2015 15/05/2015 Modificación - NOTA 206/2015 Modificación - NOTA 210/2015 Modificación - NOTA 213/2015 Total Partida 2.000,00 800,00 1.000,00 3.800,00 Total Partida 900,00 900,00 Total Partida -1.800,00 -1.800,00 Partida: 2.7.9.0 - Otros 13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015 Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza 13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015 Partida: 2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor 13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Conservación y Mantenimiento de la Via Pública URBANA Total Programa Servicios Urbanos a la Comunidad Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.01.00 - Gestión, Coordinación y Control de las Obras Públicas Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire 05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015 Total Partida Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015 Total Partida Partida: 2.9.9.0 - Otros 05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015 Total Partida Partida: 3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte 05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Partida: 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos 04/05/2015 Modificación - NOTA 187/2015 05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015 Total Partida Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo 04/05/2015 Modificación - NOTA 187/2015 Total Partida Partida: 3.5.1.0 - Transporte 11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015 Total Partida Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones 11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015 12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015 Total Partida Partida: 3.7.2.0 - Viáticos 12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015 Total Partida Partida: 4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo 05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Gestión, Coordinación y Control de las Obras Públicas Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.02.00 - Reparación y Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Municipales Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.1.4.0 - Productos agroforestales 15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015 18/05/2015 Modificación - NOTA 215/2015 Total Partida Partida: 2.4.3.0 - Artículos de caucho 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Partida: 2.5.8.0 - Productos de material plástico 15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015 Total Partida Partida: 2.5.9.0 - Otros 100,00 100,00 0,00 0,00 0,00 -1.000,00 -1.000,00 -3.000,00 -3.000,00 1.000,00 1.000,00 2.000,00 5.000,00 7.000,00 -5.000,00 -5.000,00 2.000,00 -2.000,00 0,00 -2.000,00 -2.000,00 1.000,00 1.000,00 -1.000,00 -6.000,00 -7.000,00 6.000,00 6.000,00 3.000,00 3.000,00 0,00 0,00 300,00 700,00 1.000,00 700,00 700,00 -700,00 -700,00 11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015 Total Partida 1.000,00 1.000,00 Total Partida -66.000,00 -1.000,00 -67.000,00 Total Partida -4.100,00 -4.100,00 Total Partida 4.100,00 4.100,00 Total Partida -300,00 -300,00 Partida: 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015 Partida: 2.7.2.0 - Productos no ferrosos 07/05/2015 Modificación - NOTA 199/2015 Partida: 2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas 07/05/2015 Modificación - NOTA 199/2015 Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015 Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza 18/05/2015 Modificación - NOTA 215/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Reparación y Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Municipales Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.04.00 - Mejoramientos Habitacionales - Plan "Abrigo y Calidez" Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal Partida: 2.7.1.0 - Productos ferrosos 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015 Total Partida Partida: 2.7.2.0 - Productos no ferrosos 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015 Total Partida Partida: 2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas 11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015 Total Partida Partida: 2.7.9.0 - Otros 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 Total Partida Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015 Total Partida Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015 Total Partida Total Fuente 110 - Tesoro Municipal Total Proyecto Mejoramientos Habitacionales - Plan "Abrigo y Calidez" Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.75.00 - Obras de urbanización en distintos barrios Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial Partida: 1.2.1.0 - Retribuciones del cargo 18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015 Total Partida Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015 Total Partida Partida: 3.3.9.0 - Otros 19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015 Total Partida Total Fuente 132 - De origen provincial Total Proyecto Obras de urbanización en distintos barrios Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.76.00 - Obra de desagues pluviales en distintos puntos de la ciudad Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial Partida: 1.2.1.0 - Retribuciones del cargo 18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015 Total Partida Partida: 2.7.9.0 - Otros 18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015 Total Partida Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015 -700,00 -700,00 -66.000,00 -66.000,00 30.000,00 -3.080,21 26.919,79 5.000,00 -700,00 4.300,00 3.780,21 3.780,21 1.000,00 1.000,00 10.000,00 10.000,00 30.000,00 -10.000,00 20.000,00 66.000,00 66.000,00 -225.000,00 -225.000,00 58.000,00 58.000,00 -58.000,00 -58.000,00 -225.000,00 -225.000,00 -155.000,00 -155.000,00 637.000,00 637.000,00 -135.000,00 Total Partida Total Fuente 132 - De origen provincial Total Proyecto Obra de desagues pluviales en distintos puntos de la ciudad Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.77.00 - Obras de Infraestructura en Servicios de Gas, Agua y Cloacas Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial Partida: 1.2.1.0 - Retribuciones del cargo 18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015 Total Partida Partida: 2.7.9.0 - Otros 15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015 Total Partida Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015 19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015 Total Partida Partida: 3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad 19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015 Total Partida Total Fuente 132 - De origen provincial Total Proyecto Obras de Infraestructura en Servicios de Gas, Agua y Cloacas Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.80.00 - Obras de saneamiento en Barrios Olivares-Los Chobos-Meneses y Jose Mar Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional Partida: 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 06/05/2015 Modificación - NOTA 196/2015 Total Partida Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 06/05/2015 Modificación - NOTA 196/2015 12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015 Total Partida Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales 12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015 Total Partida Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 Total Partida Total Fuente 133 - De origen nacional Total Proyecto Obras de saneamiento en Barrios Olivares-Los Chobos-Meneses y Jos Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.83.00 - Cordon Cuneta y Pavimento Intertrabado Barrios 102 y ATEPAM Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional Partida: 2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso 29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015 Total Partida Partida: 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso 13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015 Total Partida Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015 29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015 Total Partida Total Fuente 133 - De origen nacional Total Proyecto Cordon Cuneta y Pavimento Intertrabado Barrios 102 y ATEPAM Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.87.00 - Refuncionalización Paseo de las Vías Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional Partida: 2.1.4.0 - Productos agroforestales 05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015 Total Partida Partida: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas 29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015 Total Partida Partida: 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso 05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015 Total Partida Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015 Total Partida -135.000,00 347.000,00 347.000,00 -122.000,00 -122.000,00 44.200,00 44.200,00 -44.200,00 36.000,00 -8.200,00 -36.000,00 -36.000,00 -122.000,00 -122.000,00 -3.900,00 -70.000,00 -73.900,00 70.000,00 90.000,00 160.000,00 -90.000,00 -90.000,00 3.900,00 3.900,00 0,00 0,00 -50.000,00 -50.000,00 -40.000,00 -40.000,00 40.000,00 50.000,00 90.000,00 0,00 0,00 11.700,00 11.700,00 10.000,00 10.000,00 -11.700,00 -11.700,00 -3.900,00 -11.000,00 -14.900,00 Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza 29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015 Total Partida Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 Total Partida Total Fuente 133 - De origen nacional Total Proyecto Refuncionalización Paseo de las Vías Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.88.00 - Programa Federal de Viviendas - 141 mejoramientos habitacionales Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional Partida: 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica 11/05/2015 Modificación - NOTA 206/2015 Total Partida Partida: 2.7.1.0 - Productos ferrosos 11/05/2015 Modificación - NOTA 206/2015 Total Partida Total Fuente 133 - De origen nacional Total Proyecto Programa Federal de Viviendas - 141 mejoramientos habitacionales Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas 42.89.00 - Refuncionalización Avenida Italia Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 Total Partida Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones 06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015 Total Partida Total Fuente 133 - De origen nacional Total Proyecto Refuncionalización Avenida Italia Total Programa Planeamiento y Obras Públicas Total Jurisdicción Secretaría de Planeamiento, Obras y Serv. Públicos 1.000,00 1.000,00 3.900,00 3.900,00 0,00 0,00 50.000,00 50.000,00 -50.000,00 -50.000,00 0,00 0,00 -3.900,00 -3.900,00 3.900,00 3.900,00 0,00 0,00 0,00 0,00 DECRETO N° 1135/15 GENERAL BELGRANO, junio 1 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y, CONSIDERANDO: Que el informe socioeconómico realizado por la citada Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado. Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar un subsidio a las personas y por los montos que a -----------------continuación se detallan: APELLIDO Y NOMBRE Palacios, Andrea Celeste Tomba, Hugo Vallejos, María Cristina Vázquez Penayo, Guillermina Zurita, Noelia Andrea DNI 38.927.836 8.333.521 24.237.633 95.066.156 28.366.815 MONTO $2.000 $500 $500 $1.200 $700 Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la ---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen ----------------- razón las Direcciones de Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL DECRETO N° 1136/15 GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015 Visto la solicitud de beca de estudio presentada por la agente municipal Pía Betsabé Sola, y; CONSIDERANDO: Que estaría destinada a solventar sus estudios en la Universidad Nacional de Quilmes, en la cual cursa el 3° año de la Licenciatura en Turismo y Hotelería. Que el Presupuesto vigente, en la Dirección de Recursos Humanos contempla una partida destinada a becas de estudios para agentes municipales.Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA Artículo 1°: Otorgar una beca de estudios a la agente municipal que a ----------------continuación se detalla, de Pesos Cuatrocientos ($ 400.-) mensual, durante los meses de mayo a diciembre de 2015, destinada a solventar el costo de sus estudios universitarios. NOMBRE Y APELLIDO DNI LEGAJO Pía Betsabé Sola 37.698.992 2219 CARRERA Licenciatura en Turismo y Hotelería Artículo 2°: El gasto que demande el presente decreto, será imputado a la ----------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 - Actividad 05 – Inciso 5.1.3.0., Fuente de Financiamiento 132, Recurso 11.4.02.00 del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------------------------------ Artículo 3°: Dejar establecido que el beneficiario del presente deberá ------------------presentar ante la Dirección de Recursos Humanos una constancia de estudios.----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el ------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a -----------------la parte interesada, tomen razón Contaduría, Tesorería, Recursos Humanos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 267/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 4606/96, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Cordón Cuneta – Contribución por Mejoras - Cuenta Nº 1018200 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Lidia Maria Azuri; Alberto Julio Azuri; por el -------------- concepto de Tasa de Cordón Cuneta – Contribución por Mejoras, Cuenta Nº 1018200 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 15E, Parcela 4 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 1/2012 a 14/2013 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Trescientos Ochenta y Ocho con 03/100 -------------- ($ 388,03.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Mil Seiscientos Ochenta y Uno con 45/100 ($ 1.681,45.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. ------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 268/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D –4606/96, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la Tasa por Servicio de Red Cloacal - Cuenta Nº 1018200 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Lidia María Azuri; Alberto Julio Azuri --------------por concepto de Tasa por Servicios de Red Cloacal, Cuenta Nº 1018200 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 15E, Parcela 4, una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 1/2012 a 11/2013 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Trescientos Uno con 33/100 --------------- ($ 301,33.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Mil Trescientos Cinco con 76/100 ($ 1.305,76.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. ----Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------- partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 269/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-B-10.200/09; y, CONSIDERANDO: Que a fojas 37 Marina Leticia Belinzoni solicita la baja del comercio habilitado como Lavadero de Vehículo, ubicado en el local de Avenida Libertad N°896 de General Belgrano. Que a fojas 41, la Dirección de Control y Fiscalización recomienda otorgar la baja comercial, de acuerdo al artículo 12° de la Ordenanza 59/2010. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Dar la Baja del Registro de Comercio de esta Municipalidad a ---------------partir del 14 de mayo de 2015 al comercio rubro: LAVADERO DE AUTOS – INSCRIPCION N° 201600, propiedad de Marina Leticia Belinzoni – DNI: 23.013.301, ubicado en Avenida Libertad N° 896 de la Localidad de General Belgrano.-----------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón --------------- Control y Fiscalización, Procesamiento de Datos, Legales de Ingresos Públicos, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 270/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-D-2158/13; y, CONSIDERANDO: Que a fojas 31, Salvador Pérez Macazaga solicita la baja del comercio habilitado como Estudio Fotográfico- Anexo kiosco, ubicado en el local de calle Juan E. de la Fuente N° 873 de General Belgrano. Que a fojas 36, la Dirección de Control y Fiscalización recomienda otorgar la baja comercial, de acuerdo al artículo 12° de la Ordenanza 59/2010. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Dar la Baja del Registro de Comercio de esta Municipalidad a ---------------partir del 14 de mayo de 2015 al comercio rubro: ESTUDIO FOTOGRAFICO- KIOSCO – INSCRIPCION N° 266700, propiedad de Salvador Pérez Macazaga – DNI: 37.662.692, ubicado en Juan E. de la Fuente N° 873 de la Localidad de General Belgrano.--------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón --------------- Control y Fiscalización, Procesamiento de Datos, Legales de Ingresos Públicos, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 271/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-L-12391/06; y, CONSIDERANDO: Que a fojas 13, solicita la baja del comercio habilitado como Carnicería, Anexos, Frutería y verdulería, ubicado en el local de calle Guido Esq. Rondeau de General Belgrano. Que a fojas 20, la Dirección de Control y Fiscalización recomienda otorgar la baja comercial, de acuerdo al artículo 12° de la Ordenanza 59/2010. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Dar la Baja del Registro de Comercio de esta Municipalidad a ---------------partir del 14 de mayo de 2015 al comercio rubro: CARNICERIA, ANEXOS, FRUTERIA Y VERDULERIA – INSCRIPCION N° 163500, propiedad de Juan Martin Landaburu – DNI: 25.269.402, ubicado en Guido Esq. Rondeau de la Localidad de General Belgrano.-------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón --------------- Control y Fiscalización, Procesamiento de Datos, Legales de Ingresos Públicos, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 272/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-D–14.722/11, iniciado por el Sr. Patricio Jorge Finnegan, solicitando la habilitación de Transporte Escolar, y; CONSIDERANDO: Que el Sr. Finnegan ha presentado la documentación requerida, aceptando las obligaciones tributarias dispuestas en la Ordenanza 31/2004 y la Fiscal e Impositiva vigente. Que la Dirección de Control y Fiscalización ha informado que ha dado cumplimiento a las normativas vigentes. Que a través del convenio suscripto con el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires (Dirección Provincial del Transporte), en su cláusula primera delega a la Municipalidad autorizar y controlar la prestación de servicio públicos de autotransporte de pasajeros especializados de categoría Escolar a que se refieren los artículos 17º infine – del Decreto – Ley número 16378/57 (Ley Organiza del Transporte de Pasajeros) y 33º siguientes concordantes del Decreto Nº 6864/58, cuyo recorrido no exceda los limites territoriales del municipio. Que corresponde el dictado del acto administrativo para su habilitación. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Habilitar a partir del 15 de mayo de 2015, el Transporte -------------------Escolar Inscripción Municipal Nº 15, marca HYUNDAI, modelo 1999, Dominio CRV 256, propiedad del Sr. Patricio Jorge Finnegan, CUIT 20-05219245-6, de la Localidad de General Belgrano.-----------------------------Artículo 2º: Establecer como fecha de vencimiento de la presente habilitación ----------------el día 15 de mayo de 2016.------------------------------------------------- Artículo 3°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tome razón ------------------Control y Fiscalización, Recaudación, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.-----------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 273/15 GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-D- 5491/14 por el cual Marcelo Fabián Moras solicita la habilitación de un Comercio, y; CONSIDERANDO: Que la parte solicitante ha presentado la documentación requerida, aceptando las obligaciones dispuestas en la Ordenanza 59/10 y la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente. Que a fojas 14, la Dirección de Control y Fiscalización recomienda otorgar su habilitación. Que a fojas 15, el Departamento Legales de Ingresos Públicos informa que el contribuyente ha suscripto y presentado el Convenio de Adhesión al Sistema de Determinación y Liquidación de la Tasa de Seguridad e Higiene (SIATSEH). Que corresponde el dictado del acto administrativo que otorgue la habilitación de comercio. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Habilitar a partir del 27 de abril de 2015, el comercio rubro ----------------VENTA AL POR MENOR DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS– Categoría 522991, inscripción municipal Nº 279500, propiedad de Marcelo Fabián Moras – CUIT: 20-18606773-9, en el local ubicado en calle 4 N° 1824, de General Belgrano, nomenclatura catastral Circ. I, Sección F, Manzana 58C, Parcela 5C.--------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ------------------Control y Fiscalización, Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.-------------------------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 274/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente Nº 4041- D- 12.892/10 por el cual PEDROSA CARLOS SEBASTIAN, solicita la habilitación de un Comercio, y; CONSIDERANDO: Que la parte solicitante ha presentado la documentación requerida, aceptando las obligaciones dispuestas en la Ordenanza 59/10 y la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente. Que a fojas 98, la Dirección de Control y Fiscalización recomienda otorgar su habilitación. Que a fojas 99, el Departamento Legal de Ingresos Públicos informa que el contribuyente ha suscripto y presentado el Convenio de Adhesión al Sistema de Determinación y Liquidación de la Tasa de Seguridad e Higiene (SIATSEH). Que corresponde el dictado del acto administrativo que otorgue la habilitación de comercio. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Habilitar a partir del 11 de MAYO de 2015, el comercio rubro --------------SERVICIO DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS EN BARES, CAFETERIA Y PIZZERIA– Categoría 552112, inscripción municipal Nº 284800, propiedad de CARLOS SEBASTIAN PEDROSA – CUIT: 2030025330-0, en el local ubicado en calle Rivadavia Nº 798, de General Belgrano, nomenclatura catastral Circ. I, Sección B, Manzana 98, Parcela 15H, Subparcela 7.----------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ------------------Control y Fiscalización, Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 275/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente Nº 4041- D – 14.464/11, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo, se otorgó la habilitación al Sr. Fabián Alejandro Caus para el desarrollo de la actividad rubro – CASA DE COMIDAS- ROTISERIA en el local ubicado en calle Rivadavia N° 920 de la localidad de General Belgrano. Que la Dirección de Control y Fiscalización solicita a fojas 48 a 49 la baja de comercio de oficio. Que el código de Habilitaciones Comerciales de esta Municipalidad, en su artículo 13 inciso a) establece que podrá efectuarse la baja del comercio aun cuando el titular del comercio no la haya solicitado y existan pruebas consistentes de haber cesado la actividad comercial. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Dar la Baja de oficio del Registro de Comercio de esta ---------------Municipalidad a partir del 12 de enero de 2015 al comercio rubro CASA DE COMIDAS- ROTISERIA, propiedad del Sr. Fabián Alejandro Caus ubicado en calle Rivadavia N° 920 de la localidad de General Belgrano.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Proceder a notificar e intimar fehacientemente al titular del ------------------comercio, de deuda existente en caso de corresponder.---------Artículo 3º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón el --------------- Control y Fiscalización, Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese en su Legajo Comercial.-----------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION Nº 276/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente Nº 4041- D- 14.464/11 por el cual PEDROSA CARLOS SEBASTIAN, solicita la habilitación de un Comercio, y; CONSIDERANDO: Que la parte solicitante ha presentado la documentación requerida, aceptando las obligaciones dispuestas en la Ordenanza 59/10 y la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente. Que a fojas 51, la Dirección de Control y Fiscalización recomienda otorgar su habilitación. Que a fojas 52, el Departamento Legal de Ingresos Públicos informa que el contribuyente ha suscripto y presentado el Convenio de Adhesión al Sistema de Determinación y Liquidación de la Tasa de Seguridad e Higiene (SIATSEH). Que corresponde el dictado del acto administrativo que otorgue la habilitación de comercio. Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUE LVE Artículo 1°: Habilitar a partir del 18 de MAYO de 2015, el comercio rubro --------------ELABORACION PANADERIA– Categoría ARTESANAL 154190, DE inscripción PRODUCTOS municipal Nº DE 284900, propiedad de CARLOS SEBASTIAN PEDROSA – CUIT: 20-30025330-0, en el local ubicado en calle Rivadavia Nº 920, de General Belgrano, nomenclatura catastral Circ. I, Sección A, Manzana 43, Parcela 7.--------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ------------------Control y Fiscalización, Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------- Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano - Intendencia. ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 277/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 3427/14, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 22800 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Benancio Ceferino Botte; María Esther -------------Carugatti de Botte; María José Botte; por concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales, Cuenta Nº 22800 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 14, Parcela 18 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 2/2014 a 3/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Seiscientos Noventa y Seis con --------------- 31/100 ($ 696,31.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Tres Mil Diecisiete con 33/100 ($ 3.017,33.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 278/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 1049/99, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 233700 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar al Sr. Ibarrolaza Ricardo; por concepto de Tasa por -------------Servicios Urbanos Municipales, Cuenta Nº 233700 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 4C, Parcela 0 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 4/1999 a 3/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Trece Mil Trescientos Cincuenta y Uno con --------------- 78/100 ($ 13.351,78.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Cincuenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Siete con 70/100 ($ 57.857,70.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. --------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 279/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 4133/04, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 337700 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Ambrosio Sosa; Ángel Aníbal Martínez; por ------------concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales, Cuenta Nº 337700 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 29D, Parcela 9 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 3/2010 a 3/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Ochocientos Quince con 57/100 --------------- ($ 2.815,57.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Doce Mil Doscientos con 81/100 ($ 12.200,81.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. -----Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 280/15 GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041-R- 3720/14, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 361102 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Juan, Duhalde y otra- Sandro Rosendo Rea --------------por concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales, Cuenta Nº 361102 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 32B, Parcela 9B una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 2/2013 a 3/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en Pesos Mil Ochocientos Noventa con 57/100 ------------ ($ 1.890,57) el importe de la multa por omisión y de Ocho Mil Cientos Noventa y Dos con 48/100 ($ 8.192,48) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. -----Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a --------------- partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ---------------- Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 281/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 2171/13, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 285600 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a la Sra. Irma Ethel Prandi de Roletto; por concepto de ------------- Tasa por Servicios Urbanos Municipales Cuenta Nº 285600 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 20A, Parcela 7 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 2/2009 a 3/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Ochocientos Setenta y Dos con --------------- 49/100 ($ 2.872,49-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Doce Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete con 45/100 ($ 12.447,45.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. -----------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 282/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 18.167/12, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 991900 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Pedro Clementino Olivares; Ángela Adriana -------------Senturion por concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales Cuenta Nº 991900 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección G, Manzana 64Y, Parcela 1 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 3/2012 a 3/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Mil Ciento Setenta con --------------- 06/100 ($ 1.170,06.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Cinco Mil Setenta con 25/100 ($ 5.070,25.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 283/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D - 4133/04, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Contribución por Pavimento - Cuenta Nº 337700 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Ambrosio Sosa; Ángel Aníbal Martínez por -------------concepto de tasa de Contribución Pavimento, por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 29D, Parcela 9 Cuenta Nº 337700 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 2/2011 a 51/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Mil Doscientos Quince con 15/100 --------------($ 1.215,15.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Cinco Mil Doscientos Sesenta y Cinco con 65/100 ($ 5.265,65.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. -----------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 284/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- R- 3720/14, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Cordón Cuneta – Contribución por Mejoras - Cuenta Nº 361102 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Juan Duhalde y otra; Sandro Rosendo Rea --------------por el concepto de Tasa de Cordón Cuneta – Contribución por Mejoras, Cuenta Nº 361102 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 32B, Parcela 9B una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 1/2013 a 23/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Cuatrocientos Setenta y Uno con 22/100 -------------- ($ 471,22.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Dos Mil Cuarenta y Uno con 94/100 ($ 2.041,94.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. --------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 285/15 GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D –1049/99, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la Tasa por Servicio de Red Cloacal - Cuenta Nº 233700 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar al Sr. Ibarrolaza Ricardo; por concepto de Tasa por -------------Servicios de Red Cloacal, Cuenta Nº 233700 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 4C, Parcela 0, una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 1/2012 a 37/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Ochocientos Sesenta y Cuatro con 21/100 --------------- ($ 864,21.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Tres Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro con 92/100 ($ 3.744,92.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. ------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------- partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION N° 287/15 GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el expediente 4041-D- 11.913/10 y la Resolución N° 196/15, y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Control y Fiscalización ha incurrido en un error involuntario al enunciar el número de inscripción municipal del comercio. Que a fojas 102, al confeccionar el informe final de habilitación se menciona como inscripción municipal la número 287300, cuando en realidad debía decir inscripción numero 287200. Que en el marco del artículo N° 115° de la Ordenanza General 267/80 de Procedimiento Administrativo, corresponde rectificar el artículo 1° de la Resolución N° 196/15 a fin de subsanar el error. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado de la ---------------- Resolución N° 196/15 en su artículo 1°, expresando que quedara redactado de la siguiente manera: “Habilitar a partir del 27 de marzo de 2015, el comercio rubro CONFITERIA BAILABLE- categoría 921914, inscripción municipal N° 287200, propiedad de La Morada Bar S.R.L.- CUIT: 30-71479010-9, en el local ubicado en calle Juan E. de la Fuente N° 639, de General Belgrano, nomenclatura catastral Circ. I, Sección A, Manzana 36, Parcela 13B- Subparcela 10.”-------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION N° 288/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto el expediente 4041-D- 7169/15 y la Resolución N° 251/15, y; CONSIDERANDO: Que se ha incurrido en un error involuntario al enunciar el número de parcela del inmueble en cuestión. Que a fojas 14, al confeccionar la resolución de multa de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales, se menciona la parcela 52, cuando en realidad debía decir parcela 5. Que en el marco del artículo N° 115° de la Ordenanza General 267/80 de Procedimiento Administrativo, corresponde rectificar el artículo 1° de la Resolución N° 251/15 a fin de subsanar el error. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado de la ---------------- Resolución N° 251/15 en su artículo 1°, expresando que quedara redactado de la siguiente manera: “Aplicar al Sr. Humberto Noé Terenziani; por concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales, Cuenta N° 1165202 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección G, Manzana 63F3, Parcela 5 una multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 4/2010 a 2/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado- dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).”--------------------------------------------------------------------- Artículo 2º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCION N° 289/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto el expediente 4041-D- 1699/13 y la Resolución N° 200/15, y; CONSIDERANDO: Que se ha incurrido en un error involuntario al enunciar a la contribuyente. Que a fojas 25, al confeccionar la resolución de multa por Crédito Municipal, se menciona a Claudia Alejandra Lucha, cuando en realidad debía decir Carolina Elizabeth Baigorria. Que en el marco del artículo N° 115° de la Ordenanza General 267/80 de Procedimiento Administrativo, corresponde rectificar el artículo 1° de la Resolución N° 200/15 a fin de subsanar el error. Por ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado de la ---------------- Resolución N° 200/15 en su artículo 1°, expresando que quedara redactado de la siguiente manera: “Aplicar a la Sra. Carolina Elizabeth Baigorria; por concepto de pago de crédito municipal “DESDE EL PIE”, contribuyente N° 34-180460-4, una multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 1/2013 a 18/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado- dentro de los días (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). B. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%). 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el --------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 290/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 23.678/07, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal - Cuenta Nº 2210400 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar al Sr. Confeggi Juan Pastor; por el concepto de Tasa por ------------Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Cuenta Nº 2210400 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Secc. A, Chacra 8, Parcela 2, una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 5/2005 a 2/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Cuatro con 35/100 ---------------- ($2.004,35.-) el importe de la multa por omisión y de pesos Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Cinco con 53/100 ($ 8.685,53.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. --------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 291/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 23.678/07, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal - Cuenta Nº 2210500 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar al Sr. Confeggi Juan Pastor; por el concepto de Tasa por ------------Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Cuenta Nº 2210500 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Secc. A, Chacra 8, Parcela 3, una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 5/2005 a 2/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Cuatro con 35/100 ---------------- ($2.004,35.-) el importe de la multa por omisión y de pesos Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Cinco con 53/100 ($ 8.685,53.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. --------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL RESOLUCIÓN Nº 292/15 GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015. Visto la intimación realizada al contribuyente, según Expediente Administrativo Nº 4041- D- 7441/15, y; CONSIDERANDO: Que no existen constancias respecto al pago de la tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal - Cuenta Nº 2096300 por los períodos detallados en las actuaciones. Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información, actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia tributaria, normas complementarias y reglamentarias”. Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES RESUELVE Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Vázquez Manuel; Morales Alicia Silvia; --------------Morales de Martínez Hermelinda Esther; por el concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Cuenta Nº 2096300 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Parcela 191 A una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 4/2012 a 2/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%). Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Ciento Sesenta y Dos con 15/100 ---------------- ($2.162,15.-) el importe de la multa por omisión y de pesos Nueve Mil Trescientos Sesenta y Nueve con 30/100 ($ 9.369,30.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. --------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a ------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente ----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el -----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón ----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL ORDENANZA 65/15 VISTO: El expediente administrativo Nº 4041-S-6971/15, por el cual se tramita la Licitación Pública Nº 2/2015, y; CONSIDERANDO: Que la mencionada licitación se llevó a cabo a fin de proceder a la adjudicación de la obra “Infraestructura para el Parque Industrial Planificado”. Que se han presentado a la cotización dos oferentes, cumpliendo sólo uno de ellos: Empresa NIETO S.A., con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. Que la Dirección Provincial de Programas de Desarrollo del Ministerio de Economía de la Pcia. de Buenos Aires ha expedido la NO OBJECION a la cotización presentada por la empresa NIETO S.A. Que la comisión de preadjudicación considera la misma de evidente conveniencia, en virtud de que el oferente ha cumplimentado con todos los puntos requeridos en los pliegos de bases y condiciones particulares del llamado. Que en virtud de la necesidad de acelerar los trámites que conllevan la continuidad de la contratación de la obra, se dictó el Decreto N° 1327/15 ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante. Que conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su art. 155, es necesaria la convalidación del Decreto N° 1327/15 por el Honorable Concejo Deliberante.Por ello, y Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad. El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENA NZA ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Decreto N° 1327/15 en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- __________________ Ana Luisa Vulliez ___________________ Ana Laura Acevedo Secretaria Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante ORDENANZA 66/15 VISTO: Lo actuado en el expediente administrativo Nº 4041-S-17693/12 y el Decreto N° 507/15, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo se adjudicó la explotación comercial del local denominado “Posta del Totón” a la Cámara de Microemprendedores de General Belgrano, en virtud de haber quedado desiertos dos llamados a licitación previos, y al dictamen emitido por el Ente Mixto de Turismo de la ciudad de General Belgrano (EMTGB), quien dispuso la adjudicación a dicha Cámara. Que el acto administrativo se dictó ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante en los términos de los artículos 55° y 156°, inc. 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Por ello, y Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad. El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENA NZA ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Decreto N° 507/15, en el marco del artículo 156, inc. 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y en cumplimiento al artículo 55° de dicha norma.ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- __________________ Ana Luisa Vulliez ___________________ Ana Laura Acevedo Secretaria Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante ORDENANZA 67/15 VISTO: El expediente 4041-D-7793/15, y; CONSIDERANDO: Que la Dirección de Contaduría informa que la firma Sistemas On Line, contratada por el Hospital Municipal Juan E. de la Fuente para el sistema informático de facturación, turnos, historias clínicas, estadísticas, etc., ha realizado un reclamo respecto al pago de la factura 0005-00000042 con fecha 05/12/2014, la que no quedó registrada como deuda del año 2014. Que cuestiones como éstas se prevén en los artículos 140 y 141 del Reglamento de Contabilidad. Que de acuerdo a la documentación agregada correspondería el tratamiento por el Departamento Legislativo para el “Reconocimiento de Deuda” reclamado por la firma Sistemas On Line. Por ello, y Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad. El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENA NZA ARTÍCULO 1º.- Reconocer de legítimo abono y facultar al Departamento Ejecutivo a registrar con cargo a Resultado de Ejercicios Anteriores, la Deuda Flotante no registrada con la empresa Sistemas On Line cuyos antecedentes obran en el Expediente 4041-D-7793/15 y cuyo importe asciende a pesos ocho mil ochenta y dos con 80/100 ( $ 8.082,80).ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- __________________ Ana Luisa Vulliez ___________________ Ana Laura Acevedo Secretaria Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante ORDENANZA 68/15 VISTO: Que el Sr JAVIER EDUARDO BAÑA, DNI: 23.737.851 y sus hijos tienen la posesión exclusiva de la vivienda N° 3 del Plan Solidaridad – Barrio Olivares, desde el año 2007 a la fecha de acuerdo al Informe Social, agregado a fojas 9/10 actualizado. Que la adjudicataria original Sra. Erica Gabriela Martino, se mudó a otra ciudad, dejando la vivienda al Sr. Baña, y; CONSIDERANDO: Que la vivienda es de carácter social, (de ocupación permanente, pacifica e ininterrumpida), y el Sr. Javier Eduardo Baña cumple con los requisitos necesarios para su re-adjudicación. Que a fojas 8 obra un informe de la Dirección de Control y Fiscalización que enuncia la posesión de la vivienda por el Sr. Baña y los dichos de un vecino que ratifica la situación declarada por el actor.Que a fojas 11 obra copia de un recibo de haberes del Sr. Baña que acredita que es un hombre de trabajo que asiste y mantiene a sus hijos. Que se agrega a fojas 17 copia del Decreto 0171/06 que adjudicara la vivienda y de la ordenanza 06/06 que lo convalida. Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante llevar a cabo la desadjudicación de la vivienda N° 3 del Plan Solidaridad – Barrio Olivares respecto a la Sra. Erica Gabriela Martino y posterior adjudicación al Sr. Javier Eduardo Baña, como así también otorgar el carácter de Compra- Venta al negocio jurídico respecto a este inmueble; todo ello necesario para la continuidad del trámite de escrituración.Por ello, y Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad. El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENA NZA ARTÍCULO 1º.- Disponer la caducidad de la adjudicación de la vivienda Nº 3 del Plan Solidaridad - Barrio Olivares, que oportunamente fuera otorgada a la Sra. Erica Gabriela Martino – DNI: 25.204.092, como titular, ello por los fundamentos que anteceden. ARTÍCULO 2º.- Establecer como nuevo adjudicatario de la vivienda Nº 3 del Plan Solidaridad - Barrio Olivares al Sr. Javier Eduardo Baña – DNI: 23.737.851. ARTÍCULO 3º.- Otorgar el carácter de compra-venta al negocio jurídico a instrumentar en la Escritura Traslativa de Dominio correspondiente a la Vivienda Nº 3 del Plan Solidaridad – Barrio Olivares, Nomenclatura Catastral: Circunscripción I; Sección G; Manzana 64n; Parcela 13d; considerando asimismo a la Municipalidad de General Belgrano como parte vendedora y al Sr. Javier Eduardo Baña como parte compradora.ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- __________________ Ana Luisa Vulliez Secretaria H. Concejo Deliberante ___________________ Ana Laura Acevedo Presidente H. Concejo Deliberante ORDENANZA 69/15 VISTO: La colocación de pavimento intertrabado que se realizará en las Calles 48, 50, 50 bis y 52 entre Calle 111 y 109 bis del Barrio 102 de Gral. Belgrano, y; CONSIDERANDO: Que resulta evidente que, para conservar en estado óptimo el pavimento intertrabado, es necesario establecer la prohibición del tránsito pesado en la mencionada arteria.Que si bien es dable considerar que existen situaciones de particulares, también lo es, atender a cuestiones que propendan a evitar atentar contra el bien común.Que corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar estos aspectos, lo cual se expresa en el Art. 27 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Incisos 2, 3 y 18; y al Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.Por ello, y Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad. El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENA NZA ARTÍCULO 1º.- Prohíbase la circulación de tránsito pesado por las calles 48, 50, 50 bis y 52 entre Calle 111 y 109 bis del Barrio 102 de Gral. Belgrano.ARTÍCULO 2º.- Colóquense carteles indicativos de dicha prohibición, en condiciones óptimas de visibilidad y legibilidad.ARTÍCULO 3º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a disponer las características estéticas de los carteles.ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- __________________ Ana Luisa Vulliez ___________________ Ana Laura Acevedo Secretaria Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante ORDENANZA 70/15 VISTO: Diversas situaciones de catástrofes naturales y de incendios que perjudican severamente a particulares, y; CONSIDERANDO: Que en determinadas situaciones tales como: incendios, inundaciones, temporales de viento y lluvia, se producen severos daños materiales en casas y locales particulares, que imposibilitan un inmediato recupero de sus titulares.Que independientemente del impacto humano que dichos sucesos producen, sería adecuado prever un esquema de exención de tributos municipales para los afectados.Que a los fines de implementar un sistema ágil y dinámico para cumplir con dicha finalidad, lo correcto sería fijar un esquema por medio de Ordenanza de este Honorable Cuerpo.Que existen antecedentes como el propuesto, tal el caso de la Ordenanza 73/2014 que estableció prórroga de vencimiento de Tasa SUM y Seguridad e Higiene para los afectados por las fuertes lluvias caídas durante el mes de Septiembre del año pasado.Que el artículo 40 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, prevé fijar regímenes de exención de tributos.Por ello, y Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad. El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENA NZA ARTÍCULO 1º.- Establézcase un Régimen de exención de Tasas Municipales para aquellos titulares ò responsables de pago que sean afectados por inundaciones, temporales de viento y lluvia, catástrofes naturales o incendios.ARTÍCULO 2º.- Las Tasas cuyos vencimientos podrán ser eximidos por parte de la Municipalidad de General Belgrano, serán: Servicios Urbanos Municipales (SUM) e Inspección de Seguridad e Higiene.ARTÍCULO 3º.- A los efectos de corroborar la afectación aludida en el artículo primero, la persona afectada deberá requerir de la Dirección Municipal de Defensa Civil, un Certificado en el que conste la asistencia brindada. Dicho Certificado deberá ser presentado en la Dirección de Ingresos Públicos con el fin de que dicha dependencia proceda a iniciar el trámite administrativo correspondiente para aprobar la exención por medio de Decreto del Departamento Ejecutivo por el período que determine la Dirección de Ingresos Públicos.ARTÍCULO 4º.- Los aspectos no contemplados en la presente Ordenanza y que permitan un cumplimiento más efectivo de la misma, serán reglamentados por Decreto del Departamento Ejecutivo.ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- __________________ Ana Luisa Vulliez Secretaria H. Concejo Deliberante ___________________ Ana Laura Acevedo Presidente H. Concejo Deliberante ORDENANZA 71/15 VISTO: El expediente administrativo Nº 4041-S-7012/15, por el cual se tramita la Licitación Pública Nº 4/2015, y; CONSIDERANDO: Que la mencionada Licitación Pública se llevó a cabo a fin de proceder a la contratación de la obra Refuncionalización El Galpón en nuestra localidad, en el marco del Convenio suscripto con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, convalidado por la Ordenanza 30/2015. Que habiéndose presentado a la cotización una única oferta: PRIMUS TRUCK S.A., la comisión de preadjudicación a fojas 207, considera la misma de evidente conveniencia, en virtud de que el oferente ha cumplimentado con todos los puntos requeridos en los pliegos de bases y condiciones particulares del llamado, resultando su oferta económica más conveniente para los intereses municipales. Que conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su art. 155, previo a resolver la adjudicación del bien licitado al único oferente presentado, es necesario contar con la autorización del Honorable Concejo Deliberante.Por ello, y Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad. El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENA NZA ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a adjudicar la Licitación Pública N° 4/2015, a la empresa PRIMUS TRUCK S.A., Cuit 30-71428416-5, en su carácter de único oferente, conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su art. 155, atento que ha cumplido íntegramente con los recaudos exigidos en la documentación y su oferta resulta de evidente conveniencia.ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- __________________ Ana Luisa Vulliez Secretaria H. Concejo Deliberante ___________________ Ana Laura Acevedo Presidente H. Concejo Deliberante Para publicar en el Boletín Oficial y en un Periódico Local, según el Art. siguiente: ARTÍCULO 167°. La Municipalidad podrá tomar posesión de las bóvedas abandonadas y/o en estado ruinoso cuyos dueños no se presenten a hacer valer sus derechos en un plazo de treinta (30) días a contar desde su publicación por dos (2) días en un periódico de la localidad. Asimismo, lo dispuesto es válido para el retiro de todo elemento en estado de abandono que dificulte el funcionamiento del cementerio. Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Loyola José para que en el termino de 30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la Municipalidad de General Belgrano para regularizar la situación de la Bóveda Nº 133 del cementerio local, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 167 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2015, pasando las mismas nuevamente a la tenencia municipal.----------------Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Ochoa, Joaquín para que en el termino de 30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la Municipalidad de General Belgrano para regularizar la situación de la Bóveda Nº 14 del cementerio local, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 167 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2015, pasando las mismas nuevamente a la tenencia municipal.----------------------------------------------------------------------------------------------------Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Flia. Pérez - Retes para que en el termino de 30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la Municipalidad de General Belgrano para regularizar la situación de la Bóveda Nº 140 del cementerio local, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 167 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2015, pasando las mismas nuevamente a la tenencia municipal.----------------------------------------------------------------------------------------------------Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Burret, Catalina P. de para que en el termino de 30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la Municipalidad de General Belgrano para regularizar la situación de las Sepulturas Manz. I – Secc. 1° - Nº 39 y 40 del cementerio local, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 167 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2015, pasando las mismas nuevamente a la tenencia municipal.------------------------------------------------------------------ Dpto. de Recaudación, 20 de Julio de 2015
© Copyright 2025