BOLETIN OFICIAL N° 173 30 DE JULIO DE 1015

BOLETIN OFICIAL
MUNICIPALIDAD DE GENERAL BELGRANO
BOLETIN OFICIAL N° 173
31 de julio de 2015.
Intendente Municipal: Jorge Alejandro Eijo
Secretario de Gobierno: Dr. Alfredo Gallese
Coordinador de Prensa y Comunicaciones: Sebastián Iriarte
Mail: www.belgranomun.gov.ar
[email protected]
Calle: Juan E. de la Fuente N° 826
(CP 7223) GENERAL BELGRANO
DECRETO N° 1038/15
GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
-----------------continuación se detalla:
APELLIDO Y NOMBRE
Corvo, Carolina Nahir
DNI
36.618.032
MONTO
$ 2.000,00
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro
Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1039/15
GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.VISTO:
El Programa de “Prevención de la Triquinosis”, llevado a cabo por el
gobierno de la Pcia. de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad, por intermedio de la Dirección de
Desarrollo Local y el Laboratorio de Análisis Veterinario viene trabajando
desde hace un tiempo en el control de triquinosis, siguiendo las políticas
Nacionales y Provinciales de concientización en la cadena de producción y
venta de carne de cerdo,
Que la Dirección de Desarrollo Local, la delegación local
del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Ministerio de
Asuntos Agrarios de la Pcia. de Buenos Aires han organizado para el
próximo 27 de Mayo del corriente año una jornada sobre “Prevención de
Triquinosis”.Que durante la jornada se abordarán temas relacionados
a la prevención, tratamiento de la triquinosis, comercialización y consumo de
la carne de cerdo.
Que el objetivo de esta campaña es concientizar al
criador, elaborador y consumidor de chacinados, de los riesgos que conlleva
la faena de animales sin control sanitario, y su correcto tratamiento para la
obtención de mejor calidad y aptitud sanitaria de los productos alimenticios
que se obtengan.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Declarar de Interés Municipal la jornada sobre “Prevención de
------------------Triquinosis” a realizarse el día 27 de mayo de 2015 en la
Municipalidad de General Belgrano.------------------------------------------------------Artículo 2°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a
-----------------la parte interesada, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------FDO) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1040/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 18 de 2015.Visto
el Contrato
N°
363/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Sra. Isabel Cristina Reigosa y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 363 suscripto el día 18 de mayo de
------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
363
Isabel
Cristina
Reigosa
Calle 53 Bis
Nº953 - Gral.
Belgrano
Servicio de Albañil.
2/05/15 al
30/12/15
$ 23.284
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1041/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 18 de 2015.Visto
el Contrato
N°
364/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral
General Belgrano y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 364 suscripto el día 18 de mayo de
------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
364
Cooperativa
de Trabajo
Integral
General
Belgrano
Calle 16 Nº
826 - Gral.
Belgrano
Construcción de
Bici senda de
hormigón.
22/05/15 al
22/06/15
$ 66.000
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1042/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 18 de 2015.Visto
el Contrato
N°
365/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral
General Belgrano y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 365 suscripto el día 18 de mayo de
------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
365
Cooperativa
de Trabajo
Integral
General
Belgrano
Calle 16 Nº
826 - Gral.
Belgrano
Conexiones
domiciliarias hacia
la red de cloacas
22/05/15 al
22/06/15
$ 35.660
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1043/15
GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto las solicitudes de personas, efectuadas ante la
Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la
adquisición de lentes; y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de
recursos económicos de los solicitantes.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar
con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
subsidios en especie.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición de lentes
-----------------para uso de las personas y por los montos que a continuación
se detallan:
NOMBRE Y APELLIDO
DNI
DETALLE
IMPORTE
Silvia Verónica Rodríguez
23.325.746
Armazón
$ 380,00
Cristal blanco
$ 350,00
Total:
$ 730,00
Armazón
$ 300,00
Cristal blanco
$ 350,00
Total:
$ 650,00
Carolina Lencina
28.773.103
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior
----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1044/15
GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto la solicitud de una persona, efectuada ante la Dirección
de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la
adquisición del servicio de perforación y encamizado de pozo, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de
recursos económicos de la solicitante.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar
con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
subsidios en especie.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición del servicio
-----------------de servicio de perforación y encamizado de pozo para la
vivienda de la persona y por el monto que a continuación se detalla:
APELLIDO Y NOMBRE
DNI
DETALLE
TOTAL
Bouquillarz, Gabriela Victoria
10.492.825
Servicio de
perforación e pozo
$ 2.400,00
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior
----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1045/15
GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto el decreto Nº 558/15, de becas para estudiantes
otorgadas por la Dirección de Promoción Social, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Promoción Social informa que el Sr.
Julián Silva, responsable de pago de la beca otorgada a la joven Melanie
Estefanía Silva, ha fallecido, por lo que debe designarse a un nuevo
responsable de cobro.
Que debe dictarse el acto administrativo, a los efectos de
realizar las modificaciones que correspondan.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Designar como responsable de cobro de la beca otorgada a la
------------------joven Melanie Estefania Silva – DNI: 38.687.576, a la Sra.
Carina Teresa Silva – DNI: 24.877.376, todo ello de acuerdo a lo descripto
en los considerandos del presente decreto.--------------------------------------------Artículo 2°: Facultar a las Direcciones de Tesorería y Contaduría a efectuar
------------------las modificaciones que correspondan.---------------------------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Tesorería, Contaduría, Promoción Social, dese al Registro
Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1046/15
GENERAL BELGRANO, mayo 18 de 2015.Visto la solicitud efectuada por la Dirección de
Promoción Social, consistente en una ayuda económica para personas
indigentes, y;
CONSIDERANDO:
Que fundamenta la necesidad de prestar la ayuda
teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de la solicitante y
su situación de calle.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar
con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
subsidios en especie.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición del servicio
-----------------de hotelería para la siguiente persona y por el monto que a
continuación se detalla:
APELLIDO Y NOMBRE
Gesemondo, Andrea Natalia
DNI
DETALLE
29.779.560 Servicio de hotelería
TOTAL
$ 3.710,00
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior
----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del
Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1047/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Barrionuevo, Luisina
Johnston, Mónica Patricia
Oyarzun, Mirta Haydee
DNI
36.635.166
14.030.418
10.800.654
MONTO
$1.100
$300
$2.000
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1048/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la llegada a nuestra ciudad del Programa “Lácteos
para Todos”, impulsado por el Gobierno de la Nación; y,
CONSIDERANDO:
Que el 20 de mayo arribará a la localidad un camión
frigorífico con productos lácteos a precios populares.
Que este programa nacional impulsado por el Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se implementó con el objeto
de incorporar a la dieta diaria distintos productos, adquiridos a bajo costo.
Que el camión frigorífico permanecerá en nuestra ciudad
un día, junto con el personal abocado a la venta de los productos
mencionados, siendo necesario proveerles la alimentación durante su
estadía.
Que es necesario el dictado administrativo a fin de
autorizar los gastos.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de pesos doscientos ($ 200.-) el gasto
----------------que demande la estadía del personal afectado al programa
“Lácteos para Todos”, el día 20 de mayo de 2015.----------------------------------Artículo 2º: Los gastos que originen el presente Decreto serán imputados a
----------------la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad 01, del
Presupuesto de Gastos vigentes.---------------------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
------------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a
-----------------la parte interesada, tomen razón Compras, Desarrollo Local,
dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1049/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 19 de 2015.Visto
el Contrato
N°
366/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y Barbero Marcela y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 366 suscripto el día 19 de mayo de
------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
366
Barbero,
Marcela
Calle 222 e/
221 y 223 Nº
1019- Gral.
Belgrano
Microcrédito Fondo
Rotatorio de Ayuda
“Dignidad”
Vigencia
-----------
Importe Final
$ 5000 devuelta
en 18 cuotas de
293,45 iguales,
mensuales y
consecutivas.
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1050/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 19 de 2015.Visto
el Contrato
N°
367/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y Barrionuevo, Diana Pamela y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 367 suscripto el día 19 de mayo de
------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
367
Barrionuevo
Diana
Pamela
Calle 105 Nº
512- Gral.
Belgrano
Microcrédito Fondo
Rotatorio de Ayuda
“Dignidad”
Vigencia
-----------
Importe Final
$ 5000 devuelta
en 18 cuotas de
293,45 iguales,
mensuales y
consecutivas.
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1051/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 19 de 2015.Visto
el Contrato
N°
368/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Escalada, Marcelo Enrique y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 368 suscripto el día 19 de mayo de
------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
368
Escalada,
Marcelo
Enrique
Calle 59 Nº
1214- Gral.
Belgrano
Microcrédito Fondo
Rotatorio de Ayuda
“Dignidad”
Vigencia
-----------
Importe Final
$ 5000 devuelta
en 18 cuotas de
293,45 iguales,
mensuales y
consecutivas.
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1052/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7542/15, iniciado por la
Dirección de Promoción Social; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Diego Alejandro Castillo ha solicitado un
microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal
“Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de
construcción para la refacción de su vivienda.
Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos
por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al
financiamiento solicitado.
Que previamente, el Sr. Castillo firmará con la
Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que
establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del
Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) .
Que corresponde el dictado del acto administrativo de
adjudicación del referido microcrédito.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos
-----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), al Sr. Diego Alejandro
Castillo- DNI: 36.290.405, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.)
destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su
vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad
06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131
Recurso afectado
34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.----------------------------------------
Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el
microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación,
Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1053/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7543/15, iniciado por la
Dirección de Promoción Social; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Guido Arturo Faconti ha solicitado un
microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal
“Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de
construcción para la refacción de su vivienda.
Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos
por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al
financiamiento solicitado.
Que previamente, el Sr. Faconti firmará con la
Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que
establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del
Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) .
Que corresponde el dictado del acto administrativo de
adjudicación del referido microcrédito.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos
----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), al Sr.
Faconti- DNI:
Guido Arturo
32.700.100, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.)
destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su
vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad
06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131
Recurso afectado
34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.----------------------------------------
Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el
microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación,
Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1054/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7544/15, iniciado por la
Dirección de Promoción Social; y,
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Natalia Lorena Lara ha solicitado un
microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal
“Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de
construcción para la refacción de su vivienda.
Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos
por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al
financiamiento solicitado.
Que
previamente,
la
Sra.
Lara
firmará
con
la
Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que
establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del
Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) .
Que corresponde el dictado del acto administrativo de
adjudicación del referido microcrédito.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos
----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), a la Sra. Natalia Lorena
Lara- DNI: 24.817.019, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.) destinado
a la compra de materiales de construcción para la refacción de su vivienda.-Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad
06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131
Recurso afectado
34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el
microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación,
Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1055/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7564/15, iniciado por la
Dirección de Promoción Social; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Walter Reinaldo Barnechea ha solicitado un
microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal
“Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la adquisición de herramientas para
su emprendimiento comercial.
Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos
por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al
financiamiento solicitado.
Que previamente, el Sr. Barnechea, firmará con la
Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que
establece la devolución del préstamo.
Que debe dictarse el acto administrativo a fin de
adjudicar el microcrédito correspondiente.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos
-----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), al Sr. Walter Reinaldo
Barnechea - DNI: 16.845.970, por un monto de Pesos cinco mil ($ 5.000.-)
destinado a la adquisición de herramientas para su emprendimiento
comercial.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad
06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131, Recurso afectado
34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.----------------------------------------
Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el
microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación,
Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO Nº 1056/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la Ordenanza Nº 47/89; y
CONSIDERANDO:
Que según la citada norma corresponde el 1 % de la
Recaudación del Ejercicio de las Tasas por Servicios Públicos Municipales y
Red Vial a la Asociación de Bomberos Voluntarios General Belgrano en
concepto de Servicio Civil de Defensa.
Que en virtud del Anexo I que forma parte integrante del
presente Decreto, corresponde otorgar un subsidio por lo recaudado en los
meses octubre, noviembre y diciembre de 2014.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar a la Asociación de Bomberos Voluntarios General
-------------------Belgrano un subsidio de
pesos veintiún mil ochocientos
setenta y dos con 66/100 ($ 21.872,66.-), para solventar los gastos de
cualquier índole que deba afrontar la citada institución, de acuerdo a los
datos que surgen del ANEXO I que forma parte integrante del presente.------Artículo 2°: La suma mencionada en el artículo 1°) que será abonada en la
-----------------medida de las posibilidades financieras de la comuna.------------Artículo 3º: La institución beneficiaria deberá rendir cuentas de la inversión
-----------------que realice, conforme lo establecido por la Ley Orgánica de las
Municipalidades.-------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se
----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 27, Actividad
00, Partida 5.1.7.0, Fuente de Financiamiento 131 – Recurso 12.1.12.00, del
Presupuesto de Gastos vigente.-----------------------------------------------------------Artículo 5°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------
Artículo 6°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
Anexo 1 - Decreto Nro. 1056/15
RECAUDACION GENERAL BELGRANO
MES
TASA POR
SERVICIOS
URBANOS
SUBSIDIO QUE CORRESPONDE (1%)
TOTAL
TASA POR RED VIAL
TOTAL
1%
ENERGÍA
A ABONAR EN
ELÉCTRICA
EFECTIVO
Octubre 2014
248,765.32 640,628.67
889,393.99
8,893.94
Noviembre 2014
818,572.74 179,147.10
997,719.84
9,977.20
Diciembre 2014
247,400.93 644,592.19
891,993.12
8,919.93
3,118.51
5,801.42
2,779,106.95
27,791.07
5,918.41
21,872.66
TOTALES
1,314,738.99
1,464,367.96
2,799.90
6,094.04
9,977.20
DECRETO N° 1057/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto la presentación de la obra de la Represa de
contención en el canal aliviador del Río Salado, el día 21 de mayo del
corriente año; y,
CONSIDERANDO:
Que la exposición será realizada por personal de la
empresa Helport, quienes llevan a cabo las obras de ensanchamiento del
Río Salado, y quienes además serán los encargados de efectuar un
innovador proyecto en la provincia de Buenos Aires, con la construcción de
una presa hidráulica que contendrá las aguas del Río Salado a fin de
mantener continuidad hídrica en su cauce, y además, construir a futuro, una
pequeña central hidroeléctrica, que abastecerá a la ciudad con un 15% del
consumo eléctrico.
Que
además
se
presentará
el
proyecto
de
pavimentación e iluminación del camino que une las dos Compuertas.
Que al finalizar la exposición se los invitará a un
almuerzo en un local gastronómico de la ciudad.
Que es necesario el dictado del acto administrativo a fin
de autorizar el gasto de restaurant.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de pesos tres mil ($ 3.000.-) el gasto
------------------que demande la presentación de la empresa Helport, el día 21
de mayo del corriente año, en el marco del inicio de la obra de la Represa de
contención hídrica a realizarse en el Canal Aliviador del Río Salado.-----------Artículo 2º: Imputar el gasto a la Jurisdicción 1110101000, Programas 01,
------------------Actividad 01, del Presupuesto de Gastos vigente.------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------
Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1058/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el expediente 4041-D-18.840/07, y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 32 el Sr. Pedro E. Goycoechea solicita se le
incorpore como responsable de pago del inmueble nomenclatura catastral
Circ. I, Sección C, Manz. 15C, Parcela 4A, cuenta N° 1015000, puesto que
ha manifestado realizar la limpieza y mantenimiento del inmueble.
Que a fojas 44 Asesoría Legal y Técnica informa que al
tratarse de un inmueble municipal, que no genera tasas, resulta imposible
incorporar un responsable de pago y que, por lo tanto, deberá denegarse la
solicitud de fojas 32.
Que
corresponde
efectuar
el
acto
administrativo
desestimando la solicitud de responsable de pago.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Desestimar la solicitud de responsable de pago de la tasa de
----------------Servicios Urbanos Municipales, de la cuenta 1015000 efectuada
por el Sr. Pedro Eduardo Goycoechea, DNI: 22.771.708, domiciliado en
Barrio Arquitectura, casa N° 32 General Belgrano.-----------------------------------Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a realizar las
----------------adecuaciones que correspondan.-----------------------------------------Artículo 3º: Notificar a la parte interesada a través del Departamento de
-----------------Recaudación.-----------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Departamento Procesamiento de Datos, Recaudación, dese al
Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1059/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el expediente 4041-E-8697/09, y;
CONSIDERANDO:
Que atento la presentación efectuada a fojas 21 por el
Sr. Diego Oscar Bartolomey, solicita la responsabilidad de pago de la tasa
de Servicios Urbanos Municipales del inmueble denominado catastralmente
Circ. I, Secc. C, Mz. 18C, Parc. 32, cuenta N° 354400, en el marco de los
Decretos 460/06 y 108/08.
Que la Dirección de Control y Fiscalización manifiesta a
fojas 30 que se constata en el lugar un lote baldío, totalmente desmalezado,
anexado a la parcela 31, en buen estado de conservación en general.
Entrevistada la Sra. Elorza manifiesta que su intención
es ceder la parcela 32 a su hijo, el Sr. Bartolomey.
Que la Asesoría Legal y Técnica ha dictaminado a fojas
33, que corresponde otorgar la responsabilidad de pago al solicitante en
virtud de la documentación aportada, notificando al mismo que deberá
suscribir un plan de pago, donde reconozca la deuda, si existiera, y se
comprometa por escrito a abonar la misma.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Incorporar como Responsable de pago de la Tasa de Servicios
---------------Urbanos Municipales de la cuenta 354400 al Sr. Diego Oscar
Bartolomey – DNI: 34.791.788 con domicilio en calle 153 N° 77 de General
Belgrano en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08.----------------------------Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a efectuar las
----------------modificaciones que correspondan.----------------------------------------Artículo 3°: Notificar a la parte solicitante con copia del presente, indicando
----------------además que deberá suscribir un plan de pago donde reconozca
la deuda actual, si existiera, y se comprometa por escrito a abonar la misma
Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Recaudación, Procesamiento de Datos, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1060/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-R-7508/15,
iniciado por el Sr. Antonio Mario Rodríguez; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Rodríguez solicita el beneficio que otorga el
Fondo Esperanza de Vida para la adquisición de un par de lentes, puesto
que presenta un diagnóstico de dificultad de visión.
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del par de
lentes, teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos del
solicitante.
Que a fojas 9, la Comisión Reguladora del Fondo
Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por el Sr.
Antonio Mario Rodríguez, conforme el presupuesto de fojas 3 vuelta (Óptica
Wahlmann)
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar un subsidio al Sr. Antonio Mario Rodríguez - DNI:
-----------------11.803.513 de Pesos Setecientos Veinte ($720.-) para solventar
los gastos que demande la adquisición del par de lentes.--------------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se
----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la
-----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de
las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro
Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1061/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el decreto N° 733/10, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado acto administrativo se
resolvió dar inicio al sumario administrativo a los fines de establecer la
eventual responsabilidad del personal de área de Guías con respecto a los
hechos que se investigan en el expediente administrativo N° 4041-D11632/10.Que
asimismo,
dada
la
entidad
de
los
hechos
denunciados y ante la responsabilidad inherente de la Jefa de Departamento
en
los
hechos
investigados,
este
Departamento
Ejecutivo
resolvió
oportunamente suspender preventivamente a la agente Valeria Campos por
el término de treinta (30 días) conforme lo establece el art. 79 de la Ley
11.757.Que igualmente se resolvió que en el caso que el trámite
del sumario administrativo lo requiera, el plazo de suspensión podrá ser
prorrogado.Que visto el estado en que se encuentra actualmente el
trámite sumarial, estando pendiente de finalización la prueba de cargo y
manteniéndose vigentes los argumentos que determinaron la suspensión
preventiva de la agente en este acto se resuelve renovar por otros treinta
(30) días dicha suspensión.Que a los fines expuestos deviene necesario proceder al
dictado del acto administrativo correspondiente.Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: En el marco del sumario administrativo que se sigue
-----------------contra la agente Valeria Campos y teniendo en cuenta la
1
gravedad de los hechos investigados; la responsabilidad expresamente
asumida por la agente Valeria Campos a fojas 2 de las actuaciones y dado
su carácter de Jefa de Departamento del sector, decretar a partir del 24 de
mayo de 2015, la renovación por otro plazo de treinta (30) días de la
suspensión preventiva de la mencionada agente ello en el marco de lo
establecido en el art. 79 de la Ley 11.757, plazo que podrá ser prorrogado en
el caso que el sumario lo justifique.-------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente decreto será refrendado por el
------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a
----------------la
parte
interesada,
tomen
razón
Recursos
Humanos,
Contaduría, Asesoría Legal y Técnica, Ingresos Públicos, dese al Registro
oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------FDO) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL EL ORIGINAL
2
Hay un sello que dice:
DECRETO N° 1062/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 20 de 2015.Visto
el Contrato
N°
369/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Sra. Samcov, María y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 369 suscripto el día 20 de mayo de
------------------2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
369
Samcov,
María
Calle 6 Nº
4366- Gral.
Belgrano
Clases de
Instrumento
20/05/15 al
31/12/15
$ 40.000
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1063/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud de una persona, efectuada ante la Dirección
de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la
adquisición de un termotanque, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de
recursos económicos de la solicitante.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar
con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
subsidios en especie.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición de un
-----------------termotanque para la persona y por el monto que a continuación
se detalla:
APELLIDO Y NOMBRE
Flores, Norma
DNI
DETALLE
TOTAL
26.989.961
termotanque
$ 3.540,00
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior
----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 02 – Inciso 5.2.1.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1064/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud de personas, efectuada ante la
Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para la
adquisición de zapatillas, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de
recursos económicos de los solicitantes.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar
con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
subsidios en especie.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para la adquisición de
-------------------zapatillas para las personas y por el monto que a continuación
se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
DNI
DETALLE
TOTAL
Villalba, Mónica Noemí
14.482.214
Sires, Marcela Luján
22.097.505
Busto, María Haydee
22.724.881
16 pares zapatillas
Veliz, Adriana Beatríz
26.327.879
$ 2.000,00
Torres, Gabriela
25.584.907
Dorado, Hilda Graciela
12.844.677
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior
----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1065/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud de una persona, efectuada ante la
Dirección de Promoción Social, consistente en una ayuda económica para el
alquiler de artículos Ortopédicos; y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria teniendo en cuenta la falta total de
recursos económicos de la solicitante.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo, colaborar
con los que menos tienen, otorgando subsidios en especies.Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
subsidios en especie.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio en especie, para el alquiler de artículos
-----------------ortopédicos para uso de la persona y por el monto que a
continuación se detalla:
NOMBRE Y APELLIDO
DNI
Sandra, Wila
20.499.487
Verónica Soledad
Córdoba
TOTAL
39.742.073
DETALLE
Alq. Cuello
Schanz
Alq. Ortesis
corta p/pie
IMPORTE
$ 150,00
$ 920,00
$ 1,070,00
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior
----------------será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.----------------
Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, Promoción Social, dese al Registro oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1066/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Fernández, Sandra
Gaete, Yamila Soledad
DNI
17.816.146
33.173.802
MONTO
$ 600
$700
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1067/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el Torneo de Fútbol Solidario a llevarse a cabo el
día 25 de mayo de 2015, y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo se llevará a cabo con el objeto de
recaudar fondos para la joven belgranense Agustina López, quien padece
una enfermedad que demanda una cirugía recuperatoria en el exterior del
país.
Que por tal motivo se están llevando adelante diferentes
eventos para colectar el dinero que demanda dicha cirugía, participando en
esta oportunidad ex jugadores de primera división del fútbol argentino y ex
jugadores de nuestra ciudad, quienes han decidido colaborar con esta
causa.
Que el partido se llevará a cabo en las instalaciones de
la Quinta del Club Atlético y Social General Belgrano.
Que desde la Dirección de Deportes se colaborará
aportando al evento las medallas, trofeos y alimentos para los jugadores.
Que
es
necesario
dictar
el
acto
administrativo
correspondiente a fin de autorizar el gasto.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo1°: Autorizar hasta la suma de Pesos diez mil ($ 10.000.-) el gasto
----------------que demande el Torneo de Fútbol Solidario a beneficio de la
joven Agustina López, a llevarse a cabo el día 25 de mayo de 2015, en las
instalaciones de la Quinta del Club Atlético y Social General Belgrano.--------Articulo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se
--------------- imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 22, Actividad
02, FF 110 del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------
Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, tomen razón
-------------------Deportes, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo)
Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1068/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la necesidad de realizar una fuerte campaña de
concientización sobre prevención de los siniestros de tránsito, especialmente
a los jóvenes y adolescentes de nuestra localidad, y;
CONSIDERANDO:
Que el Grupo Sancor Seguros, desde hace más de cinco
años, realizó la implementación del Programa Nacional de Prevención de
Siniestros de Tránsito “Rutas en Rojo”.
Que dicho programa consiste en la realización de test de
aptitud psicofísicas para la conducción de vehículos.
Que los días 11 al 14 de junio se hará presente en
nuestra ciudad un móvil del citado programa, el cual se instalará en el predio
de la Plaza 1° de Agosto, con el objetivo de realizar pruebas de manejo de
vehículos a quienes lo deseen.
Que es necesario dictar el acto administrativo a fin de
autorizar el gasto de alojamiento del personal a cargo del móvil.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Articulo 1º: Autorizar hasta la suma de Pesos cuatro mil ($ 4.000.-) el gasto
----------------que demande la visita a nuestra ciudad del móvil del Programa
Nacional de Prevención de Siniestros de Tránsito “Rutas en Rojo”, los días
11 al 14 de junio de 2015.-------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el presente decreto serán imputados
-----------------de la Jurisdicción 1110102000 – Programa 23 – Actividad 03,
del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------------------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Compras, Control y Fiscalización, dese al Registro Oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1069/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el expediente 4041-C-6063/14, y;
CONSIDERANDO:
Que atento la presentación efectuada a fojas 1 por
“Campo La Serena S.A.”, solicita la responsabilidad de pago de la tasa por
Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, de los
inmuebles designados catastralmente como Circ. III, Sección C, Fracción 1,
Parcelas 1, 10, 11, 12, 13
y Circunscripción III, Sección C, Fracción 4,
Parcelas 1 y 12.; con números de cuenta N° 2109800; 2102900; 2109900;
2110000; 2110100; 2111200; 2112300, en carácter de propietario por
escritura y en el marco de los Decretos 460/06 y 108/08.
Que la Dirección de Control y Fiscalización manifiesta
que se trata de un campo, cercado por un alambrado, en buenas
condiciones de mantenimiento.
Que la Asesoría Legal y Técnica ha dictaminado a fojas
26, que corresponde otorgar la responsabilidad de pago a los solicitantes en
virtud de la documentación aportada, notificando a los mismos que deberá
suscribir un plan de pago, donde reconozca la deuda, si existiera, y se
comprometa por escrito a abonar la misma.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Incorporar como Responsable de pago de la Tasa por
---------------Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal
de las cuentas N° 2109800, 2102900, 2109900, 2110000, 2110100,
2111200, 2112300 a “Campo La Serena S.A.” – CUIT N° 30-70874021-3 con
domicilio en Cuartel Segundo Paraje Chas del partido de General Belgrano
en carácter de propietario por escritura y en el marco de los Decretos 460/06
y 108/08.------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a efectuar las
----------------modificaciones que correspondan.----------------------------------------Artículo 3°: Notificar a la parte solicitante con copia del presente, indicando
----------------además que deberá suscribir un plan de pago donde reconozca
la deuda actual, si existiera, y se comprometa por escrito a abonar la misma
Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Recaudación, Procesamiento de Datos, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.----------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1070/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Aguayo, Carlos
Aquino, Norma
Ávila, Carolina
Barragan Wila, Dalma Soledad
Bartoloméy, Mario Oscar
Bellinzoni, Natalia
Benitez, Anabel
Benitez, Melina
Bruzzo, Roberta
Calfa, María Rosa
Chávez, Nancy
Cistari, Facundo Martin
Clavijo, Pamela
Cora, María Cristina
Coria, Analia
Cowes, Daiana
Cuello, Mirta
Díaz, María del Carmen
Duarte, Beatriz Liliana
DNI
36.207.139
31.313.446
27.857.766
35.393.910
8.333.600
28.695.904
31.168.508
39.746.015
35.219.420
32.852.377
17.827.426
38.253.335
36.213.893
17.579.730
34.491.787
36.635.140
16.085.630
4.791.568
25.706.657
MONTO
$750
$500
$400
$300
$500
$400
$300
$1.000
$500
$400
$200
$450
$500
$200
$700
$300
$250
$400
$400
Gómez, María Macarena
35.219.496
$700
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1071/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto el Decreto 242/15, referido a las actividades
desarrolladas durante el presente año en la Dirección de Cultura, respecto
de la “Escuela Orquesta Municipal” y la Escuela Municipal de Talleres
Artísticos ( E.M.T.A.) ; y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 242/15 autoriza los gastos de traslado de
ida y vuelta de los profesores que dan clases en los talleres hasta el mes de
diciembre de 2015.
Que en el marco de este programa se ha contratado al
profesor Ivan Monti para dar clases de instrumentos musicales.
Que la Municipalidad debe afrontar los gastos de
traslado de ida y vuelta del profesor Monti, más la comida y alojamiento
hasta el mes de diciembre de 2015.
Que es necesario incorporar en el listado del Decreto
N°./15 al Sr. Monti, en los mismos términos que dicho decreto..
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Incorporar al Profesor Ivan Monti en el listado que forma parte
-----------------del Decreto N° 242/15, en el marco del Proyecto “Escuela de
Orquesta” desde el 20 de mayo hasta el 30 de diciembre de 2015.-------------NOMBRE Y APELLIDO
DOCUMENTO
VEHICULO AFECTADO
Prof. Ivan Monti
35.996.921
Vehículo
dominio EGO-994
Artículo 2º: El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se
-----------------imputará
a
la
Jurisdicción
1110102000,
Programa
21,
Actividades 01 y 02, del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------
Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Cultura, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese y archívese.---------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1072/15
GENERAL BELGRANO, mayo 20 de 2015.Visto la solicitud efectuada por el agente municipal José
Luis De Andrea por expediente 4041-D-7465/15, y;
CONSIDERANDO:
Que solicita el aumento de su categoría y de su carga
horaria.
Que el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a la
evaluación efectuada, considera conveniente llevar adelante el aumento de
categoría y de la carga horaria del agente De Andrea.
Que debe dictarse el acto administrativo a fin de
enunciar las modificaciones referidas.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Designar en ascenso a partir del 1 de junio de 2015 al agente
------------------José Luis De Andrea, de acuerdo a lo consignado a
continuación:------------------------------------------------------------------------------------LEGAJO
1271
APELLIDO Y NOMBRE
De Andrea, José Luis
Cargo y Clase actual
Cargo y Clase a
pasar
Clase II – 30 hs. Obrero
Clase I - 42 hs. Obrero
Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 3º: Notificar al agente por medio de la Dirección de Recursos
-----------------Humanos.----------------------------------------------------------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes,
Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y archívese.Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1073/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-L-7521/15,
iniciado por el Sr. Sergio Omar Loustaunau; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Loustaunau solicita el beneficio que otorga el
Fondo Esperanza de Vida para la realización de un control oftalmológico
anual.
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del
control oftalmológico, teniendo en cuenta la falta total de recursos
económicos del solicitante.
Que a fojas 18, la Comisión Reguladora del Fondo
Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por el Sr.
Loustaunau, conforme el presupuesto de fojas 13 (Consultorio Oftalmológico
Dr. Brunzini)
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar un subsidio al Sr. Sergio Omar Loustaunau - DNI:
-----------------17.579.773 de Pesos Seiscientos ($600.-) para solventar los
gastos que demande la realización del control oftalmológico.---------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se
----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la
-----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de
las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro
Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1074/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Di Petta, Rosalía Gabriela
Escot, Isabel
Esnarriaga, Maria Ester
Fernández, Jorge Rubén
Fernández, Juliana Belén
Fernández, Natalia
Fernández, Sandra
Flores, Adriana Mercedes
Flores, Mariela Lujan
Flores, Oscar
Flores, Roberto Ramón
Flores, Silvia patricia
Gaitan, Daniel Alfredo
Giles, Diana María
Gonzalez, Jesica Elizabeth
Gonzalez, Rosa Lorena
Gonzalez, Tamara Ailen
Holzmann, Jimena Denise
Hondagneu Roig, Sabrina Alejandra
DNI
92.188.950
13.484.630
31.259.962
7.783.679
36.635.363
28.123.610
17.816.146
37.022.357
25.269.571
4.303.873
8.345.373
23.335.505
12.493.808
34.791.702
35.093.301
27.707.344
33.329.125
40.352.501
27.916.432
MONTO
$700
$300
$800
$300
$1.000
$500
$250
$750
$200
$300
$150
$500
$300
$800
$250
$400
$300
$1.500
$500
Insausti, Ester Mabel
Izurieta, Emma Ines
Jaimerena, Mayra Brenda
4.082.674
4.082.567
32.700.019
$300
$300
$500
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1075/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Jurado, Leonela Cecilia
Leonis, Ernesto C.
Leyemberger, Alejandro
López, María Rosa
Lozano, Jesica Valeria
Martínez, Gladys Anabella
Martínez, Yamila Lucrecia
Marzano, Liliana Bárbara
Micieli, Gisela Elizabeth
Molina, Alejandra
Molina, Susana Beatriz
Moreno, Edilma Fernanda
Ortiz, Cirila
Patrault, María del Carmen
Pereyra, Susana
Piñero, Renata Cecilia
Quiroga Cruz, Flora
DNI
33.645.709
5.207.974
24.237.511
14.907.990
39.277.702
25.383.827
33.645.718
14.257.287
34.462.568
32.128.103
10.096.604
29.182.299
12.026.087
20.036.133
11.706.017
31.534.931
4.116.284
MONTO
$600
$200
$300
$200
$800
$800
$200
$350
$700
$400
$400
$700
$500
$400
$300
$500
$400
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1076/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Molina Moyano, Jesús del Valle
Rivera, Estela Maris
Rodríguez, Antonio Mario
Rodríguez, Lorena
Rodríguez, Mirta Susana
Rodríguez, Otilia
Rodríguez, Paola Daniela
Sánchez, Silvia Ester
Sebastiani, María Belén
Servin, María Fernanda
Shuarztberg, Daiana Soledad
Sivori, Laura Vivian
Soukiassian, Jorge Eduardo
Such, José Alberto
Valdez, Rocío Anahi
Vargas, Eduardo
Vazquez, Karina Soledad
Villalba, Mónica Noemí
Villalba, Zunilda Soledad
DNI
4.880.173
11.912.849
11.803.513
20.441.328
24.237.686
10.096.623
33.645.746
12.493.871
30.021.641
23.421.901
37.054.560
12.493.806
14.378.907
12.001.785
39.277.729
6.920.670
24.237.685
14.482.214
12.026.174
MONTO
$200
$500
$400
$400
$1.000
$150
$500
$400
$300
$400
$1.500
$300
$400
$300
$1.800
$400
$250
$500
$1600
Vitelli, Araceli
Wila, Rosa
Wila, Teresa Lujan
Zarate, Adriana
2.829.122
4.791.576
4.244.049
16.369.823
$500
$400
$300
$400
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO Nº 1077/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el expediente 4041- D -4284/14 y el Decreto 940/15; y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 72 del expediente de referencia, ha habido
un error al confeccionar el decreto de Habilitación Provisoria de LAGUNA
DORADA S.R.L.
Que en su articulado se menciona erróneamente la
fecha de vencimiento mencionando el 4 de noviembre de 2014, cuando en
realidad debía decir “4 de noviembre de 2015”.
Que el artículo 113 de la Ordenanza General 267/80,
faculta al ejecutivo a revocar de oficio sus propias resoluciones antes de su
notificación a los interesados.
Que es necesario subsanar dicho error, rectificando el
acto administrativo.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado del Decreto
----------------940/15 en su articulo 2°, quedando redactado de la siguiente
manera: “La habilitación provisoria será otorgada por un término de seis
meses venciendo el día 4 de noviembre de 2015.------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, dese al
Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1079/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto el Contrato de rescisión N° 370/15, suscripto entre
la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral
General Belgrano Limitada representada por u Presidente, Sr. Alexis David
López y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que fue suscripto el contrato Nº 03/15 de fecha 01 de
enero de 2015 y con vencimiento el día 30 del mes de junio del mismo año,
procediendo a la rescisión a través de este acto administrativo.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato de rescisión N° 370 suscripto el día 21 de
-----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
370
Cooperativa
de Trabajo
Integral
General
Belgrano
Limitada
Calle 16
Nº826-Gral.
Belgrano
Rescisión de
Contrato
---------------
Importe Final
----------------
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------
Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1080/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto
el Contrato
N°
371/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral
General Belgrano Limitada representada por u Presidente, Sr. Alexis David
López y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 371 suscripto el día 21 de
-----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
371
Cooperativa
de Trabajo
Integral
General
Belgrano
Limitada
Calle 16
Nº826-Gral.
Belgrano
Mantenimiento de
espacios públicos,
separación de
residuos, limpieza y
mantenimiento
01/06/15 al
31/12/15
$ 160.000
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------
Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1081/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto
el Contrato
N°
372/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Barnechea, Walter Reinaldo y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 372 suscripto el día 21 de
-----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
372
Barnechea,
Walter
Reinaldo
Calle 30 e/ 5 y
7 Nº272-Gral.
Belgrano
Microcrédito Fondo
Rotatorio de Ayuda
Social “Dignidad”
Vigencia
-----------
Importe Final
$ 5000 devuelta
en 18 cuotas
iguales
mensuales y
consecutivas de
$ 293,45
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1082/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 21 de 2015.Visto
el Contrato
N°
373/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Sra. Wooley Zulma Luisa y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 373 suscripto el día 21 de
--------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y
el contratado que a continuación se detalla:
N°
373
Contratado
Wooley,
Zulma Luisa
Domicilio
Servicio
Calle Nº 427Gral. Belgrano
Microcrédito Fondo
Rotatorio de Ayuda
Social “Dignidad”
Vigencia
-----------
Importe Final
$ 5000 devuelta
en 18 cuotas
iguales
mensuales y
consecutivas de
$ 293,45
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1083/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7591/15, iniciado por la
Dirección de Desarrollo Local; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a
través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el
Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el
fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito.
Que el Sr. Guillermo Ismael Eseiza ha solicitado un
crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado
por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal,
determinando la aprobación del financiamiento solicitado.
Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá
convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo
con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6
del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la
modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de
los fondos recibidos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para
su otorgamiento.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por el Sr. Guillermo Ismael Eseiza
------------------DNI:
17.218.619,
por
un
monto
de
Pesos
seis
mil
($ 6.000.-) destinado a la compra de materiales e insumos para su actividad:
Albañilería, en el marco del Programa EMERGER (Ordenanza N° 17/13).----Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad
03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado
34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto
aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo
Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1084/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7593/15, iniciado por la
Dirección de Desarrollo Local; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a
través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el
Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el
fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito.
Que la Sra. Nélida Aurora Mandagarán ha solicitado un
crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado
por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal,
determinando la aprobación del financiamiento solicitado.
Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá
convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo
con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6
del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la
modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de
los fondos recibidos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para
su otorgamiento.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. Nélida Aurora
-------------------Mandagarán - DNI: 10.257.391, por un monto de Pesos veinte
mil ($ 20.000.-) destinado a la compra de materiales e insumos para mejorar
la infraestructura de su emprendimiento de fabricación de pastas, en el
marco del Programa EMERGER (Ordenanza N° 17/13).---------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad
03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado
34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto
aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo
Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1085/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7592/15, iniciado por la
Dirección de Desarrollo Local; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a
través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el
Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el
fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito.
Que la Sra. Mariana Belén Costantini ha solicitado un
crédito, a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado
por la Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal,
determinando la aprobación del financiamiento solicitado.
Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá
convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo
con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6
del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la
modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de
los fondos recibidos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para
su otorgamiento.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. Mariana Belén
-------------------Costantini - DNI: 37.354.748, por un monto de Pesos once mil
($ 11.000.-) destinado a la compra de equipamiento e insumos para mejorar
su emprendimiento: fabricación de pastas, en el marco del Programa
EMERGER (Ordenanza N° 17/13).-------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad
03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado
34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto
aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo
Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1086/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7594/15, iniciado por la
Dirección de Desarrollo Local; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a
través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el
Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el
fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito.
Que la Sra. María Celina Sittner ha solicitado un crédito,
a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado por la
Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal, determinando la
aprobación del financiamiento solicitado.
Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá
convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo
con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6
del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la
modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de
los fondos recibidos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para
su otorgamiento.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. María Celina Sittner
------------------DNI: 29.587.241, por un monto de Pesos ocho mil ($ 8.000.-)
destinado a la adquisición de un reproductor para su emprendimiento de
producción porcina, en el marco del Programa EMERGER (Ordenanza N°
17/13).-------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad
03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado
34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto
aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo
Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1087/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7595/15, iniciado por la
Dirección de Desarrollo Local; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa “Emerger”, creado a
través de la Ordenanza Nº 17/13, y reglamentado por el Decreto 741/13, el
Municipio puso en funcionamiento un programa de créditos, para el
fortalecimiento de emprendimientos productivos y servicios del distrito.
Que la Sra. Patricia Luján Rojas ha solicitado un crédito,
a través del Programa “EMERGER”, cuyo proyecto ha sido evaluado por la
Dirección de Desarrollo Local, y el equipo técnico municipal, determinando la
aprobación del financiamiento solicitado.
Que previo al cobro del préstamo, el beneficiario deberá
convenir ciertos compromisos a través de la rúbrica de un Acuerdo Mutuo
con la Municipalidad de General Belgrano, en cumplimiento con el artículo 6
del Decreto reglamentario N° 741/13, donde, entre otros, establece la
modalidad de devolución del crédito y la rendición de cuentas del destino de
los fondos recibidos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para
su otorgamiento.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar el crédito solicitado por la Sra. Patricia Luján Rojas
------------------DNI: 18.615.844, por un monto de Pesos seis mil ($ 6.000.-)
destinado
a
la
adquisición
de
herramientas
e
insumos
para
su
emprendimiento: parquizaciones, en el marco del Programa EMERGER
(Ordenanza N° 17/13).-----------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110103000, Programa 29, Actividad
03, Partida 6.3.1.0, Fuente de Financiamiento 131, Recurso Afectado
34.4.01.05 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------Artículo 3°: Será obligación del adjudicatario presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el Proyecto
aprobado.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Desarrollo
Local, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1088/15
GENERAL BELGRANO, mayo 21 de 2015.Visto la presentación efectuada por el Sr. Jorge Mario
Neuberry – DNI: 11.689.159, por Expediente 4041-N-7523/15, y;
CONSIDERANDO:
Que solicita la escrituración de un inmueble que adquirió
en legal tiempo y forma por adjudicación a través del Decreto N° 352/2004
(fs 5), convalidado por la Ordenanza N° 67/2004 (fs. 8).
Que
la
regularización
dominial
mencionada
se
caracteriza por su carácter de interés social, derivado de la situación socio
económica de la familia afectada.
Que en virtud, se halla encuadrada en las previsiones de
la Ley 10830, artículos 2° y 4°, inciso d).
Que la Asesoría Legal y Técnica considera que
corresponde declarar de interés social la escrituración del inmueble
mencionado.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Declarar de interés Social, la regulación dominial del inmueble
-----------------designado catastralmente como: Circ. I, Secc. D, Manzana 52e,
Parc. 7, del Partido de General Belgrano.----------------------------------------------Artículo 2°: Requerir la intervención de la Escribanía General de Gobierno
---------------- de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de
los actos notariales correspondientes a favor de Jorge Mario Neuberry –
DNI: 11.689.159, conforme con lo previsto por los art. 2 y 4 inc. D.-------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a
-----------------la parte interesada, tomen razón Asesoría Legal y Técnica,
remítase a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos
Aires, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------FDO) Jorge A. Eijo
– Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1089/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto
el Contrato
N°
374/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Mariano Gabriel Mantese y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 374 suscripto el día 22 de
--------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y
el contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
374
Mantese,
Mariano
Gabriel
Calle Córdoba
3161 3ª CMar del Plata
Tareas de Soporte
y asistencia
Técnica
22/05/15 al
31/08/15
Importe Final
$ 8.700
mensuales.
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1090/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto la solicitud realizada por Waldemar Augusto
Peralta ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda
económica para solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Peralta, Waldemar Augusto
DNI
13.484.656
MONTO
$ 500
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1091/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto el 205° Aniversario de la Revolución de Mayo de
1810, el próximo 25 de Mayo; y,
CONSIDERANDO:
Que se celebrará el Día de la Patria en nuestro pueblo
homenajeando a aquellos Próceres que gestaron la Libertad de nuestra
Patria, marcando un hito en la historia de nuestro país.
Que el acto se desarrollará en la “Plaza Belgrano” con la
participación de delegaciones escolares, banda Municipal de Música,
autoridades municipales e institucionales, y público en general.
Que en adhesión a esta fecha se desarrollarán varios
eventos culturales.
Que es necesario autorizar gastos de alquileres de
pantallas y servicio de sonido para esta celebración.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de Pesos veinticinco mil ($ 25.000.-) el
----------------gasto que demande la conmemoración de un nuevo Aniversario
de la Revolución de Mayo de 1810.------------------------------------------------------Artículo 2°: Aprobar los contratos suscriptos el día 22 de mayo de 2015,
------------------entre la Municipalidad de General Belgrano y los contratados
que a continuación se detallan:-----------------------------------------------------------N°
375
376
Contratado
Sala, Leonardo
Sívori, Federico I.
Domicilio
Diagonal 75
Nº 356 - La
Plata
Guemes n°
210.
Gral.
Belgrano
Servicio
Alquiler, montaje,
programación,
operación y
asistencia técnica
de 1 Pantalla LED
Sonido, e
iluminación en
espectáculos
culturales
Vigencia
Importe
Final
23 y
24/5/2015
$15.400
23 y
24/5/2015
$ 6.000.-
Artículo 2°: Los gastos a efectuar serán imputados a la Jurisdicción
--------------------1110102000, Programa 21, Actividad 03 del Presupuesto de
Gastos vigentes.-------------------------------------------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, Cultura, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1092/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Escot, María Ramona
Espinosa, Marianela Solange
DNI
4.082.623
35.558.426
MONTO
$400
$1.000
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.---------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1094/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto lo actuado en el expediente administrativo 4041-D-5942/14, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 y 6, la Directora de Recursos Humanos,
informa que el agente municipal Walter Berón, Legajo N° 1944, ha incurrido
en una serie de inasistencias, injustificadas, a su puesto de trabajo desde el
mes de noviembre de 2014 al 12 de enero de 2015.
Que a fojas 2, obra cédula de intimación de fecha
17/11/2014, a los fines que la agente municipal se reintegre a sus tareas y
justifique sus inasistencias, conforme lo determina el artículo 65° de la Ley
11.757.
Que existen antecedentes referentes a inasistencias del
agente Berón en el expediente 4041-D-5942/14.
Que a fojas 7, consta el dictamen de la Asesoría Legal y
Técnica que indica que analizadas las actuaciones, la prueba documental
que obran en las presentes actuaciones, se considera oportuno y
conveniente dejar cesante al agente Walter Berón conforme lo prescribe la
Ley 11.757 Estatuto del Personal de las Municipalidades de la Pcia. de
Buenos Aires, en el Capítulo I “Obligaciones del agente: artículo 65° El
agente que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso,
será considerado incurso en abandono de cargo. Se lo intimará para que se
reintegre a sus tareas dentro del término de un día hábil subsiguiente al de la
notificación y si no se presentare, vencido el plazo, se decretará su
cesantía…….Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Disponer a partir del 1 de noviembre de 2014, la cesantía del
-----------------agente Walter Berón, DNI: 24.869.491, Legajo N° 1944, por
haber incurrido en abandono de cargo. (art. 65 ley 11.757).------------------------
Artículo 2°: Notificar el presente Decreto al agente municipal.--------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Recursos Humanos, Contaduría, Liquidación de Haberes,
dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO Nº 1095/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015
Visto la solicitud efectuada por el Instituto Superior de
Formación Docente y Técnica Nº 74, y;
CONSIDERANDO:
Que solicita una ayuda económica para solventar los
gastos de viáticos de los docentes de los Profesorados de Física, Biología y
de Lengua y Literatura que dictan clases en dicha institución, además de
otros gastos de funcionamiento del instituto.
Que el Departamento Ejecutivo, tiene como objetivo
contribuir a fomentar la educación de la comunidad, otorgando en esta
oportunidad un subsidio mensual a la institución para los fines solicitados.
Que es necesario el dictado del acto administrativo
correspondiente.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio mensual de pesos tres mil quinientos veinte
----------------($ 3.520.-) a la Cooperadora del Instituto Superior de Formación
Docente y Técnica Nº 74, en la persona de su Presidente Sra. Dania Montes
de Oca, DNI: 30.021.727, durante los meses de junio a diciembre, para ser
afectado a gastos de funcionamiento de la institución y al pago de viáticos de
profesores de las carreras de Física, Biología y Lengua y Literatura.-----------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se
--------------- imputará a la
Actividad
07
–
Inciso
Jurisdicción 1110101000
5.1.5.0,
Fuente
de
– Programa 01,
Financiamiento
132,
Recurso11.4.02.00, del Presupuesto de Gastos vigente.-------------------------Artículo 3°: La entidad beneficiaria deberá rendir cuentas de la inversión
-----------------realizada mediante balance de inversión, conforme lo establece
la Ley Orgánica de las Municipalidades.------------------------------------------------
Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, notifíquese a la
-----------------parte interesada, tomen razón Contaduría, Tesorería, dese al
Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1096/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-F-7526/15,
iniciado por el Sr. Mauro Marcelino Flores; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Flores solicita el beneficio que otorga el
Fondo Esperanza de Vida para la adquisición de un par de lentes, puesto
que presenta un diagnóstico de dificultad de visión.
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del par de
lentes, teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos del
solicitante.
Que a fojas 7, la Comisión Reguladora del Fondo
Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por el Sr.
Mauro Marcelino Flores, conforme el presupuesto de fojas 3 (Óptica Soloeta)
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar un subsidio al Sr. Mauro Marcelino Flores - DNI:
-----------------30.021.737 de Pesos Mil Trescientos Setenta ($1.370.-) para
solventar los gastos que demande la adquisición del par de lentes.-------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se
----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la
-----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de
las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro
Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1097/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente 4041-L-5689/14, y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 la Sra. Juana Haydee Lastra solicita se le
incorpore como responsable de pago del inmueble nomenclatura catastral
Circ. I, Sección E, Manz. 32AB, Parcela 29, cuenta N° 746200, puesto que
ha manifestado realizar la limpieza y mantenimiento del inmueble.
Que la Dirección de Control y Fiscalización manifiesta a
fojas 10 que se constata en el lugar un lote baldío, cercado por un
alambrado,
totalmente
desmalezado,
en
buenas
condiciones
de
mantenimiento. Entrevistada la Sra. Lastra, manifiesta que ella es quien se
ocupa desde hace años del mantenimiento del lugar, el cual utiliza como
estacionamiento de su vehículo. Agrega que no se ha presentado nadie a
reclamar por dicho predio.
Que a fojas 18 el Sr. Javier Ramón Martin manifiesta su
intención de regularizar la deuda existente, agregando a fojas 19 a 21 copia
de la escritura del inmueble.
Que a fojas 23 el Departamento de Recaudación adjunta
libre deuda del inmueble en cuestión.
Que a fojas 26 Asesoría Legal y Técnica informa que de
acuerdo a la documentación acompañada por el titular del inmueble, sumado
a que las tasas municipales se encuentran al día,
resulta imposible
incorporar un responsable de pago y que, por lo tanto, deberá denegarse la
solicitud de fojas 1.
Que
corresponde
efectuar
el
acto
administrativo
desestimando la solicitud de responsable de pago.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A:
Artículo 1°: Desestimar la solicitud de responsable de pago de la tasa de
----------------Servicios Urbanos Municipales, de la cuenta 746200 efectuada
por la Sra. Juana Haydee Lastra, DNI: 21.983.067, domiciliada en calle 105
N° 465 General Belgrano.-------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a realizar las
----------------adecuaciones que correspondan.-----------------------------------------Artículo 3º: Notificar a la parte interesada a través del Departamento de
-----------------Recaudación.-----------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Departamento Procesamiento de Datos, Recaudación, dese al
Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1098/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto
el Contrato
N°
377/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y
Cooperativa de Trabajo: Trabajo
Belgranense Limitada y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 377 suscripto el día 22 de
--------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y
el contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
377
Cooperativa
de Trabajo:
Trabajo
Belgranense
Limitada
Calle 16
Nº826-Gral.
Belgrano
Prorroga del
contrato 522/14
Hasta 30
de junio de
2015
Importe Final
------------
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1099/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.Visto
el Contrato
N°
378/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y
Cooperativa de Trabajo: Trabajo
Belgranense Limitada y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 378 suscripto el día 22 de
--------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y
el contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
378
Cooperativa
de Trabajo:
Trabajo
Belgranense
Limitada
Calle 16
Nº826-Gral.
Belgrano
Prorroga del
contrato 523/14
Hasta 30
de junio de
2015
Importe Final
------------
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1100/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el Decreto Nº 943/15, que establece el cese de
la agente municipal Marta B. Rosas para acogerse a los beneficios
jubilatorios, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada agente se desempeñó durante más de 30
años en la Municipalidad.
Que el artículo 19, inciso f, de la Ley 11.757 – Estatuto
del Empleada Municipal, establece que quien cumpla 30 años de
antigüedad recibirá una retribución de 6 sueldos básicos.
Que en la actualidad mantiene absoluta vigencia y en
este caso en particular se trata de un pequeño reconocimiento económico
por la tarea que con tanta dedicación y esmero ha desarrollado la Sra.
Marta Rosas en el Municipio.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar a la ex agente municipal Marta Beatríz Rosas
-------------------DNI: 6.197.153, la suma de Pesos veintiocho mil ciento
veintitrés con 20/100 ($ 28.123,20), equivalente a seis (6) sueldos
básicos, conforme lo establece el art. 19, inciso f, de la Ley 11757 –
Estatuto del Empleado Municipal.-----------------------------------------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto
--------------- se imputará a la Jurisdicción 1110101000, Programa 16,
Actividad 01, inciso 1.1.5.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-----------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
-----------------razón Contaduría, Departamento Liquidación de Haberes,
Recursos Humanos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y
archívese.------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1101/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el Decreto N° 1489/12; y,
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se dio comienzo a la utilización
del sistema de Tarjeta VISA, para el otorgamiento de subsidios por
alimentos.
Que corresponde indicar las personas y los montos
otorgados a cada mes.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio -Sin rendición de cuentas- a las personas
----------------que se detallan en el Anexo I, por los importes que en cada caso
se consignan, cuyo importe total asciende a pesos Sesenta Mil ochocientos
($ 60.800.-).------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se
----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 25, Actividad
01, Partida 5.1.4.0 de la del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Promoción Social, dese al Registro Oficial del
Municipio, publíquese, archívese.-------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
Decreto N° 1101/15
SUBSIDIO TARJETA VISA MUNICIPAL MAYO 2015
ORDEN
CUENTA
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
44
45
512129651
512129668
512129682
512129699
512129705
512129712
512129729
512129736
512129743
512129750
512129767
512129781
512129798
512129804
512129811
512129828
512129835
512129842
512129859
512129873
512129880
512129903
512129910
512129927
512129934
512129941
512129958
512129965
512129972
512129989
512129996
512130006
512130013
512130037
512130044
512130051
512130068
512130075
512130082
512130099
512130105
512130112
512130136
512130143
APELLIDO Y NOMBRE
RODRIGUEZ MARIA ELIZABETH
ALGAÑARAZ MARISA
LAMAS NIDIA ROSALIA
ORTIGOZA CLARA
SEBASTIANI MARIA BELEN
WEBER LILIANA
CASTELLO SONIA
WILA SANDRA
CAPRIA ROSANA
ABACA JUAN
ATUN TERESA
BERGEON CRISTINA
WILA LAURA
SIVORI STELLA
CABELLO ZULEMA
SZOTT SILVIA
QUINTEROS ROMINA
LODIGIANI PAOLA
ACOSTA NIEVES ROSA
MIGDAL PATRICIA
CAIMI MARCELA
DIEZ GRISELDA
MEDINA MARIELA
GONZALEZ MARTA
LOUSTAUNAU OMAR
LOPEZ NELIDA
PLADELLORENS ADRIAN EDUAR
MOLINA MARCELA
SOLANILLE ABIGAIL
SEBASTIANI MARIA LUJAN
DIAZ NATALIA
DUARTE MIRIAM
ARTOLA MIRIAM MONICA
BOUZON LILIA
PUERTAS MABEL
ESNARRIAGA MARIA ESTHER
OCHIPINTI GABRIELA
GAETE YAMILA SOLEDAD
AGUERO DANIELA SOLEDAD
AGUERO MARA YOHANA
SIVORI LAURA
CORDOBA ESTELA MARIA
FARIAS LAURA
LIMA NATALIA PAOLA
DOCUMENTO
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
LE
DNI
DNI
DNI
DNI
LC
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
LE
LC
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
LC
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
DNI
12423133
35393929
26663014
13484522
30021641
26807468
20441394
20499487
18056378
8576912
16264558
24237552
18615845
23013338
4869159
24227213
32128024
23667917
10257352
14650897
18056320
13667912
27479580
13891752
5213040
4082603
14030543
24844799
37784843
37054581
27882944
94305360
17051008
1719379
25269410
31259962
20674573
33173802
36092493
37054515
12493806
14030566
23106687
27857770
TARJETA
110430
110440
110460
110470
110430
110490
110500
110510
110520
110530
110540
110560
110570
110580
110590
110600
110610
110620
110630
110650
110660
110680
110690
110700
110710
110720
110730
110740
110750
110760
110770
110780
110790
110800
110810
110820
110830
110840
110850
110860
110870
110880
110900
110910
IMPORTE
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
200.00
200.00
200.00
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APELLIDO Y NOMBRE
DURE BLANCA
AMARILLO MARCELA
FERNANDEZ SANDRA
BONFIGLIO MARINA
CHAGA SIMON LAURA
CABRERA MARIA ANGELICA
ARCE LUSI
BAEZ CLAUDIA
ROCHA STELLA MARIS
WILA VERONICA ALEJANDRA
LEGUIZAMON CARMEN
BORELLA LORENA
SENTURION ANGELA ADRIANA
JURADO EUGENIA
VIRRETO JUANA ADELINA
ADOLF JUAN CARLOS
ROMERO YAMILA
MOLINA ABELARDO
LEIVA LIDIA
AMARILLO GRACIELA
PEREYRA SILVIA
RODRIGUEZ JORGE RAUL
OLSOWY ANGELICA
PEREYRA SUSANA
WEBER GABRIELA
CEJAS AMALIA NOEMI
GILES DIANA
MILLAS MARISA
MORA NORMA
MORENO XIOMARA AYELEN
BICERNE MARIA CRISTINA
ALMIRON RAMONA FLORENCIA
AVILA CAROLINA
COWES DAIANA
HERNANDEZ FATIMA
LAMENDOLA VERONICA
LANDRIEL RITA
CASSINO FLORENCIA
ACOSTA MERCEDES
DOMINGUEZ ROSANA
DECATRE SANDRA
ARRIETA NATALIA SOLEDAD
ESEIZA MARIA ISABEL
ESPINDOLA MIGUELINA
JURADO MARISOL
LANDA DALMA
LATRONICO LAURA
PISCITELLI ROBERTO
BENITEZ PORFIRIA
BRAMAJO JULIO
DECATRE NESTOR DANIEL
DUARTE ROMINA
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512131276
APELLIDO Y NOMBRE
PALMA JORGE
ELBAINO PABLA ELVIRA
ESPERATTI ELBA NOEMI
GONZALEZ ANTONIA
GUTIERREZ LORENA
HARAN JOSE LUIS
MAHON IRMA
MARZANO LILIANA BARBARA
PION DELMA GABRIELA
RIVERA STELLA MARIS
SANYAR NORA
SERVIA MARIA DEL CARMEN
SIRES MARCELA LUJAN
TALLON FLORENCIA
TAVERNA ANDREA
TAVERNA GLADYS
VILLEGAS ERICA
VERGA JULIA
VILLEGAS LILIANA
WILA ROSA
WARD JOSE LUIS
SALINAS LILIANA
TOLOZA SUSANA
LASCOITY SILVIA
VALDINAZZI DALMA
ORLANDO AIDELMAR ADELINA
ACOSTA MARISA
JAIMERENA GRACIELA
MOLINA RAMON PEDRO
SILVERO LILIANA
RODRIGUEZ OSCAR ANIBAL
GOMEZ SILVIA
FLORES ROSANA ELCIRA
BAEZ MIRTA LILIANA
ESCOBAR CLAUDIA
CASAL CARINA
ACOSTA JUAN CARLOS
RODRIGUEZ LORENA
MILLAS LIDIA
NOVELINO SILVIA FERNANDA
BARBERO MARIA LUISA
BLANCO YESSICA DANIELA
MENDEZ MELINA MARIANELA
MOLINA PILAR
CORONEL JOSE
CLAVIJO VERONICA
DUARTE LUCIA
MIRANDA CINTIA
DE LA CANAL MARIA
IRIGARAY MIRIAM
GONZALEZ MARIA ALEJANDRA
MICIELLI STELLA MARIS
DOCUMENTO
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512131917
APELLIDO Y NOMBRE
LOPEZ NOELIA SOLEDAD
LOPEZ MARIA CRISTINA
MICIELI GISELA
AYALA LORENA ESTHER
PROSDOCIMI ELVIRA
ALMADA OSVALDO
ARTIEDA FABIANA
AYALA MARCELA
BASUALDO MONICA
BERON DAIANA
BERON SILVIA DANIELA
CHAVES VERONICA LUJAN
CUESTAS NORMA
DELGADO SUSANA
DIEZ NATALIA
TALLON AGUSTINA
FLORES NORMA
GARCIA CESAR EDUARDO
GARCIA ELSA AURORA
GATICA HECTOR JESUS
GOMEZ ALBA
GOMEZ ELSA BEATRIZ
GOMEZ MARIA HAYDEE
GONZALEZ ALEJANDRA
GODOY MARIA INES
IZURIETA MARIA DEL CARMEN
LEANI AGUEDA
MANZANARES AMELIA
MOLINA GLADYS
PALAVECINO ANGELA PAOLA
PRIETO MARIA AURORA
PONCE DE LEON LAURA
PONCE DE LEON MARIA ANGEL
QUINTEROS MERCEDES
RISSO JUAN CARLOS
ROSAS ANDREA VANINA
RUGGIERO DOMINGO
SABARIS CLAUDIA
SILVEIRA ELIZABETH ANGELI
STAGNO MONICA
SUAREZ GRACIELA
VARGAS EDUARDO
VASQUEZ KARINA SOLEDAD
VAZQUEZ ADRIANA MABEL
ZUBELET JUANA
ACOSTA CARLOS
CORDOBA MONICA LUJAN
CESARI ROSA
CIURLANTI RUBEN
CORDOBA CINTIA
DIAZ ANGEL LORENZO
IGLESIAS MARIA ELENA
DOCUMENTO
DNI
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APELLIDO Y NOMBRE
LEGUIZAMON MARIA ELENA
LOZANO MARIA
MATAMALA CARINA
JULIANI DANIEL MARTIN
MONTES SUSANA EMILIA
MONTES MONICA GRACIELA
MONTANINI VERONICA
NAGERA MABEL
PEREDA DANIEL
PALLERO CAROLINA
PAWLUCZIK FABIANA
QUINTEROS MARIA
ROSAS JORGE
TORRES CARLA
VELOZO ALDANA
ZAPATA CRISTINA
DECATRE PATRICIA
VILLA LETICIA RAQUEL
OTONELLO LUISA DOLORES
RODRIGUEZ PAOLA DANIELA
BARRAGAN MARIA DE LOS ANG
DORADO HILDA
BICO ROSANA
DONADIO MARTA
BARRAZA MIRTA
RODRIGUEZ SUSANA
AGUIRRE HUGO
BICO MARIA ROSA
TORRES VALERIA
RODRIGUEZ SILVIA VERONICA
TORMO MARIA ROCIO
FERNANDEZ MARIANA SOLEDAD
BICO CLAUDIO
DELMAS TERESA SUSANA
SERRANO MARTIN LUIS
JULIANI NORA NOEMI
ORTIGOZA MARTA BEATRIZ
PAGANO HILDA
MOLINA MARIA CRISTINA
QUINTEROS NORMA
PALAVECINO PAMELA
DIAZ CAJES GABRIELA MARIA
RAFECA CAMILA
ARNOL YANINA
CAVALLERI MIRTA
NAGLE ANDREA
MAZZENZIO LAURA
MOJICA CLAUDIA MARGARITA
VAZQUEZ CLAUDIA ARACELI
GONZALEZ JESICA ELIZABETH
RIVAROLA RAMONA JORGELINA
GARCE ADRIANA EMILCE
DOCUMENTO
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VIVALDI MIRTA
BARRIONUEVO DAIANA YESICA
ESCOBAR ANALICIA ESTEFANI
JATIP ANA ROSA
CLERICI KEILA YANINA
VILELA CAMILA ISABEL
CORVALAN ESTEFANIA SOLEDA
FLORES SILVIA PATRICIA
ARNOL MANUELA
CASTELLO MARIA CECILIA
AGUIRRE WALTER
ALZUGARAY PAULA
CONFEGGI CINTIA
DOS SANTOS SILVA FRANCILENE
GOMIERO SILVANA
JAIMES NATALIA
LOBATTI GONZALEZ JULIA DORA
MARGARIA ROSA SUSANA
MORENO BETTINA
OYARZUM MIRTA HAYDEE
PERFETTO CLAUDIA
QUIROGA CRUZ FLORA
RODRIGUEZ JUANA
CALABRESE ANA BELEN
ARANA DOMINGA
RODRIGUEZ ROSA
BICO VERONICA
BASUALDO ESTHER
SAMANEK NORMA
BARRERA CARMEN
LANDA MARISOL
RISSO ISABEL
VASALLO LORENA
MOREYRA ROSA
ASCUA MARIANO
PONCE JESICA
GODOY MARIA DEL CARMEN
CARBALLO RUBEN
JURADO LEONELLA
BELTRAN PILAR
RADICI CECILIA
JOHNSTON MONICA
GUTIERREZ YOLANDA
FLORES CLAUDIO
ALVAREZ LILIANA
ALVAREZ JUAN
VIVARDO OVIDIO
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ORTIGOZA CLARA
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ABACA JUAN
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SZOTT SILVIA
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LE
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DNI
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DNI
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DNI
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DNI
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LE
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PION DELMA GABRIELA
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RIVERA STELLA MARIS
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SANYAR NORA
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TALLON FLORENCIA
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VERGA JULIA
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2332000250
OTONELLO LUISA DOLORES
DNI
2332000251
RODRIGUEZ PAOLA DANIELA
DNI
2332000252
BARRAGAN MARIA DE LOS ANG
DNI
2332000253 S/N
DORADO HILDA
DNI
2332000254 S/N
BICO ROSANA
DNI
2332000255 S/N
DONADIO MARTA
DNI
2332000256 S/N
BARRAZA MIRTA
LC
2332000257 S/N
RODRIGUEZ SUSANA
DNI
2332000258 S/N
AGUIRRE HUGO
LE
2332000259 S/N
BICO MARIA ROSA
DNI
2332000260 S/N
30312835
27290245
92444606
5
34491755
67
35393904
31168540
0
13
3340569
47
37054586
77
31168637
35219073
2
0
0
1
1
3
4
12
5207998
45
33035491
2
27290293
34
23005401
34
4791432
74
32700093
65
18248293
65
33645746
27
24817094
12844677
31211930
26989944
4791518
24237686
5254368
29683133
512132255
4223320002
512132262
4223320002
512132279
4223320002
512132286
4223320002
512132293
4223320002
512132309
4223320002
512132316
4223320002
512132323
4223320002
512132330
4223320002
512132347
4223320002
512132354
4223320002
512132361
4223320002
512132378
4223320002
512132385
4223320002
512132392
4223320002
512132408
4223320002
512132415
4223320002
512132422
4223320002
512132439
4223320002
512132446
4223320002
512132453
4223320002
512132460
4223320002
512132477
4223320002
512132484
4223320002
512132491
4223320002
512132507
4223320002
TORRES VALERIA
2332000261
RODRIGUEZ SILVIA VERONICA
2332000262
TORMO MARIA ROCIO
2332000263
FERNANDEZ MARIANA SOLEDAD
2332000264
BICO CLAUDIO
2332000265
DELMAS TERESA SUSANA
2332000266
SERRANO MARTIN LUIS
2332000267
JULIANI NORA NOEMI
2332000268
ORTIGOZA MARTA BEATRIZ
2332000269
PAGANO HILDA
2332000270
MOLINA MARIA CRISTINA
2332000271
WILA VERONICA ALEJANDRA
2332000272
QUINTEROS NORMA
2332000273
PALAVECINO PAMELA
2332000274
DIAZ CAJES GABRIELA MARIA
2332000275
RAFECA CAMILA
2332000276
ACEVEDO ESTEFANIA
2332000277
ARNOL YANINA
2332000278
CAVALLERI MIRTA
2332000279
CUESTAS NORMA BEATRIZ
2332000280
NAGLE ANDREA
2332000281
MAZZENZIO LAURA
2332000282
MOJICA CLAUDIA MARGARITA
2332000283
VAZQUEZ CLAUDIA ARACELI
2332000284
DIAZ ELSA ESTELA
2332000285
GONZALEZ JESICA ELIZABETH
2332000286
DNI
S/N
DNI
S/N
DNI
S/N
DNI
S/N
DNI
37054503
23325746
32274103
31168536
7
LC
S/N
DNI
S/N
DNI
12984855
3
DNI
S/N
DNI
S/N
DNI
S/N
DNI
S/N
DNI
S/N
DNI
20036144
37
25514497
22085881
30530377
30021613
14907984
0
DNI
S/N
DNI
11
DNI
13
DNI
1
DNI
S/N
DNI
12
DNI
8
DNI
0
DNI
3
DNI
1
DNI
S/N
DNI
S/N
24958408
76
5270610
33269432
16
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36936304
70
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61
33269467
76
22771759
16369839
66
23477064
56
29450444
37
18651429
73
22771788
36
4791432
35093301
512132514
4223320002
512132521
4223320002
512132538
4223320002
512132545
4223320002
512132552
4223320002
512132569
4223320002
512132576
4223320002
512132583
4223320002
512132590
4223320002
4223320002
512132613
4223320002
512132620
4223320002
512132637
4223320003
512132644
4223320003
512132651
4223320003
512132668
4223320003
512132675
4223320003
512132682
4223320003
512132699
RIVAROLA RAMONA JORGELINA
2332000287
GARCE ADRIANA EMILCE
2332000288
SEBASTIANI MARIA BELEN
2332000289
GONZALEZ CLAUDIA
2332000290
SIVORI PAOLA ELIZABETH
2332000291
VIVALDI MIRTA
2332000292
BARRIONUEVO DAIANA YESICA
2332000293
BLANCO JESSICA DANIELA
2332000294
ESCOBAR ANALICIA ESTEFANI
2332000295
PONCE JESICA VIVIANA
2332000296
JATIP ANA ROSA
2332000297
CLERICI KEILA YANINA
2332000298
VILELA CAMILA ISABEL
2332000299
CORVALAN ESTEFANIA SOLEDA
2332000300
BA㺯A ESTRELLA VANESA
2332000301
BENITEZ MARIA JULIETA
2332000302
FLORES SILVIA PATRICIA
2332000303
ARNOL MANUELA
2332000304
CASTELLO MARIA CECILIA
2332000305
DNI
0
DNI
5
DNI
15
DNI
1
DNI
4
DNI
10
DNI
3
DNI
9
DNI
1
DNI
0
DNI
14
DNI
0
DNI
0
DNI
S/N
DNI
10
DNI
10
DNI
0
DNI
2
DNI
16219213
7
13484610
4
30021641
12
29216804
97
32128015
53
12403768
44
36092502
65
37054511
47
32128007
76
36635155
40
33800125
92
36919761
27
35073585
16
35073543
25269497
73
28123747
33
23335505
60
36635139
35
23667940
DECRETO N° 1102/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto el Contrato de rescisión N° 379/15, suscripto entre
la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y el Sr. Olivera Cristian y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que fue suscripto el contrato Nº 320/15 de fecha 01 de
mayo de 2015 y con vencimiento el día 31 del mes de agosto del mismo año,
procediendo a la rescisión a través de este acto administrativo.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato de rescisión N° 379 suscripto el día 26 de
-----------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y el
contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
379
Olivera
Cristian
Calle 25 de
Mayo Nº 3926Berisso
Rescisión de
Contrato
A partir del
01/06/2015
----------------
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1103/15
GENERAL BELGRANO, mayo 26 de 2015.Visto el Expediente 4041- P-7011/15, iniciado por la
Peña Boquense Vicente Pernia de, y;
CONSIDERANDO:
Que
por
el
mismo,
la
citada
institución
solicita
autorización para poner en circulación un bono contribución.
Que el producto de lo obtenido, estará destinado a las
causas “Una camioneta para Matías y Nicolás Olaeta” y “Todos por Agus
López”.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Autorizar a la Peña Boquense “Vicente Pernia”
a emitir,
---------------promover y circular un total de quinientos (500) Bonos
Contribución, de dos números cada Bono, al valor de Pesos Cuarenta ($
40.-) cada uno.---------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
------------------Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.--------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a la
-----------------parte interesada, tomen razón las Direcciones de Contaduría,
Ingresos Públicos,
dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1104/15
GENERAL BELGRANO, mayo 26 de 2015.Visto la pelea de Box por la Defensa del Título
Interprovincial a realizarse en la Provincia de la Pampa, ciudad de Pico
Truncado, los días 29 y 30 de mayo de 2015, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta competencia participará el joven deportista
belgranense Alexis Torres.
Que por tal motivo, su padre Oscar Torres, ha solicitado
a la Dirección de Deportes una ayuda económica para acceder a dicha
competencia.
Que es necesario apoyar a los deportistas de la ciudad
brindándoles la ayuda necesaria, dado que son representantes del pueblo de
General Belgrano.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo otorgar un
subsidio para solventar los gastos que le demande su participación en el
evento.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio de Pesos ochocientos ($ 800.-) al Sr. Oscar
------------------Torres – DNI: 22.984.314, para ser afectado a gastos que
demande la participación de su hijo Alexis Torres – DNI: 40.546.545, en la
Pelea de Box por la Defensa del Título Interprovincial, a realizarse en la
Provincia de la Pampa, ciudad de Pico Truncado, los días 29 y 30 de mayo
de 2015.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 22,-Actividad
04, Inciso 5.1.4.0, del Presupuesto de Gastos vigentes.-----------------------------
Artículo 3°: El beneficiario del presente Decreto, deberá rendir cuentas
-----------------de la inversión realizada, conforme lo establece la Ley Orgánica
de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.--------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Deportes, dese al registro Oficial del
Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1105/15
GENERAL BELGRANO, mayo 26 de 2015.Visto la reunión de la que participará el Sr. Intendente
Municipal en la ciudad de Mar del Plata los días 27 y 28 de mayo de 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que el Intendente se trasladará a la ciudad de Mar del
Plata a fin de reunirse con el Jefe de Gabinete de la Nación Dr. Anibal
Fernández, a fin de tratar temas de gestión municipal.
Que el encuentro demandará el gasto de traslado y
estadía del Intendente y su comitiva, los cuales serán efectuados a través de
una caja chica especial otorgada para tal fin.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar el gasto que demande la participación del Intendente
----------------Municipal y su comitiva en la reunión con el Jefe de Gabinete de
la Nación Dr. Anibal Fernández, a realizarse en la ciudad de Mar del Plata
los días 27 y 28 de mayo de 2015.---------------------------------------------------Artículo 2º: Otorgar al Secretario Privado Matías Such – DNI: 30.021.775,
----------------una Caja Chica Especial de pesos tres mil ($ 3.000.-), los que
deberán ser destinados a solventar el pago de los gastos de Combustibles y
Lubricantes, Peajes, Servicios de Restaurante, alimentos, Alojamiento y
Estacionamiento durante las jornadas enunciadas.---------------------------------Artículo 3°: Establecer que el Sr. Such deberá rendir cuentas de los
-----------------fondos recibidos, y de no ser así deberá reintegrar los importes
correspondientes en la Tesorería Municipal.-------------------------------------------Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será
----------------imputado a la Jurisdicción 1110101000, Programa 01, Actividad
01 del Presupuesto de Gastos vigente.-------------------------------------------------Artículo 5º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
---------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------
Artículo 6°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1106/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto
el Contrato
N°
380/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral
General Belgrano y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 380 suscripto el día 26 de
--------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y
el contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
380
Cooperativa
de Trabajo
Integral
General
Belgrano
Calle 16
Nº826-Gral.
Belgrano
Remodelación de
los vestuario de la
pileta municipal
02/06/15 al
02/12/15
$ 618.925
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1107/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto
el Contrato
N°
381/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Cooperativa de Trabajo Integral
General Belgrano y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 381 suscripto el día 26 de
--------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y
el contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
381
Cooperativa
de Trabajo
Integral
General
Belgrano
Calle 16
Nº826-Gral.
Belgrano
Zanjeo y tapada
para la ejecución
de obras de agua
corriente
02/06/15 al
02/07/15
$ 33.655
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1108/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 26 de 2015.Visto
el Contrato
N°
382/15,
suscripto
entre
la
Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente
Municipal Prof. Jorge Alejandro Eijo y la Agencia Nacional de Seguridad Vial
representada por el Sr. Director Ejecutivo Felipe, Rodríguez Laguens y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio demanda la contratación de servicios
varios en las distintas áreas municipales, teniendo en cuenta las
necesidades que se requieren para la asistencia de la comunidad.
Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo
celebrar contratos, fijando a las partes la jurisdicción provincial.
Que
es
necesario
proceder
al
dictado
del
acto
administrativo correspondiente, a fin de autorizar la respectiva contratación.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Aprobar el Contrato N° 382 suscripto el día 26 de
--------------------mayo de 2015, entre la Municipalidad de General Belgrano y
el contratado que a continuación se detalla:
N°
Contratado
Domicilio
Servicio
Vigencia
Importe Final
382
Agencia
Nacional de
Seguridad
Vial
Av. Brasil Nº
55- C.A.B.A
Comodato de un
Alcoholímetro y una
impresora para
Alcoholímetro
26/05/15 al
26/05/16
------------
Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Compras, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1109/15
GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto la solicitud realizada por Mariana Vanesa Schwindt
ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica
para solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a las personas y por los montos que a
-----------------continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
DNI
MONTO
Schwindt, Mariana Vanesa
26.205.798
$ 600
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Hacienda Luis H. Godoy Berrocal .--------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón las Direcciones de Contaduría, Tesorería, Promoción
Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1110/15
GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7545/15, iniciado por la
Dirección de Promoción Social; y,
CONSIDERANDO:
Que
la
Sra.
Antonia
González
ha
solicitado
un
microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal
“Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de
construcción para la refacción de su vivienda.
Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos
por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al
financiamiento solicitado.
Que previamente, la Sra. Antonia González firmará con
la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo, que
establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del
Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) .
Que corresponde el dictado del acto administrativo de
adjudicación del referido microcrédito.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos
----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), a la Sra. Antonia
González- LC: 06.180.657, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.)
destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su
vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad
06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131
Recurso afectado
34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.----------------------------------------
Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el
microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación,
Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1111/15
GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el Expediente N° 4041-D-7541/15, iniciado por la
Dirección de Promoción Social; y,
CONSIDERANDO:
Que la Srta. Cynthia Carla Busto ha solicitado un
microcrédito, en el marco del Programa de Microcréditos Municipal
“Dignidad” (Decreto 782/09), destinado a la compra de materiales de
construcción para la refacción de su vivienda.
Que ha cumplimentado con los requisitos establecidos
por el Programa mencionado, estando en condiciones de acceder al
financiamiento solicitado.
Que previamente, la Srta. Cynthia Carla Busto firmará
con la Municipalidad de General Belgrano un Contrato de Mutuo Acuerdo,
que establece la devolución del préstamo, en cumplimiento al artículo 6° del
Reglamento General de Programas de Microcréditos (Decreto N°285/09) .
Que corresponde el dictado del acto administrativo de
adjudicación del referido microcrédito.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudicar un crédito en el marco del Programa de Microcréditos
----------------Municipal “Dignidad” (Decreto 782/09), a la Srta. Cynthia Carla
Busto- DNI: 34.791.768, por un monto de pesos cinco mil ($ 5.000.)
destinado a la compra de materiales de construcción para la refacción de su
vivienda.------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 24, Actividad
06, Partida 6.3.1.0 Fuente de Financiamiento 131
Recurso afectado
34.4.01.03 del Presupuesto de Gastos vigente.----------------------------------------
Artículo 3°: Será obligación de la adjudicataria presentar la correspondiente
-----------------Rendición de Cuentas, en la que constará el destino dado al
fondo otorgado, el cual deberá tener exacta correspondencia con el
microcrédito aprobado.-----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría, Tesorería, Procesamiento de Datos, Recaudación,
Promoción Social dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo.) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1112/15
GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto la solicitud realizada por Alejandra Daniela Belloni
ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica
para solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a las personas y por los montos que a
-----------------continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
DNI
MONTO
Belloni, Alejandra Daniela
25.273.135
$ 1.500
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Hacienda Luis H. Godoy Berrocal .--------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón las Direcciones de Contaduría, Tesorería, Promoción
Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.----------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1113/15
GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el Decreto Nº 389/15, que establece el cese de
la agente municipal Mónica Marcela Torrijos para acogerse a los
beneficios jubilatorios, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada agente se desempeñó durante más de 30
años en la Municipalidad.
Que el artículo 19, inciso f, de la Ley 11.757 – Estatuto
del Empleada Municipal, establece que quien cumpla 30 años de
antigüedad recibirá una retribución de 6 sueldos básicos.
Que en la actualidad mantiene absoluta vigencia y en
este caso en particular se trata de un pequeño reconocimiento económico
por la tarea que con tanta dedicación y esmero ha desarrollado la Sra.
Mónica Marcela Torrijos en el Municipio.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar a la ex agente municipal Mónica Marcela Torrijos –
------------------DNI: 11.123.845, la suma de Pesos veinticuatro mil
doscientos noventa y dos con 56/100 ($ 24.292,56), equivalente a seis (6)
sueldos básicos, conforme lo establece el art. 19, inciso f, de la Ley 11757
– Estatuto del Empleado Municipal.---------------------------------------------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto
--------------- se imputará a la Jurisdicción 1110101000, Programa 16,
Actividad 01, inciso 1.1.5.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-----------------------Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
-----------------razón Contaduría, Departamento Liquidación de Haberes,
Recursos Humanos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese y
archívese.------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1114/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto el Expediente 4041-A-7518/15, iniciado por la
Agrupación Deportiva El Salado, y;
CONSIDERANDO:
Que
por
el
mismo,
la
citada
institución
solicita
autorización para poner en circulación un bono donación.
Que el producto de lo obtenido, estará destinado a
cubrir necesidades de dicha institución, para beneficio de sus asociados y de
toda la comunidad.
Que habiendo cumplido con los requisitos necesarios, la
Asesoría Legal y Técnica considera, a fojas 6, que no existen inconvenientes
para autorizar lo solicitado.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Autorizar a la Agrupación Deportiva El Salado a emitir, promover
-----------------y circular un Bono Donación de mil (1000) boletas consecutivas,
de un número de tres cifras, al valor de Pesos trescientos cincuenta ($ 350.-)
cada uno.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a la
-----------------parte interesada, tomen razón Asesoría Legal y Técnica, dese
al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1115/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto la solicitud de licencia laboral sin goce de sueldo
presentada por la agente Yanina Cesa, Legajo N° 1638, mediante
Expediente 4041-C-7300/15; y,
CONSIDERANDO:
Que solicita la misma en el marco del artículo 46° de la
Ley 11757 del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la
Provincia de Buenos Aires por un tiempo determinado, dado las condiciones
emocionales por las que se encuentra en la actualidad.
Que a fojas 5, la Directora de Ingresos Públicos indica
que no existen inconvenientes en otorgar la licencia sin goce de sueldo,
especificando que sea a partir del 1 de junio de 2015, a los fines de preparar
personal que la suplante en el cargo.
Que a fojas 21 la Asesoría Legal y Técnica ha emitido
dictamen indicando que se encuentran justificados los extremos para que la
agente Cesa no solicite licencia médica, creyendo conveniente otorgar una
licencia especial prevista en el artículo mencionado ut supra, sin goce de
haberes, y por el término de tres (3) meses, prorrogables por un período
igual, a solicitud de la agente con la debida antelación.
Que a fojas 22, la Secretaría de Hacienda dictamina que
no existen inconvenientes para otorgar la licencia solicitada.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar a la agente Yanina Cesa, DNI: 28.057.598 – Legajo N°
-----------------1638, licencia sin goce de haberes, contemplada en el artículo
46° de la Ley 11757 del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de
la Provincia de Buenos Aires, por un período de tres (3) meses a partir del
día 1 de junio de 2015, prorrogable por un período igual, con la solicitud de
la agente con 15 días de antelación. ----------------------------------------------------Artículo 2º: Reservar el actual cargo de revista, Jefa de Departamento
-------------------Descentralización Tributaria, durante todo el período que
perdure su licencia.---------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
---------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Recursos Humanos, Departamento Liquidación de Haberes,
Ingresos Públicos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1116/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto lo actuado en el expediente administrativo 4041-D-7565/15, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 y 3, la Directora de Recursos Humanos,
informa que la agente municipal Bárbara E. Gutiérrez, Legajo N° 2208, ha
incurrido en una serie de inasistencias, injustificadas, a su puesto de trabajo.
Que a fojas 3, obra cédula de intimación de fecha
18/05/2015, a los fines que la agente municipal se reintegre a sus tareas y
justifique sus inasistencias, conforme lo determina el artículo 65° de la Ley
11.757.
Que a fojas 4, consta el dictamen de la Asesoría Legal y
Técnica que indica que analizadas las actuaciones, la prueba documental
que obran en las presentes actuaciones, se considera oportuno y
conveniente dejar cesante a la agente Bárbara E. Gutiérrez conforme lo
prescribe la Ley 11.757 Estatuto del Personal de las Municipalidades de la
Pcia. de Buenos Aires, en el Capítulo I “Obligaciones del agente: artículo 65°
El agente que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo
aviso, será considerado incurso en abandono de cargo……”
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Disponer a partir del 11 de mayo de 2015, la cesantía de la
-----------------agente Bárbara E. Gutiérrez, DNI: 30.530.438, Legajo N° 2208,
por haber incurrido en abandono de cargo. (art. 65 ley 11.757).------------------Artículo 2°: Notificar el presente Decreto a la agente municipal.------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Recursos Humanos, Contaduría, Liquidación de Haberes,
dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.---------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1117/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la Ordenanza N° 29/1996 y el expediente 4041-N-7525/15,
iniciado por la Sra. María del Carmen Nartallo; y,
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Nartallo solicita el beneficio que otorga el
Fondo Esperanza de Vida para la adquisición de un par de lentes para su
hija, Milagros Ayelen Díaz, puesto que presenta un diagnóstico de dificultad
de visión.
Que la Dirección de Promoción Social fundamenta la
necesidad de prestar la ayuda necesaria para solventar los gastos del par de
lentes, teniendo en cuenta la falta total de recursos económicos de la
solicitante.
Que a fojas 10, la Comisión Reguladora del Fondo
Esperanza de Vida aconseja el otorgamiento de la ayuda solicitada por la
Sra. María del Carmen Nartallo, conforme el presupuesto de fojas 3 (Óptica
Soloeta)
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar un subsidio a la Sra. María del Carmen Nartallo - DNI:
-----------------16.845.976 de Pesos Mil Cuatrocientos Ochenta ($1.480.-) para
solventar los gastos que demande la adquisición del par de lentes.-------------Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se
----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 –
Actividad 03 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.---------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------
Artículo 4°: La beneficiaria del presente Decreto deberá rendir cuentas de la
-----------------inversión realizada conforme lo establece la Ley Orgánica de
las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro
Oficial del Municipio, publíquese, archívese.------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1118/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la obra benéfica realizada por el Dr. Alberto Salim
Quelas en el Hogar Esperanza; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo, y por diferentes razones, habitan de
manera permanente un grupo de niños cuyas familias no brindan la
contención necesaria que merecen.
Que el Hogar Esperanza, no recibe subvenciones de
ningún tipo, por lo que su funcionamiento depende exclusivamente de
donaciones realizadas por vecinos.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo otorgar un
subsidio para gastos de funcionamiento de la institución.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo1º: Otorgar un subsidio de Pesos Cuatrocientos Treinta y Uno con
----------------81/100 ($ 431.81.-) al Hogar Esperanza, en la persona de su
presidente Alberto Salim Quelas – DNI 07.199.578, destinados a cubrir
gastos que demande el funcionamiento de la institución.--------------------------Artículo 2º: Imputar el presente gasto a la Jurisdicción 1110102000 ------------------Programa 01 – Actividad 00 – inciso 5.1.7.0 del Presupuesto de
Gastos vigente.--------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: La entidad beneficiaria del presente Decreto deberá rendir
------------------cuenta de la inversión realizada mediante balance de inversión,
conforme lo establece la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de
Contabilidad.------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 4º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
---------------- Contaduría, Tesorería, dese al registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1119/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la solicitud realizada por Pamela Anahi Clavijo ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a la persona y por el monto que a
----------------- continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Clavijo, Pamela Anahi
DNI
36.213.893
MONTO
$ 500
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al
Registro
Oficial
del
Municipio,
publíquese,
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
archívese.-----------
DECRETO N° 1120/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7120/15, y la sanción de la
Ordenanza N° 22/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 22/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría,
Presupuesto,
dese
al
Registro
Oficial
del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1121/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7451/15 y la sanción de la
Ordenanza N° 23/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 23/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante que convalida el Convenio N°
169/15-------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1122 /15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7448/15 y la sanción de la
Ordenanza N° 24/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 24/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento
Contaduría,
dese
al
Registro
Oficial
del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1123/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7450/15 y la sanción de la
Ordenanza N° 25/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 25/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento Contaduría, Inventario, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1124/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-A-5311/14, y la sanción de la
Ordenanza N° 26/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 26/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante, que incorpora articulado a la
Ordenanza 89/14.-----------------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Asesoría Legal y Técnica, dese al Registro Oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1125/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-L-6059/14, y la sanción de la
Ordenanza N° 27/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 27/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Asesoría Legal y Técnica, dese al Registro Oficial del
Municipio, publíquese, archívese.--------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1126 /15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-M-6020/14 y la sanción de la
Ordenanza N° 28/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 28/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento Asesoría Legal y Técnica, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1127/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7447/15 y la sanción de la
Ordenanza N° 29/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 29/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento Inventario, Servicios Turísticos y Medio Ambiente
dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1128/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7457/15 y la sanción de la
Ordenanza N° 30/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 30/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1129/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7455/15, y la sanción de la
Ordenanza N° 31/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 31/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1130/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el expediente 4041-D-7458/15 y la sanción de la
Ordenanza N° 32/2015, por parte del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 32/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-----------------conocimiento Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial
del Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1132/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la sanción de la Ordenanza N° 33/2015, por parte
del Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo debe proceder a la
promulgación de la misma a fin de dar validez jurídica a la norma.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Promulgar la Ordenanza N° 33/2015, sancionada por el
------------------Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.-----------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen
-------------------conocimiento Control y Fiscalización, Servicios Turísticos y
Medio Ambiente, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.---------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
DECRETO N° 1132/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto el Campeonato Argentino XC – Tercera Copa del
Cable Carril, realizarse los días 5 y 6 de junio de 2015 en la ciudad de
Chilecito, Provincia de La Rioja, y;
CONSIDERANDO:
Que en este campeonato participará el deportista
belgranense Raúl Peccorelli.
Que por tal motivo, ha solicitado a la Dirección de
Deportes una ayuda económica para acceder a dicha competencia.
Que es necesario apoyar a los deportistas de la ciudad
brindándoles la ayuda necesaria, dado que son representantes del pueblo de
General Belgrano.
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo otorgar un
subsidio para solventar los gastos que le demande su participación.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio de Pesos ochocientos ($ 800.-) al
----------------Sr. Peccorelli Raúl – DNI: 14.378.954, para solventar los gastos
que demande su participación en Campeonato Argentino XC – Tercera Copa
del Cable Carril, a realizarse los días 5 y 6 de junio de 2015, en la ciudad de
Chilecito, Provincia de La Rioja.-----------------------------------------------------------Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será
-----------------imputado a la Jurisdicción 1110102000, Programa 22, Actividad
04, Inciso 5.1.4.0, del Presupuesto de Gastos vigentes.----------------------------Artículo 3°: La entidad beneficiaria del presente Decreto, deberá rendir
------------------cuentas de la inversión realizada, conforme lo establece la Ley
Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.------------
Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.--------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
------------------Contaduría, Tesorería, Deportes, dese al registro Oficial del
Municipio, publíquese, archívese.---------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1133/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015.Visto la emergencia habitacional que padecen varias
viviendas precarias de nuestra localidad; y,
CONSIDERANDO:
Que esto provoca inconvenientes en la población,
afectados en su mayoría viviendas humildes, causando pérdidas en los
interiores de las mismas muebles, vestimentas, etc, por humedades y
goteras.Que el Departamento Ejecutivo, debe colaborar con las
personas damnificadas, realizando una compra de materiales a fin de
colaborar con la reparación de las viviendas dañadas.
Que
la
Dirección
de
Promoción
Social
deberá
cumplimentar con todos los requisitos para hacer la entrega de los mismos
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso b de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
subsidios en especie.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para
autorizar la adquisición de materiales de construcción.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Autorizar hasta la suma de Pesos doce mil doscientos sesenta y
----------------ocho ($ 12.268.-) el gasto que demande la compra de materiales
de construcción para mejoras habitacionales de viviendas precarias de
nuestra localidad.------------------------------------------------------------------------------Cantidad
Material
Precio unitario
Precio total
100
Bolsa de cemento x 50 kg.
$ 86,21
$ 8.621,00
100
Bolsa de cal x 30 kg.
$ 36,47
$ 3.647,00
TOTAL
$ 12.268,00
Artículo 2º: Establecer que la Dirección de Promoción Social será la
------------------encargada de efectuar, registrar y resguardar las encuestas
socioeconómicas correspondientes y llevar un registro adecuado de la
mercadería entregada, donde se constaten los datos de los beneficiarios y la
fecha de entrega.------------------------------------------------------------------------------Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se
-----------------imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 25, Actividad
04, Partida 5.1.4.0, Fuente de Financiamiento 110.----------------------------------Artículo 4º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
-----------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------------Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Compras, Promoción Social, dese al Registro Oficial del
Municipio, publíquese y archívese.-------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo - Intendente Municipal –- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO Nº 1134/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015
Visto
los
requerimientos
de
modificaciones
presupuestarias efectuadas por todos los sectores de la administración
Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que para un correcto funcionamiento de la misma,
resulta necesario autorizar a la Dirección de Presupuesto, la realización de
transferencias de partidas entre los distintos sectores.
Que
debe
dictarse
el
decreto
que
apruebe
las
transferencias del mes de mayo de 2015.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Aprobar las Transferencias efectuadas por la Dirección de
-----------------Presupuesto en el mes de mayo de 2015, por los importes que
para cada Jurisdicción, Categoría Programática y Partida se detallan en el
Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto y que ascienden a
la suma de Pesos un millón cuatrocientos veinticuatro mil ciento sesenta con
91/100 ($ 1.424.160,91).-------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
---------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
-----------------Contaduría, Presupuesto, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DETALLE DE MODIFICACIONES DE GASTOS
01/05/2015 al 31/05/2015
Jurisdicción: 1110101000 - Conducción Superior
Categoría Programática:
01.00.00 - Gestión y Administración Superior
01.01.00 - Desarrollo de Politicas Centrales
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.3.2.0 - Papel para computación
06/05/2015 Modificación - NOTA 197/2015
Total Partida
Partida: 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón
06/05/2015 Modificación - NOTA 197/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Desarrollo de Politicas Centrales
Categoría Programática: 01.00.00 - Gestión y Administración Superior
01.05.00 - Centro Inter Universitario
Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial
Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas
11/05/2015 Modificación - NOTA 205/2015
1.000,00
1.000,00
-1.000,00
-1.000,00
0,00
0,00
Total Partida
-1.500,00
-1.500,00
Total Partida
115,00
115,00
Total Partida
-115,00
-115,00
Total Partida
1.500,00
1.500,00
Total Partida
-5.000,00
-5.000,00
Partida: 2.7.9.0 - Otros
26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015
Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios
26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
11/05/2015 Modificación - NOTA 205/2015
Partida: 3.5.1.0 - Transporte
26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015
Partida: 3.7.1.0 - Pasajes
26/05/2015 Modificación - NOTA 224/2015
Total Partida
Total Fuente 132 - De origen provincial
Total Proyecto Centro Inter Universitario
Categoría Programática: 01.00.00 - Gestión y Administración Superior
01.06.00 - Prensa y Comunicación
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 4.3.6.0 - Equipo para computación
22/05/2015 Modificación - NOTA 221/2015
Total Partida
Partida: 4.3.9.0 - Equipos varios
22/05/2015 Modificación - NOTA 221/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Prensa y Comunicación
Total Programa Gestión y Administración Superior
Total Jurisdicción Conducción Superior
5.000,00
5.000,00
0,00
0,00
50,00
50,00
-50,00
-50,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Categoría Programática:
20.00.00 - Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente
20.01.00 - Gestion, Coordinacion y Administracion de Servicios Turisticos
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón
07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015
26/05/2015 Modificación - NOTA 225/2015
Total Partida
Partida: 2.9.9.0 - Otros
07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015
Total Partida
Partida: 3.5.9.0 - Otros
26/05/2015 Modificación - NOTA 225/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
-2.192,00
-1.500,00
-3.692,00
2.192,00
2.192,00
1.500,00
1.500,00
0,00
Total Proyecto Gestion, Coordinacion y Administracion de Servicios Turisticos
20.00.00 - Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente
20.04.00 - Gestion, coordinación y control de politicas ambientales
Fuente de Financiamiento: 131 - De origen municipal
Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza
07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015
Total Partida
Partida: 3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad
07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015
Total Partida
Total Fuente 131 - De origen municipal
Total Proyecto Gestion, coordinación y control de politicas ambientales
Categoría Programática: 20.00.00 - Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente
20.06.00 - Administracion y Control de la Planta de Reciclado de Residuos
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire
07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015
Total Partida
Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios
07/05/2015 Modificación - NOTA 201/2015
08/05/2015 Modificación - NOTA 202/2015
Total Partida
Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo
08/05/2015 Modificación - NOTA 202/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Administracion y Control de la Planta de Reciclado de Residuos
Total Programa Direccion de Servicios Turisticos y Medio Ambiente
Categoría Programática: 21.00.00 - Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural
21.01.00 - Conducción y Administración de Políticas Culturales
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas
22/05/2015 Modificación - NOTA 223/2015
Total Partida
Partida: 4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles
22/05/2015 Modificación - NOTA 223/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Conducción y Administración de Políticas Culturales
Categoría Programática: 21.00.00 - Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural
21.02.00 - Escuela Municipal de Talleres Artísticos (EMTA)
Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial
Partida: 2.3.3.0 - Productos de artes gráficas
07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015
Total Partida
Partida: 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón
07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015
Total Partida
Partida: 2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
Total Partida
Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores
07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015
Total Partida
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
Total Partida
Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza
07/05/2015 Modificación - NOTA 200/2015
Total Partida
Partida: 2.9.9.0 - Otros
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
Total Partida
Partida: 3.3.9.0 - Otros
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
Total Partida
Total Fuente 132 - De origen provincial
Total Proyecto Escuela Municipal de Talleres Artísticos (EMTA)
Categoría Programática: 21.00.00 - Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural
21.06.00 - Proyeccion de películas y obras de teatro
0,00
Categoría Programática:
2.300,00
2.300,00
-2.300,00
-2.300,00
0,00
0,00
9.000,00
9.000,00
-9.000,00
-36.000,00
-45.000,00
36.000,00
36.000,00
0,00
0,00
0,00
-1.570,00
-1.570,00
1.570,00
1.570,00
0,00
0,00
-700,00
-700,00
100,00
100,00
3.000,00
3.000,00
200,00
200,00
-1.000,00
-1.000,00
400,00
400,00
-1.000,00
-1.000,00
-1.000,00
-1.000,00
0,00
0,00
Fuente de Financiamiento: 131 - De origen municipal
Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Total Partida
-6.000,00
-4.500,00
-10.500,00
Total Partida
-250,00
-250,00
Total Partida
250,00
250,00
Total Partida
1.000,00
1.000,00
Total Partida
1.000,00
1.000,00
Total Partida
1.200,00
1.200,00
Total Partida
6.000,00
6.000,00
Total Partida
-200,00
-200,00
Partida: 2.2.1.0 - Hilados y telas
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
Partida: 2.5.9.0 - Otros
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Partida: 2.7.9.0 - Otros
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos
12/05/2015 Modificación - NOTA 207/2015
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Total Partida
Total Fuente 131 - De origen municipal
Total Proyecto Proyeccion de películas y obras de teatro
Total Programa Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural
Categoría Programática: 22.00.00 - Desarrollo de Políticas de Deportes y Recreación
22.01.00 - Conducción y Administración de Políticas de Deportes y Recreación
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
18/05/2015 Modificación - NOTA 214/2015
Total Partida
Partida: 2.7.2.0 - Productos no ferrosos
18/05/2015 Modificación - NOTA 214/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Conducción y Administración de Políticas de Deportes y Recreación
Categoría Programática: 22.00.00 - Desarrollo de Políticas de Deportes y Recreación
22.02.00 - Desarrollo Deportivo e Inclusión Social
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas
07/05/2015 Modificación - NOTA 198/2015
Total Partida
Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza
07/05/2015 Modificación - NOTA 198/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Desarrollo Deportivo e Inclusión Social
Total Programa Desarrollo de Políticas de Deportes y Recreación
Categoría Programática: 24.00.00 - Promoción y Desarrollo Social
24.02.00 - Guardería y Jardín Maternal "Emanu-el"
Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial
Partida: 2.1.4.0 - Productos agroforestales
13/05/2015 Modificación - NOTA 211/2015
Total Partida
Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos
13/05/2015 Modificación - NOTA 211/2015
Total Partida
Total Fuente 132 - De origen provincial
Total Proyecto Guardería y Jardín Maternal "Emanu-el"
Categoría Programática: 24.00.00 - Promoción y Desarrollo Social
24.03.00 - Desarrollo de Políticas de Género e Inclusión Social
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
1.500,00
1.500,00
0,00
0,00
0,00
300,00
300,00
-300,00
-300,00
0,00
0,00
-500,00
-500,00
500,00
500,00
0,00
0,00
0,00
400,00
400,00
-400,00
-400,00
0,00
0,00
28/05/2015
Modificación - NOTA 226/2015
Total Partida
-1.000,00
-1.000,00
Total Partida
-1.000,00
-1.000,00
Total Partida
500,00
1.000,00
1.500,00
Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes
05/05/2015 Modificación - NOTA 191/2015
Partida: 2.7.9.0 - Otros
05/05/2015 Modificación - NOTA 191/2015
28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015
Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios
05/05/2015 Modificación - NOTA 191/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Desarrollo de Políticas de Género e Inclusión Social
Categoría Programática: 24.00.00 - Promoción y Desarrollo Social
24.05.00 - Casa Municipal para Estudiantes en "La Plata"
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.5.8.0 - Productos de material plástico
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
500,00
500,00
0,00
0,00
Total Partida
200,00
200,00
Total Partida
600,00
600,00
Total Partida
500,00
500,00
Total Partida
-500,00
-500,00
Partida: 2.7.9.0 - Otros
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos
28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015
Partida: 2.9.5.0 - Utiles menores médicos, quirúrgico y de laboratorio
28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015
Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones
29/05/2015 Modificación - NOTA 227/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Casa Municipal para Estudiantes en "La Plata"
Total Programa Promoción y Desarrollo Social
Categoría Programática: 25.00.00 - Asistencia Social Directa
25.01.00 - Plan Alimentario Municipal
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas
28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Plan Alimentario Municipal
Categoría Programática: 25.00.00 - Asistencia Social Directa
25.04.00 - Ayuda para Mejoramientos Habitacionales
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas
28/05/2015 Modificación - NOTA 226/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Ayuda para Mejoramientos Habitacionales
Total Programa Asistencia Social Directa
Categoría Programática: 26.00.00 - Direccion de Promocion Turistica
26.01.00 - Posicionamiento de Gral. Belgrano como destino turistico
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.3.3.0 - Productos de artes gráficas
12/05/2015 Modificación - NOTA 209/2015
19/05/2015 Modificación - NOTA 218/2015
-800,00
-800,00
0,00
0,00
0,00
-30.000,00
-30.000,00
-30.000,00
-30.000,00
30.000,00
30.000,00
30.000,00
30.000,00
0,00
Total Partida
-6.000,00
-300,00
-6.300,00
Total Partida
100,00
100,00
Total Partida
6.000,00
6.000,00
Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos
19/05/2015 Modificación - NOTA 218/2015
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
12/05/2015 Modificación - NOTA 209/2015
Partida: 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos
19/05/2015 Modificación - NOTA 218/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Posicionamiento de Gral. Belgrano como destino turistico
200,00
200,00
0,00
0,00
Categoría Programática:
26.00.00 - Direccion de Promocion Turistica
26.02.00 - Actividades desarrolladas en la Colonia El Salado
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes
22/05/2015 Modificación - NOTA 222/2015
Total Partida
Partida: 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
22/05/2015 Modificación - NOTA 222/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Actividades desarrolladas en la Colonia El Salado
Total Programa Direccion de Promocion Turistica
Total Jurisdicción Secretaría de Gobierno
400,00
400,00
-400,00
-400,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Jurisdicción: 1110103000 - Secretaría de Hacienda
Categoría Programática:
01.00.00 - Conducción y Administración de Políticas de Hacienda
01.01.00 - Conducción de Políticas de Hacienda
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.3.2.0 - Papel para computación
06/05/2015 Modificación - NOTA 195/2015
Total Partida
2.000,00
2.000,00
Total Partida
-3.000,00
-3.000,00
Partida: 3.1.5.0 - Correos y telégrafo
06/05/2015 Modificación - NOTA 195/2015
Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo
06/05/2015 Modificación - NOTA 195/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Conducción de Políticas de Hacienda
Categoría Programática: 01.00.00 - Conducción y Administración de Políticas de Hacienda
01.02.00 - Dirección de Ingresos Públicos
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza
29/05/2015 Modificación - NOTA 228/2015
1.000,00
1.000,00
0,00
0,00
Total Partida
4.000,00
4.000,00
Total Partida
-600,00
-490,00
-690,00
-2.070,00
4.000,00
150,00
Total Partida
-8.000,00
-8.000,00
Total Partida
-4.753,70
-4.753,70
Total Partida
600,00
600,00
Total Partida
4.753,70
4.753,70
Total Partida
2.070,00
2.070,00
Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios
05/05/2015 Modificación - NOTA 189/2015
06/05/2015 Modificación - NOTA 193/2015
08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015
21/05/2015 Modificación - NOTA 220/2015
29/05/2015 Modificación - NOTA 228/2015
Partida: 3.1.5.0 - Correos y telégrafo
29/05/2015 Modificación - NOTA 228/2015
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015
Partida: 3.3.9.0 - Otros
05/05/2015 Modificación - NOTA 189/2015
Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones
08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015
Partida: 4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento
21/05/2015 Modificación - NOTA 220/2015
Partida: 4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles
06/05/2015 Modificación - NOTA 193/2015
08/05/2015 Modificación - NOTA 203/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Dirección de Ingresos Públicos
Total Programa Conducción y Administración de Políticas de Hacienda
Categoría Programática: 29.00.00 - Políticas de Desarrollo Local
29.01.00 - Conducción y Administración de Políticas de Desarrollo Local
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas
05/05/2015 Modificación - NOTA 190/2015
490,00
690,00
1.180,00
0,00
0,00
0,00
-1.000,00
Total Partida
Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores
05/05/2015 Modificación - NOTA 190/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Conducción y Administración de Políticas de Desarrollo Local
Total Programa Políticas de Desarrollo Local
Total Jurisdicción Secretaría de Hacienda
-1.000,00
1.000,00
1.000,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Planeamiento, Obras y Serv. Públicos
Categoría Programática:
41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad
41.01.00 - Administración de Políticas de la Dirección de Servicios Públicos
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.7.9.0 - Otros
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
Total Partida
Partida: 2.9.9.0 - Otros
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Administración de Políticas de la Dirección de Servicios Públicos
Categoría Programática: 41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad
41.03.00 - Servicios Prestados en Cementerio
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.1.1.0 - Alimentos para personas
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes
19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015
Total Partida
Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores
19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015
Total Partida
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015
Total Partida
Partida: 2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Servicios Prestados en Cementerio
Categoría Programática: 41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad
41.07.00 - Conservación y Mantenimiento de la Red Vial Municipal - RURAL
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos
20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015
Total Partida
Partida: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios
20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015
Total Partida
Partida: 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Conservación y Mantenimiento de la Red Vial Municipal - RURAL
Categoría Programática: 41.00.00 - Servicios Urbanos a la Comunidad
41.08.00 - Conservación y Mantenimiento de la Via Pública URBANA
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes
15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015
Total Partida
Partida: 2.7.1.0 - Productos ferrosos
11/05/2015 Modificación - NOTA 206/2015
15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015
Total Partida
Partida: 2.7.5.0 - Herramientas menores
-1.000,00
-1.000,00
1.000,00
1.000,00
0,00
0,00
-200,00
-200,00
1.000,00
1.000,00
1.000,00
1.000,00
-2.000,00
-2.000,00
200,00
200,00
0,00
0,00
800,00
800,00
-800,00
-800,00
-60.000,00
-60.000,00
60.000,00
60.000,00
0,00
0,00
2.500,00
2.500,00
-2.000,00
-3.500,00
-5.500,00
11/05/2015
13/05/2015
15/05/2015
Modificación - NOTA 206/2015
Modificación - NOTA 210/2015
Modificación - NOTA 213/2015
Total Partida
2.000,00
800,00
1.000,00
3.800,00
Total Partida
900,00
900,00
Total Partida
-1.800,00
-1.800,00
Partida: 2.7.9.0 - Otros
13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015
Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza
13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015
Partida: 2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor
13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Conservación y Mantenimiento de la Via Pública URBANA
Total Programa Servicios Urbanos a la Comunidad
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.01.00 - Gestión, Coordinación y Control de las Obras Públicas
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire
05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015
Total Partida
Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos
05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015
Total Partida
Partida: 2.9.9.0 - Otros
05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015
Total Partida
Partida: 3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte
05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Partida: 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos
04/05/2015 Modificación - NOTA 187/2015
05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015
Total Partida
Partida: 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo
04/05/2015 Modificación - NOTA 187/2015
Total Partida
Partida: 3.5.1.0 - Transporte
11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015
Total Partida
Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones
11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015
12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015
Total Partida
Partida: 3.7.2.0 - Viáticos
12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015
Total Partida
Partida: 4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo
05/05/2015 Modificación - NOTA 188/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Gestión, Coordinación y Control de las Obras Públicas
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.02.00 - Reparación y Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Municipales
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.1.4.0 - Productos agroforestales
15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015
18/05/2015 Modificación - NOTA 215/2015
Total Partida
Partida: 2.4.3.0 - Artículos de caucho
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Partida: 2.5.8.0 - Productos de material plástico
15/05/2015 Modificación - NOTA 212/2015
Total Partida
Partida: 2.5.9.0 - Otros
100,00
100,00
0,00
0,00
0,00
-1.000,00
-1.000,00
-3.000,00
-3.000,00
1.000,00
1.000,00
2.000,00
5.000,00
7.000,00
-5.000,00
-5.000,00
2.000,00
-2.000,00
0,00
-2.000,00
-2.000,00
1.000,00
1.000,00
-1.000,00
-6.000,00
-7.000,00
6.000,00
6.000,00
3.000,00
3.000,00
0,00
0,00
300,00
700,00
1.000,00
700,00
700,00
-700,00
-700,00
11/05/2015
Modificación - NOTA 204/2015
Total Partida
1.000,00
1.000,00
Total Partida
-66.000,00
-1.000,00
-67.000,00
Total Partida
-4.100,00
-4.100,00
Total Partida
4.100,00
4.100,00
Total Partida
-300,00
-300,00
Partida: 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015
Partida: 2.7.2.0 - Productos no ferrosos
07/05/2015 Modificación - NOTA 199/2015
Partida: 2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas
07/05/2015 Modificación - NOTA 199/2015
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015
Partida: 2.9.1.0 - Elementos de limpieza
18/05/2015 Modificación - NOTA 215/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Reparación y Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Municipales
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.04.00 - Mejoramientos Habitacionales - Plan "Abrigo y Calidez"
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Partida: 2.7.1.0 - Productos ferrosos
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015
Total Partida
Partida: 2.7.2.0 - Productos no ferrosos
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015
Total Partida
Partida: 2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas
11/05/2015 Modificación - NOTA 204/2015
Total Partida
Partida: 2.7.9.0 - Otros
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
Total Partida
Partida: 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos
20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015
Total Partida
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
20/05/2015 Modificación - NOTA 219/2015
Total Partida
Total Fuente 110 - Tesoro Municipal
Total Proyecto Mejoramientos Habitacionales - Plan "Abrigo y Calidez"
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.75.00 - Obras de urbanización en distintos barrios
Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial
Partida: 1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015
Total Partida
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015
Total Partida
Partida: 3.3.9.0 - Otros
19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015
Total Partida
Total Fuente 132 - De origen provincial
Total Proyecto Obras de urbanización en distintos barrios
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.76.00 - Obra de desagues pluviales en distintos puntos de la ciudad
Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial
Partida: 1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015
Total Partida
Partida: 2.7.9.0 - Otros
18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015
Total Partida
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015
-700,00
-700,00
-66.000,00
-66.000,00
30.000,00
-3.080,21
26.919,79
5.000,00
-700,00
4.300,00
3.780,21
3.780,21
1.000,00
1.000,00
10.000,00
10.000,00
30.000,00
-10.000,00
20.000,00
66.000,00
66.000,00
-225.000,00
-225.000,00
58.000,00
58.000,00
-58.000,00
-58.000,00
-225.000,00
-225.000,00
-155.000,00
-155.000,00
637.000,00
637.000,00
-135.000,00
Total Partida
Total Fuente 132 - De origen provincial
Total Proyecto Obra de desagues pluviales en distintos puntos de la ciudad
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.77.00 - Obras de Infraestructura en Servicios de Gas, Agua y Cloacas
Fuente de Financiamiento: 132 - De origen provincial
Partida: 1.2.1.0 - Retribuciones del cargo
18/05/2015 Modificación - NOTA 216/2015
Total Partida
Partida: 2.7.9.0 - Otros
15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015
Total Partida
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
15/05/2015 Modificación - NOTA 213/2015
19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015
Total Partida
Partida: 3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad
19/05/2015 Modificación - NOTA 217/2015
Total Partida
Total Fuente 132 - De origen provincial
Total Proyecto Obras de Infraestructura en Servicios de Gas, Agua y Cloacas
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.80.00 - Obras de saneamiento en Barrios Olivares-Los Chobos-Meneses y Jose Mar
Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional
Partida: 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
06/05/2015 Modificación - NOTA 196/2015
Total Partida
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
06/05/2015 Modificación - NOTA 196/2015
12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015
Total Partida
Partida: 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales
12/05/2015 Modificación - NOTA 208/2015
Total Partida
Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
Total Partida
Total Fuente 133 - De origen nacional
Total Proyecto Obras de saneamiento en Barrios Olivares-Los Chobos-Meneses y Jos
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.83.00 - Cordon Cuneta y Pavimento Intertrabado Barrios 102 y ATEPAM
Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional
Partida: 2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso
29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015
Total Partida
Partida: 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso
13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015
Total Partida
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
13/05/2015 Modificación - NOTA 210/2015
29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015
Total Partida
Total Fuente 133 - De origen nacional
Total Proyecto Cordon Cuneta y Pavimento Intertrabado Barrios 102 y ATEPAM
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.87.00 - Refuncionalización Paseo de las Vías
Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional
Partida: 2.1.4.0 - Productos agroforestales
05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015
Total Partida
Partida: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas
29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015
Total Partida
Partida: 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso
05/05/2015 Modificación - NOTA 192/2015
Total Partida
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015
Total Partida
-135.000,00
347.000,00
347.000,00
-122.000,00
-122.000,00
44.200,00
44.200,00
-44.200,00
36.000,00
-8.200,00
-36.000,00
-36.000,00
-122.000,00
-122.000,00
-3.900,00
-70.000,00
-73.900,00
70.000,00
90.000,00
160.000,00
-90.000,00
-90.000,00
3.900,00
3.900,00
0,00
0,00
-50.000,00
-50.000,00
-40.000,00
-40.000,00
40.000,00
50.000,00
90.000,00
0,00
0,00
11.700,00
11.700,00
10.000,00
10.000,00
-11.700,00
-11.700,00
-3.900,00
-11.000,00
-14.900,00
Partida: 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza
29/05/2015 Modificación - NOTA 229/2015
Total Partida
Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
Total Partida
Total Fuente 133 - De origen nacional
Total Proyecto Refuncionalización Paseo de las Vías
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.88.00 - Programa Federal de Viviendas - 141 mejoramientos habitacionales
Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional
Partida: 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica
11/05/2015 Modificación - NOTA 206/2015
Total Partida
Partida: 2.7.1.0 - Productos ferrosos
11/05/2015 Modificación - NOTA 206/2015
Total Partida
Total Fuente 133 - De origen nacional
Total Proyecto Programa Federal de Viviendas - 141 mejoramientos habitacionales
Categoría Programática: 42.00.00 - Planeamiento y Obras Públicas
42.89.00 - Refuncionalización Avenida Italia
Fuente de Financiamiento: 133 - De origen nacional
Partida: 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
Total Partida
Partida: 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones
06/05/2015 Modificación - NOTA 194/2015
Total Partida
Total Fuente 133 - De origen nacional
Total Proyecto Refuncionalización Avenida Italia
Total Programa Planeamiento y Obras Públicas
Total Jurisdicción Secretaría de Planeamiento, Obras y Serv. Públicos
1.000,00
1.000,00
3.900,00
3.900,00
0,00
0,00
50.000,00
50.000,00
-50.000,00
-50.000,00
0,00
0,00
-3.900,00
-3.900,00
3.900,00
3.900,00
0,00
0,00
0,00
0,00
DECRETO N° 1135/15
GENERAL BELGRANO, junio 1 de 2015.Visto la solicitud realizada por diferentes personas ante
la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para
solventar diferentes gastos; y,
CONSIDERANDO:
Que el informe socioeconómico realizado por la citada
Dirección demuestra que es necesario hacer lugar a lo peticionado.
Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a de la Ordenanza
Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar
dinero en efectivo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar un subsidio a las personas y por los montos que a
-----------------continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE
Palacios, Andrea Celeste
Tomba, Hugo
Vallejos, María Cristina
Vázquez Penayo, Guillermina
Zurita, Noelia Andrea
DNI
38.927.836
8.333.521
24.237.633
95.066.156
28.366.815
MONTO
$2.000
$500
$500
$1.200
$700
Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la
---------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso
5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------Artículo 3°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen
----------------- razón las Direcciones de Contaduría, Tesorería, Promoción
Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.-----------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
DECRETO N° 1136/15
GENERAL BELGRANO, mayo 29 de 2015
Visto la solicitud de beca de estudio presentada por la
agente municipal Pía Betsabé Sola, y;
CONSIDERANDO:
Que estaría destinada a solventar sus estudios en la
Universidad Nacional de Quilmes, en la cual cursa el 3° año de la
Licenciatura en Turismo y Hotelería.
Que el Presupuesto vigente, en la Dirección de Recursos
Humanos contempla una partida destinada a becas de estudios para
agentes municipales.Que corresponde el dictado del acto administrativo
pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Otorgar una beca de estudios a la agente municipal que a
----------------continuación se detalla, de Pesos Cuatrocientos ($ 400.-)
mensual, durante los meses de mayo a diciembre de 2015, destinada a
solventar el costo de sus estudios universitarios.
NOMBRE Y APELLIDO
DNI
LEGAJO
Pía Betsabé Sola
37.698.992
2219
CARRERA
Licenciatura en
Turismo y Hotelería
Artículo 2°: El gasto que demande el presente decreto, será imputado a la
----------------- Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 - Actividad 05 – Inciso
5.1.3.0., Fuente de Financiamiento 132,
Recurso 11.4.02.00 del
Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------------------------------
Artículo 3°: Dejar establecido que el beneficiario del presente deberá
------------------presentar ante la Dirección de Recursos Humanos una
constancia de estudios.----------------------------------------------------------------------Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el
------------------Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.-------------------------Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, notifíquese a
-----------------la parte interesada, tomen razón Contaduría, Tesorería,
Recursos Humanos, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese,
archívese.----------------------------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
– Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 267/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 4606/96, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Cordón Cuneta – Contribución por Mejoras - Cuenta Nº 1018200 por los
períodos detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Lidia Maria Azuri; Alberto Julio Azuri; por el
-------------- concepto de Tasa de Cordón Cuneta – Contribución por Mejoras,
Cuenta Nº 1018200 por el inmueble designado catastralmente como
Circunscripción I,
Sección C, Manzana 15E, Parcela 4 una Multa por
Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo
adeudado comprendiendo este
las cuotas 1/2012 a 14/2013 de dicha
cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Trescientos Ochenta y Ocho con 03/100
-------------- ($ 388,03.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Mil
Seiscientos Ochenta y Uno con 45/100
($ 1.681,45.-) el monto total
adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa
descripta. ------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 268/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D –4606/96, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la Tasa
por Servicio de Red Cloacal
- Cuenta Nº 1018200 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Lidia María Azuri; Alberto Julio Azuri
--------------por concepto de Tasa por Servicios de Red Cloacal, Cuenta Nº
1018200 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I,
Sección C, Manzana 15E, Parcela 4, una Multa por Omisión del treinta por
ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este
las cuotas 1/2012 a 11/2013 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo
2º:
Determinar
en
pesos
Trescientos
Uno
con
33/100
--------------- ($ 301,33.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Mil
Trescientos Cinco con 76/100 ($ 1.305,76.-) el monto total adeudado en la
cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. ----Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------- partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 269/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-B-10.200/09; y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 37 Marina Leticia Belinzoni solicita la baja
del comercio habilitado como Lavadero de Vehículo, ubicado en el local de
Avenida Libertad N°896 de General Belgrano.
Que a fojas 41, la Dirección de Control y Fiscalización
recomienda otorgar la baja comercial, de acuerdo al artículo 12° de la
Ordenanza 59/2010.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Dar la Baja del Registro de Comercio de esta Municipalidad a
---------------partir del 14 de mayo de 2015 al comercio rubro: LAVADERO DE
AUTOS – INSCRIPCION N° 201600, propiedad de Marina Leticia Belinzoni –
DNI: 23.013.301, ubicado en Avenida Libertad N° 896 de la Localidad de
General Belgrano.-----------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
--------------- Control y Fiscalización, Procesamiento de Datos, Legales de
Ingresos Públicos, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín
Oficial, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 270/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-D-2158/13; y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 31, Salvador Pérez Macazaga solicita la
baja del comercio habilitado como
Estudio Fotográfico- Anexo kiosco,
ubicado en el local de calle Juan E. de la Fuente N° 873 de General
Belgrano.
Que a fojas 36, la Dirección de Control y Fiscalización
recomienda otorgar la baja comercial, de acuerdo al artículo 12° de la
Ordenanza 59/2010.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Dar la Baja del Registro de Comercio de esta Municipalidad a
---------------partir del 14 de mayo de 2015 al comercio rubro: ESTUDIO
FOTOGRAFICO- KIOSCO – INSCRIPCION N° 266700, propiedad de
Salvador Pérez Macazaga – DNI: 37.662.692, ubicado en Juan E. de la
Fuente N° 873 de la Localidad de General Belgrano.--------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
--------------- Control y Fiscalización, Procesamiento de Datos, Legales de
Ingresos Públicos, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín
Oficial, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 271/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-L-12391/06; y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 13, solicita la baja del comercio habilitado
como Carnicería, Anexos, Frutería y verdulería, ubicado en el local de calle
Guido Esq. Rondeau de General Belgrano.
Que a fojas 20, la Dirección de Control y Fiscalización
recomienda otorgar la baja comercial, de acuerdo al artículo 12° de la
Ordenanza 59/2010.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Dar la Baja del Registro de Comercio de esta Municipalidad a
---------------partir del 14 de mayo de 2015 al comercio rubro: CARNICERIA,
ANEXOS, FRUTERIA Y VERDULERIA – INSCRIPCION N° 163500,
propiedad de Juan Martin Landaburu – DNI: 25.269.402, ubicado en Guido
Esq. Rondeau de la Localidad de General Belgrano.-------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
--------------- Control y Fiscalización, Procesamiento de Datos, Legales de
Ingresos Públicos, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín
Oficial, publíquese y archívese.------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 272/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-D–14.722/11, iniciado por el
Sr. Patricio Jorge Finnegan, solicitando la habilitación de Transporte Escolar,
y; CONSIDERANDO:
Que el Sr. Finnegan ha presentado la documentación
requerida, aceptando las obligaciones tributarias dispuestas en la Ordenanza
31/2004 y la Fiscal e Impositiva vigente.
Que la Dirección de Control y Fiscalización ha informado
que ha dado cumplimiento a las normativas vigentes.
Que a través del convenio suscripto con el Ministerio de
Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires (Dirección Provincial del
Transporte), en su cláusula primera delega a la Municipalidad autorizar y
controlar la prestación de servicio públicos de autotransporte de pasajeros
especializados de categoría Escolar a que se refieren los artículos 17º infine – del Decreto – Ley número 16378/57 (Ley Organiza del Transporte de
Pasajeros) y 33º siguientes concordantes del Decreto Nº 6864/58, cuyo
recorrido no exceda los limites territoriales del municipio.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para
su habilitación.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Habilitar a partir del 15 de mayo de 2015, el Transporte
-------------------Escolar Inscripción Municipal Nº 15, marca HYUNDAI, modelo
1999, Dominio CRV 256, propiedad del Sr. Patricio Jorge Finnegan, CUIT
20-05219245-6, de la Localidad de General Belgrano.-----------------------------Artículo 2º: Establecer como fecha de vencimiento de la presente habilitación
----------------el día 15 de mayo de 2016.-------------------------------------------------
Artículo 3°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.---------------------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tome razón
------------------Control y Fiscalización, Recaudación, dese al Registro de
Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y archívese.-----------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 273/15
GENERAL BELGRANO, mayo 19 de 2015.Visto el expediente Nº 4041-D- 5491/14 por el cual
Marcelo Fabián Moras solicita la habilitación de un Comercio, y;
CONSIDERANDO:
Que la parte solicitante ha presentado la documentación
requerida, aceptando las obligaciones dispuestas en la Ordenanza 59/10 y la
Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.
Que a fojas 14, la Dirección de Control y Fiscalización
recomienda otorgar su habilitación.
Que a fojas 15, el Departamento Legales de Ingresos
Públicos informa que el contribuyente ha suscripto y presentado el Convenio
de Adhesión al Sistema de Determinación y Liquidación de la Tasa de
Seguridad e Higiene (SIATSEH).
Que corresponde el dictado del acto administrativo que
otorgue la habilitación de comercio.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Habilitar a partir del 27 de abril de 2015, el comercio rubro
----------------VENTA AL POR MENOR DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y
BEBIDAS– Categoría 522991, inscripción municipal Nº 279500, propiedad
de Marcelo Fabián Moras – CUIT: 20-18606773-9, en el local ubicado en
calle 4 N° 1824, de General Belgrano, nomenclatura catastral Circ. I,
Sección F, Manzana 58C, Parcela 5C.--------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.------------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
------------------Control y Fiscalización,
Legales
de
Ingresos Públicos,
Recaudación, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese
y archívese.--------------------------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 274/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente Nº 4041- D- 12.892/10 por el cual
PEDROSA CARLOS SEBASTIAN, solicita la habilitación de un Comercio, y;
CONSIDERANDO:
Que la parte solicitante ha presentado la documentación
requerida, aceptando las obligaciones dispuestas en la Ordenanza 59/10 y la
Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.
Que a fojas 98, la Dirección de Control y Fiscalización
recomienda otorgar su habilitación.
Que a fojas 99, el Departamento Legal de Ingresos
Públicos informa que el contribuyente ha suscripto y presentado el Convenio
de Adhesión al Sistema de Determinación y Liquidación de la Tasa de
Seguridad e Higiene (SIATSEH).
Que corresponde el dictado del acto administrativo que
otorgue la habilitación de comercio.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Habilitar a partir del 11 de MAYO de 2015, el comercio rubro
--------------SERVICIO DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS EN
BARES, CAFETERIA Y PIZZERIA– Categoría 552112, inscripción municipal
Nº 284800, propiedad de CARLOS SEBASTIAN PEDROSA – CUIT: 2030025330-0, en el local ubicado en calle Rivadavia Nº 798, de General
Belgrano, nomenclatura catastral Circ. I, Sección B, Manzana 98, Parcela
15H, Subparcela 7.----------------------------------------------------------------------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
------------------Control y Fiscalización,
Legales
de
Ingresos Públicos,
Recaudación, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 275/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente Nº 4041- D – 14.464/11, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, se otorgó la habilitación al Sr. Fabián
Alejandro Caus para el desarrollo de la actividad rubro – CASA DE
COMIDAS- ROTISERIA en el local ubicado en calle Rivadavia N° 920 de la
localidad de General Belgrano.
Que la Dirección de Control y Fiscalización solicita a fojas 48
a 49 la baja de comercio de oficio.
Que el código de Habilitaciones Comerciales de esta
Municipalidad, en su artículo 13 inciso a) establece que podrá efectuarse la
baja del comercio aun cuando el titular del comercio no la haya solicitado y
existan pruebas consistentes de haber cesado la actividad comercial.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Dar la Baja de oficio del Registro de Comercio de esta
---------------Municipalidad a partir del 12 de enero de 2015 al comercio rubro
CASA DE COMIDAS- ROTISERIA, propiedad del Sr. Fabián Alejandro
Caus ubicado en calle Rivadavia N° 920 de la localidad de General
Belgrano.----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º: Proceder a notificar e intimar fehacientemente al titular del
------------------comercio, de deuda existente en caso de corresponder.---------Artículo 3º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón el
--------------- Control
y Fiscalización,
Legales
de
Ingresos Públicos,
Recaudación, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publíquese y
archívese en su Legajo Comercial.-----------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION Nº 276/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.Visto el expediente Nº 4041- D- 14.464/11 por el cual
PEDROSA CARLOS SEBASTIAN, solicita la habilitación de un Comercio, y;
CONSIDERANDO:
Que la parte solicitante ha presentado la documentación
requerida, aceptando las obligaciones dispuestas en la Ordenanza 59/10 y la
Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.
Que a fojas 51, la Dirección de Control y Fiscalización
recomienda otorgar su habilitación.
Que a fojas 52, el Departamento Legal de Ingresos
Públicos informa que el contribuyente ha suscripto y presentado el Convenio
de Adhesión al Sistema de Determinación y Liquidación de la Tasa de
Seguridad e Higiene (SIATSEH).
Que corresponde el dictado del acto administrativo que
otorgue la habilitación de comercio.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUE LVE
Artículo 1°: Habilitar a partir del 18 de MAYO de 2015, el comercio rubro
--------------ELABORACION
PANADERIA–
Categoría
ARTESANAL
154190,
DE
inscripción
PRODUCTOS
municipal
Nº
DE
284900,
propiedad de CARLOS SEBASTIAN PEDROSA – CUIT: 20-30025330-0, en
el local ubicado en calle Rivadavia Nº 920, de General Belgrano,
nomenclatura catastral Circ. I, Sección A, Manzana 43, Parcela 7.--------------Artículo 2°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
------------------Control y Fiscalización,
Legales
de
Ingresos Públicos,
Recaudación, Compras, dese al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial,
publíquese y archívese.-----------------------------------------------------------------------
Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal
- Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano - Intendencia.
ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 277/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 3427/14, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 22800 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar
a los
Sres. Benancio Ceferino Botte; María Esther
-------------Carugatti de Botte; María José Botte; por concepto de Tasa por
Servicios Urbanos Municipales, Cuenta Nº 22800 por el inmueble designado
catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 14, Parcela 18
una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del
tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 2/2014 a 3/2015 de dicha
cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Seiscientos Noventa
y Seis con
--------------- 31/100 ($ 696,31.-) el importe de la multa por omisión y de
Pesos Tres Mil Diecisiete con 33/100 ($ 3.017,33.-) el monto total adeudado
en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría,
Departamento
Legal
de
Ingresos
Públicos,
Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese
y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 278/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 1049/99, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 233700 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar al Sr. Ibarrolaza Ricardo; por concepto de Tasa por
-------------Servicios Urbanos Municipales, Cuenta Nº 233700 por el inmueble
designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 4C,
Parcela 0 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto
total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 4/1999 a 3/2015
de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Trece Mil Trescientos Cincuenta y Uno con
--------------- 78/100 ($ 13.351,78.-) el importe de la multa por omisión y de
Pesos Cincuenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Siete con 70/100 ($
57.857,70.-) el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el
capital, intereses y la multa descripta. --------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría,
Departamento
Legal
de
Ingresos
Públicos,
Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese
y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 279/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 4133/04, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 337700 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Ambrosio Sosa; Ángel Aníbal Martínez; por
------------concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales, Cuenta Nº
337700 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I,
Sección C, Manzana 29D, Parcela 9 una Multa por Omisión del treinta por
ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este
las cuotas 3/2010 a 3/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Ochocientos Quince con 57/100
--------------- ($ 2.815,57.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos
Doce Mil Doscientos con 81/100 ($ 12.200,81.-) el monto total adeudado en
la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. -----Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría,
Departamento
Legal
de
Ingresos
Públicos,
Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese
y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 280/15
GENERAL BELGRANO, Mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041-R- 3720/14, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 361102 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Juan, Duhalde y otra- Sandro Rosendo Rea
--------------por concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales, Cuenta
Nº 361102 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I,
Sección D, Manzana 32B, Parcela 9B una Multa por Omisión del treinta por
ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este
las cuotas 2/2013 a 3/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en Pesos Mil Ochocientos Noventa con 57/100
------------ ($ 1.890,57) el importe de la multa por omisión y de Ocho Mil
Cientos Noventa y Dos con 48/100 ($ 8.192,48) el monto total adeudado en
la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. -----Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
--------------- partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
---------------- Departamento Legal de Ingresos Públicos, Recaudación dese al
Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese y archívese.----------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 281/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 2171/13, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 285600 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a la Sra. Irma Ethel Prandi de Roletto; por concepto de
------------- Tasa por Servicios Urbanos Municipales Cuenta Nº 285600 por el
inmueble designado catastralmente como Circunscripción I,
Sección C,
Manzana 20A, Parcela 7 una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%)
sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas
2/2009 a 3/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Ochocientos Setenta y Dos con
--------------- 49/100 ($ 2.872,49-) el importe de la multa por omisión y de
Pesos Doce Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete con 45/100 ($ 12.447,45.-)
el monto total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital,
intereses y la multa descripta. -----------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría,
Departamento
Legal
de
Ingresos
Públicos,
Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese
y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 282/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 18.167/12, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Servicios Urbanos Municipales - Cuenta Nº 991900 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Pedro Clementino Olivares; Ángela Adriana
-------------Senturion por concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales
Cuenta Nº 991900 por el inmueble designado catastralmente como
Circunscripción I,
Sección G, Manzana 64Y, Parcela 1 una Multa por
Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo
adeudado comprendiendo este
las cuotas 3/2012
a 3/2015 de
dicha
cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo
2º:
Determinar
en
pesos
Mil
Ciento
Setenta
con
--------------- 06/100 ($ 1.170,06.-) el importe de la multa por omisión y de
Pesos Cinco Mil Setenta con 25/100 ($ 5.070,25.-) el monto total adeudado
en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario de Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría,
Departamento
Legal
de
Ingresos
Públicos,
Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial, publíquese
y archívese.--------------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 283/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D - 4133/04, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Contribución por Pavimento - Cuenta Nº 337700 por los períodos
detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Ambrosio Sosa; Ángel Aníbal Martínez por
-------------concepto de tasa de Contribución Pavimento, por el inmueble
designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 29D,
Parcela 9 Cuenta Nº 337700 una Multa por Omisión del treinta por ciento
(30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las
cuotas 2/2011 a 51/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Mil Doscientos Quince con 15/100
--------------($ 1.215,15.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Cinco
Mil Doscientos Sesenta y Cinco con 65/100 ($ 5.265,65.-) el monto total
adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa
descripta. -----------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 284/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- R- 3720/14, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Cordón Cuneta – Contribución por Mejoras - Cuenta Nº 361102 por los
períodos detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Juan Duhalde y otra; Sandro Rosendo Rea
--------------por el concepto de Tasa de Cordón Cuneta – Contribución por
Mejoras, Cuenta Nº 361102 por el inmueble designado catastralmente como
Circunscripción I,
Sección D, Manzana 32B, Parcela 9B una Multa por
Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo
adeudado comprendiendo este
las cuotas 1/2013 a 23/2015 de dicha
cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Cuatrocientos Setenta y Uno con 22/100
-------------- ($ 471,22.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Dos
Mil Cuarenta y Uno con 94/100 ($ 2.041,94.-) el monto total adeudado en la
cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa descripta. --------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 285/15
GENERAL BELGRANO, mayo 22 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D –1049/99, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la Tasa
por Servicio de Red Cloacal - Cuenta Nº 233700 por los períodos detallados
en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar al Sr. Ibarrolaza Ricardo; por concepto de Tasa por
-------------Servicios de Red Cloacal, Cuenta Nº 233700 por el inmueble
designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 4C,
Parcela 0, una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto
total del tributo adeudado comprendiendo este
las cuotas 1/2012
a
37/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Ochocientos Sesenta y Cuatro con 21/100
--------------- ($ 864,21.-) el importe de la multa por omisión y de Pesos Tres
Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro con 92/100 ($ 3.744,92.-) el monto total
adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la multa
descripta. ------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------- partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION N° 287/15
GENERAL BELGRANO, mayo 27 de 2015.Visto el expediente 4041-D- 11.913/10 y
la Resolución N°
196/15, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Control y Fiscalización ha incurrido
en un error involuntario al enunciar el número de inscripción municipal del
comercio.
Que a fojas 102, al confeccionar el informe final de
habilitación se menciona como inscripción municipal la número 287300,
cuando en realidad debía decir inscripción numero 287200.
Que en el marco del artículo N° 115° de la Ordenanza
General 267/80 de Procedimiento Administrativo, corresponde rectificar el
artículo 1° de la Resolución N° 196/15 a fin de subsanar el error.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado de la
---------------- Resolución N° 196/15 en su artículo 1°, expresando que
quedara redactado de la siguiente manera: “Habilitar a partir del 27 de marzo
de 2015, el comercio rubro CONFITERIA BAILABLE- categoría 921914,
inscripción municipal N° 287200, propiedad de La Morada Bar S.R.L.- CUIT:
30-71479010-9, en el local ubicado en calle Juan E. de la Fuente N° 639, de
General Belgrano, nomenclatura catastral Circ. I, Sección A, Manzana 36,
Parcela 13B- Subparcela 10.”-------------------------------------------------------------Artículo 2º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Gobierno Dr. Alfredo Gallese.--------------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legales de
Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION N° 288/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto el expediente 4041-D- 7169/15 y
la Resolución N°
251/15, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha incurrido en un error involuntario al enunciar
el número de parcela del inmueble en cuestión.
Que a fojas 14, al confeccionar la resolución de multa de
la Tasa por Servicios Urbanos Municipales, se menciona la parcela 52,
cuando en realidad debía decir parcela 5.
Que en el marco del artículo N° 115° de la Ordenanza
General 267/80 de Procedimiento Administrativo, corresponde rectificar el
artículo 1° de la Resolución N° 251/15 a fin de subsanar el error.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado de la
---------------- Resolución N° 251/15 en su artículo 1°, expresando que
quedara redactado de la siguiente manera: “Aplicar al Sr. Humberto Noé
Terenziani; por concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales,
Cuenta N° 1165202 por el inmueble designado catastralmente como
Circunscripción I, Sección G, Manzana 63F3, Parcela 5 una multa por
Omisión del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo
adeudado comprendiendo este las cuotas 4/2010 a 2/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente: a. Pago al contado- dentro
de los diez (10) días de su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). b.
Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%) 2) Hasta 30 cuotas: setenta y
cinco por ciento (75%).”---------------------------------------------------------------------
Artículo 2º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legales de
Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCION N° 289/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.Visto el expediente 4041-D- 1699/13 y
la Resolución N°
200/15, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha incurrido en un error involuntario al enunciar a
la contribuyente.
Que a fojas 25, al confeccionar la resolución de multa
por Crédito Municipal, se menciona a Claudia Alejandra Lucha, cuando en
realidad debía decir Carolina Elizabeth Baigorria.
Que en el marco del artículo N° 115° de la Ordenanza
General 267/80 de Procedimiento Administrativo, corresponde rectificar el
artículo 1° de la Resolución N° 200/15 a fin de subsanar el error.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Rectificar el error en que se incurriera en el dictado de la
---------------- Resolución N° 200/15 en su artículo 1°, expresando que
quedara redactado de la siguiente manera: “Aplicar a la Sra. Carolina
Elizabeth Baigorria; por concepto de pago de crédito municipal “DESDE EL
PIE”, contribuyente N° 34-180460-4, una multa por Omisión del treinta por
ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado comprendiendo este
las cuotas 1/2013 a 18/2015 de dicha cuenta. El porcentaje se reducirá
conforme a lo siguiente: a. Pago al contado- dentro de los días (10) días de
su notificación: Ochenta y cinco por ciento (85%). B. Suscribiendo un plan de
pago dentro de los diez (10) días de su notificación: 1) Hasta 15 cuotas:
ochenta por ciento (80%). 2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento
(75%).
Artículo 2º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
--------------- Secretario de Hacienda Lic. Luis H. Godoy Berrocal.----------------Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legales de
Ingresos Públicos, Recaudación, dese al Registro Oficial del Municipio,
publíquese, archívese.-----------------------------------------------------------------------Fdo) Jorge A. Eijo – Intendente Municipal – Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 290/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 23.678/07, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal - Cuenta
Nº 2210400 por los períodos detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar al Sr. Confeggi Juan Pastor; por el concepto de Tasa por
------------Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal,
Cuenta Nº 2210400 por el inmueble designado catastralmente como
Circunscripción III, Secc. A, Chacra 8, Parcela 2, una Multa por Omisión
del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado
comprendiendo este las cuotas 5/2005 a 2/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo
2º:
Determinar
en
pesos
Dos
Mil
Cuatro
con
35/100
---------------- ($2.004,35.-) el importe de la multa por omisión y de pesos
Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Cinco con 53/100 ($ 8.685,53.-) el monto
total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la
multa descripta. --------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 291/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 23.678/07, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal - Cuenta
Nº 2210500 por los períodos detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar al Sr. Confeggi Juan Pastor; por el concepto de Tasa por
------------Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal,
Cuenta Nº 2210500 por el inmueble designado catastralmente como
Circunscripción III, Secc. A, Chacra 8, Parcela 3, una Multa por Omisión
del treinta por ciento (30%) sobre el monto total del tributo adeudado
comprendiendo este las cuotas 5/2005 a 2/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo
2º:
Determinar
en
pesos
Dos
Mil
Cuatro
con
35/100
---------------- ($2.004,35.-) el importe de la multa por omisión y de pesos
Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Cinco con 53/100 ($ 8.685,53.-) el monto
total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la
multa descripta. --------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
RESOLUCIÓN Nº 292/15
GENERAL BELGRANO, mayo 28 de 2015.
Visto la intimación realizada al contribuyente, según
Expediente Administrativo Nº 4041- D- 7441/15, y;
CONSIDERANDO:
Que no existen constancias respecto al pago de la tasa
de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal - Cuenta
Nº 2096300 por los períodos detallados en las actuaciones.
Que la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en nuestro
partido, en su artículo 55 del Título VIII – De Las Infracciones a las
Obligaciones y Deberes Fiscales – establece que: “Se impondrán Multas
por el incumplimiento total o parcial de los deberes fiscales, y de aquellas
disposiciones tendientes a asegurar la correcta aplicación, percepción y
fiscalización de los tributos que no constituyen en si mismos una omisión de
gravámenes. Incurrirán en esta infracción, los contribuyentes responsables o
terceros obligados a presentar declaración jurada, suministrar información,
actuar como agente de información, o quienes deban compadecer a
citaciones, cuando no cumplan en termino con dichos deberes, como así
también quienes incurrieren en infracción a los demás deberes formales en
general previstos en el presente, en ordenanzas especiales en materia
tributaria, normas complementarias y reglamentarias”.
Que conforme al artículo 162 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde al Departamento Ejecutivo la aplicación de las
sanciones dispuestas en las Ordenanzas y Reglamentaciones Comunales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar a los Sres. Vázquez Manuel; Morales Alicia Silvia;
--------------Morales de Martínez Hermelinda Esther; por el concepto de Tasa
por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Cuenta
Nº 2096300 por el inmueble designado catastralmente como Circunscripción
III, Parcela 191 A una Multa por Omisión del treinta por ciento (30%) sobre
el monto total del tributo adeudado comprendiendo este las cuotas 4/2012 a
2/2015 de dicha cuenta.
El porcentaje se reducirá conforme a lo siguiente:
a. Pago al contado – dentro de los diez (10) días de su notificación:
Ochenta y cinco por ciento (85%).
b. Suscribiendo un plan de pago dentro de los diez (10) días de su
notificación:
1) Hasta 15 cuotas: ochenta por ciento (80%)
2) Hasta 30 cuotas: setenta y cinco por ciento (75%).
Artículo 2º: Determinar en pesos Dos Mil Ciento Sesenta y Dos con 15/100
---------------- ($2.162,15.-) el importe de la multa por omisión y de pesos
Nueve Mil Trescientos Sesenta y Nueve con 30/100 ($ 9.369,30.-) el monto
total adeudado en la cuenta, comprendiendo este: el capital, intereses y la
multa descripta. --------------------------------------------------------------------------Artículo 3º: Conceder un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a
------------------ partir de la fecha de notificación de la presente para abonar la
deuda resultante, caso contrario se procederá a la emisión del Título
Ejecutivo habilitando la vía para el cobro Judicial respectivo.---------------------Artículo 4º: Determinar que ante el impedimento por parte del contribuyente
----------------a su notificación fehaciente –ausente, rechazo, cambio de
domicilio, fallecimiento del titular, o cualquier otra acción tendiente a
imposibilitar el acto - la presente quedará firme, luego de su publicación en el
Boletín Oficial del Municipio en el mismo plazo del artículo 1º.-------------------Artículo 5º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
-----------------Secretario Hacienda Lic. Luis Godoy Berrocal.-----------------------Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese a la parte interesada, tomen razón
----------------Contaduría, Ingresos Públicos, Departamento Legal de Ingresos
Públicos, Recaudación dese al Registro de Resoluciones, al Boletín Oficial,
publíquese y archívese.----------------------------------------------------------------------Fdo) Prof. Jorge A. Eijo - Intendente Municipal - Hay un sello que dice:
Municipalidad de General Belgrano –Intendencia.-----------------------------------ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL
ORDENANZA 65/15
VISTO:
El expediente administrativo Nº 4041-S-6971/15, por el cual se tramita la Licitación Pública Nº 2/2015, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada licitación se llevó a cabo a fin de proceder a la adjudicación de la obra “Infraestructura para
el Parque Industrial Planificado”.
Que se han presentado a la cotización dos oferentes, cumpliendo sólo uno de ellos: Empresa NIETO S.A., con
los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
Que la Dirección Provincial de Programas de Desarrollo del Ministerio de Economía de la Pcia. de Buenos
Aires ha expedido la NO OBJECION a la cotización presentada por la empresa NIETO S.A.
Que la comisión de preadjudicación considera la misma de evidente conveniencia, en virtud de que el oferente
ha cumplimentado con todos los puntos requeridos en los pliegos de bases y condiciones particulares del llamado.
Que en virtud de la necesidad de acelerar los trámites que conllevan la continuidad de la contratación de la
obra, se dictó el Decreto N° 1327/15 ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Que conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su art. 155, es necesaria la
convalidación del Decreto N° 1327/15 por el Honorable Concejo Deliberante.Por ello, y
Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENA NZA
ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Decreto N° 1327/15 en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 155° de la Ley Orgánica
de las Municipalidades.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES
DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
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Ana Luisa Vulliez
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Ana Laura Acevedo
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ORDENANZA 66/15
VISTO:
Lo actuado en el expediente administrativo Nº 4041-S-17693/12 y el Decreto N° 507/15, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se adjudicó la explotación comercial del local denominado “Posta del Totón” a la Cámara de
Microemprendedores de General Belgrano, en virtud de haber quedado desiertos dos llamados a licitación previos, y al
dictamen emitido por el Ente Mixto de Turismo de la ciudad de General Belgrano (EMTGB), quien dispuso la
adjudicación a dicha Cámara.
Que el acto administrativo se dictó ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante en los términos de los
artículos 55° y 156°, inc. 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Por ello, y
Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENA NZA
ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Decreto N° 507/15, en el marco del artículo 156, inc. 5 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, y en cumplimiento al artículo 55° de dicha norma.ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES
DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
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Ana Luisa Vulliez
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Ana Laura Acevedo
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ORDENANZA 67/15
VISTO:
El expediente 4041-D-7793/15, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Contaduría informa que la firma Sistemas On Line, contratada por el Hospital Municipal
Juan E. de la Fuente para el sistema informático de facturación, turnos, historias clínicas, estadísticas, etc., ha realizado
un reclamo respecto al pago de la factura 0005-00000042 con fecha 05/12/2014, la que no quedó registrada como
deuda del año 2014.
Que cuestiones como éstas se prevén en los artículos 140 y 141 del Reglamento de Contabilidad.
Que de acuerdo a la documentación agregada correspondería el tratamiento por el Departamento Legislativo
para el “Reconocimiento de Deuda” reclamado por la firma Sistemas On Line.
Por ello, y
Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENA NZA
ARTÍCULO 1º.- Reconocer de legítimo abono y facultar al Departamento Ejecutivo a registrar con cargo a Resultado de
Ejercicios Anteriores, la Deuda Flotante no registrada con la empresa Sistemas On Line cuyos antecedentes obran en
el Expediente 4041-D-7793/15 y cuyo importe asciende a pesos ocho mil ochenta y dos con 80/100 ( $ 8.082,80).ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES
DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
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ORDENANZA 68/15
VISTO:
Que el Sr JAVIER EDUARDO BAÑA, DNI: 23.737.851 y sus hijos tienen la posesión exclusiva de la vivienda
N° 3 del Plan Solidaridad – Barrio Olivares, desde el año 2007 a la fecha de acuerdo al Informe Social, agregado a fojas
9/10 actualizado.
Que la adjudicataria original Sra. Erica Gabriela Martino, se mudó a otra ciudad, dejando la vivienda al Sr.
Baña, y;
CONSIDERANDO:
Que la vivienda es de carácter social, (de ocupación permanente, pacifica e ininterrumpida), y el Sr. Javier
Eduardo Baña cumple con los requisitos necesarios para su re-adjudicación.
Que a fojas 8 obra un informe de la Dirección de Control y Fiscalización que enuncia la posesión de la vivienda
por el Sr. Baña y los dichos de un vecino que ratifica la situación declarada por el actor.Que a fojas 11 obra copia de un recibo de haberes del Sr. Baña que acredita que es un hombre de trabajo que
asiste y mantiene a sus hijos.
Que se agrega a fojas 17 copia del Decreto 0171/06 que adjudicara la vivienda y de la ordenanza 06/06 que lo
convalida.
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante llevar a cabo la desadjudicación de la vivienda N° 3 del
Plan Solidaridad – Barrio Olivares respecto a la Sra. Erica Gabriela Martino y posterior adjudicación al Sr. Javier
Eduardo Baña, como así también otorgar el carácter de Compra- Venta al negocio jurídico respecto a este inmueble;
todo ello necesario para la continuidad del trámite de escrituración.Por ello, y
Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENA NZA
ARTÍCULO 1º.- Disponer la caducidad de la adjudicación de la vivienda Nº 3 del Plan Solidaridad - Barrio Olivares, que
oportunamente fuera otorgada a la Sra. Erica Gabriela Martino – DNI: 25.204.092, como titular, ello por los fundamentos
que anteceden.
ARTÍCULO 2º.- Establecer como nuevo adjudicatario de la vivienda Nº 3 del Plan Solidaridad - Barrio Olivares al Sr.
Javier Eduardo Baña – DNI: 23.737.851.
ARTÍCULO 3º.- Otorgar el carácter de compra-venta al negocio jurídico a instrumentar en la Escritura Traslativa de
Dominio correspondiente a la Vivienda Nº 3 del Plan Solidaridad – Barrio Olivares, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción I; Sección G; Manzana 64n; Parcela 13d; considerando asimismo a la Municipalidad de General
Belgrano como parte vendedora y al Sr. Javier Eduardo Baña como parte compradora.ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES
DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
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ORDENANZA 69/15
VISTO:
La colocación de pavimento intertrabado que se realizará en las Calles 48, 50, 50 bis y 52 entre Calle 111 y
109 bis del Barrio 102 de Gral. Belgrano, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta evidente que, para conservar en estado óptimo el pavimento intertrabado, es necesario establecer
la prohibición del tránsito pesado en la mencionada arteria.Que si bien es dable considerar que existen situaciones de particulares, también lo es, atender a cuestiones
que propendan a evitar atentar contra el bien común.Que corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar estos aspectos, lo cual se expresa en el Art.
27 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Incisos 2, 3 y 18; y al Código de Tránsito de la Provincia de Buenos
Aires.Por ello, y
Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENA NZA
ARTÍCULO 1º.- Prohíbase la circulación de tránsito pesado por las calles 48, 50, 50 bis y 52 entre Calle 111 y 109 bis
del Barrio 102 de Gral. Belgrano.ARTÍCULO 2º.- Colóquense carteles indicativos de dicha prohibición, en condiciones óptimas de visibilidad y
legibilidad.ARTÍCULO 3º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a disponer las características estéticas de los carteles.ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su cumplimiento y efectos.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES
DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
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ORDENANZA 70/15
VISTO:
Diversas situaciones de catástrofes naturales y de incendios que perjudican severamente a particulares, y;
CONSIDERANDO:
Que en determinadas situaciones tales como: incendios, inundaciones, temporales de viento y lluvia, se
producen severos daños materiales en casas y locales particulares, que imposibilitan un inmediato recupero de sus
titulares.Que independientemente del impacto humano que dichos sucesos producen, sería adecuado prever un
esquema de exención de tributos municipales para los afectados.Que a los fines de implementar un sistema ágil y dinámico para cumplir con dicha finalidad, lo correcto sería
fijar un esquema por medio de Ordenanza de este Honorable Cuerpo.Que existen antecedentes como el propuesto, tal el caso de la Ordenanza 73/2014 que estableció prórroga de
vencimiento de Tasa SUM y Seguridad e Higiene para los afectados por las fuertes lluvias caídas durante el mes de
Septiembre del año pasado.Que el artículo 40 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, prevé fijar regímenes de exención de tributos.Por ello, y
Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENA NZA
ARTÍCULO 1º.- Establézcase un Régimen de exención de Tasas Municipales para aquellos titulares ò responsables de
pago que sean afectados por inundaciones, temporales de viento y lluvia, catástrofes naturales o incendios.ARTÍCULO 2º.- Las Tasas cuyos vencimientos podrán ser eximidos por parte de la Municipalidad de General Belgrano,
serán: Servicios Urbanos Municipales (SUM) e Inspección de Seguridad e Higiene.ARTÍCULO 3º.- A los efectos de corroborar la afectación aludida en el artículo primero, la persona afectada deberá
requerir de la Dirección Municipal de Defensa Civil, un Certificado en el que conste la asistencia brindada. Dicho
Certificado deberá ser presentado en la Dirección de Ingresos Públicos con el fin de que dicha dependencia proceda a
iniciar el trámite administrativo correspondiente para aprobar la exención por medio de Decreto del Departamento
Ejecutivo por el período que determine la Dirección de Ingresos Públicos.ARTÍCULO 4º.- Los aspectos no contemplados en la presente Ordenanza y que permitan un cumplimiento más
efectivo de la misma, serán reglamentados por Decreto del Departamento Ejecutivo.ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES
DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
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ORDENANZA 71/15
VISTO:
El expediente administrativo Nº 4041-S-7012/15, por el cual se tramita la Licitación Pública Nº 4/2015, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Licitación Pública se llevó a cabo a fin de proceder a la contratación de la obra
Refuncionalización El Galpón en nuestra localidad, en el marco del Convenio suscripto con el Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, convalidado por la Ordenanza 30/2015.
Que habiéndose presentado a la cotización una única oferta: PRIMUS TRUCK S.A., la comisión de
preadjudicación a fojas 207, considera la misma de evidente conveniencia, en virtud de que el oferente ha
cumplimentado con todos los puntos requeridos en los pliegos de bases y condiciones particulares del llamado,
resultando su oferta económica más conveniente para los intereses municipales.
Que conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su art. 155, previo a resolver la
adjudicación del bien licitado al único oferente presentado, es necesario contar con la autorización del Honorable
Concejo Deliberante.Por ello, y
Atento al Despacho de las Comisiones que fuera aprobado por Unanimidad.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY
ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENA NZA
ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a adjudicar la Licitación Pública N° 4/2015, a la empresa
PRIMUS TRUCK S.A., Cuit 30-71428416-5, en su carácter de único oferente, conforme lo establece la Ley Orgánica
de las Municipalidades en su art. 155, atento que ha cumplido íntegramente con los recaudos exigidos en la
documentación y su oferta resulta de evidente conveniencia.ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS
DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
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Ana Luisa Vulliez
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Ana Laura Acevedo
Presidente
H. Concejo Deliberante
Para publicar en el Boletín Oficial y en un Periódico Local, según el Art.
siguiente:
ARTÍCULO 167°. La Municipalidad podrá tomar posesión de las bóvedas abandonadas y/o en
estado ruinoso cuyos dueños no se presenten a hacer valer sus derechos en un plazo de treinta
(30) días a contar desde su publicación por dos (2) días en un periódico de la localidad.
Asimismo, lo dispuesto es válido para el retiro de todo elemento en estado de abandono que
dificulte el funcionamiento del cementerio.
Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Loyola José para que en el termino de
30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la Municipalidad de
General Belgrano para regularizar la situación de la Bóveda Nº 133 del cementerio
local, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 167 de la Ordenanza Fiscal e
Impositiva 2015, pasando las mismas nuevamente a la tenencia municipal.----------------Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Ochoa, Joaquín para que en el
termino de 30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la
Municipalidad de General Belgrano para regularizar la situación de la Bóveda Nº 14
del cementerio local, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 167 de la
Ordenanza Fiscal e Impositiva 2015, pasando las mismas nuevamente a la tenencia
municipal.----------------------------------------------------------------------------------------------------Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Flia. Pérez - Retes para que en el
termino de 30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la
Municipalidad de General Belgrano para regularizar la situación de la Bóveda Nº 140
del cementerio local, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 167 de la
Ordenanza Fiscal e Impositiva 2015, pasando las mismas nuevamente a la tenencia
municipal.----------------------------------------------------------------------------------------------------Se cita y emplaza a familiares y /o herederos de Burret, Catalina P. de para que en el
termino de 30 días se presenten ante la Dirección de Ingresos Públicos de la
Municipalidad de General Belgrano para regularizar la situación de las Sepulturas
Manz. I – Secc. 1° - Nº 39 y 40 del cementerio local, bajo apercibimiento de lo
dispuesto en el art 167 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2015, pasando las mismas
nuevamente a la tenencia municipal.------------------------------------------------------------------
Dpto. de Recaudación, 20 de Julio de 2015