Sustancias químicas controladas contenidas en las listas I y II del Anexo I de la Ley Orgánica de Drogas (Gaceta Oficial 39.546 del 05 - 11- 2010) LISTA II Acetona LISTA I Ácido N-Acetilantranílico Ácido Lisérgico Ácido Antranílico Ácido Clorhídrico Ácido Fenilacético Efedrina Ácido Sulfúrico* Ergometrina Éter Etílico Ergotamina Metiletilcetona (Mek) 1-Fenil-2-Propanona Piperidina Isosafrol Tolueno* 3,4-Metilendioxifenil -2Propanona Piperonal Safrol Seudoefedrina Norefedrina Fenilpropanolamina Permanganato de Potasio* Anhídrido Acético Amoníaco Anhidro Amoníaco en Disolución Acuosa Carbonato de Sodio Hidrógenocarbonato (Bicarbonato) de Sodio Sesquicarbonato de Sodio 4-Metilpentan-2-Ona (Mibk) Acetato de Etilo A continuación se presentan los medicamentos más comunes publicados en la lista de Sustancias Psicotrópicas de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) según lo establecido en el artículo 3, numeral 29 de la Ley Orgánica del Trabajo que refiere al convenio de sustancias psicotrópicas de 1971, suscrito por Venezuela. Lista I Incluye medicamentos reclamados por crear un riesgo grave para la salud pública, cuyo valor terapéutico no es reconocido actualmente por la Comisión de Estupefacientes. Incluye psicodélicos sintéticas como LSD, además de los psicodélicos naturales como isómeros DMT. MDMA, comúnmente conocida como éxtasis, también entra en esta categoría. Lista II Incluye los estimulantes del tipo anfetamina, se considera que tienen valor terapéutico limitado, así como algunos analgésicos como la morfina. El dronabinol, que es un isómero de THC, también se incluye. Lista III Incluye productos barbitúricos con efectos rápidos o media, que han sido objeto de abusos graves a pesar de utilidad terapéutica, flunitrazepam y algunos analgésicos como la buprenorfina. Lista IV Incluye algunos más débiles como los barbitúricos y otros hipnóticos, ansiolíticos hipnóticos, benzodiazepinas y el THC y algunos estimulantes más débiles. Lista I Contiene 62 posiciones, cláusula generalización de estereoisómeros, generalización específica para las variantes estereoquímicas tetrahidrocannabinol y la cláusula generalización común de sales. Fenetilamina Psicodélicos Brolanfetamina Dimetoxianfetamina DOET Methylenedioxyhydroxyamphetamine Metilendioxietilanfetamina MDMA Mescalina Para-metoxianfetamina MMDA DOM 4-MTA Tenamfetamine Trimetoxianfetamina Psicodélicos Triptamina Catinona Estimulantes Metcatinona 4-metilaminorex Diethyltryptamine Dimetiltriptamina Etryptamine Psilocina Psilocibina Cannabinoides sintéticos Dimethylheptylpyran Parahexyl Cannabinoles naturales Tetrahidrocannabinol, los siguientes isómeros y sus variantes estereoquímicas: 7,8,9,10-tetrahidro-6 ,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzopirano-1-ol Un -8,9,10,10-tetrahidro-6 ,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzopirano-1-ol 6a, 9,10,10 a-tetrahidro-6 ,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzopirano-1-ol 6a, 7,10,10 a-tetrahidro-6 ,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzopirano-1-ol 6a, 7,8,9-tetrahidro-6 ,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzopirano-1-ol 6a, 7,8,9,10,10 a-hexahidro-6 ,6-dimetil-9-metilen-3-pentil-6H-dibenzopirano-1-ol Dissociatives Eticyclidine Rolicyclidine Ergolinas LSD Tenocyclidine Los estereoisómeros de sustancias de la Lista I también son controlados, a menos que estén expresamente exceptuados, siempre que sea posible la existencia de dichos estereoisómeros dentro de la designación química específica. Sales de todas las sustancias incluidas en los cuatro programas, cada vez que sea posible la existencia de dichas sales, también están bajo control internacional. Lista II Contiene 17 posiciones, generalización específica para las variantes estereoquímicas tetrahidrocannabinol y la cláusula generalización común de sales. Anfetamina Antidepresivos Amineptina Secobarbital Dextroanfetamina Meclocualona Metanfetamina Metacualona Fenethylline Levoamphetamine Levometanfetamina Metanfetamina Fenciclidina Dissociatives Metilfenidato Fenmetrazina Fenetilamina psicodélicos Cannabinoles naturales Estimulantes Otros Zipeprol Sales de todas las sustancias incluidas en los cuatro programas, cada vez que sea posible la existencia de dichas sales, también están bajo control internacional. Lista III Contiene 9 posiciones y la cláusula generalización común de sales. Amobarbital Butalbital Semisintéticos opioides agonistas-antagonistas Buprenorfina Sintéticos opiáceos agonistas-antagonistas benzomorfanos Pentazocina Ciclobarbital Pentobarbital Flunitrazepam Glutetimida Antidepresivos Estimulantes Catina Sales de todas las sustancias incluidas en los cuatro programas, cada vez que sea posible la existencia de dichas sales, también están bajo control internacional. Lista IV Contiene 62 posiciones y la cláusula generalización común de sales. Nitrazepam Clotiazepam Alobarbital Cloxazolam Barbital Delorazepam Butobarbital Diazepam Metilfenobarbital Estazolam Nordazepam Oxazepam Oxazolam Pinazepam Fenobarbital Butabarbital Vinilbital Alprazolam Bromazepam Brotizolam Camazepam Clordiazepóxido Clobazam Clonazepam Clorazepato Loflazepato Etílico Prazepam Fludiazepam Temazepam Flurazepam Tetrazepam Halazepam Triazolam Haloxazolam Zolpidem Ketazolam Etinamato Loprazolam Meprobamato Lorazepam Etclorvinol Lormetazepam Ácido gammahidroxibutírico Metiprilona Medazepam Midazolam Antidepresivos Nimetazepam Anfepramona Etilanfetamina Aminorex Fencanfamina Benzphetamine Fenproporex Estimulantes Mazindol Pemolina Mefenorex Fendimetrazina Mesocarbo Phentermine Pipradrol Pirovalerona
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