PROCESO PARA CUBRIR TEMPORALMENTE, MEDIANTE EL SISTEMA DE COMISIÓN DE SERVICIOS VOLUNTARIA, EL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE-A DE SERVICIO DE DE LA UNIDAD JURÍDICA DE CULTURA Y PATRIMONIO La consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública ha dictado en fecha de hoy la siguiente Resolución: “Hechos El 16 de marzo, el secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes con el visto bueno del Vicepresidente, solicita la cobertura inaplazable del puesto de trabajo de Jefe-a de servicio de la Unidad Jurídica Administrativa de Cultura y Patrimonio, actualmente vacante. El puesto de trabajo mencionado, de acuerdo con la relación de puestos de trabajo aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca el 12 de febrero de 2015 y publicada en el BOIB núm. 25, del 20 de febrero de 2015, es singularizado, tiene establecido el concurso de méritos como forma de abastecimiento, y está encuadrado en el grupo A1, nivel de complemento de destino 28 y nivel de complemento específico 50. Las categorías que pueden acceder, de acuerdo con la relación mencionada de puestos de trabajo, son las de Técnico de Administración General y la de Técnico Superior con el requisito de la licenciatura en Derecho, y nivel de catalán C1. La necesidad de cubrir provisionalmente el puesto de trabajo mencionado hasta que se resuelva, por el procedimiento reglamentario, la adscripción definitiva a este puesto o en su caso, la persona titular del puesto se reincorpore a su puesto y la facilitación de la movilidad voluntaria y la promoción del personal de la corporación. Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas y de acuerdo con el documento Fijación de criterios y regulación del procedimiento, para la adjudicación de las comisiones de servicios de carácter voluntario, para acceder a puestos de trabajo singularizados, en el Consell de Mallorca, negociado y acordado en la Mesa de negociación de 31 de marzo de 2008 y publicado en la intranet de la corporación el 8 de abril de 2008, y de acuerdo con el Decreto de la Presidenta del Consell de Mallorca de día 28 de febrero de 2014. RESUELVO Primero. Convocar la cobertura temporal, en régimen de comisión de servicios de carácter voluntaria, del puesto de trabajo de Jefe-a de Servicio de la Unidad Jurídica Administrativa de Cultura y Patrimonio (código 00094) por el sistema de concurso de méritos. Segundo. Fijar las bases de esta convocatoria, con la indicación de las características específicas de la plaza convocada que se recogen en el anexo 1. Tercero. Publicar esta Resolución en el tablón de edictos del Llar de la Infancia (c/ General Riera, 113) en el tablón de edictos del IMAS (c / General Riera, 67) y, a efecto informativo, en la intranet del Consell de Mallorca y en la página web. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Consell de Mallorca, en el plazo de un mes 1 contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el tablón de edictos de la corporación. Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del recurso mencionado. Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa. No obstante, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.” Palma, 15 de abril de 2015 Miguel Gayá Font Jefe del Servicio Técnico de Recursos Humanos Por delegación de la Secretaría General (BOIB núm. 55, de 22 de abril de 2014) Diligencia para hacer constar que este documento se publica en el tablón de edictos de la Llar de la Infancia, del IMAS y a efecto informativo, en la intranet y la web de la corporación el día 20 de abril de 2015 Miguel Gayá Font Jefe del Servicio Técnico de Recursos Humanos Por delegación de la Secretaría General (BOIB núm. 55, de 22 de abril de 2014) 2 ANEXO 1 BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR TEMPORALMENTE, MEDIANTE EL SISTEMA DE COMISIÓN DE SERVICIOS VOLUNTARIA, EL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE-A DE SERVICIO DE LA UNIDAD JURÍDICA DE CULTURA Y PATRIMONIO REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Se pueden presentar a esta convocatoria el personal del Consell de Mallorca, Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, otras administraciones locales y de las Administraciones autonómicas, que ostente la condición de personal funcionario de carrera y que reúna todos los requisitos exigidos en esta convocatoria referentes a grupo, categoría, titulación y otros, especificados en el anexo 2 de esta convocatoria, con las siguientes excepciones: 1) El personal que en el plazo del último año haya accedido a un puesto de trabajo, en una convocatoria de provisión de puestos de trabajo por concurso de méritos o de libre designación. 2) El personal que actualmente disfruta de una comisión de servicios o en el plazo del último año la haya disfrutado, en ambos casos otorgada mediante convocatoria para la cobertura temporal. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Es de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos de la Llar de la Infància. Las instancias se ajustarán al modelo que se recoge en el anexo 3 de estas bases y se presentarán en el Registro General del Consell de Mallorca, acompañadas de la documentación acreditativa, original o fotocopia compulsada, de los requisitos exigidos y de los méritos alegados. No se considerarán las solicitudes de los aspirantes que no reúnan los requisitos exigidos para acceder al puesto de trabajo solicitado y, por tanto, en este caso, no se valoraran los méritos alegados. SISTEMA DE SELECCIÓN Se realizará mediante concurso de méritos específicos, de acuerdo con el baremo de méritos, cuyo máximo es de 18,60 puntos: 1 - Antigüedad. Máximo 4 puntos Se valorará hasta un máximo de 4 puntos la antigüedad en la ocupación de puestos de trabajo en la misma subescala, clase o categoría de adscripción del puesto de trabajo convocado, desarrollado en la Administración pública; se valorará de la siguiente manera: - Por cada mes trabajado: 0,08 puntos Las fracciones inferiores al año se prorratearán, cada 30 días deben tener la consideración de un mes, las inferiores a 15 días no se tendrán en cuenta. 2 - Experiencia. Máximo 5 puntos Se valorará hasta un máximo de 5 puntos la ocupación de puestos de trabajo de análoga naturaleza o contenido técnico, desarrollados en las diferentes administraciones públicas, de acuerdo con la experiencia requerida y, proporcionalmente al número de ítems acreditados, de la siguiente manera: 3 - Por cada mes trabajado deben acreditarse todos los ítems descritos en el apartado «Experiencia» del anexo 2 de estas bases: 0,10 puntos (1,20 puntos por año). - Si se acreditan únicamente algunos ítems descritos en el apartado «Experiencia» del anexo 2 de estas bases, la valoración debe ser la de 0,10 puntos, dividido por el número de ítems, por mes, a computar para cada ítem acreditado. Las fracciones inferiores al año se prorratearán, cada 30 días deben tener la consideración de un mes, las inferiores a 15 días no se tendrán en cuenta. 3- Formación. Máximo 7 puntos A-Formación directamente relacionada con las características del puesto de trabajo. Máximo 3 puntos Los cursos de formación y los de perfeccionamiento, los masteres y postgrados se puntuarán hasta un máximo de 3 puntos, según la duración y a razón de 0,005 puntos por hora de formación, siempre que tengan relación directa con el puesto objeto de proveimiento, que estén acreditados con el certificado correspondiente o con el diploma de aprovechamiento y siempre que un organismo oficial los haya impartido u homologado. Si se acredita la impartición, se computarán a razón de 0,01 puntos la hora de formación impartida. En cualquier caso, si no se acredita el número de horas del curso, se valorará con la puntuación correspondiente a una hora. B-Titulación académica diferente a la requerida, directamente relacionada con las características del puesto de trabajo. Máximo 4 puntos - Únicamente se puntuarán las titulaciones académicas de formación reglada con carácter oficial, directamente relacionadas con las características del puesto de trabajo y siempre que sean diferentes a la utilizada como requisito para participar en esta convocatoria. - La valoración como mérito de un título implica que no se valorarán los de nivel inferior necesarios para obtenerlo. Esta valoración se realizará de la siguiente manera: • Titulación del nivel superior al exigido: 3 puntos • Titulación del mismo nivel al exigido: 2 puntos • Titulación del nivel inmediatamente inferior al exigido: 1 punto 4 - Conocimientos de catalán. Máximo 1,60 puntos Deben valorarse de la siguiente forma y con un máximo de 1, 60 puntos: - Certificado de conocimientos del nivel A1: 0,20 puntos - Certificado de conocimientos del nivel B2: 0,40 puntos - Certificado de conocimientos del nivel C1: 0,80 puntos - Certificado de conocimientos del nivel C2: 1,20 puntos - Se añaden 0,40 puntos si se tiene el Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo. (E) Se valorará, únicamente, el nivel certificado más alto, según la escala recogida en estas bases. 5 - Otros méritos. Máximo 1 punto La puntuación de este apartado se debe obtener dividiendo el máximo de 1 punto distribuido entre el número de méritos que constan en el apartado «Otros méritos» del anexo 2 de estas bases. Si sólo hay un mérito, la puntuación máxima de 1 punto corresponde a este mérito. 4 FORMA DE ACREDITAR La fecha de referencia, para cumplir los requisitos exigidos y la posesión de los méritos alegados por los aspirantes, será el día que finaliza el plazo de presentación de instancias y se acreditarán de la siguiente manera: - Acreditación de requisitos Se adjuntarán a la instancia, originales o fotocopias compulsadas de los documentos acreditativos de la titulación o de las titulaciones y de los demás requisitos que se exigen en las bases de la convocatoria. - Acreditación de méritos La acreditación documental de estos méritos específicos se llevará a cabo mediante la presentación de certificaciones de servicios prestados; certificaciones de experiencia; informe emitido por los responsables del servicio sobre las funciones desarrolladas en el lugar de trabajo; certificaciones de realización de cursos, de títulos, de justificantes, de diplomas, de publicaciones y de ponencias en las que se acredita la autoría, o por cualquier otro medio. La acreditación de los conocimientos de la lengua catalana sólo se realizará mediante la presentación del correspondiente certificado expedido por el órgano competente en materia de política lingüística del Gobierno de las Islas Baleares, por la Escuela Balear de Administración pública o de alguno de los títulos o los certificados equivalentes, de acuerdo con lo que se determina en la normativa vigente. También debe poder efectuarse mediante la presentación de la certificación correspondiente que acredita que se han superado las pruebas de evaluación de este nivel de conocimientos de la lengua catalana realizadas por el Consell de Mallorca como consecuencia de las convocatorias realizadas por los decretos de Presidencia de 36-2004 y de 29-9-2004. Toda la documentación debe ir debidamente compulsada. En caso contrario, se considerará como no presentada PUNTUACIÓN MÍNIMA La puntuación mínima para poder ser propuesto para ocupar el puesto de trabajo ofrecido será de 7 puntos, de los cuales al menos 1 punto se debe obtener con méritos en el apartado 2 «Experiencia». JUNTA CALIFICADORA Una junta calificadora valorará las solicitudes que se presenten y que cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria. La Junta, como órgano de selección, debe estar constituida por 5 miembros y por el mismo número de suplentes, y se ajustará al criterio de paridad entre hombres y mujeres, siempre que sea posible, y cumplirá los niveles de titulación o especialización exigidos al puesto de trabajo convocado, de la forma siguiente: Presidente-a: Titular: Francesc Riera Vayreda Suplente: Isabel Garau Llompart Vocales: Titular:Catalina Maria Quetglas Vicens Suplente: Gabriel Pons Homar Titular: Miquel Roca Jaume Suplente: Jaume Cardell Perelló 5 Titular: Guillem Mas Miralles Suplente: Aina Rosa Serrano Espases Titular: Juan José Riera Ferrer Suplente: Guillem Daviu Pons En ausencia de la persona que ocupa la presidencia de la Junta Calificadora, asumirá las funciones el miembro de la Junta correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La Junta Calificadora debe designar a uno de los miembros para actuar como secretario con voz y voto. En ausencia de la persona que ha sido designada para ocupar la secretaría, la Junta Calificadora designará otra de entre sus miembros. Puede participar un observador designado por la Junta de Personal, que tendrá voz pero no voto, y que debe observar el buen desarrollo del proceso selectivo. RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Una vez hecha la valoración de los méritos correspondientes alegados por los aspirantes, la Junta Calificadora debe comprobar si hay algún empate. Si lo hay, el orden de prioridad lo determinará la mejor puntuación obtenida en el apartado de «Experiencia». Si persiste, lo determinará la mejor puntuación en lo referente a formación reglada y, con posterioridad, las de formación no reglada. Si continúa el empate, finalmente se hará un sorteo. Una vez resueltos los empates, si los hay, la Junta Calificadora debe publicar los resultados en el tablón de edictos de la Llar de la Infància y del IMAS y, a efecto informativo, en la intranet y página web. Los aspirantes dispondrán de 3 días hábiles para formular las observaciones o las reclamaciones que estimen oportunas. Una vez resueltas las reclamaciones, la Junta calificadora formulará, con el visto bueno del Presidente de la Junta, la propuesta de adscripción correspondiente, al consejero o a la consejera competente en materia de Función Pública. DURACIÓN DE LAS COMISIONES DE SERVICIO Las adjudicaciones de las comisiones de servicios resultantes de estos procesos selectivos deben ser de carácter provisional y finalizar cuando el puesto de trabajo se provea con carácter definitivo, que se reincorpore al puesto la persona titular, si procede, o cuando termina el tiempo para el que se ofrecieron, que no podrá ser superior a 2 años. Excepcionalmente, cuando las necesidades del servicio lo requieren, se debe poder prorrogar este plazo. El puesto de trabajo ocupado en comisión de servicios debe incluirse en la siguiente convocatoria de provisión de puestos de trabajo por el sistema que corresponda, salvo que tenga titular. El personal funcionario que ocupe un puesto de trabajo en comisión de servicios tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo de procedencia y a percibir las retribuciones correspondientes al puesto que efectivamente ocupa. MODELO DE INSTANCIA El modelo de instancia oficial es el que se adjunta a estas bases como anexo 3 y que se puede recoger en el Servicio de Selección de Función Pública. 6 ANEXO 2 VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES/SECRETARIA TÉCNICA/UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CULTURA Y PATRIMONIO PUESTO DE TRABAJO: JEFE-A DE SERVICIO Código 00094 Puesto de trabajo Jefe-a de Servicio Destina NL TL CD CE FP ción Ad. G. Jor/ Hor Palma C3 A1 1 1 S 28 50 C Catalá n C1 Categoría TAG Técnico-a Superior (Licenciado-a Derecho) Méritos 1. Antigüedad: máximo 4 puntos Ocupación de puestos de trabajo con la misma subescala, clase o categoría, desarrollados en la Administración Pública. Por cada mes trabajado: 0,08 puntos 2. Experiencia: máximo 5 puntos 1- Dirigir y coordinar el equipo de trabajo: asignar tareas en función de los recursos disponibles, resolver dudas, impartir formación, motivar a los integrantes del grupo y distribuir y gestionar los recursos humanos en función de las necesidades del servicio. 2- Emitir informes jurídicos sobre la legalidad de los procesos normativos: contratos, subvenciones y convenios que suscriba y de las propuestas de resolución de recursos de los expedientes administrativos y propuesta de resolución en materia de su competencia. 3-Preparar y tramitar expedientes de contratación: contratos privados y administrativos (elaboración de los pliegos de clausulas administrativas particulares y pliegos de prescripciones técnicas, redacción y tramitación de solicitudes de inicio y documentación anexa en expedientes por procedimiento abierto, preparación de informes de negociación, etc.) y asistencia a mesas de contratación. 4- Revisar, actualizar, redactar y ordenar la normativa propia del servicio y colaborar con otras unidades administrativas en el desarrollo de estas funciones. 5- Estudiar, asesorar y elaborar propuestas jurídicas sobre cualquier asunto que le encomienden desde el departamento. 6- Realizar las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo delegadas de la Secretaría General por parte de la Presidencia. 7- Dar soporte técnico, jurídico y administrativo a los órganos superiores y directivos del departamento. Por cada mes trabajado, acreditando todos los ítems descritos en el apartado <<Experiencia>>: 0,10 puntos por cada mes. (1,20 puntos por año) Si se acreditan únicamente algunos ítems: 0,10 puntos divididos por el número de ítems, por mes, a computar por cada ítem acreditado. 7 Código 00094 Puesto de trabajo Jefe-a de Servicio Destina NL TL CD CE FP ción Ad. G. Jor/ Hor Palma C3 A1 1 1 S 28 50 C Catalá n C1 Méritos Categoría TAG Técnico-a Superior (Licenciado-a Derecho) 3. A- Cursos, masteres y postgrados directamente relacionados con las características del puesto de trabajo: máximo 3 puntos 0,005 puntos por hora de formación, acreditados con el correspondiente certificado o con el diploma de aprovechamiento y los de haber impartido u homologado un organismo oficial. Impartición: 0,01 puntos por hora de formación impartida. En cualquier caso, si no se acredita el número de horas del curso, se tiene que valorar con la puntuación correspondiente a 1 hora. _____________________________________________ 3. B- Titulación académica diferente a la requerida, directamente relacionada con las características del puesto de trabajo: máximo 4 puntos Titulación del nivel superior al exigido: 3 puntos Titulación del mismo nivel al exigido: 2 puntos Titulación del nivel inmediatamente inferior al exigido: 1 puntos _____________________________________________ Conocimientos de catalán: - Certificado de conocimientos de nivel C2: 1,20 puntos - Se añaden 0,40 puntos si se tiene el Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (E) Otros méritos No hay 8 CÓDIGOS DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL CONSELL DE MALLORCA Departamento / Dirección insular / Secretaría técnica / Servicio / Sección A B C D E F G H I J K Código Puesto Destinación Notas: General: Columna A: Columna B: Columna C: Columna D: Columna E: Columna F: Columna G: Columna H: Columna I: Columna J: Columna K: Columna L: Columna M: NL TL CD CE FP Adm. Grupo PD L M N RN Jor. Categorías O Titulación Otros requisitos P Q Catalán Observaciones Las letras de las columnas son para facilitar las notas que se indican. En la relación no figuran. Es un código numérico para identificar el puesto de trabajo Denominación del puesto de trabajo Especifica la destinación del puesto en una localidad determinada. Refleja el número de los puestos de trabajo. Refleja si el puesto es singularizado (S) o base (N). Complemento de destinación. Complement específico. La cantidad que corresponde a cada código de CE es la establecida en la tabla de CE del personal del Consell de Mallorca FP = Forma de provisión: LLD = Libre designación; C = Concurso; E = Eventual; L = Laboral Adm. = Describe si el puesto está abierto a: C-1 = Exclusivamente al personal del Consell y de sus organismos autónomos C-2 = Personal del Consell y de otras administraciones Locales C-3 = Personal del Consell, de otras administraciones locales y administraciones autonómicas. C-4 = Personal del Consell, de otras administraciones locales, autonómicas y del Estado. HE = Habilitación Estatal Grupo de adscripción (A1, A2, B, C1, C2 o E). PD: S = plena dedicación; N = no plena dedicación RN: S = puesto restringido a los ciudadanos españoles N = puesto abierto a ciutadadanos de otras nacionalidades en los terminos previstos en la normativa vigente. Jornada del lloc i, si és el cas, distribució horària, utilitzant els següents codis: 1 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada de forma contínua. 2 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en dos turnos. 3 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en tres turnos rotatorios en programación anual para cubrir el servicio 365 días al año. El CE también incluye la compensación por nocturnidad. 4 = Jornada de 37,5 hores semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en turnos de 24 horas en programación anual para cubrir el servicio los 365 días del año. El CE también incluye la compensación por nocturnidad. 5 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en turnos rotatorios de lunes a domingo de 7 a 14.30 horas o de 15.30 a 23 horas. 6 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada de forma partida. 7 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual de plena disponibilidad. 8 = Jornada a tiempo parcial. 9 = La jornada de estos puestos de trabajo será de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual, prestadas habitualmente de 8 a 15.30 horas, de lunes a viernes. Las horas prestadas fuera de la jornada indicada son consecuencia de la programación ordinaria y estructural del professional y se compensaran semanalmente o mensualmente, previa solicitud del trabajador -a, con las correspondientes horas de descanso. durante la franja horaria de la jornada habitual. El número máximo de horas a compensar no superará el 20% de la jornada semanal. 10 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual, prestada de lunes a viernes de 8 a 14.45 y una tarde cada semana de 16:15 a 20 horas. Durante los meses de julio y agosto y los días especiales de Navidad y Pascua el horario será de 8 a 15.30 horas. 12 = La jornada de estos puestos de trabajo será de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual, con disponibilidad durante las semanas de guardia. 13 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en los siguientes turnos: de 6,45 a 14.15 o de 13.30 a 21.00. 16 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada de lunes a sabados de 8 a 15.30 o de 13.00 a 20.30. Domingos de 8.30 a 13.30 en turnos rotatorios. 17 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada de lunes a sabados de 8 a 15.30 o de 14.30 a 22. Domingos de 8.30 a 13.30 en turnos rotatorios. 18 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada de lunes a viernes de 14.30 a 21. Sábados de 9 a 14. 19 = Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en turnos de lunes a domingos y horario continuado y flexible entre les 8.00 i les 20.00 h segun la programación establecida y con posibilidad de programar turnos nocturnos que serán compensados con una productividad segun el acuerdo establecido. 20= Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en turnos de 24 horas de lunes a domingos y según el calendario establecido de apertura de los refugios. El CE retribuye la parte de turnicidad y nocturnidad 21= Jornada de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada de forma continua de lunes a viernes o de martes a sabados, en turnos rotatorios segun el calendario y el horario de apertura del registro general. Columna O: Columna P: Columna Q: Describe la titulación requerida para poder acceder al puesto Si es el caso, refleja la formación específica requerida en el puesto y, también, otros requisitos del puesto. Nivel de catalán: Códigos: A = básico; B = elemental; C = medio; D = superior; E = lenguaje administrativo. Si es el caso, describe las especificaciones concretas del puesto de trabajo. 9 Los datos personales facilitados en este documento se incluyen en ficheros propiedad del Consell de Mallorca para gestionar la solicitud. De acuerdo con el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre de 1999), puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Consell de Mallorca, si lo indique por escrito. ANEXO 3 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO PARA CUBRIR TEMPORALMENTE PUESTOS DE TRABAJO, MEDIANTE EL SISTEMA DE COMISIÓN DE SERVICIOS VOLUNTARIA Puesto de trabajo al que se quiere optar: SOLICITANTE Nombre: Apellidos: DNI : Teléfonos: Denominación del puesto de trabajo / cargo: Cuerpo/Categoría: Grupo: Situación administrativa: Departamento: Servicio: NOMBRAMIENTO EN EL PUESTO ACTUAL Definitivo per resolución de fecha Provisional per resolución de fecha ANTIGÜEDAD Tiempo total de antigüedad en la misma escala, subescala, clase o categoría reconocida Años: Meses: Días: EXPONGO Que conozco y reúno los requisitos exigidos en la convocatoria para ocupar el puesto de trabajo solicitado y que los datos y las circunstancias que hago constar en esta solicitud son ciertos. Por ello, SOLICITO Que se acepte esta solicitud de participación en el procedimiento para cubrir temporalmente puestos de trabajo, mediante el sistema de comisión de servicios voluntaria. [Lugar y fecha] [Firma] General Riera, 113 Tel. 971 173 889 [email protected] 10 Documentación acreditada: ■ EXPERIENCIA ACREDITADA CATEGORIA PUESTO DE TRABAJO TIEMPO ADMINISTRACIÓN 1. 2. 3. 4. 5. ■ FORMACIÓN DENOMINACIÓN DE LA ACCIÓN FORMATIVA DURACIÓN ORGANISMO OFICIAL 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. ■ CONOCIMIENTOS DE CATALÁN Documentación acreditativa aportada: Nivel/es: ■ OTROS MÉRITOS 1. 2. Nota: especificar los méritos alegados no exime de presentar la acreditación documental pertinente. PRESIDENCIA DEL CONSELL DE MALLORCA General Riera, 113, Tel. 971 173 889, [email protected] 11
© Copyright 2024