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SEMINARIO
“ LA SEGURIDAD EN LOS EMBARQUES DE MERCANCÍAS
POR VÍA MARÍTIMA
NORMATIVA
SOBRE
PROTECCIÓN MARÍTIMA
Y PORTUARIA
Carlos Lema Osores
16 Abril 2015
NORMATIVA SOBRE PROTECCIÓN MARÍTIMA
Y PORTUARIA
TEMARIO
• Antecedentes
• La Organización Marítima Internacional
• La Dirección General de Capitanías y
Guardacostas
• Normativa internacional
• Normativa nacional
• Normativa internacional en desarrollo
• Conclusión
ANTECEDENTES
ANTECEDENTES
1857 - Código internacional de señales
1863 - Reglas para prevenir abordajes
1914 -
Convenio internacional para la seguridad
de la vida humana en el mar, SOLAS
SOLAS: SAFETY OF LIFE AT SEA
ANTECEDENTES
LA SEGURIDAD NO ES UNA CASUALIDAD SINO
LA RECOMPENSA AL CUIDADO, LA REFLEXIÓN Y
LA BUENA ORGANIZACIÓN”.
UK Chamber of Shipping
ANTECEDENTES
SAFETY =
SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA
SECURITY = PROTECCIÓN CONTRA ACTOS ILÍCITOS
DELIBERADOS
LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA
INTERNACIONAL - OMI
LA OMI
06 marzo 1948 – Adopción convenio constitutivo de la OMI
17 marzo 1958 – Entra en vigor convenio
Enero 1959 – Primera reunión de la Asamblea de la OMI
Perú es Estado miembro desde 1968
LA OMI
MISIÓN DE LA OMI
Fomentar, a través de la cooperación, un transporte
marítimo seguro, protegido, ecológicamente racional,
eficaz y sostenible.
170 Estados miembros de la organización
ESTRUCTURA DE LA OMI
SECRETARIA
GENERAL
ASAMBLEA
52 Convenios adoptados
CONSEJO
40 Estados (Perú)
05 COMITÉS
COMITÉ DE
SEGURIDAD
MARÍTIMA
COMITÉ DE
PROTECCIÓN DEL
MEDIO MARÍTIMO
07 SUB COMITÉS
COMITÉ
JURÍDICO
COMITÉ DE
COOPERACIÓN
TÉCNICA
COMITÉ DE
FACILITACIÓN
. NAVEGACIÓN, COMUNICACIONES Y BÚSQUEDA Y SALVAMENTO (NCRS)
. FACTOR HUMANO, FORMACIÓN Y GUARDIA (HTW)
. SISTEMA Y EQUIPOS DE BUQUES (SSE)
. PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA CONTAMINACIÓN (PPR)
. IMPLANTACIÓN DE INSTRUMENTOS DE LA OMI (III)
. TRANSPORTE DE CARGAS Y CONTENEDORES (CCC)
. PROYECTO DEL BUQUE Y CONSTRUCCIÓN (SDC)
LA DIRECCIÓN GENERAL DE
CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS
DICAPI
DICAPI
-
Decreto Ley N° 17824 (23 setiembre 1969) – Creación de la
organización de Capitanías y Guardacostas
-
Decreto Legislativo N° 1138 ( 2013) – Ley Orgánica de la Marina
de Guerra del Perú
-
Decreto Legislativo N° 1145 (2013) - Que regula el fortalecimiento
de las FFAA en las competencias de la Autoridad Marítima
Nacional, Dirección General de Capitanías y Guardacostas
-
Decreto Supremo N° 015-2014 Reglamento del Decreto Legislativo
1147
NORMATIVA INTERNACIONAL
NORMATIVA INTERNACIONAL
CONVENIO SOBRE SEGURIDAD DE LA VIDA
HUMANA EN EL MAR SOLAS 74
En vigor el 25 mayo 1980
162 Estados Parte
Perú: 04 diciembre 1979
Aplica al 98.6 % de la flota mundial
Capítulo VII – Mercancías peligrosas
Capítulo XI-2 – Protección Marítima
NORMATIVA INTERNACIONAL
CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS
PELIGROSAS
-
Matan o causan daños a las
personas
Dañan a los buques,
instalaciones o al equipamiento
Dañan otras cargas; y
Afectan al medio ambiente
(contaminantes marinos)
. Adoptado en 1965
. Obligatorio desde 01 enero 2004
. Importante capacitación y entrenamiento
. Normas aplicables en zona portuaria armonizadas
NORMATIVA INTERNACIONAL
CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS
PELIGROSAS
Procedimientos revisados de intervención de emergencia para los
buques que transporten mercancías peligrosas, Guía sobre las fichas
de emergencia (Guía Fem) (Suplemento del Código IMDG) –
MSC.1/Circ.1025 (Incendios y derrames);
Guía de Primeros Auxilios Médicos para su empleo en accidentes
relacionados con mercancías peligrosas (Guía MFAG) (Suplemento del
Código IMDG) – A 17/Res.717 y MSC.1/Circ.857);
Recomendaciones revisadas sobre el transporte sin riesgos de cargas
peligrosas y actividades conexas en zonas portuarias –
MSC.1/Circ.1216;
Recomendaciones sobre la utilización sin riesgos de plaguicidas en los
buques – MSC.1/Circ.1396;
NORMATIVA INTERNACIONAL
CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS
PELIGROSAS
Recomendaciones revisadas relativas a la entrada en espacios
cerrados a bordo de los buques - A 27/Res.1050;
Código de Prácticas OMI/OIT/CEPE-Naciones Unidas sobre
arrumazón de las unidades de transporte – MSC.1/Circ.14;
la
Código internacional para la seguridad del transporte de combustible
nuclear irradiado, plutonio y desechos de alta actividad en cofres a
bordo de los buques (Código CNI);
Expedición y renovación del documento de cumplimiento de las
prescripciones especiales aplicables a los buques que transportan
mercancías peligrosas – MSC.1/Circ.1148;
NORMATIVA INTERNACIONAL
CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS
PELIGROSAS
Directrices para la implantación de la inspección de las unidades de
transporte que lleven mercancías peligrosas – MSC.1/Circ.1442
Recomendación sobre las medidas de seguridad aplicables a los
buques existentes para el transporte de vehículos que transportan
como carga vehículos de motor con hidrógeno comprimido o gas
natural comprimido en sus tanques para su propia propulsión
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
1985
–
Secuestro
pasajeros Achille Lauro
buque
1986 - Orientaciones sobre
medidas para prevenir actos
ilícitos contra pasajeros y
tripulantes a bordo de los
buques.
1988 - Convenio para la represión de actos ilícitos contra
la seguridad de la navegación marítima y Protocolo contra
la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la
plataforma continental. 2005 actualizados y revisados.
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
Conferencia diplomática de los
Estados Parte del convenio SOLAS
09 al 13 diciembre 2002
Capítulo XI-2 del convenio SOLAS:
Medidas especiales para
incrementar la protección marítima
Código internacional para la protección de
los buques y de las instalaciones portuarias
(Código PBIP)
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
Normas de protección marítima compatibles con las
normas del:
Convenio internacional sobre normas de formación,
titulación y guardia para la gente de mar, 1978,
enmendado;
Código internacional de gestión de la seguridad
(Código IGS); y,
El sistema armonizado de reconocimientos y
certificación de buques (SARC) (protocolo 1988
SOLAS)
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
SUCESO QUE AFECTA A LA PROTECCIÓN MARÍTIMA
Todo acto o circunstancia que levante sospechas y que constituya
una amenaza para la protección de un buque, incluidas las unidades
móviles de perforación mar adentro y las naves de gran velocidad,
de una instalación portuaria, de una interfaz buque-puerto o de una
actividad buque a buque.
INSTALACIÓN PORTUARIA
Lugar determinado por el Gobierno Contratante o por la Autoridad
designada donde tiene lugar la interfaz buque-puerto. Esta incluirá
según sea necesario, zonas como los fondeaderos, atracaderos de
espera y accesos desde el mar.
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
INTERFAZ BUQUE-PUERTO
Interacción que tiene lugar cuando un buque se ve afectado
directa e inmediatamente por actividades que entrañan el
movimiento de personas o mercancías o la provisión de
servicios portuarios al buque o desde éste.
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
CAPÍTULO XI-2 DEL SOLAS
.
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Obligaciones de los gobiernos contratantes;
Prescripciones aplicables a las compañías y a los buques;
Responsabilidad específica de las compañías;
Sistema de alerta de protección de los buques (SSAS);
Amenazas para los buques;
Facultades discrecionales del capitán con respecto a la seguridad y
la protección del buque;
Medidas de control y cumplimiento;
Prescripciones aplicables a las instalaciones portuarias;
Acuerdos alternativos de protección;
Disposiciones equivalentes de protección;
Comunicación de información.
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
PARTE A DEL CÓDIGO PBIP
Responsabilidades de los Estados Parte;
Declaración de Protección Marítima;
Obligaciones de la Compañía;
Protección del Buque;
Evaluación de la Protección del Buque;
Plan de Protección del Buque;
Registros;
Oficial de la compañía para la protección marítima (OCPM);
Oficial de Protección del buque (OPB);
Formación, ejercicios y prácticas en relación con la protección de los buques;
Protección de la instalación portuaria;
Evaluación de la protección de la instalación portuaria;
Plan de Protección de la instalación portuaria;
Oficial de Protección de la Instalación Portuaria (OPIP);
Formación, ejercicios y prácticas en relación con la protección de las
instalaciones portuarias;
Verificación y certificación de buques.
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
NORMAS ADICIONALES
Directrices sobre la formación y titulación de los oficiales
para la protección marítima;
de la compañía
Directrices sobre la formación y titulación de los oficiales de protección de
las instalaciones portuarias;
Directrices sobre la formación y la familiarización del personal
instalaciones portuarias con los aspectos de protección
de las
Directrices para las administraciones y el sector del transporte marítimo para
combatir los actos de piratería y los robos a mano armada contra los
buques;
Directrices sobre la asignación de responsabilidades para tratar de resolver
con éxito los casos de polizonaje;
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
NORMAS ADICIONALES
Directrices para la prevención y supresión del contrabando de drogas,
sustancias sicotrópicas y productos químicos precursores en buques
dedicados al transporte marítimo internacional;
Directrices para la autorización de organizaciones de protección reconocidas
que actúan en nombre de la Administración y/o autoridad designada de un
Gobierno Contratante
Directrices para los centros coordinadores de salvamento marítimo (CCSM)
sobre los actos de violencia perpetrados contra los buques
Orientaciones sobre la autoevaluación voluntaria de las administraciones y
para la protección de los buques
Orientaciones sobre la autoevaluación voluntaria de los
contratantes del convenio SOLAS y las instalaciones portuarias
gobiernos
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
NORMAS ADICIONALES
Orientaciones para los capitanes, las compañías y los funcionarios
debidamente autorizados sobre las prescripciones relativas a la presentación
de información relacionada con la protección antes de la entrada de un
buque en puerto
Orientaciones sobre el acceso de las autoridades públicas, los servicios de
intervención en casos de emergencia y los prácticos a bordo de los buques a
los que se aplican el capítulo XI-2 del convenio SOLAS y el Código PBIP
Facilitación de los permisos de tierra y el acceso a los buques, supresión de
restricciones innecesarias resultantes de las divergencias en la aplicación del
código PBIP;
Orientaciones provisionales revisadas para propietarios, armadores y
capitanes de buques con respecto al empleo de personal privado de
protección armada a bordo en la zona de alto riesgo
NORMATIVA INTERNACIONAL
PROTECCIÓN MARÍTIMA - CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES
PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)
NORMAS ADICIONALES
Prescripciones de certificación para las compañías privadas de
protección marítima (CPPM)
Aprobación de los siguientes cursos Modelo de la OMI:
- Curso Modelo de la OMI 3.19 Oficial de protección del buque
- Curso Modelo de la OMI 3.20 Oficial de la compañía para la
protección marítima
- Curso Modelo de la OMI 3.21 Oficial de protección de la
instalación portuaria
NORMATIVA NACIONAL
NORMATIVA NACIONAL
DECRETO SUPREMO N° 019-2004-MTC - “DICTAN MEDIDAS PARA LA
APLICACIÓN DEL CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS
BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS (CÓDIGO PBIP)”
AUTORIDADES COMPETENTES EN LO QUE SE REFIERE A:
PROTECCIÓN DE BUQUES: DICAPI
INSTALACIONES PORTUARIAS: APN
DICAPI Punto nacional de contacto para
asuntos de protección marítima ante la
OMI
NORMATIVA INTERNACIONAL EN
DESARROLLO
NORMATIVA INTERNACIONAL EN DESARROLLO
LEGISLACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE PROTECCIÓN
MARÍTIMA
Proyecto de “Directrices sobre la
elaboración de legislación nacional
en materia de protección marítima” - MSC
CIBERSEGURIDAD MARÍTIMA
Proyecto de “Directrices sobre
ciberseguridad marítima” – MSC/FAL
CONCLUSION
MUY AGRADECIDO POR SU ATENCIÓN