Lavado de Dinero No. 57

LUCHA CONTRA
EL LAVADO DE DINERO
Destinado a especialistas del Sistema Bancario Nacional
La Habana, 10 de marzo del 2015 Año: 12 No: 257
Periodicidad: Quincenal
Estimados lectores:
La información que ponemos a su consideración
CONTENIDO
tiene como objetivo darles a conocer criterios que se
manejan a nivel internacional por otros sistemas
bancarios
y
organismos
internacionales
Artículo de Opinióngubernamentales o no gubernamentales, que no
necesariamente coinciden con nuestras normas o
procedimientos, teniendo en cuenta que nuestro
sistema bancario y los principios económicos que rigen
el desarrollo de nuestra sociedad poseen características
Documentos de
muy propias y particulares.
Organizaciones
No se hace tampoco con el objetivo de que se utilice
Internacionales
para elaborar normas bancarias internas; sirve, en
última instancia, para ampliar el acervo cultural de los
trabajadores bancarios cubanos y conocer experiencias
Sección
foráneas.
Informativa para
Integrantes del
SBN
Eventos
Noticias
¿Qué es el lavado de Dinero?
El GAFI ha formulado esta definición de lavado de
dinero o blanqueo de capitales:
- La conversión o transferencia de propiedad, a
sabiendas de que deriva de un delito criminal, con el
propósito de esconder o disfrazar su procedencia ilegal
o ayudar a cualquier persona involucrada en la
comisión del delito a evadir las consecuencias legales
de su accionar.
- Ocultar o disfrazar la naturaleza real, fuente,
ubicación, disposición, movimiento, derechos con
respecto a, o propiedad de, bienes a sabiendas de que
derivan de ofensa criminal.
− La adquisición, posesión o uso de bienes
sabiendo, al momento en que se reciben, que deriva de
una ofensa criminal o de la participación en algún
delito.
Fuente:http://www.matba.com.ar/lavadodedinero.asp
ARTÍCULO DE OPINIÓN
Avanzan lento contra lavado de dinero
4 de marzo del 2015
El contrabando de divisas en efectivo y la repatriación de los fondos hacia
E.U.A., a través de mensajeros o coches blindados, el comercio y los giros
bancarios, son aún métodos populares para el movimiento y lavado. Entre
el 2007 y julio del 2014, la Procuraduría General de República inició 2 185
averiguaciones previas por lavado de dinero, pero solo lograron 99
sentencias de condena en los juzgados, 10 de ellas durante los últimos 2
años. Esa cifra evidencia que en 7 años solo el 4,5% de las
averiguaciones previas que se iniciaron concluyó en una condena penal.
Especialistas financieros y penales afirman que México tiene leyes
efectivas para prevenir y perseguir el lavado el dinero, pero no para
castigarlo. "Si no hay sentencias condenatorias, de nada sirve que el país
tenga un marco regulatorio para prevenir el lavado de dinero y el
financiamiento al terrorismo y una estructura de prosecución de estos
delitos", señala Marcos Czeckis, abogado y miembro de la Asociación de
Especialistas Certificados en Antilavado de Dinero (ACAMS, por sus siglas
en inglés).
Esta falta de resultados penales contra el lavado fue tema del séptimo
informe de seguimiento a México, que en febrero del 2014 emitió el Grupo
de Acción Financiera Internacional (GAFI), un organismo integrado por 34
países que establece los principales estándares internacionales contra el
lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
En ese informe el GAFI pidió a México aumentar el número de
investigaciones de lavado de dinero, las demandas penales y juicios
relacionados con este ilícito, y centrar esfuerzos en casos de alto perfil
para dar resultados más eficaces.
El organismo, no obstante, también reconoció los avances de México en el
combate contra el lavado de dinero y lo retiró de la lista de países a los
que aplica un seguimiento regular para verificar el cumplimiento de sus
recomendaciones, pero "los desafíos todavía son enormes y hay muchos
ajustes que realizar", expresó Gonzalo Vila, director de América Latina de
la Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros (ACFCS).
Entre otros, lograr una mayor cooperación internacional y particularmente
de E.U.A., que es un país de consumo y origen de las ganancias del
narcotráfico, y uno de los principales destinos del dinero producto de la
corrupción y el crimen, resaltó Arturo Argente, director del Departamento
de Derecho del Tecnológico de Monterrey campus Toluca y especialista en
lavado de dinero.
FUENTE: Elsiglodetorreon.com.mx
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DOCUMENTOS DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
En la presente sección, a partir de este número del Boletín, se
comenzará a brindar el Compendio de Tipologías en toda su
totalidad para que sirva de apoyo tanto a instituciones bancarias
como no bancarias, tanto financieras como no financieras, en la
detección de operaciones sospechosas que puedan contemplar
actividades de lavado de activos y financiamiento al terrorismo.
Cualquier comentario o sugerencia nos lo puede hacer llegar a
través de correo electrónico del CIBE que se cita al final del
Boletín.
DIAGRAMA DE FLUJO
NOMBRE DE LA TIPOLOGIA
Utilización de medios no bancarios para el lavado activos provenientes de
una organización delictiva
DESCRIPCIÓN GENÉRICA:
Esta tipología refiere a la introducción de divisas extranjeras (Euros y
Dólares Estadounidenses) producto de actividades ilícitas en el extranjero
hacia el interior del territorio nacional.
Una organización delictiva actuaba en forma transnacional “exportando”
mujeres hacia países de Europa, para obligarlas a ejercer la prostitución.
Posteriormente integrantes de la organización remitían parte del dinero
producto del delito a territorio nacional, realizando giros mediante
empresas de transferencias de fondos (ETF). Estos giros se remitían a
diferentes beneficiarios en forma atomizada, que podían integrar o no la
organización en forma directa.
De ese modo introducían las divisas, producto de sus actividades ilícitas
en un país extranjero hacia el territorio nacional, insertando el dinero
dentro del sistema financiero local, simulando “ayuda familiar”, los que
quedaban disponibles para ser retirados en efectivo en distintos puntos
del país.
Una vez ingresado el dinero en territorio nacional, ya fuera cobrado en
moneda de origen o en moneda local, quedaba disponible para financiar la
compra de bienes y otros gastos de la organización (básicamente para la
captación y traslado de nuevas mujeres a Europa), así como la comisión
de nuevos delitos, el pago de los gastos familiares de los integrantes del
grupo que permanecen en el país, etc.
SEÑALES DE ALERTA
 Notoria fragmentación de las transferencias, que eran enviadas por
los mismos remitentes a muchos beneficiarios, y por importes bajo
el umbral previsto por la normativa, de manera que no se realizara
una debida diligencia ampliada.
 En muchos casos, los movimientos de fondos eran incompatibles
con el motivo de ayuda familiar declarado por el beneficiario de las
remesas de fondos
 En otro caso, se intentó justificar la recepción de los fondos
alegando haber vivido en el país europeo desde donde se recibían
las transferencias y haber dejado encargada a su familia la venta
de bienes y el envío de dinero para su manutención.
 Algunas de las personas que figuraban como beneficiarios y
remitentes de las transferencias, habían sido detenidos en Europa
por su participación en una organización delictiva (integrada por
personas de origen nacional), cuya actividad estaba vinculada con
el tráfico y explotación de personas (prostitución)
 El país dónde fueron apresados es el mismo desde el que se
remitían la mayoría de los fondos
DESCRIPCIÓN DEL CASO
Una organización delictiva (OD) conformada por personas de ciudadanía
nacional reclutaba mujeres en territorio nacional, las enviaba a varios
países de Europa, donde las obligaba a ejercer la prostitución, pagar los
gastos incurridos (pasajes, documentación etc.), reteniéndoles el
pasaporte (privación de libertad) y favoreciendo su permanencia
clandestina. Algunos de los integrantes de esta OD fueron apresados en
dicho continente, por conformar una ramificación de una red internacional
de explotación de personas, con sede en territorio nacional.
La OD remitía el dinero producto de sus actividades delictivas desde
Europa, mediante Empresas de Transferencias de Fondos (ETF)
internacionales radicadas en territorio nacional. Posteriormente se valió
de empresas que realizan giros locales, para transferir fondos dentro del
territorio.
Los giros internacionales fueron remitidos en forma fragmentada a varios
destinatarios, dentro de los que figuraban los propios integrantes de la
OD y otras personas, muchas de ellas con los mismos apellidos (en primer
o segundo lugar) que integrantes de la banda, simulando “ayuda
familiar”. Como algunos de los integrantes de la OD se trasladaban desde
y hacia Europa periódicamente, se estima que también transportaban
dinero en efectivo.
La OD mantuvo Cofres de Seguridad (Cofres Fort) en diferentes
instituciones no bancarias; cuando designaron apoderados lo hicieron
hacia otros integrantes de la OD. Según los registros de entradas y
salidas de los cofres, se verificó que los mismos eran utilizados
frecuentemente.
Debido a esta modalidad operativa (que privilegiaba la utilización de
empresas de transferencia de fondos y el manejo de efectivo que era
guardado en cajas de seguridad de entidades no bancarias), la OD
buscaba evitar el uso intensivo de cuentas bancarias, lo que disminuía las
posibilidades de detección de sus actividades sospechosas por parte de las
entidades bancarias.
En efecto, la OD utilizó el sistema bancario nacional, aunque
escasamente. Se realizaron depósitos en efectivo en cuentas de
titularidad de un integrante, la que había sido abierta para recibir pagos
por nómina (cuenta de sueldos) y en cuentas de terceros. Se identificó
una única transferencia internacional de fondos realizada por otro
integrante, titular de la cuenta bancaria, a una institución financiera en un
paraíso fiscal europeo, lo que podría indicar que los ahorros de la
organización se manejaban en dicho país. Asimismo se hallaron compras
de diferentes bienes, realizadas mediante depósitos en efectivo
directamente en cuentas bancarias pertenecientes a Empresas
Automotoras y Empresas de Construcción de Inmuebles. (Continuará)
FUENTE: Reunión Conjunta de Tipologías GAFISUD – EGMONT, Mayo,
2012. Quito, Ecuador
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SECCIÓN INFORMATIVA PARA INTEGRANTES DEL SBN
SECCION INFORMATIVA PARA INTEGRANTES DEL SISTEMA
BANCARIO NACIONAL.
Estimado lector:
Tenemos a bien ratificarles que, como se les informó en una
edición anterior de nuestro Boletín, se mantiene la intención de
continuar proporcionándoles determinadas herramientas de
trabajo para prevenir todo tipo de actividades bancarias y
financieras ilícitas, que atenten contra la integridad del Sistema
Bancario Nacional (SBN). Por ello, en este número se les sigue
ofreciendo, de forma gradual, la Metodología para Evaluar el
Cumplimiento Técnico con las Recomendaciones del GAFI y la
Efectividad de los Sistemas ALA/CFT, que finalizó en el anterior en
el punto Recomendación 5 Delito de financiamiento del terrorismo
5.10, para someterlas a su consideración con el propósito de
darles a conocer dichas Metodologías y su forma de
implementarlas en nuestro SBN.
Recomendación 6 – Sanciones financieras dirigidas relacionadas al
terrorismo y al financiamiento del terrorismo
Identificación y designación
6.1 En relación con las designaciones en virtud de la resolución
1267/1989 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (Al Qaeda) y
los regímenes de sanciones de 1988 (a los que se hace referencia más
abajo como "Regímenes de sanciones de la ONU"), los países deben: (a)
identificar una autoridad competente o tribunal con responsabilidad para
proponer al Comité de la RCSNU 1267/1989 la designación de personas o
entidades; y para proponer al Comité de la RCSNU 1988 la designación de
personas o entidades;
(b) contar con un mecanismo (o mecanismos) para identificar a los
destinatarios de la designación sobre la base de los criterios de
designación estipulados en las correspondientes resoluciones del Consejo
de Seguridad de las Naciones Unidas (RCSNU);
(c) aplicar una norma de valoración de la prueba de los "motivos
razonables" o la "base razonable" cuando se decida si hacer o no una
propuesta de designación. Dicha propuesta de nombramiento no estará
condicionada a la existencia de una acción penal;
(d) seguir los procedimientos y (en el caso de los Regímenes de sanciones
de las Naciones Unidas) los formularios estándar de listado, adoptados
por el correspondiente comité (el 1267/1989 o el 1988); y (e) suministrar
la mayor cantidad de información pertinente que sea posible sobre el
nombre propuesto16; una declaración del caso17 que contenga tantos
detalles como sea posible para el listado18; y (en el caso de proponer
nombres al Comité 1267/1989), especificar si su condición de estado
designante puede darse a conocer.
6.2 En relación con las designaciones en virtud de la RCSNU 1373, los
países deben:
(a) identificar una autoridad competente o tribunal con responsabilidad
para designar personas o entidades que satisfagan los criterios específicos
de la designación, como se establece en la RCSNU 1373; según lo
propuesto por moción del propio país o, después de examinar y dar
cumplimiento, si correspondiera, a la solicitud de otro país.
(b) contar con un mecanismo (o mecanismos) para identificar a los
destinatarios de la designación sobre la base de los criterios de
designación contenidos en la resolución 137319;
(c) cuando reciban una propuesta, tomar una rápida decisión acerca de si
están satisfechos, de acuerdo con los principios (supra) nacionales
vigentes, en cuanto a que la solicitud esté sustentada en motivos
razonables, o en una base razonable, para sospechar o creer que la
persona o entidad propuesta para su designación satisface los criterios de
designación de la RCSNU 1373;
(d) aplicar una norma de valoración de la prueba de los “motivos
razonables” o la “base razonable” cuando se decida si hacer o no una
designación20. Tal (propuesta de) designación no debe estar condicionada
a la existencia de una acción penal; y
(e) cuando se solicite a otro país que se hagan efectivas las acciones
iniciadas en virtud de los mecanismos de congelamiento, suministrar toda
la información posible para la identificación y la información específica que
fundamente la designación, en la medida de lo posible.
16
En particular, la información suficiente para que permitir la identificación precisa y positiva de
individuos, grupos, empresas y entidades y, en la medida de lo posible, la información requerida por
Interpol para emitir una Notificación Especial;
17
Esta declaración del caso podrá difundirse a pedido, salvo aquéllas partes en las que un Estado
Miembro identifique como confidenciales ante el comité correspondiente (Comité 1267/1989 o Comité
1988).
18
Incluyendo: información específica que sustente la decisión de que la persona o entidad satisface
los criterios relevantes para la designación; la naturaleza de la información; la información o
documentos probatorios que se puedan aportar; y los detalles de la conexión entre el designado
propuesto y la persona o entidad actualmente designada.
19
Esto significa tener el poder y los procedimientos o mecanismos vigentes para examinar y dar
cumplimiento, si correspondiera, a las acciones iniciadas de acuerdo con los mecanismos de
congelamiento de otros países en virtud de la resolución 1373 (2001)).
(Continuará)
FUENTE: Traducida Bajo la Responsabilidad del Grupo de Acción
Financiera del Caribe (GAFIC) con la Autorización de La Secretaría del
GAFI.
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EVENTOS
• CONSEJO DE EUROPA. MONEYVAL. Strasburgo, Francia.
Desde 23 Abr. 2015
Hasta 27 Abr. 2015
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NOTICIAS
Crece el nivel de fraude bancario en E.U.A. con la llegada de Apple
Pay
5 de marzo del 2015
Los delincuentes efectúan sus fraudes principalmente en tiendas de Apple
con un ID y detalles de la tarjeta de crédito robados. Cerca de 2 millones
de estadounidenses ya utilizan el sistema de pagos móviles Apple Pay.
Los delincuentes en EEUU están empleando esta nueva modalidad de
pago para comprar bienes de alto valor - a menudo de las tiendas de
Apple - con identidades (ID) robadas y sustrayendo datos de las tarjetas
de crédito. Estos artículos de alto valor después pueden venderse por
dinero en efectivo.
El método de los delincuentes no es vulnerar el cifrado de seguridad en
torno a Apple Pay, sino crear nuevos iPhones con información personal
robada y luego llamar a los bancos para disponer de la tarjeta de la
víctima y usarla. El fraude a través de Apple Pay está alcanzando pérdidas
millonarias, según fuentes del sector han apuntado a The Guardian.
El valor esperado del fraude utilizando ID robadas se espera que alcance
este año en el sector retail estadounidense alrededor de US$5 000
millones a través del pago con smartphones. A los bancos les ha pillado
por sorpresa este nivel de fraude. Algunos están luchando para garantizar
una mejor verificación y sistemas de control.
La semana pasada JP Morgan reveló ante los inversores que más de 1
millón de clientes ha añadido el servicio de Apple Pay a sus pagos con
tarjeta de débito y crédito. Apple Pay se ha convertido en el método
predominante de pagos móviles en E.U.A., desplazando a Google Wallet,
que se lanzó en el 2011, pero cuya aceptación ha sido muy baja
FUENTE: Siliconnews.com
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Para evitar lavado de dinero, agentes de bolsa se ponen más
estrictos con clientes
5 de marzo del 2015
Los agentes de bolsa están temerosos por todos los controles, que reciben
de la Comisión Nacional de Valores y de la Unidad de Información
Financiera. Para evitar multas, que pueden llegar a ser multimillonarias,
comenzaron a solicitar a sus clientes que les envíen información fiscal y
patrimonial actualizada, a fin de mantener al día sus legajos.
Si el titular de la cuenta es una persona física, exigen que se presente los
últimos 3 recibos de sueldo o, de corresponder, constancia de inscripción
en AFIP, constancia de inscripción de monotributo, últimas 3 constancias
de pago y últimas 3 constancias de pago de IVA. Además, de
corresponder, se debe enviar la última declaración jurada de impuesto a
las ganancias y a los bienes personales.
Si el titular de la cuenta es una persona jurídica, debe presentar el último
balance auditado certificado por el Colegio de Ciencias Económicas, la
declaración de impuesto a las ganancias y de bienes personales, la
reforma del estatuto (de corresponder) y la última designación de
autoridades completa.
"Es necesario tener cierto respaldo de documentación por si vienen los
inspectores a preguntarnos por alguna operación. De hecho, antes
muchos venían con pequeños montos de plata en efectivo a nuestras
oficinas, que no recibimos más. Todo debe estar bancarizado, porque sino
sabes que vendrán del gobierno a preguntarte. Por eso nos preocupamos
mucho en saber que toda la plata del cliente sea blanca, aunque resulta
paradójico que este mismo gobierno sea el que esté incentivando el
blanqueo de capitales a través del Cedin, o sea, al mismo tiempo, te
invitan gentilmente a traer toda la plata negra que tengas", revela un
agente.
En el sector se quejan que la carga regulatoria resulte cada vez más
exagerada, en un contexto donde los ingresos caen por la mitad, pero los
costos se multiplican por 2, no solo por la inflación, sino por los recursos
que deben destinar para "conocer al cliente". "Debido a las exigencias de
los organismos de control, el trabajo administrativo y de back office se
multiplicó por 3, pero los negocios no solo que no se multiplicaron, sino
que encima cayeron", se quejan en la plaza.
FUENTE: Cronista.com
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América Latina vulnerable al lavado de dinero: expertos
5 de marzo del 2015
En el mundo se lavan activos por US$2 billones (millones de millones)
anuales y América Latina es especialmente vulnerable a ese flagelo,
principalmente por el narcotráfico, la corrupción y la evasión de
impuestos, según expertos. “Es una batalla complicada y los bancos
tienen que estar muy conscientes de lo que están haciendo y cada vez
robustecer más sus sistemas de control”, declaró Fernando Capablanca,
director de la firma Whitecap Consulting Group.
Aunque cada vez hay más controles, las organizaciones criminales todos
los días inventan nuevos modos de operar, por lo que los expertos
consideran que el gran reto de los órganos reguladores de los sistemas
bancarios es contrarrestar las actividades ilícitas. “Esto es como un globo
que lo aprietas por un lado y el agua se corre por el otro”, señaló
Capablanca durante el décimoquinto Congreso Anual de Antilavado de
Dinero, organizado por la Asociación de Banqueros Internacionales de la
Florida (FIBA). A la cita asisten 1 450 banqueros y miembros del sector
público de toda América Latina, E.U.A., China y España.
“A nivel mundial se lavan billones de dólares anuales y es un problema
que es difícil controlar, que requiere de transparencia, ya que sin ello va a
ser muy difícil controlarlo”, apuntó David Schwartz, presidente y director
ejecutivo de la FIBA.
Según datos de la Oficina de Naciones Unidades contra las Drogas y el
Crimen, al año se lavan activos en el mundo por US$2 billones. Esa
cantidad representa el 2,5% del Producto Interno Bruto (PIB), estimado
en US$800 billones, y, aunque el margen entre esas cifras es enorme,
subraya la gravedad del problema que los gobiernos deben enfrentar.
En América Latina el problema “es grave", de acuerdo con Sergio Álvarez
Mena, gerente jurídico de Credit Swiss y vicepresidente de FIBA.
“Lamentablemente, en la región el problema es grave por varias razones,
una de ellas es que las economías informales no utilizan el sistema
financiero y eso se presta para mucho abuso”, señaló.
El ejecutivo mencionó el caso de Venezuela, uno de los países ligados a
Irán, incluido en la lista de naciones que financian el terrorismo.
“Reportes indican que instituciones financieras venezolanas están
facilitando acciones a países en que hay menos orden público y menos
seguridad y por supuesto hay mucho lavado de dinero”, sostuvo.
En el encuentro se analizan también los “beneficios y oportunidades” tras
la normalización de relaciones entre Cuba y E.U.A., anunciada el año
pasado por el presidente Barack Obama y que facilita los viajes y las
relaciones comerciales entre ambos países.
David Schwartz, presidente de la FIBA, aseveró que, pese a que “hay
gran entusiasmo”, todavía no hay una eliminación del embargo comercial
que es el principal obstáculo y “no hemos visto una gran apertura”.
Aunque hay 12 categorías de cambios anunciados por el Departamento
del Tesoro y Comercio, que impactan los viajes, los servicios financieros,
las telecomunicaciones y las exportaciones al sector privado cubano,
“todavía existe el embargo y Cuba figura en la lista de terrorismo”,
subrayó. Michele Fernández, vicepresidenta de Cumplimiento de Procesos
para el Banco de Crédito de Chile en Miami, apuntó que ve esos cambios
“con mucha cautela”.
Durante el cónclave, programado del 4 al 6 de marzo, se abordarán
temas como la responsabilidad personal de los oficiales antilavado de
dinero, el nexo entre el fraude cibernético y el lavado de dinero y la
transparencia fiscal, entre otros. La lista de oradores incluye a
funcionarios de los principales organismos reguladores como la Red contra
los Delitos Financieros (FinCEN), el Sistema de la Reserva Federal, el
Servicio Secreto y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos.
Además de expertos y ejecutivos de firmas como Citi Group, JP Morgan
Chase, Wells Fargo y National City Bank, entre otras.
FUENTE: Zocalo.commx
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Aumenta la presencia española en paraísos fiscales según Oxfam
Intermón
5 de marzo del 2015
Esta ONG reclama un compromiso de los partidos políticos para luchar
contra este mecanismo de elusión fiscal y pide que de cara a las próximas
elecciones propongan leyes para combatirlo.
Las empresas españolas están cada vez más presentes en paraísos
fiscales, según un estudio realizado por la ONG Oxfam Intermón. De
acuerdo con él, todas las empresas menos una de las que figuran en el
IBEX 35 tienen filiales en paraísos fiscales. Oxfam Intermón incluye, entre
ellos, a lugares que oficialmente el ministerio de Hacienda no los
considera así, como Holanda, Luxemburgo o el estado norteamericano de
Delaware.
Oxfam Intermón asegura que incluye como paraísos fiscales a Holanda,
Luxemburgo o Delaware porque allí trasladan parte de sus operaciones
muchas empresas para no pagar impuestos o pagar muy poco. También
para desde allí trasladar dinero a otros territorios opacos. En el 2013 las
empresas del Ibex tenían 810 filiales en todos esos lugares. Es un 44%
más de las que tenían un año antes.
Solo una compañía del Ibex, Indra, no tiene presencia en paraíso fiscal
alguno. No se trata de procedimientos ilegales, pero, según Oxfam, esta
ingeniería tributaria provoca que las grandes empresas paguen en España
por el impuesto de sociedades tan solo el 5,2% de sus beneficios, frente
al 16% que pagan las pymes. Si las grandes empresas tributasen como
las pequeñas, Hacienda recaudaría €8 000 más, con los últimos datos
conocidos, del 2012, afirma Oxfam Intermón.
De acuerdo con los datos de Oxfam Intermón, el 24% de la inversión
española en el exterior va a paraísos fiscales. El preferido en el 2014 fue
las Islas Caimán, a donde fueron a parar casi €2 000 millones entre enero
y septiembre del 2014. Más de la mitad del dinero, que llega a España
como inversión, lo hace desde paraísos fiscales.
FUENTE: Cadenaser.com
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Detenido en Alicante un exministro
perseguido por malversación
de
Finanzas
ucraniano
5 de marzo del 2015
La Policía española ha detenido el miércoles al exministro de Finanzas
ucraniano Yuri Kolobov, desaparecido desde agosto del 2014 y sobre el
que pesaba una orden de detención de la Interpol por malversación y
otros delitos financieros, según informó un portavoz de la Guardia Civil.
Kolobov fue detenido en un apartamento en la localidad de vacaciones de
Altea, en la costa alicantina.
El exministro, miembro del Gobierno del expresidente Viktor Yanukovich
derrocado en febrero del año pasado tras las violentas protestas en
Ucrania, ha sido identificado por la Guardia Civil como residente de la
lujosa urbanización Altea Hills en la costa mediterránea, según informó el
diario ABC.
La Interpol había incluido a Kolobov, a Yanukovich y a otros exmiembros
del Gobierno en la lista internacional de personas en busca a petición de
Kiev, por acusaciones de malversación y otros delitos financieros.
Kolobov será llevado ante un juez de la Audiencia Nacional para ser
interrogado y el juez decidirá sobre su procedimiento de extradición a
Ucrania, según informó el ABC. El ministro del Interior español, Jorge
Fernández Díaz, no quiso hacer comentarios al respecto.
El expresidente prorruso Yanukovich ha estado viviendo en Rusia desde
que fue expulsado del cargo en febrero de 2014 por los manifestantes que
buscaban un acercamiento a la Unión Europea.
FUENTE: Reuters.com
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Elaborado por: Fidel Yllarza. Asesores: Armando Torres Aguirre
Corrección de Estilo: Fidel Yllarza.
Fuentes: Internet. Supervisión Bancaria.
CIBE. Centro de Información Bancaria y Económica.
Email: [email protected]
WWW: http://www.bc.gob.cu
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