DANIELA CORREA PINTO LUCAS GÓMEZ TOBÓN Carta de Presidencia “Todos esos esfuerzos por encontrar un culpable de nuestras pestes evitaban el problema central: preguntarse quién arrojó a los guerrilleros a la insurgencia, a los delincuentes al delito, a los pobres a la pobreza, a los mafiosos al tráfico, a los paramilitares al combate, a los sicarios a su oficio mercenario, sino una manera de gobernar al país que cierra las puertas a todo lo que no pertenezca al orden de los escogidos” (Ospina, 2013) Apreciados Senadores, He en esta comisión el destino de una nación que espera efectividad y eficacia por parte de un gobierno que a lo largo de la historia ha buscado estar en la cima no para servir al pueblo, si no para ser sostenido por él. Es la comisión accidental del Senado de la República su oportunidad para visionar y transformar el país que todos anhelamos, a través de políticas y leyes que favorezcan a toda la nación. Es por eso que para nosotros, Lucas Gómez Tobón y Daniela Correa Pinto es un placer y honor presenciar sueños de país que se convierten en políticas que ejecuten orden, libertad y justicia para todos. Esperamos soñadores activistas y perseverantes del futuro de nuestro país, que tal y como mencionaba William Ospina, en su libro “Pa’ que se acabe la vaina”, sepan atacar los problemas desde su raíz y no a partir de las ramificaciones, sean representantes con visiones perspicaces e interdisciplinarias que logren atribuir soluciones y no añadir problemas, que posean pasión para pensar y racionalidad para sentir las soluciones que requieren las diversas problemáticas del país. A continuación les presentamos una clara y completa guía, la cual facilitará la comprensión de los temas a tratar, el protocolo y todo lo que a la comisión concierne. Indudablemente cuentan con nosotros para su apropiada preparación, y por ende rockear en su comisión. Lucas Gómez Tobón [email protected] 3008127321 2 Daniela Correa Pinto [email protected] 3113666551 demás autoridades, y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observación pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política. Comisión Accidental: Las comisiones accidentales pueden ser designadas por los presidentes y las mesas directivas de las cámaras y también por sus comisiones permanentes con la idea de encargarles tareas, misiones o asuntos específicos. Son creadas para el mejor desarrollo de la labor Legislativa y Administrativa, para que cumplan funciones y misiones específicas (Artículo 66 Ley 5 de 1992, modificado por el Acto Legislativo). Funciones del Senado: El Congreso de la República cumple la función de: Función Constituyente: Para reformar la Constitución Política mediante Actos Legislativos. Función Legislativa: Para elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación. Función de Control Político: Para requerir y emplazar a los Ministros del Despachos y 3 Función Judicial: Para juzgar excepcionalmente a los funcionarios del Estado por responsabilidad política. Función Electoral: Para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta. Función Administrativa: Para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes. Función de Control Público: Para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rinda declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante. Función de Protocolo: Para recibir a Jefes de Estado o de Gobiernos de otras Naciones. Además, el Senado de la Republica tiene las siguientes atribuciones especiales: guerra a otra Nación. 9. Permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República. TÍTULO IV. DE LAS DISPOSICIONES ESPECIALES DEL SENADO DE LA REPÚBLICA CAPÍTULO I. DE LAS ATRIBUCIONES DEL SENADO ARTÍCULO 313. ATRIBUCIONES ESPECIALES. Son atribuciones especiales del Senado de la República: 1. Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la República o el Vicepresidente. 2. Conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo, no siendo caso de enfermedad. 3. Declarar el abandono del cargo y la incapacidad física permanente del Presidente de la República. 4. Decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la República. 5. Elegir los Magistrados de la Corte Constitucional. 6. Elegir al Procurador General de la Nación. 7. Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de Insignia de la Fuerza Pública, hasta el más alto grado. 8. Autorizar al Gobierno para declarar la 4 10. Rendir concepto previo al Gobierno sobre la prórroga para el segundo período del Estado de conmoción interior. 11. Conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos. 12. Conocer de la dejación del ejercicio del cargo, por motivo de enfermedad y por el tiempo necesario, del Presidente de la República. 13. Elegir los miembros de la Comisión de Administración del Senado. Lista de Senadores De acuerdo al Título VI de la Constitución de Colombia de 1991 el Senado de la República está conformado por un total de 102 personas, de las cuales 100 son elegidas por voto popular alrededor de todo el país y dos más mediante la circunscripción especial para la representación de las comunidades indígenas. La comisión contara con 20 delegados, por lo tanto las 102 curules originales se ajustaron proporcionalmente para que los Senadores más votados de cada partido, o más influyentes, hagan parte de la comisión. El resultado es el siguiente: Nombre 1. Roy Barreras Montealegre Social de Unidad Nacional (U) 2. Musa Abraham Besayle Fayad Social de Unidad Nacional (U) 3. Armando Benedetti Villaneda Social de Unidad Nacional (U) 4. Óscar Lizcano Arango Social de Unidad Nacional (U) 5. Álvaro Uribe Vélez 6. Ana Mercedes Gómez 7. Alfredo Rangel 8. Alfredo Ramos Maya Partido Centro Democrático (CD) Centro Democrático (CD) Centro Democrático (CD) Centro Democrático (CD) 9. Roberto Gerlein Conservador Colombiano (C) 10. Efraín Cepeda Conservador Colombiano (C) 11. Nora García Conservador Colombiano (C) 12. Horacio Serpa Uribe Liberal Colombiano (L) 13. Juan Manuel Galán Pachón Liberal Colombiano (L) 14. Arleth Casado de López 15. Carlos Fernando Galán Liberal Colombiano (L) Cambio Radical (CR) 16. Claudia López Hernández Verde (PV) 17. Antonio Navarro Wolff Verde (PV) 18. Jorge Robledo Polo Democrático Alternativo (PDA) 19. Marco Avirama 20. Luis Evelis Andrade Alianza Social Independiente (ASI) Movimiento Alternativo Indígena Y Social (MAIS) Nota: Para ampliar la información del senador darle ctrl+clic al nombre. 5 Reforma Agraria Desde mucho antes del siglo XX, cuando una nueva república nacía, la distribución de la tierra sufrió un control arbitrario por parte del Estado, repartiéndose el territorio entre la elite de altos militares, funcionarios y, sobretodo, figuras eclesiásticas. De este modo empieza la historia de la mayoría de la poblacion de Colombia, que aún no se había establecido en las próximas grandes metrópolis del país, rezagados en un campo donde la tierra que cultivaban y trabajaban no les pertenecía. Casualmente el sector rural de Colombia siempre ha sido un fiel reflejo de la configuración del orden social y político de la nación, por consiguiente es necesario que de una vez por todas dejemos de buscar soluciones externas para una problemática que está enfrascada en la historia cíclica que nuestra cultura ha aprendido a olvidar. Durante todo el siglo pasado el pueblo colombiano estuvo ilusionado con tener la oportunidad de tener una reforma agraria justa que le devolviera la tierra a sus verdaderos dueños y les diera la posibilidad de aumentar su productividad, pero la orientación política de la época iba en 6 una dirección opuesta a la de su gente puesto que las clases adineradas del país se empeñaron a derribar cada una de las propuestas. A continuación se presentaran las reformas más importantes del siglo brevemente ampliadas, se recomienda profundizar en cada una de ellas: Ley 200 de 1936: Propuesta por el presidente liberal Alfonso López Pumarejo para la solución de los conflictos agrarios. La base central de la ley era identificar los terrenos baldíos1 para repartirlos entre aquellos que no tenían tierra. Para la realización de esta iniciativa se implementaría la “extinción de dominio”, el derecho que tiene el Estado para expropiar los terrenos abandonados por más de 10 años o que no están siendo utilizados correctamente. Se crean jueces de tierras, encargados de conocer en primera instancia las demandas que se generaran a causa de la reforma. Además de buscar la apertura de las vías de acceso a la propiedad rural por distintos actores económicos y sociales también se buscó con esta ley el incremento de la productividad en el campo, sin embargo la ley no profundizó lo suficiente para determinar cómo se pretendía ejecutar esta parte. Igualmente la ley prohibió la tala de bosques, con el objeto de preservar las vertientes de agua, y estableció que en esas áreas solamente se podían llevar a cabo desmontes, previo permiso otorgado por el gobierno, al que facultó para señalar las zonas en las que debían crearse reservas forestales. Los mayores opositores de este proyecto calificaron la iniciativa como un atentado contra la propiedad particular. 1 Entiéndase por baldíos los terrenos no poseídos o no explotados económicamente. h t t p : / / w w w. a l c a l d i a b o g o t a . g o v. c o / sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16049 h t t p : / / w w w. b d i g i t a l . u n a l . e d u . c o / 3 5 6 7 8 / 1 / 3 6 0 9 0 - 1 4 9 5 5 3 - 1 - P B. p d f Ley 135 de 1961: El periodo de Lleras Camargo fue como una nueva esperanza pues se creía que llegaba el fin a la violencia, por este motivo se impulsaron diferentes reformas que cambiarían el panorama del país, entre estas la reforma social agraria de 1961. Creó el Comité Nacional Agrario, conformado por representantes de los partidos políticos, del Congreso, la Iglesia católica y las Fuerzas Armadas se fundamentaban en tres lineamientos estratégicos para adelantar el proceso de reforma agraria en Colombia: a. Dotación de tierras a campesinos carentes de ellas. b. Adecuación de tierras para incorporarlas a la producción. c. Dotación de servicios sociales básicos y otros apoyos complementarios. Se crea el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA), como establecimiento público encargado de la gestión en la materia, organismos como el Consejo Nacional Agrario, el Fondo Nacional Agrario (FNA) y la figura de los Procuradores Agrarios. Esta reforma tenía de fondo buenas intenciones para dignificar el trabajo campesino, dándole equidad a la distribución de las tierras y mejorando la calidad de vida de 7 estos, pero en 1972 durante el gobierno de Misael Pastrana Borrero se firmó el Pacto de Chicoral, un pacto donde se reunieron los terratenientes y las elites políticas de los partidos tradicionales conservador y liberal, dando inicio a una contrarreforma para evitar que la reforma impulsada por Lleras Camargo fuera efectiva bajo el pretexto de que la organización campesina era subversiva. h t t p : / / t a b i o - c u n d i n a m a r c a . g o v. c o / a p c 33431376165396461376165316131/ LEY_135_1961__REFORMA_AGRARIA__1.pdf Ley 1ª de 1968: Ley, conocida también como de Arrendatarios y Aparceros, contribuyó a agilizar los trámites y procedimientos y fijó nuevos causales de expropiación. Además, sirvió para reglamentar la Unidad Agrícola Familiar2 (UAF) a fin de proteger y regular la tenencia y explotación de las porciones de tierra distribuidas individualmente a los campesinos beneficiarios, principalmente en lo relacionado con su venta o transferencia. f t p://f t p.camara.gov.co/camara /b as e doc/ley/1968/ley_0001_1968.html Ley 4ª de 1973: La reducción de los trámites de adquisición de tierras a través de negociaciones directas, la agilización de la adjudicación de tierras a los beneficiarios y el establecimiento de la renta presuntiva agrícola, como una manera de ejercer presión a favor del uso productivo de la tierra y penalizar su apropiación improductiva. 2 Es la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal, cuya extensión permite, con su proyecto productivo y tecnología adecuada, generar como mínimo dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un capital que contribuya a la formación de su patrimonio. ft p : //f t p. ca m a r a .gov.c o/ c a ma r a /base doc/ley/1973/ley_0004_1973.html La mayoría de estas leyes incrementaron los problemas de los campesinos debido a que ya no solo era difícil acceder a la tierra sino que también se era más vulnerable para estar debajo del índice de pobreza. Se sabe que los gobiernos de Alfonso López Michelsen (1974-1978) y Virgilio Barco Vargas (1986-1990) se comprometieron a acortar la problemática sin embargo las reformas que estos intentaron fueron debilitándose a medida que el presupuesto del Estado iba en detrimento. El contexto político de los años 70 fue bastante turbulento para la zona rural del país, probablemente la continua obstaculización al progreso de las reformas haya sido una de las razones más fuertes por la que se le obligó a la historia a desarrollarse de este modo tan violento y conflictivo. Las primeras guerrillas comunistas estaban naciendo como una fuerza campesina que se resistía a la orden de emigrar a las ciudades para poder sobrevivir y, como si fuera poco, ante el poco apoyo del gobierno, los campesinos, se vieron obligados a empezar a cultivar ilícitamente para los narcotraficantes. Inicialmente se destaca el cultivo de marihuana pero a mediados de los 80 la hoja de coca se convirtió en la gran protagonista debido a que el precio de la cocaína se disparó en el mercado internacional y el país contaba con un clima propicio para su cultivación. A partir de esa situación el país se enfrentó no solo con la problemática de ser incapaz de ejercer soberanía sobre todo el territorio nacional para evitar que se cosecharan los cultivos ilícitos sino también con que el campesino abandonara los cultivos legales dejándole solo camino posible a las 8 exportaciones de café, banano y algodón. El pago que le daban los narcotraficantes a los campesinos sobre el producto cosechados, en comparación con el valor del producto final, era muy bajo y por tanto muchos campesinos, con ayuda de las nuevas guerrillas, comenzaron a crear sus propios cosechas de cultivos ilícitos y ante tal panorama los narcotraficantes decidieron crear grupos paramilitares para evitar esta creciente competencia que les quitaría el poder monopólico del mercado. Ley 160 de 1994: En los últimos días del periodo Gaviria se ejecuta una nueva reforma agraria, ley 160 de 1994, con el objetivo de promover el acceso a la propiedad de la tierra para los trabajadores agrarios y otros servicios públicos rurales, con el fin de mejorar el ingreso y la calidad de vida de los campesinos. El principal cambio consistió en dinamizar la redistribución introduciendo el concepto de propiedad a través del mercado de tierras, mediante un subsidio para la compra directa por parte de los campesinos, El énfasis institucional se centra en facilitar la negociación directa entre propietarios y campesinos. Colombia se urbanizó antes que solucionar su problema agrario, dejando a un lado un sector rural altamente vulnerable, en el cual el 77% de la tierra está en manos de 13% de propietarios, pero el 3,6% de estos tiene el 30% de la tierra, donde 6,6 millones de hectáreas (15% de la superficie agropecuaria del país) fueron despojadas por la violencia en las últimas dos décadas. Contamos además con un campo altamente improductivo donde el sector ganadero ha sido muy protagonista, sin embargo una hectárea de agricultura genera 12,5 más ganancia que una de ganadería. Tenemos un campo en el cual el 60% del empleo es informal, y por tanto entendemos que el problema no solo radica en las políticas latifundistas sino también en la poca capacitación tecnológica y administrativa en la que están sumidos los habitantes del campo. Esperamos que el debate que viviremos en el senado se debata entre los méritos de distribuir los activos existentes (tierra) versus crear nuevos activos (inversión) con el objetivo de disminuir la pobreza rural y generar mayor crecimiento económico. Preguntas orientadoras: ü¿Qué soluciones a largo plazo se po- drían realizar para volver el campo más productivo? ü¿Por qué muchas de las leyes y reformas pasadas han sido derogadas? ü¿Por qué se ven forzados los campesinos a cultivar plantaciones ilícitas? tiene Colombiano a ñps campesinos de pequeñas y medianas empresas? ü¿Qué posibilidades tienen las víctimas del conflicto armado para reinsertarse en la vida rural mediante la legalidad? Reforma al equilibrio de poderes En Septiembre de 2014, Juan Fernando Cristo, ministro de interior del primer gobierno de Juan Manuel Santos, presentó un proyecto de gobierno que consistía en la reforma al equilibrio de los tres poderes del estado colombiano, donde básicamente se presentaban tres tipos de cambios: políticos, a los organismos de control y a la justicia. A continuación se describirán cada uno de ellos: 1. Cambios políticos - Nombramientos: La iniciativa plantea un concurso público la elección de los servidores del sector público y cuerpos colegiados. Hoy, esto se hace a ‘dedo’. ü¿Cómo mejorar la calidad de vida en el campo? - Reemplazos en el Congreso: En este tema hoy la norma favorece al transfuguismo (irse de un partido a otro) que permite relevo, pero en el proyecto se elimina esta posibilidad. ü¿Cómo pueden afectar los TLC que - Silla Vacía: Se amplía la causal de no 9 sustitución a los delitos de corrupción. Hoy solo contempla este castigo para pertenencia, promoción o financiación a grupos armados ilegales, narcotráfico o delitos contra los mecanismos de participación democrática, de lesa humanidad. - Nuevo Senado: La norma dice que el Senado será integrado por 89 miembros elegidos en circunscripción nacional; más uno por cada departamento con menos de 500.000 habitantes (Chocó, Caquetá, Casanare, Putumayo, Arauca, Guaviare, San Andrés y Providencia, Amazonas, Vichada, Vaupés y Guainía), además de los dos indígenas. Hoy se eligen cien senadores por circunscripción nacional y dos indígenas. - Premio al perdedor presidencial: Obtendrá una curul el candidato que ocupe el segundo lugar en la elección a la Presidencia. Hoy, esto no existe. - Control político: Se autorizan audiencias públicas para evaluar a los ministros y pedir informes especiales a la Contraloría General para analizar la marcha de las entidades. Hoy este tipo de control político y ciudadano no existe en el Senado. - Adiós a la Comisión de Acusaciones3: La norma crea el Tribunal de Aforados que acaba con esta Comisión de la Cámara y serán magistrados independientes que investigará y juzgará la conducta de los 3 Está compuesta por 15 miembros. Está encargada de preparar proyectos de acusación cuando hubiera causas constitucionales al Presidente, a los Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado. Igualmente, a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y al Fiscal General de la Nación. 10 magistrados de las cortes Constitucional, Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Procurador, Contralor y al Fiscal General. - Ministros o embajadores: La iniciativa abre la puerta para que los congresistas puedan ser nombrados ministros o embajadores y levanta esta inhabilidad que hoy existe. - Muere la reelección presidencial: Se propone acabar con la continuidad del Jefe de Estado y su Vicepresidente que se aplica en el país desde el 2006; sin embargo, el período presidencial se extiende a 5 años. - Adiós al voto preferente: Se propone que las listas para Congreso y cuerpos colegiados sean cerradas. Hoy se aplica el voto preferente que significaba que los ciudadanos votaban por un candidato en especial. - No más continuidad: El proyecto acaba con la reelección de los magistrados del Consejo Nacional Electoral y del Registrador Nacional. 2. Organismos de control Contralor: La propuesta es que el Contralor sea elegido por el Congreso en pleno y acaba con la figura de las ternas que presentaban las cortes Constitucional, Suprema de Justicia y Consejo de Estado, que tenían la posibilidad de hacer sus postulaciones. Según se dijo, tácitamente la facultad de nominación queda en manos del Legislativo. - Se acaba con la exigencia de verdad sabida y buena fe guardada4: La reforma establece que cuando el Contralor promueva ante las autoridades, con aporte de pruebas, investigaciones penales o disciplinarias contra quienes hayan causado perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado, podrá exigir la suspensión inmediata de funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos procesos penales o disciplinarios. Hoy se establece que se tiene en cuenta la verdad sabida y la buena fe guardada. - Contralorías departamentales y municipales: En este punto se ordena que los contralores serán designados por la Comisión Nacional del Servicio Civil, en la forma que determine la ley, para período igual al del gobernador o alcalde, es decir que le quita esta facultad a las asambleas y los concejos. - Procurador: Dos cambios clave tiene esa figura, la primera que el Procurador será elegido por el Senado de terna presentada por el Presidente. La propuesta acaba con la facultad nominadora de las cortes Constitucional, Suprema de Justicia y Consejo de Estado, que no tendrán la posibilidad de presentar candidatos para conformar la terna, tal y como lo autoriza la Constitución Nacional hoy. La segunda novedad es que se acaba con la reelección del titular del organismo de control que hasta hoy se venía aplicando. 4 VERDAD SABIDA: Este es un principio en Derecho, que debe interpretarse como “el conocimiento que se tiene de los hechos tanto de sus causas como sus consecuencias sin la posibilidad de alegar ignorancia posteriormente, excepto por razón de engaño.” BUENA FE GUARDADA:”Se refiere a que en el hecho prevaleció una disposición de hacer las cosas correctamente desde el principio, sin que existiera nada oculto o malicioso 11 - Menos facultades: Un punto clave es que la propuesta le quita la facultad investigativa contra los congresistas que hoy tiene el Procurador, al indicar que dentro de sus funciones sí puede vigilar la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular, pero exceptúa los congresistas y lo deja en manos del Consejo de Estado. Esto se traduce que casos como el de Piedad Córdoba o Eduardo Merlano no se volverían a repetir, si es aprobada la iniciativa. - Defensor del Pueblo: El único cambio sustancial en el Defensor del Pueblo es que el proyecto de acto legislativo establece que este cargo no tendrá reelección tal y como ocurre en la actualidad. 3. Modificación de la justicia Elección de magistrados de la Corte Suprema y Consejo de Estado: En la actualidad, la elección de los magistrados de estas dos altas cortes se hace internamente en cada corporación de listas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura. Sin embargo, la iniciativa plantea que estas escogencias la hará cada una de ellas con la exigencia que voten positivamente las tres quintas partes y serán 10 candidatos que saldrán de convocatorias públicas que hagan, por separado, la Corte y el Consejo. - Equilibrio: Exige, además que debe haber un balance de candidatos que provienen del ejercicio profesional, de la rama judicial y de la academia. - Requisitos: Se amplían las exigencias para acceder a magistrado de las Cortes Constitucional, Suprema y Consejo de Estado, ya que en la actualidad solo se requieren 10 años de experiencia, tiempo que se dobla en la iniciativa que exige 20. - Edad de retiro: Se determina además que los magistrados solo podrán ejercer su labor hasta que cumplan 70 años. En la actualidad solamente se hablaba que salían cuando llegaran a la edad de retiro forzoso, hoy establecida en 65 años. Es decir, se aumentó el tope. - Inhabilidades: La norma propone que los magistrados de las altas cortes, así como miembros del Sistema Nacional de Administración Judicial y del Consejo Nacional Electoral, el Fiscal General, el Procurador, el Defensor del Pueblo, el Contralor y el Registrador Nacional no podrán ser elegidos a cargos de elección popular durante el período de ejercicio de sus funciones, ni dentro del año siguiente a su retiro. Tema del que hoy no tiene prohibición. 12 Fin a puerta giratoria: Así mismo prohíbe que los magistrados de las altas cortes no puedan ser elegidos en otra Corporación Judicial, ni en la Procuraduría, Contraloría o Fiscalía dentro del año siguiente a su retiro. Fin al Consejo Superior de la Judicatura: En este caso la iniciativa propone crear el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, integrado por tres niveles de administración: la sala de gobierno judicial, la junta ejecutiva y el director ejecutivo. Estos organismos se dedicarán a la administración de justicia, la vigilancia y control disciplinario de los jueces y abogados. Se crea además una especie de gerencia colegiada que llaman la Junta Ejecutiva de Administración Judicial, integrada por delegados de las cortes Constitucional, Suprema de Justicia y Consejo de Estado. Esta figura consolidará el propósito del Gobierno de acabar con la Judicatura. Pueden observar el siguiente video para hacer algunos de los puntos, un poco más claros: https://www.youtube.com/watch?v=Pjs8BBJJMKs#t=32 Ahora, las reformas están sujetas a las decisiones que ustedes, delegados del Senado de la República discutan y decidan sobre ésta. Preguntas orientadoras: ü¿Según la alineación política de su senador, qué opina sobre cada uno de los puntos porpuestos en la reforma al equilibrio de poderes? ü¿Cómo se puede lograr un mejor balance de las tres ramas del poder público en Colombia? ü¿Quién juzga los diferentes delitos cometidos por los miembros del gobiernom además quiénes juzgan a los mismos jueces de las altas cortes? ü¿Cómo dar fin a los fenómenos de corrupción en el gobierno colombiano? Links de Apoyo: http://www.elespectador. com/tags/reforma-de-equilibrio-de-poderes http://www.semana.com/nacion/articulo/ arranca-debate-de-la-reforma-al-equlibriode-poderes/403652-3 http://www.semana.com/nacion/articulo/reforma-la-justicia-para-dummies/422424-3 13 Protocolo del Senado de la República Sesión de trabajo Para que se pueda dar una sesión de trabajo se es necesario que cada uno de los participantes prepare un Proyecto de Ley o un Acto Legislativo que puedan resolver el tema a tratar en la comisión según la perspectiva del Partido Político al que pertenecen o de acuerdo a la ideología del Senador. Estos documentos tendrán que ser entregados a la Mesa dos semanas antes del modelo y deberán ser llevados en medio digital el día del modelo. El orden en el que sean radicados se dará el debate. Debates El debate es abierto por el Presidente de la sesión y se cierra con la votación de la proposición o proyecto en discusión. Durante el desarrollo del debate pueden darse las siguientes situaciones y figuras: 1. Intervención: la intervención de cualquiera de los asistentes debe contar con el permiso del Presidente, que a su vez debe respetar el orden de los inscritos en la Secretaría. Tienen prioridad para hablar los ponentes de los proyectos en discusión, los citantes del debate y los autores de iniciativas legislativas. El tiempo y la frecuencia de las intervenciones serán definidas por el Presidente. 2. Interpelación: (Punto de información al orador) es una interrupción que un parlamentario solicita en medio de la intervención de otro cuando desee hacer una pregunta o solicitar una aclaración. Un orador puede solicitar que sólo se le interpele al final de su intervención. 14 3. Alusiones: (Derecho a réplica) cuando alguien aluda a la conducta de un congresista de manera que implique juicio de valor y posibles inexactitudes, el aludido tienen derecho a solicitar la palabra por 5 minutos para contestar estrictamente a las alusiones. 4. Réplica o rectificación: cuando un parlamentario considere que ha sido contradicho en sus argumentos tendrá derecho a replicar o rectificar por un tiempo máximo de 5 minutos, tiempo sujeto a consideración del Presidente de la sesión. El Presidente podrá rechazar las solicitudes de réplica si considera que están entorpeciendo el debate. Este tipo de figuras deberán ser solicitados mediante la mensajería de piso. 5. Moción de orden: (Punto de orden) podrán ser propuestas por cualquier parlamentario en cualquier momento llamando al orden de la sesión. Goza de prioridad para ser atendida por la Mesa Directiva. 6. Moción de suficiente ilustración: con esta moción se propone cerrar el debate cuando se considera que el tema ha sido suficientemente tratado. Aunque hubiere oradores inscritos sin haber intervenido. Podrá ser propuesta por cualquier parlamentario. La Mesa Directiva decide su aceptación. 7. Suspensión: (Tiempo de lobby) un debate podrá ser suspendido para que los Congresistas tengan tiempo para organizarse y redactar proyectos o proposiciones. La suspensión del debate se somete sin discusión a inmediata votación. 8. Verificación del quórum: podrá ser solicitada en cualquier momento y goza de prioridad para ser atendida por la Mesa Directiva. La falta de quórum obliga a levantar la sesión. Debe ser realizada por mensajería de piso. 9. Constancia: (Moción para añadir al registro) cualquier parlamentario podrá solicitar un espacio en la lista de oradores para dejar una constancia escrita que verse sobre sus posiciones y que deberá incluirse en el acta. La constancia puede referirse a cualquier tema que el parlamentario considere que debe quedar plasmado en el acta de la sesión. 10. Moción de censura: cualquier senador podrá solicitar una moción de censura hacia algún ministro durante la plenaria. El procedimiento es el de una exposición de motivos por parte de los senadores que la hicieron, y una réplica por parte del ministro, para luego proceder con una votación nominal. Para que a un ministro se le censure debe haber una mayoría absoluta. Todas las decisiones de la Mesa Directiva con inapelables. El autor de una moción o proposición podrá retirarla en cualquier momento, pero antes de ser votada o considerada por la Mesa Directiva, según el caso. Está prohibido leer discursos escritos durante los debates, sin perjuicio de la utilización de notas o apuntes que ayuden al orador a guiar su intervención. 15 Proposiciones (Enmiendas) Tipo de Proposición Características Proposición principal Mediante ella se presentan los proyectos de ley o actos legislativos. Proposición sustitutiva Tiende a reemplazar a la principal. Aprobada ella, desaparece la principal. Proposición modificativa Aclara a la principal, cambia su redacción sin cambiar su esencia, fusiona temas o artículos para que sean discutidos como uno solo o cambia el orden de la discusión. Proposición aditiva Adiciona uno o varios artículos al proyecto presentado en la proposición principal. Proposición especial Puede presentarse oralmente, y no admite discusión. Se incluyen la declaración de sesión permanente o alteración del orden del día Proposición de informe oral o Lectura de documentos Se solicita la lectura de un documento determinado. Proposición para votación nominal Se solicita votar nominalmente Proposición para votación secreta Se solicita votar de manera secreta Las proposiciones de modificación, adición o suspensión deben hacerse llegar a la Secretaría por escrito y firmadas por el o los autores, sin necesidad de exponer motivos o razones. Una vez puesta la proposición a disposición de la Mesa Directiva, el o los autores procederán a hacer uso de la palabra para sustentarla. No puede haber proposiciones que modifiquen, adicionen o supriman otras proposiciones diferentes a la principal, es decir, al proyecto de ley o de acto legislativo. Para discutir una proposición deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos: 1. No se admite la modificación de todo el proyecto en cuanto a su esencia, mas son permitidos todos los cambios de forma necesarios. 2. Propuesta una modificación, ella deberá resolverse antes de considerarse una nueva. 3. Mediante proposiciones puede establecerse si la votación se llevará a cabo artículo por artículo, por bloques de artículos (a solicitud de los ponentes) o si el proyecto será votado en su totalidad. 4. Para aprobar un proyecto debe primero aprobarse su articulado, luego su título 16 y finalmente la cámara o comisión debe asentir en su deseo de que tal proyecto se convierta en Ley de la República o Reforma de la Constitución. Quórum El quórum se refiere al número de congresistas que deben estar presentes para iniciar una votación o una deliberación. Hay varios tipos de quórum según la ocasión: 1. Quórum deliberatorio: para deliberar y discutir sobre cualquier tema. Equivale a la cuarta parte de los miembros de la cámara o comisión. 2. Quórum decisorio: para votar la aprobación de cualquier proyecto. Existen las siguientes clases: a. Ordinario: mayoría simple (la mitad más uno) de los miembros. b. Calificado: mayoría 17 calificada (dos terceras partes de los miembros). Voto El voto de los Congresistas tiene las siguientes características: 1. Es personal, intransferible e indelegable. 2. Para excusarse de votar debe contarse con la aceptación del Presidente. La excusa se presenta cuando existen conflictos de intereses o cuando el congresista no se hizo presente en una votación. 3. Durante votación nadie puede ingresar o dejar el recinto. 4. El voto sólo puede ser afirmativo o negativo. No es válida la abstención. 5. Existen la votación ordinaria, la nominal y la secreta. a. La ordinaria se manifiesta mediante un golpe en la Mesa Directiva. En caso de ser verificada, los que estén a favor se pondrán de pies para ser contados, e igual los que estén en contra. Cualquiera puede dejar constancia de su voto en el acta. b. La votación nominal puede ser solicitada por cualquier congresista, siempre que sea permitida. En ella la Secretaría llama a lista y cada congresista debe responder “Si” o “No”. c. En la votación secreta cada congresista pasa a depositar su voto en una urna, previo llamado de la Secretaría. El Presidente debe nombrar una comisión escrutadora antes de llevar a cabo la votación. Es obligatorio el voto secreto para proposiciones de amnistía o indulto. 6. En caso de proponerse votación nominal y secreta para un tema simultáneamente, tienen prioridad la votación secreta y debe considerarse primero. 7. Una votación sólo puede ser interrumpida por cuestiones de orden. 8. No existe la figura de explicación del voto. Para ello existen las constancias que todos los congresistas pueden dejar. 9. Los autores de una iniciativa pueden pedir que ella sea votada en bloque. Si entre los mismos autores no hay consenso, la decisión queda a discreción de la Mesa Directiva. En caso de hacerse así la votación, cada bloque debe ser aprobado y luego también debe votarse el conjunto de la iniciativa con los bloques aprobados. 10. Cuando en cualquier iniciativa se presente un empate, debe volver a desarrollarse el proceso de votación. Si hubiere empate una segunda vez, el proyecto se entiende como negado y se procede a archivarlo. 18 Proyectos de ley (equivalente al portafolio) Como bien deben saber, el congreso basa sus debates en los proyectos de ley que sus integrantes proponen al inicio de cada una delas sesiones. Para este comité, será un proyecto de ley lo que ustedes deberán presentar escrito como su portafolio. A continuación les presentamos como deberán estar constituidos dichos proyectos: (Para cada uno de los temas, deberán presentar un proyecto de ley diferente) Deberá estar encabezado así: (Nombre del senador correspondiente) PROYECTO DE LEY (#) de 2014 SENADO (El # del proyecto de ley, corresponde al # que tienen sus senadores en la lista del principio de la guía) “Por medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y…” (encabezado, siempre debe comenzar con “Por medio del cual….”y lo que sigue es lo que se pretende hacer con el proyecto de ley) Carta al senado de la República: (Deberán escribir una carta a los demás senadores de la comisión, lo cual equivaldrá al discurso de apertura de la comisión y deben además exponer claramente cuál es el proyecto de ley que proponen para solucionar cada uno de los temas de la comisión) Posición del senador: (acá deben pasmar la posición que tienen sus respectivos senadores a cerca de los temas con su debida sustentación) Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. (Deben crear 3 artículos donde, se derogue o creen leyes, cualquiera previamente formulada en la constitución en las resoluciones colombianas acerca de los temas y su respectiva solución) Exposición de motivos (deberán exponer los motivos por los cuales han propuesto dichos artículos y hacer una contextualización de éstos mismos) Web grafía: (es de vital importancia que referencien todas las fuentes de consulta, además de que es totalmente necesario que citen los diferentes textos que harán parte de sus proyectos de ley) 19 Acá les dejamos una página donde pueden encontrar algunos ejemplos de proyectos de ley, donde deben ser bastante perspicaces para deducir como hacer sus artículos y la justificación de ellos; es importante aclarar que en dichos proyectos de ley no encontrarán carta ni posición de los senadores. http://www.senado.gov.co/az-legislativo/proyectos-de-ley Webgrafía: http://www.congresovisible.org/ http://www.senado.gov.co/ http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/co/06/jhpf.htm http://www.banrepcultural.org/node/32856 http://www.semana.com/especiales/pilares-tierra/asi-es-la-colombia-rural.html http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-13894559 http://www.elcolombiano.com/campo_en_el_abandono-ICEC_250976 http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-653624 http://es.wikipedia.org/wiki/Reforma_agraria http://www.elpais.com.co/elpais/colombia/noticias/abece-para-entender-reforma-estado-propone-santos http://www.elcolombiano.com/la_comision_de_acusacion_seria_reemplazada_por_tribunal_de_aforados-LFEC_312889 http://www.noticiasrcn.com/nacional-politica/reforma-al-estado-dio-primer-paso-entre-choque-poderes http://www.significadode.org/verdad%20sabida%20y%20buena%20fe%20guardada.htm http://190.26.211.102/proyectos/index.php/textos-radicados-2013-2014/402-proyecto-de-ley-132-de-2014 http://www.congresovisible.org/proyectos-de-ley/ http://www.diputadossantafe.gov.ar/diputados/doc/diputadosporundia/doc/MaterialEscuelas.pdf 20
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