guía senado - VMUN 2015

DANIELA CORREA PINTO
LUCAS GÓMEZ TOBÓN
Carta de Presidencia
“Todos esos esfuerzos por encontrar un culpable de nuestras pestes evitaban el
problema central: preguntarse quién arrojó a los guerrilleros a la insurgencia, a
los delincuentes al delito, a los pobres a la pobreza, a los mafiosos al tráfico, a los
paramilitares al combate, a los sicarios a su oficio mercenario, sino una manera de
gobernar al país que cierra las puertas a todo lo que no pertenezca al orden de los
escogidos” (Ospina, 2013)
Apreciados Senadores, He en esta comisión el destino de una nación que espera
efectividad y eficacia por parte de un gobierno que a lo largo de la historia ha buscado estar en la cima no para servir al pueblo, si no para ser sostenido por él. Es
la comisión accidental del Senado de la República su oportunidad para visionar y
transformar el país que todos anhelamos, a través de políticas y leyes que favorezcan
a toda la nación. Es por eso que para nosotros, Lucas Gómez Tobón y Daniela Correa
Pinto es un placer y honor presenciar sueños de país que se convierten en políticas
que ejecuten orden, libertad y justicia para todos. Esperamos soñadores activistas y
perseverantes del futuro de nuestro país, que tal y como mencionaba William Ospina, en su libro “Pa’ que se acabe la vaina”, sepan atacar los problemas desde su raíz
y no a partir de las ramificaciones, sean representantes con visiones perspicaces e
interdisciplinarias que logren atribuir soluciones y no añadir problemas, que posean
pasión para pensar y racionalidad para sentir las soluciones que requieren las diversas problemáticas del país. A continuación les presentamos una clara y completa
guía, la cual facilitará la comprensión de los temas a tratar, el protocolo y todo lo que
a la comisión concierne. Indudablemente cuentan con nosotros para su apropiada
preparación, y por ende rockear en su comisión.
Lucas Gómez Tobón
[email protected]
3008127321
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Daniela Correa Pinto
[email protected]
3113666551
demás autoridades, y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y
la moción de observación pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.
Comisión Accidental:
Las comisiones accidentales pueden ser
designadas por los presidentes y las mesas
directivas de las cámaras y también por sus
comisiones permanentes con la idea de encargarles tareas, misiones o asuntos específicos. Son creadas para el mejor desarrollo
de la labor Legislativa y Administrativa, para
que cumplan funciones y misiones específicas (Artículo 66 Ley 5 de 1992, modificado
por el Acto Legislativo).
Funciones del Senado:
El Congreso de la República cumple la
función de:
Función Constituyente: Para reformar la
Constitución Política mediante Actos Legislativos.
Función Legislativa: Para elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos
en todos los ramos de la Legislación.
Función de Control Político: Para requerir
y emplazar a los Ministros del Despachos y
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Función Judicial: Para juzgar excepcionalmente a los funcionarios del Estado por responsabilidad política.
Función Electoral: Para elegir Contralor
General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte
Constitucional y de la Sala Jurisdiccional
Disciplinaria del Consejo Superior de la
Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta.
Función Administrativa: Para establecer la
organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.
Función de Control Público: Para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica,
a efecto de que rinda declaraciones, orales o
escritas, sobre hechos relacionados con las
indagaciones que la Comisión adelante.
Función de Protocolo: Para recibir a Jefes
de Estado o de Gobiernos de otras Naciones.
Además, el Senado de la Republica tiene las
siguientes atribuciones especiales:
guerra a otra Nación.
9. Permitir el tránsito de tropas extranjeras
por el territorio de la República.
TÍTULO IV.
DE LAS DISPOSICIONES ESPECIALES
DEL SENADO DE LA REPÚBLICA
CAPÍTULO I.
DE LAS ATRIBUCIONES DEL SENADO
ARTÍCULO 313. ATRIBUCIONES ESPECIALES. Son atribuciones especiales del
Senado de la República:
1. Admitir o no las renuncias que hagan de
sus empleos el Presidente de la República o
el Vicepresidente.
2. Conceder licencia al Presidente de la
República para separarse temporalmente
del cargo, no siendo caso de enfermedad.
3. Declarar el abandono del cargo y la incapacidad física permanente del Presidente
de la República.
4. Decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la
República.
5. Elegir los Magistrados de la Corte Constitucional.
6. Elegir al Procurador General de la Nación.
7. Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de Insignia de
la Fuerza Pública, hasta el más alto grado.
8. Autorizar al Gobierno para declarar la
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10. Rendir concepto previo al Gobierno sobre la prórroga para el segundo período del
Estado de conmoción interior.
11. Conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra
el Presidente de la República o quien haga
sus veces, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado
y de la Corte Constitucional, los miembros
del Consejo Superior de la Judicatura y el
Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En
este caso conocerá por hechos u omisiones
ocurridos en el desempeño de los mismos.
12. Conocer de la dejación del ejercicio
del cargo, por motivo de enfermedad y por
el tiempo necesario, del Presidente de la
República.
13. Elegir los miembros de la Comisión de
Administración del Senado.
Lista de Senadores
De acuerdo al Título VI de la Constitución
de Colombia de 1991 el Senado de la
República está conformado por un total de
102 personas, de las cuales 100 son elegidas
por voto popular alrededor de todo el país y
dos más mediante la circunscripción especial para la representación de las comunidades indígenas.
La comisión contara con 20 delegados,
por lo tanto las 102 curules originales se
ajustaron proporcionalmente para que los
Senadores más votados de cada partido, o
más influyentes, hagan parte de la comisión.
El resultado es el siguiente:
Nombre
1. Roy Barreras Montealegre
Social de Unidad Nacional (U)
2. Musa Abraham Besayle Fayad
Social de Unidad Nacional (U)
3. Armando Benedetti Villaneda
Social de Unidad Nacional (U)
4. Óscar Lizcano Arango
Social de Unidad Nacional (U)
5. Álvaro Uribe Vélez
6. Ana Mercedes Gómez
7. Alfredo Rangel
8. Alfredo Ramos Maya
Partido
Centro Democrático (CD)
Centro Democrático (CD)
Centro Democrático (CD)
Centro Democrático (CD)
9. Roberto Gerlein
Conservador Colombiano (C)
10. Efraín Cepeda
Conservador Colombiano (C)
11. Nora García
Conservador Colombiano (C)
12. Horacio Serpa Uribe
Liberal Colombiano (L)
13. Juan Manuel Galán Pachón
Liberal Colombiano (L)
14. Arleth Casado de López
15. Carlos Fernando Galán
Liberal Colombiano (L)
Cambio Radical (CR)
16. Claudia López Hernández
Verde (PV)
17. Antonio Navarro Wolff
Verde (PV)
18. Jorge Robledo
Polo Democrático Alternativo (PDA)
19. Marco Avirama
20. Luis Evelis Andrade
Alianza Social Independiente (ASI)
Movimiento Alternativo Indígena Y Social (MAIS)
Nota: Para ampliar la información del senador darle ctrl+clic al nombre.
5
Reforma Agraria
Desde mucho antes del siglo XX, cuando
una nueva república nacía, la distribución
de la tierra sufrió un control arbitrario por
parte del Estado, repartiéndose el territorio entre la elite de altos militares, funcionarios y, sobretodo, figuras eclesiásticas.
De este modo empieza la historia de la
mayoría de la poblacion de Colombia, que
aún no se había establecido en las próximas grandes metrópolis del país, rezagados en un campo donde la tierra que cultivaban y trabajaban no les pertenecía.
Casualmente el sector rural de Colombia
siempre ha sido un fiel reflejo de la configuración del orden social y político de la
nación, por consiguiente es necesario que
de una vez por todas dejemos de buscar
soluciones externas para una problemática que está enfrascada en la historia cíclica
que nuestra cultura ha aprendido a olvidar.
Durante todo el siglo pasado el pueblo colombiano estuvo ilusionado con tener la
oportunidad de tener una reforma agraria
justa que le devolviera la tierra a sus verdaderos dueños y les diera la posibilidad de aumentar su productividad, pero
la orientación política de la época iba en
6
una dirección opuesta a la de su gente
puesto que las clases adineradas del país
se empeñaron a derribar cada una de las
propuestas. A continuación se presentaran las reformas más importantes del
siglo brevemente ampliadas, se recomienda profundizar en cada una de ellas:
Ley 200 de 1936: Propuesta por el presidente liberal Alfonso López Pumarejo para la
solución de los conflictos agrarios. La base
central de la ley era identificar los terrenos
baldíos1 para repartirlos entre aquellos que
no tenían tierra. Para la realización de esta
iniciativa se implementaría la “extinción
de dominio”, el derecho que tiene el Estado para expropiar los terrenos abandonados por más de 10 años o que no están
siendo utilizados correctamente. Se crean
jueces de tierras, encargados de conocer
en primera instancia las demandas que se
generaran a causa de la reforma. Además
de buscar la apertura de las vías de acceso a la propiedad rural por distintos actores económicos y sociales también se buscó
con esta ley el incremento de la productividad en el campo, sin embargo la ley
no profundizó lo suficiente para determinar cómo se pretendía ejecutar esta parte.
Igualmente la ley prohibió la tala de bosques,
con el objeto de preservar las vertientes de
agua, y estableció que en esas áreas solamente se podían llevar a cabo desmontes,
previo permiso otorgado por el gobierno,
al que facultó para señalar las zonas en
las que debían crearse reservas forestales.
Los mayores opositores de este proyecto calificaron la iniciativa como un atentado contra la propiedad particular.
1
Entiéndase por baldíos los terrenos no poseídos o no explotados
económicamente.
h t t p : / / w w w. a l c a l d i a b o g o t a . g o v. c o /
sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16049
h t t p : / / w w w. b d i g i t a l . u n a l . e d u .
c o / 3 5 6 7 8 / 1 / 3 6 0 9 0 - 1 4 9 5 5 3 - 1 - P B. p d f
Ley 135 de 1961: El periodo de Lleras Camargo fue como una nueva esperanza pues
se creía que llegaba el fin a la violencia, por
este motivo se impulsaron diferentes reformas que cambiarían el panorama del país,
entre estas la reforma social agraria de 1961.
Creó el Comité Nacional Agrario, conformado por representantes de los partidos políticos, del Congreso, la Iglesia católica y las
Fuerzas Armadas se fundamentaban en tres
lineamientos estratégicos para adelantar el
proceso de reforma agraria en Colombia:
a. Dotación de tierras a campesinos carentes de ellas.
b. Adecuación de tierras para incorporarlas
a la producción.
c. Dotación de servicios sociales básicos y
otros apoyos complementarios.
Se crea el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA), como establecimiento público encargado de la gestión en la materia, organismos como el Consejo Nacional
Agrario, el Fondo Nacional Agrario (FNA)
y la figura de los Procuradores Agrarios.
Esta reforma tenía de fondo buenas intenciones para dignificar el trabajo campesino,
dándole equidad a la distribución de las
tierras y mejorando la calidad de vida de
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estos, pero en 1972 durante el gobierno de
Misael Pastrana Borrero se firmó el Pacto
de Chicoral, un pacto donde se reunieron
los terratenientes y las elites políticas de los
partidos tradicionales conservador y liberal,
dando inicio a una contrarreforma para evitar que la reforma impulsada por Lleras Camargo fuera efectiva bajo el pretexto de que
la organización campesina era subversiva.
h t t p : / / t a b i o - c u n d i n a m a r c a . g o v. c o / a p c 33431376165396461376165316131/
LEY_135_1961__REFORMA_AGRARIA__1.pdf
Ley 1ª de 1968: Ley, conocida también como
de Arrendatarios y Aparceros, contribuyó a
agilizar los trámites y procedimientos y fijó
nuevos causales de expropiación. Además,
sirvió para reglamentar la Unidad Agrícola
Familiar2 (UAF) a fin de proteger y regular
la tenencia y explotación de las porciones
de tierra distribuidas individualmente a los
campesinos beneficiarios, principalmente en
lo relacionado con su venta o transferencia.
f t p://f t p.camara.gov.co/camara /b as e doc/ley/1968/ley_0001_1968.html
Ley 4ª de 1973: La reducción de los trámites
de adquisición de tierras a través de negociaciones directas, la agilización de la
adjudicación de tierras a los beneficiarios
y el establecimiento de la renta presuntiva agrícola, como una manera de ejercer
presión a favor del uso productivo de la tierra y penalizar su apropiación improductiva.
2
Es la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola
o forestal, cuya extensión permite, con su proyecto productivo y
tecnología adecuada, generar como mínimo dos salarios mínimos
legales mensuales vigentes. Además, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un capital que contribuya a la formación de su patrimonio.
ft p : //f t p. ca m a r a .gov.c o/ c a ma r a /base doc/ley/1973/ley_0004_1973.html
La mayoría de estas leyes incrementaron
los problemas de los campesinos debido a
que ya no solo era difícil acceder a la tierra sino que también se era más vulnerable para estar debajo del índice de pobreza. Se sabe que los gobiernos de Alfonso
López Michelsen (1974-1978) y Virgilio
Barco Vargas (1986-1990) se comprometieron a acortar la problemática sin embargo las reformas que estos intentaron
fueron debilitándose a medida que el presupuesto del Estado iba en detrimento.
El contexto político de los años 70 fue bastante turbulento para la zona rural del país,
probablemente la continua obstaculización
al progreso de las reformas haya sido una
de las razones más fuertes por la que se le
obligó a la historia a desarrollarse de este
modo tan violento y conflictivo. Las primeras guerrillas comunistas estaban naciendo
como una fuerza campesina que se resistía
a la orden de emigrar a las ciudades para
poder sobrevivir y, como si fuera poco, ante
el poco apoyo del gobierno, los campesinos,
se vieron obligados a empezar a cultivar
ilícitamente para los narcotraficantes. Inicialmente se destaca el cultivo de marihuana pero a mediados de los 80 la hoja de coca
se convirtió en la gran protagonista debido
a que el precio de la cocaína se disparó en
el mercado internacional y el país contaba
con un clima propicio para su cultivación.
A partir de esa situación el país se enfrentó
no solo con la problemática de ser incapaz
de ejercer soberanía sobre todo el territorio nacional para evitar que se cosecharan
los cultivos ilícitos sino también con que
el campesino abandonara los cultivos legales dejándole solo camino posible a las
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exportaciones de café, banano y algodón.
El pago que le daban los narcotraficantes
a los campesinos sobre el producto cosechados, en comparación con el valor del producto final, era muy bajo y por
tanto muchos campesinos, con ayuda de
las nuevas guerrillas, comenzaron a crear
sus propios cosechas de cultivos ilícitos y
ante tal panorama los narcotraficantes decidieron crear grupos paramilitares para
evitar esta creciente competencia que les
quitaría el poder monopólico del mercado.
Ley 160 de 1994: En los últimos días del
periodo Gaviria se ejecuta una nueva reforma agraria, ley 160 de 1994, con el objetivo de promover el acceso a la propiedad
de la tierra para los trabajadores agrarios y
otros servicios públicos rurales, con el fin
de mejorar el ingreso y la calidad de vida
de los campesinos. El principal cambio
consistió en dinamizar la redistribución
introduciendo el concepto de propiedad a
través del mercado de tierras, mediante un
subsidio para la compra directa por parte
de los campesinos, El énfasis institucional se centra en facilitar la negociación
directa entre propietarios y campesinos.
Colombia se urbanizó antes que solucionar
su problema agrario, dejando a un lado un
sector rural altamente vulnerable, en el cual
el 77% de la tierra está en manos de 13%
de propietarios, pero el 3,6% de estos tiene
el 30% de la tierra, donde 6,6 millones de
hectáreas (15% de la superficie agropecuaria
del país) fueron despojadas por la violencia en las últimas dos décadas. Contamos
además con un campo altamente improductivo donde el sector ganadero ha sido muy
protagonista, sin embargo una hectárea
de agricultura genera 12,5 más ganancia
que una de ganadería. Tenemos un campo
en el cual el 60% del empleo es informal,
y por tanto entendemos que el problema
no solo radica en las políticas latifundistas sino también en la poca capacitación
tecnológica y administrativa en la que están sumidos los habitantes del campo.
Esperamos que el debate que viviremos
en el senado se debata entre los méritos
de distribuir los activos existentes (tierra)
versus crear nuevos activos (inversión) con
el objetivo de disminuir la pobreza rural
y generar mayor crecimiento económico.
Preguntas orientadoras:
ü¿Qué soluciones a largo plazo se po-
drían realizar para volver el campo
más productivo?
ü¿Por qué muchas de las leyes y reformas
pasadas han sido derogadas?
ü¿Por qué se ven forzados los
campesinos a cultivar plantaciones
ilícitas?
tiene Colombiano a ñps campesinos de
pequeñas y medianas empresas?
ü¿Qué posibilidades tienen las víctimas
del conflicto armado para reinsertarse
en la vida rural mediante la legalidad?
Reforma al equilibrio de poderes
En Septiembre de 2014, Juan Fernando Cristo, ministro de interior del primer gobierno
de Juan Manuel Santos, presentó un proyecto de gobierno que consistía en la reforma
al equilibrio de los tres poderes del estado
colombiano, donde básicamente se presentaban tres tipos de cambios: políticos, a los
organismos de control y a la justicia. A continuación se describirán cada uno de ellos:
1. Cambios políticos
- Nombramientos: La iniciativa plantea un concurso público la elección de
los servidores del sector público y cuerpos colegiados. Hoy, esto se hace a ‘dedo’.
ü¿Cómo mejorar la calidad de vida en el
campo?
- Reemplazos en el Congreso: En este tema
hoy la norma favorece al transfuguismo (irse
de un partido a otro) que permite relevo, pero
en el proyecto se elimina esta posibilidad.
ü¿Cómo pueden afectar los TLC que
- Silla Vacía: Se amplía la causal de no
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sustitución a los delitos de corrupción.
Hoy solo contempla este castigo para pertenencia, promoción o financiación a
grupos armados ilegales, narcotráfico o
delitos contra los mecanismos de participación democrática, de lesa humanidad.
- Nuevo Senado: La norma dice que el
Senado será integrado por 89 miembros
elegidos en circunscripción nacional; más
uno por cada departamento con menos
de 500.000 habitantes (Chocó, Caquetá,
Casanare, Putumayo, Arauca, Guaviare, San
Andrés y Providencia, Amazonas, Vichada,
Vaupés y Guainía), además de los dos indígenas. Hoy se eligen cien senadores por
circunscripción nacional y dos indígenas.
- Premio al perdedor presidencial: Obtendrá una curul el candidato que
ocupe el segundo lugar en la elección
a la Presidencia. Hoy, esto no existe.
- Control político: Se autorizan audiencias públicas para evaluar a los ministros y
pedir informes especiales a la Contraloría
General para analizar la marcha de las entidades. Hoy este tipo de control político y ciudadano no existe en el Senado.
- Adiós a la Comisión de Acusaciones3: La
norma crea el Tribunal de Aforados que
acaba con esta Comisión de la Cámara y
serán magistrados independientes que
investigará y juzgará la conducta de los
3
Está compuesta por 15 miembros. Está encargada de
preparar proyectos de acusación cuando hubiera causas
constitucionales al Presidente, a los Magistrados de la
Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y
del Consejo de Estado. Igualmente, a los miembros del
Consejo Superior de la Judicatura y al Fiscal General de
la Nación.
10
magistrados de las cortes Constitucional,
Suprema de Justicia, Consejo de Estado,
Procurador, Contralor y al Fiscal General.
- Ministros o embajadores: La iniciativa abre
la puerta para que los congresistas puedan
ser nombrados ministros o embajadores
y levanta esta inhabilidad que hoy existe.
- Muere la reelección presidencial: Se propone acabar con la continuidad del Jefe
de Estado y su Vicepresidente que se aplica en el país desde el 2006; sin embargo, el
período presidencial se extiende a 5 años.
- Adiós al voto preferente: Se propone que
las listas para Congreso y cuerpos colegiados sean cerradas. Hoy se aplica el voto
preferente que significaba que los ciudadanos votaban por un candidato en especial.
- No más continuidad: El proyecto acaba con
la reelección de los magistrados del Consejo
Nacional Electoral y del Registrador Nacional.
2. Organismos de control
Contralor: La propuesta es que el Contralor
sea elegido por el Congreso en pleno y acaba con la figura de las ternas que presentaban las cortes Constitucional, Suprema de
Justicia y Consejo de Estado, que tenían
la posibilidad de hacer sus postulaciones.
Según se dijo, tácitamente la facultad de
nominación queda en manos del Legislativo.
- Se acaba con la exigencia de verdad sabida
y buena fe guardada4: La reforma establece
que cuando el Contralor promueva ante las
autoridades, con aporte de pruebas, investigaciones penales o disciplinarias contra
quienes hayan causado perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado, podrá exigir
la suspensión inmediata de funcionarios
mientras culminan las investigaciones o los
respectivos procesos penales o disciplinarios. Hoy se establece que se tiene en cuenta la verdad sabida y la buena fe guardada.
- Contralorías departamentales y municipales: En este punto se ordena que los contralores serán designados por la Comisión
Nacional del Servicio Civil, en la forma que
determine la ley, para período igual al del
gobernador o alcalde, es decir que le quita
esta facultad a las asambleas y los concejos.
- Procurador: Dos cambios clave tiene esa
figura, la primera que el Procurador será
elegido por el Senado de terna presentada
por el Presidente. La propuesta acaba con
la facultad nominadora de las cortes Constitucional, Suprema de Justicia y Consejo de
Estado, que no tendrán la posibilidad de presentar candidatos para conformar la terna,
tal y como lo autoriza la Constitución Nacional hoy. La segunda novedad es que se acaba
con la reelección del titular del organismo
de control que hasta hoy se venía aplicando.
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VERDAD SABIDA: Este es un principio en Derecho, que
debe interpretarse como “el conocimiento que se tiene de
los hechos tanto de sus causas como sus consecuencias
sin la posibilidad de alegar ignorancia posteriormente, excepto por razón de engaño.” BUENA FE GUARDADA:”Se
refiere a que en el hecho prevaleció una disposición de
hacer las cosas correctamente desde el principio, sin que
existiera nada oculto o malicioso
11
- Menos facultades: Un punto clave es que
la propuesta le quita la facultad investigativa contra los congresistas que hoy tiene
el Procurador, al indicar que dentro de
sus funciones sí puede vigilar la conducta
oficial de quienes desempeñen funciones
públicas, inclusive las de elección popular, pero exceptúa los congresistas y lo deja
en manos del Consejo de Estado. Esto se
traduce que casos como el de Piedad Córdoba o Eduardo Merlano no se volverían
a repetir, si es aprobada la iniciativa.
- Defensor del Pueblo: El único cambio sustancial en el Defensor del Pueblo
es que el proyecto de acto legislativo establece que este cargo no tendrá reelección tal y como ocurre en la actualidad.
3. Modificación de la justicia
Elección de magistrados de la Corte Suprema y Consejo de Estado: En la actualidad, la elección de los magistrados de estas dos altas cortes se hace internamente
en cada corporación de listas enviadas por
el Consejo Superior de la Judicatura. Sin
embargo, la iniciativa plantea que estas escogencias la hará cada una de ellas con la
exigencia que voten positivamente las tres
quintas partes y serán 10 candidatos que
saldrán de convocatorias públicas que hagan, por separado, la Corte y el Consejo.
- Equilibrio: Exige, además que debe
haber un balance de candidatos que
provienen
del
ejercicio
profesional, de la rama judicial y de la academia.
- Requisitos: Se amplían las exigencias
para acceder a magistrado de las Cortes
Constitucional, Suprema y Consejo de
Estado, ya que en la actualidad solo se requieren 10 años de experiencia, tiempo
que se dobla en la iniciativa que exige 20.
- Edad de retiro: Se determina además que
los magistrados solo podrán ejercer su labor
hasta que cumplan 70 años. En la actualidad
solamente se hablaba que salían cuando llegaran a la edad de retiro forzoso, hoy establecida en 65 años. Es decir, se aumentó el tope.
- Inhabilidades: La norma propone que los
magistrados de las altas cortes, así como
miembros del Sistema Nacional de Administración Judicial y del Consejo Nacional
Electoral, el Fiscal General, el Procurador,
el Defensor del Pueblo, el Contralor y el
Registrador Nacional no podrán ser elegidos a cargos de elección popular durante
el período de ejercicio de sus funciones,
ni dentro del año siguiente a su retiro.
Tema del que hoy no tiene prohibición.
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Fin a puerta giratoria: Así mismo prohíbe
que los magistrados de las altas cortes no
puedan ser elegidos en otra Corporación Judicial, ni en la Procuraduría, Contraloría o
Fiscalía dentro del año siguiente a su retiro.
Fin al Consejo Superior de la Judicatura:
En este caso la iniciativa propone crear el
Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, integrado por tres niveles
de administración: la sala de gobierno judicial, la junta ejecutiva y el director ejecutivo. Estos organismos se dedicarán a la
administración de justicia, la vigilancia y
control disciplinario de los jueces y abogados. Se crea además una especie de gerencia colegiada que llaman la Junta Ejecutiva de Administración Judicial, integrada
por delegados de las cortes Constitucional, Suprema de Justicia y Consejo de Estado. Esta figura consolidará el propósito
del Gobierno de acabar con la Judicatura.
Pueden observar el siguiente video para hacer algunos de los puntos,
un poco más claros: https://www.youtube.com/watch?v=Pjs8BBJJMKs#t=32
Ahora, las reformas están sujetas a las decisiones que ustedes, delegados del Senado de
la República discutan y decidan sobre ésta.
Preguntas orientadoras:
ü¿Según la alineación política de
su senador, qué opina sobre cada
uno de los puntos porpuestos en la
reforma al equilibrio de poderes?
ü¿Cómo se puede lograr un mejor
balance de las tres ramas del poder
público en Colombia?
ü¿Quién juzga los diferentes delitos
cometidos por los miembros del
gobiernom además quiénes juzgan
a los mismos jueces de las altas
cortes?
ü¿Cómo dar fin a los fenómenos
de corrupción en el gobierno
colombiano?
Links de Apoyo: http://www.elespectador.
com/tags/reforma-de-equilibrio-de-poderes
http://www.semana.com/nacion/articulo/
arranca-debate-de-la-reforma-al-equlibriode-poderes/403652-3
http://www.semana.com/nacion/articulo/reforma-la-justicia-para-dummies/422424-3
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Protocolo del Senado de la República
Sesión de trabajo
Para que se pueda dar una sesión de trabajo se es necesario que cada uno de los participantes
prepare un Proyecto de Ley o un Acto Legislativo que puedan resolver el tema a tratar en
la comisión según la perspectiva del Partido Político al que pertenecen o de acuerdo a la
ideología del Senador. Estos documentos tendrán que ser entregados a la Mesa dos semanas
antes del modelo y deberán ser llevados en medio digital el día del modelo. El orden en el
que sean radicados se dará el debate.
Debates
El debate es abierto por el Presidente de la sesión y se cierra con la votación de la proposición o proyecto en discusión. Durante el desarrollo del debate pueden darse las siguientes situaciones y figuras:
1. Intervención: la intervención de cualquiera de los asistentes debe contar con
el permiso del Presidente, que a su vez debe respetar el orden de los inscritos en
la Secretaría. Tienen prioridad para hablar los ponentes de los proyectos en discusión, los citantes del debate y los autores de iniciativas legislativas. El tiempo y la
frecuencia de las intervenciones serán definidas por el Presidente.
2. Interpelación: (Punto de información al orador) es una interrupción que un parlamentario solicita en medio de la intervención de otro cuando desee hacer una
pregunta o solicitar una aclaración. Un orador puede solicitar que sólo se le interpele al final de su intervención.
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3. Alusiones: (Derecho a réplica) cuando alguien aluda a la conducta de un congresista de manera que implique juicio de valor y posibles inexactitudes, el aludido
tienen derecho a solicitar la palabra por 5 minutos para contestar estrictamente a
las alusiones.
4. Réplica o rectificación: cuando un parlamentario considere que ha sido contradicho en sus argumentos tendrá derecho a replicar o rectificar por un tiempo máximo
de 5 minutos, tiempo sujeto a consideración del Presidente de la sesión. El Presidente podrá rechazar las solicitudes de réplica si considera que están entorpeciendo el debate. Este tipo de figuras deberán ser solicitados mediante la mensajería de
piso.
5. Moción de orden: (Punto de orden) podrán ser propuestas por cualquier parlamentario en cualquier momento llamando al orden de la sesión. Goza de prioridad
para ser atendida por la Mesa Directiva.
6. Moción de suficiente ilustración: con esta moción se propone cerrar el debate
cuando se considera que el tema ha sido suficientemente tratado. Aunque hubiere
oradores inscritos sin haber intervenido. Podrá ser propuesta por cualquier parlamentario. La Mesa Directiva decide su aceptación.
7. Suspensión: (Tiempo de lobby) un debate podrá ser suspendido para que los
Congresistas tengan tiempo para organizarse y redactar proyectos o proposiciones.
La suspensión del debate se somete sin discusión a inmediata votación.
8. Verificación del quórum: podrá ser solicitada en cualquier momento y goza de
prioridad para ser atendida por la Mesa Directiva. La falta de quórum obliga a levantar la sesión. Debe ser realizada por mensajería de piso.
9. Constancia: (Moción para añadir al registro) cualquier parlamentario podrá solicitar un espacio en la lista de oradores para dejar una constancia escrita que verse
sobre sus posiciones y que deberá incluirse en el acta. La constancia puede referirse a cualquier tema que el parlamentario considere que debe quedar plasmado en
el acta de la sesión.
10. Moción de censura: cualquier senador podrá solicitar una moción de censura
hacia algún ministro durante la plenaria. El procedimiento es el de una exposición
de motivos por parte de los senadores que la hicieron, y una réplica por parte del
ministro, para luego proceder con una votación nominal. Para que a un ministro se
le censure debe haber una mayoría absoluta.
Todas las decisiones de la Mesa Directiva con inapelables.
El autor de una moción o proposición podrá retirarla en cualquier momento, pero
antes de ser votada o considerada por la Mesa Directiva, según el caso. Está prohibido leer discursos escritos durante los debates, sin perjuicio de la utilización de
notas o apuntes que ayuden al orador a guiar su intervención.
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Proposiciones (Enmiendas)
Tipo de Proposición
Características
Proposición principal
Mediante ella se presentan los proyectos
de ley o actos legislativos.
Proposición sustitutiva
Tiende a reemplazar a la principal.
Aprobada ella, desaparece la principal.
Proposición modificativa
Aclara a la principal, cambia su redacción
sin cambiar su esencia, fusiona temas o
artículos para que sean discutidos como
uno solo o cambia el orden de la discusión.
Proposición aditiva
Adiciona uno o varios artículos al proyecto
presentado en la proposición principal.
Proposición especial
Puede presentarse oralmente, y no admite
discusión. Se incluyen la declaración de
sesión permanente o alteración del orden
del día
Proposición de informe oral o Lectura de
documentos
Se solicita la lectura de un documento determinado.
Proposición para votación nominal
Se solicita votar nominalmente
Proposición para votación secreta
Se solicita votar de manera secreta
Las proposiciones de modificación, adición o suspensión deben hacerse llegar a
la Secretaría por escrito y firmadas por el o los autores, sin necesidad de exponer motivos o razones. Una vez puesta la proposición a disposición de la Mesa Directiva, el o los autores procederán a hacer uso de la palabra para sustentarla.
No puede haber proposiciones que modifiquen, adicionen o supriman otras proposiciones
diferentes a la principal, es decir, al proyecto de ley o de acto legislativo.
Para discutir una proposición deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
1. No se admite la modificación de todo el proyecto en cuanto a su esencia, mas
son permitidos todos los cambios de forma necesarios.
2. Propuesta una modificación, ella deberá resolverse antes de considerarse una
nueva.
3. Mediante proposiciones puede establecerse si la votación se llevará a cabo
artículo por artículo, por bloques de artículos (a solicitud de los ponentes) o si el
proyecto será votado en su totalidad.
4. Para aprobar un proyecto debe primero aprobarse su articulado, luego su título
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y finalmente la cámara o comisión debe asentir en su deseo de que tal proyecto se
convierta en Ley de la República o Reforma de la Constitución.
Quórum
El quórum se refiere al número de congresistas que deben estar presentes para iniciar una
votación o una deliberación. Hay varios tipos de quórum según la ocasión:
1. Quórum deliberatorio: para deliberar y discutir sobre cualquier tema. Equivale
a la cuarta parte de los miembros de la cámara o comisión.
2. Quórum decisorio: para votar la aprobación de cualquier proyecto. Existen las
siguientes clases:
a. Ordinario: mayoría simple (la mitad más uno) de los miembros.
b. Calificado: mayoría
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calificada
(dos
terceras
partes
de
los
miembros).
Voto
El voto de los Congresistas tiene las siguientes características:
1. Es personal, intransferible e indelegable.
2. Para excusarse de votar debe contarse con la aceptación del Presidente. La excusa se presenta cuando existen conflictos de intereses o cuando el congresista no se hizo presente en
una votación.
3. Durante votación nadie puede ingresar o dejar el recinto.
4. El voto sólo puede ser afirmativo o negativo. No es válida la abstención.
5. Existen la votación ordinaria, la nominal y la secreta.
a. La ordinaria se manifiesta mediante un golpe en la Mesa Directiva. En caso de ser
verificada, los que estén a favor se pondrán de pies para ser contados, e igual los que
estén en contra.
Cualquiera puede dejar constancia de su voto en el acta.
b. La votación nominal puede ser solicitada por cualquier congresista, siempre que
sea permitida.
En ella la Secretaría llama a lista y cada congresista debe responder “Si” o “No”.
c. En la votación secreta cada congresista pasa a depositar su voto en una urna, previo llamado de la Secretaría. El Presidente debe nombrar una comisión escrutadora
antes de llevar a cabo la votación. Es obligatorio el voto secreto para proposiciones de
amnistía o indulto.
6. En caso de proponerse votación nominal y secreta para un tema simultáneamente, tienen
prioridad la votación secreta y debe considerarse primero.
7. Una votación sólo puede ser interrumpida por cuestiones de orden.
8. No existe la figura de explicación del voto. Para ello existen las constancias que todos los
congresistas pueden dejar.
9. Los autores de una iniciativa pueden pedir que ella sea votada en bloque. Si entre los mismos autores no hay consenso, la decisión queda a discreción de la Mesa Directiva. En caso
de hacerse así la votación, cada bloque debe ser aprobado y luego también debe votarse el
conjunto de la iniciativa con los bloques aprobados.
10. Cuando en cualquier iniciativa se presente un empate, debe volver a desarrollarse el proceso de votación. Si hubiere empate una segunda vez, el proyecto se entiende como negado
y se procede a archivarlo.
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Proyectos de ley (equivalente al portafolio)
Como bien deben saber, el congreso basa sus debates en los proyectos de ley que sus integrantes proponen al inicio de cada una delas sesiones. Para este comité, será un proyecto
de ley lo que ustedes deberán presentar escrito como su portafolio. A continuación les presentamos como deberán estar constituidos dichos proyectos: (Para cada uno de los temas,
deberán presentar un proyecto de ley diferente)
Deberá estar encabezado así:
(Nombre del senador correspondiente)
PROYECTO DE LEY (#) de 2014 SENADO
(El # del proyecto de ley, corresponde al # que tienen sus senadores en la lista del principio de la guía)
“Por medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y…” (encabezado, siempre
debe comenzar con “Por medio del cual….”y lo que sigue es lo que se pretende hacer con
el proyecto de ley)
Carta al senado de la República: (Deberán escribir una carta a los demás senadores de la
comisión, lo cual equivaldrá al discurso de apertura de la comisión y deben además exponer claramente cuál es el proyecto de ley que proponen para solucionar cada uno de los
temas de la comisión)
Posición del senador: (acá deben pasmar la posición que tienen sus respectivos senadores a
cerca de los temas con su debida sustentación)
Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
(Deben crear 3 artículos donde, se derogue o creen leyes, cualquiera previamente formulada en la
constitución en las resoluciones colombianas acerca de los temas y su respectiva solución)
Exposición de motivos (deberán exponer los motivos por los cuales han propuesto dichos artículos y hacer una contextualización de éstos mismos)
Web grafía: (es de vital importancia que referencien todas las fuentes de consulta, además de que
es totalmente necesario que citen los diferentes textos que harán parte de sus proyectos de ley)
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Acá les dejamos una página donde pueden encontrar algunos ejemplos de proyectos de ley,
donde deben ser bastante perspicaces para deducir como hacer sus artículos y la justificación de ellos; es importante aclarar que en dichos proyectos de ley no encontrarán carta
ni posición de los senadores.
http://www.senado.gov.co/az-legislativo/proyectos-de-ley
Webgrafía:
http://www.congresovisible.org/
http://www.senado.gov.co/
http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/co/06/jhpf.htm
http://www.banrepcultural.org/node/32856
http://www.semana.com/especiales/pilares-tierra/asi-es-la-colombia-rural.html
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-13894559
http://www.elcolombiano.com/campo_en_el_abandono-ICEC_250976
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-653624
http://es.wikipedia.org/wiki/Reforma_agraria
http://www.elpais.com.co/elpais/colombia/noticias/abece-para-entender-reforma-estado-propone-santos
http://www.elcolombiano.com/la_comision_de_acusacion_seria_reemplazada_por_tribunal_de_aforados-LFEC_312889
http://www.noticiasrcn.com/nacional-politica/reforma-al-estado-dio-primer-paso-entre-choque-poderes
http://www.significadode.org/verdad%20sabida%20y%20buena%20fe%20guardada.htm
http://190.26.211.102/proyectos/index.php/textos-radicados-2013-2014/402-proyecto-de-ley-132-de-2014
http://www.congresovisible.org/proyectos-de-ley/
http://www.diputadossantafe.gov.ar/diputados/doc/diputadosporundia/doc/MaterialEscuelas.pdf
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