ISGF-AISG ESTATUTOS Región Europea Cracovia-2.007 Agia Napa 2.010 Adoptados en la Conferencia Europea de 2007 en Cracovia, Polonia y en la Conferencia Europea de 2010 en Agia Napa, Chipre. 1.- AFILIACIÓN La Región Europea de ISGF/AISG se compone de las organizaciones nacionales asociadas, denominadas NSGF en inglés y ANSG en francés de los países europeos. Cualquier NSGF/ANSG de un país contiguo a la Región Europea, puede unirse a ella por decisión de la Conferencia de la Región Europea y con el acuerdo del Comité Mundial de ISGF. 2.- PROPOSITO El propósito de la Región Europea es apoyar y defender los principios de ISGF/AISG. 3.- OBJETIVOS Los objetivos de la Región Europea son: Dar apoyo a las Sub-regiones. Promover el desarrollo de ISGF/AISG en la región y apoyar el programa y las actividades de sus asociaciones miembro. Fomentar el intercambio de ideas, puntos de vista y experiencias en la Región. Impulsar los encuentros regionales y la programación de eventos en la región. Desarrollar las relaciones públicas y el patrocinio en Europa en coordinación con el Comité Mundial de ISGF. Incrementar los contactos y reforzar las alianzas con las Regiones Europeas de AMGS y OMMS (WAGGGS y WOSM). Administrar el Fondo de Ayuda Europea. Representar a las NSGF europeas en las organizaciones intergubernamentales europeas tales como (UE o el Consejo Europeo). Administrar el Fondo de Ayuda Europea. ISGF-AISG ESTATUTOS Región Europea Cracovia-2.007 Agia Napa 2.010 4.- IDIOMAS Los idiomas oficiales de la Región Europea son los establecidos en los Estatutos y Reglamentos de de ISGF/AISG. La Conferencia Europea puede decidir adoptar otros idiomas para que sean oficiales dentro de la región europea. 5.- SUB-REGIONES La Región Europea está sub-dividida en Sub-Regiones de acuerdo con el Comité Mundial de ISGF/AISG. 6.- COMITÉ DE LA REGIÓN EUROPEA El Comité de la Región Europea es el órgano ejecutivo. Está formado por un representante elegido por cada sub-región con derecho a voto. El Comité Mundial de ISGF/AISG puede nombrar a uno de sus miembros como representante en el Comité Regional Europeo pero sin derecho a voto. Cuando sea invitado, el Comité Regional Europeo puede nombrar un representante para asistir a las reuniones del Comité Mundial de ISGF/AISG, pero sin derecho a voto. El Comité Regional Europeo puede elegir cooperadores entre los miembros de su región, para fines específicos, por un tiempo limitado y sin derecho a voto. 7.- CARGOS RESPONSABLES El Comité Regional Europeo designará de entre sus miembros los cargos de: Presidente Vicepresidente Secretario Tesorero El Comité Mundial de ISGF/AISG estará informado de estos nombramientos. ISGF-AISG ESTATUTOS Región Europea Cracovia-2.007 Agia Napa 2.010 8.- DURACIÓN DEL MANDATO La duración de esta responsabilidad será de tres años, comenzando inmediatamente después de la Conferencia de la Región Europa y terminando al finalizar la siguiente Conferencia. Ningún responsable estará en la ejecutiva más de dos ciclos de tres años. 9.- REUNIONES Y VOTOS El Comité Regional Europeo se reunirá siempre que sea necesario para la Región y como mínimo deberá hacerlo una vez al año. De ser posible la celebración de las reuniones rotarán por los distintos países de las Sub-regiones. El Comité Regional Europa puede tener su propio reglamento interno. Cada miembro del Comité tiene derecho a un voto y el Presidente tiene derecho a ejercer el voto de calidad. 10.- CONFERENCIA DE LA REGION EUROPA La Conferencia de la Región Europa es el órgano de gobierno de la Región Europea. La Conferencia se convoca cada tres años. Tiene como propósito discutir los problemas actuales y tomar decisiones de acuerdo con el punto 3 de estos Estatutos. Cada NSGF/ANSG tiene derecho a enviar delegados con derecho a voto a la Conferencia. .Toda NSGF que no haya pagado su cotización anual, incluyendo el año anterior a la Conferencia, perderá su derecho al voto, hasta que el pago no se haya efectuado, salvo que el Comité Europeo condone el pago/permita su aplazamiento. Las organizaciones nacionales de adultos en trámites para hacerse miembros de ISGF/AISG podrán ser invitados y asistir a la Conferencia sin derecho a voto. La invitación, el orden del día provisional, la convocatoria, así como otros temas a incluir, deberán estar en manos de las NSGF/ANSG, por lo menos tres meses antes de la celebración de la Conferencia. La Conferencia de la Región Europa será preparada por una NSGF/ANSG en colaboración con el Comité Regional Europeo , según las directrices disponibles a tal fin en la Oficina Mundial de ISGF/AISG. El quórum de la Conferencia, será la mitad más uno de los miembros de la Región Europa. El Presidente de la Conferencia será nombrado según propuesta del Comité de la Región Europea. ISGF-AISG ESTATUTOS Región Europea Cracovia-2.007 Agia Napa 2.010 El tipo de votación será el acordado para las Conferencias Mundiales de ISGF, salvo acuerdo diferente en la Conferencia de la Región Europea y con una mayoría de dos tercios de los asistentes con derecho a voto. 11.- FINANZAS Cada NSGF/ANSG europea paga una cotización anual acordada en cada Conferencia de la Región Europa. a la Región, cantidad Las cuentas de cada Conferencia de la Región Europa, serán conservadas por el Comité Organizador, finalizadas/ultimadas en los 12 meses siguientes y presentadas al Comité Regional Europeo. El presupuesto para gastos de envío y otros gastos administrativos necesarios será aprobado por el Comité Regional Europeo y por las Subregiones afectadas. Cada miembro del Comité paga sus propios gastos de asistencia a las reuniones o su NSGF respectiva se hace cargo de ellos. El Comité Regional Europeo es responsable de mantener la contabilidad de la Región Europa. La contabilidad es auditada anualmente y presentada a todos los miembros del Comité y al Bureau Mundial. Las NSGF/ANSG reciben cada trienio las cuentas acumuladas, tres meses antes de celebrarse la Conferencia Regional Europea, siendo los gastos de envío a expensas del Comité Europeo. En caso de disolución de la Región Europa, todas las deudas serán pagadas y el dinero restante se transferirá al Fondo de Apoyo Europeo (Europe Support Fund) o a los fondos de ISGF/AISG. 12.- ENMIENDAS A LOS ESTATUTOS Las propuestas de enmienda a estos estatutos deberán ser recibidas por el Comité Europeo, antes de finales de octubre del año previo a la celebración de la Conferencia Europea. Toda enmienda debe ser acordada en una Conferencia Europea con la debida notificación de haber sido entregada anticipadamente. La aceptación de enmiendas será por una mayoría de dos tercios de los presentes con derecho a voto. Las enmiendas aceptadas por la Conferencia de la Región Europa, entrarán en vigor después de su aprobación por el Comité Mundial de ISGF/AISG.
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