RESISTENCIA, VISTO: CONSIDERANDO: EL GOBERNADOR DE

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PROVINCIA DEL CHACO
PODER EJECUTIVO
RESISTENCIA,
VISTO:
La actuaci6n simple N° E6-2015-31712/A Y el Decreto N° 2587/15; Y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto, se IIam6 a Concurso Abierto de
Antecedentes y Oposici6n para cubrir doscientos ochenta y ocho (288) cargos, en el
puesto de chofer de Servicios Sanitarios, para el traslado de personas y bienes en la
jurisdicci6n 6 - Ministerio de Salud Publica, de los establecimientos asistenciales de la
red publica provincial;
Que se solicit6 la modificaci6n del aludido Decreto en 10 que se
refiere a la edad maxima, a la obligatoriedad del requisito excluyente de la licencia de
conductor profesional al momenta de la inscripci6n al citado concurso y a la formaci6n
(nivel de instrucci6n); datos establecidos en el Punto IV) Requisitos, del Anexo II al
Decreto N° 2587/15;
Que corresponde la modificaci6n del Anexo II -Descripci6n de
Puestos de Trabajo y Requisitos para desempenarse en el puesto- de conductor de
vehfculos oficiales Punto IV) Requisitos; Edad: entre 21 anos y 50 anos y la
eliminaci6n del requisito excluyente de la licencia de conductor profesional al momenta
de la inscripci6n, estableciendose ademas, que corresponde la obligatoriedad de
presentaci6n del cicio de ensenanza primaria aprobada de acuerdo a 10 establecido en
el Decreto N° 2645/15;
Que a tal
efecto,
resulta
necesario el dictado del presente
instrumento legal;
Par ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Articulo 1°: Modiflcase a partir de la fecha de vigencia del Decreto N° 2587/15, el
Punto IV) de su Anexo II, estableciendo el requisito de edad de 21 a 50 arios; la
eliminaci6n del requisito excluyente de la licencia de conductor profesional al momenta
de la inscripci6n del Concurso de Antecedentes y Oposici6n para cubrir doscientos
ochenta y ocho (288) cargos en el puesto de Chofer de Servicios Sanitarios para el
traslado de personas y bienes en la Jurisdicci6n 6- Ministerio de Sa Iud Publica, de los
establecimientos asistenciales de la red publica provincial; y la obligatoriedad de
presentaci6n del cicio de ensenanza primaria aprobada de acuerdo a 10 establecido en
el Decreto N° 2645/15, de conformidad a 10 expuesto en los Considerandos.
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PROVINCIA DEL CHACO
PODER EJECUTIVO
Articulo 2°: Establecese que para la designaci6n por Decreto del Poder Ejecutivo, de
los agentes ganadores del Concurso nombrado en el Articulo precedente, debera
adjuntarse la licencia de conductor profesional.
Articulo 3°: Comun[quese, dese al Registro Provincial, publiquese en forma sintetizada
en el Boletfn Oficial y archlvese.
DECRETO
N°
073
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Cr. lorge Milton Copltonich
Gobernador
ProvincIa del CheLo