POLICIA LOCAL

Policía Local
Policía Local
Policía Local y Tráfico
Área
Policía Local
Servicio
Retén de la Policía Local
Edificio
Jefatura de la Policía Local
Espacio
Calle 9 d´Octubre nº 6
961853143 y 676976666
963386367
[email protected]
Mariano Villagrasa Collado (Inspector Jefe)
Juan Antonio García Delgado (Oficial)
Joaquín Martínez Madrona (Agente)
Manuel Lizán Nuñez (Agente)
Miguel Antonio Martí Cortes (Agente)
José Antonio Soriano Sáez (Agente)
Antonio Cicuendez Climent (Agente)
David Blasco Villanueva (Agente)
Francisco Ballester Sancho (Agente)
Nestor Dolz Herrera (Agente)
Javier Gordo Gracia (Agente)
Jose Vicente Mompó Montesinos (Agente)
Jose Ignacio Felipe García (Agente)
Marta Lobo Blanco (Agente)
Jaime Alpera Martinez(Agente)
Sergio Pina López (Agente)
24 horas los 365 días del año.
Dirección
Teléfono
Fax
E-mail
Nombre del Titular
Personal Adjunto
Horario de atención
al público
Policía Local
Misión
Servicios
que
se
prestan
Derechos
de los usuarios
en relación
con los servicios
En un Estado Democrático de Derecho la misión principal de la Policía Local es dar
al ciudadano la protección necesaria para que pueda ejercer libremente los
Derechos y Libertades, removiendo las trabas que impidan su libre ejercicio y
garantizando la Seguridad Ciudadana.
Como Policía de seguridad, respecto al delito el objetivo será prevenir, evitar y en
su caso perseguir el hecho delictivo.
Como policía asistencial o de servicios, respecto a la sociedad en general los
objetivos serán informar al ciudadano, la regulación del tráfico, la resolución de
conflictos privados, prestar auxilio en las situaciones de peligro y necesidad,
colaborar en el traslado de enfermos y heridos, prestar atención a los menores, etc.
?
Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, según lo establecido
en la normativa de seguridad vial y participar en la Educación Vial.
?
Participar en las funciones de Policía Judicial colaborando con los jueces y
fiscales en el descubrimiento del delito y en la detención de los delincuentes.
?
Vigilar el cumplimiento de las ordenanzas municipales y otras normas
administrativas y denunciar sus infracciones.
?
Vigilar los espacios públicos y prevenir la delincuencia y otras conductas
asociales.
?
Cooperar a la resolución de conflictos privados cuando seamos requeridos
para ello.
?
Prestar auxilio en los casos de accidentes, catástrofes y calamidades
públicas.
?
Confección de atestado por accidentes de tráfico en casco urbano.
?
Protección a menores y atención a las víctimas de violencia de género.
?
Oficina de objetos perdidos.
?
Control y sanción de ocupación en la vía pública.
?
Control y sanción de las obras ilegales.
?
Seguridad y regulación de actos públicos.
?
Informes sobre reservas de estacionamientos.
?
Informes judiciales sobre averiguación de lesiones.
?
Informes judiciales sobre averiguaciones de paraderos.
?
Citaciones judiciales y municipales.
?
Control de arrestos domiciliarios.
?
Servicios asistenciales a los ciudadanos.
?
Gestión de las quejas de los ciudadanos.
?
Oficina de denuncias.
?
Inspecciones de alarmas en comercios o análogos.
?
Informes sobre actividades ilegales.
?
Precintos y depósitos de vehículos intervenidos judicialmente o por seguridad
social.
?
Retirada de vehículos como residuo sólido.
?
Informes deficiencias vías al órgano correspondiente.
?
Vigilancia y regulación de mercados ambulantes.
?
Medio ambiente
v
A identificar a los funcionarios actuantes mediante su número profesional.
v
A ser tratados con respeto y deferencia por los funcionarios para facilitarles
el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
v
Cualquier otro que les reconozca la Constitución y legislación vigente.
Actuación inmediata ante requerimientos urgentes, cuando exista riesgo para las
personas o sus bienes, en un tiempo máximo de 10 minutos desde el
conocimiento de los hechos.
Compromisos
de
Calidad
Apoyo jurídico y psicosocial y protección a las víctimas del delito, a través del
trabajo en colaboración de la Policía Local y del Servicio de Asistencia a la
Víctima de violencia doméstica.
Impulso de la Participación Ciudadana, contando con la opinión del tejido social y
dando cuentas del trabajo realizado y de los resultados obtenidos.
Mantenimiento de un Sistema de Reclamaciones y Sugerencias Ciudadanas, con
contestación en un plazo máximo de 30 días, y de un procedimiento de
evaluación externa de la calidad de las actuaciones policiales.
Policía Local
INDICADOR
Trato al/con el ciudadano.
Nº de quejas y reclamaciones.
Nº de sugerencias.
Nº de peticiones atendidas.
Nº de peticiones no cumplimentadas.
Nº de agradecimientos por escrito.
Accesibilidad.
Nº de visitas a la WEB Policía.
Nº total de usuarios/beneficiarios.
Nº de usuarios atendidos
telefónicamente.
Nº de personas atendidas
personalmente en dependencias.
Eficacia y eficiencia.
Grado de ejecución de protocolos de
actuación aprobados en reuniones de
mandos.
Grado de ejecución de las órdenes e
instrucciones dadas desde Jefatura.
Cumplimiento de los Presupuestos
Anuales.
Creación de campañas y difusión de
información (Seguridad Vial,
Drogodependencia, Violencia de
Género, Menores, etc…).
Nº Colegios asociados.
Nº de Colectivos asociados.
Nº de asistentes y comparativa con
años anteriores.
Nº de programas y actividades
realizadas.
Formación y Reciclado.
Planes de Formación Continúa
Municipal solicitados en materia de
Policía. (según presupuesto).
Nº de cursos realizados.
Nº de ponencias y charlas realizadas.
Nº de participantes totales.
Acercamiento del usuario a la
Policía.
Nº participantes (menores) en las
actividades de la jornada de puertas
abiertas y comparativa con años
anteriores.
Implantación de Policía de Barrio y
medición de su influencia en los
campos (Trato para con el
ciudadano, accesibilidad y eficacia).
Comunicación.
Nº de informaciones colgadas en la
WEB.
Nº de acciones (colocación de
postres, cartas, SMS, emails, faxes,
etc…) para la difusión informativa.
Indicadores
de
Calidad
Policía Local
LEGISLACIÓN ESTATAL:
w
Art. 17.1 de la Constitución Española.
w
Ley Orgánica 2/86 de 13 de Marzo Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
( Y posteriores modificaciones).
w
Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. (B.O.E.
núm. 80 de 30/4/1985)
w
Ley 57/2003 de 16 de diciembre, de medidas para la
Modernización del Gobierno Local.
w
Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleo Público.
w
Ley de Enjuiciamiento Criminal.
w
Ley Orgánica 10/1995 de 21 de noviembre del Código Penal.
w
Ley Orgánica 6/85 de 01 de julio del Poder Judicial (y posteriores
modificaciones).
w
Real Decreto 769/1987 de 19 de junio que regula La Policía Judicial.
w
Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal.
Normativa
Reguladora
w
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales (B.O.E. núm. 305 de 22/12/1986).
w
Real Decreto 781/86 de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de
las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local.
w
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.
núm. 285 de 27/11/1992) y sus modificaciones posteriores.
w
Ley Orgánica 1/92 de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad
Ciudadana.
w
Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades
recreativas.
w
Real Decreto 2816/1982 de 27 de agosto. Ley de Espectáculos Públicos.
LEGISLACIÓN AUTONÓMICA (Comunidad Valenciana):
v
Ley 6/1999 de 19 de abril de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad
Valenciana.
v
Decreto 19/2003 de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se
regula la Norma Marco sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los
Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana.
LEGISLACIÓN LOCAL
v
Reglamento Orgánico de Policía Local de Tavernes Blanques.
v
Ordenanzas y demás disposiciones municipales.
Policía Local
NORMA JURÍDICA QUE REGULA QUEJAS Y SUGERENCIAS
v
Real Decreto 208/1996 de 9 de febrero, por el que se regulan los Servicios
de Información Administrativa y Atención al ciudadano y ciudadana
(artículos 15 al 24 del cap. III).
v
Decreto 85/1998, de 16 de junio, del Consell de la Generalitat
Valenciana, por el que se regula el sistema de atención de las quejas y
sugerencias en los servicios administrativos de la Generalitat Valenciana.
Quejas
y
Sugerencias
El Cuerpo de policía Local podrá:
Quejas: Asumir el contenido de las quejas en su toma de decisiones.
Sugerencias: Incorporar iniciativas ciudadanas en sus programaciones.
Los ciudadanos pueden colaborar en la mejora de la calidad de los servicios
policiales a las necesidades reales de los ciudadanos, manifestando su opinión y
proponiendo soluciones y nuevas alternativas:
?
De manera presencial en las dependencias Policiales.
?
Mediante comunicación telefónica, fax, correo postal o correo electrónico.
?
Las peticiones, reclamaciones y recursos podrán presentarse por escrito a
través del Registro de Entrada del Ayuntamiento de Tavernes Blanques, mediante
instancia general.
?
La Jefatura o en su caso representación del Cuerpo de Policía Local, podrá
mantendrá encuentros con los responsables de las asociaciones y otros agentes,
a petición propia y/o de los interesados.
Formas
de
colaboración
de
los
ciudadanos
En Tavernes Blanques la estadística de las quejas y las soluciones adoptadas a
las quejas recibidas, generarán una estadística histórica que se adjuntará y
semestralmente se expondrá en la página web del Ayuntamiento.
Publicación
de resultado
y medidas de
subsanación
Policía Local
Plano de situación
en el Pueblo
BARRAN
BARRANC DEL CARRA
IXET
SANT RAFAEL
SANT RAFAEL
SANT RAFAEL
SANT RAFAEL
SANT RAFAEL
SANT RAFAEL
8 DE MARÇ
JOAN XXIII
SANT RAFAEL
REIS CATOLICS
RIGOBERTA MENCHU
LLUIS VIVES
CASTELLÓ
SANT JO
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POLIGON LLADRÓ
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CENTRE
SOCIOCULTURAL
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9 D´OCTUBRE
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RAIX
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V. DESEMPARATS
CAR
DR. FLEMING
PINTOR SOROLLA
CAMPS
CARDENAL BENLLOCH
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OSEP