COMISION NACIONAL ELECTORAL (CNE). Elecciones 2015 VERSION REVISADA AL 08/01/2015. En el propósito de contribuir con la realización de un proceso electoral diáfano y transparente, la Comisión Nacional Electoral de la Asociación Dominicana de Profesores pone en las manos del magisterio el presente instructivo, como manifiesta disposición del compromiso que asumimos, para garantizar cada vez más, una organización magisterial que dignifica la participación democrática de cada uno de sus miembros. Tenemos absoluta confianza en las comisiones electorales municipales y zonales, dirigentes nacionales, municipales y zonales, así como en cada uno de l@s compañer@s, que conformarán las subcomisiones que constituiremos en el momento correspondiente, para que las elecciones del 14 de Octubre del 2015 se constituyan en ejemplo, no solo para el magisterio, sino para toda la comunidad nacional. INSTRUCTIVO ELECTORAL ELECCIONES 2015: 1. El acto de votación para la elección de los organismos en todos los niveles se desarrollará el miércoles 14 de Octubre del 2015, como lo establece el estatuto en el Capítulo XVII artículo17. A estos fines se habilitarán 155 centros electorales y sus respectivas subcomisiones. Se habilitará un centro de votación adicional, ubicado en la sede nacional de la ADP, para el sufragio de los pasados presidentes del sindicato y los miembros de la Comisión Nacional Electoral. La decisión sobre el lugar donde funcionará el Centro de votación se informará a todos los concernidos con 30 días de anticipación. Igualmente se comunicará formalmente a la Comisión Nacional Electoral para los fines que corresponda. 2. En el actual proceso electoral podrían participar 10 planchas nacionales, prenumeradas, las cuales dispondrían de un mismo número en los distintos niveles de elección, tal y como lo establece el artículo 20 en su párrafo II del Reglamento Electoral, que dice textualmente: “El numero será único para cada plancha y lo llevará en todos los lugares donde presente candidatura”. En ese sentido el párrafo l del precitado artículo establece: “Las planchas se identificarán, además, con el número correspondiente al lugar en que quedó en el último proceso electoral del sindicato y el mismo será comunicado a los/las auspiciadores/as de cada plancha”. En ese sentido, y a partir de las propuestas presentadas en las últimas elecciones de la ADP, estas planchas, siempre que cumplan con los requisitos del estatuto, serían las siguientes: 1 a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) Eugenio María de Hostos. Juan Pablo Duarte. Salome Ureña. José Francisco Pena Gómez. Emilio Prud Homme. Magisterial Institucional. Eladio Pena de la Rosa. Pedro Henríquez Ureña. Urania Montás. Octavio Ramírez Duval. Número uno (1). Número dos (2). Número tres (3). Número cuatro (4). Número cinco (5). Número seis (6). Número siete (7). Número cinco (8). Número nueve (9). Número diez (10). PARRAFO I: La Comisión Nacional Electoral es la única instancia con calidad para la asignación de números, en los casos en que se presenten propuestas de planchas nacionales, municipales o zonales, que no se correspondan con algunas de las propuestas supra indicadas. 3. Es atribución de la Comisión Nacional Electoral la conformación de las sub comisiones electorales, para lo cual escucharemos las opiniones de las Comisiones Electorales Municipales (CEM) y Zonales (CEZ). Las mismas estarán conformadas por tres miembros con las funciones de Presidente, Secretario y Vocal. Las planchas participantes estarán representadas por sus respectivos delegados en estas subcomisiones, y las mismas se crearán con la opinión y consenso de todos los actores participantes. 4. Para los lugares donde la Comisión Nacional Electoral autorice la creación de las subcomisiones; las comisiones electorales municipales y zonales correspondientes, actuarán como Comisión Central de Supervisión y recibirán las informaciones de las mismas, incluidos los resultados computados de sus respectivas mesas electorales. Las CEMZ, resumirán los resultados de las actas de votación de cada colegio, en el formato que le será suministrado por la CNE. Al acta de la CEMZ se anexarán las originales de las sub comisiones electorales. PARRAFO: Se instruye a las comisiones electorales municipales para que definan el local en el que realizarán todas sus actividades referidas al presente proceso, así como el calendario de reuniones. La Comisión Nacional Electoral fija como sede para todas sus actuaciones, el local nacional de la Asociación Dominicana de Profesores en el Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana. 2 5. Los miembros de las subcomisiones electorales serán seleccionados del padrón correspondiente a su mesa de votación. Con relación a la asignación del delegado de cada plancha participante, puede ser del municipio o la zona, a condición de que ejercerá el voto en el colegio donde aparece empadronado. 6. En cada colegio de votación habrá un delegado titular con su respectivo suplente, por cada plancha. En caso de que se produzcan alianzas electorales, el bloque que resulte de la misma solo tendrá derecho a un delegado con su respectivo suplente. En los casos en que una propuesta nacional no presente plancha en el nivel municipal o zonal, tiene derecho a hacerse representar por sus respectivos delegados titular y suplente, para la defensa del voto nacional. 7. La acreditación del delegado y suplente de cada corriente y/o plancha deberá ser realizada por el/la presidente/a de la corriente o su equivalente, o en su defecto, por todos los integrantes de la plancha, haciendo uso de su correspondiente sello y firmas. 8. Cuando en una seccional se produzca algún conflicto como resultado de la presentación de planchas y designación del delegado y suplente, la Comisión Nacional Electoral (CNE), una vez apoderada por la comisión electoral correspondiente o las partes en conflicto, decidirá conforme a la opinión del delegado de la corriente de que se trate, ante la Comisión Nacional Electoral (CNE). 9. Es de aplicación obligatoria, que en ningún caso en las comisiones municipales electorales, el Presidente y Secretario pertenecerán a una misma corriente o bloque. En aquellos casos en que haya sucedido, se procederá de inmediato a realizar la restructuración correspondiente, lo cual se hará en cualquier fase del proceso. 10. Las comisiones electorales de los municipios o zonas, con la participación de los dirigentes de la seccional, los dirigentes de las unidades de base sindical y pedagógica y los representantes de corrientes, serán los responsables de la depuración y actualización del padrón de su jurisdicción. Esto se hará con la dirección y supervisión de la Comisión Nacional Electoral. 11. Las Comisiones Electorales permitirán, que los representantes de planchas fotocopien el padrón y el instructivo, para lograr una mejor integración de los actores del proceso, así como equidad en las oportunidades, sin apoderamiento del mismo por parte de las comisiones electorales municipales y zonales. 3 12. La Comisión Nacional Electoral suministrará un Padrón general para el uso de las Comisiones Electorales Municipales o Zonales y Padroncillos para las Subcomisiones. Solo votarán los electores que aparezcan en el padrón. PLAZOS ELECTORALES: 13. El padrón Electoral de la ADP para las elecciones del miércoles 14 de Octubre del año 2015, se cierra el lunes 14 de Julio del año 2015 a las 9:00 a.m. Después de ese día y hora, todos los casos de inclusión que no se hayan resuelto, quedarán pendiente para un próximo proceso electoral. 14. Los acuerdos sobre pactos y alianzas serán recibidos hasta el martes 29 de Septiembre del año 2015 a las 6 p.m. (Artículo 5, capitulo XVII). Este se formaliza con una comunicación firmada por los delegados titulares de las corrientes signatarias del acuerdo, a la comisión electoral correspondiente, especificando cuáles son sus nuevos delegados (el titular y el suplente). 15. El plazo para la entrega de planchas vence diez (10) días antes de las votaciones, es decir, a las 9 de la mañana del 04 de Octubre del 2015. Al depósito de las mismas, se anexarán las fotocopias de la Cédulas de Identidad y Electoral (CIE) de cada uno de sus integrantes. 16. La Plancha final común de una alianza entre corrientes se depositará por lo menos con 72 horas de anticipación a la hora establecida para el inicio del sufragio; a la Comisión Nacional Electoral (para los pactos nacionales), y a las comisiones electorales municipales y zonales en que se haya informado la intención de unificación. El plazo para entregar la plancha final en la que se sustenta el acuerdo, vence a las 9 de la mañana del domingo 11 de Octubre del 2015. En caso de que no se cumpla este mandato estatutario, la alianza no existe y en consecuencia el listado de candidatos con el que participará será exactamente el mismo que se presentó inicialmente, ante la Comisión Nacional Electoral, Municipal o Zonal. 17. Las CEM remitirán ante la CNE la propuesta resultante, lo que se hará a más tardar a las 24 horas siguientes del depósito. L@s miembr@s de las comisiones electorales municipales y zonales procederán a informar de inmediato a l@s delegad@s de las demás planchas participantes. 4 18. Los candidatos firmarán las planchas y comunicaciones del mismo modo en que aparecen sus firmas en la CIE. En caso de que estas no concuerden, los documentos afectados por esta irregularidad, serán devueltos para que sean corregidos en los plazos reglamentarios. Una vez depositadas, solo podrán ser retiradas por escrito, por el delegado titular ante la Comisión Electoral del nivel correspondiente. 19. Para la exclusión o cambio de posición de cualesquiera de los integrantes de una plancha en el plano municipal, zonal o nacional, se requiere la correspondiente carta de renuncia a la candidatura a que había sido presentado/a. Con relación al nuevo candidato propuesto se presentará la carta de aceptación de este, así como copia de la CIE. PARRAFO: Toda sustitución o cambio de posición en una plancha a nivel nacional, zonal o municipal que no cumpla los requisitos del presente artículo, será rechazada por la comisión electoral correspondiente y devuelta al delegado titular de la misma. 20. La campaña electoral a todos los niveles inicia el 14 de Septiembre y termina oficialmente 24 horas antes del inicio de las votaciones tal y como lo establece el estatuto, es decir, a las 9 de la mañana del martes 13 de Octubre del 2015. A partir de este momento se abre oficialmente la inscripción de planchas a todos los organismos del sindicato. PARA EL DIA DE LAS VOTACIONES: 21. El respeto y la disciplina, son la mejor garantía para el desarrollo exitoso del proceso electoral del que somos protagonistas. En ese sentido hacemos un llamado a los titulares de las Comisiones Electorales Municipales y Zonales a asumir una postura moderada, y en consonancia con su función de responsables del proceso. De igual modo les llamamos a garantizar el orden y la armonía en los colegios electorales puestos bajo su responsabilidad. 22. El proceso inicia a las 9:00 a.m. y concluye a las 5:00 p.m. del miércoles 14 de Octubre del 2015. Si a la hora del cierre quedan votantes en fila en el Centro de Votación, el 1er vocal procederá a recoger los documentos de identidad, continuando el proceso de votación hasta que vote el/la último/a, cuyo documento haya sido recibido por el Secretario y el Presidente de manos del 1er. vocal o en su defecto del 2do. vocal. 5 23. El derecho al voto, tal y como manda el capítulo XVII numeral 2 de las disposiciones generales, se ejerce con uno de los documentos de identificación personal siguiente: Cédula de identidad y electoral. Licencia de conducir. Pasaporte. Carnet de la ADP. Carnet del SEMMA. NOTA: Preferiblemente recomendamos que el documento a utilizar por los/las votantes sea la Cédula de identidad y electoral. 24. QUIENES VOTAN: a. Los profesores activos que impartan docencia en un centro educativo de la seccional. b. Los/las directores/as y subdirectores/as de centros. c. Los/las secretarios/as docentes. d. Los/las coordinadores/as docentes de un centro. e. Los coordinadores/as de redes de centros. f. Psicólogos/as y orientadores/as de los centros educativos. g. Pensionados/as y jubilados/as que hayan adquirido tal condición a partir de una de las funciones antes indicadas dentro de la jurisdicción de la seccional, incluyendo la modalidad de técnico/a vocacional o politécnicos. h. Los docentes que hayan sido designados como bibliotecarios. 25. QUIENES NO VOTAN: a. Los/as funcionarios/as del Ministerio de Educación. b. Los técnicos/as nacionales, regionales y distritales de educación. c. Los/as pensionados/as y jubilados/as que hayan adquirido tal condición a partir de una de las funciones antes indicadas. d. Los/as miembros/as del personal del Ministerio de Educación que teniendo una designación como docentes, desempeñan funciones técnicas o administrativas fuera de las indicadas en el artículo 15 e. Los que teniendo una labor como técnicos o administrativos laboren como docentes. f. Los/as que ejercen una función como docentes y en otra como técnicos/as o administrativos/as. 6 g. Los/as que tengan una designación como docentes y no desempeñan funciones en un centro educativo de la seccional. 26. Los profesores que aparecen en el Padrón sin foto, votarán siempre que los datos del recuadro coincidan con los de su documento de identidad. 27. En el presente proceso electoral haremos uso de dos boletas, la boleta A para la elección del Comité Ejecutivo Nacional, el Consejo Nacional de Comisarios y el Tribunal Nacional Disciplinario, y la boleta B para la elección de los Comités Ejecutivos Municipales y sus correspondientes Tribunales Disciplinarios. 28. Para la instalación de los Centros de Votación se procede a colocar las letras A y B a las cajas correspondientes a cada nivel de elección, las cuales servirán de urnas para depositar el voto nacional y municipal respectivamente. PARRAFO: En aquellos casos en que faltare un miembro de la comisión electoral en cualquiera de sus niveles, le corresponde a la fuerza que lo propuso para que reasigne al sustituto, el cual ocupará la misma función. 29. Se procede a mostrar a los presentes el interior de las urnas, las que deben estar vacías, procediendo de inmediato a habilitarlas para el proceso, colocándolas a la vista de todos. 30. Se coloca una mesa o escritorio de forma que garantice la total privacidad de los concurrentes a la hora de marcar el voto y realizar el sufragio. 31. Iniciado formalmente el proceso, proceden a votar primero los miembros de la Comisión o Subcomisión Electoral presentando sus documentos de identidad y firmando al lado de su nombre en el padrón de electores, luego los delegados oficiales de las planchas y los candidatos presentes que voten en el Centro. Se continúa con los demás concurrentes, en orden de llegada, privilegiando a las personas con discapacidad, embarazadas y ancianos. En las seccionales en que existan Sub-comisiones Electorales, los miembros de la Comisión Electoral Municipal o Zonal (CEMZ), votarán en los centros de votación donde aparecen empadronados. 7 PARRAFO I: No se permitirá el sufragio a ningún elector fuera de la seccional o zona a que pertenezca, a excepción de los ex presidentes y ex secretarios generales del CEN y los miembros de la CNE, quienes votarán en el local nacional. PARRAFO II: En aquellos casos en que el/la votante padezca alguna incapacidad que le impida físicamente ejercer el derecho al voto, el/la decidirá quien le acompañará a la caseta de votación. 32. Se prohíbe el lanzamiento de consignas y la exhibición de propagandas alusivas a las planchas. Al que lo haga se le anula el voto. Esto no incluye los gafetes o distintivos de los delegados de planchas. De igual modo se prohíbe el porte de armas y la ingesta de alcohol durante el proceso. 33. Concluida la votación se procede a contar las firmas de los electores en el padrón, y se anota el número de estos. 34. Las Comisiones Electorales Municipales o Zonales harán la sumatoria de las alianzas aprobadas en el nivel Municipal, llenando un acta B en la que resumen la votación de ese nivel. 35. Concluido el proceso de votación se procede a empacar los votos electrónicos depositados en las urnas y en función del nivel correspondiente. Las mismas serán resguardadas por la comisión electoral correspondiente y entregadas junto a los resultados consignados en las actas correspondientes a la Comisión Nacional Electoral en un plazo no mayor de 24 horas después de concluido el proceso de votación, como establece el estatuto. 36. Contados los votos de la urna correspondiente se separan por número de plancha, procediendo a anotar los resultados obtenidos. PARRAFO I: Las actas originales una vez llenadas, deben ser plastificadas sobre los resultados de las votaciones, antes de ser firmadas y selladas. Estas serán firmadas por los miembros de la Comisión Electoral y los delegados de planchas que lo deseen. Acto seguido serán remitidas a la CNE a la luz del artículo 25 del capítulo XVI del Estatuto. 37. Para la asignación de cargos se aplica la regla de la proporcionalidad de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento Electoral 8 USO Y PORTE DE CELULARES, FOTOGRAFICAS Y DE VIDEOS: CARTERAS, CAMARAS 38. Queda terminantemente prohibido el uso de celulares, carteras, cámaras fotográficas y de videos al momento de realizar el acto de votación. Quien viole este artículo, se le sancionará con la cancelación del derecho al voto. 39. VOTOS OBSERVADOS: Se observará el voto a los miembros del personal del Ministerio de Educación, activos, pensionados o jubilados, que aparezcan en el padrón de electores, sobre los cuales se formule una objeción razonable sobre su derecho al voto, fundamentada en una de las causas previstas en el artículo 24 del presente instructivo. Para estos fines se incluirán 10 boletas de votación con las candidaturas nacionales. Las seccionales harán lo propio con las candidaturas locales. 40. Todo elector al que se le autorice votar observado y se negare a hacerlo de esta forma, NO VOTA. Los votos observados serán remitidos a la Comisión Nacional Electoral, con la copia del documento de identidad utilizado para votar. OTRAS DISPOSICIONES ESTATUTARIAS A OBSERVAR: 41. La Comisión Nacional Electoral velará por el estricto cumplimiento del párrafo único del artículo 23 de nuestros estatutos (página 24), que copiado textualmente dice lo siguiente: Es requisito para optar por cargos nacionales haber sido dirigente municipal o zonal y, para cargos municipales haber sido dirigente de un Comité de dirección de una Unidad de Base Sindical y Pedagógica. 42. La Comisión Nacional Electoral es garante de la aplicación del artículo 6 del estatuto (página 85), que dice lo siguiente: En la elección de los organismos de dirección de la ADP se prohíbe la participación de toda plancha auspiciada públicamente por un partido político. 9 VOTO ELECTRONICO En razón de que los organismos competentes de la asociación dominicana de profesores (ADP) aprobaron a unanimidad la implementación del voto electrónico y de los acuerdos arribados con la Junta Central Electoral (JCE), esta Comisión Nacional Electoral procede a introducir las modificaciones pertinentes al borrador del “Instructivo Electoral Elecciones 2015”. 43. Los técnicos de la ADP y la JCE, bajo la dirección de sus respectivos estamentos superiores, serán los responsables del diseño e instalación del software a utilizar en las elecciones del 14 de Octubre del 2015. 44. Con anterioridad al día del sufragio se llevaran a cabo campañas publicitarias y jornadas de educación y entrenamiento a todo el magisterio adepeista. 45. Los miembros de las comisiones y sub-comisiones electorales, así como l@s president@s de las seccionales recibirán entrenamiento sobre la instalación y manejo de los equipos a utilizarse el día de las elecciones. 46. Los equipos y materiales a utilizar estarán empacados y protegidos por precintos de seguridad codificados. 47. En cada mesa de votación se utilizaran dos máquinas en las cuales estarán cargados el padrón de electores correspondientes a la misma, así como las fotos de los candidatos a presidir el Comité Ejecutivo Nacional y la seccional correspondientes por cada plancha o corriente participante, además de los programas que administraran el proceso. 48. Para poner en funcionamiento el equipo una vez instalado, el día del sufragio, se utilizaran dos claves: una correspondiente al presidente y otra al secretario de la comisión o sub-comisión electoral actuante en cada mesa de votación. 49. Junto a los equipos y materiales empacados se enviaran sendas copias de las claves del presidente y secretario en sobres cerrados, para cubrir cualquier eventualidad. 50. Si por alguna razón no prevista se produjera la ausencia del presidente o secretario de una comisión o sub-comisión electoral el día del sufragio, este será sustituido por otro representante de la corriente que lo propuso; pero para accionar el equipo se asignara a un miembro de la comisión o subcomisión, preferiblemente perteneciente a la misma corriente del ausente o a otra corriente aliada a esta o en su defecto a una que compita con la del que esté presente. 10 51. Durante el periodo previo al día de las elecciones inmediatamente, después del cierre del padrón, se producirán simulacros de votación, transmisión de resultados, prueba de los equipos y conectividad con la red a utilizar como si se tratara del día de las elecciones. 52. PARA EL DÍA DEL SUFRAGIO Se darán los siguientes pasos: Paso 1) Por lo menos tres días antes la CNE empezara a distribuir los bultos contentivos de las máquinas y los materiales (cinta adhesiva, lapiceros, padrón fotográfico, sello, claves de acceso en duplicado, 10 boletas impresas del nivel nacional, formato de acta, etc.) correspondientes a cada mesa de votación. Estos materiales y equipos serán entregados al presidente y secretario de cada Comisión Electoral. Paso 2) El 14 de Octubre, antes de las 8:00 de la mañana, los equipos deberán estar debidamente instalados por la comisión o sub-comisión correspondiente. Paso 3) A las 9:00 a.m., hora de inicio del proceso, el presidente y secretario proceden a introducir sus respectivas claves y a dejar iniciado el proceso. Paso 4) Proceder a emitir el boletín cero, con el cual se verificara que no hay datos computados en las máquinas. Paso 5) Se procede a votar cédula en mano, en el orden siguiente: a) Los miembros de la comisión o sub-comisión actuante. b) Los delegados de planchas presentes que voten en la mesa. c) Los electores, en orden de llegada. Nota: Se dará preferencia a discapacitados, embarazadas y ancianos. Paso 6) Cada elector, una vez haya sufragado, procederá a firmar el padrón de concurrentes en el espacio reservado para este fin en el recuadro con su foto. Paso 7) Una vez haya sufragado el ultimo elector que este en la fila a la hora del cierre, se procede a accionar el comando correspondiente en la máquina para dejar cerrado el proceso. Paso 8) De inmediato se imprime el boletín de resultados tantas veces como sea necesario a fin de que todos los delegados de planchas reciban copia del boletín con los resultados de la mesa. 11 Observación: En este momento podría realizarse la auditoria de los resultados, procediendo al conteo manual por plancha y nivel, de las boletas emitidas por las máquinas, depositadas en la urna. Paso 9) Se procede a imprimir el acta. Paso 10) Se plastifica el acta sobre los resultados de la votación, antes de firmar. Paso 11) Firman el acta todos los miembros de la comisión o sub-comisión electoral actuante. Paso 12) Firman el acta los delegados de planchas que así lo deseen. Paso 13) Se recopilan todos los materiales utilizados en el proceso, se empacan con cuidado, bien protegidos para hacerlos llegar a la Comisión Nacional Electoral dentro de las 24 horas posteriores. Paso 14) Se procede a realizar el procedimiento de transmisión de los resultados al servidor instalado en nuestro centro de cómputos. 53. ¿COMO SE VOTA? Paso 1.- El/la elect@r se presenta a la mesa donde le toca votar con su Cédula de Identidad y Electoral al día y se coloca en fila. Paso 2.- Cuando le toque el turno de votar, el/la elect@r entregará su CIE a los miembros de la comisión o sub-comisión Electoral actuante. Paso 3.- El/la president@ o secretari@ de la comisión o sub-comisión digitará el número de CIE en el equipo dispuesto para estos fines, acto seguido aparecerá en pantalla la foto correspondiente a la CIE digitada. Paso 4.- Se procede a verificar que la foto en pantalla corresponde a el/la elect@r que está en turno para sufragar. Paso 5.- Confirmada la identidad de/la elect@r se le indica que pase a la máquina dispuesta para el ejercicio del sufragio, la cual presenta en pantalla la boleta correspondiente a las candidaturas nacionales. Paso 6.- El/la elect@r tocara la pantalla en el recuadro correspondiente a la candidatura nacional de su preferencia. Paso 7.- La máquina cuestionará al sufragante sobre si está segur@ de que esa es la opción que desea escoger. Le presenta dos opciones Si o No Paso 8.- Si acciona el comando No volverá a aparecer en pantalla la boleta del nivel nacional en la cual procederá a realizar la elección de su preferencia. 12 Paso 9.- Si la selección realizada es la deseada, entonces pulsará el comando Si y aparecerá en pantalla la boleta con las candidaturas presidenciales correspondientes a la seccional. Paso 10.- El/la elect@r tocará la pantalla en el recuadro de la candidatura de su preferencia, repitiéndose para este nivel la situación descrita en los pasos 7 y 8. Paso 11.- Al elect@r marcar el comando Si la máquina imprimirá una boleta con las selecciones realizadas por el/la elect@r. Paso 12.- El/la elect@r desprenderá dicha boleta, tipo baucher y doblándola la depositará en la urna dispuesta para tales fines. Paso 13.- El/la elect@r regresa a la mesa a firmar el listado de concurrentes en el padrón fotográfico dispuesto para tales fines, recibe su CIE y así concluye su participación, dando paso al siguiente elector. 54. Para cubrir la eventualidad del fallo de alguna de las máquinas, en cada provincia se dispondrá de equipos para sustituir los que eventualmente pudieran fallar. Los mismos estarán en poder de técnicos de la Junta Central Electoral. 55. Mediante un protocolo especial, a los equipos que hayan fallado se les retirará la memoria, en la cual está registrado todo lo acontecido hasta el momento del fallo y dicha memoria le será colocada a los equipos sustitutos, prosiguiendo el proceso a partir del punto en que estaba antes de presentarse la dificultad. 56. Entre los materiales, recibidos habrá un formulario especial para el registro de las eventualidades no previstas. 57. La transmisión de resultados se realizará vía internet por canales seguros previamente contratados con las compañías telefónicas establecidas en el país, de acuerdo con su cobertura. 58. Todos los materiales y equipos utilizados durante el proceso, deberán ser debidamente protegidos y retornados al poder de la CNE dentro de las 24 horas posteriores al cierre del proceso electoral. 13 En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los veintisiete (27) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2014). Por la Comisión Nacional Electoral Profesor Gilberto Almonte Presidente. Profesor Manuel Antonio Mateo. Vicepresidente Profesor José Paulino 1er. Vocal. Profesor Juan Martínez Secretario Profesor Máximo de la Cruz 2da. Vocal. 14
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