Instructivo Electoral Elecciones ADP 2015

COMISION NACIONAL ELECTORAL (CNE).
Elecciones 2015
VERSION REVISADA AL 08/01/2015.
En el propósito de contribuir con la realización de un proceso electoral diáfano y
transparente, la Comisión Nacional Electoral de la Asociación Dominicana de
Profesores pone en las manos del magisterio el presente instructivo, como
manifiesta disposición del compromiso que asumimos, para garantizar cada vez
más, una organización magisterial que dignifica la participación democrática de
cada uno de sus miembros. Tenemos absoluta confianza en las comisiones
electorales municipales y zonales, dirigentes nacionales, municipales y zonales,
así como en cada uno de l@s compañer@s, que conformarán las subcomisiones
que constituiremos en el momento correspondiente, para que las elecciones del 14
de Octubre del 2015 se constituyan en ejemplo, no solo para el magisterio, sino
para toda la comunidad nacional.
INSTRUCTIVO ELECTORAL ELECCIONES 2015:
1. El acto de votación para la elección de los organismos en todos los niveles se
desarrollará el miércoles 14 de Octubre del 2015, como lo establece el estatuto
en el Capítulo XVII artículo17. A estos fines se habilitarán 155 centros
electorales y sus respectivas subcomisiones. Se habilitará un centro de
votación adicional, ubicado en la sede nacional de la ADP, para el sufragio de
los pasados presidentes del sindicato y los miembros de la Comisión Nacional
Electoral. La decisión sobre el lugar donde funcionará el Centro de votación
se informará a todos los concernidos con 30 días de anticipación. Igualmente
se comunicará formalmente a la Comisión Nacional Electoral para los fines
que corresponda.
2. En el actual proceso electoral podrían participar 10 planchas nacionales, prenumeradas, las cuales dispondrían de un mismo número en los distintos
niveles de elección, tal y como lo establece el artículo 20 en su párrafo II del
Reglamento Electoral, que dice textualmente: “El numero será único para
cada plancha y lo llevará en todos los lugares donde presente candidatura”.
En ese sentido el párrafo l del precitado artículo establece: “Las planchas se
identificarán, además, con el número correspondiente al lugar en que quedó
en el último proceso electoral del sindicato y el mismo será comunicado a
los/las auspiciadores/as de cada plancha”. En ese sentido, y a partir de las
propuestas presentadas en las últimas elecciones de la ADP, estas planchas,
siempre que cumplan con los requisitos del estatuto, serían las siguientes:
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a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
Eugenio María de Hostos.
Juan Pablo Duarte.
Salome Ureña.
José Francisco Pena Gómez.
Emilio Prud Homme.
Magisterial Institucional.
Eladio Pena de la Rosa.
Pedro Henríquez Ureña.
Urania Montás.
Octavio Ramírez Duval.
Número uno (1).
Número dos (2).
Número tres (3).
Número cuatro (4).
Número cinco (5).
Número seis (6).
Número siete (7).
Número cinco (8).
Número nueve (9).
Número diez (10).
PARRAFO I: La Comisión Nacional Electoral es la única instancia con calidad
para la asignación de números, en los casos en que se presenten propuestas de
planchas nacionales, municipales o zonales, que no se correspondan con algunas
de las propuestas supra indicadas.
3. Es atribución de la Comisión Nacional Electoral la conformación de las sub
comisiones electorales, para lo cual escucharemos las opiniones de las
Comisiones Electorales Municipales (CEM) y Zonales (CEZ). Las mismas
estarán conformadas por tres miembros con las funciones de Presidente,
Secretario y Vocal. Las planchas participantes estarán representadas por sus
respectivos delegados en estas subcomisiones, y las mismas se crearán con la
opinión y consenso de todos los actores participantes.
4. Para los lugares donde la Comisión Nacional Electoral autorice la creación de
las subcomisiones; las comisiones electorales municipales y zonales
correspondientes, actuarán como Comisión Central de Supervisión y recibirán
las informaciones de las mismas, incluidos los resultados computados de sus
respectivas mesas electorales. Las CEMZ, resumirán los resultados de las
actas de votación de cada colegio, en el formato que le será suministrado por
la CNE. Al acta de la CEMZ se anexarán las originales de las sub comisiones
electorales.
PARRAFO: Se instruye a las comisiones electorales municipales para que
definan el local en el que realizarán todas sus actividades referidas al presente
proceso, así como el calendario de reuniones. La Comisión Nacional Electoral fija
como sede para todas sus actuaciones, el local nacional de la Asociación
Dominicana de Profesores en el Distrito Nacional, capital de la Republica
Dominicana.
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5. Los miembros de las subcomisiones electorales serán seleccionados del
padrón correspondiente a su mesa de votación. Con relación a la asignación
del delegado de cada plancha participante, puede ser del municipio o la zona, a
condición de que ejercerá el voto en el colegio donde aparece empadronado.
6. En cada colegio de votación habrá un delegado titular con su respectivo
suplente, por cada plancha. En caso de que se produzcan alianzas electorales,
el bloque que resulte de la misma solo tendrá derecho a un delegado con su
respectivo suplente. En los casos en que una propuesta nacional no presente
plancha en el nivel municipal o zonal, tiene derecho a hacerse representar por
sus respectivos delegados titular y suplente, para la defensa del voto nacional.
7. La acreditación del delegado y suplente de cada corriente y/o plancha deberá
ser realizada por el/la presidente/a de la corriente o su equivalente, o en su
defecto, por todos los integrantes de la plancha, haciendo uso de su
correspondiente sello y firmas.
8. Cuando en una seccional se produzca algún conflicto como resultado de la
presentación de planchas y designación del delegado y suplente, la Comisión
Nacional Electoral (CNE), una vez apoderada por la comisión electoral
correspondiente o las partes en conflicto, decidirá conforme a la opinión del
delegado de la corriente de que se trate, ante la Comisión Nacional Electoral
(CNE).
9. Es de aplicación obligatoria, que en ningún caso en las comisiones
municipales electorales, el Presidente y Secretario pertenecerán a una misma
corriente o bloque. En aquellos casos en que haya sucedido, se procederá de
inmediato a realizar la restructuración correspondiente, lo cual se hará en
cualquier fase del proceso.
10. Las comisiones electorales de los municipios o zonas, con la participación de
los dirigentes de la seccional, los dirigentes de las unidades de base sindical
y pedagógica y los representantes de corrientes, serán los responsables de la
depuración y actualización del padrón de su jurisdicción. Esto se hará con
la dirección y supervisión de la Comisión Nacional Electoral.
11. Las Comisiones Electorales permitirán, que los representantes de planchas
fotocopien el padrón y el instructivo, para lograr una mejor integración de los
actores del proceso, así como equidad en las oportunidades, sin apoderamiento
del mismo por parte de las comisiones electorales municipales y zonales.
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12. La Comisión Nacional Electoral suministrará un Padrón general para el uso de
las Comisiones Electorales Municipales o Zonales y Padroncillos para las
Subcomisiones. Solo votarán los electores que aparezcan en el padrón.
PLAZOS ELECTORALES:
13. El padrón Electoral de la ADP para las elecciones del miércoles 14 de Octubre
del año 2015, se cierra el lunes 14 de Julio del año 2015 a las 9:00 a.m.
Después de ese día y hora, todos los casos de inclusión que no se hayan
resuelto, quedarán pendiente para un próximo proceso electoral.
14. Los acuerdos sobre pactos y alianzas serán recibidos hasta el martes 29 de
Septiembre del año 2015 a las 6 p.m. (Artículo 5, capitulo XVII). Este se
formaliza con una comunicación firmada por los delegados titulares de las
corrientes signatarias del acuerdo, a la comisión electoral correspondiente,
especificando cuáles son sus nuevos delegados (el titular y el suplente).
15. El plazo para la entrega de planchas vence diez (10) días antes de las
votaciones, es decir, a las 9 de la mañana del 04 de Octubre del 2015. Al
depósito de las mismas, se anexarán las fotocopias de la Cédulas de Identidad
y Electoral (CIE) de cada uno de sus integrantes.
16. La Plancha final común de una alianza entre corrientes se depositará por lo
menos con 72 horas de anticipación a la hora establecida para el inicio del
sufragio; a la Comisión Nacional Electoral (para los pactos nacionales), y a las
comisiones electorales municipales y zonales en que se haya informado la
intención de unificación. El plazo para entregar la plancha final en la que se
sustenta el acuerdo, vence a las 9 de la mañana del domingo 11 de Octubre del
2015. En caso de que no se cumpla este mandato estatutario, la alianza no
existe y en consecuencia el listado de candidatos con el que participará será
exactamente el mismo que se presentó inicialmente, ante la Comisión
Nacional Electoral, Municipal o Zonal.
17. Las CEM remitirán ante la CNE la propuesta resultante, lo que se hará a más
tardar a las 24 horas siguientes del depósito. L@s miembr@s de las
comisiones electorales municipales y zonales procederán a informar de
inmediato a l@s delegad@s de las demás planchas participantes.
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18. Los candidatos firmarán las planchas y comunicaciones del mismo modo en
que aparecen sus firmas en la CIE. En caso de que estas no concuerden, los
documentos afectados por esta irregularidad, serán devueltos para que sean
corregidos en los plazos reglamentarios. Una vez depositadas, solo podrán ser
retiradas por escrito, por el delegado titular ante la Comisión Electoral del
nivel correspondiente.
19. Para la exclusión o cambio de posición de cualesquiera de los integrantes de
una plancha en el plano municipal, zonal o nacional, se requiere la
correspondiente carta de renuncia a la candidatura a que había sido
presentado/a. Con relación al nuevo candidato propuesto se presentará la carta
de aceptación de este, así como copia de la CIE.
PARRAFO: Toda sustitución o cambio de posición en una plancha a nivel
nacional, zonal o municipal que no cumpla los requisitos del presente artículo,
será rechazada por la comisión electoral correspondiente y devuelta al delegado
titular de la misma.
20. La campaña electoral a todos los niveles inicia el 14 de Septiembre y termina
oficialmente 24 horas antes del inicio de las votaciones tal y como lo establece
el estatuto, es decir, a las 9 de la mañana del martes 13 de Octubre del 2015. A
partir de este momento se abre oficialmente la inscripción de planchas a todos
los organismos del sindicato.
PARA EL DIA DE LAS VOTACIONES:
21. El respeto y la disciplina, son la mejor garantía para el desarrollo exitoso del
proceso electoral del que somos protagonistas. En ese sentido hacemos un
llamado a los titulares de las Comisiones Electorales Municipales y Zonales
a asumir una postura moderada, y en consonancia con su función de
responsables del proceso. De igual modo les llamamos a garantizar el orden
y la armonía en los colegios electorales puestos bajo su responsabilidad.
22. El proceso inicia a las 9:00 a.m. y concluye a las 5:00 p.m. del miércoles 14 de
Octubre del 2015. Si a la hora del cierre quedan votantes en fila en el Centro
de Votación, el 1er vocal procederá a recoger los documentos de identidad,
continuando el proceso de votación hasta que vote el/la último/a, cuyo
documento haya sido recibido por el Secretario y el Presidente de manos del
1er. vocal o en su defecto del 2do. vocal.
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23. El derecho al voto, tal y como manda el capítulo XVII numeral 2 de las
disposiciones generales, se ejerce con uno de los documentos de identificación
personal siguiente:
Cédula de identidad y electoral.
Licencia de conducir.
Pasaporte.
Carnet de la ADP.
Carnet del SEMMA.
NOTA: Preferiblemente recomendamos que el documento a utilizar por los/las
votantes sea la Cédula de identidad y electoral.
24. QUIENES VOTAN:
a. Los profesores activos que impartan docencia en un centro educativo de
la seccional.
b. Los/las directores/as y subdirectores/as de centros.
c. Los/las secretarios/as docentes.
d. Los/las coordinadores/as docentes de un centro.
e. Los coordinadores/as de redes de centros.
f. Psicólogos/as y orientadores/as de los centros educativos.
g. Pensionados/as y jubilados/as que hayan adquirido tal condición a partir
de una de las funciones antes indicadas dentro de la jurisdicción de la
seccional, incluyendo la modalidad de técnico/a vocacional o
politécnicos.
h. Los docentes que hayan sido designados como bibliotecarios.
25. QUIENES NO VOTAN:
a. Los/as funcionarios/as del Ministerio de Educación.
b. Los técnicos/as nacionales, regionales y distritales de educación.
c. Los/as pensionados/as y jubilados/as que hayan adquirido tal condición a
partir de una de las funciones antes indicadas.
d. Los/as miembros/as del personal del Ministerio de Educación que teniendo
una designación como docentes, desempeñan funciones técnicas o
administrativas fuera de las indicadas en el artículo 15
e. Los que teniendo una labor como técnicos o administrativos laboren como
docentes.
f. Los/as que ejercen una función como docentes y en otra como técnicos/as o
administrativos/as.
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g. Los/as que tengan una designación como docentes y no desempeñan
funciones en un centro educativo de la seccional.
26. Los profesores que aparecen en el Padrón sin foto, votarán siempre que los
datos del recuadro coincidan con los de su documento de identidad.
27. En el presente proceso electoral haremos uso de dos boletas, la boleta A para
la elección del Comité Ejecutivo Nacional, el Consejo Nacional de Comisarios
y el Tribunal Nacional Disciplinario, y la boleta B para la elección de los
Comités Ejecutivos Municipales y sus correspondientes Tribunales
Disciplinarios.
28. Para la instalación de los Centros de Votación se procede a colocar las letras A
y B a las cajas correspondientes a cada nivel de elección, las cuales servirán de
urnas para depositar el voto nacional y municipal respectivamente.
PARRAFO: En aquellos casos en que faltare un miembro de la comisión
electoral en cualquiera de sus niveles, le corresponde a la fuerza que lo
propuso para que reasigne al sustituto, el cual ocupará la misma función.
29. Se procede a mostrar a los presentes el interior de las urnas, las que deben
estar vacías, procediendo de inmediato a habilitarlas para el proceso,
colocándolas a la vista de todos.
30. Se coloca una mesa o escritorio de forma que garantice la total privacidad de
los concurrentes a la hora de marcar el voto y realizar el sufragio.
31. Iniciado formalmente el proceso, proceden a votar primero los miembros de la
Comisión o Subcomisión Electoral presentando sus documentos de identidad
y firmando al lado de su nombre en el padrón de electores, luego los delegados
oficiales de las planchas y los candidatos presentes que voten en el Centro. Se
continúa con los demás concurrentes, en orden de llegada, privilegiando a las
personas con discapacidad, embarazadas y ancianos. En las seccionales en
que existan Sub-comisiones Electorales, los miembros de la Comisión
Electoral Municipal o Zonal (CEMZ), votarán en los centros de votación
donde aparecen empadronados.
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PARRAFO I: No se permitirá el sufragio a ningún elector fuera de la seccional o
zona a que pertenezca, a excepción de los ex presidentes y ex secretarios
generales del CEN y los miembros de la CNE, quienes votarán en el local
nacional.
PARRAFO II: En aquellos casos en que el/la votante padezca alguna incapacidad
que le impida físicamente ejercer el derecho al voto, el/la decidirá quien le
acompañará a la caseta de votación.
32. Se prohíbe el lanzamiento de consignas y la exhibición de propagandas
alusivas a las planchas. Al que lo haga se le anula el voto. Esto no incluye los
gafetes o distintivos de los delegados de planchas. De igual modo se prohíbe
el porte de armas y la ingesta de alcohol durante el proceso.
33. Concluida la votación se procede a contar las firmas de los electores en el
padrón, y se anota el número de estos.
34. Las Comisiones Electorales Municipales o Zonales harán la sumatoria de las
alianzas aprobadas en el nivel Municipal, llenando un acta B en la que
resumen la votación de ese nivel.
35. Concluido el proceso de votación se procede a empacar los votos electrónicos
depositados en las urnas y en función del nivel correspondiente. Las mismas
serán resguardadas por la comisión electoral correspondiente y entregadas
junto a los resultados consignados en las actas correspondientes a la Comisión
Nacional Electoral en un plazo no mayor de 24 horas después de concluido el
proceso de votación, como establece el estatuto.
36. Contados los votos de la urna correspondiente se separan por número de
plancha, procediendo a anotar los resultados obtenidos.
PARRAFO I: Las actas originales una vez llenadas, deben ser plastificadas sobre
los resultados de las votaciones, antes de ser firmadas y selladas. Estas serán
firmadas por los miembros de la Comisión Electoral y los delegados de planchas
que lo deseen. Acto seguido serán remitidas a la CNE a la luz del artículo 25 del
capítulo XVI del Estatuto.
37. Para la asignación de cargos se aplica la regla de la proporcionalidad de
acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento Electoral
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USO Y PORTE DE CELULARES,
FOTOGRAFICAS Y DE VIDEOS:
CARTERAS,
CAMARAS
38. Queda terminantemente prohibido el uso de celulares, carteras, cámaras
fotográficas y de videos al momento de realizar el acto de votación. Quien
viole este artículo, se le sancionará con la cancelación del derecho al voto.
39. VOTOS OBSERVADOS: Se observará el voto a los miembros del personal
del Ministerio de Educación, activos, pensionados o jubilados, que aparezcan
en el padrón de electores, sobre los cuales se formule una objeción razonable
sobre su derecho al voto, fundamentada en una de las causas previstas en el
artículo 24 del presente instructivo. Para estos fines se incluirán 10 boletas de
votación con las candidaturas nacionales. Las seccionales harán lo propio con
las candidaturas locales.
40. Todo elector al que se le autorice votar observado y se negare a hacerlo de esta
forma, NO VOTA. Los votos observados serán remitidos a la Comisión
Nacional Electoral, con la copia del documento de identidad utilizado para
votar.
OTRAS DISPOSICIONES ESTATUTARIAS A OBSERVAR:
41. La Comisión Nacional Electoral velará por el estricto cumplimiento del
párrafo único del artículo 23 de nuestros estatutos (página 24), que copiado
textualmente dice lo siguiente: Es requisito para optar por cargos nacionales
haber sido dirigente municipal o zonal y, para cargos municipales haber sido
dirigente de un Comité de dirección de una Unidad de Base Sindical y
Pedagógica.
42. La Comisión Nacional Electoral es garante de la aplicación del artículo 6 del
estatuto (página 85), que dice lo siguiente: En la elección de los organismos
de dirección de la ADP se prohíbe la participación de toda plancha
auspiciada públicamente por un partido político.
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VOTO ELECTRONICO
En razón de que los organismos competentes de la asociación dominicana de
profesores (ADP) aprobaron a unanimidad la implementación del voto electrónico
y de los acuerdos arribados con la Junta Central Electoral (JCE), esta Comisión
Nacional Electoral procede a introducir las modificaciones pertinentes al borrador
del “Instructivo Electoral Elecciones 2015”.
43. Los técnicos de la ADP y la JCE, bajo la dirección de sus respectivos
estamentos superiores, serán los responsables del diseño e instalación del
software a utilizar en las elecciones del 14 de Octubre del 2015.
44. Con anterioridad al día del sufragio se llevaran a cabo campañas
publicitarias y jornadas de educación y entrenamiento a todo el magisterio
adepeista.
45. Los miembros de las comisiones y sub-comisiones electorales, así como l@s
president@s de las seccionales recibirán entrenamiento sobre la instalación y
manejo de los equipos a utilizarse el día de las elecciones.
46. Los equipos y materiales a utilizar estarán empacados y protegidos por
precintos de seguridad codificados.
47. En cada mesa de votación se utilizaran dos máquinas en las cuales estarán
cargados el padrón de electores correspondientes a la misma, así como las
fotos de los candidatos a presidir el Comité Ejecutivo Nacional y la seccional
correspondientes por cada plancha o corriente participante, además de los
programas que administraran el proceso.
48. Para poner en funcionamiento el equipo una vez instalado, el día del
sufragio, se utilizaran dos claves: una correspondiente al presidente y otra al
secretario de la comisión o sub-comisión electoral actuante en cada mesa de
votación.
49. Junto a los equipos y materiales empacados se enviaran sendas copias de las
claves del presidente y secretario en sobres cerrados, para cubrir cualquier
eventualidad.
50. Si por alguna razón no prevista se produjera la ausencia del presidente o
secretario de una comisión o sub-comisión electoral el día del sufragio, este
será sustituido por otro representante de la corriente que lo propuso; pero
para accionar el equipo se asignara a un miembro de la comisión o subcomisión, preferiblemente perteneciente a la misma corriente del ausente o a
otra corriente aliada a esta o en su defecto a una que compita con la del que
esté presente.
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51. Durante el periodo previo al día de las elecciones inmediatamente, después
del cierre del padrón, se producirán simulacros de votación, transmisión de
resultados, prueba de los equipos y conectividad con la red a utilizar como si
se tratara del día de las elecciones.
52. PARA EL DÍA DEL SUFRAGIO
Se darán los siguientes pasos:
Paso 1) Por lo menos tres días antes la CNE empezara a distribuir los bultos
contentivos de las máquinas y los materiales (cinta adhesiva, lapiceros, padrón
fotográfico, sello, claves de acceso en duplicado, 10 boletas impresas del nivel
nacional, formato de acta, etc.) correspondientes a cada mesa de votación. Estos
materiales y equipos serán entregados al presidente y secretario de cada Comisión
Electoral.
Paso 2) El 14 de Octubre, antes de las 8:00 de la mañana, los equipos deberán
estar debidamente instalados por la comisión o sub-comisión correspondiente.
Paso 3) A las 9:00 a.m., hora de inicio del proceso, el presidente y secretario
proceden a introducir sus respectivas claves y a dejar iniciado el proceso.
Paso 4) Proceder a emitir el boletín cero, con el cual se verificara que no hay
datos computados en las máquinas.
Paso 5) Se procede a votar cédula en mano, en el orden siguiente:
a) Los miembros de la comisión o sub-comisión actuante.
b) Los delegados de planchas presentes que voten en la mesa.
c) Los electores, en orden de llegada.
Nota: Se dará preferencia a discapacitados, embarazadas y ancianos.
Paso 6) Cada elector, una vez haya sufragado, procederá a firmar el padrón de
concurrentes en el espacio reservado para este fin en el recuadro con su foto.
Paso 7) Una vez haya sufragado el ultimo elector que este en la fila a la hora del
cierre, se procede a accionar el comando correspondiente en la máquina para
dejar cerrado el proceso.
Paso 8) De inmediato se imprime el boletín de resultados tantas veces como sea
necesario a fin de que todos los delegados de planchas reciban copia del boletín
con los resultados de la mesa.
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Observación: En este momento podría realizarse la auditoria de los resultados,
procediendo al conteo manual por plancha y nivel, de las boletas emitidas por las
máquinas, depositadas en la urna.
Paso 9) Se procede a imprimir el acta.
Paso 10) Se plastifica el acta sobre los resultados de la votación, antes de firmar.
Paso 11) Firman el acta todos los miembros de la comisión o sub-comisión
electoral actuante.
Paso 12) Firman el acta los delegados de planchas que así lo deseen.
Paso 13) Se recopilan todos los materiales utilizados en el proceso, se empacan
con cuidado, bien protegidos para hacerlos llegar a la Comisión Nacional
Electoral dentro de las 24 horas posteriores.
Paso 14) Se procede a realizar el procedimiento de transmisión de los resultados
al servidor instalado en nuestro centro de cómputos.
53. ¿COMO SE VOTA?
Paso 1.- El/la elect@r se presenta a la mesa donde le toca votar con su Cédula de
Identidad y Electoral al día y se coloca en fila.
Paso 2.- Cuando le toque el turno de votar, el/la elect@r entregará su CIE a los
miembros de la comisión o sub-comisión Electoral actuante.
Paso 3.- El/la president@ o secretari@ de la comisión o sub-comisión digitará el
número de CIE en el equipo dispuesto para estos fines, acto seguido aparecerá en
pantalla la foto correspondiente a la CIE digitada.
Paso 4.- Se procede a verificar que la foto en pantalla corresponde a el/la elect@r
que está en turno para sufragar.
Paso 5.- Confirmada la identidad de/la elect@r se le indica que pase a la máquina
dispuesta para el ejercicio del sufragio, la cual presenta en pantalla la boleta
correspondiente a las candidaturas nacionales.
Paso 6.- El/la elect@r tocara la pantalla en el recuadro correspondiente a la
candidatura nacional de su preferencia.
Paso 7.- La máquina cuestionará al sufragante sobre si está segur@ de que esa es
la opción que desea escoger. Le presenta dos opciones Si o No
Paso 8.- Si acciona el comando No volverá a aparecer en pantalla la boleta del
nivel nacional en la cual procederá a realizar la elección de su preferencia.
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Paso 9.- Si la selección realizada es la deseada, entonces pulsará el comando Si y
aparecerá en pantalla la boleta con las candidaturas presidenciales
correspondientes a la seccional.
Paso 10.- El/la elect@r tocará la pantalla en el recuadro de la candidatura de su
preferencia, repitiéndose para este nivel la situación descrita en los pasos 7 y 8.
Paso 11.- Al elect@r marcar el comando Si
la máquina imprimirá una boleta
con las selecciones realizadas por el/la elect@r.
Paso 12.- El/la elect@r desprenderá dicha boleta, tipo baucher y doblándola la
depositará en la urna dispuesta para tales fines.
Paso 13.- El/la elect@r regresa a la mesa a firmar el listado de concurrentes en el
padrón fotográfico dispuesto para tales fines, recibe su CIE y así concluye su
participación, dando paso al siguiente elector.
54. Para cubrir la eventualidad del fallo de alguna de las máquinas, en cada
provincia se dispondrá de equipos para sustituir los que eventualmente
pudieran fallar. Los mismos estarán en poder de técnicos de la Junta Central
Electoral.
55. Mediante un protocolo especial, a los equipos que hayan fallado se les
retirará la memoria, en la cual está registrado todo lo acontecido hasta el
momento del fallo y dicha memoria le será colocada a los equipos sustitutos,
prosiguiendo el proceso a partir del punto en que estaba antes de presentarse
la dificultad.
56. Entre los materiales, recibidos habrá un formulario especial para el registro
de las eventualidades no previstas.
57. La transmisión de resultados se realizará vía internet por canales seguros
previamente contratados con las compañías telefónicas establecidas en el
país, de acuerdo con su cobertura.
58. Todos los materiales y equipos utilizados durante el proceso, deberán ser
debidamente protegidos y retornados al poder de la CNE dentro de las 24
horas posteriores al cierre del proceso electoral.
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En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los
veintisiete (27) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2014).
Por la Comisión Nacional Electoral
Profesor Gilberto Almonte
Presidente.
Profesor Manuel Antonio Mateo.
Vicepresidente
Profesor José Paulino
1er. Vocal.
Profesor Juan Martínez
Secretario
Profesor Máximo de la Cruz
2da. Vocal.
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