DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 1 de 24 CONVOCATORIA PUBLICA No. 001- 2015, para “LA SELECCIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA QUE TENDRÁ POR OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA”. RECOMENDACIONES A LOS PARTICIPANTES. Se recomienda a todos los posibles oferentes, antes de proceder a elaborar y presentar sus propuestas, tener en cuenta las siguientes instrucciones y recomendaciones: 1. Se recomienda a los interesados que deseen participar en la presente Convocatoria, leer detenidamente el presente documento, cumplir con las exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en su postulación. 2. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para contratar con el Estado Colombiano. 3. Examinar rigurosamente el contenido de las normas que regulan la conformación de una Sociedad de Economía Mixta, en especial la Ley 489 de 1998, el Código de Comercio y la Ley 1258 de 2008 4. Examinar rigurosamente el contenido del presente convocatoria pública, los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la Contratación Administrativa con Entidades del Estado (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto No. 019 de 2013, Decreto 1510 de 2013 y demás normas reglamentarias y complementarias). 5. Adelantar oportunamente, los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, en la ley y en el presente convocatoria pública 6. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos exigidos en este convocatoria pública 7. Suministrar toda la información requerida en este convocatoria pública, dando cumplimiento a las disposiciones legales vigentes. 8. El proponente será responsable por los datos, informes, documentos y resultados que suministre durante el proceso de selección y los necesarios para la suscripción del contrato de Sociedad, si es seleccionado. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 2 de 24 9. Todos los gastos en que incurra el proponente con ocasión de la preparación y presentación de la propuesta, correrán por su cuenta y la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, no asume responsabilidad de reembolso alguno. 10. La Dirección de Tránsito de Bucaramanga, se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y documentación, en condiciones de igualdad para todos los proponentes sobre los requisitos que no afecten los factores de ponderación de las ofertas (asignación de puntaje), hecho este que podrá realizarse hasta la selección de la mejor oferta, conforme lo establece la Ley 1150 de 2007 en el parágrafo 1 del artículo 5 y el Decreto 1510 de 2013. 11. Tener presente la fecha y hora previstas para el cierre de este proceso. En ningún caso se recibirán propuestas fuera del tiempo previsto. 12. Toda consulta deberá formularse por escrito a la dirección consignada en la presente convocatoria pública. A los funcionarios les está prohibido atender consultas en forma personal o telefónica. 13. De conformidad con lo señalado en la Ley 1150 de 2007, y los Decretos Reglamentarios No. 1510 de 2013 y 019 de 2012, todas las personas que aspiren a celebrar contratos con el Estado Colombiano deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes – RUP. 14. Antes de entregar la propuesta verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos. 15. Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el interesado deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo, se entenderá que toda la información allí contenida es pública. CONVOCATORIA PÚBLICA No. 001- 2015 OBJETO: “LA SELECCIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA QUE TENDRÁ POR OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA” 1. ASPECTOS GENERALES. 1.1 “PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN” DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 3 de 24 En el evento de conocerse casos especiales de corrupción, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (1) 562 93 00, (1) 565 76 49, y (1) 562 41 28; vía fax al número telefónico: (1) 565 8671; correo electrónico, en la dirección: [email protected]; al sitio de denuncias del programa, en la página Web: www.anticorrupcion.gov.co ; correspondencia o personalmente, en la dirección: Carrera 8 No 7-27, Bogotá, D.C. En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en el presente procedimiento, se debe reportar el hecho a la Oficina de Control Interno de la DIRECCIÓN DE TRANSITO DE BUCARAMANGA, ubicada en el km 04 vía de Bucaramanga al municipio de Girón, Teléfono (7) 6809966. POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN. En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de la presente convocatoria pública y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. Si la Dirección de Tránsito de Bucaramanga comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato de Sociedad, tales circunstancias podrán dar lugar a la cesión del contrato de sociedad. 1.2 INVITACIÓN A PROPONENTES Y/O VEEDORES. La DIRECCIÓN DE TRANSITO DE BUCARAMANGA actuando de conformidad con los principios que regulan la contratación estatal convoca a los interesados para que participen en el presente proceso de selección y a los veedores para que ejerzan la vigilancia de la gestión pública contractual. Para tal efecto, la entidad pone a disposición el presente documento denominado “CONVOCATORIA PÚBLICA DEFINITIVA No. 001- 2015, cuyo objeto es “LA SELECCIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA QUE TENDRÁ POR OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA” En el caso en que los interesados deseen realizar observaciones al mismo, deberán tener en cuenta lo señalado más adelante en el presente instructivo. CAPITULO I DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 4 de 24 INFORMACIÓN GENERAL 1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1. FUNDAMENTO JURÍDICO MODALIDAD DE SELECCIÓN Con el fin de dar cumplimiento a los principios de la función administrativa y de la contratación estatal la Dirección de Tránsito de Bucaramanga mediante el presente documento pretende salvaguardar entre otros los principios de selección objetiva, la pluralidad de oferentes y de publicidad, abre la siguiente Convocatoria Pública la cual se regirá por las disposiciones indicadas en el presente documento. A su vez y teniendo en cuenta que el presente proceso es con miras a la selección del socio estratégico que conformará con la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, la sociedad de economía mixta para el desarrollo de proyectos de mejora de la movilidad y la seguridad vial en el municipio de Bucaramanga, a través de una tipología societaria por acciones simplificadas, se rige por las normas contenidas en el presente documento, el artículo 209 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998 y el Código de Comercio. En virtud de las normas vigentes, las personas naturales o jurídicas privadas, tienen posibilidad de constituir junto con entidades públicas, sociedades de economía mixta, en desarrollo de la libertad de Asociación en un ambiente de libre competencia, sin que se requiera para su conformación el cumplimiento de requisitos distintos a los contemplados en el régimen jurídico de estas sociedades, los principios de la función administrativa, la Ley 489 de 1998 y los requisitos de la Convocatoria contenidos en el presente documento. Para efectos de la propuesta, los interesados en participar deberán analizar la normatividad señalada y la relacionada con este servicio, con el propósito que conozcan a cabalidad el régimen jurídico que regula el presente proceso de selección objetiva. Al contrato societario que se celebre como consecuencia del procedimiento de selección previsto en el presente documento les serán aplicables las normas legales, reglamentarias y regulatorias vigentes al momento de su celebración, especialmente las contenidas la Ley 489 de 1998, el Título VII “De las Sociedades de Economía Mixta” del Código de Comercio, la Ley 1258 de 2008 y el Acuerdo No. 034 de 2014 y/o la autorización contenida en el acta del Consejo Directivo de la Dirección de Tránsito y Transportes de Bucaramanga de fecha 29 de abril de 2015. En virtud de las normas vigentes, las personas naturales o jurídicas privadas, tienen posibilidad de constituir junto con entidades públicas, sociedades de economía mixta, en desarrollo de la libertad de Asociación en un ambiente de libre competencia, sin que se requiera para su conformación el cumplimiento de requisitos distintos a los contemplados en el régimen jurídico de estas sociedades, los principios de la función administrativa, la Ley 489 de 1998 y los requisitos del presente documento. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 5 de 24 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA La Dirección de Tránsito de Bucaramanga, se encuentra interesada en “LA SELECCIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA DIRECCION DE TRANSITO DE BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA QUE TENDRÁ POR OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA” de acuerdo a las condiciones y características exigidas por la entidad, por lo cual solicita ofertas que cumplan con los requisitos y especificaciones de la presente convocatoria, la Ley 489 de 1998, Código de Comercio y Ley 1258 de 2008. 1.3. ALCANCE DEL OBJETO DE LA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA A CONSTITUIR La sociedad tendrá por objeto principal determinado el desarrollo e implementación de sistemas de detección electrónica de infracciones, mediante dispositivos de alta tecnología para detección, registro, notificación y control del proceso contravencional de las infracciones de tránsito cometidas en las vías que se encuentran dentro de la jurisdicción del municipio de Bucaramanga. Igualmente, la sociedad tendrá como objeto la inspección, así como el diseño y ejecución de proyectos de modernización y ampliación de la red semafórica, la implementación del Centro Integral de Control de Tráfico de Bucaramanga y las demás actividades inherentes a las acabadas de mencionar de conformidad con el Plan de Desarrollo y la modernidad tecnológica. La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier naturaleza que ellas fueren, relacionadas con el objeto mencionado, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad. A. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD PÚBLICA Las obligaciones que debe cumplir la entidad pública serán entre otras las siguientes: 1. Concurrir en el término y plazo previsto en la presente convocatoria a la suscribir el documento de constitución de la sociedad de economía mixta 2. Realizar el aporte a que se compromete la entidad pública para conformar el capital social. 3. Garantizar el desarrollo del objeto social de la sociedad de economía mixta. 4. Cumplir con las obligaciones que recaigan directamente en su cabeza y de las cuales dependa la inversión del socio privado, tales como: autorizaciones y permisos ante la autoridad superior como ministerios, superintendencias. 5. Garantizar la celebración de los respectivos convenios o contratos interadministrativos con la Dirección de Tránsito y Transportes de Bucaramanga, DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 6 de 24 o de otro tipo que se requiera para garantizar el ejercicio de la funciones que son indelegables en materia de tránsito, tales como alférez, inspectores de tránsito y demás logística necesaria para hacer efectivo el objeto de la sociedad de economía mixta. B. OBLIGACIONES DEL SOCIO PRIVADO 1. Concurrir en el término y plazo previsto en la presente convocatoria a la suscribir el documento de constitución de la sociedad de economía mixta 2. Realizar el aporte del capital societario que se compromete a realizar. 3. Realizar el plan de inversiones según lo exige la presente convocatoria, conforme al diagnóstico previo que se debe realizar durante los primeros 6 meses de constituida la sociedad. 4. Desarrollar las inversiones a que se compromete, una vez la Dirección de Tránsito cumpla con las obligaciones que le son inherentes. 5. Garantizar el desarrollo del objeto social de la sociedad de economía mixta. 6. Garantizar la celebración de los respectivos convenios o contratos interadministrativos con la Dirección de Tránsito y Transportes de Bucaramanga, o de otro tipo que se requiera para garantizar el ejercicio de la funciones que son indelegables en materia de tránsito, tales como alférez, inspectores de tránsito y demás logística necesaria para hacer efectivo el objeto de la sociedad de economía mixta. 7. Mantener el porcentaje de participación del 60% como socio privado. 1.4. APORTE DEL PROPONENTE SELECCIONADO A. CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA A CONSTITUIR. El proponente seleccionado se compromete a disponer por CONCEPTO DE CAPITAL durante el primer año de vigencia del contrato societario a: (i) El aporte de capital previsto en la presente convocatoria pública y sus anexos por la suma de MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.500.000.000) correspondiente al 60% de la participación Societaria, como capital accionario suscrito. De lo anterior se determina que el capital suscrito de la empresa de economía mixta será de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS (2.500.000.000,oo). El aporte del capital accionario, es decir los $1.500.000.000, se realizará dentro de la semana siguiente a la formalización del aporte público. B. INVERSIONES OBLIGATORIAS DEL SOCIO PRIVADO DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 7 de 24 El socio privado se compromete a realizar inversiones por la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($20.000.000.000.oo) en un periodo máximo de dos años así: a. La suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10.000.000.000.oo) que deberá tenerse disponible durante el primer año contado a partir de la finalización del diagnóstico técnico de las intervenciones a realizar que se describe en la presente convocatoria. b. La suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10.000.000.000.oo) que deberán estar disponible dentro del segundo año, contado a partir del vencimiento del término contemplado para el primer año. Se prevé que el aporte para las inversiones se focalice en: a. Realizar un diagnóstico de la situación actual en términos de tecnología, estado de tránsito y fijación de los principales índices y parámetros de la movilidad y seguridad vial en la ciudad. Para la realización del diagnóstico se deben tener en cuenta, entre otros aspectos, los estudios técnicos, financieros y jurídicos realizados por la DTB. Este diagnostico, debe detallar claramente la estrategia y cronograma de las inversiones a realizar principalmente en: 1. Implementación del sistema de detección electrónica de la ciudad y su operatividad en el marco de los términos establecidos en la ley. 2. Realizar la adecuación y/o modernización de las red de semaforización de la ciudad 3. Implementar y/o modernizar un Centro de Control Integral de Tráfico. 4. Proyectar el plan de expansión de la red semafórica de la ciudad 5. Implementar la tecnología necesaria para garantizar un adecuado sistema de tránsito y seguridad vial de la ciudad. 6. Plan de sensibilización y socialización. 7. Dimensionamiento e implementación de la funcionabilidad técnica, operativa y administrativa de la empresa de economía mixta. b. Llevar a cabo las inversiones necesarias para garantizar el alcance previsto en el diagnóstico anterior. c. Implementación de un centro administrativo de atención a la ciudadanía, en lo referente a las infracciones electrónicas. d. Plantear y desarrollar las actividades de mantenimiento del Sistema Implementado. 1.5. JUSTIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE 1.5.1. Que de acuerdo con el artículo 97 de la Ley 489 de 1998, “Sociedades de economía mixta. Las sociedades de economía mixta son organismos autorizados por la ley, constituidos bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas de Derecho Privado, DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 8 de 24 salvo las excepciones que consagra la ley. Las inversiones temporales de carácter financiero no afectan su naturaleza jurídica ni su régimen”. 1.5.2. Que el artículo 461 del Código de Comercio consagra que “son de economía mixta las sociedades comerciales que se constituyen con aportes estatales y de capital privado. Las sociedades de economía mixta se sujetan a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria, salvo disposición legal en contrario”. 1.5.3. Que la Superintendencia de Sociedades en concepto 220-103879 sobre la constitución de Sociedades de Economía Mixta indicó lo siguiente: “Si bien la Ley 489 de 1998 establece que las sociedades de economía mixta serán autorizadas por la Ley, ordenanza o acuerdo, ello no supone que tal autorización deba imponer requisitos especiales respecto de las personas naturales o jurídicas privadas con las cuales pretenda asociarse la entidad pública o la Nación, ni establecer "términos de referencia" o "registro de proponentes" para el efecto, de suerte que para ese fin bastará que el aportante sea persona con capacidad legal, entendida ésta como la facultad de poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra, conforme a lo establecido en el artículo 1502 del Código Civil”. 1.5.4. Que así mismo dicha Superintendencia señaló que “(…) Los requisitos de constitución de las sociedades comerciales previstos en la legislación mercantil, resulta pertinente mencionar lo establecido en el artículo 101 del Código de Comercio, en todo aplicable a la constitución de sociedades de economía mixta, así: "Para que el contrato de sociedad sea válido respecto de cada uno de los asociados será necesario que de su parte haya capacidad legal y consentimiento exento de error esencial, fuerza o dolo, y que las obligaciones que contraigan tengan un objeto y una causa lícitos. (...)". 1.5.5. Que el Concejo del municipio de Bucaramanga expidió el Acuerdo No 014 del 30 de mayo de 2012 “Por el cual se aprueba y adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas 2012 – 2015, “Bucaramanga Capital Sostenible” 1.5.6. Que en cumplimiento del Acuerdo No 014 del 30 de mayo de 2012 “Por el cual se aprueba y adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas 2012 – 2015, “Bucaramanga Capital Sostenible”, se prevé la necesidad que se “conciba y estructure proyectos que jalonen la modernización económica, tecnológica, urbanística y ambiental”, sin degradar las condiciones ambientales de la ciudad y su entorno, con grandes ambiciones pero con plena conciencia del carácter limitado de sus recursos. 1.5.7. Que dentro del mismo Plan de Desarrollo, se encuentra contemplado el “Eje Programático Movilidad Vial y Peatonal”, el cual busca a través de la ejecución de políticas públicas en movilidad, superar las problemáticas asociadas a la DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 9 de 24 movilidad vial y peatonal, causada por la baja movilidad vehicular en la ciudad, en razón principalmente al creciente parque automotor y la divergencia existente entre la planeación del territorio y la planificación del sistema de transporte, la malla vial urbana deteriorada y la invasión del espacio público vial. 1.5.8. Que la tercera dimensión “Sostenibilidad Urbana” del Plan de Desarrollo Municipal, obedece a una recomendación mundial hacia los entornos urbanos, en donde debe primar el principio de corresponsabilidad entre los gobiernos y los ciudadanos, en procura de construir en común un mejor espacio de convivencia, ajustado a normas referentes a la cultura ciudadana, el mejor uso, protección y defensa de los espacios públicos, de un servicio de transporte público ágil y eficiente, una ciudad responsable con el menor consumo de energía, con amplia conectividad digital para sus habitantes y unos factores de construcción y habitabilidad que le garanticen al ciudadano una disponibilidad ideal de 10 metros cuadrados de espacio público por habitante. 1.5.9. Que el Concejo de Bucaramanga expidió el Acuerdo No 034 del 10 de diciembre de 2014 "Por medio del medio del cual se autoriza al Alcalde Municipal para la celebración de Contratos asociativos y/o la participación en sociedades mixtas o en sociedades entre Entidades Públicas, para el desarrollo de proyectos de mejora de la movilidad y la seguridad vial en el municipio de Bucaramanga". 1.5.10. Que el Acuerdo No 034 de 2014 del Concejo Municipal de Bucaramanga, se expidió a su vez, con base en el considerando mencionado, a partir de la necesidad de adelantar diferentes proyectos e iniciativas conducentes a la mejora de la movilidad y la seguridad vial en el Municipio, mediante la incorporación de nuevas y modernas herramientas tecnológicas e informáticas que, al mismo tiempo, contribuyan a fomentar el flujo vehicular, disminuir la accidentalidad, mejorar la cultura ciudadana y potenciar los mecanismos de control y monitoreo a cargo de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, en beneficio de la calidad de la vida de sus habitantes. 1.5.11. Que tal y como se indica en el mencionado Acuerdo No 034 de 2014, es indispensable adelantar iniciativas orientadas a la implementación de sistemas de detección electrónica de infracciones, mediante dispositivos de alta tecnología para detección, registro, notificación y control del proceso contravencional de las infracciones de tránsito cometidas en las vías sometidas a su inspección, así como proyectos de modernización y ampliación de la red semafórica e implementación del centro integral de control de tráfico de Bucaramanga. 1.5.12. Que con el propósito de superar las limitaciones técnicas y en especial de carácter financiero por parte de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, es indispensable que la misma pueda aunar esfuerzos y generar sinergias con DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 10 de 24 agentes del sector privado o con otros organismos de naturaleza publica, para el desarrollo de proyectos e iniciativas de mejora de la movilidad y seguridad vial en el municipio de Bucaramanga. 1.5.13. Que en atención al artículo segundo del Acuerdo No 034 de diciembre de 2014, se ve la necesidad de conformar una Sociedad de Economía Mixta que tiene por objeto la “(…) implementación de sistemas de detección electrónica de infracciones, mediante dispositivos de alta tecnología para detección, registro, notificación y control del proceso contravencional de las infracciones de transito cometidas en las calles sometidas a su inspección, tal como proyectos de modernización y ampliación de la red semafórica y la implementación del Centro Integral de Control de Tráfico de Bucaramanga, y las demás de conformidad con el Plan de Desarrollo y la modernidad tecnológica”. 1.5.14. Que en este sentido, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga busca a través del presente proceso, la selección del socio para la creación de la sociedad de Economía Mixta, que ejecute las condiciones propicias para superar las profundas disfuncionalidades que impiden la prestación de un servicio eficiente en materia de tránsito y transporte, en razón a que con el aporte del sector privado existirá una organización empresarial, que cuente con un socio con capacidad financiera y técnica al servicio del municipio y que de esta manera se puedan desplegar iniciativas y proyectos estratégicos de mejora en la movilidad y seguridad vial en el municipio, en particular mediante el uso de herramientas tecnológicas, con base en lo dispuesto en el Acuerdo No. 034 de diciembre de 2014. 1.5.15. Que mediante Decreto No. 013 del 3 de febrero de 2015, fue delegada en el Director de Tránsito de Bucaramanga, la autorización concedida por intermedio del referido Acuerdo. 1.5.16. Que con la creación de la sociedad de Economía Mixta se busca desarrollar lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, que indica que los municipios se encuentran al servicio de los intereses generales de sus habitantes y deben desarrollar sus competencias bajo los principios de eficiencia, eficacia, y responsabilidad, entre otros, y una forma de satisfacer tales intereses es a través de la creación de empresas que promuevan el desarrollo de mejoras de la movilidad y la seguridad vial así como el desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del municipio de Bucaramanga. 1.5.17. Que la sociedad de economía mixta que se piensa constituir para el desarrollo de proyectos de mejora de la movilidad y la seguridad vial en el municipio de Bucaramanga, a través de una tipología societaria por acciones simplificadas, se rige por las normas contenidas en el Código de Comercio, la Ley 489 de 1998, la Ley 1258 de 2008 y demás normas concordantes. Complementan DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 11 de 24 este marco normativo, las demás Leyes, reglamentaciones y regulaciones que se encuentren vigentes o se expidan durante el término de duración de la sociedad de economía mixta que se constituya como consecuencia de este proceso de selección, y que guarden relación directa con la ejecución de su objeto social o con su estructura societaria. 1.5.18. Que en desarrollo de la libertad de Asociación en un ambiente de libre competencia, sin que se requiera para su conformación el cumplimiento de requisitos distintos a los contemplados en el régimen jurídico de estas sociedades, los principios de la función administrativa, la Ley 489 de 1998 y los requisitos de la Convocatoria contenidos en el presente documento. 1.5.19. Que el proceso de Convocatoria Pública que se suscriba como consecuencia del mismo, se regirá en lo pertinente, por el ordenamiento Constitucional, los presentes convocatoria pública, la Ley 489 de 1998, el Código de Comercio, y subsidiariamente en lo aplicable al régimen jurídico determinado en Artículo 38 y SS de Decreto 1510 de 2013, leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios. En este convocatoria pública se describen aspectos técnicos, legales, financieros, contractuales, de experiencia y cumplimiento, entre otros, que la Dirección de Tránsito considera que el oferente debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta. El contenido del convocatoria pública debe ser interpretado integralmente. El orden de los capítulos y numerales no implica prelación entre los mismos. Los títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en ellos contenidos. 1.5.20. Que el desarrollo de la presente Convocatoria se llevará a cabo en el marco y respetando los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución Política, para lo cual la misma se soporta en los elementos de selección objetiva que deberán atenderse para la selección por parte de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga del respectivo socio estratégico. 1.5.21. Que para efectos de la propuesta, los interesados en participar deberán analizar la normatividad señalada y la relacionada con este servicio, con el propósito que conozcan a cabalidad el régimen jurídico que regula el presente proceso de selección objetiva. Al contrato societario que se celebre como consecuencia del procedimiento de selección previsto en el presente documento, le serán aplicables las normas legales, reglamentarias y regulatorias vigentes al momento de su celebración, especialmente las contenidas la Ley 489 de 1998, el Título VII “De las Sociedades de Economía Mixta” del Código de Comercio, la Ley 1258 de 2008 y el Acuerdo No. 034 de 2014. 1.5.22. Que la presente Convocatoria va dirigida a cualquier persona jurídica o natural que en virtud de las normas vigentes, tengan la posibilidad de constituir junto DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 Página 12 de 24 CONVOCATORIA PUBLICA con entidades públicas sociedades de economía mixta, en un ambiente de libre competencia, sin que se requiera para su conformación el cumplimiento de requisitos distintos a los contemplados en el régimen jurídico de estas sociedades, los principios de la función administrativa, la Ley 489 de 1998, lo señalado en el Acuerdo No 034 de 2014 y los que se regulan dentro de la presente convocatoria. 1.6. CRONOGRAMA DEL PROCESO La siguiente es la cronología del presente proceso a llevarse a cabo en La DIRECCIÓN DE TRANSITO DE BUCARAMANGA. Actividad Fecha Aviso Convocatoria Publica 9 de 2015 en página WEB junio Lugar Página electrónica: de www.transitobucaramanga.gov.co Publicación en diario de 11 de junio de Diario de amplia circulación nacional. 2015 amplia circulación Páginas electrónicas: Del 10 de junio de Publicación del proyecto de www.transitobucaramanga.gov.co y en la convocatoria pública 2015 al 19 de Dirección de Tránsito de Bucaramanga, Junio de 2015 preliminar. ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Girón – Despacho del Director General. Del 10 de junio de En la Dirección de Tránsito de ubicada la sede Término para presentar 2015 al 19 de Bucaramanga, observaciones a la Junio de 2015 administrativa, Km 4 vía Girón – convocatoria pública hasta las 5:00 Despacho del Director General. (Por escrito y en medio magnético) preliminar p.m. Páginas electrónicas: Del 22 de Junio al las www.transitobucaramanga.gov.co y en la de 26 de Junio de Dirección de Tránsito de Bucaramanga, 2015 ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Girón – Despacho del Director General. Páginas electrónicas: Apertura del proceso y www.transitobucaramanga.gov.co y en la 26 de Junio de publicación de resolución y Dirección de Tránsito de Bucaramanga, 2015 de convocatoria pública ubicada la sede administrativa, Km 4 vía definitiva Girón – Despacho del Director General. Audiencia para precisar el 4:00 p.m. Dirección de Tránsito de contenido y alcance de la 30 de junio de Bucaramanga, ubicada la sede convocatoria pública, con 2015 administrativa, Km 4 vía Girón – Auditorio posibles oferentes y órganos de control. Expedición de adendas en 1 de Julio de 2015 Páginas electrónicas: Publicación respuestas observaciones de DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 Página 13 de 24 CONVOCATORIA PUBLICA Actividad Fecha Lugar caso de modificación de los convocatoria pública definitiva www.transitobucaramanga.gov.co y en la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Girón – Despacho del Director General. Cierre de proceso y plazo 3 de Julio de 2015 máximo para la hasta las 9:00 presentación de a.m. propuestas. Del 3 de Julio de Evaluación de las ofertas 2015 al 7 de Julio de 2015 Dirección de Tránsito de Bucaramanga, ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Girón – Despacho del Director General. Dirección de Tránsito de Bucaramanga, ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Girón – Despacho del Director General. Del 8 de Julio de Páginas electrónicas: Publicación y traslado del www.transitobucaramanga.gov.co y en la informe de evaluación y 2015 al 10 de Dirección de Tránsito de Bucaramanga, términos para pedir copias Julio de 2015 ubicada la sede administrativa, Km 4 vía de las ofertas. Girón – Despacho del Director General. Límite para hacer Hasta las 5:00 pm Dirección de Tránsito de Bucaramanga, observaciones del 10 de Julio de ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Girón – Despacho del Director General. al informe de evaluación 2015 Plazo máximo para subsanar documentos Del 8 de Julio de Dirección de Tránsito de Bucaramanga, 2015 al 10 de ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Julio de 2015 Girón – Despacho del Director General. hasta las 5:00 p.m. Respuesta de 14 de Julio de Páginas electrónicas: observaciones al informe 2015 www.transitobucaramanga.gov.co y en la de Evaluación (Si las Dirección de Tránsito de Bucaramanga, hubiere) y Publicación final ubicada la sede administrativa, Km 4 vía informe de Girón – Despacho del Director General. evaluación (en caso de recibir documentos subsanados) 14 de Julio de Dirección de Tránsito de Bucaramanga, Resolución de adjudicación ubicada la sede administrativa, Km 4 vía 2015 o declaratoria de desierta. Girón – Despacho del Director General. Dentro de los tres Dirección de Tránsito de Bucaramanga, días hábiles ubicada la sede administrativa, Km 4 vía Constitución de la Sociedad siguientes a la Girón – Despacho del Director General. adjudicación NOTA 1: En caso de remitirse la propuesta por correo físico certificado, el interesado deberá garantizar que la misma se reciba por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 Página 14 de 24 CONVOCATORIA PUBLICA antes de la fecha y hora de cierre establecida en el cronograma de la presente Convocatoria. De no recibirse en dicha fecha y hora, se entenderá como no presentada. NOTA 2: Las propuestas que se reciban con posterioridad a la fecha y hora límites estipuladas para la recepción, serán declaradas tardías, y serán rechazadas y devueltas al interesado en las mismas condiciones en que fueron recibidas. El interesado será el único responsable de que su propuesta sea recibida en la fecha, hora y sitio señalado en el presente documento. NOTA 3: La Dirección de Tránsito de Bucaramanga cuando lo estime conveniente, tendrá la facultad discrecional de prorrogar, mediante adenda y antes de su vencimiento, la fecha prevista para el cierre de la Convocatoria, por medio de comunicación que será publicada en la página www.transitobucaramanga.gov.co. Nota 4: Los términos contemplados en la presente convocatoria corres a partir de la publicación de la página WEB de la DTB. 2.2. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS De conformidad con los criterios señalados en el presente documento, se realizará la evaluación de las propuestas 2.2.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN La oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta los factores jurídicos, técnicos y financieros de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, soportados en puntajes que se señalan de la siguiente manera: CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA PUBLICA 1 2 3 FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE Capacidad Jurídica Capacidad financiera Capacidad Técnica Cumple/No cumple Cumple/No cumple Cumple/No cumple FORMA DE ASIGNACION DE PUNTAJE. A las ofertas habilitadas se les asignará el siguiente puntaje: Tema Experiencia Técnica Aspecto Subsistema Software de Control: Subsistema Prioridad Transporte Público: Subsistema Semaforización: Puntaje 5 5 5 DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 Página 15 de 24 CONVOCATORIA PUBLICA Tema Aspecto Subsistema de Paneles de Mensaje Variable (PMV) Subsistema de CCTV: Subsistema de comunicaciones de Fibra Óptica: Subsistema de Infracciones: Subsistema Centro de Control: Mantenimiento: Total Puntaje 5 5 5 5 5 5 45 Las experiencias serán consideradas válidas cuando el proyecto haya terminado su ejecución. A tal efecto, el Proponente o Aliado Técnico deberá presentar un certificado firmado por la Autoridad Pública receptora del sistema (no se considerarán válidas experiencias cuyo cliente final sea de naturaleza privada) en donde se indique claramente, al menos, la fecha de ejecución, fecha de terminación y descripción de los trabajos realizados. Se considerarán válidos aquellas experiencias cuya fecha de terminación esté prevista para el año 2.015. A tal efecto, el Proponente o Aliado Técnico podrá presentar el contrato de ejecución o certificado debidamente legalizado. En caso de que en la certificación o contrato se desprenda que el proyecto es realizado por un proponente plural, la certificación o el contrato se tendrá por válido cuando la participación del Proponente sea de al menos el 45 porciento. Los documentos expedidos en el extranjero deben presentarse debidamente autenticados, legalizados por Cónsul Colombiano y la firma de éste legalizada -a su vezpor el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, o apostillados, en los términos del artículo 480 del Código de Comercio o de la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, aprobatoria de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1951, según el caso. El Artículo 480 del Código de Comercio prescribe que “Los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 16 de 24 Tratándose de sociedades, el citado Artículo dispone que “al autenticar los documentos a que se refiere este Artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país”. Surtido el trámite señalado, los documentos deben presentarse al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul colombiano. Con arreglo a la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, los documentos públicos otorgados en el exterior, provenientes de cualquiera de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, no requieren autenticación, ni refrendación consular, ni posterior legalización por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto, en este caso solo es exigible la apostilla, trámite que consiste en la certificación mediante la cual se avala la autenticidad de la firma y el título con el que ha actuado la persona que suscribe el documento. Se adelanta ante la autoridad competente en el país de origen. Si el documento fue expedido en idioma distinto al español, debe presentarse acompañado de traducción oficial a dicho idioma, y la firma del traductor legalizada de acuerdo con las normas vigentes. En el evento de que el documento original se haya expedido en lengua para la cual no exista traductor oficial en Colombia, debe presentarse acompañado de versión en inglés, legalizada en el país de origen, y esta última traducida oficialmente al español. Las experiencias validas aplican para proyectos o contratos suscritos a partir de enero de 2005. El Proponente o el Aliado Técnico debe acreditar experiencias en los subsistemas que se mencionan a continuación con la presentación de como máximo de 5 certificaciones de experiencia en haber suministrado e implementado centros de control de ITS en entorno urbano Subsistema Software de Control: Haber instalado el software del centro de gestión del tráfico. El software deberá haber sido desarrollado por el Proponente o Aliado Técnico. A tal efecto, deberá presentarse una certificación firmada por el Representante Legal indicando esta condición. Dos de las experiencias deben haber sido ejecutadas en ciudades con una población superior a 500.000 habitantes. Subsistema Prioridad Transporte Público: Al menos 2 de los certificados deben incorporar sistemas de priorización al transporte público y al menos uno de ellos en una ciudad de más de 500.000 habitantes. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 17 de 24 Subsistema Semaforización: Al menos 3 certificados deben gestionar 300 reguladores de tránsito o 300 intersecciones cada uno. Al menos 2 de los certificados deben haber sido realizados en ciudades de más de 500.000 habitantes. Subsistema de Paneles de Mensaje Variable (PMV): Al menos 2 de los certificados deben acreditar la existencia dentro del proyecto de paneles de información al usuario. Las experiencias deben acreditarse en ciudades de más de 500.000 habitantes. Subsistema de CCTV: Al menos 3 de los certificados deben acreditar la existencia dentro del proyecto de mínimo 40 cámaras de video (CCTV) cada uno y al menos dos de ellos en ciudades de más de 500.000 habitantes. Subsistema de comunicaciones de Fibra Óptica: Al menos 2 de los certificados deben acreditar la existencia dentro del proyecto de comunicaciones basadas en Fibra Óptica con una longitud mínima de 15.000 mts. Subsistema de Infracciones: Al menos 2 de los certificados deben acreditar experiencia de gestionar sistemas de fiscalización mediante fotomultas( foto-rojo y/o cinemómetros/velocidad y/o invasión carril y/o giro prohibido, y/o pico y placa, etc.) , al menos uno de ellos en una ciudad de más de 500.000 habitantes. Subsistema Centro de Control: Al menos uno de los certificados debe de incluir el diseño y construcción del centro de control para la gestión y control del tráfico donde se mencione explícitamente y como mínimo la realización de una sala de operación, un video Wall, sistema de climatización, sistema de iluminación y sistema de control de accesos al edificio o sala. Mantenimiento: Al menos dos de los certificados deben acreditar explícitamente funciones de mantenimiento del equipamiento instalado. Para que se pueda acreditar la capacidad de Integración en sistemas inteligentes de transportes del proponente o aliado técnico, en todos y cada uno de los 5 certificados presentados deberá constar explícitamente la presencia de al menos 3 de los subsistemas mencionados anteriormente y por lo menos uno de los certificados debe constatar que la plataforma software del centro de control integra todos los sistemas objeto del certificado. Así mismo y para que mediante los certificados presentados se pueda constatar la capacidad del proponente o su aliado tecnológico en cuanto a suministro e instalación de los subsistemas requeridos, por lo menos tres de los certificados deben especificar concretamente que el equipamiento ha sido suministrado e instalado como parte del contrato. El puntaje se otorgará con el cumplimiento del Total de las certificaciones, por cada aspecto calificable. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 18 de 24 FORMA DE DIRIMIR LOS EMPATES En el evento en que analizadas y calificadas las propuestas se llegare a presentar un empate en la puntuación total, dicha igualdad se definirá aplicado de manera estricta el siguiente orden: • Se seleccionará el proponente que sea nacional colombiano. • Se seleccionará el proponente que tenga mayor índice de Liquidez y menor índice de Endeudamiento. 2.2.2. DISCREPANCIAS Y ERRORES ARITMÉTICOS. Si existiere discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto en palabras, si existe discrepancia entre parciales y totales, o entre factores y los totales, prevalecerán los parciales ó factores. Si de las correcciones efectuadas se derivara(n) alguna(s) modificación(es) en las propuestas, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga procederá a comunicar a todos los proponentes la(s) modificación(es) realizada(s). Si el proponente afectado no aceptara la corrección realizada, su propuesta será rechazada. 2.2.3. NATURALEZA DE LOS OFERENTES El propósito de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga es seleccionar bajo el principio de selección objetiva, al socio estratégico que conformará con la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, la sociedad de economía mixta bajo la figura de Sociedad por Acciones Simplificada, con un número de dos (2) accionistas, ya sean personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que junto a éste suscriban el contrato que de origen a la Sociedad por Acciones Simplificadas con el objeto descrito en este documento. Así mismo, ante Convocatoria Pública que se efectúe para seleccionar el accionista que conformen la sociedad de economía mixta, éste podrá presentarse tanto en forma conjunta como individual y bajo cualesquiera de las formas de participación asociativa que contempla la Ley y que permitan su selección conjunta por parte de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga. 2.2.4. PATRIMONIO DEL INTERESADO El interesado o uno o más de sus integrantes deberá demostrar que posee un patrimonio mínimo sumado y/o conjunto, que sea igual o mayor DOS VECES EL VALOR DEL APORTE SEÑALADO EN EL LITERAL B DEL NUMERAL 1.4 DE LA CONVOCATORIA teniendo en cuenta la información financiera señalada en el RUP de cada uno de los miembros con corte a 31 de diciembre de 2014. 2.2.5. REQUISITOS HABILITANTES A. CAPACIDAD JURÍDICA DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 19 de 24 Para ser elegibles dentro de la presente selección, los interesados en participar deberán cumplir al momento de la presentación de su propuesta los siguientes requisitos: ITEM DOCUMENTO 1 Carta de presentación y compromiso Certificado de existencia y representación legal (o documento equivalente), con fecha de expedición no superior a 10 días calendario a la fecha de presentación de la propuesta. En caso de persona jurídica su duración deberá ser indefinida. Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato. Acreditar que su objeto social le permita asociarse con personas jurídicas públicas. Acreditar que su objeto social le permita desarrollar actividades relacionadas con la regulación del tránsito, y/o semaforización, y/o señalización, y/o suministro de equipos eléctricos o electrónicos, montaje de equipos, implementación de fibra óptica, equipos o sistemas de comunicación, y/o construcción de infraestructura, y/o ingeniería de transporte. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar copia del acta en la que conste la decisión que autorice para todos los efectos del proceso, entre los cuales se encuentra la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato y la actuación del representante en los demás actos requeridos para la contratación adoptada por el órgano social correspondiente, y autenticada por el funcionario competente de la Sociedad. Garantía de seriedad de la propuesta. 2 3 4 5 6 6 7 8 9 10 Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal Acreditar el pago al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales de conformidad con la ley. En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal, debe también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia y adicionalmente allegar la planilla de aportes al sistema de seguridad social según el mes que corresponda. En el evento que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales por virtud de la Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012 – Impuesto CREE), DEBERÁ INDICAR DICHA circunstancia. En caso de presentarse como sociedad futura, deberá anexar la promesa de constitución de la sociedad futura. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 20 de 24 ITEM DOCUMENTO 11 Original del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural. Con vigencia máxima de 30 días calendario. 12 El proponente deberá demostrar la existencia de ACUERDO COMERCIAL O EMPRESARIAL O DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA, IRREVOCABLE Y EXCLUSIVO con una aliado técnico quien deberá cumplir los requisitos técnicos habilitantes que describirán. Para tal efecto se deberá utilizar el modelo del Anexo II de esta convocatoria. 13 En caso consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura, o sociedad con objeto único, deberá garantizar que la nueva persona jurídica que se conforme para ser miembro de la Sociedad de Economía mixta, tenga como mínimo un capital igual o superior al aporte que el socio privado debe hacer al capital social. Se evalúa el cumplimiento de los requisitos habilitantes legales mínimos exigidos en loa convocatoria pública. En caso de que las propuestas no cumplan, se califican como “NO CUMPLE” y se procede a cesar su evaluación, por lo que cualquier condición habilitante que no se cumpla elimina, por lo tanto, la propuesta. Si se presentan como sociedad futura, cada una de los socios promitentes deberá anexar los documentos señalados en los numerales 2, 5, 7, 8 y 10. NOTA: La información objeto de verificación en el RUP deberá estar vigente y en firme a al momento de la presentación de la oferta para que ésta sea considerada en la verificación preliminar como habilitada o no habilitada. B. CAPACIDAD TÉCNICA El proponente, que no cuente dentro de sus socios al aliado técnico, deberá allegar el ACUERDO COMERCIAL O EMPRESARIAL O DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA, IRREVOCABLE Y EXCLUSIVO con una persona que cumpla los siguientes requisitos: 1. El Aliado Técnico, para considerarse como hábil, debe acreditar una fecha de constitución en Colombia no inferior a 5 años. En caso de presentarse una filial de empresa extranjera, la casa matriz deberá de contar con una fecha de constitución no inferior a 20 años. 2. En caso que el Proponente o el Aliado Técnico sea extranjero se calificará como cumple cuando dicho Aliado Técnico acredite la existencia en Colombia, de sucursales o filiales 100% controladas por su casa matriz que faciliten el manejo DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 21 de 24 local de la relación con la Entidad y la gestión de sus necesidades y que cumplan con las fechas anteriormente mencionadas. Este requisito se acreditará mediante la presentación con la propuesta, de los documentos de existencia y representación legal de la filial, sucursal o casa matriz según corresponda, del proponente y Aliado Técnico si fuera el caso. 3. Además de los documentos solicitados, se requiere del proponente o el Aliado Técnico la presentación de un contrato realizado o en ejecución en Colombia en los últimos 5 años que por lo menos integre cuatro de los subsistemas siguientes: (Centro de Control, Software integrado, Semaforización, CCTV, PMV, Foto Multas, Comunicaciones Fibra Óptica, Prioridad al Transporte Público) y cuyo monto, a la fecha de suscripción no sea no inferior a 12.500 SMLMV. Lo anterior, dada la necesidad de confirmar la utilización de tecnología de punta o de vanguardia y la integración de subsistemas a nivel Nacional. 4. En caso de que el aliado técnico sea un consorcio o una unión temporal la totalidad de los miembros debe cumplir con el 100% de los requisitos jurídico y técnicos, señalados en la presente convocatoria. C. CAPACIDAD FINACIERA Para verificar la capacidad financiera se verificará con CERTIFICADO CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO PROPONENTES - RUP) DE DE El Certificado de clasificación de la cámara de comercio con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha fijada para el cierre del presente proceso. Este certificado debe ser presentado en ORIGINAL. La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores financieros requeridos por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, calculados según los datos financieros del año inmediatamente anterior en el Registro Único de Proponentes, es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2014 registrados en el RUP. NOTA 1: En caso de sociedades futuras, se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal. NOTA 2: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2014, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de apertura reportado en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio. La capacidad financiera se medirá acorde a los siguientes indicadores DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 Página 22 de 24 CONVOCATORIA PUBLICA INDICADOR LIQUIDEZ ENDEUDAMIENTO PATRIMONIO DEL PROPONENTE FORMULA Activo Corriente dividido por el Pasivo Corriente Pasivo Total dividido por el Activo Total Patrimonio Total CRITERIO MAYOR O IGUAL A 4 MENOR O IGUAL A 0,1 El interesado o uno o más de sus integrantes deberá demostrar que posee un patrimonio mínimo sumado y/o conjunto, que sea igual o mayor DOS VECES EL VALOR DEL APORTE SEÑALADO EN EL LITERAL B DEL NUMERAL 1.4 DE LA CONVOCATORIA teniendo en cuenta la información financiera señalada en el RUP de cada uno de los miembros con corte a 31 de diciembre de 2014. NOTA: (1) Cuando la propuesta es presentada por una promesa de sociedad futura, consorcio unión temporal los índices financieros serán calculados ponderando la participación de cada uno de sus integrantes. (2) Cuando la persona sea natural y no está obligada por ley a tener estados financieros, deberá presentar documento suscrito por contador público y bajo juramento, donde se relacionen los activos, pasivos y patrimonio. Se evalúa el cumplimiento de los requisitos habilitantes legales mínimos exigidos en la convocatoria pública. En caso de que las propuestas no cumplan, se califican como “NO CUMPLE” y se procede a cesar su evaluación, por lo que cualquier condición habilitante que no se cumpla elimina, por lo tanto, la propuesta. NOTA: La información objeto de verificación en el RUP deberá estar vigente y en firme a al momento de la presentación de la oferta para que ésta sea considerada en la verificación preliminar como habilitada o no habilitada. 2.2.6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 23 de 24 El proponente deberá constituir a favor de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, para la presentación de su propuesta, una garantía de seriedad de la propuesta por un valor igual al diez por ciento (10%) del aporte del socio privado para la conformación del capital social de la futura sociedad. La vigencia de la garantía deberá cubrir no menos de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección objetiva. La garantía de seriedad de la propuesta, deberá ser expedida a favor de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, por una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia y autorizada para otorgar este tipo de garantías, y cuya póliza matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. La no presentación de la garantía de seriedad de la propuesta, será un requisito no subsanable y genera el rechazo de la propuesta. Igual efecto jurídico se genera sí la garantía está expedida sin el cumplimiento de los requisitos legales. La garantía de seriedad de la propuesta, una vez seleccionado el socio estratégico, se suscriba y se perfeccione el contrato societario objeto del presente proceso de selección objetiva, será devuelta a los demás proponentes. Al proponente seleccionado, se le devolverá la garantía una vez cancele la totalidad del capital pagado al cual se obligó. Las garantías de seriedad de las propuestas serán devueltas a todos los proponentes cuando se declare desierto el proceso. Los riesgos amparados por la póliza de seriedad serán los siguientes: a. La no firma del Contrato Societario dentro del plazo fijado para ello. b. El incumplimiento por parte del adjudicatario de los requisitos previstos para la legalización y perfeccionamiento del Contrato Societario. C. El no pago del capital pagado en los términos previstos en el modelo de Contrato de Sociedad. TULO III CONDICIONES DEL CONTRATO: Con el presente aviso se publican las condiciones del contrato a celebrar, las que se podrán consultar en el Anexo I “Minuta del Contrato Societario” La sociedad se denomina XXXXXXXXX creada y organizada de conformidad con la Ley 489 de 1998 y demás normas aplicables, tendrá la naturaleza de Sociedad de Economía Mixta del orden municipal, vinculada a la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, con personería jurídica propia, plena autonomía administrativa y patrimonio y capital independientes. La sociedad tendrá por objeto principal determinado el desarrollo e implementación de sistemas de detección electrónica de infracciones, mediante dispositivos de alta tecnología para detección, registro, notificación y control del proceso contravencional de las infracciones de tránsito cometidas en las vías que se encuentran dentro de la jurisdicción del municipio de Bucaramanga. Igualmente, la sociedad tendrá como objeto la inspección, así como el diseño y ejecución de proyectos de modernización y ampliación de la red semafórica, la implementación del Centro Integral de Control de Tráfico de Bucaramanga y las demás actividades inherentes a las acabadas de mencionar de conformidad con el Plan de Desarrollo y la modernidad tecnológica. DIR-SIG PROCESO DIRECCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Versión:02 Serie: 100 CONVOCATORIA PUBLICA Página 24 de 24 La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier naturaleza que ellas fueren, relacionadas con el objeto mencionado, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad. En ningún momento de vida de la Sociedad de Economía Mixta, podrá disminuirse la participación de naturaleza pública en menos de un 40% del capital societario. Los activos adquiridos en desarrollo del objeto social de la sociedad de economía mixta, o aquéllos que sean aportados por los socios, serán de propiedad de la sociedad de economía mixta y no podrán enajenarse, arrendarse, pignorarse, administrar la propiedad, hipotecarse, entregarse en prenda, otorgar servidumbre o otorgar cualquier tipo de administración de la propiedad, sin consentimiento previo del Socio Público. CAPITULO IV ANEXOS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA Como documentos anexos a la presente Convocatoria Pública se publican: ANEXO I. “MINUTA DEL CONTRATO SOCIETARIO” ANEXO II. MODELO DE ACUERDO COMERCIAL O EMPRESARIAL O DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA, IRREVOCABLE Y EXCLUSIVO ANEXO III FORMATO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. ANEXO IV FORMATO CARTA DE COMPROMISO DE TRANSPARENCIA ANEXO V FORMATO PAGO PARAFISCALES RAFAEL HORACIO NUÑEZ Director de Tránsito VoBo. Milciades Flórez Carvajal- Sub director Técnico VoBo Roberto Ardila Cañas- Asesor Jurídico externo/contratista VoBo Julio César Del Valle Rueda- Asesor Financiero externo/ contratista
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