CONVOCATORIA PUBLICA No. 001 - Direccion de Transito de

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CONVOCATORIA PUBLICA No. 001- 2015, para “LA SELECCIÓN DEL SOCIO
ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE
BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA QUE TENDRÁ POR
OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA MOVILIDAD Y LA
SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA”.
RECOMENDACIONES A LOS PARTICIPANTES.
Se recomienda a todos los posibles oferentes, antes de proceder a elaborar y presentar
sus propuestas, tener en cuenta las siguientes instrucciones y recomendaciones:
1. Se recomienda a los interesados que deseen participar en la presente
Convocatoria, leer detenidamente el presente documento, cumplir con las
exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de
cualquier manera en su postulación.
2. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e
incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para
contratar con el Estado Colombiano.
3. Examinar rigurosamente el contenido de las normas que regulan la conformación
de una Sociedad de Economía Mixta, en especial la Ley 489 de 1998, el Código
de Comercio y la Ley 1258 de 2008
4. Examinar rigurosamente el contenido del presente convocatoria pública, los
documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la
Contratación Administrativa con Entidades del Estado (Ley 80 de 1993, Ley 1150
de 2007, Decreto No. 019 de 2013, Decreto 1510 de 2013 y demás normas
reglamentarias y complementarias).
5. Adelantar oportunamente, los trámites tendientes a la obtención de los
documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la
información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, en la
ley y en el presente convocatoria pública
6. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro
de los plazos exigidos en este convocatoria pública
7. Suministrar toda la información requerida en este convocatoria pública, dando
cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.
8. El proponente será responsable por los datos, informes, documentos y resultados
que suministre durante el proceso de selección y los necesarios para la
suscripción del contrato de Sociedad, si es seleccionado.
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9. Todos los gastos en que incurra el proponente con ocasión de la preparación y
presentación de la propuesta, correrán por su cuenta y la Dirección de Tránsito de
Bucaramanga, no asume responsabilidad de reembolso alguno.
10. La Dirección de Tránsito de Bucaramanga, se reserva el derecho de solicitar
aclaraciones y documentación, en condiciones de igualdad para todos los
proponentes sobre los requisitos que no afecten los factores de ponderación de las
ofertas (asignación de puntaje), hecho este que podrá realizarse hasta la selección
de la mejor oferta, conforme lo establece la Ley 1150 de 2007 en el parágrafo 1
del artículo 5 y el Decreto 1510 de 2013.
11. Tener presente la fecha y hora previstas para el cierre de este proceso. En ningún
caso se recibirán propuestas fuera del tiempo previsto.
12. Toda consulta deberá formularse por escrito a la dirección consignada en la
presente convocatoria pública. A los funcionarios les está prohibido atender
consultas en forma personal o telefónica.
13. De conformidad con lo señalado en la Ley 1150 de 2007, y los Decretos
Reglamentarios No. 1510 de 2013 y 019 de 2012, todas las personas que aspiren
a celebrar contratos con el Estado Colombiano deben estar inscritos en el Registro
Único de Proponentes – RUP.
14. Antes de entregar la propuesta verifique que se haya incluido la totalidad de los
documentos exigidos.
15. Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter
de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el interesado deberá hacer
manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta
soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo, se entenderá que toda la
información allí contenida es pública.
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 001- 2015
OBJETO: “LA SELECCIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA
MIXTA QUE TENDRÁ POR OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA
DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA”
1. ASPECTOS GENERALES.
1.1 “PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
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En el evento de conocerse casos especiales de corrupción, se debe reportar el hecho al
Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos:
(1) 562 93 00, (1) 565 76 49, y (1) 562 41 28; vía fax al número telefónico: (1) 565 8671;
correo electrónico, en la dirección: [email protected]; al sitio de denuncias del
programa, en la página Web: www.anticorrupcion.gov.co ; correspondencia o
personalmente, en la dirección: Carrera 8 No 7-27, Bogotá, D.C.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en el presente procedimiento,
se debe reportar el hecho a la Oficina de Control Interno de la DIRECCIÓN DE
TRANSITO DE BUCARAMANGA, ubicada en el km 04 vía de Bucaramanga al municipio
de Girón, Teléfono (7) 6809966.
POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de la presente convocatoria
pública y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la
transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. Si la
Dirección de Tránsito de Bucaramanga comprobare hechos constitutivos de corrupción
por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones
legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del
contrato de Sociedad, tales circunstancias podrán dar lugar a la cesión del contrato de
sociedad.
1.2 INVITACIÓN A PROPONENTES Y/O VEEDORES.
La DIRECCIÓN DE TRANSITO DE BUCARAMANGA actuando de conformidad con los
principios que regulan la contratación estatal convoca a los interesados para que
participen en el presente proceso de selección y a los veedores para que ejerzan la
vigilancia de la gestión pública contractual.
Para tal efecto, la entidad pone a disposición el presente documento denominado
“CONVOCATORIA PÚBLICA DEFINITIVA No. 001- 2015, cuyo objeto es “LA
SELECCIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA DIRECCIÓN
DE TRÁNSITO DE BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA QUE
TENDRÁ POR OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA
MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA”
En el caso en que los interesados deseen realizar observaciones al mismo, deberán tener
en cuenta lo señalado más adelante en el presente instructivo.
CAPITULO I
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INFORMACIÓN GENERAL
1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1. FUNDAMENTO JURÍDICO MODALIDAD DE SELECCIÓN
Con el fin de dar cumplimiento a los principios de la función administrativa y de la
contratación estatal la Dirección de Tránsito de Bucaramanga mediante el presente
documento pretende salvaguardar entre otros los principios de selección objetiva, la
pluralidad de oferentes y de publicidad, abre la siguiente Convocatoria Pública la cual se
regirá por las disposiciones indicadas en el presente documento.
A su vez y teniendo en cuenta que el presente proceso es con miras a la selección del
socio estratégico que conformará con la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, la
sociedad de economía mixta para el desarrollo de proyectos de mejora de la movilidad y
la seguridad vial en el municipio de Bucaramanga, a través de una tipología societaria por
acciones simplificadas, se rige por las normas contenidas en el presente documento, el
artículo 209 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998 y el Código de Comercio.
En virtud de las normas vigentes, las personas naturales o jurídicas privadas, tienen
posibilidad de constituir junto con entidades públicas, sociedades de economía mixta, en
desarrollo de la libertad de Asociación en un ambiente de libre competencia, sin que se
requiera para su conformación el cumplimiento de requisitos distintos a los contemplados
en el régimen jurídico de estas sociedades, los principios de la función administrativa, la
Ley 489 de 1998 y los requisitos de la Convocatoria contenidos en el presente
documento.
Para efectos de la propuesta, los interesados en participar deberán analizar la
normatividad señalada y la relacionada con este servicio, con el propósito que conozcan a
cabalidad el régimen jurídico que regula el presente proceso de selección objetiva.
Al contrato societario que se celebre como consecuencia del procedimiento de selección
previsto en el presente documento les serán aplicables las normas legales,
reglamentarias y regulatorias vigentes al momento de su celebración, especialmente las
contenidas la Ley 489 de 1998, el Título VII “De las Sociedades de Economía Mixta” del
Código de Comercio, la Ley 1258 de 2008 y el Acuerdo No. 034 de 2014 y/o la
autorización contenida en el acta del Consejo Directivo de la Dirección de Tránsito y
Transportes de Bucaramanga de fecha 29 de abril de 2015.
En virtud de las normas vigentes, las personas naturales o jurídicas privadas, tienen
posibilidad de constituir junto con entidades públicas, sociedades de economía mixta, en
desarrollo de la libertad de Asociación en un ambiente de libre competencia, sin que se
requiera para su conformación el cumplimiento de requisitos distintos a los contemplados
en el régimen jurídico de estas sociedades, los principios de la función administrativa, la
Ley 489 de 1998 y los requisitos del presente documento.
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1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA
La Dirección de Tránsito de Bucaramanga, se encuentra interesada en “LA SELECCIÓN
DEL SOCIO ESTRATÉGICO QUE CONFORMARÁ CON LA DIRECCION DE TRANSITO
DE BUCARAMANGA UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA QUE TENDRÁ POR
OBJETO EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA MOVILIDAD Y LA
SEGURIDAD VIAL EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA” de acuerdo a las
condiciones y características exigidas por la entidad, por lo cual solicita ofertas que
cumplan con los requisitos y especificaciones de la presente convocatoria, la Ley 489 de
1998, Código de Comercio y Ley 1258 de 2008.
1.3. ALCANCE DEL OBJETO DE LA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA A
CONSTITUIR
La sociedad tendrá por objeto principal determinado el desarrollo e implementación de
sistemas de detección electrónica de infracciones, mediante dispositivos de alta
tecnología para detección, registro, notificación y control del proceso contravencional de
las infracciones de tránsito cometidas en las vías que se encuentran dentro de la
jurisdicción del municipio de Bucaramanga.
Igualmente, la sociedad tendrá como objeto la inspección, así como el diseño y ejecución
de proyectos de modernización y ampliación de la red semafórica, la implementación del
Centro Integral de Control de Tráfico de Bucaramanga y las demás actividades inherentes
a las acabadas de mencionar de conformidad con el Plan de Desarrollo y la modernidad
tecnológica.
La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier
naturaleza que ellas fueren, relacionadas con el objeto mencionado, así como
cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o
desarrollar el comercio o la industria de la sociedad.
A. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD PÚBLICA
Las obligaciones que debe cumplir la entidad pública serán entre otras las siguientes:
1. Concurrir en el término y plazo previsto en la presente convocatoria a la suscribir
el documento de constitución de la sociedad de economía mixta
2. Realizar el aporte a que se compromete la entidad pública para conformar el
capital social.
3. Garantizar el desarrollo del objeto social de la sociedad de economía mixta.
4. Cumplir con las obligaciones que recaigan directamente en su cabeza y de las
cuales dependa la inversión del socio privado, tales como: autorizaciones y
permisos ante la autoridad superior como ministerios, superintendencias.
5. Garantizar la celebración de los respectivos convenios o contratos
interadministrativos con la Dirección de Tránsito y Transportes de Bucaramanga,
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o de otro tipo que se requiera para garantizar el ejercicio de la funciones que son
indelegables en materia de tránsito, tales como alférez, inspectores de tránsito y
demás logística necesaria para hacer efectivo el objeto de la sociedad de
economía mixta.
B. OBLIGACIONES DEL SOCIO PRIVADO
1. Concurrir en el término y plazo previsto en la presente convocatoria a la suscribir
el documento de constitución de la sociedad de economía mixta
2. Realizar el aporte del capital societario que se compromete a realizar.
3. Realizar el plan de inversiones según lo exige la presente convocatoria, conforme
al diagnóstico previo que se debe realizar durante los primeros 6 meses de
constituida la sociedad.
4. Desarrollar las inversiones a que se compromete, una vez la Dirección de Tránsito
cumpla con las obligaciones que le son inherentes.
5. Garantizar el desarrollo del objeto social de la sociedad de economía mixta.
6. Garantizar la celebración de los respectivos convenios o contratos
interadministrativos con la Dirección de Tránsito y Transportes de Bucaramanga,
o de otro tipo que se requiera para garantizar el ejercicio de la funciones que son
indelegables en materia de tránsito, tales como alférez, inspectores de tránsito y
demás logística necesaria para hacer efectivo el objeto de la sociedad de
economía mixta.
7. Mantener el porcentaje de participación del 60% como socio privado.
1.4. APORTE DEL PROPONENTE SELECCIONADO
A. CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA A CONSTITUIR.
El proponente seleccionado se compromete a disponer por CONCEPTO DE CAPITAL
durante el primer año de vigencia del contrato societario a: (i) El aporte de capital previsto
en la presente convocatoria pública y sus anexos por la suma de MIL QUINIENTOS
MILLONES DE PESOS ($1.500.000.000) correspondiente al 60% de la participación
Societaria, como capital accionario suscrito. De lo anterior se determina que el capital
suscrito de la empresa de economía mixta será de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES
DE PESOS (2.500.000.000,oo).
El aporte del capital accionario, es decir los $1.500.000.000, se realizará dentro de la
semana siguiente a la formalización del aporte público.
B. INVERSIONES OBLIGATORIAS DEL SOCIO PRIVADO
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El socio privado se compromete a realizar inversiones por la suma de VEINTE MIL
MILLONES DE PESOS ($20.000.000.000.oo) en un periodo máximo de dos años así:
a. La suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10.000.000.000.oo) que deberá
tenerse disponible durante el primer año contado a partir de la finalización del
diagnóstico técnico de las intervenciones a realizar que se describe en la presente
convocatoria.
b. La suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10.000.000.000.oo) que deberán
estar disponible dentro del segundo año, contado a partir del vencimiento del
término contemplado para el primer año.
Se prevé que el aporte para las inversiones se focalice en:
a. Realizar un diagnóstico de la situación actual en términos de tecnología, estado de
tránsito y fijación de los principales índices y parámetros de la movilidad y
seguridad vial en la ciudad. Para la realización del diagnóstico se deben tener en
cuenta, entre otros aspectos, los estudios técnicos, financieros y jurídicos
realizados por la DTB. Este diagnostico, debe detallar claramente la estrategia y
cronograma de las inversiones a realizar principalmente en:
1. Implementación del sistema de detección electrónica de la ciudad y su
operatividad en el marco de los términos establecidos en la ley.
2. Realizar la adecuación y/o modernización de las red de semaforización de
la ciudad
3. Implementar y/o modernizar un Centro de Control Integral de Tráfico.
4. Proyectar el plan de expansión de la red semafórica de la ciudad
5. Implementar la tecnología necesaria para garantizar un adecuado sistema
de tránsito y seguridad vial de la ciudad.
6. Plan de sensibilización y socialización.
7. Dimensionamiento e implementación de la funcionabilidad técnica,
operativa y administrativa de la empresa de economía mixta.
b. Llevar a cabo las inversiones necesarias para garantizar el alcance previsto en el
diagnóstico anterior.
c. Implementación de un centro administrativo de atención a la ciudadanía, en lo
referente a las infracciones electrónicas.
d. Plantear y desarrollar las actividades de mantenimiento del Sistema
Implementado.
1.5. JUSTIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
1.5.1. Que de acuerdo con el artículo 97 de la Ley 489 de 1998, “Sociedades de
economía mixta. Las sociedades de economía mixta son organismos
autorizados por la ley, constituidos bajo la forma de sociedades comerciales
con aportes estatales y de capital privado, que desarrollan actividades de
naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas de Derecho Privado,
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salvo las excepciones que consagra la ley. Las inversiones temporales de
carácter financiero no afectan su naturaleza jurídica ni su régimen”.
1.5.2. Que el artículo 461 del Código de Comercio consagra que “son de economía
mixta las sociedades comerciales que se constituyen con aportes estatales y
de capital privado. Las sociedades de economía mixta se sujetan a las reglas
del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria, salvo disposición legal en
contrario”.
1.5.3. Que la Superintendencia de Sociedades en concepto 220-103879 sobre la
constitución de Sociedades de Economía Mixta indicó lo siguiente: “Si bien la
Ley 489 de 1998 establece que las sociedades de economía mixta serán
autorizadas por la Ley, ordenanza o acuerdo, ello no supone que tal
autorización deba imponer requisitos especiales respecto de las personas
naturales o jurídicas privadas con las cuales pretenda asociarse la entidad
pública o la Nación, ni establecer "términos de referencia" o "registro de
proponentes" para el efecto, de suerte que para ese fin bastará que el
aportante sea persona con capacidad legal, entendida ésta como la facultad de
poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra,
conforme a lo establecido en el artículo 1502 del Código Civil”.
1.5.4. Que así mismo dicha Superintendencia señaló que “(…) Los requisitos de
constitución de las sociedades comerciales previstos en la legislación
mercantil, resulta pertinente mencionar lo establecido en el artículo 101 del
Código de Comercio, en todo aplicable a la constitución de sociedades de
economía mixta, así: "Para que el contrato de sociedad sea válido respecto de
cada uno de los asociados será necesario que de su parte haya capacidad
legal y consentimiento exento de error esencial, fuerza o dolo, y que las
obligaciones que contraigan tengan un objeto y una causa lícitos. (...)".
1.5.5. Que el Concejo del municipio de Bucaramanga expidió el Acuerdo No 014 del
30 de mayo de 2012 “Por el cual se aprueba y adopta el Plan de Desarrollo
Económico, Social y de Obras Públicas 2012 – 2015, “Bucaramanga Capital
Sostenible”
1.5.6. Que en cumplimiento del Acuerdo No 014 del 30 de mayo de 2012 “Por el cual
se aprueba y adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras
Públicas 2012 – 2015, “Bucaramanga Capital Sostenible”, se prevé la
necesidad que se “conciba y estructure proyectos que jalonen la
modernización económica, tecnológica, urbanística y ambiental”, sin degradar
las condiciones ambientales de la ciudad y su entorno, con grandes
ambiciones pero con plena conciencia del carácter limitado de sus recursos.
1.5.7. Que dentro del mismo Plan de Desarrollo, se encuentra contemplado el “Eje
Programático Movilidad Vial y Peatonal”, el cual busca a través de la ejecución
de políticas públicas en movilidad, superar las problemáticas asociadas a la
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movilidad vial y peatonal, causada por la baja movilidad vehicular en la ciudad,
en razón principalmente al creciente parque automotor y la divergencia
existente entre la planeación del territorio y la planificación del sistema de
transporte, la malla vial urbana deteriorada y la invasión del espacio público
vial.
1.5.8. Que la tercera dimensión “Sostenibilidad Urbana” del Plan de Desarrollo
Municipal, obedece a una recomendación mundial hacia los entornos urbanos,
en donde debe primar el principio de corresponsabilidad entre los gobiernos y
los ciudadanos, en procura de construir en común un mejor espacio de
convivencia, ajustado a normas referentes a la cultura ciudadana, el mejor uso,
protección y defensa de los espacios públicos, de un servicio de transporte
público ágil y eficiente, una ciudad responsable con el menor consumo de
energía, con amplia conectividad digital para sus habitantes y unos factores de
construcción y habitabilidad que le garanticen al ciudadano una disponibilidad
ideal de 10 metros cuadrados de espacio público por habitante.
1.5.9. Que el Concejo de Bucaramanga expidió el Acuerdo No 034 del 10 de
diciembre de 2014 "Por medio del medio del cual se autoriza al Alcalde
Municipal para la celebración de Contratos asociativos y/o la participación en
sociedades mixtas o en sociedades entre Entidades Públicas, para el
desarrollo de proyectos de mejora de la movilidad y la seguridad vial en el
municipio de Bucaramanga".
1.5.10. Que el Acuerdo No 034 de 2014 del Concejo Municipal de Bucaramanga, se
expidió a su vez, con base en el considerando mencionado, a partir de la
necesidad de adelantar diferentes proyectos e iniciativas conducentes a la
mejora de la movilidad y la seguridad vial en el Municipio, mediante la
incorporación de nuevas y modernas herramientas tecnológicas e informáticas
que, al mismo tiempo, contribuyan a fomentar el flujo vehicular, disminuir la
accidentalidad, mejorar la cultura ciudadana y potenciar los mecanismos de
control y monitoreo a cargo de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, en
beneficio de la calidad de la vida de sus habitantes.
1.5.11. Que tal y como se indica en el mencionado Acuerdo No 034 de 2014, es
indispensable adelantar iniciativas orientadas a la implementación de sistemas
de detección electrónica de infracciones, mediante dispositivos de alta
tecnología para detección, registro, notificación y control del proceso
contravencional de las infracciones de tránsito cometidas en las vías sometidas
a su inspección, así como proyectos de modernización y ampliación de la red
semafórica e implementación del centro integral de control de tráfico de
Bucaramanga.
1.5.12. Que con el propósito de superar las limitaciones técnicas y en especial de
carácter financiero por parte de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, es
indispensable que la misma pueda aunar esfuerzos y generar sinergias con
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agentes del sector privado o con otros organismos de naturaleza publica, para
el desarrollo de proyectos e iniciativas de mejora de la movilidad y seguridad
vial en el municipio de Bucaramanga.
1.5.13. Que en atención al artículo segundo del Acuerdo No 034 de diciembre de
2014, se ve la necesidad de conformar una Sociedad de Economía Mixta que
tiene por objeto la “(…) implementación de sistemas de detección electrónica
de infracciones, mediante dispositivos de alta tecnología para detección,
registro, notificación y control del proceso contravencional de las infracciones
de transito cometidas en las calles sometidas a su inspección, tal como
proyectos de modernización y ampliación de la red semafórica y la
implementación del Centro Integral de Control de Tráfico de Bucaramanga, y
las demás de conformidad con el Plan de Desarrollo y la modernidad
tecnológica”.
1.5.14. Que en este sentido, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga busca a través
del presente proceso, la selección del socio para la creación de la sociedad de
Economía Mixta, que ejecute las condiciones propicias para superar las
profundas disfuncionalidades que impiden la prestación de un servicio eficiente
en materia de tránsito y transporte, en razón a que con el aporte del sector
privado existirá una organización empresarial, que cuente con un socio con
capacidad financiera y técnica al servicio del municipio y que de esta manera
se puedan desplegar iniciativas y proyectos estratégicos de mejora en la
movilidad y seguridad vial en el municipio, en particular mediante el uso de
herramientas tecnológicas, con base en lo dispuesto en el Acuerdo No. 034 de
diciembre de 2014.
1.5.15. Que mediante Decreto No. 013 del 3 de febrero de 2015, fue delegada en el
Director de Tránsito de Bucaramanga, la autorización concedida por intermedio
del referido Acuerdo.
1.5.16. Que con la creación de la sociedad de Economía Mixta se busca desarrollar lo
establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, que indica que los
municipios se encuentran al servicio de los intereses generales de sus
habitantes y deben desarrollar sus competencias bajo los principios de
eficiencia, eficacia, y responsabilidad, entre otros, y una forma de satisfacer
tales intereses es a través de la creación de empresas que promuevan el
desarrollo de mejoras de la movilidad y la seguridad vial así como el desarrollo
y mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del municipio de
Bucaramanga.
1.5.17. Que la sociedad de economía mixta que se piensa constituir para el desarrollo
de proyectos de mejora de la movilidad y la seguridad vial en el municipio de
Bucaramanga, a través de una tipología societaria por acciones simplificadas,
se rige por las normas contenidas en el Código de Comercio, la Ley 489 de
1998, la Ley 1258 de 2008 y demás normas concordantes. Complementan
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este marco normativo, las demás Leyes, reglamentaciones y regulaciones que
se encuentren vigentes o se expidan durante el término de duración de la
sociedad de economía mixta que se constituya como consecuencia de este
proceso de selección, y que guarden relación directa con la ejecución de su
objeto social o con su estructura societaria.
1.5.18. Que en desarrollo de la libertad de Asociación en un ambiente de libre
competencia, sin que se requiera para su conformación el cumplimiento de
requisitos distintos a los contemplados en el régimen jurídico de estas
sociedades, los principios de la función administrativa, la Ley 489 de 1998 y los
requisitos de la Convocatoria contenidos en el presente documento.
1.5.19. Que el proceso de Convocatoria Pública que se suscriba como consecuencia
del mismo, se regirá en lo pertinente, por el ordenamiento Constitucional, los
presentes convocatoria pública, la Ley 489 de 1998, el Código de Comercio, y
subsidiariamente en lo aplicable al régimen jurídico determinado en Artículo 38
y SS de Decreto 1510 de 2013, leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus
Decretos Reglamentarios.
En este convocatoria pública se describen aspectos técnicos, legales,
financieros, contractuales, de experiencia y cumplimiento, entre otros, que la
Dirección de Tránsito considera que el oferente debe tener en cuenta para
elaborar y presentar su propuesta. El contenido del convocatoria pública debe
ser interpretado integralmente. El orden de los capítulos y numerales no
implica prelación entre los mismos. Los títulos utilizados son orientadores y no
afectan las exigencias en ellos contenidos.
1.5.20. Que el desarrollo de la presente Convocatoria se llevará a cabo en el marco y
respetando los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución
Política, para lo cual la misma se soporta en los elementos de selección
objetiva que deberán atenderse para la selección por parte de la Dirección de
Tránsito de Bucaramanga del respectivo socio estratégico.
1.5.21. Que para efectos de la propuesta, los interesados en participar deberán
analizar la normatividad señalada y la relacionada con este servicio, con el
propósito que conozcan a cabalidad el régimen jurídico que regula el presente
proceso de selección objetiva. Al contrato societario que se celebre como
consecuencia del procedimiento de selección previsto en el presente
documento, le serán aplicables las normas legales, reglamentarias y
regulatorias vigentes al momento de su celebración, especialmente las
contenidas la Ley 489 de 1998, el Título VII “De las Sociedades de Economía
Mixta” del Código de Comercio, la Ley 1258 de 2008 y el Acuerdo No. 034 de
2014.
1.5.22. Que la presente Convocatoria va dirigida a cualquier persona jurídica o natural
que en virtud de las normas vigentes, tengan la posibilidad de constituir junto
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con entidades públicas sociedades de economía mixta, en un ambiente de libre
competencia, sin que se requiera para su conformación el cumplimiento de
requisitos distintos a los contemplados en el régimen jurídico de estas
sociedades, los principios de la función administrativa, la Ley 489 de 1998, lo
señalado en el Acuerdo No 034 de 2014 y los que se regulan dentro de la
presente convocatoria.
1.6. CRONOGRAMA DEL PROCESO
La siguiente es la cronología del presente proceso a llevarse a cabo en La DIRECCIÓN
DE TRANSITO DE BUCARAMANGA.
Actividad
Fecha
Aviso Convocatoria Publica 9 de
2015
en página WEB
junio
Lugar
Página electrónica:
de www.transitobucaramanga.gov.co
Publicación en diario de 11 de junio de Diario de amplia circulación nacional.
2015
amplia circulación
Páginas electrónicas:
Del 10 de junio de
Publicación del proyecto de
www.transitobucaramanga.gov.co y en la
convocatoria
pública 2015 al 19 de Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
Junio de 2015
preliminar.
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Girón – Despacho del Director General.
Del 10 de junio de En la Dirección de Tránsito de
ubicada
la
sede
Término para presentar 2015 al 19 de Bucaramanga,
observaciones
a
la Junio de 2015 administrativa, Km 4 vía Girón –
convocatoria
pública hasta las 5:00 Despacho del Director General. (Por
escrito y en medio magnético)
preliminar
p.m.
Páginas electrónicas:
Del 22 de Junio al
las
www.transitobucaramanga.gov.co y en la
de 26 de Junio de Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
2015
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Girón – Despacho del Director General.
Páginas electrónicas:
Apertura del proceso y
www.transitobucaramanga.gov.co y en la
26
de
Junio
de
publicación de resolución y
Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
2015
de convocatoria pública
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
definitiva
Girón – Despacho del Director General.
Audiencia para precisar el
4:00 p.m. Dirección de Tránsito de
contenido y alcance de la 30 de junio de Bucaramanga,
ubicada
la
sede
convocatoria pública, con 2015
administrativa, Km 4 vía Girón – Auditorio
posibles
oferentes
y
órganos de control.
Expedición de adendas en 1 de Julio de 2015 Páginas electrónicas:
Publicación
respuestas
observaciones
de
DIR-SIG
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CONVOCATORIA PUBLICA
Actividad
Fecha
Lugar
caso de modificación de los
convocatoria
pública
definitiva
www.transitobucaramanga.gov.co y en la
Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Girón – Despacho del Director General.
Cierre de proceso y plazo 3 de Julio de 2015
máximo
para
la hasta las 9:00
presentación
de a.m.
propuestas.
Del 3 de Julio de
Evaluación de las ofertas
2015 al 7 de Julio
de 2015
Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Girón – Despacho del Director General.
Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Girón – Despacho del Director General.
Del 8 de Julio de Páginas electrónicas:
Publicación y traslado del
www.transitobucaramanga.gov.co y en la
informe de evaluación y 2015 al 10 de
Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
términos para pedir copias Julio de 2015
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
de las ofertas.
Girón – Despacho del Director General.
Límite
para
hacer Hasta las 5:00 pm Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
observaciones
del 10 de Julio de ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Girón – Despacho del Director General.
al informe de evaluación
2015
Plazo máximo para
subsanar documentos
Del 8 de Julio de Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
2015 al 10 de ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Julio de 2015 Girón – Despacho del Director General.
hasta las 5:00
p.m.
Respuesta
de 14 de Julio de Páginas electrónicas:
observaciones al informe 2015
www.transitobucaramanga.gov.co y en la
de Evaluación (Si las
Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
hubiere) y Publicación final
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
informe de
Girón – Despacho del Director General.
evaluación (en caso de
recibir
documentos
subsanados)
14 de Julio de Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
Resolución de adjudicación
ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
2015
o declaratoria de desierta.
Girón – Despacho del Director General.
Dentro de los tres Dirección de Tránsito de Bucaramanga,
días
hábiles ubicada la sede administrativa, Km 4 vía
Constitución de la Sociedad
siguientes a la Girón – Despacho del Director General.
adjudicación
NOTA 1: En caso de remitirse la propuesta por correo físico certificado, el interesado
deberá garantizar que la misma se reciba por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga
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Serie: 100
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CONVOCATORIA PUBLICA
antes de la fecha y hora de cierre establecida en el cronograma de la presente
Convocatoria. De no recibirse en dicha fecha y hora, se entenderá como no presentada.
NOTA 2: Las propuestas que se reciban con posterioridad a la fecha y hora límites
estipuladas para la recepción, serán declaradas tardías, y serán rechazadas y devueltas
al interesado en las mismas condiciones en que fueron recibidas. El interesado será el
único responsable de que su propuesta sea recibida en la fecha, hora y sitio señalado en
el presente documento.
NOTA 3: La Dirección de Tránsito de Bucaramanga cuando lo estime conveniente, tendrá
la facultad discrecional de prorrogar, mediante adenda y antes de su vencimiento, la fecha
prevista para el cierre de la Convocatoria, por medio de comunicación que será publicada
en la página www.transitobucaramanga.gov.co.
Nota 4: Los términos contemplados en la presente convocatoria corres a partir de la
publicación de la página WEB de la DTB.
2.2. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
De conformidad con los criterios señalados en el presente documento, se realizará la
evaluación de las propuestas
2.2.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN
La oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta los factores jurídicos,
técnicos y financieros de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos,
soportados en puntajes que se señalan de la siguiente manera:
CONDICIONES PARA
PARTICIPAR EN LA
CONVOCATORIA PUBLICA
1
2
3
FACTORES DE
EVALUACIÓN
PUNTAJE
Capacidad Jurídica
Capacidad financiera
Capacidad Técnica
Cumple/No cumple
Cumple/No cumple
Cumple/No cumple
FORMA DE ASIGNACION DE PUNTAJE.
A las ofertas habilitadas se les asignará el siguiente puntaje:
Tema
Experiencia Técnica
Aspecto
Subsistema Software
de Control:
Subsistema Prioridad
Transporte Público:
Subsistema
Semaforización:
Puntaje
5
5
5
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CONVOCATORIA PUBLICA
Tema
Aspecto
Subsistema de Paneles
de Mensaje Variable
(PMV)
Subsistema de CCTV:
Subsistema de
comunicaciones de Fibra
Óptica:
Subsistema de
Infracciones:
Subsistema Centro de
Control:
Mantenimiento:
Total
Puntaje
5
5
5
5
5
5
45
Las experiencias serán consideradas válidas cuando el proyecto haya terminado su
ejecución. A tal efecto, el Proponente o Aliado Técnico deberá presentar un certificado
firmado por la Autoridad Pública receptora del sistema (no se considerarán válidas
experiencias cuyo cliente final sea de naturaleza privada) en donde se indique
claramente, al menos, la fecha de ejecución, fecha de terminación y descripción de los
trabajos realizados.
Se considerarán válidos aquellas experiencias cuya fecha de terminación esté prevista
para el año 2.015. A tal efecto, el Proponente o Aliado Técnico podrá presentar el contrato
de ejecución o certificado debidamente legalizado.
En caso de que en la certificación o contrato se desprenda que el proyecto es realizado
por un proponente plural, la certificación o el contrato se tendrá por válido cuando la
participación del Proponente sea de al menos el 45 porciento.
Los documentos expedidos en el extranjero deben presentarse debidamente
autenticados, legalizados por Cónsul Colombiano y la firma de éste legalizada -a su vezpor el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, o apostillados, en los términos del
artículo 480 del Código de Comercio o de la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, aprobatoria
de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos
públicos extranjeros”, suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1951, según el caso.
El Artículo 480 del Código de Comercio prescribe que “Los documentos otorgados en el
exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y
la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste,
por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales
sobre el régimen de los poderes”.
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CONVOCATORIA PUBLICA
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Tratándose de sociedades, el citado Artículo dispone que “al autenticar los documentos a
que se refiere este Artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su
objeto conforme a las leyes del respectivo país”.
Surtido el trámite señalado, los documentos deben presentarse al Ministerio de
Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del
cónsul colombiano.
Con arreglo a la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, los documentos públicos otorgados en
el exterior, provenientes de cualquiera de los países signatarios de la Convención de La
Haya del 5 de octubre de 1961, no requieren autenticación, ni refrendación consular, ni
posterior legalización por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Por lo tanto, en este caso solo es exigible la apostilla, trámite que consiste en la
certificación mediante la cual se avala la autenticidad de la firma y el título con el que ha
actuado la persona que suscribe el documento. Se adelanta ante la autoridad competente
en el país de origen.
Si el documento fue expedido en idioma distinto al español, debe presentarse
acompañado de traducción oficial a dicho idioma, y la firma del traductor legalizada de
acuerdo con las normas vigentes.
En el evento de que el documento original se haya expedido en lengua para la cual no
exista traductor oficial en Colombia, debe presentarse acompañado de versión en inglés,
legalizada en el país de origen, y esta última traducida oficialmente al español.
Las experiencias validas aplican para proyectos o contratos suscritos a partir de enero de
2005.
El Proponente o el Aliado Técnico debe acreditar experiencias en los subsistemas que se
mencionan a continuación con la presentación de como máximo de 5 certificaciones de
experiencia en haber suministrado e implementado centros de control de ITS en entorno
urbano


Subsistema Software de Control: Haber instalado el software del centro
de gestión del tráfico. El software deberá haber sido desarrollado por el
Proponente o Aliado Técnico. A tal efecto, deberá presentarse una
certificación firmada por el Representante Legal indicando esta condición.
Dos de las experiencias deben haber sido ejecutadas en ciudades con una
población superior a 500.000 habitantes.
Subsistema Prioridad Transporte Público: Al menos 2 de los
certificados deben incorporar sistemas de priorización al transporte
público y al menos uno de ellos en una ciudad de más de 500.000
habitantes.
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CONVOCATORIA PUBLICA







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Subsistema Semaforización: Al menos 3 certificados deben gestionar
300 reguladores de tránsito o 300 intersecciones cada uno. Al menos 2 de
los certificados deben haber sido realizados en ciudades de más de
500.000 habitantes.
Subsistema de Paneles de Mensaje Variable (PMV): Al menos 2 de los
certificados deben acreditar la existencia dentro del proyecto de paneles
de información al usuario. Las experiencias deben acreditarse en ciudades
de más de 500.000 habitantes.
Subsistema de CCTV: Al menos 3 de los certificados deben acreditar la
existencia dentro del proyecto de mínimo 40 cámaras de video (CCTV)
cada uno y al menos dos de ellos en ciudades de más de 500.000
habitantes.
Subsistema de comunicaciones de Fibra Óptica: Al menos 2 de los
certificados deben acreditar la existencia dentro del proyecto de
comunicaciones basadas en Fibra Óptica con una longitud mínima de
15.000 mts.
Subsistema de Infracciones: Al menos 2 de los certificados deben
acreditar experiencia de gestionar sistemas de fiscalización mediante fotomultas( foto-rojo y/o cinemómetros/velocidad y/o invasión carril y/o giro
prohibido, y/o pico y placa, etc.) , al menos uno de ellos en una ciudad de
más de 500.000 habitantes.
Subsistema Centro de Control: Al menos uno de los certificados debe de
incluir el diseño y construcción del centro de control para la gestión y
control del tráfico donde se mencione explícitamente y como mínimo la
realización de una sala de operación, un video Wall, sistema de
climatización, sistema de iluminación y sistema de control de accesos al
edificio o sala.
Mantenimiento: Al menos dos de los certificados deben acreditar
explícitamente funciones de mantenimiento del equipamiento instalado.
Para que se pueda acreditar la capacidad de Integración en sistemas inteligentes de
transportes del proponente o aliado técnico, en todos y cada uno de los 5 certificados
presentados deberá constar explícitamente la presencia de al menos 3 de los
subsistemas mencionados anteriormente y por lo menos uno de los certificados debe
constatar que la plataforma software del centro de control integra todos los sistemas
objeto del certificado.
Así mismo y para que mediante los certificados presentados se pueda constatar la
capacidad del proponente o su aliado tecnológico en cuanto a suministro e instalación de
los subsistemas requeridos, por lo menos tres de los certificados deben especificar
concretamente que el equipamiento ha sido suministrado e instalado como parte del
contrato.
El puntaje se otorgará con el cumplimiento del Total de las certificaciones, por cada
aspecto calificable.
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CONVOCATORIA PUBLICA
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FORMA DE DIRIMIR LOS EMPATES
En el evento en que analizadas y calificadas las propuestas se llegare a presentar un
empate en la puntuación total, dicha igualdad se definirá aplicado de manera estricta el
siguiente orden:
•
Se seleccionará el proponente que sea nacional colombiano.
•
Se seleccionará el proponente que tenga mayor índice de Liquidez y menor índice
de Endeudamiento.
2.2.2. DISCREPANCIAS Y ERRORES ARITMÉTICOS.
Si existiere discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto en palabras, si
existe discrepancia entre parciales y totales, o entre factores y los totales, prevalecerán
los parciales ó factores. Si de las correcciones efectuadas se derivara(n) alguna(s)
modificación(es) en las propuestas, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga procederá a
comunicar a todos los proponentes la(s) modificación(es) realizada(s). Si el proponente
afectado no aceptara la corrección realizada, su propuesta será rechazada.
2.2.3. NATURALEZA DE LOS OFERENTES
El propósito de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga es seleccionar bajo el principio
de selección objetiva, al socio estratégico que conformará con la Dirección de Tránsito de
Bucaramanga, la sociedad de economía mixta bajo la figura de Sociedad por Acciones
Simplificada, con un número de dos (2) accionistas, ya sean personas naturales o
jurídicas, nacionales o extranjeras, que junto a éste suscriban el contrato que de origen a
la Sociedad por Acciones Simplificadas con el objeto descrito en este documento. Así
mismo, ante Convocatoria Pública que se efectúe para seleccionar el accionista que
conformen la sociedad de economía mixta, éste podrá presentarse tanto en forma
conjunta como individual y bajo cualesquiera de las formas de participación asociativa que
contempla la Ley y que permitan su selección conjunta por parte de la Dirección de
Tránsito de Bucaramanga.
2.2.4. PATRIMONIO DEL INTERESADO
El interesado o uno o más de sus integrantes deberá demostrar que posee un patrimonio
mínimo sumado y/o conjunto, que sea igual o mayor DOS VECES EL VALOR DEL
APORTE SEÑALADO EN EL LITERAL B DEL NUMERAL 1.4 DE LA CONVOCATORIA
teniendo en cuenta la información financiera señalada en el RUP de cada uno de los
miembros con corte a 31 de diciembre de 2014.
2.2.5. REQUISITOS HABILITANTES
A. CAPACIDAD JURÍDICA
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Para ser elegibles dentro de la presente selección, los interesados en participar deberán
cumplir al momento de la presentación de su propuesta los siguientes requisitos:
ITEM
DOCUMENTO
1
Carta de presentación y compromiso
Certificado de existencia y representación legal (o documento
equivalente), con fecha de expedición no superior a 10 días calendario a
la fecha de presentación de la propuesta.
En caso de persona jurídica su duración deberá ser indefinida.
Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la
presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato.
Acreditar que su objeto social le permita asociarse con personas
jurídicas públicas.
Acreditar que su objeto social le permita desarrollar actividades
relacionadas con la regulación del tránsito, y/o semaforización, y/o
señalización, y/o suministro de equipos eléctricos o electrónicos,
montaje de equipos, implementación de fibra óptica, equipos o sistemas
de comunicación, y/o construcción de infraestructura, y/o ingeniería de
transporte.
Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá
presentar copia del acta en la que conste la decisión que autorice para
todos los efectos del proceso, entre los cuales se encuentra la
presentación de la propuesta, la suscripción del contrato y la actuación
del representante en los demás actos requeridos para la contratación
adoptada por el órgano social correspondiente, y autenticada por el
funcionario competente de la Sociedad.
Garantía de seriedad de la propuesta.
2
3
4
5
6
6
7
8
9
10
Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal
Acreditar el pago al sistema de seguridad social integral y aportes
parafiscales de conformidad con la ley.
En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté
obligado a efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social
por personal, debe también bajo la gravedad de juramento, indicar esta
circunstancia y adicionalmente allegar la planilla de aportes al sistema de
seguridad social según el mes que corresponda.
En el evento que NO se encuentre obligado a cancelar aportes
parafiscales por virtud de la Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012 –
Impuesto CREE), DEBERÁ INDICAR DICHA circunstancia.
En caso de presentarse como sociedad futura, deberá anexar la
promesa de constitución de la sociedad futura.
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ITEM
DOCUMENTO
11
Original del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros
del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el
Proponente es plural. Con vigencia máxima de 30 días calendario.
12
El proponente deberá demostrar la existencia de ACUERDO
COMERCIAL O EMPRESARIAL O DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA,
IRREVOCABLE Y EXCLUSIVO con una aliado técnico quien deberá
cumplir los requisitos técnicos habilitantes que describirán. Para tal
efecto se deberá utilizar el modelo del Anexo II de esta convocatoria.
13
En caso consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura, o
sociedad con objeto único, deberá garantizar que la nueva persona
jurídica que se conforme para ser miembro de la Sociedad de Economía
mixta, tenga como mínimo un capital igual o superior al aporte que el
socio privado debe hacer al capital social.
Se evalúa el cumplimiento de los requisitos habilitantes legales mínimos exigidos en loa
convocatoria pública. En caso de que las propuestas no cumplan, se califican como “NO
CUMPLE” y se procede a cesar su evaluación, por lo que cualquier condición habilitante
que no se cumpla elimina, por lo tanto, la propuesta.
Si se presentan como sociedad futura, cada una de los socios promitentes deberá anexar
los documentos señalados en los numerales 2, 5, 7, 8 y 10.
NOTA: La información objeto de verificación en el RUP deberá estar vigente y en firme a
al momento de la presentación de la oferta para que ésta sea considerada en la
verificación preliminar como habilitada o no habilitada.
B. CAPACIDAD TÉCNICA
El proponente, que no cuente dentro de sus socios al aliado técnico, deberá allegar el
ACUERDO COMERCIAL O EMPRESARIAL O DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA,
IRREVOCABLE Y EXCLUSIVO con una persona que cumpla los siguientes requisitos:
1. El Aliado Técnico, para considerarse como hábil, debe acreditar una fecha de
constitución en Colombia no inferior a 5 años. En caso de presentarse una filial de
empresa extranjera, la casa matriz deberá de contar con una fecha de constitución
no inferior a 20 años.
2. En caso que el Proponente o el Aliado Técnico sea extranjero se calificará como
cumple cuando dicho Aliado Técnico acredite la existencia en Colombia, de
sucursales o filiales 100% controladas por su casa matriz que faciliten el manejo
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CONVOCATORIA PUBLICA
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local de la relación con la Entidad y la gestión de sus necesidades y que cumplan
con las fechas anteriormente mencionadas.
Este requisito se acreditará mediante la presentación con la propuesta, de los
documentos de existencia y representación legal de la filial, sucursal o casa matriz
según corresponda, del proponente y Aliado Técnico si fuera el caso.
3. Además de los documentos solicitados, se requiere del proponente o el Aliado
Técnico la presentación de un contrato realizado o en ejecución en Colombia en
los últimos 5 años que por lo menos integre cuatro de los subsistemas siguientes:
(Centro de Control, Software integrado, Semaforización, CCTV, PMV, Foto Multas,
Comunicaciones Fibra Óptica, Prioridad al Transporte Público) y cuyo monto, a la
fecha de suscripción no sea no inferior a 12.500 SMLMV. Lo anterior, dada la
necesidad de confirmar la utilización de tecnología de punta o de vanguardia y la
integración de subsistemas a nivel Nacional.
4. En caso de que el aliado técnico sea un consorcio o una unión temporal la
totalidad de los miembros debe cumplir con el 100% de los requisitos jurídico y
técnicos, señalados en la presente convocatoria.
C. CAPACIDAD FINACIERA
Para verificar la capacidad financiera se verificará con CERTIFICADO
CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO
PROPONENTES - RUP)
DE
DE
El Certificado de clasificación de la cámara de comercio con fecha de expedición no
superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha fijada para el cierre del
presente proceso. Este certificado debe ser presentado en ORIGINAL.
La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores
financieros requeridos por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, calculados según los
datos financieros del año inmediatamente anterior en el Registro Único de Proponentes,
es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2014 registrados en el RUP.
NOTA 1: En caso de sociedades futuras, se deberá anexar a la propuesta el Registro
Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.
NOTA 2: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de
diciembre de 2014, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de
apertura reportado en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio.
La capacidad financiera se medirá acorde a los siguientes indicadores
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CONVOCATORIA PUBLICA
INDICADOR
LIQUIDEZ
ENDEUDAMIENTO
PATRIMONIO DEL
PROPONENTE
FORMULA
Activo Corriente
dividido por el Pasivo
Corriente
Pasivo Total dividido
por el Activo Total
Patrimonio Total
CRITERIO
MAYOR O IGUAL A 4
MENOR O IGUAL A
0,1
El interesado o uno o
más de sus integrantes
deberá demostrar que
posee un patrimonio
mínimo sumado y/o
conjunto, que sea igual
o mayor DOS VECES
EL
VALOR
DEL
APORTE SEÑALADO
EN EL LITERAL B
DEL NUMERAL 1.4 DE
LA CONVOCATORIA
teniendo en cuenta la
información financiera
señalada en el RUP de
cada uno de los
miembros con corte a
31 de diciembre de
2014.
NOTA: (1) Cuando la propuesta es presentada por una promesa de sociedad futura,
consorcio unión temporal los índices financieros serán calculados ponderando la
participación de cada uno de sus integrantes.
(2) Cuando la persona sea natural y no está obligada por ley a tener estados financieros,
deberá presentar documento suscrito por contador público y bajo juramento, donde se
relacionen los activos, pasivos y patrimonio.
Se evalúa el cumplimiento de los requisitos habilitantes legales mínimos exigidos en la
convocatoria pública. En caso de que las propuestas no cumplan, se califican como “NO
CUMPLE” y se procede a cesar su evaluación, por lo que cualquier condición habilitante
que no se cumpla elimina, por lo tanto, la propuesta.
NOTA: La información objeto de verificación en el RUP deberá estar vigente y en firme a
al momento de la presentación de la oferta para que ésta sea considerada en la
verificación preliminar como habilitada o no habilitada.
2.2.6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
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CONVOCATORIA PUBLICA
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El proponente deberá constituir a favor de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, para
la presentación de su propuesta, una garantía de seriedad de la propuesta por un valor
igual al diez por ciento (10%) del aporte del socio privado para la conformación del capital
social de la futura sociedad. La vigencia de la garantía deberá cubrir no menos de dos (2)
meses, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección objetiva.
La garantía de seriedad de la propuesta, deberá ser expedida a favor de la Dirección de
Tránsito de Bucaramanga, por una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente
establecida en Colombia y autorizada para otorgar este tipo de garantías, y cuya póliza
matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera, de conformidad
con las disposiciones legales vigentes. La no presentación de la garantía de seriedad de
la propuesta, será un requisito no subsanable y genera el rechazo de la propuesta. Igual
efecto jurídico se genera sí la garantía está expedida sin el cumplimiento de los requisitos
legales. La garantía de seriedad de la propuesta, una vez seleccionado el socio
estratégico, se suscriba y se perfeccione el contrato societario objeto del presente
proceso de selección objetiva, será devuelta a los demás proponentes. Al proponente
seleccionado, se le devolverá la garantía una vez cancele la totalidad del capital pagado
al cual se obligó. Las garantías de seriedad de las propuestas serán devueltas a todos los
proponentes cuando se declare desierto el proceso. Los riesgos amparados por la póliza
de seriedad serán los siguientes: a. La no firma del Contrato Societario dentro del plazo
fijado para ello. b. El incumplimiento por parte del adjudicatario de los requisitos previstos
para la legalización y perfeccionamiento del Contrato Societario. C. El no pago del capital
pagado en los términos previstos en el modelo de Contrato de Sociedad.
TULO III
CONDICIONES DEL CONTRATO:
Con el presente aviso se publican las condiciones del contrato a celebrar, las que se
podrán consultar en el Anexo I “Minuta del Contrato Societario”
La sociedad se denomina XXXXXXXXX creada y organizada de conformidad con la Ley
489 de 1998 y demás normas aplicables, tendrá la naturaleza de Sociedad de Economía
Mixta del orden municipal, vinculada a la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, con
personería jurídica propia, plena autonomía administrativa y patrimonio y capital
independientes.
La sociedad tendrá por objeto principal determinado el desarrollo e implementación de
sistemas de detección electrónica de infracciones, mediante dispositivos de alta
tecnología para detección, registro, notificación y control del proceso contravencional de
las infracciones de tránsito cometidas en las vías que se encuentran dentro de la
jurisdicción del municipio de Bucaramanga. Igualmente, la sociedad tendrá como objeto la
inspección, así como el diseño y ejecución de proyectos de modernización y ampliación
de la red semafórica, la implementación del Centro Integral de Control de Tráfico de
Bucaramanga y las demás actividades inherentes a las acabadas de mencionar de
conformidad con el Plan de Desarrollo y la modernidad tecnológica.
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La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier
naturaleza que ellas fueren, relacionadas con el objeto mencionado, así como
cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o
desarrollar el comercio o la industria de la sociedad.
En ningún momento de vida de la Sociedad de Economía Mixta, podrá disminuirse la
participación de naturaleza pública en menos de un 40% del capital societario.
Los activos adquiridos en desarrollo del objeto social de la sociedad de economía mixta, o
aquéllos que sean aportados por los socios, serán de propiedad de la sociedad de
economía mixta y no podrán enajenarse, arrendarse, pignorarse, administrar la propiedad,
hipotecarse, entregarse en prenda, otorgar servidumbre o otorgar cualquier tipo de
administración de la propiedad, sin consentimiento previo del Socio Público.
CAPITULO IV
ANEXOS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA
Como documentos anexos a la presente Convocatoria Pública se publican:





ANEXO I. “MINUTA DEL CONTRATO SOCIETARIO”
ANEXO II. MODELO DE ACUERDO COMERCIAL O EMPRESARIAL O DE
ASISTENCIA TECNOLÓGICA, IRREVOCABLE Y EXCLUSIVO
ANEXO III FORMATO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
ANEXO IV FORMATO CARTA DE COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
ANEXO V FORMATO PAGO PARAFISCALES
RAFAEL HORACIO NUÑEZ
Director de Tránsito
VoBo. Milciades Flórez Carvajal- Sub director Técnico
VoBo Roberto Ardila Cañas- Asesor Jurídico externo/contratista
VoBo Julio César Del Valle Rueda- Asesor Financiero externo/ contratista