AUDITORIA PILOTO - Federació Catalana d`Indústries de la Carn

PROTOCOLO PARA LA CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE AUTOCONTROL
ESPECÍFICOS PARA LA EXPORTACIÓN A PAÍSES TERCEROS CON
REQUISITOS DIFERENTES A LOS INTRACOMUNITARIOS EN EL ÁMBITO
DEL RD 993/2014
Barcelona, 2 de diciembre de 2015
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Real Decreto 993/2014 por el que se establece el procedimiento y los
requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación
Protocolo para la certificación de Sistemas de
Autocontrol Específicos (SAE) a países terceros
con requisitos diferentes a los intracomunitarios
ETC,…
ALCANCE
REQUISITOS
INFORME
REQUISITOS
SAE
Certificación OIC
2
¿Quién debe certificarse?
Países con lista
Exportación
Alimentos origen
animal destinados
consumo humano
Materia prima
EPF
ASE 2 / 3
Cuando lo
determine CCVE
(ult.parr. Art.8 RD
993/2014)
Exportación
Alimentos origen
animal
NO
destinados
consumo humano
Proveedor
No
se
incluye
producción primaria
la
Certificación SAE
OPCIONES DE LOS PROVEEDORES (DIRECTOS E INDIRECTOS) cuando
NO actúan como EPF:
-
SAE certificado por OIC (ALCANCE EQUIVALENTE)
Ser homologado por un establecimiento con SAE certificado  VÁLIDO
SÓLO PARA EL ESTABLECIMIENTO QUE HA REALIZADO LA
HOMOLOGACIÓN
3
Nivel de exigencia del tercer país
Los ASEs con requisitos sanitarios ≠ U.E. se agruparan en 3 niveles (Clasificación
disponible en CEXGAN)
NIVEL 1
NIVEL 2
NIVEL 3
¿Req. S.A. ≠ U.E?
No
No
Sí
¿Req. S.P. ≠ U.E?
Sí
Si
Si
¿Exige identificar establecimientos
que han participado en la cadena
de producción?
No
Si
Si
¿Exige la autorización de
establecimientos que han
participado en la cadena de
producción?
No
Si
Si
¿Trazabilidad equivalente U.E?
Sí
No La trazabilidad
debe remontarse a
establecimientos que han
participado en la cadena
de producción
No La trazabilidad
debe remontarse a la
producción primaria
No
Sí
Sí
¿Certificación del SAE?
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CICLO DE CERTIFICACIÓN
AUDITORÍA INICIAL
AUDITORÍA NO ANUNCIADA
• Del cuarto al octavo mes desde la auditoría
anterior
• A realizar los dos primeros años de vigencia
del certificado y en los sucesivos cuando así
lo determine la DGSPA
AUDITORÍA DE MANTENIMIENTO
Anual
AUDITORÍA DE RENOVACIÓN
Cada 3 años
AUDITORÍA DE
MODIFICACIÓN ALCANCE
A solicitud del establecimiento
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¿Cuándo debe solicitarse una auditoría de
modificación del alcance?
El ALCANCE de certificación del SAE se establece:
A. Productos a exportar (Definiciones disponibles en el punto 6 del protocolo)
1) Carne
2) Productos cárnicos
3) Productos de la pesca
4) Productos de la pesca transformados
5) Productos lácteos
6) Huevos y ovoproductos
7) Productos compuestos
8) Otros productos de origen animal
B. Nivel de exigencia requeridos por el tercer país (NIVEL 2 y/o 3)
Deberá solicitarse cuando:
• Haya un cambio en «A» y/o «B»
P.ej. Si un establecimiento desea exportar a un nuevo país (nuevo ASE) tan sólo deberá
solicitarlo si el ASE no está incluido en el alcance del cual se dispone  en la siguiente
auditoría de certificación se informará al OIC para que compruebe los requisitos ≠ U.E. se han
incluido en el SAE
• El ASE de mayor exigencia incluye los demás (SAE nivel 3 de incluyen los
del nivel 1 y 2; y el nivel 2 incluye en nivel 1)
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PROCESO AUDITORÍA
Contacto establecimiento OIC
1. Acciones pre-auditoría
Plan de auditoría
(*) Excepto en las auditorías NO
ANUNCIADAS
2. Acciones durante la auditoría
(EVALUACIÓN)
5 días hábiles
Auditoría de certificación del SAE
15 días hábiles
Envío al establecimiento del informe
con los resultados de auditoría
3. Acciones post-auditoría
22 días hábiles
Envío PAC
15 días hábiles
Tarea del establecimiento
Tarea del OIC
Tareas comunes (OIC – establecimiento)
Notificación el establecimiento de la
CONCESIÓN / RENOVACIÓN /
MODIFICACIÓN / RECHAZO
CERTIFICACIÓN
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1) Acciones pre-auditoría
-
Definir el ALCANCE de auditoría
ASE
• Tipo de producto a exportar o que exporta el cliente-EPF
(cuando no se actúa como EPF)
CERTIFICADO
• Nivel exigencia tercer país
-
Remitir la información solicitada
• EPF Nº certificados de exportación emitidos
Proveedor con SAE certificado  partidas suministradas
Cálculo nº
ej.
trazabilidad
Cálculo
jornadas
auditorías
• Nº Fichas Especificación
• Nº Líneas de producción (Anexo 3 Protocolo SAE)
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TIPO DE ESTABLECIMIENTO
MATADERO Y SALA DE DESPIECE DE
CARNE DE PORCINO
Con requisitos de SP y de SA diferentes de la UE  SAE Nivel 3
Se definen PROPUESTAS realizadas por SAICA y por el
establecimiento auditado
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2) Acciones durante la auditoría
2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE (Anexo 2 Protocolo SAE)
A)
B)
C)
D)
E)
Identificación del responsable del Sistema
Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos por el país importador
Procedimiento documentado de trazabilidad, identificación y segregación de la mercancía
destinada a la exportación
Procedimiento documentado de formación de las partidas destinadas a la exportación
Procedimiento documentado de revisión del SAE
2.2. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS S.A.
RECOGIDOS EN LA(S) FICHA(S) DE ESPECIFICACIONES  Sólo para
el SAE NIVEL 3
2.3. VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DE TRAZABILIDAD
Mediante:
–
Visita a planta (inspección in situ del proceso de producción): verificar que los procedimientos
descritos se realicen según lo establecido, entrevista con el responsable del sistema y con el
personal involucrado en él, recogida de muestras (según la tabla del protocolo)
–
ejercicios de trazabilidad + balance de masas
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos
por el país importador
•
B. i. 1.a) Los certificados veterinarios de exportación (ASE) considerados en el SAE coincidirán
con los utilizados por el establecimiento en sus operaciones de exportación o con los incluidos
en las fichas de especificaciones requeridas por sus clientes (en el caso de un establecimiento
proveedor auditado)
Propuesta:
País importador 2
(ASE- 456)
País importador 1
(ASE-123)
Requisitos de SP
y/o SA ≠ U.E
OPERADOR 1
(Proveedor y EPF)
Ficha(s) de
especificaciones
Requisitos de SP
y/o SA ≠ U.E
OIC comprueba que se contemplen:
1. Los requisitos exigidos por el país
importador ≠ U.E
2. Los requisitos exigidos por el cliente
OPERADOR 2
(Cliente y EPF)
Ficha(s) de
especificaciones
Requisitos de SP
y/o SA ≠ U.E
Comprobados en las auditorías de
certificación del SAE del cliente
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos
por el país importador (II)
En las auditorías de certificación no se
comprobarán los requisitos exigidos por los
clientes
CONCLUSIÓN
País importador 2
(ASE- 456)
País importador 1
(ASE-123)
Requisitos de SP
y/o SA ≠ U.E
OPERADOR 1
(Proveedor y EPF)
Ficha(s) de
especificaciones
Requisitos de SP
y/o SA ≠ U.E
OPERADOR 2
(Cliente y EPF)
Ficha(s) de
especificaciones
Requisitos de SP
y/o SA ≠ U.E
Requisitos de SP y/o
SA ≠ U.E
PROVEEDOR
OPERADOR 1
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos
por el país importador (III)
•
B. i. 2) Ficha de especificaciones para la materia prima y el producto en función del
destino del producto elaborado por el establecimiento (ASE a utilizar) *…+
ASE con requisitos ≠ U.E
Tablas
MAGRAMA
(Clasificación
req. ASE)
Salud
Pública (1)

VERIFICADOS POR
LOS SVO EN
EL EPF
Sanidad Animal
Acreditables
por SVO en la
producción
primaria 
VERIFICADOS
POR OIC
F.E.
Núm. líneas de
producción
Acreditables
por PIF
(1) Los requisitos de SP deben ser detallados en las FE aunque no sean verificados
por el OIC (p.ej. Límites microbiológicos)
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos
por el país importador (IV)
•
B. i. 1. c) Información sobre qué establecimientos que participan en la cadena de
producción deben figurar en el certificado de exportación, y/o deben estar
autorizados previamente por el tercer país *…+
Se propone al MAGRAMA especificar los certificados veterinarios de exportación
que:
- Requieren incluir la identificación de los establecimientos que han participado
en la cadena de producción y hasta qué grado de detalle (mataderos, salas de
despiece,…)
- Requieren la autorización de algunos establecimientos que participan en la
cadena de producción y los tipos de establecimientos que requieren
autorización
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos
por el país importador (V)
•
B. i. 3) Modelos de DVR (Declaración del Veterinario Responsable) que deben
acompañar a la materia prima obtenida en la producción primaria hasta la primera
industria alimentaria de la cadena de producción. Cada ficha de especificaciones
debe contar con su modelo de DVR y tener el siguiente contenido: […]
i) […] nº de animales vivos por categoría […]
DVR por partida + albarán
Matadero
Propuesta:
DVR por ciclo de
engorde  no se
podrá especificar
apartado «i» Protocolo
SAE
albarán
por partida:
se deberá poder
trazar con el DVR
Matadero
Cada 4-6 meses (aprox. ciclo engorde)
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos exigidos
por el país importador (VI)
•
B. i. 4) Modelos de DAC (Documento de acompañamiento comercial) que debe
acompañar la materia prima cuando es suministrada entre los diferentes eslabones
de la cadena de producción, hasta el eslabón final. Cada ficha de especificaciones
debe contar con su DAC.
Propuesta:
Disponer de un único modelo de DAC ya que en una misma expedición puede haber
productos que se ajustan a >1 / ≠ F.E.
- Identificar la(s) F.E. a la que se ajusta
- El sistema debe permitir que el cliente sepa a qué F.E. se ajusta (p.ej. Expedición
10 palets a qué ficha se ajusta cada uno)
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos
exigidos por el país importador (VII)
Continuación B. i. 4) El DAC debe incluir como mínimo (para un SAE de nivel 3):
[…]
d) Referencia de la ficha de especificaciones a la que se ajusta la mercancía y la
relación de requisitos de SP y SA ≠ U.E. que debe cumplir la mercancía
Propuesta:
Poner tan sólo el nº F.E. sin listar todos los requisitos. El clienta ya tendrá
conocimiento del contenidos de las F.E porque habrá un previo intercambio y
aceptación de éstas.
g) Fecha de emisión y número de identificación de la DVR que ampararon la materia
prima de la que se obtuvo la partida, e identificación del veterinario emisor
Propuesta:
Incluir nº albarán partida animales (INFORMACIÓN YA DISPONIBLE EN EL DVR)
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
B) Comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos
exigidos por el país importador (VIII)
Continuación B. i. 4
h) Cuando los proveedores (directos) se suministren a su vez de materia prima de otros
proveedores (indirectos, excepto para los productores primarios) para suministrar
producto para la exportación bajo las especificaciones de su cliente:
Es innecesario solicitar al cliente el listado de proveedores indirectos ya que resulta
una INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. Tan sólo se requerirá cuando lo solicite el tercer
país
[…]
- Fecha de emisión de los DVR que acompañaron la materia prima de la que se obtuvo
la partida; nº REGA de las explotaciones de origen; identificación del veterinario
emisor. Descripción de la mercancía y cantidad, o si procede, nº animales por categoría
e identificación.
Propuesta:
Toda esta información puede obviarse si ya consta en el DVR y SIEMPRE QUE EL
PROVEEDOR SE COMPROMETA A ENVIARLO CUANDO ASÍ SEA REQUERIDO.
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2.1. VERIFICACIÓN DEL SAE
C) Procedimiento documentado de trazabilidad, identificación y
segregación de la mercancía destinada a la exportación
•
C.1) Procedimiento de identificación y segregación (cuando proceda) de los lotes de materias
primas, productos intermedios y productos finales en función de las fichas de especificaciones
a los que se ajusta cada uno.
• Segregación en función del origen (relacionado con el procedimiento de homologación y
seguimiento de proveedores)  SEGREGACIÓN / NO ACEPTACIÓN EN CASO DE
INCUMPLIMIENTO
•
Empresas integradas (ej. MA + SD, MA+SD+IC)
AÑADIR UNA LÍNEA (MERCADO U.E.)
en caso de incumplimiento de las
especificaciones materia prima
Matadero PROPIO
Matadero externo
(PROVEEDOR 1)
DAC
Almacenamiento
(SEGREGACIÓN
MAT. PRIMA)
DAC
Despiece (líneas de
producción diferentes
EN ESPACIO /
TIEMPO)
SEGREGACIÓN
PRODUCTO FINAL
(p.ej. Mediante
lote)
Matadero externo
(PROVEEDOR 2)
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2.2. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS S.A. RECOGIDOS EN LA(S) FICHA(S)
DE ESPECIFICACIONES
•
Tan sólo es aplicable para SAE nivel 3. Los OIC sólo deberán comprobar el
cumplimiento de los requisitos de SANIDAD ANIMAL.
Veterinarios
habilitados
Acreditación
Modelo DVR (req. SA ≠ U.E.)
req. SA ≠ U.E.
DVR por partida
firmado por
veterinario
habilitado +
albarán
req. SP ≠ U.E.
Establecimiento
auditado:
Matadero y SD
OIC 1 verificación
cumpl. requisitos SA
mediante DVR
DAC: req. SA,
nº DVR,…
Industria
cárnica
OIC 2 verificación
cumpl. requisitos SA
mediante DAC
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2.2. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS RECOGIDOS EN LA(S) FICHA(S) DE
ESPECIFICACIONES (II)
Propuesta:
Veterinarios
habilitados
Acreditación
Modelo DVR (req. SA ≠ U.E.)
req. SA ≠ U.E.
Albarán por
partida:
se deberá poder
trazar con el DVR
req. SP ≠ U.E.
Establecimiento
auditado:
Matadero y SD
DVR por ciclo de
engorde firmado
por Veterinario
habilitado
OIC 1 verificación
cumpl. requisitos SA
mediante DVR
DAC: nº albarán
animales
DVR: cuando
sea requerido
Industria
cárnica
OIC 2 verificación
cumpl. requisitos SA
mediante DVR
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2.3. VERIFICACIÓN
TRAZABILIDAD
–
DE
Req. Sanidad Animal  comprobación documental e «in situ» por los OIC.
VISITA A PLANTA
–
–
–
•
SISTEMA
Req. Salud Pública
• OIC: comprobación documental
• SVO Salud Pública: verificación correcta segregación en caso de incumplimiento de los
req. SP.
–
•
DEL
Verificaciones oportunas
Entrevista con el responsable del sistema y con el personal involucrado en él
Recogida de muestras (lotes, etiquetas,…)
EJERCICIOS DE TRAZABILIDAD
–
–
Balance de masas
Recopilar información de trazabilidad (registros trazabilidad, DVR y/o DAC, albaranes, etc.):
ATRÁS
hasta donde exija el ASE
utilizado
PROCESO
DELANTE
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C/ Consell de Cent, 32, local 2
08014 – Barcelona
934 448 117 / 689 221 646
[email protected]
www.saicaec.com
TURNO DE PREGUNTAS…
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