EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA SESIÓN NÚM. 3/2015

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA
SESIÓN NÚM. 3/2015, ORDINARIA
DEL AYUNTAMIENTO PLENO, DEL DIA 12 DE MARZO DE 2015
En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial “Los Doce Linajes”, a
doce de marzo de dos mil quince, previa convocatoria y orden del día distribuidos
con la debida antelación, se reúne el Pleno de la Corporación para celebrar sesión
ordinaria en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes
miembros:
PRESIDENTE: D. CARLOS MARTÍNEZ MÍNGUEZ
1º TTE. DE ALCALDE: D. LUIS A. REY DE LAS HERAS.
2º TTE. DE ALCALDE: Dª ROSA ROMERO AMAYA.
Dª ANA ALEGRE MARTÍNEZ
D. JAVIER ANTÓN CACHO
Dª MARÍA TERESA VALDENEBRO MATEO
D. JESÚS JUAN BÁREZ IGLESIAS
Dª RITA ISABEL LÓPEZ LOBERA
D. ÁNGEL HERNÁNDEZ MARTÍNEZ
Dª LOURDES ANDRÉS CORREDOR
Dª ANA MARÍA CALVO SACRISTÁN
Dª INÉS ANDRÉS SALINAS
D. ADOLFO SAÍNZ RUIZ
D. TOMÁS CABEZÓN CASAS
Dª Mª JOSÉ FUENTES MARTÍNEZ
D. JOSÉ PEDRO GÓMEZ COBO
Dª ROCÍO GALLARDO SANCHO
D. ALBERTO JESÚS RODRÍGUEZ LATORRE
Dª VALENTINA LISO NÚÑEZ
D. JAVIER SANZ TEJERO
SR. INTERVENTOR: D. JOSÉ LUIS LÓPEZ NAVARRO.
SECRETARIO GENERAL: D. MARIANO A. ARANDA GRACIA.
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ASISTENCIA: Dª Mª PAZ MARTÍNEZ ASENSIO, FUNCIONARIA DE LA
SUBESCALA ADMINISTRATIVA.
Excusa su asistencia Dª María del Mar Angulo Martínez.
LA PRESIDENCIA, A LAS 11,04 HORAS, DECLARA ABIERTA LA
SESIÓN.
SR. ALCALDE: Buenos días a todas y a todos. Comenzamos la sesión
ordinaria del pleno del ayuntamiento de Soria correspondiente al mes de marzo
no sin antes excusar la ausencia de la portavoz del Grupo Popular, la señora
Angulo.
1.-APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE 12 DE
FEBRERO DE 2015.
Dada cuenta del acta de la sesión ordinaria de 12 de febrero de la que se
ha remitido copia a los miembros de la Corporación a los efectos de su
aprobación, al no formularse observación alguna, la Presidencia declara
aprobada por unanimidad la referida acta.
2.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES Y DECRETOS DE
ALCALDÍA Y DE CONCEJALES DELEGADOS DICTADOS DURANTE
EL MES DE FEBRERO DE 2015.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del vigente Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por R.D. 2568/86 de 28 de noviembre, se da cuenta de las
Resoluciones y Decretos de la Alcaldía dictados del 1 al 28 de febrero de 2015,
números 118 al 260 ambos inclusive. Asimismo, se da cuenta de las
Resoluciones y Decretos de los Concejales Delegados de las siguientes Áreas:
Desarrollo Económico y Empleo, Política Territorial y Urbanismo y Obras,
Servicios y Medio Ambiente, dictados durante el mes de febrero de 2015, que
han estado a disposición de los Sres. Concejales con la documentación de los
demás asuntos incluidos en el Orden del Día, quedando cumplido en
consecuencia el trámite de dación de cuenta.
3.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE
FECHA 5 DE MARZO DEL ACTUAL RELATIVA A LA DELEGACIÓN
EN D. LUIS A. REY DE LAS HERAS.
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Se da cuenta de la Resolución de Alcaldía de fecha 5 de marzo del actual,
del siguiente tenor literal:
“Corresponde a los Tenientes de Alcalde sustituir en la totalidad de sus
funciones, y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de
sus atribuciones.
Desde el 6 de marzo de 2015 hasta el 11 de marzo de 2015, ambos
inclusive, el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo
con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en D. Luis A. Rey de las Heras, Primer Teniente de
Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo
23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
durante el periodo comprendido entre el 6 de marzo de 2015 hasta el 11 de
marzo de 2015, ambos inclusive.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de
gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos
mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a
posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión
realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con
carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en
al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para
su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada
tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no
aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el
siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
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QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de
la Provincia de Soria, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la
Corporación en la primera sesión que este celebre.
SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán
directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la
delegación se establecen en dichas normas. ”
El Pleno queda enterado.
4.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL INFORMATIVA DE
DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO RELATIVO AL ART. 20 DE
LA ORDENANZA REGULADORA DE LA INSTALACIÓN DE
TERRAZAS DE VELADORES (BOP DE SORIA N 27 D E4/3/2011) QUE
REGULA
LAS
CONDICIONES
ESPECÍFICAS
PARA
LA
INSTALACIÓN
DE
TERRAZAS
DE
VELADORES
CON
CERRAMIENTOS ESTABLES.
Examinado el expediente relativo al Art. 20 de la Ordenanza Reguladora
de la instalación de terrazas de veladores
Visto el dictamen favorable de la Comisión Municipal Informativa de
Desarrollo Económico y Empleo, en sesión celebrada el 9 de marzo de 2015.
Interviene el Sr. Rey de las Heras para explicar el punto del Orden del
Día:
SR. REY DE LAS HERAS: Gracias, gracias, señor Alcalde. Hoy, con la
extensión del dictamen aprobado, damos cumplimiento o vamos dando
cumplimiento al artículo 20 de la Ordenanza Reguladora de la Instalación de
Terrazas de Veladores, que establecía que el ayuntamiento determinará las
ubicaciones así como las características y modelos para la instalación de terrazas
con cerramientos estables en terrenos de dominio público de titularidad privada
y uso público.
Lo que hacemos hoy es dar un pasito en la línea de ir identificando en esta
ordenanza en qué zonas o en qué espacios se pueden hacer cerramientos
estables. Lo abrimos hoy a tres zonas de la ciudad, sin perjuicio de que si en el
futuro las distintas determinaciones urbanísticas o el transcurrir del tiempo, las
modificaciones que se puedan producir en algunos espacios públicos puedan
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habilitar y este Salón de Plenos pueda hacerlo en un futuro, ir ampliando estas
zonas o establecer otras zonas donde se puedan hacer los cerramientos estables.
Como ya dije claramente cuáles son las determinaciones y lo ha dicho el
dictamen cuáles son las determinaciones que se van a permitir y que para estos
cerramientos estables, con una serie de características, de manera que sea el
ayuntamiento el que, siquiera con carácter general, va a establecer un poco las
condiciones exteriores de todo este tipo de cerramientos y no dejar al albur de
cada uno de los establecimientos cómo quiere hacer esa instalación, con lo cual
vamos a regular y controlar en ese sentido.
El siguiente paso, que es un poco la pretensión también del paso que
damos hoy, es tratar de ir regulando a futuro en todos los espacios públicos la
ocupación, con un objetivo que se viene arrastrando desde hace ya unos cuantos
años. Yo recuerdo en la legislatura de Eloísa que en la ordenanza incluso se
establecieron bonificaciones para tratar de uniformar en las plazas las terrazas, se
ha actuado luego para tratar de evitar la publicidad en las sombrillas de las
distintas terrazas, bueno, pues esto es un pasito más en el caso de los
cerramientos estables y seguramente en el futuro, más pronto que tarde, habrá
que dar otro paso también para aquellas terrazas en plazas donde no se autorice
cerramiento estable pero sí se autorice la terraza para ordenar también un poco
las condiciones estéticas, con una finalidad también a futuro que trasladé el otro
día también en la comisión, que una vez que tengamos cerrado tanto los
cerramientos estables como un poco las condiciones estéticas de las terrazas en
las distintas plazas de la ciudad, el ayuntamiento pueda bonificar a quienes
hagan una inversión en la mejora de esos espacios públicos, bonificar a través de
la ordenanza el precio que se cobra por la ocupación de vía pública.
Ese es un poco el objetivo general de toda esta actuación que hoy
empezamos con los cerramientos estables, y que van a permitir en tres zonas de
la ciudad que, vale, pues tratemos de que el espacio público sea compatible con
el uso hostelero y con las terrazas y que lo sea de la forma más agradable y
estética posible. Nada más y muchas gracias.
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:
Primero. Establecer como zonas susceptibles de instalación de terrazas de
veladores con cerramientos estables las siguientes:
- Plaza Ramón y Cajal.
- Parte superior del Pº del Espolón, correspondiente a la zona comprendida
entre los edificios nº 18 y nº 20.
- Plaza del Vergel en la zona correspondiente al edificio nº 2.
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Segundo. Los espacios a ocupar por las terrazas de veladores con
cerramientos estables en cada una de las zonas serán las determinadas por los
técnicos municipales.
Tercero. Las características que deberán cumplir los modelos de
cerramientos estables serán las siguientes:
Conforme a lo recogido en el Plan Especial de Reforma Interior y
Protección del Casco Histórico de Soria (PERIPECH), aprobado
definitivamente por acuerdo de Pleno de fecha 14 de agosto de 2014, en el
punto 5, OCUPACIÓN TEMPORAL DE ESPACIOS DE DOMINIO Y
USO PÚBLICO del artículo 2.3.6, en el que se regulan los veladores, se
deberán adecuar al entorno en sus condiciones estéticas, permitir la
convivencia con el tránsito peatonal y las zonas estanciales y no
obstaculizar el funcionamiento de los servicios municipales. Asimismo
los cerramientos laterales, si estuvieran previstos, deberán ser
transparentes.
En cuanto a la materialización constructiva de dichos veladores con
cerramientos estables, se deberán ajustar a las siguientes normas:
- La estructura debe ser ligera y desmontable (en caso de ser necesario),
realizada bien en madera o de elementos metálicos (aluminio, hierro,
acero, otros), con acabados en colores que no produzcan impacto visual
negativo e integrados con las tonalidades del entorno, permitiéndose como
colores de acabado de las estructuras las gamas de los marrones oscuros,
similares a la madera, o tonalidades grises oscuras o negras similares a las
tonalidades de la forja tradicional.
- Si hubiese elementos de carpintería, deben presentar las mismas
características que la estructura, tanto en el material como en el color de
acabado.
- Ninguno de los elementos instalados en vía pública podrán disponer de
cimentaciones, deberán apoyarse sobre el suelo sin modificarlo.
- Los cerramientos laterales, si se prevén, serán transparentes, pero no
podrán ser de vidrio. Dichos cerramientos deberán permitir ser recogidos
mediante plegado, enrollables o sistema similar.
- En caso de estar dotados de cerramiento superior (techados), el espacio
interior deberá tener una altura libre igual o superior a los 250 cms.
- La altura total máxima permitida es de 340 cms., no pudiendo superar esa
altura ningún elemento de la envolvente del cerramiento estable del
velador.
- La cubierta del velador no podrá verter el agua libremente a la calle.
- Se permitirá la instalación de tarimas en el espacio ocupado por el
velador, si bien éstas deben cumplir la normativa de accesibilidad.
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En todo caso, se deberá cumplir con el artículo 2 .1.4, Deberes de adaptación
al entorno, del PERIPECH, y con la SECCIÓN OCTAVA. CONDICIONES
ESTÉTICAS de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Soria en
el Ámbito del Casco Histórico, en lo recogido en los artículos 2.6.72 (normas
generales), y 2.6.84 (toldos), y han de cumplir a su vez la normativa sectorial
que le sea de aplicación.
Cuarto. Proceder a la publicación del correspondiente anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia.
5.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL INFORMATIVA DE
DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO RELATIVO A LA
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL ICIO, PRESENTADA POR
ASAMIS.
Visto el escrito presentado por ASAMIS (Asociación Soriana de ayuda a las
Personas con Discapacidad Intelectual y sus Familias), de solicitud de
bonificaciones previstas en las Ordenanzas Fiscales del Impuesto sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras, por obras de reforma del baño femenino
del Centro asistencial ASAMIS, dados los fines sociales de la Asociación.
Visto el dictamen favorable de la Comisión Municipal Informativa de
Desarrollo Económico y Empleo, en sesión celebrada el 9 de marzo de 2015,
Interviene el Sr. Rey de las Heras para explicar el punto del Orden del
Día:
SR. REY DE LAS HERAS: Sí, gracias, señor Alcalde. Lo hacemos con
regularidad y con cierta frecuencia en este Salón de Plenos, acordar estas
bonificaciones del 95% de la cuota del Impuesto de Construcciones en todas
aquellas actuaciones, como dice el dictamen, “de especial interés o utilidad
municipal”. En el que además concurre que estamos bonificando casi la
totalidad de ese impuesto a una asociación, en este caso ASAMIS, que trabaja
por los colectivos con más dificultades de integración social, con lo cual yo creo
que doble objetivo cumplido: el interés o utilidad municipal y, segundo, ayudar a
una asociación que a su vez ayuda a la sociedad soriana, así que bienvenidos a
esta bonificación del 95% del Impuesto de Construcciones.
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:
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La bonificación del 95% de la cuota del Impuesto sobre Construcciones
Instalaciones y Obras por las obras de reforma de baño femenino del Centro
ocupacional ASAMIS, a favor de la Asociación Soriana de ayuda a las Personas
con Discapacidad Intelectual y sus Familias, ASAMIS, declarando la obra de
especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales que
justifican tal declaración, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.2
a) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
6.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL INFORMATIVA DE
MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD URBANA RELATIVO A LA
DECLARACIÓN DE DESIERTO DEL CONTRATO DE INSTALACIÓN
GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL PARQUE MULTIAVENTURA EN
EL RECINTO RECREATIVO DE LA CASA DEL GUARDA.
Por acuerdo de Pleno de fecha 11 de diciembre de 2014, se aprobó el
Pliego de Condiciones para la adjudicación del contrato de instalación, gestión y
explotación del parque multiaventura en el recinto recreativo de la Casa del
Guarda.
Visto el dictamen favorable de la Comisión Municipal Informativa de
Medio Ambiente y Sostenibilidad Urbana en sesión celebrada el 9 de marzo de
2015,
Interviene el Sr. Rey de las Heras para explicar el punto del Orden del
Día:
SR. REY DE LAS HERAS: Gracias, señor Alcalde. En esta ocasión toca
lamento. El lamento de que una inversión que como ya dijimos en el pleno en el
que sale la licitación, cumplía un doble objetivo muy claro: por un lado, dar
cumplimiento a nuestros Presupuestos Infantiles, cumpliendo de alguna manera
los compromisos que tiene esta ciudad y este ayuntamiento con los chavales que
aprobaron los proyectos. En segundo término, evidentemente, un nuevo servicio
público más para todos los ciudadanos. Y en tercer término, el dinamizar la
actividad económica a través de una empresa, esa colaboración público-privada
de la que tantas veces me han oído hablar, que genera actividad con inversión
privada en suelo público.
Lamentablemente no se va a adjudicar y, si me permite la maldad, señora
Fuentes, como nos dijo en el último pleno cuando sacamos el pliego nos decía
que lo que sí que hemos encontrado en varios apartados es que “deberá estar en
marcha si no todo, parte para el muy electoral mes de mayo de 2015”. Bueno,
pues no vamos a tener esa suerte de que esté en el mes de mayo. Vamos a seguir
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trabajando del 2015, no va a poder estar en el mes de mayo, lo que no quiere
decir que no vayamos a seguir trabajando para que los tres objetivos a los que he
hecho referencia antes se puedan cumplir cuanto antes.
Ojalá pudiera haber sido antes de mayo, porque las inversiones que son
positivas creo que hay que desarrollarlas cuanto antes y si no es en mayo ojalá
pueda ser al mes siguiente, o al siguiente, o con la mayor inmediatez posible.
Nada más y muchas gracias.
SRA. FUENTES MARTÍNEZ: Gracias, señor Alcalde. Bueno, pues al
parecer este, efectivamente, es un proyecto que cuesta sacar adelante. Segunda
vez que sale a licitación el Parque Multiaventura y segunda vez que se queda sin
adjudicar.
La vez anterior, ya lo comentamos en diciembre, nos sorprendía que el
pliego de condiciones de la adjudicación de la instalación, gestión y explotación
del Parque Multiaventura en la zona de Valonsadero nos llegara a la comisión de
Participación y Desarrollo Ciudadano, por considerar que la ocupación de
20.800 m2 en la zona de la Casa del Guarda de Valonsadero, era una cuestión
más propia de la comisión de Medio Ambiente que de la de Participación
Ciudadana. Bien es cierto que la señora Calvo tuvo la cortesía de acudir a
nuestra comisión y explicarnos el proyecto.
Usted nos dijo entonces que como era una cuestión de participación, como
se trataba de los Presupuestos Infantiles, un tema que gusta a propios y a
extraños, un tema que, de hecho, están importando, como usted dijo, en otras
ciudades, que le parecía más adecuado que el proyecto llegara a esa comisión.
Nos extraña ahora que la adjudicación del proyecto fuera a la comisión de
Participación y sin embargo el declararlo desierto haya ido a la comisión de
Medio Ambiente. Si una fuera malpensada daría la sensación de que quizás un
proyecto tan bonito, que juega con las ilusiones de los niños, una cosa tan
vendible, era más propia que llegara a la comisión que preside el propio Alcalde
del que es concejal y sin embargo el fiasco que se ha producido con la no
adjudicación de este proyecto es algo que le va a tocar comerse a la señora
Calvo.
Fuera de esta cuestión, no acabo de entender tampoco, y usted, como
concejal que es de Hacienda seguro que me puede explicar, es qué ha pasado con
la dotación presupuestaria de los Presupuestos Infantiles de esta su segunda
legislatura. Usted explicó muy bien en el pleno anterior que en la primera
legislatura, en el año 2008, se cumplió, se presupuestó y se dotó y se ejecutó
sobre todo con el proyecto de los Presupuestos Infantiles que era la Zona
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Recreativa en el parque de Santa Bárbara, por un importe de 60.000 €. Como
digo fue presupuestado y ejecutado. Lo mismo sucedió en el año 2009, con la
Zona de Juegos en el Río Duero, se presupuestó y se ejecutó. En el 2010 con el
Laberinto de Agua en el Centro Cívico Bécquer, igualmente presupuestado y
ejecutado.
Pero llega 2011. Llega 2011 y su segunda legislatura. En el año 2011 se
presupuesta por importe de 60.000 €, y se aprueba en los Presupuestos Infantiles
el Parque Multiaventura, sin embargo no se ejecuta. En el 2012 sucede lo mismo
con el Rocódromo que en un principio iba ubicado en el Castillo, se aprueba, se
presupuesta y tampoco se ejecuta. Lo único que se ha hecho es, en el año 2013,
los cinco circuitos de orientación, que, por cierto, se han presentado la semana
pasada, dos años después de que fueran aprobados y, bueno, me atrevería a decir
que, desde luego, el importe de crear estos cinco circuitos de orientación no se
acerca ni muchísimo menos a los 40.000 €. Pienso que por eso precisamente es
lo único que se ha llevado a cabo. En el año 2014 sucede lo mismo con el
Campo de Minigolf, aprobado, presupuestado y no ejecutado.
Si los números no me fallan, en estos últimos cuatro años, en esta última
legislatura, de los 180.000 € que había de presupuesto para cumplir con los
Presupuestos Infantiles, perdón, si bien digo, con los Presupuestos Infantiles,
todos ellos se han quedado sin ejecutar. Es más, en 2014 de los 40.000 que había
presupuestados sólo, sólo, se han invertido 6.000.
Y por cierto que revisando el pliego de la adjudicación del Parque
Multiaventura vemos que la ayuda que este ayuntamiento ofrecía para la puesta
en marcha de ese modelo que les gusta a ustedes tanto público-privado era de
100.000 €, y esos 100.0000 € van con cargo a una partida presupuestaria cuyo
número tengo aquí, que es una partida que corresponde al año 2012. Damos por
hecho que esto es un error que se ha producido, porque claro, una partida del año
2012 para una cuestión que no se ha aprobado en diciembre de 2014 doy por
hecho que sea un error. En cualquier caso, esta partida corresponde, tengo aquí
el número, si quiere se lo digo, señor Rey, en cualquier caso esta partida
corresponde a los Presupuestos Participativos de este ayuntamiento, partida
distinta a los Presupuestos Infantiles. Los Presupuestos Participativos en este año
2014 eran por un importe de 300.000 € de los cuales se han ejecutado 209.000.
Sin embargo los Presupuestos Infantiles es una partida aparte por importe de
40.000 €. Así que, bueno, pues lo que estamos comentando, en esta segunda
legislatura ustedes han presumido mucho de participación, han jugado mucho
con este modelo participativo realmente bonito, realmente encomiable que son
los Presupuestos Infantiles pero me temo que se han quedado en presupuestos de
boquilla puesto que como he explicado bien, ustedes han presupuestado pero
nunca han ejecutado.
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Por cierto, vuelvo a la carga con el tema del coste estimativo de la entrada
al recinto en el caso de que se lleve adelante. El Alcalde tuvo la cortesía de
contestarme en el último pleno, me dijo que se puntuará favorablemente a las
empresas que hicieran descuentos en la entrada a empadronados, efectivamente
el pliego recoge ese descuento a empadronados, también recoge descuentos a
grupos de escolares, pero sigo sin saber cuál es el coste estimado de esta entrada.
Los descuentos sí que se harán, vale, pero ¿sobre qué? Es que yo todavía no lo
tengo claro.
Por eso,insisto, cuando hablamos de Presupuestos Infantiles todos damos
por hecho que son presupuestos para todos, que la gente también va a tener
acceso libre y gratuito a estos proyectos que los medios presupuestan y, bueno,
me gustaría saber, insisto, cuál es la cantidad estimada porque, bueno,
dependiendo del precio a lo mejor ya el proyecto deja de ser menos participativo
y menos para todos. Nada más, gracias.
SR. REY DE LAS HERAS: Sí, gracias, gracias, señor Alcalde. Más allá
de la broma que le he hecho antes con su apreciación del mes de mayo, no le voy
a decir ahora también siguiendo con la broma que nos haga un mal fario para la
adjudicación, pero lo cierto es que de su intervención, al final a uno se le pasa y
yo creo que es un poco el resumen de legislatura, uno no sabe si a ustedes les
gusta o no les gusta lo que estamos planteando o lo que estamos poniendo
encima de la mesa, si es un proyecto que ustedes asumen y les parece bien o mal,
si a ustedes les gustan los Presupuestos Infantiles… Es decir, uno tiene la
sensación, y es un poco el resumen de legislatura, que aunque a ustedes les
gustan algunas, probablemente muchas de las cosas que hace este equipo de
gobierno, uno tiene la sensación después de escucharle de que tampoco se
atreven a decirlo abiertamente, es decir, que parece que les gusta pero no termina
de gustarles, pero no tengo claro, siempre con ese lema, no tengo claro qué es lo
que haría el Partido Popular en este caso. Vale, pues eso denota un poco, esa
incertidumbre siempre en el planteamiento del Partido Popular por esa falta que
siempre he dicho de proyecto político en esta ciudad.
A todo lo que ha dicho sólo le pongo una pega en la parte de participación
muy clara, dice usted que hemos jugado mucho con la participación. Mire,
señora Fuentes, nosotros no jugamos con la participación, nosotros creemos en
la participación, que es distinto. A lo mejor ustedes sí que juegan con la
participación, pero nosotros creemos en la participación y lo hemos convertido
en una seña de identidad de este equipo de gobierno en muchas áreas, y esto lo
hemos hablado muchas veces y lo hemos discutido muchas veces, en esta
administración hay, creo que hasta 13 órganos de participación, se lo he repetido
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muchas veces: en las administraciones donde ustedes gobiernan, con un tamaño
muy similar al nuestro, no tienen ningún órgano de participación constituido. Es
decir, que entiendo que usted hable de jugar con la participación porque ustedes
nunca han creído en la participación ciudadana. Nosotros lo hemos hecho
siempre.
Y digo “lamentablemente” probablemente con lamento para ustedes hasta
con premio, hasta con premio en la participación del 100%, pasando a ser la
primera ciudad de Castilla y León que tiene ese premio de transparencia. Y con
premio de participación también a esta ciudad a través de UNICEF que nos
premió precisamente en los Presupuestos Infantiles
¿Sabe por qué nos premian, señora Fuentes? Porque nosotros creemos en
la participación, y ese es el concepto. Y ya le expliqué en el anterior pleno, dice
que si nos hemos gastado o nos hemos dejado de gastar. Si echa las cuentas de
los Presupuestos Participativos a lo largo de esta legislatura, el ayuntamiento se
ha gastado ya todas las partidas presupuestarias de los Presupuestos Infantiles y
en algunos casos es verdad, jugando con otras partidas, porque de los 40.000 €
no daban de sí, igual que aquí se puede jugar cuando hablamos de una actuación
de 100.000 € con una partida distinta porque la partida no da de sí.
¿Por qué se lo digo? Porque la fuente del Centro Cívico “Bécquer” costó
en el entorno de 200.000 €. Sólo esos 200.000 € que costó aquella fuente ya han
cubierto todo el presupuesto de los Presupuestos Infantiles a lo largo de la
legislatura y se lo he dicho, habrá algunos proyectos que cuesten menos porque
cuando se ponían 40, 50, 60.000 € en los Presupuestos Infantiles siempre ha sido
un precio estimativo. Y ha sido un precio estimativo fundamentalmente para que
los chavales sepan que no todo lo que uno quiere hacer se puede hacer porque
siempre hay unas limitaciones económicas y ese era el fundamento básico de
establecer un máximo. Pero un máximo, un máximo. A partir de ahí, si hay un
proyecto que vale menos de 40.000 €, bienvenido sea, porque lo que han hecho
los chavales es adaptarse a la situación económica actual y buscar un proyecto
más barato. Pero cuando hemos tenido que aprobar o se ha aprobado, con el
máximo respeto a lo que acordó este Salón de Plenos cuando los chavales se
sentaban donde ahora nos sentamos nosotros, se aprobó una fuente y esa fuente
valía 200.000, el ayuntamiento echó el resto, buscó la financiación necesaria del
presupuesto y cumplimos con el compromiso que teníamos con los chavales.
Y ese es el objetivo aquí, jugando con una partida superior a la que
inicialmente tienen los Presupuestos Infantiles y jugando con otra partida del
Presupuesto. Dar cumplimiento a lo que les hemos comprometido a los chavales,
y si además luego hay una parte privada que hace una aportación adicional, pues
encantados de la vida de poner en funcionamiento el centro.
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Me hablaba usted de precios. Me hablaba de que no hemos ejecutado y
efectivamente lo que no hemos ejecutado es lo que va en este proyecto,
exactamente en este proyecto, es decir, los proyectos de presupuesto infantil van
en el proyecto, los que no están ejecutados van en el proyecto que,
lamentablemente, hoy ha quedado desierto y que desde el día siguiente a quedar
desierto ya hay concejales trabajando en que esto se pueda volver a licitar
tratando de que a alguien le interese. Con este proyecto, con este proyecto
daríamos cumplimiento a todos los compromisos que tenemos con los chavales,
porque económicamente ya le he explicado que lo hemos hecho de largo.
Y el precio, ¿qué hemos hecho? Es una iniciativa público-privada cuando
se adjudique, esperemos que en la próxima licitación, el adjudicatario con el
premio que le damos en el pliego para que abarate las cuantías de gestión tendrá
que establecer un precio que irá también en función de la inversión que realiza el
particular y que tiene que ser, obviamente, un precio acomodado a los usuarios,
fundamentalmente chavales a quienes no se les presume una disposición
económica importante. Pero será en la adjudicación cuando se determine
definitivamente el precio de la actuación, y ahí estará el ayuntamiento
garantizando que esos precios sean asequibles para toda la población incluidos
los empadronados, que es lo que hicimos con la licitación. Así que sí, sí,
queremos dar cobertura y compromiso a lo que comprometimos a los jóvenes de
esta ciudad y queremos dar compromiso con la previsión presupuestaria que este
año tenemos porque, evidentemente, los presupuestos se cierran de un año a otro
y cuando uno licita lo tiene que hacer con el presupuesto en vigor, como usted,
seguramente, sepa.
Bueno, espero, espero que antes de acabar esta legislatura podamos ser
capaces de volver a traer y de volver a sacar adelante este pliego. Espero que
seamos capaces, por fin, de adjudicarlo, espero que seamos capaces de cumplir
el compromiso con los chavales, espero que además eso suponga una inversión y
una generación de empleo con una previsión de seis puestos como se hablaba
entonces y generación de actividad en la ciudad, y espero que para entonces
cuando adjudiquemos ustedes se sientan satisfechos de que se haga una nueva
infraestructura y se preste un nuevo servicio para esta ciudad, aunque,
probablemente, de todo ello, de lo que más duda tengo es de la última parte del
espero que acabo de realizar. Nada más y muchas gracias.
Un segundo turno de intervenciones:
SRA. FUENTES MARTÍNEZ: Gracias, señor Alcalde. Pues voy a ver si
se lo aclaro. Sí a los Presupuestos Infantiles, sí a que el Parque Multiaventura se
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ejecute y sí, por supuesto, a que se ejecuten los proyectos ganadores y sí a que se
ejecuten las partidas que se presupuestan. Sí a todo, no sé si le ha quedado claro.
De hecho, en la comisión de diciembre, en la comisión de Participación,
aprobamos por unanimidad que se llevara a cabo este proyecto del Parque
Multiaventura. Ha dicho usted que sólo en la fuente del Infantes de Lara
invirtieron 200.000 €. Mire, ese precisamente me da la sensación de que es el
problema con ustedes, que días de mucho vísperas de nada. A mí no me sirve
que se gastara usted en el año previo a las elecciones anteriores 200.000 € en los
Presupuestos Infantiles y me ponga como excusa que ya han invertido de largo
lo de esta legislatura, insisto en que día de mucho víspera de nada, a mí no me
sirve.
Empiezo a pensar de hecho que en realidad nunca, a la vista de lo que
acaba de explicar usted, nunca se han querido ejecutar estos Presupuestos
Infantiles, de hecho lo que han estado haciendo es tirar de demagogia, es tirar de
participación de boquilla y, desde luego, no cumplir con los compromisos que
ustedes adquirieron. De hecho usted mismo, en el último pleno dijo que quería
cumplir con los chavales para que los chavales dijeran que ya que ellos cumplen
con el ayuntamiento el ayuntamiento cumple con ellos. Pues mire, a la vista está
que esto no va a ser así. Dice usted que el modelo de participación de los
Presupuestos Infantiles lo hemos exportado a otras ciudades, y efectivamente,
como le digo, es un proyecto bonito, es una cuestión que gusta y la verdad es que
es envidiable, pero la participación de todos es solo de boquilla porque la
participación, al final, se queda en plena demagogia.
A la vista está que desde el año 2011 los Presupuestos Infantiles, que eran
una cosa concreta, realizable y gratuita pues han pasado a ser una cosa
inconcreta, poco factible y además costosa para los usuarios. Y vuelvo a
recordarles sus palabras señor Rey, usted dijo que los compromisos están para
cumplirlos, pues a la vista está que en este caso va a ser que no. Gracias.
SR. REY DE LAS HERAS: Bueno, al final le queda a uno la sensación de
que sí pero no y que en el fondo a ustedes no les molesta que haya quedado
desierta la adjudicación. Es mi sensación, es mi sensación, disculpen.
De la misma manera que a su sí ustedes contraponen el no, no se me
ocurrió. Está diciendo usted Parque Multiaventura, Presupuestos Infantiles, que
sí, que le parece bien, que le parece bien el proceso de participación, pero,
lamentablemente y ese es el modelo político de unos y de otros, cuando ustedes
gobernaron nunca se les ocurrió hacer esto, es decir, esta famosa fábrica de las
ideas que ustedes tienen debió de entrar en ERE hace muchos años y
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seguramente ha cerrado hace muchos años, porque hace mucho que a ustedes se
les acabaron las ideas.
Con estos proyectos, es muy fácil, dice usted sí le gusta, sí le gusta, sí le
gusta. ¿Por qué no se les ocurrió a ustedes antes, que ya han estado gobernando
este ayuntamiento muchos años? Pero claro, lo que no puede hacer luego, señora
Fuentes, es decir que nosotros no somos los que no creemos en la participación.
A ustedes no se les ocurre, nosotros lo hacemos pero además nosotros no
creemos en la participación. No tiene ningún sentido, señora Fuentes, no tiene
ningún sentido. Somos nosotros los que hemos puesto en marcha en esta
legislatura todos estos proyectos, y uno de ellos es un presupuesto participado
para los chavales. Y lo que hemos hecho es acumular un proyecto de Rocódromo
con un proyecto de Minigolf tratando de darle viabilidad al proyecto, sentido y
viabilidad al proyecto, acumulando dos proyectos distintos. Y no es ninguna
excusa.
Es decir, pues nos podemos haber gastado 200.000 € en la fuente, pero no
es ninguna excusa para el cumplimiento de los objetivos y de los compromisos
que tenemos con los chavales. No es ninguna excusa, por eso este procedimiento
ha salido creo que dos veces con anterioridad y ha salido una tercera y seguimos
dándole vueltas y seguimos reformando el proyecto porque como objetivo básico
está dar cumplimiento a esos compromisos que tenemos con los chavales de esta
ciudad a través de un magnífico proyecto como es el de los Presupuestos
Infantiles.
Bueno, vamos a ver, como he dicho antes, yo me quedo con la parte
positiva de su intervención, vamos a ver si somos capaces de sacarlo antes de
legislatura, acabar la legislatura y de dar cumplimiento sobrado a los
compromisos, a este y a otros muchos compromisos, a los que hemos dado
cumplimiento a lo largo de esta legislatura y que forman parte de nuestro
proyecto político para la ciudad. Nada más y muchas gracias.
Suficientemente debatido el asunto el Ayuntamiento Pleno, por
unanimidad, acuerda:
Declarar desierto el presente procedimiento licitatorio, al no haber sido
presentada ninguna proposición al contrato de referencia, según consta en el
Libro de Registro de Proposiciones.
7.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL INFORMATIVA DE
MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD URBANA RELATIVO A LA
APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE AYUDAS DE
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REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS EN EL ÁREA PREFERENTE DE
ECO-INVERSIÓN.
Examinada la modificación puntual de la Ordenanza de ayudas de
rehabilitación de edificios en el Área Preferente de Eco-Inversión
Visto el dictamen favorable de la Comisión Municipal Informativa de
Medio Ambiente y Sostenibilidad Urbana en sesión celebrada el 9 de marzo de
2015,
Interviene el Sr. Rey de las Heras para explicar el punto del Orden del
Día:
SR. REY DE LAS HERAS: Si, gracias, gracias, señor Alcalde.
Aprobamos una modificación de ordenanza de ayudas de rehabilitación de
edificios que llevaba mucho tiempo, creo que desde el año 98 con la actual
composición, y que no estaba funcionando en los términos que debería por el
nivel de peticiones de ayudas que se estaban planteando por los ciudadanos en
los últimos años.
Hemos hecho, en los últimos años, un esfuerzo económico por
incrementar las partidas de ayuda fundamentalmente entonces en el ámbito del
PERICH, hoy ampliamos ese ámbito y lo hemos hecho, primero, ampliando el
ámbito hasta el río y, en segundo lugar, ampliando o aclarando los términos que
pueden ser subvencionables, fijándolo en la rehabilitación energética orientada a
mejorar la calidad de la edificación en términos de habitabilidad, preservación y
mejora de la eficiencia energética permitiendo con ello dar ayudas no sólo a las
viviendas individuales sino a las actuaciones en elementos comunes y a las
actuaciones en fachadas de los edificios, y permitiendo también con esta
modificación de la ordenanza dar cumplimiento también a un compromiso de
ayuda con unos vecinos en la calle Real que han hecho una actuación que forma
parte también de nuestro modelo de ciudad y que forma parte también de ese
modelo participativo. Que diez comunidades de vecinos se pongan de acuerdo
para efectuar una actuación conjunta creo que es de destacar y es necesario
ponerlo en valor, bonificarlo y primarlo porque creo que es extraordinariamente
positivo para la ciudad el nivel de implicación y la capacidad para ponerse de
acuerdo los vecinos en ámbito de actuación.
Ojalá sea este el ejemplo. Ojalá esta modificación de la ordenanza sirva
para que haya más peticiones de ayudas y para que en el futuro haya más obras
de carácter colectivo que sigan mejorando el casco histórico y el ámbito del río
de nuestra ciudad. Nada más y muchas gracias.
16
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:
Primero.- La aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza de
referencia cuyo texto es el que a continuación se trascribe.
Modificación puntual Ordenanza de ayudas de rehabilitación de edificios en el Área
Preferente de Eco-Inversión.
Justificación de la modificación:
Con motivo de la delimitación del área de Eco-inversión preferente (acción 4 del
Proyecto Life +People CO2CERO) y de los cambios normativos de jerarquía superior Ley
estatal 8/2013 de 26 de junio de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas y Ley
7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación
urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo para
Castilla y León, resulta necesaria la modificación de la ordenanza vigente en material de
ayudas para la rehabilitación con los siguientes objetivos.
Objetivo de la modificación:
Actualizar la ordenanza adaptándola a la normativa vigente en materia de
rehabilitación.
Ampliar el ámbito de aplicación de la misma al área definida como preferente para la
Eco-Inversión (este área comprende totalmente el ámbito del Casco histórico al que se refiere
la ordenanza que se va a modificar)
Incluir la rehabilitación energética y primarla frente a la rehabilitación que no incluya
medidas de ahorro energético (ya sean activas o pasivas) dentro de los tipos de obras que
puede ser objeto de subvención.
Desarrollar un listado de obras convenientemente descritas de lo que podrá ser objeto
de subvención que facilite tanto a los ciudadanos identificar las obras que pueden ser objeto de
ayudas, como a los técnicos, la aplicación de la ordenanza.
CAPÍTULO PRIMERO
CONCEPTOS GENERALES
ART. 1.- OBJETO DE LA ORDENANZA
Es objeto de la presente Ordenanza la regulación de ayudas económicas para fomentar,
en edificios con uso de vivienda, la promoción privada de las siguientes obras:
Actuaciones de rehabilitación que afecten, conjunta o independientemente, a elementos
comunes de los edificios o privativos de las viviendas y adecentamiento de fachadas y
rehabilitación energética orientadas a mejorar la calidad de la edificación en términos de
habitabilidad, preservación y/o mejora de la eficiencia energética.
ART. 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
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Las ayudas económicas se aplicarán, a actuaciones en edificios, con uso de vivienda,
que cumplan los siguientes requisitos:
a) Inclusión en el ámbito de la denominada Área Preferente para la Eco-Inversión
cuya delimitación refleja el plano 1.
b) Antigüedad del edificio superior a 40 años.
Podrán concederse ayudas para la rehabilitación de elementos comunes exteriores
visibles desde la vía pública, y para adecentamiento de fachadas y rehabilitación
energética, de edificios con uso de vivienda:
1) Situados en las zonas de influencia de Bienes de Interés Cultural, aunque no
reúnan los requisitos señalados anteriormente.
2) Situados en el Área Preferente para la Eco-Inversión.
ART.3.- ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN: CONCEPTO Y FINALIDADES
Se entenderán por actuaciones de rehabilitación, a los efectos de esta Ordenanza, las
obras que se dirijan a cualquiera de las finalidades que se señalan a continuación.
1. Finalidades de las actuaciones en elementos comunes de los edificios.
a) seguridad estructural y constructiva.
b) Adecuación de la red de accesos a las viviendas.
c) Adecuación o realización de instalaciones generales y conductos.
d) Adecuación de los acabados del edificio.
e) Mejora de las condiciones de seguridad frente a accidentes y siniestros.
f) Otras obras que contribuyan a una mejora efectiva de las condiciones de uso
presidencial del edificio o de habitabilidad de las viviendas.
g) Adecuación al entorno y eliminación del impacto visual negativo.
2. Finalidades de las actuaciones en elementos privativos de las viviendas
a) Consecución de superficie útil mínima de la vivienda y de los espacios
habitables.
b) Adecuación de la distribución interior de la vivienda con el fin de mejorar
las condiciones de habitabilidad y uso.
c) Instalación de servicios higiénicos.
d) Adecuación de los acabados privativos de las viviendas.
e) Otras obras que contribuyan a una mejora efectiva de las condiciones de
habitabilidad de la vivienda.
3. Actuaciones de rehabilitación y normativa de protección:
Las actuaciones de rehabilitación podrán encuadrarse en cualquiera de los tipos de
obras permitidos en el Plan Especial de Reforma Interior y Protección del Casco Histórico, a
excepción de la reestructuración con vaciado interior y obra nueva, y se adecuarán en cada
caso al tipo de obras permitidas por el grado de protección del edificio.
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Las obras no protegidas y prohibidas en el Plan de Ordenación correspondiente, así
como las relativas al acondicionamiento de la parcela no podrán ser objeto de subvención por
esta Ordenanza.
4.- Actuaciones de rehabilitación energética orientadas a mejorar la calidad de la
edificación en términos de habitabilidad, preservación y/o mejora de la eficiencia
energética.
CAPÍTULO II
REGULACIÓN GENERAL DE LAS AYUDAS ECONOMICAS MUNICIPALES
ART.4.- TIPOS DE AYUDAS ECONÓMICAS MUNICIPALES.
Las ayudas económicas tendrán la consideración de subvenciones que serán
concedidas por el Ayuntamiento de Soria, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 23 y
siguientes del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, a los beneficiarios y en
las condiciones reguladas por la presente ordenanza.
Dichas ayudas adoptarán las siguientes modalidades:
a) Ayudas económicas para la ejecución de actuaciones de rehabilitación en elementos
comunes de los edificios.
b) Ayudas económicas para la ejecución de actuaciones de rehabilitación en
viviendas y edificios.
c) Ayudas económicas para la ejecución de actuaciones de rehabilitación
energética.
ART. 5.- RECURSOS
Los recursos aplicables al conjunto de ayudas económicas previstas en esta Ordenanza
serán los que anualmente fije el Ayuntamiento de Soria a través de sus presupuestos.
ART. 6.- BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS.
Podrán acceder a las ayudas económicas municipales, siempre que cumplan los
requisitos exigidos en cada modalidad de ayuda:
a) Los propietarios de edificios completos.
b) Los propietarios de viviendas en edificios divididos horizontalmente, cuando
promoviesen las actuaciones individualmente; o las comunidades de propietarios,
cuando fueran sus órganos rectores quienes promovieran las actuaciones.
c) Los arrendatarios de viviendas cuando, con la autorización de la propiedad,
promoviesen las actuaciones individualmente en elementos privativos de las viviendas;
o las sociedades civiles, o cualquier otra forma asociativa (no necesariamente
instituida) que integre al menos las tres quintas partes de los arrendatarios de un
edificio, cuando se promoviesen actuaciones en elementos comunes, con la
autorización de la propiedad.
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ART. 7.- CÓMPUTO DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS.
1. Cuando las ayudas económicas tengan por objeto la realización de obras, la cuantía
de la subvención vendrá determinada por un porcentaje del presupuesto general de las
mismas.
2. Se entenderá como presupuesto general el integrado por las siguientes partidas:
1ª Presupuesto de ejecución material.
2ª Margen industrial o gastos de administración, según los casos, que se cifra,
respectivamente, en el 16% y en el 6% del presupuesto de ejecución material;
3. Para el cómputo de la subvención, los servicios técnicos del Ayuntamiento de Soria,
determinarán el presupuesto de ejecución material de las obras, cuando así lo
estimasen oportuno.
4. El Ayuntamiento podrá condicionar la concesión de las ayudas al cumplimiento de
las finalidades de esta Ordenanza.
CAPÍTULO TERCERO
ART. 8.- REGULACIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA
EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN EN ELEMENTOS COMUNES
DE EDIFICIOS.
El porcentaje y cuantía máximas de la subvención que podrá concederse será de un
40% del presupuesto general de las obras, con un máximo de 901,52 € por vivienda. Estas
obras objeto de subvención son:
-
Obras de instalaciones enérgicamente eficientes (calefacción, agua caliente
sanitaria, electricidad, etc.).
-
Energías alternativas (solar, térmica o fotovoltaica y eólica).
-
Accesibilidad (ascensores, rampas, plataformas, etc.)
-
Obras requeridas por la Inspección Técnica de Edificios.
-
Obras conducentes a la mejora de la seguridad y salubridad de los elementos
comunes de los edificios (instalaciones eléctricas, salidas de emergencia,
retirada de materiales nocivos, siempre que formen parte de la edificación,
etc.)
Si se trata de adecentamiento de fachadas o de obras conducentes a la consecución de
la eficiencia energética de la envolvente de los edificios (aislamientos de fachadas incluidas
carpinterías exteriores) se podrá conceder hasta un 65% del presupuesto general de las obras,
con un máximo de 3.606,08 € por edificio.
No obstante, la subvención por el adecentamiento de fachadas sería anulada, caso de
aprobarse por el ECyL un convenio para la realización por la Escuela Taller, para el tiempo
que dicho Convenio estuviese en vigor y zona que comprenda la actuación de la misma. Se
establece la bonificación del 50% de la Tasa de Licencia en obras de rehabilitación de
20
edificios con nivel de catalogación estructural e integral, o en edificios situados en las zonas
de influencia de Bienes de Interés Cultural.
Estas ayudas serán compatibles con las que se concedan por otras Administraciones,
no pudiendo rebasar la suma de todas ellas el 100 % del presupuesto, en el supuesto de
adecentamiento de fachada, ni del 60% en el resto de los casos.
ART.9.- AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES
EN VIVIENDAS Y EDIFICIOS DE VIVIENDAS.
Estas ayudas serán compatibles con las establecidas en el artículo anterior y podrán ser
hasta:
Un 30% del presupuesto general de las obras con un máximo por vivienda de 3.005,06
€, que podrá elevarse a un 40% y a 3.606,07 €, caso de estar catalogado el edificio en el PERI
como integral o estructural.
Si el beneficiario fuese usuario habitual de la vivienda el porcentaje y cuantía máxima
que podrá concederse, será de un 40% y 3.606,07 €, respectivamente, que podrá elevarse a un
45% y 4.207,08 €, caso de que la renta anual del beneficiario sea inferior a 2,5 veces el S.M.I.
Se establece la bonificación del 50 % de la Tasa de Licencia en obras de rehabilitación
de edificios con nivel de catalogación estructural e integral o en edificios situados en las zonas
de influencia de Bienes de Interés Cultural. Estas ayudas serán compatibles con la que se
concedan por otras Administraciones, no pudiendo rebasar la suma de todas ellas el 60 % del
presupuesto.
Estas ayudas relativas a elementos privativos son:
1. Aislamiento interno de la vivienda.
2. Carpinterías exteriores. La nueva carpintería a instalar en su conjunto deberá
obtener un aislamiento acústico al ruido aéreo mínimo de 30 dB(A).
3. Adecuación de viviendas para personas con movilidad reducida y mayores de 70
años (baños, puertas de paso, sensores de luz, agua y gas).
4. Obras conducentes a la conservación de la vivienda a fin de evitar daños a la
adecuación estructural o constructiva del edificio o daños a terceros.
5. Obras necesarias para adecuar las viviendas a las condiciones mínimas de
habitabilidad establecidas en normativa urbanística.
6. Obras que permitan la adecuación de viviendas vacías para su posterior alquiler.
Serán gastos subvencionables, al objeto de determinar el importe de la subvención, los
gastos de ejecución de las obras y los de honorarios técnicos, exceptuando impuestos, tasas y
cualquier otro tributo.
CAPÍTULO CUARTO
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
ART. 10. OBLIGACIONES GENERALES DE LOS BENEFICIARIOS
21
Los beneficiarios de ayudas económicas municipales estarán obligados, con
independencia de los tipos de ayudas a que accedan, a cumplir las siguientes obligaciones
generales:
1. Destinar el importe de las ayudas a la finalidad a la que van dirigidas, de acuerdo
con la naturaleza de cada uno de los tipos de las ayudas económicas regulados.
2. Ejecutar las obras de rehabilitación que hayan servido de base para la determinación
de las ayudas económicas municipales, de acuerdo con los presupuestos, calidades,
cuantía y documentación gráfica que se aporten.
3. Cumplir los plazos de ejecución de las obras que hayan sido aprobados.
4. Acreditar ante el Ayuntamiento de Soria, al término de las obras, el coste total de las
mismas, aportando los oportunos comprobantes, certificaciones y facturas.
5. Permitir la inspección municipal de las obras.
6. Poner en conocimiento de la Administración Municipal, la concesión de cualquier
ayuda recibida de otra administración, destinada a la ejecución de actuaciones en el
mismo inmueble.
ART.11. OBLIGACIONES PARTICULARES DE LOS BENEFICIARIOS.
Los usuarios de viviendas que hubieran recibido ayudas económicas como tales,
quedarán obligados, además de cumplir las condiciones que con carácter general se enumeran
en el artículo anterior, a ocupar la vivienda de forma habitual y permanente durante un plazo
que no podrá ser inferior a 2 años.
ART. 12. SANCIONES
El Ayuntamiento de Soria podrá sancionar a los beneficiarios que incumplieran las
obligaciones a que se refieren los artículos anteriores, resolviendo la adjudicación de las
ayudas económicas municipales.
La declaración municipal resolviendo la adjudicación de las ayudas por
incumplimiento de esas obligaciones, llevará aparejada:
a) La devolución de la totalidad de las cantidades percibidas en concepto de ayuda
económica municipal.
b) El abono de los intereses, al tipo del 10% anual de la concedida.
Para hacer efectivo el abono de ambas cantidades podrá procederse por vía de apremio,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 98 del Reglamento de Contratación de las
Corporaciones Locales.
CAPÍTULO QUINTO
TRAMITACIÓN
ART. 13. RÉGIMEN GENERAL DE TRAMITACIÓN
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1. Los expedientes para la concesión de ayudas económicas serán tramitados por el
Ayuntamiento de Soria, de acuerdo con las normas contenidas en esta Ordenanza.
El Ayuntamiento de Soria podrá dictar normas especiales que regulen la presentación
y tramitación de los expedientes, por sí mismo o a través de los órganos en quien
delegue para la tramitación y gestión de los mismos.
ART. 14. SOLICITUD DE CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDAS
ECONÓMICAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS
1. La solicitud de concesión provisional de cualquiera de los tipos de ayudas
económicas previstas para la ejecución de obras deberá ser presentada en instancia,
firmada por el promotor o promotores de las obras proyectadas. Esta se acompañará de
la correspondiente solicitud de licencia de obras, con la documentación exigida por la
normativa vigente.
2. Deberán adjuntarse, con la solicitud, documentos relativos a los siguientes aspectos:
DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER GENERAL:
a) La que acredite la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación que
ostente.
b) Descripción de las obras para las que se solicite ayuda económica, con el
correspondiente presupuesto general desagregado en los términos establecidos en el
artículo 7 de esta Ordenanza. El presupuesto general deberá ser firmado por técnico
competente, o ser ofertado al menos por un contratista o empresa constructora
debidamente autorizados para ejercer la actividad.
c) Tipos de las ayudas económicas solicitadas, identificando los beneficiarios de las
mismas, con expresión de sus datos personales.
DOCUMENTACIÓN PARTICULAR PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE
REHABILITACIÓN PROMOVIDAS POR USUARIOS
Deberá aportarse, para cada beneficiario, la documentación siguiente:
a) La que acredite la utilización de la vivienda como domicilio habitual o permanente
adjuntando obligatoriamente Certificado Municipal de Empadronamiento, y fotocopia
de escritura o documento privado de compraventa, o de contrato de arrendamiento o
documento que acredite otro, régimen de tenencia de la vivienda.
b) Justificación de los ingresos familiares mediante copia de la declaración o
declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el caso de
solicitar ayudas con rentas menores de 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
En el supuesto de que el solicitante no estuviera obligado a presentar dicha
declaración, se acreditarán los ingresos con la presentación de:
Certificado del centro o centro de trabajo sobre los ingresos brutos percibidos por
todos los conceptos.
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Certificación de las bases de cotización a la Seguridad Social en caso de trabajadores
autónomos.
Certificación de pensión o subsidio de desempleo en el supuesto de jubilados o
desempleados.
Declaración jurada o promesa en la que consten los centros de trabajos de los
componentes de la unidad familiar.
ART. 15. CONCESIÓN PROVISIONAL DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS Y
FORMA DE PAGO.
1. Concesión provisional.
El Ayuntamiento de Soria otorgará, si procediese, las ayudas económicas solicitadas,
mediante concesión provisional, teniendo en cuenta la documentación aportada por los
beneficiarios y los informes de sus servicios técnicos competentes.
La concesión provisional formalizará el acto de adjudicación provisional del contrato
de subvención a que se refieren las ayudas económicas municipales y contendrá entre
otros los siguientes datos:
a) Tipos de ayudas económicas municipales concedidas y cuantía de las mismas.
b) Datos del beneficiario de las ayudas económicas.
c) Plazo de inicio de las obras que no serán superiores a 6 meses.
ART. 16 CONCESIÓN DEFINITIVA DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS.
1. La concesión definitiva de las ayudas económicas se solicitará por el promotor
dentro de los 30 días siguientes a la terminación de las obras. A dicha solicitud se
acompañarán los documentos acreditativos del presupuesto general final de las obras.
2. Previamente a la concesión definitiva de las ayudas económicas, los servicios
técnicos municipales inspeccionarán las obras realizadas, al objeto de comprobar la
conformidad de su ejecución. Advertidas deficiencias subsanables, se comunicará al
titular o titulares de la actuación el plazo y condiciones necesarias para proceder a la
subsanación y consiguiente expedición de la concesión definitiva de la subvención.
3. Comprobada la conformidad de las obras y del resto de las condiciones generales y
requisitos particulares de la actuación, se efectuará la concesión definitiva de las
ayudas.
4. La denegación de la concesión definitiva será motivada y llevará aparejada la
resolución del contrato de subvención, con las sanciones previstas.
ART. 17. CRITERIOS DE PREFERENCIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS
ECONÓMICAS.
El Ayuntamiento de Soria, realizará periódicamente evaluación de las ayudas
económicas solicitadas y concedidas.
Cuando la cuantía de las ayudas solicitadas superase los recursos presupuestarios
previstos, podrá establecerse un orden de preferencia mediante la asignación de baremos
relativos a los siguientes aspectos:
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a) Grado de protección del edificio.
b) Características de las obras previstas y presupuestos de las mismas.
c) Características de las viviendas.
d) Grado de ocupación del edificio, en el caso de actuaciones promovidas por
arrendadores.
e) Ingresos familiares, en el caso de actuaciones promovidas por usuarios.
f) Superficie del edificio destinada a vivienda.
Segundo.- Someter a información pública por plazo de un mes, a contar desde la
fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los
posibles interesados puedan presentar las alegaciones que consideren
procedentes señalando que de conformidad con lo dispuesto en el apartado c) del
artículos 49 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, en caso de no
presentarse reclamaciones o sugerencias durante el período de información
pública, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces
provisional.
8.- MOCIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS.
ÚNICA:
SR. ALCALDE: Por acuerdo de la Junta de Portavoces y por tanto se
entiende aprobada su urgencia. Y a propuesta de la Federación Española de
Medio Ambiente y contra el Cambio Climático tenemos una moción que ha sido
debatida y aprobada por ambos grupos políticos y a la que voy a dar lectura,
entendiendo aprobada la misma a la finalización de ella.
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL
A propuesta de la Federación Española por el Medio Ambiente y contra el
Cambio Climático (AMA), ante la celebración de la Cumbre Mundial del Clima
de París en diciembre de 2015, ha puesto en marcha una campaña denominada
Soluciones al Cambio Climático, en el que solicita el apoyo de diferentes
instituciones.
Dentro de esta campaña se propone “que en la próxima Cumbre del Clima
de París 2015, se logre un acuerdo global de reducción de emisiones de efecto
invernadero efectivo, justo y vinculante, acorde con las recomendaciones
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científicas del último informe de IPCC de la ONU, que evite superar la barrera
de los 2 grados centígrados”.
Las firmas de personas físicas y apoyos institucionales recogidos en la
campaña serán llevadas simbólicamente en una marcha multitudinaria en
bicicleta, desde Valencia y Madrid hasta la Cumbre de París en un recorrido que
pasará por la Ciudad de Soria.
El Ayuntamiento de Soria, consciente de la importancia de las políticas
sostenibles con el Medio Ambiente, y en el desarrollo del compromiso con la
candidatura de nuestra Ciudad a Reserva de la Biosfera de la UNESCO, en
sesión de Pleno
ACUERDA
La adhesión a la citada campaña Soluciones al Cambio Climático
promovida por la Federación Española por el Medio Ambiente y
contra el Cambio Climático (AMA).
Dar cumplida difusión a la citada adhesión con este acuerdo
mediante sus recursos de comunicación, en sus perfiles de Redes
Sociales y en la web municipal, incluyendo en las mismas un enlace
a
la
web
de
apoyo
a
la
petición
www.solucionescambioclimatico.com.
A las 11,04 horas se levanta la sesión. Doy fe.
Vº Bº
EL ALCALDE,
26