“Tercera Convocatoria para financiar proyectos de innovación e investigación aplicada y desarrollo, en el Departamento de Cundinamarca”. Asociación Colombiana para el Avance de la Ciencia y la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Gobernación de Cundinamarca ACLARACIONES A LOS TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA POSTULACION DE LOS PROYECTOS SANTA FE DE BOGOTA D.C JULILO 5 DE 2015 ACLARACIONES A LOS TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA POSTULACION DE LOS PROYECTOS De conformidad con lo establecido en el numeral 1.6 de los términos de referencia: “Las aclaraciones a los términos de referencia deberán hacerse por escrito, dirigidas Asociación Colombiana para el Avance de la Ciencia Carrera 16 No 31A- 36 Barrio Teusaquillo de la ciudad de Bogotá. Se publicará en la página Web la respuesta, sin identificar su procedencia. De igual forma se podrán solicitar aclaraciones mediante comunicación formal dirigida al correo electrónico: [email protected]” procedemos a continuación a realizar el registro de las inquietudes recibidas con su correspondiente comentario y/o respuesta. Inquietud recibida Comentario y/o Respuesta Punto 1.4 “Los postulantes podrán ser (…) organizaciones con presencia en el Departamento de Cundinamarca, en el sector Agroindustrial, Pecuario y productivo, con presencia real y sede cualquiera de los 116 municipios del Departamento de Cundinamarca.”: teniendo en cuenta que el Distrito Capital no pertenece al departamento, quisiéramos saber, dado que la Universidad cuenta además de su sede Bogotá con la Seccional Alto Magdalena, ubicada en el municipio de Girardot, desde cuál de ambas debería radicarse la postulación. Punto 2.4: “El postulante deberá garantizar por medio escrito, mediante cartas o documentos, la manifestación formal de personas, instituciones o entidades, respecto del conocimiento del proyecto que se postula y su interés en su respectiva ejecución”. Nuestro proyecto busca impactar una comunidad de productores agrícolas de un municipio del departamento sobre los cual ya contamos con algunas cartas de intención, las cuales fueron firmadas principalmente durante el año 2014. Sin embargo, aunque en estas cartas los productores manifiestan su intención de participar en el proyecto que pretende ser parte de esta convocatoria, no se hace allí explícito el nombre “Cundinamarca Investiga”. Quisiéramos saber si tendríamos que hacer firmar estas cartas de nuevo. Punto 2.7: dentro de los rubros no financiables se establecen los de “Capital de trabajo para la producción o actividad normal que ejecute el postulante del proyecto”. ¿Significa esto que no podrían usarse los recursos para contratación de personal externo a la universidad, por ejemplo consultores o profesionales de apoyo que ejecuten acciones específicas relacionadas con el proyecto? De conformidad con lo establecido en la convocatoria el proyecto lo puede postular la Universidad de conformidad con las competencia internas definidas para el efecto, dejando expreso que la el proyecto sería ejecutado por una de sus sedes ubicada en uno de los municipios del departamento de Cundinamarca. ¿Qué se entiende por los gastos administrativos del postulante? El proyecto que se presentará necesita para su ejecución personal que no se encuentra en la actual nómina de la Organización postulante, a saber: - Dos coordinadores. Uno temático que articule los De conformidad con lo establecido en la convocatoria los soportes deben estar asociados con el proyecto que se postularía a la “Tercera Convocatoria para financiar proyectos de innovación e investigación aplicada y desarrollo, en el Departamento de Cundinamarca”, en tal sentido los soportes deben ser actualizados. Para el caso de empresas aliadas, la convocatoria establece el requisito de diligenciar ele formato No. 9. Tal como lo indican los términos de referencia, "Capital de trabajo para la producción o actividad normal que ejecute el postulante del proyecto", indica que con recursos del proyecto no se podrán financiar las operaciones normales que realice el postulante del proyecto; por lo anterior, desde luego sí, es posible financiar la contratación de investigadores destinados exclusivamente a la ejecución del proyecto. El rubro no financiable “de gastos administrativos del postulante”, hace referencia a los gastos de orden administrativo en los que incurre el postulante en desarrollo de su operaciones normales, es decir, aquellos gastos que no tienen ninguna relación con el proyecto postulado. 11 nodos de producción y el proceso de capacitación. Y uno técnico que articule los resultados, indicadores y entregables del proyecto, junto con los procesos de capacitación y el estudio exploratorio de mercado. - Tres expertos temáticos que acompañen el proceso de capacitación a las 11 unidades productivas. - Un asistente de investigación que recolecte, analice y sistematice la información y conocimiento derivado del proyecto. - Un diseñador para la edición de los protocolos y manuales resultado del proyecto. En tal sentido y tal como se anotó en la pregunta anterior, desde luego si es posible financiar la contratación de investigadores y personal de apoyo destinados exclusivamente a la ejecución del proyecto; siempre y cuando se justifique su pertinencia, en función de sus perfiles, actividades a realizar y cronograma de trabajo para la ejecución del proyecto postulado. Nuestra pregunta es si el personal antes descrito cabe dentro de la categoría de "Rubros no financiables en el proyecto" En el mismo numeral 2.7 se relaciona como no financiables "Asistencia a seminarios o formación académica". Nuestra pregunta es si se financian con recursos de la Convocatoria las capacitaciones (noformales) dirigidas a campesinos y la realización de un encuentro nacional en la presentación de resultados. Para efectos de la convocatoria no se financia la “Asistencia a seminarios o formación académica”, entendida como los pagos por inscripciones y gastos conexos de la asistencia a tales seminarios ofrecidos por entidades externas. Por lo anterior la convocatoria no hace referencia a procesos de “Capacitación” y trabajo con la población objetivo del proyecto que realice directamente el ejecutor en desarrollo del proyecto postulado, actividades que deben justificase en función del alcance y propósitos del proyecto. Teniendo en cuenta que en los términos de referencia se considera que en la convocatoria pueden participar entidades u organizaciones con sede en los municipios de Cundinamarca donde se pretende desarrollar los diferentes proyectos, ¿es posible hacer una alianza entre una Corporación con sede en Bogotá D.C cuyo trabajo está orientado al desarrollo integral del sector agropecuario y que ha trabajado en el territorio considerado para formular la propuesta y una organización de productores con sede en la zona en la que se pretende realizar el trabajo? Frente a la primer parte de la pregunta, si es posible realizar alianzas, para el efecto se deberá diligenciar el formato No. 9. De ser posible la alianza propuesta en el anterior ítem, ¿cuáles serían las actividades que podría ejecutar la Corporación con sede en Bogotá? Para el efecto el Aliado (Corporación), podría ejecutar algunas actividades de apoyo a la ejecución del proyecto, en coordinación con el ejecutor del mismo. Frente a la segunda parte, el postulante con sede en uno de los municipios de Cundinamarca (asociación de productores), debe cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria.
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