Póliza - Seguros Banorte

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PÓLIZA DE SEGURO BÁSICO
ESTANDARIZADO DE VIDA INDIVIDUAL
CLAVE DE AGENTE:
NOMBRE DEL AGENTE:
DATOS DEL CONTRATANTE
Nombre:
Domicilio
Calle y No:
Colonia:
Ciudad:
Estado:
DATOS DEL ASEGURADO
RFC:
Código Postal:
Nombre :
Oficina:
No. de Póliza
Ramo: Vida
Subramo Individual
Inicio de Vigencia
Día
Domicilio
Calle y No:
Colonia:
Ciudad:
Estado:
COBERTURAS Y SUMAS ASEGURADA SOLICITADAS
Día
Mes
Año
Edad
Código Postal:
Sumas Aseguradas
Edad de Cálculo
Forma de Pago
Tasa de financiamiento
por pago fraccionado
Monto de recargo por
pago fraccionado
Moneda: Nacional
Año
Fecha de Nacimiento
Coberturas Amparadas
Prima según forma de pago:
Mes
Término de Vigencia
Plazo
Pago Prima
Prima Anual
Gastos de Expedición
de Póliza
Total Anual
Seguro
Fecha de Emisión:
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
Nombre(s) del(os) Beneficiario(s)
Parentesco *
Porcentaje
*Para efectos de identificación
Advertencia: En caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad, no se debe señalar a un mayor de edad
como representante de los menores para efecto de que, en su representación, cobre la indemnización. Lo anterior por
que las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores, albaceas, representantes de herederos
u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones.
La designación que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios, durante la minoría de
edad de ellos, legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad, quién en todo caso sólo tendría
una obligación moral, pues la designación que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho
incondicionado de disponer de la suma asegurada
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la
documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas
ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 11 de noviembre de 2015, con el
número CNSF-S0001-0515-2015.
Seguros Banorte, S.A. de C.V. Hidalgo No.250 Pte. Col. Centro C.P. 64000 Monterrey, Nuevo León R.F.C. SBG971124PL2
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ARTÍCULO 25.- Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la
rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza.
Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones.
Seguros Banorte S.A. de C.V. pagará los beneficios convenidos en cada una de las coberturas contratadas, de acuerdo a lo
estipulado en esta póliza y en sus condiciones generales, siempre y cuando la misma se encuentre en vigor al momento de
ocurrir el siniestro.
La documentación contractual le será entregada en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de
contratación, a través del medio elegido por el Contratante y/o Asegurado. No obstante lo anterior, las mismas puedan ser
consultadas o descargadas en cualquier momento en la página de internet www.segurosbanorte.com, también puede
solicitarlas a su asesor o directamente a la Compañía en el número telefónico 01 800 837 1133.
Lugar y fecha:
Teléfono de Atención: 01 800 837 1133
Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas.
SEGUROS BANORTE, S.A. DE C.V.
Hidalgo No. 250 Pte. Col. Centro C.P. 64000
Monterrey, Nuevo León R.F.C. SBG971124PL2
www.segurosbanorte.com
Para cualquier aclaración o duda no resueltas en relación con su seguro, contacte a la Unidad Especializada de Atención
a Usuarios de la Compañía ubicada en Av. Paseo de la Reforma No 505, Piso 43, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06500,
Delegación Cuauhtémoc, México D.F., teléfono 01 800 627 2292, correo electrónico [email protected] o visite la página www.
segurosbanorte.com.mx; o bien comunicarse a CONDUSEF ubicada en Av. Insurgentes Sur No. 762, Colonia Del Valle, C.P.
03100, Delegación Benito Juárez, México D.F., teléfono 55 5340 0999 en el D.F. y del Interior de la República al 01 800 999
8080, correo electrónico asesorí[email protected] o visite la página www. condusef.gob.mx
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la
documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas
ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 11 de noviembre de 2015, con el
número CNSF-S0001-0515-2015.
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