N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4496 ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 912/D/14 FIN DEL ANEXO N° 1 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 N° 2 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 (continuación) N° 3 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 (continuación) N° 4 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 (continuación) N° 5 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 (continuación) N° 6 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 (continuación) N° 7 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 (continuación) N° 8 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 1802/D/14 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 9 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1724-MHGC/14 N° 10 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1724-MHGC/14 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 11 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 12 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1739-MHGC/14 Número de renglón Opción Proveedor Cantidad Precio Unitario Precio Total 1 1 MARTINEZ GODOY JUAN MANUEL Y MARTINEZ GODOY MARIANO JAVIER S.H. 5 3916 19580 1 1 ICAP S.A. 5 1253,56 6267,8 1 1 JUAN MANUEL MOGHAMES 5 2930 14650 2 1 ICAP S.A. 6 3886,52 23319,12 2 1 JUAN MANUEL MOGHAMES 6 7310 43860 7 1 AVANTECNO S.A 65 4867 316355 8 1 MARTINEZ GODOY JUAN MANUEL Y MARTINEZ GODOY MARIANO JAVIER S.H. 47 3440,17 161687,99 8 1 JUAN MANUEL MOGHAMES 90 1889 170010 11 1 AVANTECNO S.A 9 41530 373770 1 MARTINEZ GODOY JUAN MANUEL Y MARTINEZ GODOY MARIANO JAVIER S.H. 5 416,24 2081,2 1 MARTINEZ GODOY JUAN MANUEL Y MARTINEZ GODOY MARIANO JAVIER S.H. 31 18023,63 558732,53 1 MARTINEZ GODOY JUAN MANUEL Y MARTINEZ GODOY MARIANO JAVIER S.H. 1 777,85 777,85 12 13 14 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 13 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1739-MHGC/14 (continuación) 1 JUAN MANUEL MOGHAMES 10 2400 24000 1 JUAN MANUEL MOGHAMES 10 3600 36000 1 MARTINEZ GODOY JUAN MANUEL Y MARTINEZ GODOY MARIANO JAVIER S.H. 30 3252,84 97585,2 19 1 MARTINEZ GODOY JUAN MANUEL Y MARTINEZ GODOY MARIANO JAVIER S.H. 30 16503,15 495094,5 19 1 AVANTECNO S.A 30 12848 385440 15 16 18 FIN DEL ANEXO N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 14 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 157-SSPDRC/14 FIN DEL ANEXO ANEXO - RESOLUCIÓN N° 159-SSPDRC/14 EXP Nº DNI CUIT N° APELLIDO Y NOMBRES DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. ÁREA FUNCIÓN OBS 14332728 14863175 27-14863175-7 Nellen, Esther Noemi 01-09-14 31-12-14 6500 26000 MJYSGC SSPDRC Adm. Perito Mercantil FIN DEL ANEXO N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 15 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 439-SSJUS/14 LIQUIDACION OCTUB Nº BENEFICIARIO TITULAR 1 Benedicto, Concepción Hayde Pessolani Matias Carlos 2 CUIT-TITULAR CBU IMPORTE 20-32832192-1 0150501601000263947051 1,624.00 Quiñoy Woods (padre) 20-04557705-9 0150501602000000160456 1,624.00 3 Rovelli, Rosana Angela 27-20770779-7 0170337340000075235273 1,624.00 4 Maina, Graciela Virginia 27-14380698-2 0110622630062203282983 1,357.00 5 Burgos, Martín Daniel 6 27-14380698-2 0110622630062203282983 267.00 Malmierca, Vilma Nirta 27-03948054-4 0170170440000030534908 1,624.00 7 Salibe, Cristina 23-04877013-4 0170165040000002251688 1,624.00 8 Poeymirou, Carlos Alberto 20-07605167-5 1910440955144001615035 1,624.00 9 Brudner, Hilda 10 Czemerijnski, Celina 11 Lopez de Pandolfi, Noemi Norma 12 Pandolfi, Marina 13 Corsetti, Maria del Carmen 14 Piñero, María Soledad 15 Piñero, María Ximena 16 Martínez, Norma 17 Ferrando, Lucia Beatriz 18 Lanata, Silvia Beatriz 19 Llanezas, Estela Gladys Maina, Graciela Virginia Smulevici Ingrid Susana 27-18750984-5 0070136120000196968597 1,624.00 27-03494658-8 0170126120000000167909 1,624.00 27-11032569-5 0110096930009603308101 1,017.00 27-11032569-5 0110096930009603308101 607.00 27-13212462-6 0170352640000030511440 1,030.00 Corsetti, Maria del Carmen 27-13212462-6 0170352640000030511440 293.00 Corsetti, Maria del Carmen 27-13212462-6 0170352640000030511440 293.00 27-03865322-4 0170093040000032146424 1,624.00 27-04422818-7 1500010700006060604332 1,624.00 Lopez de Pandolfi, Noemi Norma CARLOS MARIA VILLEGAS (H) 20-31662587-9 0150866401000111326586 1,624.00 27-12955901-8 0170058940000030791985 1,624.00 20 Bonanno de Vania, Teresa 27-05434845-8 0170318240000071820648 1,624.00 21 Rivas, Beatriz Mercedes 23-05760899-4 0170346540000041587683 1,624.00 22 Baldoma, Carlos Dario 23-20653777-9 0070339830004003874124 1,624.00 23 Chiara Vieyra, Maria Edelmira 27-04551841-3 0170174240000030541184 1,624.00 20-11626945-8 1500014500006461740464 1,357.00 24 Echazarreta, Anibal Gustavo 25 Echazarreta, Iñaki 26 Piccione, Susana Cayetana Echazarreta, Anibal Gustavo 20-11626945-8 1500014500006461740464 267.00 27-02956034-5 0150930801000104979036 1,624.00 27 Borcosque, Maria Cristina 27-05898060-4 1500020600007061150428 1,624.00 28 Zavagno, Nilda Elena 27-02758551-0 0140150503504905112004 1,624.00 29 Oliva, Victoria Maria 23-10265177-4 2590095020081628230103 1,624.00 30 Fucello, Alicia 23-11546975-4 0170179740000030358793 2,270.00 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 16 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 439-SSJUS/14 (continuación) 31 Caputi, Lucía Gabriela 32 Piemonte, Ana Maria Fucello, Alicia 23-11546975-4 0170179740000030358793 1,363.00 27-05315945-7 0070136130004010642967 11,389.00 33 Nuñez, Alicia Esmeralda 27-05594709-6 2590061520081371330161 1,624.00 34 Loeda, Mónica Maria 23-10368194-4 0720031188000035909268 1,624.00 23-06520508-4 2850506040094655108738 1,324.00 35 Usandizaga, Maria Cristina 36 Mendez Tronge, Tomás Mario 37 Colombres, Shirley June L Usandizaga, Maria Cristina 23-06520508-4 2850506040094655108738 307.00 27-93488820-6 2590095020061844730126 1,624.00 38 Gruden, Edgardo Martin 20-21832864-5 0720005288000036018972 1,624.00 39 Serena, Angela 27-06166521-3 0720191888000036152272 6,628.00 23-03682417-4 0720115430000001518451 1,624.00 40 Santamaria, Maria Adela 41 Medina, Estela Mary 42 Ebbeke, Ana Maria Mercedes 43 Quirno Costa, Patricia 44 Vera, Josefina María 45 Gallardo, Ines de la Dolorosa 46 Pinelli, Ignacio 47 Pinelli Bernard Milton Ignacio 48 Casella, Maria del Carmen Cristian Manuel Encina Quirno Costa, Patricia Pinelli, Ignacio 20-29989165-9 0150866401000106374129 1,624.00 27-10202222-5 0720281288000035874386 4,070.00 27-17256054-2 0290015510000050047489 1,220.00 27-17256054-2 0290015510000050047489 406.00 27-02750508-8 0290005610000002775389 1,624.00 20-14356671-5 0110823930082300003801 1,083.00 20-14356671-5 0110823930082300003801 541.00 27-04951396-3 0270205820010720750017 3,717.00 49 Andrade, Arnaldo Ruben 20-10077181-1 0290024710000030151889 1,624.00 50 Rubinstein Manuilo, Alberto Pablo 20-04265989-5 0720127788000035536240 1,624.00 51 Giacopello, Marta Gladys 27-03335652-3 2590050920081774230127 1,624.00 52 Guidi Roberto 20-93650910-0 0720100088000006052290 1,017.00 53 Guidi Mauricio 54 Salperin, Cora Elena Guidi Roberto 20-93650910-0 0720100088000006052290 607.00 27-05949323-5 0167777100002248789158 6,353.00 55 Quiroga Maria Celia de la Cruz 27-05327287-3 0110023530002304410515 815.00 56 García Edith Elizabeth 27-20404478-9 0070064130004022736614 1,624.00 57 Heler Adrian Jorge 20-00438228-5 0720115488000003017072 1,624.00 58 Cabrera Susana Graciela 23-10478209-4 2590006620060355930182 2,048.00 59 Maroneo Adelaida Marina 23-03994012-4 0070011530004016915319 8,134.00 60 Gubkin Luisa 23-02972707-4 0170106340000001459441 1,624.00 27-04228936-7 2850505340094092619378 13,020.00 61 Sueldo Ana María 62 Alurralde Javier 63 64 20-7660932-3 2590028820083872130134 7,867.00 Romanin, Silvia Elsa Nora 27-93730068-4 0290058210000000331011 1,884.00 Bueno, María Delia 27-06418145-4 2850509140094060256408 1,624.00 65 Santín, Eduardo 20-10139043-9 0167777100052236695161 1,624.00 66 Petrabissi, María Graciela 23-05319015-4 2590095020045829430179 1,624.00 67 Montarcé, Marcelo Antonio 20-04403049-8 0110599530000035066351 1,624.00 68 Bermudez, dolores angela 27-10051458-9 1500055800030160300564 1,624.00 TOTAL GENERAL 144,263.00 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 439-SSJUS/14 (continuación) BRE 2014 BENEFICIARIOS CASSABA ENTIDAD BANCARIA CUIT ENTIDAD BANCARIA STANDARD BANK ARGENTINA S.A 30-70944784-6 STANDARD BANK ARGENTINA S.A 30-70944784-6 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO 30-57142135-2 BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A 30-50000173-5 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 HSBC BANK ARGENTINA SA 33-53718600-9 STANDARD BANK ARGENTINA S.A 30-70944784-6 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A 30-50000173-5 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 HSBC BANK ARGENTINA SA 33-53718600-9 HSBC BANK ARGENTINA SA 33-53718600-9 STANDARD BANK ARGENTINA S.A 30-70944784-6 HSBC BANK ARGENTINA SA 33-53718600-9 BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES 33-99924210-9 BANCO ITAU BUEN AYRE S.A 30-58018941-1 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 N° 17 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 439-SSJUS/14 (continuación) BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A 30-50000173-5 BANCO ITAU BUEN AYRE S.A 30-58018941-1 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 BANCO MACRO S.A 30-50001008-4 BANCO MACRO S.A 30-50001008-4 BANCO ITAU BUEN AYRE S.A 30-58018941-1 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 STANDARD BANK ARGENTINA S.A 30-70944784-6 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 30-99903208-3 BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 30-99903208-3 BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 30-99903208-3 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 BANCO SUPERVIELLE S.A 33-50000517-9 BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 30-99903208-3 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 BANCO ITAU BUEN AYRE S.A 30-58018941-1 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 CITIBANK N.A. 30-50000562-5 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A 30-50000173-5 BANCO SANTANDER RIO S.A 30-50000845-4 BANCO ITAU BUEN AYRE S.A 30-58018941-1 BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A 30-50000173-5 BBVA BANCO FRANCES S.A 30-50000319-3 BANCO MACRO S.A 30-50001008-4 BANCO ITAU BUEN AYRE S.A 30-58018941-1 BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 30-99903208-3 BANCO MACRO S.A 30-50001008-4 CITIBANK N.A. 30-50000562-5 BANCO ITAU BUEN AYRE S.A 30-58018941-1 BANCO DE LA NACION ARGENTINA 30-50001091-2 HSBC BANK ARGENTINA SA 33-53718600-9 FIN DEL ANEXO N° 18 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 19 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 338-MDUGC/14 Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 7519 Ejercicio: 2014 Estado: PENDIENTE OGESE Área/OGESE Fecha: 01/09/2014 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 12.632.158/14 Fecha: 01/09/2014 Nº: Fecha: Nº: 12.632.158/14 Norma Aprobatoria: Fecha: 01/09/2014 Jurisdicción: 30-MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE 303-UNIDAD DE PROYECTO ESPECIALARROYO MALDONADO 319-UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES DISTRITO GUBERNAMENTAL Programa 14-PRG.GESTION RIESGO H 0 16-NUEVO DISTRITO GUBER 0 Subprograma 0 0 Proyecto CREDITO 1- Actividad 1- 0 Obra 0 Partida FueFin FinFun 4810 11 38 4360 11 49 Diferencia: Importe -2.037,00 2.037,00 0,00 FIN DEL ANEXO ANEXO - RESOLUCIÓN N° 723-MMGC/14 ANEXO TITULO IV De las Jefaturas Artículo 31.- Niveles de cargos de jefatura. Los cargos de jefatura se dividen en 3 (tres) niveles, denominados: Jefatura de Departamento, Jefatura de División y Jefatura de Sección. La creación de cargos de Jefatura en cada Dirección General o Unidad funcional deberá ajustarse a las siguientes pautas: a.-) Alcance de control: La proporción de los cargos de conducción respecto de la dotación indicativa no deberá superar el 10%. Adicionalmente, la existencia de una jefatura se justificará a partir de una dotación mínima de DIEZ (10) personas a cargo. b.-) Desagregación vertical: Deberá evitarse la forma uno en una, es decir, una Dirección General, una Gerencia Operativa, una Jefatura de Departamento, etc., ya que dificultan la coordinación y la comunicación. c.-) Valoración de la unidad organizativa: Deberá identificarse la responsabilidad de la unidad organizativa a crearse, la cual podrá ejercerse sobre resultados, sobre recursos humanos, sobre recursos materiales, sobre recursos financieros, sobre locaciones definidas u otros criterios a definirse por la Autoridad de Aplicación. d.-) Descripción de responsabilidad y acciones: Las acciones y responsabilidades asignadas a cada unidad organizativa no podrán superponerse ni repetirse, aplicando el principio de exclusividad en el ejercicio de responsabilidades de cada unidad orgánica. Las pautas mencionadas podrán flexibilizarse cuando existan necesidades de servicio debidamente justificadas y avaladas, que requieran apartarse de los criterios generales establecidos para la creación de estructuras, previa intervención de la COPICA y la Autoridad de Aplicación, teniendo en cuenta para ello la actividad de cada repartición. Se exceptúan de las presentes condiciones, como así también de la cantidad total de cargos que se determinen para el resto de la administración, a los establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 20 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 723-MMGC/14 (continuación) Artículo 32.- Acceso a cargos de jefatura: El agente accede a un cargo de jefatura titular por concurso a través del sistema de selección establecido en el Título IV del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, aprobado por Acta de Negociación Colectiva N°17/13 e instrumentado por Resolución Nº 020-MHGC/14 (en adelante Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa), y de acuerdo con los requisitos específicos que se prevean en la reglamentación del mismo y las respectivas convocatorias. Una vez aprobadas las estructuras organizativas para los niveles de Jefatura de Departamento, Jefatura de División y Jefatura de Sección, cada ministro y/o secretario del Poder Ejecutivo o titular de entes descentralizados y autárquicos, deberá proponer al Ministro de Modernización las personas que ocuparán los cargos de jefatura en forma transitoria, certificando las aptitudes e idoneidad de las mismas para las funciones a cumplir. La designación, tanto de los agentes que hubieren accedido al cargo por concurso como los agentes que ocupen el cargo de forma transitoria, será efectiva a partir de la fecha de firma de la Resolución de nombramiento. Artículo 33.- Requisitos para el acceso a cargos de jefatura. SIN REGLAMENTAR. Artículo 34.- Nivel escalafonario. SIN REGLAMENTAR. Artículo 35.- Periodicidad del cargo de jefatura. SIN REGLAMENTAR. Artículo 36.- Cese de la función de jefatura. Las causales de cese de la función de jefatura descriptas en el Artículo 36 Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, se aplican tanto al ejercicio de cargos de jefatura ocupados en forma transitoria como concursados. Cumplido alguno de los supuestos contemplados en el artículo 36 del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa y de su reglamentación, el agente dejará de percibir el suplemento por cargo de jefatura, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 37 de dicho régimen. Artículo 37.- Retribución: Aquel agente designado en un cargo de jefatura, percibirá durante el período en que se desempeñe de forma efectiva en el cargo establecido por estructura orgánica, una retribución denominada “Suplemento por Cargo de Jefatura”. Dicho suplemento tendrá carácter remunerativo y mensual, y se abonará según la siguiente escala: Jefatura Suplemento por jefatura de departamento Suplemento por jefatura de división Suplemento por jefatura de sección Pesos ($) Cargo Concursado Cargo Transitorio $2.780 $2.320 $2.090 $1.740 $1.670 $1.390 El valor correspondiente al suplemento para cada uno de los cargos de jefatura será actualizado acorde a los aumentos porcentuales que se acuerden para la grilla salarial del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa. El Suplemento por Cargo de Jefatura es incompatible con toda suma remunerativa o no remunerativa que perciban -los agentes comprendidos en el artículo 1 del Régimen Escalafonario y de Carrera N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 21 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 723-MMGC/14 (continuación) Administrativa- en concepto de “Diferencia No Remunerativa resolución 1/94” (Código 033) emergente de la Resolución N° 1 CEPREM-94 y su correlato art. 2° de la Ordenanza 52236, “Suplemento por Conducción” (Código 068) fijado por Decreto N° 861/93 y normativas complementarias, “Suplemento Remunerativo” (Código 6194000) dispuesto en la Resolución N°2322/06, así como también todo aquel suplemento que tenga como finalidad el pago de la función por jefatura. En el caso que la percepción de alguno de los suplementos antes citados o la suma de los mismos fuese mayor al Suplemento por Cargo de Jefatura, los agentes percibirán por la diferencia un adicional llamado "Compensación por Jefatura", cuya pago tiene por objeto garantizar la cuantía de bolsillo percibida previamente. Esta compensación tendrá carácter remunerativa y será absorbida hasta su total concurrencia por los futuros aumentos que se produjeran en virtud de la actualización fijada en el segundo párrafo del presente artículo. Ante el cese en el desempeño efectivo del Cargo de Conducción, el agente dejará de percibir el Suplemento por Cargo de Jefatura y para el supuesto de que hubiese cobrado con anterioridad a su nombramiento alguno de los suplementos mencionados en el tercer párrafo del presente artículo, tendrá derecho a volver a percibirlos. Cláusula Transitoria Cláusula Transitoria 1°.- Hasta tanto se reencasille al personal incluido en el ámbito de aplicación del presente escalafón en el agrupamiento, categoría, tramo y grado correspondientes, se exceptuará por única vez, el cumplimiento del requisito establecido en el artículo 33 inciso a) del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa para el acceso a cargos de jefatura en caso de concursos cerrados. FIN DEL ANEXO ANEXO - RESOLUCIÓN N° 492-SECLYT/14 Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 8404 Ejercicio: 2014 Estado: PENDIENTE OGESE Área/OGESE Fecha: 26/09/2014 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 13969384-dgta Fecha: 26/09/2014 Nº: Fecha: Nº: 13969384-dgta Norma Aprobatoria: Fecha: 26/09/2014 Jurisdicción: 20-JEFATURA DE GOBIERNO Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 100-JEFE 100-JEFE 100-JEFE 100-JEFE 100-JEFE 100-JEFE 100-JEFE UE DE DE DE DE DE DE DE GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO Programa 10-CONDUCCION 10-CONDUCCION 10-CONDUCCION 10-CONDUCCION 10-CONDUCCION 10-CONDUCCION 10-CONDUCCION SUPERIOR SUPERIOR SUPERIOR SUPERIOR SUPERIOR SUPERIOR SUPERIOR 0 0 0 0 0 0 0 Subprograma 0 0 0 0 0 0 0 Proyecto CREDITO 1111111- Actividad 0 0 0 0 0 0 0 Obra Partida FueFin FinFun 3780 3320 3390 3210 3220 3240 3290 11 11 11 11 11 11 11 13 13 13 13 13 13 13 Diferencia: FIN DEL ANEXO Importe 60.000,00 -9.552,00 -10.448,00 -6.149,00 -2.060,00 -26.701,00 -5.090,00 0,00 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 22 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 182-ASINF/14 Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 8397 Ejercicio: 2014 Estado: PENDIENTE OGESE Área/OGESE Fecha: 26/09/2014 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 13956481/2014 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Fecha: 26/09/2014 Nº: 13956481/2014 Norma Aprobatoria: Fecha: 23/09/2014 Nº: Fecha: Jurisdicción: 68-MINISTERIO DE MODERNIZACION Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE 8056-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION 681-DIR.GRAL. DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS 8056-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION 681-DIR.GRAL. DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS 8056-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION Programa 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 95-PLATAFORMA DIGITAL 94-DES Y CALIDAD DE APL Subprograma 0 0 0 Proyecto CREDITO Actividad 2-ADMINISTRACION Y SERVICIOS GENERALES 6-NUEVAS TECNOLOGIAS 0 Obra Partida FueFin FinFun Importe 3460 11 13 0 3460 11 13 -21.000,00 29.500,00 0 0 4-APLICACIONES CORPORATIVAS 0 3460 11 13 -8.500,00 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 0 0 3330 11 13 -4.700,00 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 0 0 2310 11 13 -3.800,00 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 0 0 2920 11 13 -3.400,00 95-PLATAFORMA DIGITAL 0 0 4-SEGURIDAD INFORMATICA 9-UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA 9-UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA 5-PLATAFORMA DIGITAL 0 3330 11 13 -83.000,00 0 0 3-APLICACIONES PROPIETARIAS 0 3330 11 13 139.900,00 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 0 0 3520 11 13 -45.000,00 94-DES Y CALIDAD DE APL 1-CONDUCCION Diferencia: FIN DEL ANEXO ANEXO - RESOLUCIÓN N° 184-ASINF/14 FIN DEL ANEXO 0,00 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 185-ASINF/14 N° 23 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 24 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 185-ASINF/14 (continuación) FIN DEL ANEXO ANEXO - DISPOSICIÓN N° 63-DGDS/14 Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 9996 Ejercicio: 2014 Estado: PENDIENTE OGESE Unidad Ejecutora Fecha: 02/10/2014 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 14226952-DGTA Fecha: 02/10/2014 Nº: Fecha: Nº: 14226952-DGTA Norma Aprobatoria: Fecha: 02/10/2014 Jurisdicción: 20-JEFATURA DE GOBIERNO Subjurisdicción: 21-VICEJEFATURA DE GOBIERNO Entidad: 0 UE 2006-DIRECCION DE DESARROLLO SALUDABLE 2006-DIRECCION DE DESARROLLO SALUDABLE 2006-DIRECCION DE DESARROLLO SALUDABLE 2006-DIRECCION DE DESARROLLO SALUDABLE Programa 16POL.DESARR.SALUDABLE 16POL.DESARR.SALUDABLE 16POL.DESARR.SALUDABLE 16POL.DESARR.SALUDABLE 0 Subprograma 0 Proyecto CREDITO 1- Actividad 0 Obra Partida FueFin FinFun 3710 11 31 Importe -100.000,00 0 0 1- 0 3720 11 31 0 0 1- 0 3780 11 31 -20.000,00 0 0 5- 0 3590 11 31 420.000,00 Diferencia: FIN DEL ANEXO -300.000,00 0,00 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 N° 25 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 26 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 27 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 28 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 29 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 30 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 31 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 32 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 33 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) N° 34 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 162-DGTALMDE/14 (continuaciòn) FIN DEL ANEXO N° 35 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 36 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 163-DGTALMDE/14 CONTRATA Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante el COMITENTE, representado en este acto por el Director General de Infraestructura Deportiva, el Sr. XXXXXXXXXXXXXX dependiente de la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Económico, XXXXXXXXXXXXXX, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXX y la empresa XXXXXXXXXXXX; con domicilio legal en la calleXXXXXXXXXXX, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Señor/aXXXXXXXXX, D.N.I.XXXXXXXX, en adelante el CONTRATISTA, se celebra la presente contrata en virtud de los antecedentes que se detallan. Antecedentes: El COMITENTE adjudicó al CONTRATISTA por Disposición N° 155/DGTALMDE/14, la Contratación Directa N° 5.531/14, denominada “Reparaciones varias en Polideportivo Patricios”, sito en Pepiri N° 135 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y éste último manifiesta su conformidad para proveer los elementos y ejecutar los trabajos encomendados en los plazos y condiciones fijados por el COMITENTE, por ello en conjunto las partes proceden a formalizar la presente Contrata, el cual se rige por las siguientes cláusulas: 1.- El CONTRATISTA se obliga a ejecutar para el COMITENTE, a su costo y por su exclusiva cuenta, la obra referida, para la cual tomará a su cargo la provisión de mano de obra, máquinas, equipos, insumos y todo elemento complementario que, directa o indirectamente, resulte necesario para su ejecución. Se designa Representante Técnico al Arquitecto XXXXXXXXX, D.N.I.XX.XXX.XXX, con Matrícula Profesional N° XXXXXXX del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que presta su conformidad.----------------------------------------2.- Dichos trabajos serán ejecutados por el CONTRATISTA de acuerdo con los documentos que se indican a continuación: a) b) c) d) PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. PLANOS. OFERTA. CONTRATA. Nota: PLANOS. En caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o en letras, prevalecerá esta última. 3.- Los planos complementarios, acuerdos adicionales, especificaciones e instrucciones escritas emitidas durante la ejecución del contrato se considerarán asimismo incorporados al contrato.--------------------------------------------------------------------4.- El COMITENTE se compromete a efectuar los pagos de conformidad con lo prescripto en los documentos del contrato.----------------------------------------------------------- N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 37 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 163-DGTALMDE/14 (continuaciòn) 5.- El CONTRATISTA se compromete a ejecutar la totalidad de los trabajos encomendados dentro del plazo de obra, que se fija en noventa (90) días corridos, contados a partir del día de la firma del Acta de Inicio y será responsable de la conservación de la obra durante el plazo de su ejecución. En caso de incumplimiento quedará constituido en mora en forma autómatica por el solo hecho del transcurso del plazo establecido y será pasible de las sanciones previstas en el artículo 35 de la Ley 13.064 y en el punto 2.12 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.----------------6.- El precio de los trabajos es el que surge de la planilla de cotización presentada por el CONTRATISTA, y cuyo monto total asciende a la suma de pesos trescientos veintinueve mil novecientos veintitres ($ 329.923), que será abonado según la certificación de avance en la ejecución de la obra.------------------------------------------------7.- El CONTRATISTA ha constituido la Póliza de Seguro de Caución N° XXXXXXXX, expedida por XXXXXXXX, como garantía de cumplimiento del contrato que fija el Pliego de Bases y Condiciones; y el COMITENTE la ha recibido de conformidad.-------8.- El CONTRATISTA deberá asegurar contra accidentes de trabajo a todo el personal obrero, administrativo, técnico e inspector destacado en obra. Asimismo, el CONTRATISTA deberá contratar los seguros contra incendio, hurto, robo, responsabilidad civil con vigencia hasta la Recepción Definitiva. Estos seguros deberán ser contratados en compañías a satisfacción del COMITENTE. No se liquidará ningún certificado de obra mientras no se hayan presentado las pólizas de seguros mencionadas en este artículo. El CONTRATISTA entregará al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los originales de las pólizas, o bien sus copias legalizadas y sus comprobantes de pago.-----------------------------------------------------------9.- En caso de controversia, diferencias de interpretación o incumplimiento de las cláusulas del presente acuerdo, las Partes se comprometen a solucionar amigablemente sus diferencias a través de sus representantes institucionales y técnicos. En caso de no ser posible arribar a un acuerdo y a todos los efectos del presente convenio las Partes acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aries. A los fines de ser tenidas por válidas las comunicaciones emergentes del presente acuerdo, éstas deberán efectuarse en el domicilio constituido en el encabezado; no obstante ello, las notificaciones judiciales dirigidas al Gobierno de la Ciudad deberán ser remitidas a la calle Uruguay N° 458 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme Ley N° 1.218 y Resolución N° 77/PG/2006.-------------------------------------------------------------------10.- El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne al Gobierno ante cualquier reclamo, acción judicial o demanda que sea entablada por cualquier tercero o sus dependientes, en virtud de acciones u omisiones desarrolladas bajo la presente contrata. El CONTRATISTA no podrá exigir al Gobierno compensación de ninguna naturaleza con causa en la presente contrata, siendo la exclusiva responsable por las obligaciones legales, contractuales o extracontractuales que su participación le pudiera ocasionar.-----------------------------------------------------------------------------------------------------En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los XX días del mes de Octubre de 2014. FIN DEL ANEXO N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 38 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1927-DGDYPC/14 MANUAL DE PROCEDIMIENTO DDJJ 2010 11 12 y DDJJ 2013 Registro Administradores de Consorcios – Matrículas – PASO 1 Es menester poseer la matrícula activa (RPA). Es decir, que el Administrador no haya sido dado de baja por las disposiciones 3761/2011, la 930/2013 ni de manera voluntaria a la fecha de realizar la presentación de la DDJJ. Asimismo, deberá contar con clave Ciudad nivel 1 o 2 que podrá gestionar de manera virtual para las personas físicas en www.agip.gob.ar y personalmente, en los distintos puntos de Rentas, para las personas jurídicas. Deberá ingresar a www.buenosaires.gob.ar/tramitesadistancia. Por única vez, deberá validar sus datos. Se desplegará en un menú de opciones, los servicios que presta el Ministerio de Modernización en donde debe seleccionar “Tramitación a Distancia (TAD)”. Luego deberá ingresar su email y teléfono de contacto. Una vez validados sus datos, el sistema lo dirigirá automáticamente al Escritorio Unico en donde deberá seleccionar NUEVO TRÁMITE y clickear en “Registro de Administradores de Consorcios – Matrículas”. Deberá completar la información obligatoria y requerida a los fines de darse de alta como administrador con un Expediente Electrónico (EE). Es fundamental ingresar correctamente el número de matrícula para evitar futuras complicaciones dado que este dato será la vinculación para todos aquellos expedientes electrónicos del mismo Administrador. Completado el formulario deberá vincular la documentación obligatoria, previamente escaneada, que a continuación se detalla: 1. Actualización del certificado del Registro de Juicios Universales (conf. art. 12 Decreto 551/2010). 2. Actualización del certificado del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (conf. art. 12 Decreto 551/2010). 3. Certificado de aprobación y/o actualización del curso de capacitación en administración de consorcios de propiedad horizontal con fecha 2013/2014 (conf. art. 12 Decreto 551/2010). N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 39 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1927-DGDYPC/14 (continuaciòn) 4. Constancia de CUIT actualizada (conf. art. 12 Decreto 551/2010). 5. Certificado de curso de Basura Cero (conf. Disposición N° 216-DGTALCIU-2013). En caso de estar interesado en consultar los textos de las normas aquí mencionadas, le sugerimos el uso del Sistema de Información Normativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Adjuntada la documentación y completo el formulario, ratificará el trámite obteniendo un número de expediente electrónico. Confirmado el mismo pasará de manera automática al área del RPA por lo que el Administrador no podrá volver a tomar ese trámite salvo que el organismo detecte algún error en los datos o en la documentación que dará lugar a un proceso llamado de subsanación. En el caso que esto suceda se le remitirá un mail con el aviso correspondiente. El administrador contará con 20 días hábiles para subsanar y rectificar el error detectado. En caso que requiera información sobre el procedimiento de Trámite a Distancia (TAD) por favor diríjase aquí: http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/manual_de_usuario_tad_abril_2014.pdf Finalizado el proceso el Administrador recibirá a su e-mail la Constancia de Inscripción prevista en el Art. 8 de la Ley Nº 941 que lo acredita como matriculado al Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de la CABA. Si por alguna circunstancia tuviese algún inconveniente durante la realización del trámite relacionado al procedimiento de carga de la DDJJ, infórmenos del problema mediante correo electrónico a [email protected] No olvide incluir en su mail el número de expediente obtenido en el Paso 1 y/o su número de matrícula. Registro de Administradores de Consorcios Presentación Anual DDJJ - PASO 2 Para poder proceder con este trámite, es indispensable que el Administrador haya realizado el trámite “Registro Administradores de Consorcios - N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 40 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1927-DGDYPC/14 (continuaciòn) Matrículas” (PASO 1), de lo contrario el sistema le impedirá realizar la presentación de cada uno de los consorcios. Deberá ingresar a www.buenosaires.gob.ar/tramitesadistancia, ir a NUEVO TRÁMITE y clickear en “Registro Administradores de Consorcios Presentación Anual DDJJ”. Deberá completar la información necesaria a los fines de dar de alta con un Expediente Electrónico el consorcio que pretende declarar y por el período que lo declara. Recordemos que aquellos consorcios cuyo Administrador no presentó las DDJJ 2010 - 11 - 12 y que, consecuentemente no fueron declarados durante éste período, podrán hacerlo en esta oportunidad. Para aquellos Administradores que estén a derecho y que hayan presentaron en tiempo y forma su DDJJ 2010 - 11 - 12 sólo deberán presentar las DDJJ correspondientes al 2013 con la documentación y los requisitos solicitados. Posteriormente, deberán vincular la documentación previamente escaneada y que a continuación se detalla: 1. Libro de datos del período que declara (2010/11/12 - 2013) de todos los consorcios declarados (conf. Inc. c y d Art. 12 Ley N° 941). 2. Curso de SERACARH de los encargados de todos los consorcios que deban dar cumplimiento (conf. Disposición N° 1698-DGDYPC-2012 y concordantes). 3. Acta de Asamblea que apruebe la rendición de cuentas (conf. Inc. b del Art. 12 de la Ley N° 941) y Seguro o Acta de Asamblea donde se apruebe patrimonio del administrador como garantía conforme Disposición N° 777-DGDYPC-2013 (conf. Inc. e del Art. 12 de la Ley N° 941). 4. CUIT del Consorcio. Adjuntada la documentación y completo el formulario, ratificará el trámite obteniendo un número de expediente electrónico. Confirmado el mismo pasará de manera automática al área del RPA por lo que el Administrador no podrá volver a tomar ese trámite salvo que el organismo detecte algún error en los datos o en la documentación que dará lugar a un proceso llamado de subsanación. En el caso que esto suceda se le remitirá un mail con el aviso correspondiente. El administrador contará con 20 días hábiles para subsanar y rectificar el error detectado. En caso de estar interesado en consultar el texto de las normas aquí mencionadas, le sugerimos el uso del Sistema de Información Normativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 41 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1927-DGDYPC/14 (continuaciòn) En caso que requiera información sobre el procedimiento de Trámite a Distancia (TAD) por favor diríjase aquí: http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/manual_de_usuario_tad_abril_2014.pdf Finalizado el proceso el Administrador recibirá a su e-mail el Certificado de Acreditación previsto en el Art. 6 de la Ley Nº 941 para que sea exhibido en el hall de cada consorcio administrado. Si por alguna circunstancia tuviera algún inconveniente durante la realización del trámite, infórmenos del problema mediante correo electrónico a [email protected]. No olvide incluir en su mail el número de expediente obtenido en el Paso 1 y/o su número de matrícula. Muchas gracias. Términos: INICIACION: es el estado del trámite mediante el cual el EE se encuentra todavía en poder del administrador o no ha sido visualizado por el Registro.TRAMITACION: el estado del trámite mediante el cual el EE ya ha sido revisado por el Registro y está en curso.SUBSANACION: es el estado del trámite mediante el cual el Registro podrá rechazar su presentación por datos incompletos o faltantes de documentación otorgándole un plazo para que solucione los inconvenientes informados o agregue la documentación faltante. Una vez subsanado el administrador podrá remitirlo nuevamente para la intervención del registro y proseguir con el trámite normal. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1927-DGDYPC/14 (continuaciòn) FIN DEL ANEXO N° 42 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 43 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 Proceso de certificación y gestión de manuales, material bibliográfico y contenidos curriculares digitales de los cursos dictados en el ámbito del Instituto Superior de la Carrera por organismos rectores CGM-001-001 Fase I: Presentación y análisis de la actividad de capacitación y de materiales didácticos Áreas intervinientes en esta fase o las que en el futuro las reemplacen - Capacitador Coordinación de Formación Continua del ISC (CFC) Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del ISC (CTAL) Coordinación General Ejecutiva del ISC (CGE) N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) CGM-001-001-001: Presentar el programa de capacitación y materiales didácticos Descripción: El capacitador/a, deberá realizar la presentación de manera personal en la oficina de la CTAL. En ella deberá constar el programa de la actividad de capacitación para la cual se postula junto con sus respectivos materiales didácticos. CGM-001-001-002: Recibir el programa de capacitación y materiales didácticos Descripción: La CTAL recibe la presentación del capacitador/a. CGM-001-001-003: Caratula Expediente Descripción: La CTAL caratula el Expediente con trata “GENE0120A – Capacitación y Formación”. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Carátula Inicio Descripción: Carátula de Inicio de Expediente (Automática). Documento SADE: - Tipo Documento: Carátula. - Familia Documento: Providencia. Repartición Creadora: - CTAL. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-001-003 CGM-001-001-004 Generar Informe Gráfico y vincular al EE Descripción: La CTAL debe confeccionar con la presentación del capacitador un Documento Electrónico Oficial, “Informe Gráfico”. La CTAL debe vincular el Documento Electrónico Oficial, “Informe Gráfico” al Expediente Electrónico en curso. Sistema/Aplicación: - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) - Expediente Electrónico (SADE) Documento SADE: - Tipo Documento: Informe. - Familia Documento: Informe. Repartición Creadora: - CTAL. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-001-004 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 45 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) Informe Gráfico Descripción: Documento en el que se importa la presentación realizada por el capacitador. Repartición Creadora: - CTAL. ID: 001-001-004 CGM-001-001-005: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a la CFC. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase para su conocimiento y posterior prosecución del trámite a la CFC. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CTAL. Destinatario: - CFC. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-001-005 CGM-001-001-006: Generar Informe Descripción: La CFC deberá analizar la presentación vinculada al Expediente Electrónico y elaborar un informe por medio del cual indicará si presta o no conformidad. La CFC debe generar el Documento Electrónico Oficial, “informe” en GEDO. La CFC debe vincular el Documento Electrónico Oficial, “informe” al Expediente Electrónico. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) Informe Descripción: Documento que solicita dictamen. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Informe - Familia de Documento SADE: Informe Repartición Creadora: - CFC. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-001-006 ¿La CFC presta conformidad? N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 46 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) CGM-001-001-007: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a la CGE. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase a fin de dar prosecución al trámite, para la intervención de la CGE y posterior remisión al organismo rector correspondiente. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CFC. Destinatario: - CGE. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-001-007 CGM-001-001-008: Generar Informe Descripción: Documento que contiene la descripción del material adjunto y la solicitud al organismo rector de que emita dictamen en el término de 20 (veinte) días, especificando si acepta el material didáctico. Le hará saber que puede proponer rectificaciones, actualizaciones y/o ampliaciones sobre el material. La CGE debe generar el Documento Electrónico Oficial, “informe” en GEDO. La CGE debe vincular el Documento Electrónico Oficial, “informe” al Expediente Electrónico. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) Informe Descripción: Documento que solicita dictamen. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Informe - Familia de Documento SADE: Informe Repartición Creadora: - CGE. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-001-008 CGM-001-001-009: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente al organismo rector. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase solicitando la prosecución del trámite. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CGE. Destinatario: - Organismo rector. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-001-009 ¿La CFC no presta conformidad? CGM-001-001-010: Notificación al capacitador Descripción: La CFC notificará al capacitador personalmente en sus oficinas el informe mediante el cual indica los motivos por los cuales no ha prestado conformidad para que presente un nuevo material didáctico según lo dispuesto a partir del CGM-001-001. Se importa en GEDO la constancia de notificación fehaciente, con el documento oficial “Notificación Fehaciente” -NOTIF- . Deberá vincularla al expediente electrónico en curso. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) Notificación Fehaciente Descripción: - Constancia de notificación fehaciente de los contenidos aprobados a capacitadores. Documento SADE: - Tipo Documento: Notificación Fehaciente - Familia Documento: Registros Repartición Creadora: - CFC. Firma: - Firma Token: NO - Firma Conjunta: NO - Control de Usuario Firmante: NO - Firma Externa: NO ID: 001-001-010 CGM-001-002 Fase II: Elaboración de Dictamen Áreas intervinientes en esta fase o las que en el futuro las reemplacen - Coordinación de Formación Continua del ISC (CFC) Coordinación General Ejecutiva (CGE) Organismo rector N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 48 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) CGM-001-002-001: Elaboración de dictamen Descripción: El organismo rector recibe el expediente solicitando dictamen sobre el material didáctico incorporado al Expediente Electrónico . Podrá solicitar a un área dependiente que de respuesta. El organismo rector podrá proponer rectificaciones, actualizaciones y/o ampliaciones al material didáctico. El organismo rector debe generar el Documento Electrónico Oficial, “Dictamen” en GEDO. El organismo rector debe vincular el Documento Electrónico Oficial, “Dictamen” al Expediente Electrónico. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) Dictamen N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 49 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) Descripción: Documento que contiene opinión técnica sobre el material didáctico presentado por el capacitador. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Dictamen. - Familia de Documento SADE: Informes, Providencias y Dictámenes. Repartición Creadora: - NO Restringida. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-002-001 ¿El organismo rector aprueba el material? CGM-001-002-002: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a CGE. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Atributos SADE: Documento - Template: SI. - Numeración Especial: NO. - Reservado: NO. Repartición Creadora: - NO Restringida. Destinatario: - CGE. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-002-002 CGM-001-002-003: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a CFC. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase luego de tomar conocimiento, para cumplimentación de requisitos legales y posterior prosecución del trámite. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CGE. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) Destinatario: - CFC. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-002-003 CGM-001-002-004: Notificación al capacitador Descripción: La CFC notificará al capacitador personalmente en sus oficinas el Dictamen del organismo rector. El capacitador cumplimentar el procedimiento establecido en la Disposición Nº 38/2013 de la CGE – ISC, ANEXO I, punto 1. (Proceso de Gestión de Manuales del Instituto Superior de la Carrera). Se importa en GEDO la constancia de notificación fehaciente, con el documento oficial “Notificación Fehaciente” -NOTIF- . Deberá vincularla al expediente electrónico en curso. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) Notificación Fehaciente Descripción: - Constancia de notificación fehaciente de los contenidos aprobados a capacitadores. Documento SADE: - Tipo Documento: Notificación Fehaciente - Familia Documento: Registros Repartición Creadora: - CFC. Firma: - Firma Token: NO - Firma Conjunta: NO - Control de Usuario Firmante: NO - Firma Externa: NO ID: 001-001-004 CGM-001-002-005: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a CFC. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase luego de tomar conocimiento, para cumplimentación de requisitos legales y posterior prosecución del trámite. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CFC. Destinatario: - CTAL. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 51 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) - Firma Externa: NO. ID: 001-002-005 ¿El organismo rector no aprueba el material? CGM-001-002-006: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a CGE. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Atributos SADE: Documento - Template: SI. - Numeración Especial: NO. - Reservado: NO. Repartición Creadora: - NO Restringida. Destinatario: - CGE. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-002-006 CGM-001-002-007: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a CFC. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase luego de tomar conocimiento, para cumplimentación de requisitos legales y posterior prosecución del trámite. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CGE. Destinatario: - CFC. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-002-007 CGM-001-002-008: Notificación al capacitador N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 52 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) Descripción: La CFC notificará al capacitador personalmente en sus oficinas el Dictamen del organismo rector. El capacitador deberá presentar nuevo material didáctico según lo dispuesto a partir del CGM-001-001. Se importa en GEDO la constancia de notificación fehaciente, con el documento oficial “Notificación Fehaciente” -NOTIF- . Deberá vincularla al expediente electrónico en curso. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) Notificación Fehaciente Descripción: - Constancia de notificación fehaciente de los contenidos aprobados a capacitadores. Documento SADE: - Tipo Documento: Notificación Fehaciente - Familia Documento: Registros Repartición Creadora: - CFC. Firma: - Firma Token: NO - Firma Conjunta: NO - Control de Usuario Firmante: NO - Firma Externa: NO ID: 001-001-008 CGM-001-002-009: Pase para Prosecución Trámite Descripción: Se genera un pase del expediente a CFC. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase luego de tomar conocimiento, para cumplimentación de requisitos legales y posterior prosecución del trámite. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CFC. Destinatario: - CTAL. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-002-009 CGM-001-030 Fase III: Cumplimentación de Requisitos Legales Áreas intervinientes en esta fase o las que en el futuro las reemplacen - Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del ISC (CTAL). N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 53 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) CGM-001-003-001: Vinculación de requisitos legales Descripción: La CTAL debe importar en GEDO como Informe Gráfico la presentación efectuada por el capacitador en el respectivo Expediente por medio del cual haya tramitado el procedimiento establecido en la Disposición Nº 38/2013 de la CGE – ISC, ANEXO I, punto 1. (Proceso de Gestión de Manuales del Instituto Superior de la Carrera). La CTAL debe vincular el Documento Electrónico Oficial, “Informe Gráfico ” al Expediente Electrónico. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) - Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO (SADE) Informe gráfico Descripción: Documento que contiene copia de la constancia del registro en la Dirección Nacional del Derecho de Autor y el contrato de cesión de derechos de reproducción a favor del ISC. Documento SADE: - Tipo Documento: Informe Gráfico. - Familia Documento: Informe. Repartición Creadora: - CTAL. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-030-001 CGM-001-003-002: Pase Guarda Temporal Descripción: La CTAL verificará que no subsisten cuestiones pendientes de solución y explicitará dicha circunstancia en el motivo del pase, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 130 /SECLYT/14. La CTAL cambiará el estado del Expediente a “Guarda Temporal” y grabará el pase. Sistema/Aplicación: - Expediente Electrónico (SADE) Providencia Pase Descripción: Providencia Pase. Documento SADE: - Tipo de Documento SADE: Providencia. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41-ISC/14 (continuaciòn) - Familia de Documento SADE: Providencia. Repartición Creadora: - CTAL. Firma: - Firma Token: NO. - Firma Conjunta: NO. - Control de Usuario Firmante: NO. - Firma Externa: NO. ID: 001-003-002 FIN DEL ANEXO N° 54 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 182-FG/14 ADENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN APROBADO POR RESOLUCIÓN FG N° 322/2011 En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los __ días del mes de septiembre de 2014, entre el señor Mariano Jorge PISCITELLI (D.N.I. 18.305.174) y la Sra. Cecilia Verónica PESOA (D.N.I. 20.442.515), con domicilio en la calle Alte. Brown N° 706, piso 8° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el señor Secretario de Coordinación Administrativa, Dr. Sergio F. VEGA (DNI Nº 93.136.339), deciden de común acuerdo de conformidad a lo prescrito en la cláusula tercera del contrato celebrado: 1º) Prorrogar el contrato de locación del inmueble de la calle Magallanes N° 1267/1269 de esta ciudad por un período de treinta y seis (36) meses contados a partir del primer día del mes de septiembre del corriente año. 2°) Fijar el canon locativo mensual para los meses 1º a 12º en la suma de pesos veintinueve mil ($ 29.000,00) de conformidad con lo establecido en el apartado 3º de la cláusula cuarta del contrato de referencia, resultando un monto total -para el primer año de locación- de pesos trescientos cuarenta y ocho mil ($ 348.000,00). 3°) Respecto de los meses posteriores, se aplicará lo establecido en el apartado 2° de la cláusula 4 del contrato que se prorroga por la presente, conforme lo acordado en el apartado 3° de dicha cláusula. 4°) EL LOCATARIO podrá optar por prorrogar el alquiler, al vencimiento del plazo originariamente pactado, por un nuevo período de treinta y seis (36) meses, significando la simple continuidad de la ocupación el ejercicio de ese derecho. Todo lo que no ha sido modificado del contrato original por el presente acto, sigue vigente y las partes lo ratifican. EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN SOLO EFECTO, EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, A LOS __ DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2014. FIN DEL ANEXO N° 55 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 56 ANEXO - DIRECTIVA N° 21-TSJ/14 ANEXO I PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Bases del llamado 1. Objeto de la contratación: Adquisición de bibliografía para el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. 2. Forma de cotización: Firmada por el oferente o su representante legal, en pesos, en formulario del oferente con membrete y n° de CUIT, y ajustada a las bases y condiciones establecidas en las cláusulas particulares, y especificaciones técnicas. 3. Mantenimiento de oferta: Los oferentes proponentes deberán mantener las ofertas por el término de veinte (20) días a contar de la fecha del acto de apertura. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, estas se prorrogan automáticamente por igual plazo, excepto que el oferente manifieste su voluntad de no renovarla, con una antelación mínima de 10 (diez) días anteriores al vencimiento. 4. Garantía: En virtud del procedimiento y el monto estimado para esta contratación, no es necesario presentar garantías de mantenimiento de la oferta, ni de cumplimiento del contrato. 5. Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del sector público de la ciudad (RIUPP): Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán acreditar sus inscripción o haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP). La omisión de la solicitud para la inscripción previa dará lugar al rechazo de la oferta (conf. inciso h del artículo 104 de la ley n° 2095). 6. Constitución de domicilio y correo electrónico: Las firmas participantes deberán constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires e informar una dirección de correo electrónico en la que se efectuarán todas las notificaciones y/o comunicaciones que sean necesarias durante el proceso de selección de ofertas y en la ejecución del contrato. De omitirse este requisito, se tomarán por válidas la direcciones registradas en el RIUPP. 7. Personas no habilitadas para contratar: Los oferentes deberán manifestar bajo juramento no encontrarse comprendido en algunas de las situaciones indicadas en el artículo 96 de la ley n° 2095. A tal efecto, suscribirán el formulario de declaración jurada que integra las bases del presente llamado. Artículo 96 – PERSONAS NO HABILITADAS: No pueden presentarse a ningún procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 57 ANEXO - DIRECTIVA N° 21-TSJ/14 (continuaciòn) b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular”, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad” del Anexo I de la Ley 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por Ley 4486). j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. 8. Consultas: Las consultas relacionadas con el presente proceso se realizan ante la Unidad Operativa de Adquisiciones hasta cuarenta y ocho (48) horas previas a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. 9. Aclaración de documentación: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de solicitar ampliación o aclaración de la documentación presentada, a fin de evaluar correctamente la oferta, sin alterar la presentación de la propuesta económica realizada. 10. Revocación de procedimiento: El Tribunal Superior de Justicia podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes (conf. art. 82 de la ley 2095). 11. Nombrar representantes ante la adjudicataria: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de designar agentes con autorización para que sirvan de nexo con la empresa que resulte beneficiaria de la presente contratación. La firma deberá dirigirse en primera instancia a la persona designada ante cualquier problema que exista durante la ejecución contractual. 12. Presentación de la oferta: El oferente podrá formular su oferta por la totalidad de los renglones o por parte de ellos debiéndose ingresar la misma por la Mesa de Entradas Administrativa del Tribunal, piso 6º en el horario de 09.00 a 16.00. 13. Rescisión: El Tribunal Superior de Justicia podrá rescindir el contrato por causas no imputables al proveedor, de conformidad con lo prescripto por el artículo 122 de la ley n° 2095. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58 ANEXO - DIRECTIVA N° 21-TSJ/14 (continuaciòn) 14. Forma de Adjudicar: El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá o no adjudicar la presente contratación. La adjudicación recaerá sobre la propuesta que resulte ser la más conveniente para cada renglón y se ajuste a las bases y condiciones establecidas en el presente pliego. 15. Plazo de Entrega: El plazo de entrega será dentro de los quince (15) días a partir de la suscripción de la orden de provisión. 16. Penalidades contractuales: Frente al incumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato o su cumplimiento defectuoso, el Tribunal Superior de Justicia, previa notificación y descargo del adjudicatario, podrá aplicar multas en los términos fijados por el artículo 126 de la ley n° 2095 y su decreto reglamentario, o rescindir el contrato por culpa del adjudicatario. Ello, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 135 de la Ley de Compras y Contrataciones y su decreto reglamentario, cuando así correspondiere. 17. Rescisión por culpa del adjudicatario: Frente a la grave negligencia o al incumplimiento reiterado de las obligaciones previstas en este pliego y en las especificaciones técnicas, el Tribunal podrá rescindir la contratación por causas imputables al proveedor mediante decisión fundada. 18. Forma de Pago: Se efectivizará dentro del plazo de quince (15) días de la emisión del Parte de Recepción Definitiva, documento que autoriza la presentación de la factura. 19. Tramitación de Facturas: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme a los términos establecidos por la Dirección General Impositiva y presentadas en la Dirección General de Administración – Mesa de entradas, sita en Cerrito nº 760, 6to. piso, de lunes a viernes de 09:00 a 16:00. 20. Interpretación: En caso de que se suscitaren divergencias entre la oferta y las bases del llamado, tendrán primacía las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas generales y particulares y en las especificaciones técnicas. La presente contratación se realiza bajo las reglas establecidas en la legislación vigente (ley n° 2095 y su decreto reglamentario nº 95/2014). ANEXO II LISTADO DE BIBLIOGRAFÍA Renglón Cant. Título Autor Editorial Ed. Obs. 1 1 Tratado de los derechos Rivera, J., Abeledo constitucionales Grosman, Perrot L. & Legarre, S. 2014 E 2 1 Presunciones y ficciones Sericano, La Ley en el régimen tributario R. & nacional Fraga, D. 2014 E Observaciones: E: Edición encuadernada FIN DEL ANEXO N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN COMUNAL N° 13810051-COMUNA13/14 COMUNA N°13 (Núñez- Belgrano- Colegiales) OBRA PUESTA EN VALOR PLAZA RAMIREZ N° 59 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires OBRA: Puesta en valor de la plaza Gral. Francisco Ramirez PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES ÍNDICE 2.1 GENERALIDADES 2.1.1 Objeto de la Contratación y Trabajos a Realizar 2.1.1.1 Terminología 2.1.1.2 Consultas y Aclaraciones 2.1.2 Plazo de Ejecución 2.1.3 Presupuesto Oficial 2.1.4 Visita al lugar de la obra y su constancia 2.1.5 Forma de contratación 2.1.6 Retiro de Pliegos de Bases y Condiciones 2.1.7 Lugar de presentación de las ofertas 2.1.8 Formalidades de la presentación. 2.1.9 Lugar de apertura de sobres. 2.2 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 2.2.1 Requisitos de los oferentes 2.2.1.1 Capacidad Legal 2.2.1.2 Requisitos adicionales para UTES 2.2.1.3 Inhabilidades 2.2.1.4 Constitución de Domicilio 2.2.1.5 Capacidad de Contratación 2.2.1.6 Capacidad Financiera 2.2.1.7 Representante Técnico y Responsable en Obra 2.2.2 Ejecución de Obras por empresas asociadas 2.2.3 Documentos que deben integrar la Oferta 2.2.4 Garantía de oferta 2.2.5 Error en el monto de la garantía 2.2.6 Plazo de mantenimiento de ofertas 2.3. ESTUDIO DE LAS OFERTAS - PREADJUDICACIÓN 2.3.1 Rechazo de Ofertas 2.3.2 Defectos de forma 2.3.3 Anuncio de la Pre-adjudicación 2.3.4 Impugnaciones. 2.4. ADJUDICACIÓN 2.4.1 Garantía de Adjudicación 2.5 CONTRATO Y CONTRATA 2.5.1 Firma de la Contrata 2.5.2 Documentos integrantes del Contrato N° 60 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 2.6 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA 2.6.1 Replanteo 2.6.2 Plan de Trabajo (Proyecto Ejecutivo) 2.6.3 Orden de Comienzo 2.6.4 Replanteo de los Trabajos 2.6.5 Inasistencia del Contratista o Responsable Técnico en Obra 2.6.6 Inspección 2.6.7 Pago de los importes correspondientes a horas extras del personal de inspección 2.6.8 Seguridad y señalamiento 2.7 PERSONAL 2.7.1 Salarios 2.7.2 Horario de Trabajo 2.8. MATERIALES Y TRABAJO 2.8.1 Calidad de los materiales y trabajo 2.9 DESARROLLO DE LAS OBRAS 2.9.1 Plazo para la ejecución 2.9.2 Plazo de Garantía 2.9.3 Ritmo de inversión 2.9.4 Recaudos para los trabajos 2.9.5 Perjuicio por incendio 2.9.6 Seguros 2.9.7 Indemnización 2.9.7.1 Indemnización por caso fortuito o fuerza mayor 2.9.8 Libro de Órdenes de Servicio 2.9.9 Libro de Notas de Pedido 2.9.10 Bibliorato de certificados 2.9.11 Libro de Comunicaciones 2.10. SANCIONES 2.10.1 Tipo de sanciones 2.10.2 Forma de Aplicación 2.10.3 Aplicación de Sanciones 2.10.4 Multas 2.11 CERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS 2.11.1 Medición de las obras 2.11.2 Certificación 2.11.3 Presentación de los certificados 2.11.4 Aprobación de los certificados 2.11.5 Retenciones sobre los certificados 2.11.6. Fondo de reparos 2.11.7 Sustitución del Fondo de Garantía y Reparo 2.11.8 Pago de los certificados de obra 2.11.9 Demora en los pagos 2.11.10 Retenciones sobre los pagos 2.11.11 Comisiones bancarias para el pago de certificados 2.11.12 Gastos y Derechos N° 61 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 2.12 MODIFICACIONES DE OBRA 2.13 APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS, PLAZO DE GARANTÍA Y RECEPCIÓN DE LA OBRA 2.14 VARIOS 2.14.1 Tribunales competentes 2.15. CERTIFICADOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES 2.15.1 Certificado de capacidad de contratación anual para licitación con fórmula. 2.15.2 Certificado fiscal para contratar de la AFIP 2.15.3 Certificado del Registro de Deudores/as Alimentarios/as morosos/as. 2.16 REDETERMINACIÓN DE PRECIOS N° 62 N° 4496 - 7/10/2014 2 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 63 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES 2.1 GENERALIDADES El presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP) tiene por objeto completar y aclarar las estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales (PCG), para las obras menores pertenecientes al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a los planos y pliegos del proyecto. 2.1.1 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Y TRABAJOS A REALIZAR Sujeto a las estipulaciones del presente Pliego, la Comuna Nº 13, sita en Av. Cabildo 3067 2º piso, llama a licitación privada para la “Puesta en valor de la plaza Gral. Francisco Ramirez”. 2.1.1.1 TERMINOLOGÍA En el presente pliego y en la documentación de los contratos que se celebren, se emplean, con el significado que aquí se indica en los siguientes términos: a) Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual se acepta la oferta más conveniente. b) Circular con consulta: Respuestas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todo pedido de aclaración. c) Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueda formular en el marco de esta licitación. d) Contrato: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente licitación, una vez adjudicada la Oferta más conveniente y aprobada dicha adjudicación, y que rige las relaciones entre la Comuna Nº 13 y el adjudicatario, cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales. e) Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. f) GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. g) Pliego de Condiciones Particulares: El presente documento, complemento del Pliego de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación, las obligaciones de las partes, el procedimiento de la Licitación Privada, así como también el trámite de perfeccionamiento de la Adjudicación y del contrato. h) Pliego de Especificaciones Técnicas: Es el documento donde se establecen las condiciones de carácter técnico de la Licitación Privada. i) Adquirente: Persona física o jurídica que retira el Pliego. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 64 j) Oferente: Persona Física o Jurídica que presenta una oferta ante el llamado licitatorio. k) Oferta: Es la propuesta realizada por los oferentes que desean participar del presente procedimiento licitatorio y acompañan toda la documentación y demás información incorporada en la presentación. l) Representante Técnico (Profesional Responsable): Persona física que ejercerá la representación técnica del Oferente / Contratista durante la ejecución del contrato objeto de la presente licitación, de conformidad con las atribuciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego y las propias de su incumbencia profesional. Es el responsable técnico del cumplimiento de todos y cada uno de los términos que se establezcan en el presente pliego. m) Responsable en obra: Persona física responsable de supervisar las obras objeto de la presente licitación durante todo el proceso y etapas de las mismas. Debe estar en forma permanente en el lugar donde se realizan las obras y tareas contratadas. Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre. 2.1.1.2. CONSULTAS Y ACLARACIONES El artículo 1.4 del PCG queda complementado de esta manera: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los Pliegos de Bases y Condiciones, se presentarán por escrito en la oficina de Administración de la Comuna Nº 13 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av Cabildo 3067 2º piso, hasta cuatro (4) días hábiles administrativos previos a contar desde la fecha de apertura de las ofertas. La aclaración que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires emita a tal efecto deberá ser remitida dentro de los dos (2) días hábiles administrativos antes de la fecha de apertura de las ofertas. El Gobierno podrá formular aclaraciones de oficio hasta dos (2) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de ofertas. Los Oferentes deberán constatar en la sede del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta los dos (2) días antes del Acto de Apertura, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares. 2.1.2. PLAZO DE EJECUCIÓN Para la ejecución de los trabajos contratados, se fija un plazo total de sesenta y cinco (65) días corridos, contados a partir de la fecha de comienzo de trabajos fijados en la Orden de inicio. Se llama la atención que no deben preverse como normales los días de lluvia comprendidos en la media mensual y se reconocerán prórrogas por este concepto. Si por cualquier otra circunstancia se demoraran los trabajos, el Contratista arbitrará los medios para recuperar tiempos y cumplir los plazos contractuales. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 65 2.1.3. PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial de los trabajos para la Puesta en valor de la plaza Gral. Francisco Ramírez asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000). A los efectos de la presente licitación, la cotización a presentar por los Oferentes, deberá comprender la ejecución de la obra, más el periodo de garantía hasta la efectiva aprobación y recepción definitiva de la obra por parte de la autoridad administrativa competente del GCBA, de acuerdo a lo estipulado en el PCG. 2.1.4. VISITA AL LUGAR DE LA OBRA Y SU CONSTANCIA: El interesado en realizar una oferta deberá visitar la obra antes de cotizar. Es obligación del interesado recoger del lugar en que vaya a realizarse la obra toda la información complementaria que pueda obtenerse de la observación del terreno y sus adyacencias, como así también por referencias de terceros; sobre aprovisionamiento de materiales, personal, provisión de agua y energía, vandalismo y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo. Asimismo, deberán informarse respecto de la naturaleza del terreno y del subsuelo, sin que estas informaciones substraigan de la responsabilidad del proyecto realizado por organismo del comitente. Ello de acuerdo a los artículos 4° y 39 de la Ley Nacional N° 13.064. Sólo en los casos que determine el PET, el contratista asumirá la responsabilidad absoluta y exclusiva por vicio del suelo. De la visita de obra deberá dejarse constancia en un Acta, que se extenderá por duplicado, la que será firmada por el interesado o su representante, debidamente acreditado, y el veedor del GCBA designado al efecto. Dicha acta deberá acompañarse junto con la documentación que debe presentarse al momento de realizar la oferta. En consecuencia, no se aceptará bajo ningún pretexto desconocimiento de la obra, su estado y características particulares, por lo que se considerará que su oferta incluye todas las reparaciones y trabajos necesarios de acuerdo con las reglas del arte, aunque éstos no se mencionen en la documentación del presente pliego y/o el PET. 2.1.5. FORMA DE CONTRATACIÓN La contratación de los trabajos se hará por el sistema de AJUSTE ALZADO y a todos sus efectos se define la obra como de Arquitectura o en la especialidad afín de los trabajos que se licitan. 2.1.6. RETIRO DE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación técnica que rige la presente licitación podrán retirarse, en la oficina de Administración de esta sede comunal Nº 13 dependiente de la Comuna Nº 13, sita en Av. Cabildo 3067 2º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 horas. SE DEJA CONSTANCIA QUE DEBERÁ CONSULTARSE PERIÓDICAMENTE LA PÁGINA DE INTERNET DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones y Compras – Consulta de Compras y Contrataciones) A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIÓN DE CIRCULARES. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 66 2.1.7. LUGAR DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas en la oficina de Administración de esta sede comuna Nº 13, sita en la Av. Cabildo 3067 2º piso de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el día 9 de octubre de 2014 a las 11,30 hs. 2.1.8. FORMALIDADES DE LA PRESENTACION Sin perjuicio de los requisitos exigidos en el punto 4.3. del Pliego de Bases y Condiciones Generales, las propuestas deberán ser firmadas y selladas en cada una de sus hojas por el oferente. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante. La foliatura deberá constar en el extremo inferior derecho y será independiente para cada uno de los ejemplares. El oferente deberá formular su propuesta indicando precios unitarios y globales cuando corresponda, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio siempre se dará prioridad al precio escrito en letras. Los Oferentes deberán presentar el análisis de precios de todos los ítems que integran la planilla de cómputo y presupuesto. El Gobierno podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario. Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, el Gobierno requerirá su aclaración, reservándose el derecho de desechar la oferta a su solo juicio, si dicho precio no fuese ratificado con fundamentación satisfactoria. La planilla de cómputo y presupuesto está dividida en ítems, quedando entendido que esa división está hecha con el objeto de facilitar la medición de los trabajos y su posterior pago. El oferente deberá considerar al conjunto de los ítems indicados en las planillas de cómputo y presupuesto como representativo de la totalidad de los trabajos objeto del contrato, por lo que al estudiar sus precios deberá incluir en los mismos no sólo la incidencia directa de los gastos que represente la ejecución del ítem, sino también la incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la documentación y que no estén específicamente detallados como ítem en las planillas de cómputo y presupuesto. A título de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se advierte que no se considerará mayor cantidad de obra adicional a la reubicación o extensión de servicios públicos para ejecutar las correspondientes conexiones, modificaciones y/o cambios en el recorrido de las cañerías, etc. 2.1.9. LUGAR DE APERTURA DE SOBRES El acto de apertura de ofertas se llevará a cabo en la oficina de Administración de esta sede comunal Nº 13, sita en la Av. Cabildo 3067 2º piso de la Ciudad de Buenos Aires, el día 9 de octubre de 2014 a las 12 hs. 2.2. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Las ofertas serán presentadas por duplicado. Deberán ser debidamente foliadas y firmadas, en todas sus fojas, por el oferente o representante legal. La firma deberá estar aclarada, indicando el carácter del firmante, debiendo presentar la documentación que N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 67 avale el carácter invocado. El no cumplimiento de este requisito junto con la oferta, dará lugar al descarte de la misma. 2.2.1 REQUISITOS DE LOS OFERENTES 2.2.1.1. CAPACIDAD LEGAL Los Oferentes deberán tener capacidad legal para obligarse conforme a los siguientes aspectos legales. Las personas físicas, personas jurídicas y/o U.T.E., para ser admitidos deberán cumplir con los siguientes requisitos básicos: 1) Satisfacer las exigencias del presente proceso licitatorio. 2) Poseer experiencia en obras de características similares, organización, disponibilidad de personal idóneo, equipos y maquinarias, capacidad técnica, administrativa y financiera para llevar a cabo las obras y servicios requeridos dentro de los plazos previstos en el presente pliego licitatorio. 2.2.1.2. Requisitos adicionales para Unión Transitoria de Empresas La Unión Transitoria de Empresas, además de los requisitos anteriormente señalados deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1) Constituir un único domicilio especial en Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2) Designar por instrumento público a un único representante, quien estará facultado para actuar en nombre de la asociación de empresas, representando a cada uno de sus integrantes, con plenas facultades para tomar decisiones en su nombre, y para representarlo ante el GCBA durante el presente proceso licitatorio, contratación y ejecución de la obra. 3) Tener por contrato de constitución una duración superior al tiempo que demande la ejecución del contrato. 4) Las empresas que integren una Unión Transitoria de Empresas, a los efectos del presente proceso licitatorio, no podrán participar en forma individual o formando parte de otra Unión Transitoria de Empresas para un mismo llamado. 2.2.1.3. INHABILIDADES No podrán concurrir como oferentes: 1) Los que tengan vinculación directa o indirecta con las empresas consultoras, sus directivos y/o socios, que el GCBA hubiere contrato para producir el proyecto objeto de la presente licitación o estuvieren relacionados con él. 2) Quienes estén en situación de interdicción judicial o estuvieren apremiados como deudores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires u otros organismos nacionales, provinciales o municipales. 3) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 68 4) Toda persona a la que se le hubiere rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo del GCBA. 5) Toda persona que resulte inhabilitada conforme a los regímenes especiales. 2.2.1.4 CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS De acuerdo al artículo 3.2. del PCG. El GCBA, constituye domicilio legal a los efectos de toda notificación judicial, conforme lo establecido en la Ley N° 1.218, en la Procuración General de la Ciudad, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay N° 458 de la Ciudad de Buenos Aires. Para el caso de notificaciones extrajudiciales, se fija domicilio especial en Av. Cabildo 3067 2º piso, de esta Ciudad. Los oferentes y eventualmente el adjudicatario, serán notificados: a) En el domicilio que hubieran declarado al obtener los pliegos para el caso de los oferentes. b) En el domicilio que hubieran constituido con la presentación de la oferta para el adjudicatario y/o contratista. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación. 2.2.1.5 CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN El saldo de capacidad de contratación anual exigido deberá ser igual o superior al resultante de la aplicación de las formulas establecidas por el Registro de Constructores de Obras Públicas dependiente la Subsecretaría de Obras Públicas de la Presidencia Nación en los certificados de capacidad de contratación. En el caso de firmas que se presentaren constituidas en Uniones transitorias de Empresas, el saldo de contratación anual exigido será integrado por la suma de los saldos de contratación anual de cada una de las empresas que integren dicha Unión Transitoria de Empresas. La capacidad de contratación será la que surja de la siguiente fórmula: CCA = Po + Po (12 – PE) 12 CCA: Capacidad de contratación anual. Po: Presupuesto Oficial PE: Plazo de ejecución de la obra expresado en meses. La capacidad de contratación deberá actualizarse al mes correspondiente a la firma del contrato calculándose el monto mínimo exigible, conforme al procedimiento antes indicado, pero con respecto a la oferta adjudicada. En caso de no cumplirse este requisito, el adjudicatario perderá la garantía de la propuesta y quedará descalificado automáticamente. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 69 2.2.1.6 CAPACIDAD FINANCIERA a. El oferente deberá presentar para avalar la Capacidad de financiación un compromiso firme –con fecha de emisión y plazo de vigencia, no inferior al plazo de ejecución de la obra– de una entidad bancaria o financiera por el sesenta por ciento (60 %) del importe total del Presupuesto Oficial, para el cumplimiento de la obra objeto de la presente Licitación. Como alternativa a ésta, el oferente podrá presentar una certificación contable por contador público, con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, de la facturación mensual efectuada en los últimos doce meses, cuya antigüedad no sea mayor de dos meses con respecto al mes de la fecha de apertura de ofertas. Del promedio mensual de la referenciada certificación, deberá surgir que el oferente realiza operaciones habituales por un importe igual o superior al equivalente a una certificación mensual del Presupuesto Oficial, calculadas como el resultante de dividir el Presupuesto Oficial por el plazo, en meses, de la obra. b. Estados contables de los últimos dos ejercicios económicos anuales y copia legalizada del Acta de Asamblea de accionistas o de reunión de socios (SRL) aprobatoria de dichos estados. Los mismos deberán contar con dictamen sobre su razonabilidad emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con la firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Cuando el último estado contable anual tenga una antigüedad mayor a cinco meses respecto al mes de apertura de ofertas, deberá presentarse un estado de situación patrimonial o estados contables intermedios que abarque desde el último ejercicio anual y cuyo cierre opere a no más de dos meses del mes de apertura de las ofertas, debiendo contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. c. La evaluación económica – financiera de las ofertas se hará en base a los indicadores detallados a continuación: El oferente deberá cumplir con los siguientes índices económicos financieros, que deberán surgir del último Estado Contable anual: Índices Financieros (en valores absolutos) 1. Liquidez: ACTIVO CORRIENTE> a 1 PASIVO CORRIENTE 2. Endeudamiento: PASIVO TOTAL< al 100 % PATRIMONIO NETO 3. Solvencia: PATRIMONIO NETO> a 1 PASIVO TOTAL Índices Económicos: 4. Inmovilizaciones: PATRIMONIO NETO + GANANCIA A REALIZAR> a 1 ACTIVO NO CORRIENTE N° 4496 - 7/10/2014 5. Rentabilidad (%): Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 70 UTILIDAD NETA PATRIMONIO NETO Los valores de las fórmulas definidas precedentemente se extraerán de los rubros correspondientes (activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) de los estados contables presentados por el oferente. d. Empresas Unipersonales. Cuando el oferente sea una Empresa Unipersonal deberá adjuntar la siguiente documentación: - Estado de Situación Patrimonial, emitido por Contador público con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas - Certificación Contable de la facturación acumulada en los últimos doce meses, con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda. - Última Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias. La documentación detallada precedentemente no deberá diferir en más de dos meses del mes de apertura de las ofertas. Dichos índices deberán ser calculados a la fecha de cierre de los estados contables. En caso de presentar estado de situación patrimonial intermedio los índices también deberán ser calculados a esa fecha. e. En caso de Uniones Transitorias de Empresas (UTE) cada una de las sociedades que la integran deberá presentar su propia información contable (balances, estados contables intermedios, etc.) y en base a esa información se han de determinar los índices pertinentes. En cuanto a la facturación acumulada, se considerará la suma de cada facturación afectada por su porcentaje de participación. En cuanto al compromiso bancario, se computará para su análisis la suma de los compromisos en firme en cada uno de los integrantes de la U.T.E. 2.2.1.7 REPRESENTANTE TÉCNICO Y RESPONSABLE EN OBRA El Oferente deberá designar como Representante técnico a un profesional responsable, quien deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1) Contar con matrícula de Constructor de 1ª Categoría. 2) Estar inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, conforme la normativa en la materia. 3) Contar con antecedentes en obras de similares características a la presente obra pública. La designación del Representante técnico deberá ser presentada por el Oferente junto a toda la documentación a acompañar en la Oferta. El Representante técnico será el responsable, en los términos que establezca la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que a la firma se refiere. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en la presente licitación y todos aquellos que le sean solicitados. Asimismo, dicho representante técnico deberá concurrir a diario al lugar en que se realice la obra, así como también, a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación de la misma. En caso que el Profesional responsable no concurriere a ellos, dichos actos se considerarán aceptados implícitamente por el Contratista. Las citaciones al Representante técnico se llevarán a cabo con un (1) día hábil de anticipación, mediante Orden de Servicio. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 71 La negligencia demostrada de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se formularen por parte del G.C.B.A., podrán dar lugar a la remoción del Representante técnico. En caso de producirse la remoción la designación del Representante Técnico por arte del Contratista o del G.C.B.A. el Contratista, deberá proponer un reemplazante capacitado para el desempeño de tales funciones, conforme las exigencias del presente pliego, dentro de los dos (2) días de producida la vacante, debiendo comunicar tal circunstancia al Comitente. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al profesional propuesto como Representante Técnico y en su caso, el Contratista deberá proponer otro cumpliendo los mismos requisitos y mecanismos mencionados en el presente numeral. El Contratista deberá designar un Responsable de Obra, técnico o profesional capacitado para dirigir los trabajos y realizar el correcto seguimiento de los mismos, en concordancia con el numeral 5.2. PCG. El Responsable de Obra, sin perjuicio de las responsabilidades propias del Representante Técnico, será el responsable del cumplimiento de todos y cada uno de los términos que se establezca en el presente pliego. Asimismo será encargado de suministrar toda la información que se requiere en el presente Pliego licitatorio, como así también la requerida por el GCBA. 2.2.1.8 Ejecución de Obras por Empresas Asociadas En el caso de que dos o más sociedades comerciales se presenten asociadas a la Licitación deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) por la Ley Nacional de Sociedades Comerciales, para su presentación a Licitaciones. Una vez presentadas a la Licitación, las Uniones transitorias no podrán modificar su integración, es decir cambiar las empresas que la componen ni aumentar o disminuir su número, ante ninguna situación relacionada con la Licitación y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del mismo. El representante legal de las Sociedades y de la UTE, deberá acompañar constancia de estar facultado para contratar en su nombre. Las empresas asociadas deberán cumplir los siguientes requisitos: 1) Constituir domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires. 2) La UTE deberá tener conforme su contrato de constitución una duración superior al tiempo que demande la obra, incluido el plazo de garantía, y que los trabajos a realizar se encuentren comprendidos dentro de su giro comercial. 2.2.3. DOCUMENTOS QUE DEBEN INTEGRAR LA OFERTA 1) Carta de presentación según modelo de carta de presentación de la propuesta del Anexo I. 2) Garantía de Oferta según numeral 4.6 del PCG N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 72 3) Pliego de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas, documentación gráfica, planos, formularios y Anexos y Circulares con y sin consulta que se hubieran efectuados, firmados en todos sus folios por los Representantes: 1) Legal y; 2) Técnico. 4) Domicilio según numeral 3.2 del PCG. 5) Estatuto Social autenticado por Escribano Público. Poder General o copia certificada por Escribano Público del Representante Legal. Poder general o copia certificada por Escribano Público otorgado al Representante Legal. En caso de tratarse de UTE, Poder que otorga representación legal unificada. 6) Estado Contable de los dos (2) últimos ejercicios anuales según lo indicado en el presente pliego 7) Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas dependiente de la Subsecretaría de Obras Publicas de la Nación o copia autenticada por Escribano Publico del mismo. Declaración jurada del saldo de capacidad de contratación disponible. 8) Nómina actualizada – con una antigüedad menor de dos meses del mes de apertura de las ofertas – de referencias bancarias, financieras y comerciales con la que opera habitualmente, donde deberá indicar como mínimo cinco referencias dando: Nombre, dirección y teléfono, y por lo menos deberá presentar entre las cinco, una de cada tipo de entidad. 9) Listado de Obras realizadas en los dos últimos dos años. Listado de obras en ejecución o a ejecutar en los próximos dos (2) años. El Oferente podrá incluir obras ejecutadas en carácter de subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente. 10) Equipamiento y maquinaria a afectar a la obra. 11) Nómina del Personal Superior propuesto para la obra. Nómina del personal propuesto para la Obra. Nombre y apellido, título profesional, matricula y amplios antecedentes del Representante Técnico que se propone, con la conformidad escrita y firmada por el mismo. 12) Plan de Trabajo y Curva de Inversión. Planilla de presentación según listado de tareas. 13) Planilla de cotización según listado de tareas de acuerdo a la planilla detallada en el Anexo III, Los oferentes deberán cotizar la totalidad de los ítems solicitados. 14) El análisis del precio total de la obra. Se debe dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 5º de la Ley N° 2.809. Asimismo, los oferentes deberán presentar la siguiente documentación: a) El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda. b) Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluidos cargas sociales y tributarias. c) N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 73 Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 5°. La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta correspondiente. 15) Constancia de Visita de Obra. 16) Certificado Fiscal para contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o fotocopia autenticada por Escribano Público. Así también, se podrá presentar la constancia de solicitud de dicho certificado pero este mismo deberá ser presentado al momento de la eventual adjudicación de la oferta. En todos los casos el respectivo certificado fiscal deberá estar vigente al momento de la adjudicación. 17) Declaración jurada de mantenimiento de oferta conforme al numeral 4.5 del PCG. 18) Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, o constancia de solicitud, según numeral 2.15.3. 19) Declaración jurada de aceptación de jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. 20) Declaración jurada, manifestando que el oferente no se encuentra incuso en ninguna de las inhabilidades previstas en la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 2095 y sus modificatorias y reglamentación). 21) Constancia de inscripción en el RIUPP o constancia de haber iniciado el trámite de inscripción al momento de apertura de las Ofertas. Es condición para la preadjudicación que el Oferente se encuentre inscripto en dicho registro. 22) Acreditar capacidad financiera conforme al numeral 2.2.1.6. del presente pliego. 23) Archivo digital que contenga el presupuesto ofertado, con sus correspondientes análisis de precios, la curva de inversiones y el plan de trabajos que se ha presentado en la oferta. 24) Indice referido a la presentación de la oferta siguiendo el orden establecido en el presente numeral y detallando los puntos según la foliatura realizada por el oferente. Documentación Inexcusable La falta de presentación de la documentación conforme al numeral 2.2.3. incisos 2, 7,11, 12, 13, 14, 15 y 16, serán inexcusables, siendo su falta causal de desestimación de la Oferta. La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá solicitar la documentación faltante, en tanto su integración, con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas, y no afecte el Principio de Igualdad entre los Oferentes. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 74 2.2.4 GARANTÍA DE OFERTA El monto de la Garantía de Oferta será del uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial según lo establecido en el numeral 4.6. del PCG. 2.2.5 ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA No serán rechazadas las ofertas cuando, por error, la garantía fuera de un importe inferior a la que corresponda, no superando el error un 20% (veinte por ciento) del importe correcto. El error en la garantía igual o inferior al 20% (veinte por ciento) del importe correcto deberá ser subsanado por el oferente dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de considerar que existe desistimiento de la oferta, con las estipulaciones contenidas en el último párrafo del artículo 4.6 del PCG. 2.2.6 PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS Los oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de treinta (30) días a partir de la fecha de apertura de las Ofertas. Los mismos son prorrogables automáticamente por igual plazo, salvo manifestación en contrario por parte del Oferente dentro de los cinco (5) días previos al vencimiento original, caso contrario se procederá conforme lo dispuesto en el numeral 4.5. del PCG. 2.3 ESTUDIO DE LAS OFERTAS – PREADJUDICACIÓN 2.3.1. RECHAZO DE OFERTAS El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá rechazar todas las ofertas o aceptar variantes previstas en el Pliego de Condiciones Particulares, sin que ello dé derecho a reclamo por parte de los oferentes. Será objeto de desestimación las ofertas que no estén firmadas por el oferente, que estén escritas con lápiz; que carecieran de la garantía exigida; que tengan raspaduras o enmiendas en sus partes fundamentales: “precio”, “cantidades”, o alguna otra que haga a la esencia del contrato y que no hayan sido debidamente salvada y que no hubieran presentado la documentación exigida en el numeral 2.2.3. Sin perjuicio de las causales establecidas en el presente pliego licitatorio, será excluida toda Oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios: 1. Que se presente después de la hora límite fijada para la Apertura de las Ofertas y/o en lugar distinto del que se señala en el llamado. 2. Que el oferente se hallare comprendido en alguna de las inhabilitaciones contempladas en el artículo 96 de la Ley Nº 2.095, modificada por Ley Nº 4.764. 3. Que no esté cumplimentada la Garantía de mantenimiento de oferta en cualquiera de las formas establecidas en este pliego licitatorio. 4. Que se presente la Oferta sin firma, aclaración de firma, no se fije domicilio o no fuese posible identificar al Oferente. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 75 5. Que se presente firmada por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar al Oferente. 6. Que no indique claramente los precios cotizados, o el monto total de la propuesta, y/o que no fuere posible interpretarla. 7. Que contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén debidamente salvados y firmados por la misma persona que firmó la Oferta. 8. Que existan falsedades en cualquiera de las disposiciones establecidas en el presente pliego licitatorio. 9 . Falta de constancia de visita de obra. 2.3.2. DEFECTOS DE FORMA No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma o imperfecciones que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas. 2.3.3. ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN Abiertos los sobres presentados, el Gobierno procederá a su estudio y podrá requerir de los oferentes cualquier información complementaria que considere necesaria, y posteriormente emitirá un Acta de preadjudicación. . La Comisión evaluadora de oferta propiciará la pre adjudicación, de conformidad con las pautas establecidas en el siguiente pliego. La preadjudicación será notificada a todos los oferentes en forma fehaciente 2.3.4 IMPUGNACIONES Las impugnaciones al dictamen emitido por la Comisión Evaluadora de Ofertas, deberán ser presentadas en la oficina de Administración de la Comuna Nº 13 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Cabildo 3067 2º piso, previa constitución del depósito en garantía. Junto con la presentación de la impugnación deberá presentar fotocopia de la boleta de depósito y exhibir el original extendido por la sucursal actuante. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previa intervención de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 2.4 ADJUDICACIÓN La adjudicación se efectuará en la forma prevista en el numeral 2.1.4. del P.C.G., basándose en el análisis de la oferta más conveniente. Si se diera el caso que, a juicio del Gobierno, dos o más ofertas estuvieran en igualdad de precios, se les invitará, para una nueva fecha, a una mejora de los mismos, con recaudos análogos a los de los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación emitida con motivo del llamado y, si la misma situación se mantuviera, la adjudicación se resolverá por sorteo en presencia de los interesados. Si el adjudicatario no estuviere en condiciones de firmar el contrato en el plazo fijado se perderá la garantía de N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 76 oferta, y el GCBA podrá proceder a la adjudicación de las obras al oferente que le sigue en el orden de conveniencia de las ofertas ajustadas a pliegos, o a efectuar un nuevo llamado. Si el GCBA no firmara el contrato antes de los 60 días de notificada la adjudicación, por causas no imputables al adjudicatario, vencido el término éste podrá solicitar que la adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la garantía de oferta sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna. 2.4.1. GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN Dentro de los tres (3) días hábiles de notificado de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la “Garantía de Adjudicación” de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.6 del PCG. Si el adjudicatario no integrara en el plazo debido la garantía de Adjudicación, el Gobierno podrá dejar sin efecto aquella, en cuyo caso el oferente perderá la Garantía de Oferta. Es facultad del Gobierno proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la misma. 2.5 CONTRATO Y CONTRATA 2.5.1. FIRMA DE LA CONTRATA Dentro de los dos (2) días hábiles de integrada la garantía de adjudicación, el Adjudicatario deberá presentarse a firmar la Contrata y sus complementos; entregando en dicho momento los seguros requeridos en el punto 5.4 del Decreto Nº 481/11. Si no lo hiciera, el Gobierno de la Ciudad podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el Adjudicatario perderá la garantía constituida. El modelo de Contrata a firmar deberá ajustarse al indicado, en el ANEXO II del PCP. 2.5.2 DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Integrarán el Contrato, la Contrata y los siguientes documentos, los cuales se firmarán en tres (3) ejemplares de la correspondiente Contrata, uno para cada una de las partes, toda la documentación de licitación, las aclaraciones, las ofertas, detalle de los principales elementos de trabajo, y la resolución de adjudicación. Firmarán esos documentos un funcionario autorizado en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Contratista y el Representante Técnico de la ejecución de la Obra. El Gobierno de la Ciudad entregará sin cargo al contratista una copia fiel de toda la documentación contractual para tenerla en obra. 2.6. ORGANIZACIÓN DE LA OBRA 2.6.1 REPLANTEO El numeral 5.1. del PCG queda complementado de acuerdo a las siguientes estipulaciones: Para cuestiones de la implementación del proyecto de obra -habilitadas técnica y legalmente por el GCBA- podrá realizarse si correspondiere el replanteo. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 77 Para ello, con posterioridad a la suscripción de la Contrata, el Contratista o su Representante Técnico deberá constituirse, en un plazo máximo de tres (3) días, junto con el inspector en la obra objeto de la presente licitación para efectuar el replanteo de la misma, en los casos en que correspondiere. Si el contratista no concurriese al replanteo se fijará una nueva fecha dentro de los dos (2) días subsiguientes. Si tampoco concurriese a esa segunda citación, sin que existan a exclusivo juicio de la Inspección causas justificadas que lo hubieren impedido asistir, o si habiendo concurrido no efectuare el replanteo, se procederá a aplicar las penalidades que correspondan. Los gastos en concepto de jornales de peones, movilidad, útiles y materiales que ocasiona el replanteo, son por cuenta del Contratista. Terminado el replanteo se extenderá por duplicado un acta que conste haberlo efectuado, que será firmada por el Inspector de Obra y el Contratista o su Representante Técnico. La demora en la ejecución del mismo o su inexistencia hará responsable al Contratista del replanteo y cualquier trabajo mal ubicado por errores de aquél cualquiera sea su origen, y será corregido si es posible, o en caso contrario, demolido y reconstruido cuando se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra, todo ello por cuenta del Contratista y no dará derecho al Contratista a prorrogar el plazo de obra. En caso que haya correspondido el replanteo no podrán comenzarse las obras en ningún sector que no hubieran sido previamente replanteados. El replanteo se efectuará en forma conjunta con el Inspector de Obra, al que se debe notificar con una anticipación de cuarenta y ocho (48) horas. 2.6.2. PLAN DE TRABAJO (PROYECTO EJECUTIVO) El Contratista deberá presentar su Plan de Trabajos, Replanteo y Proyecto Ejecutivo, dentro de plazo máximo de diez (10) días contados desde la suscripción de la Contrata. Dicho documentación será presentada ante la oficina de Administración de esta Comuna Nº 13. Ésta última, tendrá cinco (5) días para su análisis y posterior aprobación y/u observación. En caso de rechazo u observación, se le comunicará al Contratista para que, en el plazo de cinco (5) días de notificada, subsane las observaciones realizadas, que deberán ser resueltas por la oficina de Administración de esta Comuna Nº 13 en el mismo plazo. Si en esta última oportunidad la oficina de Administración de esta Comuna Nº 13 rechazara nuevamente las modificaciones propuestas, quedará sin efecto la Contrata, pudiendo la Comitente continuar el procedimiento con el Oferente propuesto en segundo orden de mérito. La presentación del plan de trabajo, replanteos y proyecto ejecutivo, así como también las modificaciones que pudieran ser requeridas por la oficina de Administración de esta Comuna Nº 13, deberán ser acreditadas en el expediente perteneciente a la presente licitación. El plan de trabajos deberá ser detallado, abriendo los rubros tarea por tarea acorde con el listado de ítems incluidos en el cómputo y presupuesto que conformaron su Oferta. El incumplimiento del Plan de Trabajos hará pasible al Contratista de la aplicación de las sanciones o multas correspondientes (cfr. lo previsto en el artículo 35 Ley Nacional Nº 13.064, el numeral 2.13. del PCP). N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 78 Dentro de los diez (10) días de la fecha determinada para el comienzo de la obra deberán iniciarse los trabajos, momento en el cual se suscribirá el acta de inicio firmada por la inspección de obra y el Representante Técnico del Contratista. Si a los diez (10) días de la fecha fijada para el comienzo de la obra mediante Orden de Comienzo el contratista no hubiere iniciado los trabajos, el GCBA podrá rescindir el contrato por culpa de la contratista, debiendo comunicar tal circunstancia al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas. El contratista en este caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por daños y perjuicios. 2.6.3. ORDEN DE COMIENZO Dentro de los diez (10) días de la fecha determinada para el comienzo de la obra deberán iniciarse los trabajos, momento en el cual se suscribirá el acta de inicio firmada por la inspección de obra y el Representante Técnico del Contratista. 2.6.4. REPLANTEO DE LAS OBRAS El Replanteo de los Trabajos será hecho en conjunto por la Inspección de Obra y el Contratista o su Responsable Técnico. Una vez finalizado el mismo por las partes actuantes, se emitirán por escrito las tareas a realizar mediante el Libro de Ordenes de Servicios. La recepción de dichas tareas, por parte del Contratista, implicará el inicio de la Obra y no podrán comenzarse los trabajos en ningún sector que no haya sido previamente replanteado. Cualquier observación que deseare formular el Contratista relacionada con el replanteo, que pudiera dar lugar a reclamos, deberá emitirla a través del libro de comunicaciones, con forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará válido ningún reclamo. Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en las órdenes de servicio deberá ser presentado indefectiblemente dentro de los dos (2) días posteriores a la fecha emitida la misma, vencido dicho plazo el Contratista perderá los derechos respectivos y se considerará no efectuada la reserva. 2.6.5. INASISTENCIA DEL CONTRATISTA O RESPONSABLE TÉCNICO EN OBRA Toda justificación de inasistencia del Contratista o del Responsable Técnico en Obra se hará por escrito ante la Inspección de Obra la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su sentamiento en el Libro de órdenes de servicio. En su ausencia quedará siempre en Obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel en forma de que no resienta la marcha de los trabajos. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante de Obra. Toda ausencia del Contratista o su Responsable Técnico en Obra que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección de Obra dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 79 2.6.6 INSPECCIÓN La Supervisión Técnica de los trabajos corresponde al G.C.B.A., realizando la inspección y controles pertinentes a través de profesionales, o quien la Comuna Nº 13 designe, que se denominará "Inspección de Obra". A los efectos de atender las observaciones de la Inspección de Obra, deberá hallarse permanentemente en obra el Representante Técnico del Contratista y/o representante de Obra que la empresa elija, el cual deberá ser un técnico en la materia como Maestro Mayor de Obras, Ingeniero o Arquitecto. La Inspección de Obra fiscalizará, además de la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. Además, conjuntamente con el Contratista y/o profesional responsable efectuará las mediciones que servirán de base para la confección de los certificados de obra. La Inspección tendrá libre acceso sin aviso previo a las plantas centrales y depósitos del Contratista. 2.6.7 PAGO DE LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES A HORAS EXTRAS DEL PERSONAL DE INSPECCIÓN Aceptado el horario de trabajo del Contratista, este deberá tener en cuenta que el establecido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para su personal es de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes. En consecuencia la tarea que realice el personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, fuera de esos días y horarios, será considerada como “horas extras” y su pago estará a cargo del Contratista. La retribución por horas en días hábiles, será sin bonificación alguna, excepto para el horario entre las 21:00 y 6:00 horas, que será del 100%, lo mismo para los días sábados, domingos, feriados y no laborales. Los importes de las retribuciones o bonificaciones anteriormente previstas serán calculados mensualmente por la oficina de Administración de la Comuna Nº13, a los valores horarios establecidos por la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, para cada agente que desempeñe tareas de Inspección de Obras. Los importes serán descontados del primer certificado a pagar. Los importes totales en ningún caso podrán superar el 1% del monto total del certificado mensual. De no cumplirse con lo anteriormente establecido, se aplicará una sanción equivalente al incumplimiento de una Orden de Servicio. 2.6.8. SEGURIDAD Y SEÑALAMIENTO En todas las obras que se realicen en la vía pública, se deberán adoptar las medidas de seguridad y señalamiento que prescribe la Ley N° 24.449, Ley de Tránsito, Título IV “La Vía Pública” Capítulo Único “Sistema Uniforme de Señalamiento” (arts. 22/27), y Anexo L de su Decreto Reglamentario N°779/PEN/95. Los operarios del Contratista deberán contar con todos los elementos de seguridad que establece la Ley de Seguridad e Higiene y el Cod. de Edificacion del Gobierno de La Ciudad de Buenos Aires requieren, para estos tipos de trabajos. Asimismo, deberá el Contratista tener en cuenta las normas de “Salud y Seguridad en la Construcción” contempladas en la Resolución N° 1069/91 MTSS y sus complementarias. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 80 La zona de trabajo deberá quedar perfectamente delimitada y señalizada, debiéndose permitir el libre acceso a las propiedades frentistas, ya sea de peatones o rodados. 2.7. PERSONAL 2.7.1. SALARIOS El Contratista deberá mantener al día el pago del personal que emplee en la Obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo existente. El Contratista será el único responsable ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el pago del personal que hubiere trabajado en la obra sin excepción alguna. Además responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley N° 24.028. Queda entendido que el contratista asume cualquier obligación que surja de las modificaciones en las relaciones laborales con sus dependientes durante el término del contrato, desligando al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de toda responsabilidad y/o intervención en todas las cuestiones que, al respecto, pudieran ocurrir. La responsabilidad del contratista frente a cualquier accidente que ocurra al personal obrero surge de las obligaciones que establecen las Leyes N° 24.557, 22.250, N° 19.587 y cualquier otra normativa vigente durante el transcurso de la obra contratada. El Contratista deberá proveer a su personal de las prendas de vestir y accesorios necesarios para el cumplimiento de sus tareas, con leyenda o tarjeta identificatoria de la empresa de modo que lo diferencie del personal del G.C.B.A. y público en general. Eventualmente, el GCBA podrá solicitar a la empresa contratista la provisión, a su exclusivo costo, de una pechera identificatoria para el personal de obra.22. 2.7.2 HORARIO DE TRABAJO Al librarse el Acta de Inicio se dejará constancia en la misma el horario en que desarrollará sus tareas el Contratista y si deseare modificar dicho horario deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Comunicaciones y exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente. La ejecución de las obras no deberá obstruir o modificar el normal desarrollo de las tareas. Por lo anteriormente expuesto el Contratista deberá considerar en su organización la ejecución de tareas incluyendo los fines de semana y los costos que representes esos días de trabajo deberán estar incluidos en su oferta, sin tener derecho a reclamación alguna ni mayores costos para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá o no acceder a tal demanda sin necesidad de explicación alguna en cualquiera de los casos. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 81 2.8. MATERIALES Y TRABAJO 2.8.1 CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJO Todos los materiales a emplear en la Obra deberán ser aprobados previamente por la Inspección de Obra. Esta aprobación requerirá la intervención del laboratorio del Gobierno de la Ciudad o aquél que el Gobierno disponga a tal efecto, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la Obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezcan los P.E.T., y como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en aquél. Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deben realizarse los ensayos serán por cuenta de la Contratista. Cuando las especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista. El Contratista es responsable de cualquier daño, reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión y/o el uso indebido de materiales patentados. Los materiales rechazados serán retirados de la Obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificarse del mismo. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección de Obra podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta exclusiva del Contratista los gastos y riesgos que se originen, no responsabilizándose la Repartición por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito de los materiales. 2.9. DESARROLLO DE LAS OBRAS 2.9.1 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN El plazo de terminación de la obra será el establecido en el Numeral 2.1.2. del PCP. La fecha de iniciación quedará documentada con el acta de comienzo de Obra. 2.9.2. PLAZO DE GARANTÍA A partir de la fecha de la Recepción Provisoria de las Obras comenzará a regir el Plazo de Garantía que será de seis (6) meses, durante el cual el Contratista corregirá, sin cargo alguno, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los Trabajos o por mala calidad de los materiales empleados, respondiendo a ellos con el fondo de reparos. 2.9.3. RITMO DE INVERSIÓN Durante la ejecución de la Obra se llevará un gráfico de inversión real, con los precios cotizados, corregido por prórrogas si las hubiera. El Gobierno podrá exigir aumento de actividad cada vez que la inversión esté cinco por ciento (5%) por debajo de la prevista. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 82 Si la inversión en un momento dado resultara inferior al setenta por ciento (70%) de la prevista, el Gobierno podrá resolver el contrato por culpa del Contratista. Si el Contratista se adelantara al plan de trabajo, y la inversión excediera la prevista en más del diez por ciento (10%), el Gobierno podrá demorar los pagos ajustándolos al plan de inversión aprobado. 2.9.4 RECAUDOS PARA LOS TRABAJOS No se permitirá el acopio de materiales sueltos en la vía pública, especialmente arena. Todos los materiales deben estar perfectamente confinados, ya sea en bolsas apropiadas o en sus envases originales. La elaboración de morteros de cualquier tipo no podrá realizarse sobre la vía pública (aceras o calzadas), las mezclas deben ser ejecutadas dentro de recipientes (bateas) de chapa. En caso de utilizarse mezcladoras del tipo mecánicas, el mortero deberá volcarse sobre una chapa o algún otro recipiente que impida el contacto de la mezcla con la calzada o acera. En aquellos sectores de la Ciudad, que por sus características especiales de tránsito peatonal y/o vehicular, hagan conflictiva la ejecución de los trabajos, la Inspección de Obra determinará la metodología de trabajo a emplear, tendiendo a minimizar los inconvenientes y evitar accidentes. Finalizada la jornada de trabajo no deberán quedar en el lugar de la obra, materiales excedentes ni escombros. El área de trabajo deberá quedar perfectamente limpia, libre de restos de materiales y escombros y perfectamente señalizada a fin de evitar accidentes y/o daños a terceros. No se permitirá lavar las máquinas e implementos de trabajo en la vía pública. 2.9.5 PERJUICIO POR INCENDIO El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendios en las Obras durante los períodos de ejecución y de conservación, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de los Trabajos. Será responsabilidad del Contratista y será de su exclusiva cuenta, tanto los perjuicios ocasionados a la Obra como los que pudieran ocasionarse al Gobierno de la Ciudad y/o a terceros en caso de incendio, debiendo el Contratista probar, para eximirse de responsabilidad que el siniestro se produjo por caso fortuito motivado por agentes o causas ajenas al personal y a la obra. 2.9.6 SEGUROS El Contratista deberá contratar por su cuenta y cargo los seguros que se establecen a continuación, debiendo ser presentados antes del inicio de la obra: 1) Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, incluyendo especialmente los accidentes de trabajo (A.R.T.) 2) Incendio: Destrucción parcial o total de edificios, instalaciones y equipamientos afectados al servicio hasta un monto igual al del total del presente contrato. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 83 3) Robo y Hurto: Debe comprender la totalidad de las instalaciones y elementos afectados al servicio como así también los materiales a proveer, por lo tanto el monto a asegurar deberá cubrir los mismos. 4) Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos ocasionados por un valor de $1.000.000 por hecho y por persona. 5) Inspección de obra: Los necesarios para proteger al personal afectado a la Inspección de Obra, incluyendo especialmente los accidentes de trabajo por valor de $ 1.000.000 por cada Inspector. Dichos seguros serán contratados por el término del plazo de Obra y sus prórrogas, con una aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (S.S.N.) e incluirá al Gobierno de la Ciudad como co-titular y/o beneficiario según corresponda. 2.9.7 INDEMNIZACIÓN El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la administración pública. Para tener derecho a las indemnizaciones correspondientes, el Contratista deberá hacer la reclamación correspondiente dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de producidos los hechos. En el caso, de que el contratista no cumpliese con los plazos indicados, perderá el derecho al reclamo indemnizatorio antedicho. En caso que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del contrato. 2.9.7.1 INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR En el caso que el reclamo a interponer por el contratista guardare relación con acontecimientos de origen natural extraordinario, y de características tales que no le resultare posible adoptar con antelación medidas suficientes para prevenir sus efectos, mediando debida acreditación por su parte del comienzo y del final del fenómeno que lo ha afectado en forma específica, la presentación se deberá efectuar antes de transcurridos diez (10) días hábiles de la fecha de finalización, rigiendo a partir de ello las mismas condiciones que en el caso antes considerado. En el caso de que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del contrato (artículo 39 de la Ley Nacional de Obras Públicas). 2.9.8 LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO Los libros tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicios impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 84 el Inspector de Obra y por el Profesional responsable de la Empresa, como constancia de haberse notificado. El libro de órdenes de servicios será provisto por el Contratista. El contratista podrá impugnar la orden de servicio dentro de los tres días hábiles contados a partir de su notificación, y en ese caso, se suspenderá la obligatoriedad del cumplimiento de la orden de servicio por el mismo plazo. Si luego de la impugnación realizada, el Inspector de obra reiterara la misma Orden de Servicio, entonces el contratista deberá cumplir la Orden sin más dilaciones. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral se aplicarán las multas previstas en el numeral 2.10.4 del presente Pliego. 2.9.9. LIBRO DE NOTAS DE PEDIDOS Tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro la Empresa Contratista asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas de la obra, otras observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración. El Representante Técnico de la Empresa firmará las notas de pedido emitidas, y el Inspector de Obra procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo, firmando al pie. 2.9.10 BIBLIORATO DE CERTIFICADOS En este bibliorato se deberá archivar un duplicado de cada certificado de obra. 2.10 SANCIONES 2.10.1. Tipo de Sanciones El GCBA de conformidad con lo establecido en el numeral 5.6 del PCG, previa constatación de la Inspección de Obra, podrá imponer sanciones y otras medidas al Contratista y/o su Representante Técnico y/o Representante en Obra, en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, a saber: 1. AL CONTRATISTA A- Multas.26 B- Descuentos por trabajos mal ejecutados y/o cargos C- Reconstrucción de las obras. D- Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas. 2. AL PROFESIONAL RESPONSABLE Y/O REPRESENTANTE EN OBRA A- Llamado de atención. B- Apercibimiento. C- Suspensión. D- Sustitución. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 85 2.10.2. FORMA DE APLICACIÓN Las penalidades se aplicarán según se especifica en los numerales 1.11.6. y 1.11.8. del PCG. La aplicación de penalidades al Profesional Responsable y/o Representante en obra no releva al Contratista de las penalidades que le pudieren corresponder por mala ejecución de trabajos o mala calidad de los materiales. 2.10.3. APLICACIÓN DE SANCIONES De acuerdo al numeral 5.6 del PCG. Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos: 1. AL CONTRATISTA A- Multa Cuando el Contratista no cumpliera con el Plan de Trabajos aprobado por la Inspección de Obra, o por mora en cumplimiento de una orden de servicio. B- Descuentos por trabajos mal ejecutados. En los casos en que se compruebe la carencia en cualquier lugar de la obra del dosaje, materiales exigidos, resistencia o espesores. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho es susceptible de producir. Su aplicación está regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias. Ello será determinado por la Repartición cuya decisión será inapelable y de no ser aceptado, corresponderá la reconstrucción de las obras. C- Reconstrucción de las obras I. Cuando se comprueba fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente (empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado, etc.). II. Cuando las estructuras constituidas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones. D- Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas I. En caso de resolución del contrato por culpa del Contratista en los términos de lo previsto por los artículos 50, 51 y 52 de la Ley Nacional N° 13.064. II. Cuando cualquier obra constituida adolezca de defectos o vicios imputables al mismo y el Contratista no se allanare a cumplir las resoluciones del GCBA. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires III. Cuando reiteradamente violare las estipulaciones del contrato. IV. Cuando carezca de aptitudes técnicas para la ejecución de los trabajos encomendados. V. Cuando haya tenido que reemplazar a su Profesional Responsable y/o Representante en Obra, suspendidos o sustituidos por faltas graves. 2. AL REPRESENTANTE EN OBRA Y/O REPRESENTANTE TÉCNICO: A- Llamado de atención I. Por no concurrir a citación debidamente efectuada. II. Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 86 B- Apercibimiento I. Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento. C- Suspensión I. Al cumplirse dos apercibimientos corresponderá suspensión automática de un (1) mes. II. La reiteración de estos hechos que puedan comprometer la calidad de las obras. Suspensión por seis (6) meses. D- Sustitución I. Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido por dos (2) veces. II. Por faltas graves o comprobación de dolo. La sustitución del Representante Técnico y/o Representante de Obra, es una sanción que alcanza a sus titulares en la totalidad de las obras en que desempeñen sus funciones. 3. PENALIDADES A UNIONES TRANSITORIA DE EMPRESAS En los casos en que el Contratista fuera una Unión Transitoria de Empresas, según se estipula en el numeral 2.2.1.1. del presente pliego, la sanción que eventualmente pudiera serles aplicada deberá ser afrontada en forma solidaria y mancomunada cuando se tratare de multas o cargos especificados en el presente artículo. Cuando corresponda la solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas, la misma se hará extensiva a todas las empresas integrantes de la Unión Transitoria de Empresas contratista. 2.10.4. MULTAS 1. Incumplimiento de órdenes de servicio: En caso de incumplimiento de las ordenes de servicio impartidas por la Inspección de Obra, se procederá a la aplicación de una multa diaria de hasta el 0,5 multiplicado por el resultante de la división entre monto del contrato y plazo de ejecución de la obra. La anterior multa también será aplicable cuando el avance de obra fuera menor en un veinte por ciento (20%) o más de lo aprobado según el plan de trabajo e inversiones. M= multa 0,1 a 0,5 % = porcentaje establecido por el GCBA C= monto del contrato P= plazo de ejecución M= porcentaje * (C:P) 2. Incumplimiento de plazos parciales y final: Por cada día de atraso en el cumplimiento de los plazos parciales o final se procederá a la aplicación de una multa diaria igual 0,35 multiplicado por el resultante de la división entre el monto del contrato y el plazo de ejecución de la obra, incluidas las ampliaciones. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 87 Las multas diarias serán aplicadas hasta el momento de subsanarse el incumplimiento origen de las mismas o hasta sumar el monto máximo a aplicar. Estas serán progresivas y acumulativas. Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcance al diez por ciento (10%) del monto del contrato, el GCBA podrá optar por su rescisión, o bien decidir la continuación del mismo, sin que en el período restante hasta la terminación de la obra pueda hacérsele pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora. Este límite en la sanción por retraso no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros o al GCBA emergente de la demora correspondiente al lapso sin multa. 3. Ausencia de Personal: Ante la comprobación por parte del Inspector de Obra de la ausencia o falta de personal en relación a la nómina de personal declarado por el Oferente en el Plan de Trabajo, para la obra en cuestión en los términos de lo previsto por el numeral 2.8. del presente pliego, el Contratista será pasible de la aplicación de la multa igual a la del incumplimiento de una orden de servicio por cada día comprobado. 2.11 CERTIFICACIÒN, PAGOS Y GARANTÌAS 2.11.1 MEDICIÓN DE LAS OBRAS Dentro de los últimos cinco (5) días de cada mes se medirán los trabajos ejecutados por el Contratista, en conjunto con la Inspección de Obras. Se entenderá por trabajos ejecutados a los fines de la medición a aquellos cuyos elementos constitutivos se hallen colocados en la obra, en el lugar y la forma que ocuparán definitivamente. El resultado de las mediciones se volcará en los formularios preparados por el Contratista, que deberán ser aprobados por la Inspección de Obra. El Contratista o su Representante están obligados a asistir a todas las mediciones de las obras ejecutadas, así como a las recepciones de las mismas. En las actas y cómputos de estas mediciones debe constar la conformidad del Contratista o de su Representante. En caso de que el Contratista no estuviese conforme con las clasificaciones o mediciones de obra deberá manifestarlo por el acta en las fojas de medición. La reserva deberá ser clara y precisa. Dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos, justificará su disconformidad, detallando las razones que le asisten, sin cuyo requisito sus observaciones quedarán sin efecto, perdiendo todo derecho a reclamación ulterior. La observación o falta de conformidad que se refieran a la medición o clasificación de obras cubiertas o trabajos cuyas medidas, características, etc., pudieran alterarse con el transcurso del tiempo, por el uso o por otra causa o que resulte dificultoso o imposible de verificar posteriormente, deberá ser formulado en la primera oportunidad en que tales obras se clasifiquen o midan. No tendrá ningún derecho el Contratista de reclamación de ninguna especie, si las observaciones no fuesen formuladas en la oportunidad que se menciona en el párrafo precedente. Su silencio, en esa oportunidad, significará su conformidad con la medición que en otro momento practique el G.C.B.A. En las mediciones parciales o finales, provisorias o definitivas, si el Contratista se negase a presenciarlas o no concurriese a la citación por escrito que se le formulase al efecto se le tendrá por conforme con el resultado de la operación practicada por la Inspección. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 88 Los gastos y conceptos de jornales de peones, útiles, instrumentos, etc., que sea necesario utilizar o emplear en las mediciones, ya sean parciales o definitivas, o en las verificaciones de las mismas que la Repartición considere necesario realizar, serán por cuenta exclusiva del Contratista. 2.11.2 CERTIFICACIÓN Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, según formulario aprobado por la Inspección, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuestos aprobados. Cada certificado mensual de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la Comuna Nº 13. El Contratista debe elevar a la inspección de obra, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que correspondan los trabajos, original y tres ejemplares de los certificados por él confeccionados para la conformidad de la inspección de obra y posterior aprobación. En caso de mora en el numeral 6 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: De no presentar los certificados en tiempo y forma, conforme el numeral 6 del P.C.G., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes, la inspección de obra podrá bajo apercibimiento, certificar de oficio, sin recurso alguno la cantidad que se considere conveniente. El pago de los certificados de obra se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de la conformación por la inspección de obra. 2.11.3. PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS Los certificados serán confeccionados por el Contratista en original y tres (3) copias en forma mensual, deberán acompañarse con registro fotográfico del avance de obra y serán presentados ante la inspección de obra para su conformidad y posterior tramitación. 2.11.4. APROBACIÓN DE LOS CERTIFICADOS Se fija un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de presentación los certificados de obra, a efectos de que la inspección de Obras les preste su conformidad. Previo a la tramitación del pago de los certificados, los mismos deberán contar con la expresa aprobación de la inspección de obra. Si el certificado fuere observado, el plazo comenzará a regir a partir del momento en que el contratista lo presente corregido. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 89 La Comuna Nº 13.deberá aprobar y girar los certificados dentro de los cinco (5) días hábiles de la presentada conformidad por la misma. 2.11.5 RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS. De cada certificado de obra se retendrá de su valor total bruto un cinco (5%) por ciento para constituir el denominado Fondo de Reparo. 2.11.6. FONDO DE REPAROS. El Fondo de reparo quedará en poder del G.C.B.A. hasta la oportunidad prevista en el numeral 6 del P.C.G. Se deducirán también del Fondo de reparo los descuentos por trabajos mal ejecutados, que se pongan de manifiesto a posterioridad a su aprobación. 2.11.7. SUSTITUCIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA Y REPARO El G.C.B.A. tendrá derecho a exigir el cumplimiento de la fianza precedentemente citada, no sólo en el caso que el Fondo de Reparo deba ser efectuado por vicios o defectos en la ejecución de las obras, sino también cuando se rescinda el contrato por culpa del Contratista a los efectos de la retención prevista en el Art.51 inc. c) de la Ley Nacional N° 13.064 o cuando la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor en contra de aquel. Hecha efectiva la fianza que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que la Repartición tenga con el Contratista, así como a cubrir los cargos que correspondan en virtud de la Ley Nacional N° 13.064 o del contrato (jornales de obreros, créditos correspondidos en el Art. N° 47, primera parte de la Ley Nacional N° 13.064, etc.). 2.11.8. PAGO DE LOS CERTIFICADOS DE OBRA El Contratista deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en la Casa Central o en cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan. (Decreto N° 34/98). 2.11.9. DEMORA EN LOS PAGOS. Si el G.C.B.A. se demorase en el pago de los certificados aprobados, el Contratista tendrá derecho a reclamar intereses a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días. En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho de obtener una prórroga de plazo en la ejecución de la obra. 2.11.10. RETENCIONES SOBRE LOS PAGOS En los certificados de obra se podrán deducir las sumas que por cualquier concepto debe reintegrar la Empresa Contratista. Cuando corresponda el pago de intereses los mismos se determinarán sobre la suma líquida a pagar al Contratista de acuerdo con el resultado final que arroje la liquidación del certificado y previa la deducción de las sumas que se retengan por N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 90 concepto de multas, fletes y todo otro concepto que se debite al Contratista, originado en cualquier clase de retención que se efectuara con arreglo a las cláusulas contractuales. 2.11.11 COMISIONES CERTIFICADOS BANCARIAS PARA EL PAGO DE LOS Las comisiones bancarias que se originen por transferencias de fondos serán por cuenta de quién las solicite. Si fuese imprescindible transferir fondos a percibir por el Contratista por el pago de las obligaciones del mismo, de carácter perentorio, la Repartición le deducirá el importe de las comisiones bancarias que resulten. 2.11.12 GASTOS Y DERECHOS Todos los pagos de gastos y derechos que deriven de la ejecución de la obra serán abonados por el Contratista, incluso los derechos correspondientes al pago de agua de la construcción. Asimismo, los trámites, derechos, aranceles y gastos que demande la instalación, provisión y consumo de energía eléctrica, fuerza motriz, gas, etc., correrán por cuenta del Contratista. 2.12 MOFICACIONES DE OBRA Cuando correspondiere la fijación de precios nuevos por modificaciones de obra serán calculados mediante análisis sobre la base del precio de adquisición por mayor de los materiales que se requieran, del desperdicio y de la mano de obra. Los precios serán a valores vigentes a la fecha de licitación. En casos particulares (por ejemplo cuando por el tiempo transcurrido desde la licitación o cuando por razones técnicas no es posible obtener los precios básicos), también se podrán calcular a la fecha en que se convenga, debiéndose dejar la debida constancia en el documento de aprobación. Los precios nuevos se determinarán siguiendo el criterio establecido en el artículo referido a Análisis de Precios del presente pliego. Mano de obra: Los jornales y beneficios a tener en cuenta serán los vigentes en el mes indicado como básico. Para las cargas sociales y el seguro se considerará la planilla publicada por la Cámara Argentina de la Construcción. El órgano encargado de la administración del contrato podrá exigir los comprobantes que acrediten el cumplimiento de las cargas sociales. Falta de acuerdo: Aún en el caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el Contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos, dejando a salvo sus derechos, siempre que no sea de aplicación la rescisión. En este caso se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos del órgano encargado de la administración del contrato, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial. A este último efecto las partes aceptan los porcentajes de recargo en concepto de gastos generales y beneficios ya establecidos. Ejecución por un tercero o por administración: Sin perjuicio de lo estipulado precedentemente, el órgano encargado de la administración del contrato podrá N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 91 disponer que los trabajos de que se trata se lleven a cabo directamente o por nuevo contrato. . 2.13 APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS, PLAZOS DE GARANTÍA Y RECEPCIÓN DE LA OBRA De acuerdo al numeral 5.10 del PCG. Complementado con lo siguiente: 1) La obra en total tendrá una garantía de seis (6) meses. Dicho plazo comenzará a correr desde la suscripción del acta de recepción provisoria de la obra efectuada por la oficina de Administración de esta Comuna Nº 13. Durante el Período de garantía la Contratista deberá mantener en perfecto estado la obra. 2) Junto con el pedido de Recepción Provisoria, el Contratista presentará los planos conforme a obra ploteados en papel blanco y disco compacto (CD), en AUTOCAD 2007 o superior. Los planos deberán presentarse en colores convencionales, suscritos por el Representante Técnico del Contratista, con aclaración de firma, Nº de matrícula e indicación del Consejo Profesional respectivo. Las obligaciones descriptas precedentemente constituyen una de las prestaciones del Contratista aún cuando estén diferidas hasta el período de garantía, y su inobservancia importa un incumplimiento de contrato, que impide la Recepción Definitiva y la Liquidación Final de la obra. 3) La recepción definitiva de la obra será realizada por la Comuna Nº 13. 2.14 VARIOS 2.14.1 TRIBUNALES COMPETENTES Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. 2.15 CERTIFICADOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES 2.15.1 CERTIFICADO DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL PARA LICITACIÓN CON FORMULA Los oferentes deben estar inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas y contar con una capacidad de contratación libre mayor o igual al importe de la licitación y/o contratación. Deberán presentar una declaración jurada del saldo de capacidad de contratación disponible a la fecha de la oferta en caso de que hubieran comprometido nuevas obras en fechas posteriores a la emisión del certificado exigido en el párrafo anterior. La capacidad mínima requerida surge de la siguiente fórmula: C.C.A. = Po + Po (12 – PE) C.C.A. : Capacidad de contratación anual. Po: Presupuesto Oficial PE: Plazo de ejecución de la obra expresado en meses. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 92 La capacidad de contratación deberá actualizarse al mes correspondiente a la firma del contrato calculándose el monto mínimo exigible, conforme al procedimiento antes indicado, pero con respecto a la oferta adjudicada. En caso de presentarse con la oferta fotocopia del Certificado o Solicitud del mismo, deberán estar certificadas por Escribano Público. 2.15.2 CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR DE LA AFIP Por aplicación de la Resolución General de la AFIP Nº 1814-05 (B.O. Nº 30.569 del 13 de enero del 2005) en las contrataciones y/o licitaciones que superen el importe de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-), las empresas presentarán con su oferta el “CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR” o la constancia de solicitud del mismo. En el caso de presentar la solicitud del pedido del Certificado ante la AFIP, deberá presentar el CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR otorgado por la AFIP, previo a la adjudicación. 2.15.3. CERTIFICADO DEL REGISTRO ALIMENTARIOS/AS MOROSOS/AS DE DEUDORES/AS Conforme los términos de la Ley N° 269 y su modificatoria, deberá acompañarse el Certificado del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del Organismo de Administración, en caso de sociedades, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos /as, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de presentarse copia de dicho certificado, deberá encontrarse debidamente certificado por ante Escribano Público. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, sin que ello genere al favor de los proponentes derecho a reclamo o indemnización. 2.16 REDETERMINACIÒN DE PRECIOS Los precios de la presente Licitación Privada serán redeterminados conforme lo dispuesto por la Ley N° 2809 y su normativa reglamentaria. El oferente deberá presentar junto con la oferta la estructura real de costos que respalda el precio ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección de Estadística dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el organismo que la reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente.Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato, conforme a lo dispuesto en el Art.5 de la Ley.- N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 93 ANEXO I MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN Buenos Aires,.......................de 20..... Señores Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Comuna Nº 13 Av. Cabildo 3067 2° piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires La Empresa y/o Unión transitoria........................................................................ ...................................... .................................................................en adelante el Oferente, representada legalmente por el Señor .................................................. .............................................................................................presenta su oferta de Conformidad con lo establecido en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES de los trabajos de ".............................................." y que es objeto de la LICITACIÓN PRIVADA Nº.............................................. Dicha oferta cubre todos los trabajos, incluyendo mano de obra, materiales, equipos y demás elementos necesarios para llevar a cabo la totalidad de los trabajos ofertados, a los precios cotizados. El Oferente declara expresamente que: La Oferta se ajusta íntegramente a los documentos de la licitación, a las disposiciones establecidas y a los documentos suministrados por el GCBA a los Oferentes. La presentación no está impedida o afectada por ninguna de las incompatibilidades que se establecen en los Documentos de Licitación. La Oferta es válida y permanecerá vigente por el lapso y en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares. Ha examinado y acepta sin reserva todas las estipulaciones de los Documentos licitatorios y sus Circulares; que ha estudiado con cuidado todos los ítems y cantidades mostradas en "Planillas de Cómputo y Cotización"; ha revisado con cuidado la exactitud de cada frase y palabra incluida en la Oferta y sus Anexos; ha realizado un examen cuidadoso de los Documentos licitatorios y sus circulares, de las condiciones generales y locales que podrán ser encontradas durante la ejecución de cualquier parte de los trabajos; ha recogido toda la información necesaria para la elaboración total de la oferta y de cualquier otro elemento que pudiese en alguna forma afectar el plazo o costo de los trabajos. Declara la veracidad y exactitud de toda la información proporcionada y autoriza, mediante la presente, para que cualquier persona natural o jurídica suministre al GCBA o a sus representantes autorizados, toda la información que ese organismo considere necesaria para verificar la documentación que se presenta y en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma se da por notificado que el GCBA tiene el derecho de invalidar su participación. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 94 Se compromete a proporcionar cualquier información adicional que le fuera requerida, entendiendo que se refiere única y exclusivamente a aclaraciones sobre la documentación presentada y en ningún caso permite suministrar documentos adicionales o información que hubiera sido omitida, y en caso de no hacerlo puede ser motivo suficiente para eliminar su participación. En caso de divergencias, errores o incompatibilidad entre los distintos documentos de la Oferta presentada puede ser motivo suficiente para eliminar su participación. En caso de ser invalidada su participación por las causales precedentes o por incumplimiento de las condiciones estipuladas en los Documentos Licitatorios, renuncia a cualquier reclamo o indemnización, reconociendo derecho al GCBA a realizar la eliminación de su participación a su exclusivo juicio. Renuncia a cualquier reclamo o indemnización en caso de error en la interpretación de los Documentos Licitatorios del llamado y demás documentos del Contrato. No tiene relación de dependencia ni vinculación directa o indirecta con el GCBA ni con sus directivos o funcionarios. En el caso que el Contrato le fuera adjudicado, se compromete a presentar, la garantía de Adjudicación del Contrato, así como también a firmar la Contrata dentro del plazo fijado por el GCBA, momento en el cual se presentará la garantía de adjudicación. En el caso de que no mantuviera la Oferta por el plazo indicado, o que no se presentase la garantía, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la adjudicación, a satisfacción del GCBA o que no firmase el Contrato dentro del plazo fijado por este Gobierno, en dicha notificación y presentase la garantía de adjudicación, perderá la garantía de oferta. Atentamente ........................................... ……………………………… Firma del Representante Legal Firma de la Empresa o UTE Sello de la Empresa/ Unión Transitoria de Empresas N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 95 ANEXO II MODELO DE CONTRATA Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que en adelante se denominará EL COMITENTE, representado en este acto por …………………. ……………………..de la Comuna Nº 13, con domicilio en Av. Cabildo N° 3067 2° piso, y la firma …………………………………………, CUIT N°………………….. con domicilio legal en ………………… de la Ciudad de Buenos Aires representada en este acto por ……………… con DNI N° …………………, en su carácter de ……………… de la firma que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se celebra contenida en las cláusulas siguientes: CLAUSULA PRIMERA: En vista que EL COMITENTE adjudicó a EL CONTRATISTA, la Licitación Privada N° , que tramitó por Expediente N° …………, llamada para ejecutar los trabajos de ……………………………………..……………………, encomendadas conforme a Pliegos en los plazos, condiciones y precios fijados en la Oferta por EL CONTRATISTA, ambas partes proceden a formalizar el Contrato que ha quedado celebrado en virtud de los hechos expuestos. CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar para EL COMITENTE, a su costo y por su exclusiva cuenta, los ya indicados trabajos en los términos que se expresan en los Pliegos de Condiciones del llamado. CLAUSULA TERCERA: Dichos trabajos serán ejecutados por EL CONTRATISTA de acuerdo con los documentos que se inician a continuación y prevalecen en el orden en que se indican: a) Pliego de Condiciones Generales y Circulares aclaratorias de todo tipo. b) Pliego de Condiciones Particulares y Circulares aclaratorias de todo tipo. c) Pliego de Especificaciones Técnicas. d) Planos Generales y Planillas e) Planos de detalle. f) Oferta g) Contrata Se deja constancia que en caso de discrepancias en los planos ente la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última. CLAUSULA CUARTA: El precio de los trabajos es el que surge de la planilla de cotización, presentada por EL CONTRATISTA, por un monto total de Pesos…………….. ($ …………….) que se adjunta como Anexo a esta Contrata. CLAUSULA QUINTA: EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar la totalidad de los trabajos encomendados dentro del plazo, que se fija en …………… (…) N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 96 días corridos contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la Orden de Inicio. CLAUSULA SEXTA: Las controversias de cualquier naturaleza que pudieren suscitarse con motivo de la presente Contrata, serán resueltas por los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, aceptando expresamente EL CONTRATISTA, la competencia de estos, con renuncia a cualquier otra jurisdicción o competencia. Se otorgan y firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los …….. días del mes de …………. del año ……. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 97 ANEXO III PLANILLA DE COTIZACIÓN CONTRATACION SERVICIO PARA Puesta en valor de la plaza Gral. Francisco Ramirez DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS ITEM 1 UNID. PRECIO UNITARIO TOTAL TRABAJOS PRELIMINARES 1,1 LIMPIEZA DEL TERRENO, REPLANTEO Y NIVELACION GL 1 1,2 RELEVAMIENTO PLANIALTIMETRICO Y CATEOS GL 1 1,3 DOCUMENTACION GRAFICA, PROYECTO EJECUTIVO GL 1 2 MOVIMIENTO DE TIERRA / DEMOLICIONES 2,1 EXCAVACION PARA ARBOLES (11) M3 8 2,2 RETIRO DE ARENA EN SECTOR JUEGOS M3 76 2,3 REMOVER PISO Y CONTRAPISO EXISTENTE M2 438 2,4 RETIRO DE TODO ELEMENTO AJENO AL PROYECTO GL 1 M3 5 2,5 EXCAVACION BASES EQUIPAMIENTO (BANCOS, MASTIL, JUEGOS) 2,6 DEMOLICION BOLARDOS EXISTENTES U 2,7 RETIRO DE CORDON EXISTENTE ML 3 13 142 DE HORMIGON ARMADO 3,1 CANTEROS BANCOS H°A° IN SITU H21 2.6m diametro S/ DETALLE (5) U 5 3,2 CANTEROS BANCOS H°A° IN SITU H21 3m diametro S/ DETALLE (4) U 4 3,3 BANCO H°A° INSITU H21 (s/detalle) (28) U 28 3,4 BANCO SATELITE H°A° INSITU H21 (s/detalle) (55) U 55 3,5 BOLARDO H°A° INSITU H21 (s/detalle) (13) U 13 3,6 CORDON CONTENCION H.A IN SITU H21 ML 3,7 RAMAPA 1 SKATE PARK H.A H21 (s/detalle) U 1 3,8 RAMAPA 2 SKATE PARK H.A H21 (s/detalle) U 1 3,9 RAMAPA 3 SKATE PARK H.A H21 (s/detalle) U 1 U 1 U 1 3,10 3,11 3,12 3,13 3,14 3,15 OBSTACULO 1 SKATE PARK H.A H21 ( s/detalle) OBSTACULO 2 SKATE PARK H.A H21 ( s/detalle) VIGA H. A (Hº H21 - Fe:100kg/m3) BAJO RAMPAS TABIQUE H.A. PORTANTE BAJO RAMPA ( s/detalle) ESCALERA SKATE PARK H.A H21 ( s/detalle) ESCALERA ACCESO PLAZA H.A H21 ( s/detalle) 3,16 188,5 M3 0,8 M3 1,6 M3 1,6 M3 1,68 M3 3,35 M2 124 BASES EQUIPAMIENTO H.A H21 (BANCOS, MASTIL,JUEGOS) 4 4,1 CONTRAPISOS CONTRAPISO SOBRE TOSCA SKATE PARK ESP. 0.12m H.A H21 PRECIO DEL ITEM TOTAL DEL RUBRO N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 4,2 CONTRAPISO SOBRE TERRENO NATURAL P/BANCOS, ESP. 0,12m HºA H21. M2 54 4,3 CONTRAPISO SOBRE TERRENO NATURAL P/SECTOR JUEGOS, ESP. 0,12m HºA H21. M2 218 4.4 CARPETA CEMENTICIA SOBRE CONTRAPISO SECTOR JUEGOS 0.02m M2 218 4,5 BASE TOSCA COMPACATADA BAJO NUEVO PISO SECTOR SKATE PARK M3 74,4 5 PISOS Y PAVIMENTOS 5.1 PISO ANTIGOLPES DE CAUCHO RECICLADO CON POLIURETANO PARA SECTOR JUEGOS (0.02m) M2 218 5.2 REPRACION SOLADOS M2 60 5.3 PISO DE HORMIGON H21 PEINADO EN SKATE PARK M2 124 6 EQUIPAMIENTO 6,1 REMOCION Y REINSTALACION DE JUEGOS EXISTENTES SECTOR 1 U 1 6,2 REMOCION Y COLOCACION DE JUEGOS SECTOR 2 U 1 6,3 REMOCION Y MOVIMIENTO DE MASTIL Y PLACA U 1 6.4 PROV. Y COLOCACION DE BARANDAS ESCALERA (segun detalle) ML 5,14 m2 1542 7 7.1 8 PINTURA PINTURA LATEX EXTERIOR MURO MAMPOSTERIA EXISTENTE SECTOR MEDIANERA PARQUIZACION 8,1 PROV.Y COLOC. DE TIERRA NEGRA CANTEROS (40%tierra, 30%compost,10%turba,10%perlita, 10%humus lombriz) M3 24 8,2 PROV.Y COLOC. DE TIERRA NEGRA PAQUIZACION (40%tierra, 30%compost,10%turba,10%perlita, 10%humus lombriz M3 131 8,3 NUEVAS ESPECIES SEGÚN DETALLE, LAGERSTROEMIA - H 2mts, circ.16/18,env.50lts U 7 8,4 NUEVAS ESPECIES SEGÚN DETALLE, PRUNUS H 2mts, cir 16/18 env.50lts U 4 8,5 PROVISION Y COLOCACION DE TUTORES U 11 8,6 CESPED. (Mezcla Ray grass festololium, Festuca rubra y Bermuda) M2 372 9 VARIOS 9,1 LIMPIEZA PERIODICA Y FINAL DE OBRA GL 1 9,2 TRAMITES, DERECHOS Y PLANOS CONFORME A OBRA GL 1 TOTAL PESOS N° 98 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires COMUNA N°13 (Núñez- Belgrano- Colegiales) OBRA PUESTA EN VALOR PLAZA RAMIREZ N° 99 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires COMUNA N°13 (Núñez- Belgrano- Colegiales) 1. PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS N° 100 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires COMUNA N°13 (Núñez- Belgrano- Colegiales) PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS INDICE 1.0. GENERALIDADES 1.0.1. MEMORIA DESCRIPTIVA 1.0.1.1. 1.0.1.2. 1.0.1.3 1.0.1.4 1.0.2 Localización Objetivos Características de la propuesta Beneficiarios CLAUSULAS GENERALES 1.0.2.1 Alcances del pliego 1.0.2.2 Obras comprendidas en esta documentación 1.0.2.3 Reglamentos 1.0.2.4 Muestras 1.0.2.5 Conocimiento de la obra e interpretación de la documentación 1.0.2.6 Responsabilidad del Contratista 1.0.2.7 Materiales 1.0.2.7.0. Generalidades 1.0.2.7.1. Cales 1.0.2.7.2. Cementos 1.0.2.7.3. Arenas 1.0.2.7.4. Cascote 1.0.2.7.5. Agua 1.0.2.7.6. Agregado grueso 1.0.2.8. Mezclas 1.0.2.8.0. Generalidades 1.0.2.8.1. Planilla de Mezclas 1.0.2.8.2. Tabla de Tolerancia de Construcción 1.1. TRABAJOS PRELIMINARES 1.1.0. GENERALIDADES 1.1.0.1. Proyecto definitivo 1.1.0.2. Agua para construir 1.1.0.3. Iluminación y fuerza motriz 1.1.0.4. Energía eléctrica 1.1.0.5. Caballetes de estacionamiento 1.1.0.6. Unión de obras nuevas con existentes 1.1.0.7. Obrador, depósitos y sanitarios 1.1.0.8. Cartel de Obra 1.1.0.9. Cerco de Obra 1.1.0.10. Cartel de Publicidad GCABA N° 101 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 1.1.1. LIMPIEZA, REPLANTEO Y NIVELACION DEL TERRENO 1.1.2. RELEVAMIENTO PLANIALTIMETRICO Y CATEOS 1.1.3. DOCUMENTACION GRAFICA, PROYECTO EJECUTIVO 1.2. MOVIMIENTO DE TIERRA / DEMOLICIONES 1.2.0. 1.2.0.1. 1.2.0.2. 1.2.0.3. 1.2.0.4. 1.2.0.5. 1.2.0.6. 1.2.0.7. GENERALIDADES Desmonte y retiro de tierra - Nivelación Excavaciones y Desmontes Transporte Rellenos y terraplenamientos Sub-bases Compactaciones especiales Nivelación final 1.2.1. 1.2.2. 1.2.3. 1.2.4. 1.2.5. 1.2.6. 1.2.7. EXCAVACION PARA ÁRBOLES RETIRO DE ARENA EN SECTOR JUEGOS REMOVER PISO Y CONTRAPISO EXISTENTE RETIRO DE TODO ELEMENTO AJENO AL PROYECTO EXCAVACION BASES EQUIPAMIENTO DEMOLICION BOLARDOS EXISTENTES RETIRO DE CORDON EXISTENTE 1.3. 1.3.0.1. 1.3.0.2. 1.3.0.3. 1.3.0.4. 1.3.0.5. 1.3.0.6. 1.3.1. 1.3.2. 1.3.3. 1.3.4. 1.3.5. 1.3.6. 1.3.7. 1.3.8. 1.3.9. 1.3.10. 1.3.11. 1.3.12. 1.3.13. 1.3.14. 1.3.15. 1.3.16. HORMIGON ARMADO GENERALIDADES. ESTRUCTURA DE HORMIGÓN ARMADO DISEÑO EJECUCION HORMIGON VISTO SUMINISTRO DE HORMIGON EN OBRA. ELEMENTOS PREMOLDEADOS DE HORMIGON ARMADO CANTEROS BANCOS H°A° IN SITU H°21 2.6m. diámetro S/DETLLE CANTEROS BANCOS H°A° IN SITU H°21 3m. diámetro S/DETLLE BANCO H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE BANCO SATELITE. H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE BOLARDO. H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE CORDON CONTENCION. H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE RAMPA 1 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE RAMPA 2 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE RAMPA 3 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE OBSTACULO 1 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE OBSTACULO 2 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE VIGA (H°21 – fe.100kg/m3) BAJO RAMPAS TABIQUE H°A PORTANTE BAJO RAMPA S/DETALE ESCALERA SKATE PARK H°A H°21 ESCALERA ACCESO PLAZA H°A H°21 BASES EQUIPAMIENTO H°A H°21 (banco, mástil, juegos) 1.4. CONTRAPISOS 1.4.0. 1.4.0.1. GENERALIDADES Normas de ejecución N° 102 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 103 1.4.0.2. Terminaciones 1.4.0.3. Juntas de dilatación 1.4.0.4. Los desniveles 1.4.0.5 Rellenos y Terraplenamientos 1.4.0.6 Sub-bases 1.4.0.7 Compactaciones especiales 1.4.0.8 Nivelación final 1.4.1. CONTRAPISO SOBRE TOSCA SKATE PARK, ESP. 0,12M Hº H21 1.4.2. CONTRAPISO SOBRE TERRENO NATURAL P/BANCOS, ESP. 0,12M Hº H21 1.4.3. CONTRAPISO SOBRE TERRENO NATURAL P/JUEGOS, ESP. 0,12M Hº H21 1.4.4. CARPETA CEMENTICIA SOBRE CONTRAPISO SECTOR JUEGOS 0.02m 1.4.5. BASE TOSCA COMPACTADA BAJO NUEVO PISO SECTOR SKATE PARK 1.5. 1.5.0. 1.5.0.1. 1.5.0.2. 1.5.0.3. 1.5.0.4. 1.5.0.5. 1.5.1. 1.5.2. 1.5.3. PISOS GENERALIDADES Muestras Protecciones Tapas de los servicios públicos y otros Cordón vereda Corte y reparación de pavimentos PISO ANTIGOLPES DE CAUCHO RECICLADO CON POLIURETANO SECTOR JUEGOS (0.02m) REPARACION SOLADOS PISO DE Hº H 21 PEINADO EN SKATE PARK 1.6. EQUIPAMIENTO 1.6.0. 1.6.0.1. 1.6.0.2. 1.6.0.3. 1.6.1. 1.6.2. 1.6.3. 1.6.4. GENERALIDADES Muestras Materiales Montaje REMOCION Y RE INSTALACION DE JUEGOS EXISTENTES EN SECTOR 1 REMOCION Y RE INSTALACION DE JUEGOS EXISTENTES EN SECTOR 2 REMOCION Y MOVIMIENTO DE MASTIL Y PLACA PROV Y COLOCACION DE BARANDAS ESCALERA (según detalle) 1.7. PINTURA 1.7.0. 1.7.0.1. 1.7.0.2. 1.7.0.3. 1.7.0.4. 1.7.1. GENERALIDADES MATERIALES CARACTERISTICAS DE LAS PINTURAS HONGOS SOBRE PARAMENTOS EXTERIORES PINTURA LATEX EXTERIOR MURO MANPOSTERIA EXISTENTE SECTOR MEDIANERA. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 1.8. PARQUIZACION A) Consideraciones generales. B) Poda del arbolado existente. C) Mano de obra. D) Provisión de árboles. E) Provisión de tierra. F) Provisión de materiales complementarios. 1.8.1. PROV. y COLOC. DE TIERRA NEGRA CANTEROS 1.8.2. PROV. y COLOC. DE TIERRA NEGRA PARQUIZACION 1.8.3. NUEVAS ESPECIES SEGÚN DETALLE, LAGERSTROEMIA – H2mts, circ.16/18,env.50lts 1.8.4. NUEVAS ESPECIES SEGÚN DETALLE, PRUNUS H2mts, circ. 16/18 env. 50lts. 1.8.5. PROVISION Y COLOCACION DE TUTORES 1.8.6. CESPED. (MEZCLA RAY GRASS FESTOLOLIUM, FESTUCA RUBRA Y BERMUDA) 1.9 1.9.1. 1.9.2. 1.10. VARIOS LIMPIEZA PERIODICA Y FINAL DE OBRA TRAMITES, DERECHOS Y PLANOS CONFORME A OBRA DOCUMENTACION GRAFICA PLANOS DE PROYECTO Pl EB/ P1 Plano: PLANTA DE PROYECTO -AREA DE INTERVENCION-ESC.1:200 PLANOS DE DETALLES Pl EB/ D1 Plano: DETALLE CANTEROS BANCOS (diámetros 2,6 y 3m) ESC. 1:100 Pl EB/ D2 Plano: DETALLE BANCO HORMIGON ARMADO ESC.1:50 Pl EB/ D3 Plano: BANCO SATELITE HORMIGON ARMADO ESC. 1:50 Pl EB / D4 Plano: DETALLE DE BOLARDO ESC.1:10 Pl EB / D5 Plano: DETALLE DE CORDON DE CONTENCION ESC. 1:50 Pl EB / D6 Plano: DETALLE ESCALERA SKATE PARK H.A ESC.1:50 Pl EB / D7 Plano: DETALLE DE RAMPA 1 SKATE PARK HºA ESC.1:100 Pl EB / D8 Plano: DETALLE DE OBSTACULO 1 SKATE PARK HºA ESC.1:100 Pl EB / D9 Plano: BASES EQUIPAMIENTO ESC 1:50 N° 104 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Pl EB / D10 Plano: DETALLE DE TUTOR PARA ARBOLES ESC.1:20 1.0. GENERALIDADES 1.0.1. MEMORIA DESCRIPTIVA - PUESTA EN VALOR PLAZA RAMIREZ: N° 105 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 106 1.0.1.1. Localización Esta plaza se encuentra entre las calles Manuela Pedraza y José P. Tamborini, lindera al Poli-Deportivo. La misma esta dentro de la injerencia de esta Comuna N°13. 1.0.1.2. Objetivos A partir de la propuesta de esta Comuna N°13, se tomó la decisión de poner en valor el área de referencia respetando sus diferentes alternativas de uso. Se propone con el siguiente proyecto generar un diseño superador, ordenando los usos y circulaciones según el usuario (niños, adultos, deportistas, skaters, publico por eventos, etc. 1.0.1.3 Características de la propuesta El presente proyecto surge de la necesidad de intervención del espacio de referencia dado su nivel de deterioro general. Se pensó en este espacio urbano como el complemento al foco deportivo, buscando que sea el lugar de juego y recreación para los niños de la primera instancia, la circulación y cinetica alternativa para los adolecentes y adultos jóvenes y la estancia y descanso para adultos mayores. 1.0.1.4 Beneficiarios Esta plaza, ha sido a través de los años, de uso intensivo por parte de los vecinos y usarios del polideportivo lindero. . 1.0.2 CLAUSULAS GENERALES 1.0.2.1 Alcances del pliego El Pliego de Especificaciones Técnicas tiene como finalidad dar el lineamiento de las especificaciones de aplicación para la construcción y/o tareas que integren las obras a realizarse, motivo de la presente licitación, completando las indicaciones del Pliego de Condiciones Generales y el Pliego de Condiciones Particulares. NOTA: Se estipulan las condiciones y relación en que debe desenvolverse el Contratista en lo que se refiere a la realización y marcha de los trabajos que aquí se especifican y a las instrucciones, supervisión y/o aprobación que deba requerir a la Inspección de Obra para su correcta ejecución. 1.0.2.2 Obras comprendidas en esta documentación Son aquellas por las cuales la empresa Contratista Principal tomará a su cargo la provisión de materiales, mano de obra, plantel, equipo y toda/s otra/s provisión/es y/o trabajos que sin estar específicamente detallados en la Documentación Licitatoria sean necesarios para la terminación de las obras de acuerdo a su fin y de forma tal que permitan librarlos al servicio íntegra e inmediatamente de aprobada su Recepción Provisional, y resulte necesario para la ejecución de los mismos. 1.0.2.3 Reglamentos Los Trabajos deberán cumplir, en cuanto a ejecución y materiales, además de lo establecido en estas especificaciones, en las especificaciones técnicas particulares y en los planos correspondientes, con los reglamentos cuyas normas regirán para la ejecución de los mismos que a continuación se detallan. Se remite a la interpretación de los mismos para aclaración de dudas y/o insuficiencias de las Especificaciones que pudieran originarse en la aplicación de la documentación técnica, de proyectos o las normas de ejecución propiamente dichas. Si las exigencias de las normas y reglamentaciones citadas obligaran a realizar trabajos no previstos en las especificaciones y planos, el Contratista deberá comunicarlo en forma fehaciente al área a cargo de la Inspección de Obra de esta Comuna, a efectos de salvar las dificultades que se presentaren, ya que posteriormente, la Inspección de Obra no aceptará excusas por omisiones o ignorancia de reglamentaciones vigentes que pudieran incidir sobre la oportuna habilitación de los trabajos. Los Reglamentos cuyas disposiciones se prescriben como complementarias son: a) Estructuras de Hormigón Armado: Centro de Investigaciones de los Reglamentos Nacionales de Seguridad para las obras civiles (C.I.R.S.O.C.). b) Estructuras Metálicas: Reglamentos Nacionales de seguridad para obras Civiles (CIRSOC). c) De ejecución: Pliego tipo de Especificaciones Técnicas (Cláusulas Particulares) de la Dirección Nacional de Arquitectura de la S.E.T.O.P. edición 1964 y complementarias. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 107 d) Edilicias: Código de Edificación de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. e) Instalaciones Sanitarias: Normas de materiales aprobados y Normas gráficas para el cálculo de instalaciones industriales de la Administración General de AySA S.A. u organismo correspondiente. f) Instalaciones Eléctricas: Reglamento para Instalaciones Eléctricas de la Ciudad de Buenos Aires y Asociación Argentina de Electrónica y última edición de Telecom y Telefónica de Argentina. Compañía Proveedora de Energía Eléctrica (EDESUR S.A. – EDENOR S.A.) Asociación Electrotécnica Argentina. g) Normativa SSTRANS: sobre cierre de calles: de acuerdo a lo establecido por el Código de Transito y Transporte Publico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley 2148 – TITULO SEGUNDO, Capítulo 2.1.7. “Obligaciones para la eliminación de obstáculos”- debe colocarse antes del comienzo de las obras, los dispositivos de advertencia que cumplan las condiciones de utilización y especificaciones mínimas establecidas en la norma IRAM 3961 y 3962. 1.0.2.4 Muestras Será obligación del Contratista la presentación de muestras de todos los materiales y elementos que se deban incorporar a la obra, para su aprobación por el área a cargo de la Inspección de Obra de esta Comuna 13. Se establece en este artículo que las muestras deberán presentarse como máximo a los siete (7) días hábiles a contar de la fecha en que la Inspección de Obra las solicite. El incumplimiento de esta prescripción hará pasible al Contratista de una multa automática de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares. Esta Comuna Nº13 a cargo de la Inspección de Obra, podrá empero justificar especialmente a su solo juicio, casos de fuerza mayor que impidan o atrasen la presentación de las muestras. Si el Contratista necesita ofrecer un material a las especificaciones de este Pliego, deberá expresarlo con claridad a la Inspección de Obra, con la debida antelación, para su consideración. Si esta aclaración no fuese solicitada, en tiempo y forma, la Inspección de Obra podrá elegir la marca o tipo que desee sin incurrir en un cambio de precio. La selección final de los materiales, especialmente los que no tengan indicación de marcas, quedará a opción de la Inspección de Obra de esta Comuna Nº13. Cualquier decisión que la Inspección de Obra pueda tomar, en cualquier momento, con respecto a cuestiones concernientes a calidad y uso adecuado de materiales, equipo o mano de obra, serán obligatorias para el Contratista. Los derechos para el empleo en la obra de artículos y dispositivos patentados, se considerarán incluidos en los precios de la oferta. El Contratista será el único responsable por los reclamos que se promuevan por el uso indebido de patentes. NOTA: Queda expresamente indicado que cualquier cambio del material especificado en planos generales, de detalle y Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, deberá ser aprobado por el area a cargo de la Inspección de Obra, dependiente de la Comuna Nº13 1.0.2.5 Conocimiento de la obra e interpretación de la documentación Se considera que en su visita al lugar de la obra, se ha tomado total conocimiento de la misma y que por lo tanto su oferta incluye todas las reparaciones necesarias de acuerdo con las reglas del arte, aunque no se mencionen en la documentación de la presente licitación, tomando las previsiones necesarias a los efectos de un cabal conocimiento de la obra a realizar. Este conocimiento es fundamental, dado que en base a ello deberá ejecutar su presupuesto, aclarando por escrito, tanto las cantidades, como el tipo de trabajo a realizar en cada caso, valiéndose de los elementos (Planos, memorias, etc.) más apropiados a cada efecto. Para la ejecución del presupuesto se seguirá el listado oficial incorporando al pie de cada rubro los ítems que crea necesarios para realizar las tareas con arreglo a su fin. Los reclamos por vicios ocultos sólo se tendrán en cuenta a través de informes específicos y el area a cargo de la Inspección de Obra se expedirá de igual forma, aceptando o no los argumentos que se expongan. El Contratista deberá obtener un certificado que acredite su visita a la obra, el que deberá adjuntarse a la oferta que se presente en su propuesta licitatoria. 1.0.2.6 Responsabilidad del Contratista La totalidad de la documentación anexa debe tomarse como anteproyecto. Los planos definitivos, replanteos, cálculos estructurales y/o de instalaciones finales deberán ser ejecutados en su totalidad por el Contratista. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 108 a) Estudio de la Obra: Deberá estudiar todos los aspectos que influyen en la ejecución de los trabajos, así como también toda la documentación referida a ella, que integra esta licitación. Asume, por lo tanto, plenamente su responsabilidad y en consecuencia no podrá manifestar ignorancia ni disconformidad con ninguna de las condiciones inherentes al proyecto o a la naturaleza de la obra, ni efectuar reclamos extra contractuales de ninguna especie. De manera alguna podrá eximirse de su responsabilidad técnica en función de realizar los trabajos de acuerdo a estas especificaciones y/o a la documentación adjunta y/o a las instrucciones que le imparta la Inspección de Obra. Deberá realizar los trabajos de acuerdo a las reglas del arte, de manera tal que resulten completos y adecuados, aunque en los planos y especificaciones no figuren todos los detalles necesarios. b) Interpretación de la Documentación: El Contratista es responsable por la correcta interpretación de los planos y la totalidad de la documentación técnica de la obra. Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación técnica de contratación que no hubieren merecido consultas o aclaraciones en su oportunidad por parte del Contratista, no serán motivo de reconocimiento adicional alguno, ni de circunstancia liberatoria de sus responsabilidades. En toda la documentación contractual o complementaria que reciba el Contratista durante el desarrollo de los trabajos, se deja establecido que primarán las acotaciones o las cantidades expresadas en letras, sobre las indicadas en números, y estas sobre las apreciadas en escala. c) Presentación de Documentación: El Contratista deberá exhibir tantas veces como reclame la Inspección de Obra, la documentación referida a seguros del personal y terceros, como así también los correspondientes a los aportes de las leyes previsionales. d) Gestiones ante Empresas de Servicios: Deberá gestionar ante cada una de las empresas de servicios (agua gas - luz - cloacas - cable, etc.), los permisos, documentación pertinente y solicitar las inspecciones de obras, para poder coordinar los trabajos previstos por las mismas y no ocasionar roturas posteriores a la terminación del proyecto. Cada vez que sea necesario el cierre de calles, se deberá pedir con la debida anticipación. Así mismo les deberá informar de: 1) fecha de inicio de los trabajos con 45 días de anticipación, 2) cambios en el proyecto que puedan afectar las instalaciones de las empresas, 3) plano con la delimitación exacta del área de intervención. e) Plan de Trabajos: El Contratista propondrá un plan de trabajos de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Condiciones Generales y el Pliego de Condiciones Particulares, detallando cada una de las tareas comprendidas en la realización de las obras a desarrollar, en forma cronológica indicando fecha de inicio y fin de cada una de ellas, previendo y contemplando la posibilidad de superposición o no, entre las mismas, ajustado al plazo final indicado en el pliego para su aprobación por la Inspección de Obra. Tendrá en cuenta por ello, el estado de conservación de las partes determinando el orden de las tareas de modo de garantizar la salvaguarda de las partes originales, evitando su alteración o deterioro. Las tareas se iniciarán una vez que la Inspección de Obra apruebe este Plan de Trabajos con las modificaciones y correcciones que crea oportuno. f) Reuniones de Coordinación: El Contratista deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con participación de su representante técnico, y la eventual de los técnicos responsables de la obra, por las distintas empresas a cargo de subcontratos especializados, a reuniones periódicas promovidas y presididas por la Inspección de Obra dependiente de la Comuna Nº13, a los efectos de obtener la necesaria coordinación entre las empresas participantes, suministrar aclaraciones de las prescripciones de pliegos, evacuar cuestiones de interés común, facilitar y acelerar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la obra, y del normal desarrollo del plan de trabajos. La periodicidad de estas reuniones la establecerá la Inspección de Obra de acuerdo a las necesidades. Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, el Contratista deberá comunicar y transferir el contenido de esta disposición a conocimiento de los subcontratistas que fuesen expresamente autorizados por el organismo a cargo de la Inspección de Obra. g) Aprobación de los Trabajos: Al iniciar cada trabajo el Contratista deberá pedir la presencia de la Inspección de Obra, la que verificará el estado del material, y los elementos que serán empleados en las tareas que se traten. La Inspección de Obra hace reserva de su derecho a efectuar toda inspección en taller, depósito y/u oficina del Contratista, que estime oportuna, a efecto de tomar conocimiento de los materiales empleados y condiciones de depósito y/o de la marcha y el estado de los trabajos realizados para si o a través de empresas subcontratadas. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 109 El Contratista se compromete a avisar a la Inspección de Obra antes de proceder a desarmar andamios o retirar plataformas de trabajo, para que se efectúe cualquier tipo de inspección general. Asimismo, durante la marcha de los trabajos, el Contratista facilitará el acceso de la Inspección de Obra al área correspondiente tantas veces como le sea requerido por ésta. Una vez que éstos hayan finalizado, el Contratista deberá solicitar la inspección final de los trabajos y su aprobación. h) Registro de los Trabajos: El Contratista llevará a cabo un adecuado registro de la marcha de las obras, el resultado de los trabajos realizados y la información que obtenga como consecuencia de los mismos, el que a día vencido presentará por Nota de Pedido, a la Inspección de Obra, la que verificará su contenido con la realidad conformándose este informe en documento fehaciente. El Contratista se compromete a entregar copia de la documentación correspondiente (notas, croquis, fotografías, etc.) a la Inspección de Obra de esta Comuna 13, al solicitar la aprobación de los trabajos. i) Planos de Obra: El Contratista deberá presentar para aprobación del organismo a cargo de la Inspección de Obra los planos que a continuación se detallan: Fundación: Plano de detalle del anclaje de los bancos. Arquitectura: Planos generales - replanteos, cortes, y planos de detalles. Equipamiento: Planos de detalle. Este listado podrá ser alterado según lo indicado en el P.C.P..Los planos serán dibujados en las siguientes escalas; de acuerdo a las Normas I.R.A.M.1: 200 planos generales. 1: 100 planos de replanteo 1:20, 1:10 - Planos de detalles Las carátulas se ajustarán al modelo que acompaña la presente documentación.El Contratista presentará al organismo a cargo de la Inspección de Obra cuatro juegos de copias heliográficas de cada plano, con una anticipación mínima de 20 días hábiles, en relación a la fecha indicada para la respectiva iniciación de las tareas previstas en el plan de trabajo aprobado. Para las instalaciones que requieran la intervención de las distintas Reparticiones oficiales, se exigirá su aprobación previa a la iniciación de los trabajos respectivos. Se aclara que el organismo a cargo de la Inspección de Obra tomará como máximo para su conocimiento el plazo indicado anteriormente, no computándose en mismo las demoras debidas a las correcciones que se deban efectuar en la documentación proveniente de las observaciones formuladas. Queda expresamente aclarado que el Contratista, no podrá ejecutar trabajo alguno, sin tener los correspondientes planos, cálculos, memorias, etc., con conocimiento del organismo a cargo de la Inspección de Obra. j) Planos conforme a obra: El Contratista deberá confeccionar y entregar al area a cargo de la Inspección de Obra de esta Comuna N13, a partir de la fecha efectiva de terminación de la obra y previo a la materialización de la Recepción Definitiva, los planos Conforme a Obra, en un todo de acuerdo con las reglamentaciones vigentes del G.C.B.A..- 1.0.2.7 Materiales 1.0.2.7.0. Generalidades Todos los materiales a incorporar y a utilizar en los trabajos serán de primera calidad y de primer uso. Los materiales deberán llegar a la obra en su envase de fábrica y cerrados. La Inspección de Obra se reserva el derecho de rechazar aquellas marcas que no estuvieran suficientemente acreditadas en plaza. 1.0.2.7.1 Cales No se permitirá la mezcla de cales de marcas o clases diferentes aunque hayan sido aprobadas en los ensayos respectivos. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 110 Las cales se obtendrán de la calcinación a altas temperaturas, de piedras calizas puras, constituidas por carbonato de calcio. Serán de dos tipos, a saber: cales aéreas y cales hidráulicas. Su ingreso a la obra será en terrones (cal viva) o hidratada (en bolsas). Cal viva Las del tipo aéreo procederán de Córdoba y las del tipo hidráulico procederán de Olavarría o Azul, salvo que en la planilla de mezclas se indique otra procedencia. Se abastecerán en obra en terrones y al ingresar a la misma lo serán sin alteraciones por efecto del aire, humedad o el calor y hasta tanto se la apague, se la protegerá de estos agentes cuidadosamente, además de colocarla en lugares cubiertos apropiados para estos fines. La extinción o apagamiento se realizará en la misma obra, según el procedimiento más conveniente, empleando para esta tarea obreros expertos que no "quemen" o "aneguen" la cal. Se utilizará agua dulce y su rendimiento mínimo será de dos litros de pasta por cada Kg. de cal viva en terrones que se apague. Las albercas en las cuales se practique la operación de apagado de la cal, serán impermeables, de madera o mampostería y estarán situadas en la vecindad de los obradores donde se trabajen las mezclas. Una vez apagada la cal viva, será depositada en fosas excavadas ex-profeso en el terreno, las cuales se revestirán con mampostería (tanto su fondo como las paredes), para evitar el contacto con tierra y otros elementos extraños. La cal apagada forma una pasta fina, blanca y untuosa al tacto. Si las pastas resultaran granulosas y mientras no se comprueba que fueran el resultado de haber "quemado" o "ahogado" la cal, la Inspección de Obra podrá ordenar el cribado de la pasta por tamiz de 900 mallas por dm2. En ningún caso se empleará cal "apagada" antes de su completo enfriamiento. Se considerará que se está en condiciones de usar la cal transcurridas por lo menos 72 horas del apagamiento. Por otra parte, la cal que se utilizará en la obra se apagará, cuando menos, con (10) diez días de anticipación. Cales hidratadas (en bolsas) Procederán de fabricas acreditadas y serán de primerísima calidad (hidratada Cacique o similar). Deberán entrar en la obra en bolsas de papel. Los envases vendrán provistos del sello de la fábrica de procedencia. Serán en polvo impalpable, que no deje más de 12% de residuo sobre el tamiz de 900 mallas por dm2. Su peso específico será de 2,60 a 2,70 y en cuanto a su fragüe, deberá comenzar dentro de hora y media de hecho el mortero y terminar en las 30 horas siguientes. La resistencia mínima de rotura por compresión de un mortero compuesto de una parte de cal por tres partes de arena, después de 28 días de inmersión en agua, deberá exceder los 25 kg/cm2. Una vez ingresadas las bolsas de cal a la obra, deberán ser depositadas y almacenadas al abrigo de la intemperie, evitando humedades, etc. El Contratista deberá rehacer totalmente las superficies revocadas con este tipo de cal, si en algún momento aparecieran empolladuras debido a la posterior hidratación de los gránulos por un defectuoso proceso de fabricación de este tipo de cal. El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. 1.0.2.7.2 Cementos Se emplearán únicamente cementos normales o de alta resistencia inicial, de marcas aprobadas que satisfagan las condiciones de calidad establecidas en las normas IRAM. El acopio se dispondrá en un local cerrado y bien seco. Las bolsas se apilarán en capas sobre un piso de tablas separadas 20 cm, como mínimo, del piso y 30 cm, como mínimo, de las paredes del recinto. Los cementos provenientes de distintas fábricas o de marcas diferentes se apilarán separadamente. El almacenaje deberá realizarse en forma tal que el acceso sea fácil para inspeccionar e identificar las distintas partidas. Será rechazado y retirado de obra todo cemento que contuviera material agrumado, aunque sea en mínimas proporciones. En el momento del empleo, el cemento deberá encontrarse en perfecto estado pulvurulento y con color uniforme. El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 111 Cementos comunes Los cementos procederán de fábricas acreditadas en plaza, serán frescos, de primerísima calidad y deberán ser aprobados por la Inspección de Obra de esta Comuna 13. Se los abastecerá en envases herméticamente cerrados, perfectamente acondicionados y provistos del sello de la fábrica de procedencia. El almacenamiento del cemento se dispondrá en locales cerrados, bien secos, sobre pisos levantados del terreno natural y quedará constantemente sometido al examen de la Inspección de Obra, desde su recepción o ingreso a la obra hasta la conclusión de los trabajos en los que los cementos serán empleados. Además de las revisiones que la Inspección de Obra crea oportuno realizar directamente, podrá exigir al Contratista que haga comprobar en un laboratorio oficial que la dirección designara, la naturaleza y buena calidad del cemento, por medio de los ensayos o análisis mecánicos, físicos y químicos pertinentes. El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. Podrá almacenarse cemento a granel, en silos especialmente construidos al efecto, solicitando previamente autorización de la Inspección de Obra. Todo cemento grumoso o cuyo color esté alterado, será rechazado y deberá ser retirado de la obra dentro de las 48 horas de notificado el Contratista por parte de la Inspección de Obra. Igual temperamento se deberá adoptar con todas las partidas de la provisión de cementos que por cualquier causa se averiasen, deteriorasen, etc., durante el curso de los trabajos. Cemento de fragüe rápido Se utilizarán en la obra sólo con el consentimiento previo de la Inspección de Obra. Los cementos de fragüe rápido deberán proceder de fábricas muy acreditadas, ser de primerísima calidad e ingresar a la obra en envases originales, cerrados con el sello de la fábrica de procedencia. Rigen para este material todas las premisas indicadas para el cemento común. La pasta de cemento puro no deberá fraguar antes del minuto de preparada y terminará el fraguado a los 30 minutos. 1.0.2.7.3. Arenas La arena a emplear será en general natural, limpia y del grano que se especifique en cada caso; no contendrá sales, sustancias orgánicas ni arcilla adherida a sus granos, debiendo cumplimentar en cuanto a la calidad, lo determinado por las Normas IRAM 1509 y 1526. En caso de no ser posible obtener un tipo de arena natural de granulometría requerida para cada caso, se corregirá esta con la mezcla en adecuadas proporciones de otros tipos de mayor módulo de fineza, de acuerdo con los resultados del ensayo granulométrico, pudiendo adoptarse para esa corrección, previa conformidad de la Inspección de Obra, arena artificial producto del quebrantamiento de roca granítica o basáltica. El análisis granulométrico, así como la granulometría, responderán a lo especificado en las Normas IRAM 1501, 1502 y 1513. Sumergidas las arenas en el agua, no la enturbiarán. Si existieran dudas respecto a las impurezas que contiene la arena, se efectuarán ensayos calorimétricos, como se indica a continuación: 1) 2) 3) Se vierte la arena en una botella graduada de 350 cm3. hasta ocupar 130 cm3. Se agrega una solución de hidrato de sodio al 3% hasta que el volumen, después de sacudir, sea de 200 cm3. Se sacude fuertemente la botella (tapada con tapones esmerilados) y se deja reposar durante 24 horas. El color del líquido que queda sobre la arena permitirá juzgar si la misma es utilizable, de acuerdo a lo siguiente: Incoloro, amarillo o azafranado: arena utilizable. Rojo amarillento: utilizable solamente para fundaciones, hormigones simples sin armar. Castaño, marrón claro y marrón oscuro: arena no utilizable. El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 112 1.0.2.7.4. Cascote Su tamaño variará entre 2 y 5 cm., aproximadamente. Excepcionalmente podrán utilizarse cascotes provenientes de demoliciones de paredes ejecutados con mezcla de cal. A tal efecto deberá solicitarse, previa aprobación por parte de la Inspección de Obra, la cual rechazará todo cascote que no reúna las condiciones antedichas al principio y/o que contenga restos de cualquier otro material (salitre, estén sucios, etc.). Los cascotes a emplear serán de ladrillos, de un tamaño de hasta 5 cm, sin restos de suciedad o salitre. Excepcionalmente podrán utilizarse cascotes provenientes de demoliciones ejecutadas, para lo cual deberá solicitarse a la Inspección de Obra la aprobación para su uso. 1.0.2.7.5. Agua En la preparación de mezclas se empleará agua corriente. Serán por cuenta del Contratista los gastos que demande la provisión de agua de construcción. 1.0.2.7.6. Agregado grueso Se empleará en un tamaño comprendido entre 10 a 40mm en aquellas estructuras cuyos espesores sean mayores de 15 cm; entre 10 a 30 mm en aquellas cuyos espesores oscilan entre 10 a 15 cm. y de 10 a 20 mm en aquellas cuyos espesores sean menores de 10 cm. Podrá emplearse indistintamente piedra partida o canto rodado, siempre que uno u otro sean limpios y de tamaño apropiado, proveniente exclusivamente de origen granítico, silícico o cuarcítico, formados por trozos duros y libres de revestimientos adherentes, según especificaciones en normas IRAM y CIRSOC. En las partes de estructuras donde queden expuestas (con o sin tratamientos superficiales), una vez iniciados los trabajos con una calidad y tamaño de agregado definidos, no podrán cambiarse los mismos, salvo autorización expresa de la Inspección de Obra. 1.0.2.8. Mezclas 1.0.2.8.0. Generalidades Las mezclas se batirán en amasadoras mecánicas, dosificando sus proporciones en recipientes adecuados, que contarán con la aprobación previa de la Inspección de Obra. No se fabricará más mezcla de cal que la que pueda usarse en el día, ni más mezcla de cemento que la que deba usarse dentro de las dos (2) horas de su fabricación. Toda mezcla de cal que se hubiere secado o que no vuelva a ablandarse en la amasadora (o mezcladora) sin añadir agua, será desechada. Se desechará igualmente, sin intentar ablandarla, toda mezcla de cemento que haya empezado a endurecerse. Las partes que se detallan en la "Planilla de Mezcla" se entienden medidas en volumen de materia seca y suelta, con excepción del cemento y las cales que se comprimirán en el envase. 1.0.2.8.1. Planilla de Mezclas 1) Para contrapisos sobre terrenos naturales: 1/8 parte de cemento 1 parte de cal hidráulica en polvo 4 partes de arena gruesa 6 partes de cascotes de ladrillos 2) Para colocación de pisos mosaicos graníticos, umbrales, solias: N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 113 1/2 parte de cemento 1 parte de cal hidráulica en polvo 3 partes de arena mediana 3) 1 4) 1 5) 1 6) 1 Para colocación de revestimientos interiores (azulejos, etc.) 1/4 parte de cemento parte de cal grasa hidratada 3 partes de arena mediana Variante: mezcla adhesiva para revestimientos. Para mampostería de ladrillos comunes en cimientos. 1/4 parte de cemento parte de cal hidráulica en polvo 4 partes de arena gruesa Mampostería en elevación ladrillos comunes o de máquina (0,30 ó 0,15 ml). 1/4 parte de cemento parte de cal grasa hidratada 4 partes de arena gruesa Para Toma de Juntas parte de cemento 3 partes de arena El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. 1.0.2.8.2. Tabla de Tolerancia de Construcción Variación del nivel en pisos o en las pendientes indicadas: • En paños de 3 m, 5 mm. • En paños de 6 m, 8 mm. • Para paños mayores, se incrementará en 1mm la tolerancia anterior por cada metro. 1.0.2.9. Informe final Antes que se realice la Recepción Definitiva de las obras y como requisito indispensable para ésta, el Contratista deberá entregar un informe final que incluya planos "conforme a obra" que reflejen las tareas realizadas. Se entregará este informe final, a la Inspección de Obra con copia a la Comuna N°13. Se considerarán las especificaciones del presente capítulo 1.0, especialmente el ítem 1.0.2.6. Los planos "conforme a obra" deberán presentarse en original en film poliéster y tres copias heliográficas, todo ello en colores convencionales. Juntamente con los planos "conforme a obra", el Contratista presentará a la Inspección de Obra, la siguiente documentación: a) Memoria de los técnicos, materiales y equipos empleados, con la totalidad de sus características y marcas. b) Listado de los subcontratistas que hubieran efectuado trabajos en la obra. c) Quince fotografías de la obra antes del inicio de los trabajos y otras tantas al finalizar los mismos. Estas obligaciones constituyen una de las prestaciones del Contratista. Su incumplimiento dejará al contrato inconcluso, impidiendo la recepción definitiva y la liquidación final de la obra. d) Documentación completa, planos y puntos a, b y c, en formato digital (2 copias), dibujos en AutoCAD 14. N° 4496 - 7/10/2014 1.1. Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 114 TRABAJOS PRELIMINARES 1.1.0. GENERALIDADES 1.1.0.1. Proyecto definitivo Toda la documentación que forma parte del presente pliego tiene el carácter de anteproyecto, es obligación del Contratista la elaboración del proyecto definitivo. El Contratista deberá preparar antes de la iniciación de cada parte de la Obra, los planos de detalle que la Inspección de Obra considere necesarios para ejecutar las tareas. Recién comenzará los trabajos cuando dichos planos hayan sido aprobados por la Inspección de Obra. El Contratista realizará el relevamiento planialtimétrico y cateos si así fuera requerido por la Inspección de Obra, como así también la documentación técnica completa del proyecto ejecutivo, que deberá ser presentada para su aprobación ante la Inspección de Obra. El costo de ambas operaciones deberá estar incluido en el precio ofertado. 1.1.0.2. Agua para construir El agua deberá ser apta para la ejecución de la obra, y su obtención y consumo será costeado por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos que pudieran corresponder por ese concepto, los que no le serán específicamente reembolsados, considerándose todo ello incluido en la propuesta adjudicataria. 1.1.0.3. Iluminación y fuerza motriz Toda la iluminación necesaria, diurna y nocturna, estará a cargo del Contratista y se ajustará a las exigencias y requerimientos de la Inspección de Obra. Asimismo correrá por cuenta del Contratista la provisión de fuerza motriz para los equipos e implementos de construcción, propios o de los subcontratistas. Si se realizarán los trabajos en horas nocturnas o en zonas de obra sin iluminación natural, el Contratista proveerá la iluminación que posibilita a su personal o al de los gremios, el desarrollo de los trabajos. En todos los casos, el Contratista deberá someter a la aprobación de la Inspección de Obra las especificaciones, esquemas, etc., de las instalaciones eléctricas provisorias que se propongan ejecutar. En caso de no contar con la provisión de fuerza motriz por parte de la empresa proveedora, el Contratista deberá tomar los recaudos necesarios para el suministro de la energía eléctrica necesaria para el desarrollo de las obras. 1.1.0.4. Energía eléctrica La obtención y el consumo de la energía para la ejecución de la obra, como así también para la iluminación de que trata el inciso anterior, serán costeados por el Contratista, a cuyo cargo estará el tendido de las líneas provisorias con ajuste a las exigencias de carácter técnico reglamentarias para dichas instalaciones. El pago de todos los derechos por tal concepto, estarán a su cargo y costo y no le serán reembolsados, considerándose todo ello incluido en la propuesta adjudicataria. 1.1.0.5. Caballetes de estacionamiento Estará a cargo del Contratista la provisión y gestión de uso de caballetes para estacionamiento de vehículos afectados a las obras contratadas. 1.1.0.6. Unión de obras nuevas con existentes Con respecto a las construcciones existentes, estará a cargo del Contratista y se considerará comprendido sin excepción en la propuesta adjudicada: A) La reconstrucción de todas las partes afectadas y la reparación de todos los desperfectos que como consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en las construcciones e instalaciones existentes. B) La provisión de todos los trabajos necesarios para adaptar las obras e instalaciones licitadas con las existentes. 1.1.0.7. Obrador, Depósitos Y Sanitarios El Contratista tendrá obligación de construir, dentro del monto del contrato, según Art 1.6.14 del PCG, las instalaciones de un obrador, de acuerdo con las disposiciones del CEGCBA y el Decreto Nº 911/96 Ley 19.587 de Higiene y Seguridad de Trabajo, en cuanto a oficinas, depósitos, vestuarios, locales sanitarios, etc., tanto para el personal de la Contratista como para el de Inspección. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 115 Teniendo en cuenta las necesidades de la obra, el Contratista presentará el diseño, características y todo otro elemento que permita a la Inspección de Obra abrir juicio a los fines de lograr la aprobación con que deberá contar, previamente a la ejecución de todas las obras provisionales para obradores. Podrá ser reemplazado por un obrador rodante, con las mismas comodidades detalladas anteriormente. Serán por cuenta del contratista los servicios de agua, electricidad, etc. que se requieran. Deberá instalar durante todo el plazo de obra, baños químicos para su personal, uno por cada cuatro (4) personas y uno (1) exclusivo para el uso de la Inspección de Obra, los que deberán ser mantenidos en condiciones de higiene y seguridad por el Contratista. La vigilancia de la obra estará exclusivamente a cargo del contratista, que dispondrá de personal al efecto las 24 horas del día, tanto en días hábiles como en feriados. 1.1.0.8. Cartel de Obra El Contratista proveerá y colocará en el lugar que lo señale el organismo a cargo de la Inspección de Obra, los carteles de obra que se indiquen en los planos y pliegos, según Artº 2.6.7. del PCP. Los carteles se realizarán en chapa de hierro BWG Nº 24 de 3,00x2,00mts, sobre bastidor conformado en madera dura. Vendrán pintados con dos manos de anti óxido y tres manos de esmalte sintético de terminación con colores según especificación. El Contratista presentará para su aprobación la forma de fijación, previendo para la estructura y el propio cartel, la carga propia y de viento según normas CIRSOC. La ubicación definitiva será acordada con la Inspección de obra. Estará prohibido colocar publicidad. 1.1.0.9. Cerco de Obra El área de obra deberá estar permanentemente cerrada por un cerco de obra y cuya cotización está incluida en el monto de la oferta Podrán ser liberadas las áreas en que los trabajos hayan quedado totalmente terminados, al solo criterio de la Inspección de la Obra. Se deberán proveer y colocar las defensas, pasarelas y señalizaciones necesarias para seguridad tanto del personal empleado como de los peatones y la vía pública, comprendiendo la ejecución de vallas y cualquier otro elemento necesario que la Inspección de Obra juzgue oportuno para lograr un mayor margen de seguridad. Estas deberán ser mantenidas desde el inicio de las tareas hasta su finalización, o sea hasta el momento en que se liberen las obras al tránsito peatonal o vehicular. Queda estrictamente prohibido colocar publicidad de ningún tipo. Las pasarelas peatonales, de carácter temporario para permitir el movimiento peatonal de la calle, deberán estar diseñadas de acuerdo a las exigencias del Código de Edificación y deberán contar con la aprobación de la Inspección de Obra. El Contratista deberá contar con matafuegos tipo ABC en el área, en cantidad y carga suficiente. Deberá cumplir con toda la legislación vigente y la Ley de Tránsito 2449, Dto. Reg.779-95 y Ordenanza 32.999, en cuanto a señalamiento y demarcación de la zona de trabajos. 1.1.0.10. Cartel de publicidad GCABA En los lugares indicados en los Planos se proveerán y colocarán los carteles con logo publicitario del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a planos de detalle, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.1.1.1. LIMPIEZA, REPLANTEO Y NIVELACION DEL TERRENO El Contratista deberá efectuar la limpieza previa, el replanteo y la nivelación de las obras, informando a la Inspección de Obra el momento en que dichas tareas se llevarán a cabo. Realizará el trazado, amojonado y verificación de ejes y niveles de referencia. El Contratista deberá efectuar la limpieza y preparación de las áreas afectadas para las obras correspondientes al predio, que comprenden los siguientes trabajos: desarraigo de árboles secos, mampostería, cascotes, escombros y retiro de residuos de cualquier naturaleza, fuera del predio, evitando así que se mezcle con la tierra. La Inspección de Obra estará facultada para exigir, si lo creyera conveniente, la intensificación de limpiezas periódicas. Los ejes de referencia serán materializados en forma visible y permanente mediante tendidos de alambre tomados a puntos fijos, en forma que sea posible el montado y desmontado de los ejes sin recurrir cada vez a la verificación del trazado. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 116 Teniendo en cuenta las condiciones particulares donde se desarrollarán los trabajos, el Contratista deberá contar con una cuadrilla permanente de personal de limpieza, debiendo mantener limpio y libre de residuos de cualquier naturaleza todos los sectores de la obra. Al finalizar los trabajos, el Contratista entregará la obra perfectamente limpia y en condiciones de habilitación, sea ésta de carácter parcial y/o provisional y/o definitivo, incluyendo el repaso de todo elemento o estructura, que haya quedado sucio y requiera lavado. La Inspección de Obra estará facultada para exigir, si lo creyera conveniente, la intensificación de limpiezas periódicas. Los residuos producidos por la limpieza y/o trabajos, serán retirados del ejido de la obra, por cuenta y cargo exclusivo del Contratista, debiendo considerar en su propuesta este retiro y transporte. 1.1.2. RELEVAMIENTO PLANIALTIMETRICO Y CATEOS Considerando que los planos generales, de detalles y los cortes son indicativos, el Contratista deberá presentar un Relevamiento Planialtimétrico de todos los sectores donde se ejecutará la obra y efectuará los cateos necesarios a través de una Empresa y/o profesionales especialistas en la materia, reconocidos y aceptados previamente por la Inspección de Obra, decidiendo ésta la cantidad de cateos que fuesen necesarios efectuar. Al término de los ensayos y estudio del terreno, el Contratista presentará una memoria técnica y la documentación gráfica correspondiente, debiendo incluir los detalles y datos exigidos que permitan determinar las diversas capas y/o elementos que componen las actuales calzadas y aceras, a fin de verificar los diferentes perfiles transversales definitivos, de niveles y tapadas existentes de los tendidos y pasajes de las instalaciones subterráneas. Esta documentación deberá ser complementada con la información técnica aportada por las empresas detalladas en el art. 1.0.2.6 d). El presente relevamiento Planialtimétrico y cateos necesarios requeridos por la Inspección de Obra, como así también la documentación técnica completa del proyecto ejecutivo deberá ser presentado para su aprobación a la Inspección de Obra. Una vez aprobado el referido relevamiento Planialtimétrico, recién podrán iniciarse los trabajos, por lo que deberá presentarse con la debida anticipación para su estudio, y si correspondiese, su aprobación. Durante esta etapa, solo se podrán ejecutar tareas relacionadas con la preparación de los trabajos, como ser obrador, cercos de seguridad, señalizaciones, etc. La Empresa, además, deberá efectuar el relevamiento de todos los elementos existentes y verificar, de acuerdo a los planos de Proyecto para cada Sector, cuáles son los elementos a mantener en su lugar, a desplazar o a efectuar su retiro. El relevamiento del estado actual no agota la totalidad de los elementos existentes. 1.1.3. DOCUMENTACION GRAFICA, PROYECTO EJECUTIVO Se considerarán las especificaciones del capítulo 1.0 ¨Generalidades”, especialmente ítems 1.0.2.5 Conocimiento de la obra e interpretación de la documentación y 1.0.2.6 Responsabilidad del Contratista; bajo la supervisión de la Inspección de obra. 1.2. MOVIMIENTO DE TIERRA 1.2.0. GENERALIDADES Comprende la ejecución completa de los trabajos que a continuación se detallan, de resultar estos necesarios: a) b) c) d) e) Limpieza del terreno. Nivelación, desmontes y excavaciones. Apuntalamientos. Aportes de tierra y rellenos. Suelos seleccionados. Toscas. Compactación y nivelación de desmontes y terraplenes Retiro de los posibles excedentes. Todos los trabajos serán realizados de acuerdo a las reglas del arte y con arreglo a su fin. El Contratista tomará en consideración los niveles y espesores de pisos del proyecto, de acuerdo con los planos y las recomendaciones de la Inspección de Obra. El Contratista deberá presentar con la debida anticipación, previo al comienzo de los trabajos y para su aprobación ante el organismo a cargo de la Inspección de Obra, una Memoria en la que describirá los criterios a seguir durante la N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 117 marcha de los trabajos y las precauciones que adoptará para asegurar la estabilidad de las excavaciones, en un todo de acuerdo con las prescripciones del Código de Edificación vigente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 1.2.0.1. Desmonte y retiro de tierra - Nivelación La nivelación del lugar incluirá todas las excavaciones, desmontes y rellenos necesarios para mantener las cotas necesarias por proyecto, exceptuando el relleno de las hondonadas y bajos del terreno, pozos; este relleno deberá hacerse con material apto y apisonado hasta obtener un grado de compactación no menor al del terreno adyacente. El terreno será llevado a sus niveles finales, pendientes y alineaciones previstas, con una tolerancia en más o menos 3 cm, luego de haber retirado solados y contrapisos existentes, según se indica en planos y planilla de cómputo y presupuesto oficial. El Contratista extraerá la capa de tierra vegetal en un promedio estimado en 0,30 m en toda el área de solados nuevos. La tierra vegetal extraída será depositada apropiadamente para su posterior redistribución en las zonas no construidas, cuidando de no mezclarla con tierras de otros tipos. El Contratista se comprometerá a efectuar los trabajos de desmonte de tierra de la obra de referencia, en toda su superficie y a nivel vereda, de acuerdo a planos que obren en su poder. El desmonte se hará con medios mecánicos y a nivel vereda en toda su superficie, y la tierra proveniente de la misma será retirada con camiones por exclusiva cuenta y cargo del Contratista. Los plazos de ejecución del desmonte, serán de 10 días a partir de la finalización de los trabajos de demolición. Los equipos, personal, seguros, Resp Civil y demás implementos necesarios para la ejecución de los trabajos, correrán por exclusiva cuenta y cargo del Contratista. 1.2.0.2. Excavaciones y Desmontes Las excavaciones para zanjas, pozos, bases de columnas para alumbrado, etc., se ejecutarán de acuerdo a los planos, conduciendo el trabajo de modo que exista el menor intervalo posible entre la excavación y el asentamiento de estructuras y su relleno, para impedir la inundación de las mismas por las lluvias. Cuando por imprevisión del Contratista se inundaran las excavaciones, alterándose la resistencia del terreno o bien por errores se excediera la profundidad en los planos, la Inspección de Obra podrá ordenar los trabajos necesarios para restablecer la cota firme de apoyo de estructura, por cuenta del Contratista. Durante la ejecución de estos trabajos, el Contratista cuidará especialmente la estabilidad de cortes verticales, taludes y construcciones existentes cercanas, para lo cual proyectará todos los apuntalamientos necesarios, los que serán recorridos solamente una vez concluidas las submuraciones y cuando haya dudas sobre su estabilidad, quedando a su cargo todos los perjuicios de cualquier naturaleza que se ocasionen por desprendimiento. Correrán por cuenta del Contratista los achiques de agua procedentes de precipitaciones o filtraciones que tuvieran las excavaciones en general, como asimismo correrán por su cuenta cualquier clase de contención necesaria, tablestacados, etc. Todo material de excavación o desmonte disponible y de acuerdo a su calidad, podrá ser usado para construir terraplenes, debiendo retirar todo el excedente proveniente de las excavaciones fuera del recinto de la obra. 1.2.0.3. Transporte Estará a cargo del Contratista el transporte del suelo producto de las excavaciones y que no haya sido utilizado para el relleno posterior a la ejecución de las fundaciones de los pozos restantes. Este transporte, así como el lugar en el que se realice el depósito, estará a cargo del Contratista. El Contratista deberá retirar fuera del ámbito de la obra todos los materiales provenientes de la demolición a su exclusiva cuenta y cargo, debiendo considerarlo en su oferta. Todos los materiales recuperables, a juicio de la Inspección de Obra, provenientes de dicha demolición, quedarán a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y se cargarán sobre camiones con personal cargo del Contratista y serán trasladados y depositados dentro de la Ciudad de Buenos Aires donde el organismo a cargo de la Inspección de Obra. 1.2.0.4. Rellenos y terraplenamientos Para estos trabajos se podrán utilizar las tierras provenientes de excavaciones de zanjas, cimientos, bases de columnas y de sótanos, siempre y cuando las mismas sean aptas y cuenten con la aprobación de la Inspección de Obra. En todas las áreas donde se realizan rellenos y terraplenes, estos serán de suelo seleccionado de características similares al existente y se compactarán en un todo de acuerdo con lo especificado. El material de relleno será depositado en capas, que no excedan de 0,15m. Los últimos 15 cm antes del piso de hormigón, se rellenarán con una capa de tosca similar a las anteriores, con el aporte de un 4% de cal de uso vial (subrasante). El contenido no sobrepasará lo requerido para una comprobación a máxima densidad. Cada capa será compactada por cilindradas y otro medio apropiado hasta un 95% de densidad máxima del terreno. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 118 El material de relleno será humedecido, si fuera necesario, para obtener la densidad especificada. De acuerdo a la magnitud de estos rellenos, los mismos serán efectuados utilizando elementos mecánicos apropiados, para cada una de las distintas etapas que configuran el terraplenamiento. Cuando la calidad de las tierras provenientes de las excavaciones varíe, se irán seleccionando distintas tierras para las distintas capas a terraplenar, reservando la tierra vegetal o negra para el recubrimiento último. Si la tierra proveniente de las excavaciones resultara en "terrones", estos deberán deshacerse antes de desparramarse en los sectores a rellenar. En caso de que el volumen o la calidad de la tierra proveniente de los desmontes y/o excavaciones no fueran suficientes o de la calidad exigida para los rellenos a ejecutar, el Contratista deberá comunicarlo a la Inspección de Obra. Las sub-bases para piso, veredas, caminos, etc., deberán ser ejecutadas con suelos seleccionados “Tosca” y con el espesor indicado en plano, y hasta obtener las cotas de nivel necesario. La “Tosca” tendrá un límite líquido menor de 40 e índice plástico menor de 12 y compactará el 95 % o más de la densidad máxima del ensayo normal “Proctor”. El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. 1.2.0.5. Sub-bases Las sub-bases para pisos, veredas, etc., deberán ser ejecutadas con suelos seleccionados "Tosca" según ítem anterior. La "Tosca" tendrá un limite liquido menor de 40 e índice plástico menor de 12. Compactará el 95% o más de la densidad máxima del ensayo normal "Proctor". El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. 1.2.0.6. Compactaciones especiales Consistirá en la ejecución de los trabajos necesarios para la compactación de los suelos, hasta obtener el peso especifico requerido, y regado de los suelos necesarios para tal fin. Cada capa de suelo será compactada hasta obtener los valores del peso especifico aparente de suelo "seco" con relación al peso específico aparente "máximo" de suelo seco y que fuere determinado por los ensayos de compactación que fueran necesarios, a juicio de la Inspección. El contenido de agua del suelo de cada capa deberá ser uniforme, pudiendo oscilar entre el 80% y el 110% de contenido óptimo de humedad. Si el terreno posee poca humedad, deberá agregarse el agua necesaria, distribuyéndola uniformemente con manguera, debiendo medirse el agua incorporada. 1.2.0.7. Nivelación final Una vez terminadas las construcciones, el Contratista procederá a rellenar las áreas afectadas en un todo de acuerdo con lo establecido en el ítem "Rellenos y terraplenamientos" del presente capítulo, según lo indique la Inspección de Obra. Estos niveles debidamente compactados, se cubrirán con tierra vegetal, la que se distribuirá en capas de 0,15 m de espesor y que deberán ser debidamente compactadas, hasta alcanzar la nivelación adecuada. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.1.2.1. EXCAVACION PARA ÁRBOLES N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 119 A fin de materializar los maceteros de los árboles, el Contratista deberá efectuar las excavaciones correspondientes, previendo las dimensiones de los objetos de hormigón que posteriormente deberán ser alojados en los pozos resultantes. En referencia al producido de dichas excavaciones, vale lo explicitado anteriormente. Se considerarán las especificaciones del presente capítulo especialmente ítems 1.2.0.1 "Desmonte y retiro de tierra-Nivelación ", 1.2.0.2 "Excavaciones", 1.2.0.3. ¨Transporte¨ y lo referente a demolición y retiro de escombros, según planos generales y de detalle; bajo la supervisión de la Inspección de obra. 1.2.2. RETIRO DE ARENA EN SECTOR JUEGOS Se considerarán las especificaciones del presente capítulo especialmente ítems 1.2.0.1 "Desmonte y retiro de tierra -Nivelación " y 1.2.0.2 "Excavaciones y Desmontes", 1.2.0.3. Transporte, 1.2.0.7 “Nivelación final”, y lo referente a demolición y retiro de escombros del ítem anterior 1.2.1.2, según planos generales y de detalle; bajo la supervisión de la Inspección de obra. 1.2.3. REMOVER PISO Y CONTRAPISO EXISTENTE El Contratista procederá a levantar: a)-Los solados indicados en el plano de demolición de la superficie afectada a la presente licitación. b)-Los contrapisos existentes donde se materialice nuevo solado. c)-Se tendrá en cuenta que el espesor nominal de contrapisos deberá ser indefectiblemente de 12 cm. el Contratista procederá, en consecuencia, a verificar el espesor de los existentes, y los gálibos y pendientes correspondientes. Se respetarán y conservarán los cordones existentes. Se incluirá en la oferta el retiro de la totalidad de elementos en desuso que no se adapten a las necesidades del proyecto. Se aclara que estos trabajos comprenden la totalidad de las demoliciones y extracciones sin excepción, incluyendo las construcciones e instalaciones que deban retirarse, repararse o reubicarse de acuerdo a las necesidades y exigencias del proyecto, además de todos aquellos que indique la Inspección de obra. El Contratista deberá solicitar el correspondiente Permiso de Apertura para Trabajos en la Vía Pública, el cual deberá ser solicitado a la Direccion General de Ordenamiento del Espacio Publico o a la Subsecretaria de Mantenimiento del Espacio Publico. El Contratista deberá realizar los trabajos dentro de las normas técnicas de práctica y de acuerdo a las instrucciones que le imparta la Inspección de Obra. Cumplirá con todas las ordenanzas y reglamentos en vigor tanto municipales como policiales y se hará directamente responsable por toda infracción efectuada durante y después de la ejecución de los trabajos. A fin de evitar inconvenientes en el tránsito, durante las maniobras de entrada y salida de vehículos de carga, mantendrá personal de vigilancia, el que además estará obligado a efectuar la limpieza constante de escombros u otros elementos en veredas y calles. Correrá por cuenta del Contratista los achiques de agua procedentes de precipitaciones o filtraciones que tuvieran las excavaciones en general, cualquier clase de contención necesaria, tablestacados, etc. y su costo se considerará incluido en la oferta. Las instalaciones de suministro de electricidad, cloacas, etc. deberán ser anuladas si corresponde, debiendo efectuar las nuevas conexiones o extensiones necesarias, previa terminación a su cargo, coordinando las tareas con las compañías y/o empresas proveedoras de los servicios. El Contratista deberá retirar fuera del ámbito de la obra todos los materiales provenientes de la demolición a su exclusiva cuenta y cargo, debiendo considerarlo en su oferta. Todos los materiales recuperables, a juicio de la Inspección de Obra, provenientes de dicha demolición, quedarán a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y se cargarán sobre camiones con personal cargo del Contratista y serán trasladados y depositados dentro de la Ciudad de Buenos Aires, donde el organismo a cargo de la Inspección de Obra. Nota: El Contratista tendrá a su cargo la verificación de niveles y tapadas existentes. 1.2.4. RETIRO DE TODO ELEMENTO AJENO AL PROYECTO La Contratista deberá efectuar el retiro de todo elemento ajeno al proyecto. En referencia al producido de dichas excavaciones, vale lo explicitado en ítem anterior. Se considerarán las especificaciones del presente capítulo, según planos generales y de detalle; bajo la supervisión de la Inspección de Obra N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 120 1.2.5. EXCAVACION BASES EQUIPAMIENTO (BANCOS MASTIL JUEGOS) La Contratista deberá efectuar las excavaciones para bases del equipamiento proyectado. En referencia al producido de dichas excavaciones, vale lo explicitado en ítem anterior. Se considerarán las especificaciones del presente capítulo, 1.2.0.2, considerando lo referente a demolición y retiro de escombros, según planos generales y de detalle; bajo la supervisión de la Inspección de Obra 1.2.6. DEMOLICION BOLARDOS EXISTENTES Se considerarán las especificaciones del presente capítulo especialmente ítems 1.2.0.1 "Desmonte y retiro de tierra -Nivelación " y 1.2.0.2 "Excavaciones y Desmontes", 1.2.0.3. Transporte, 1.2.0.7 “Nivelación final”, y lo referente a demolición y retiro de escombros del ítem anterior 1.2.1. según planos generales y de detalle; bajo la supervisión de la Inspección de obra. 1.2.7. RETIRO DE CORDON EXISTENTE La Contratista deberá realizar el retiro del cordón existente, En referencia al producido de dichas excavaciones, vale lo explicitado en ítem anterior. Se considerarán las especificaciones del presente capítulo, 1.2.0.2, considerando lo referente a demolición y retiro de escombros, según planos generales y de detalle; bajo la supervisión de la Inspección de Obra 1.3. HORMIGON ARMADO 1.3.0.1. GENERALIDADES. ESTRUCTURA DE HORMIGÓN ARMADO Objeto La presente especificación técnica general de estructuras de hormigón armado, tiene por objeto dar los requerimientos mínimos necesarios para la ejecución de las estructuras de Hormigón Armado Alcance Esta especificación cubre los requerimientos relacionados con la tecnología de los materiales y métodos de ejecución de estructuras de hormigón. Normas y códigos a aplicarse Todas las estructuras de hormigón serán diseñadas y se ejecutarán de acuerdo a las buenas reglas del arte y al conjunto de reglamentos CIRSOC, en sus últimas revisiones, con todos sus Anexos y las normas allí indicadas. Nota: Queda expresamente indicado que se considerarán las especificaciones correspondientes del ítem 1.0.2 “Cláusulas Generales”, especialmente ítems 1.0.2.4”Muestras”. 1.3.0.2. DISEÑO Los materiales a emplearse en la elaboración del hormigón reunirán las condiciones descriptas en los siguientes ítems: Calidad de los materiales Cemento Se utilizará cemento Portland que cumpla con lo especificado en el CIRSOC 201, cap.6. No se permitirá la mezcla de distintos tipos o marcas de cemento y en cada estructura se usará un único cemento. Agua Cumplirá con lo especificado en el capítulo 6.5 Reglamento CIRSOC 201. La fuente de provisión y el tratamiento del agua para hormigón deberán contar con la aprobación del organismo a cargo de la Inspección de Obra. Agregados Finos a) Arenas Naturales: Serán limpias, desprovistas de arcilla y materias orgánicas o excesos de sales solubles, lo que se comprobará mediante inmersión en agua limpia. b) Calidades y ensayo: Cumplirán con la reglamento CIRSOC 201, capítulo 6. c) Granulometría: La composición granulométrica deberá verificar lo establecido en el capítulo 6.3.2 del CIRSOC 201. Agregados Gruesos N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 121 Deberán cumplir con el capítulo 6.3.1.2 del CIRSOC 201. Aditivos En ciertos casos deberá ser necesario u obligatorio incorporar al hormigón elaborado algún aditivo, que modifique positivamente sus propiedades físicas o químicas. En cualquier caso, el uso de dichos aditivos contará con la aprobación correspondiente. Todo lo relativo a la dosificación y modo de empleo de estos componentes estará sujeto a las recomendaciones del fabricante y a lo establecido en la reglamento CIRSOC 201-82 Capítulo 6.4. Aceros Se utilizará sólo acero tipo ADN 420 sin uso de acuerdo a indicado en CIRSOC 201 Carga de Diseño Para las cargas gravitatorias de diseño (cargas permanentes y sobrecargas de uso), deberá remitirse al CIRSOC 101.En cualquier caso la sobrecarga de losa s/planta baja no será menor a 500kg/m2. Para la determinación de cargas de viento se remitirá al CIRSOC 102 considerando rugosidad tipo IV. Características del suelo para fundar Se deberá realizar un estudio de suelos por medio de laboratorio reconocido en plaza para determinar tipo de fundación a adoptar, profundidad de la misma y tensiones admisibles para tales fundaciones. A partir de tal estudio se diseñarán las fundaciones definitivas. Lo indicado en proyecto (nivel fundación -1.00m y tensión 1.50 kg/cm2para bases y nivel fundación -2.50 m para pilotines) sólo debe considerarse como provisorio a los efectos de la cotización, para colocar a los oferentes en un pie de igualdad. El Estudio de Suelos definitivo debe agregarse a la documentación de obra y presentarse a la Inspección de Obra previamente a la ejecución de las tareas de excavación Diferencias ante la existencia de condiciones de suelo diferentes a las de anteproyecto darán lugar a economías o demasías, por lo que los rubros: Excavación troncos bases Deberán cotizarse por unidad de medida, tanto en materiales como en mano de obra. 1.3.0.3. EJECUCION Encofrados Serán de madera, metálicos o de otro material suficientemente rígido para resistir sin hundimiento las cargas que deberán soportar durante el hormigonado y posteriormente, hasta el desencofrado. Deberán ser estables para dar a la estructura, una vez desencofrada, la forma y dimensiones indicadas en los planos. (Ver CIRSOC 201, cap.12). Colocación de Armaduras Para la colocación de armadura será de aplicación todo lo especificado en la reglamento CIRSOC 201, cap. 13 y 18. Las armaduras estarán libres de herrumbres, aceite y toda otra sustancia que afecte la buena y total adherencia del hormigón. Las barras de armadura serán soportadas y/o estribadas de manera que se asegure su correcta posición dentro del hormigón terminado. Los separadores que estén en contacto con los encofrados no podrán ser metálicos ni materiales porosos. Para la separación libre entre barras, recubrimiento, mínimo anclaje y empalme de las armaduras, será de aplicación lo especificado en la reglamento CIRSOC 201, cap. 18. Hormigones Los materiales de la calidad descripta en la presente especificación, se mezclarán en proporción necesaria para obtener un hormigón de resistencia característica cilíndrica de 170 kg/cm2 a compresión a los 28 días como se indica en los documentos del proyecto. Las verificaciones de resistencias y el control de la calidad del hormigón se llevarán a cabo de acuerdo a lo especificado en el capítulo 7 de la reglamento CIRSOC 201. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 122 El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. Hormigonado La preparación, transporte, colocación, compactación y curado del hormigón se realizarán de acuerdo lo especificado en los capítulos 9, 10 y 11 de la reglamento CIRSOC 201. Como regla general, se deben evitar las interrupciones en el hormigonado salvo en los lugares especialmente previstos (juntas de construcción). Cualquier junta de construcción no prevista en los planos debe contar con la aprobación en caso de no reunirse las condiciones especificadas, el comitente podrá ordenar la demolición y reconstrucción de las estructuras afectadas a cargo del contratista. Curado El curado del hormigón fresco y endurecido, así como el hormigonado en tiempo frío o caluroso, se hará de acuerdo a las prácticas recomendadas en CIRSOC 201, cap. 10 y 11. 1.3.0.4. HORMIGON VISTO Condiciones Generales Además de lo indicado precedentemente, el hormigón visto con que se construirán todos los elementos así especificados, requerirán extremar las precauciones para que los hormigones de la obra no solo satisfagan la condición de adecuada resistencia y durabilidad, sino que también ofrezcan las mejores posibilidades en cuanto a su apariencia. Ver lo especificado en el cap. 12.4 CIRSOC 201. 1.3.0.5. SUMINISTRO DE HORMIGON EN OBRA. ALCANCE Los hormigones a usarse en Obra deberán cumplir con esta especificación y lo establecido por el CIRSOC 201 en su última revisión, sus anexos y las normas allí indicadas. Esta especificación cubre los requisitos mínimos exigidos a los hormigones que se elaborarán para la obra, ya sea en planta in situ como provistos elaborados desde planta externa. NOTA: Sobre los tipos de hormigón a utilizar en general: TIPOS Los hormigones a utilizar serán de los siguientes tipos: A. Hormigón H-II en contacto con el suelo (bases). Hormigón H-21 Tipo de cemento portland de acuerdo al grado de agresión del suelo. Contenido mínimo de cemento portland 350 kg/m3 de Hormigón. Relación agua/cemento máxima 0,45 Asentamiento máximo 6 cm. B. Hormigón simple para contrapisos de relleno. Hormigón H-8 Tipo de cemento portland de acuerdo al grado de agresión del suelo y normal en otros usos. C. Hormigón para canaletas bajo rejilla de evacuación - premoldeados (pavimentos). Hormigón H-30 Cemento Portland tipo de acuerdo al grado de agresión del suelo. Contenido mínimo de cemento portland 350 kg/m3 de Hormigón. Relación agua/cemento máxima 0,45. Asentamiento máximo 4 cm para compactación mecánica y 6 cm para compactación manual. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 123 TRANSPORTE El hormigón elaborado será transportado hasta la obra (CIRSOC 201 9.3.2.) con vehículos de transporte provistos de dispositivos agitadores (CIRSOC 201 9.3.2.3.). Deberá tenerse en cuenta los tiempos de transporte especificados en el CIRSOC 201 art. 9.3.2.3.d. EXTRACCION DE MUESTRAS Las muestras deben ser extraídas en el momento y lugar de colocación del hormigón en los encofrados. Deberá tenerse en cuenta lo indicado por el CIRSOC 201, cap. 7.4. El número de muestras a extraer por tipo de hormigón y por día de trabajo, serán, como mínimo, los que indica el cuadro siguiente. Se entiende por un pastón de hormigón el descargado en la obra de un mismo vehículo de transporte, si es provisto de planta externa, o cada 4 m3 o fracción, cuando es fabricado en obra por cada equipo mezclador De cada muestra se moldearán como mínimo tres (3) probetas, dos para ser ensayadas a 28 días y una para ser ensayada a siete días. Número de pastones Por clase de hormigón y por día de trabajo 1 2a3 4 a6 7 a 10 Por cada 5 pastones adicionales o fracción Número de muestras Observaciones 2 3 4 5 1 Ver CIRSOC 201 6.6.3.11.1.3.d Tabla num 12 El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. 1.3.0.6. ELEMENTOS PREMOLDEADOS DE HORMIGON ARMADO GENERALIDADES Los materiales, el hormigón y los métodos constructivos empleados para ejecutar los elementos premoldeados, cumplirán todas las condiciones establecidas en este Pliego de Especificaciones Técnicas, que no se opongan a las contenidas en este capítulo. Previamente a la iniciación de las operaciones de moldeo de los elementos y con suficiente anticipación, el Contratista someterá a la aprobación de la Inspección de Obra, los métodos y procedimientos que se propone emplear para su fabricación, transporte y colocación en los lugares de emplazamiento en la estructura. Una vez aprobados, los mismos no serán modificados sin aprobación escrita previa de aquella. También pondrá en su conocimiento la fecha de iniciación de las operaciones de moldeo. Una vez finalizado su curado, los elementos premoldeados no serán levantados ni trasladados hasta que los resultados de los ensayos de resistencia de las probetas curadas en igual forma que aquellos, indiquen que la resistencia media del hormigón alcanzó el valor especificado por el Proyectista para realizar dichas operaciones. Los elementos se levantarán mediante grúas y otros equipos, tomándolos únicamente de los puntos, lugares, ganchos o elementos empotrados indicados en los planos. Los apoyos durante el acopio, estarán nivelados y no inducirían esfuerzos de torsión en los elementos. Se prohíbe la acumulación de agua, desperdicios y de toda materia extraña en contacto con los mismos. Se evitará su manchado con óxido y la aparición de eflorescencias. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 124 El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. MOLDES Los moldes podrán ser metálicos, de madera u otros suficientemente robustos y rígidos como para poder soportar los efectos de los vibradores sin sufrir deterioros ni deformaciones. MANIPULEO, COLOCACION Y CURADO DEL HORMIGON El hormigón deberá colocarse en los moldes de modo que se obtenga el más perfecto llenado de los mismos. La aplicación de los vibradores no deberá afectar la correcta posición de las armaduras dentro de la masa del hormigón. En ningún caso se permitirán juntas de trabajo en una pieza, cualquiera sea la magnitud de ésta. INDIVIDUALIZACION DE LAS PIEZAS PREFABRICADAS En cada elemento prefabricado deberá consignarse en forma clara el nombre o la marca del fabricante del mismo, así como el número o señal particular que permita, mediante el registro antes mencionado, conocer la fecha de fabricación y las particularidades de los materiales empleados para su elaboración. ELEMENTOS PREMOLDEADOS Se vaciarán en moldes metálicos, de madera u otro material que presenten superficies bien lisas para que las caras exteriores de las piezas premoldeadas resulten de aspecto bien pulido. No deben presentar porosidades para lo cual serán suficientemente vibrados con elementos apropiados que no provoquen el segregado de la mezcla. El hormigón será rico en cemento estructural (no menos de 400 kg/m3) y parte del agregado será de arcilla expandida de granulometría adecuada, a los efectos de reducir su peso (peso específico 1.600 kg/m3) se utilizará exclusivamente arena gruesa de la mejor procedencia para obtener piezas de color uniforme y sin manchas. Las piezas terminadas deben recibir un correcto curado durante no menos de 28 días protegidas de variaciones fuertes de temperatura y rociadas con agua durante los primeros 7 días. Las armaduras serán de acero especial (2.400 kg/m3) convenientemente reforzadas según el destino y forma de cada pieza, y llevarán un recubrimiento con respecto a la cara exterior no menor de 2,5 cm. Los pelos o piezas de engrape serán galvanizadas a efectos de evitar manchas producidas por oxidación. Los premoldeados no deben presentar alabeos que dificulten su colocación para lo cual los moldes deben asentarse sobre superficies perfectamente niveladas al producirse el llenado, y luego apoyados en las mismas condiciones al ser almacenados y transportados. Las caras interiores se terminarán fratasadas al fieltro en forma prolija y con el mismo material. Las rebabas producidas en las uniones de molde deberán ser devastadas con piedra apropiada y empastinado. Finalmente se le darán dos manos de silistón o similar, la segunda mano antes de que termine de secarse la primera mano. Las piezas que presenten fisuras motivadas por deficiente fabricación o manipuleo, serán descartadas. La Contratista deberá preparar los planos de detalle, encuentros, juntas, piezas de anclaje, etc., en escala apropiada, y deberán obtener la aprobación de la Inspección de Obra antes de proceder a su producción. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.1.3.1. CANTEROS BANCOS H°A° IN SITU H°21 2.6m. diámetro S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.2. CANTEROS BANCOS H°A° IN SITU H°21 3m. diámetro S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 125 1.3.3. BANCO H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.4. BANCO SATELITE. H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.5. BOLARDO. H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.6. CORDON CONTENCION. H°A° IN SITU H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.7. RAMPA 1 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.8. RAMPA 2 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.9 RAMPA 3 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.10. OBSTACULO 1 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.11. OBSTACULO 2 SKATE PARK. H°A° H°21 S/DETLLE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.12. VIGA (H°21 – fe.100kg/m3) BAJO RAMPAS Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.13. TABIQUE H°A PORTANTE BAJO RAMPA S/DETALE Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.14. ESCALERA SKATE PARK H°A H°21 Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.15 ESCALERA ACCESO PLAZA H°A H°21 Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.3.16 BASES EQUIPAMIENTO H°A H°21 (banco, mástil, juegos) N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 126 Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.4. CONTRAPISOS 1.4.0. GENERALIDADES Los contrapisos, como así también las medidas y demás características de sus elementos componentes, se encuentran consignados en el presente capítulo y están indicados en los planos generales y de detalle. El oferente deberá tener en cuenta al formular su propuesta, que todos los contrapisos en obra se ajusten en todos los casos a la mejor calidad. 1.4.0.1. Normas de ejecución Los espesores indicados de los contrapisos son nominales, se deberán realizar los mismos con los espesores necesarios para cumplir con los niveles de pisos terminados consignados en los planos y sus pendientes respectivas. El Contratista deberá repasar previamente a la ejecución de contrapisos, los niveles de terreno, calzada y acera, corrigiendo aquellas que presenten protuberancias o desniveles excesivos a juicio de la Inspección de Obra y exigiéndose especial precisión en los sectores en que deban aplicarse; el Contratista tendrá a su cargo la verificación de niveles definitivos para poder realizar si fuese necesario los aportes de suelo en aquellos sectores donde sea imprescindible, a fin de alcanzar el nivel de piso requerido e indicado en planos. Todos los contrapisos sobre terrenos se ejecutarán encima de los trabajos de sub-base de suelo seleccionado, por lo tanto la ejecución de los contrapisos mantendrá las normas de ejecución indicadas para la totalidad de contrapisos. 1.4.0.2. Terminaciones El Contratista deberá tener en cuenta el tipo de piso que se colocará sobre los contrapisos y carpetas a fin de determinar el grado de prolijidad en las terminaciones requeridas. Los contrapisos o carpetas que reciban solados duros adheridos con morteros deberán presentar una superficie rugosa que permita la adherencia de la mezcla. Todos los contrapisos, además deberán quedar bien nivelados ya sea con cota constante o con las pendientes adecuadas, según corresponda. 1.4.0.3. Juntas de dilatación En los contrapisos se deberá prever una junta de dilatación preconformada del tipo Nódulo color negra. La ubicación de las juntas conformará siempre paños no mayores de 12 m2 bajo solados, salvo indicación en contrario en los planos. En general se deberá cuidar que la junta de dilatación del contrapiso coincida con las juntas de los solados. El costo de las juntas está incluido en el costo del contrapiso. 1.4.0.4. Los desniveles Los desniveles estarán incluidos en la cotización de los contrapisos, teniéndose en cuenta que el espesor promedio es el indicado en el presente pliego y las planillas de cotización correspondiente. 1.4.0.5. Rellenos y terraplenamientos Para estos trabajos se podrán utilizar las tierras provenientes de excavaciones de zanjas, cimientos, bases de columnas y de sótanos, siempre y cuando las mismas sean aptas y cuenten con la aprobación de la Inspección de Obra. En todas las áreas donde se realizan rellenos y terraplenes, estos serán de suelo seleccionado de características similares al existente y se compactarán en un todo de acuerdo con lo especificado. El material de relleno será depositado en capas, que no excedan de 15 cm. Los últimos 15 cm antes del piso de hormigón, se rellenarán con una capa de tosca similar a las anteriores, con el aporte de un 4% de cal de uso vial (sub-rasante). El contenido no sobrepasará lo requerido para una comprobación a máxima densidad. Cada capa será compactada por cilindradas y otro medio apropiado hasta un 95% de densidad máxima del terreno. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 127 El material de relleno será humedecido, si fuera necesario, para obtener la densidad especificada. De acuerdo a la magnitud de estos rellenos, los mismos serán efectuados utilizando elementos mecánicos apropiados, para cada una de las distintas etapas que configuran el terraplenamiento. Cuando la calidad de las tierras provenientes de las excavaciones varíe, se irán seleccionando distintas tierras para las distintas capas a terraplenar, reservando la tierra vegetal o negra para el recubrimiento último. Si la tierra proveniente de las excavaciones resultara en "terrones", estos deberán deshacerse antes de desparramarse en los sectores a rellenar. En caso de que el volumen o la calidad de la tierra proveniente de los desmontes y/o excavaciones no fueran suficientes o de la calidad exigida para los rellenos a ejecutar, el Contratista deberá comunicarlo a la Inspección de Obra. Las sub-bases para piso, veredas, caminos, etc., deberán ser ejecutadas con suelos seleccionados “Tosca” y con el espesor indicado en plano, y hasta obtener las cotas de nivel necesario. La “Tosca” tendrá un límite líquido menor de 40 e índice plástico menor de 12 y compactará el 95 % de la densidad máxima del ensayo normal “Proctor”. El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista 1.4.0.6. Sub-bases Las sub-bases para pisos, veredas, etc., deberán ser ejecutadas con suelos seleccionados "Tosca" según ítem anterior. La "Tosca" tendrá un límite liquido menor de 40 e índice plástico menor de 12. Compactará el 95% de la densidad máxima del ensayo normal "Proctor". El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. 1.4.0.7. Compactaciones especiales Consistirá en la ejecución de los trabajos necesarios para la compactación de los suelos, hasta obtener el peso especifico requerido, y regado de los suelos necesarios para tal fin. Cada capa de suelo será compactada hasta obtener los valores del peso especifico aparente de suelo "seco" con relación al peso específico aparente "máximo" de suelo seco y que fuere determinado por los ensayos de compactación que fueran necesarios, a juicio de la Inspección. El contenido de agua del suelo de cada capa deberá ser uniforme, pudiendo oscilar entre el 80% y el 110% de contenido óptimo de humedad. Si el terreno posee poca humedad, deberá agregarse el agua necesaria, distribuyéndola uniformemente con manguera, debiendo medirse el agua incorporada. 1.4.0.8. Nivelación final Una vez terminadas las construcciones, el Contratista procederá a rellenar las áreas afectadas en un todo de acuerdo con lo establecido en el ítem "Rellenos y terraplenamientos" del presente capítulo, según lo indique la Inspección de Obra. Estos niveles debidamente compactados, se cubrirán con tierra vegetal, la que se distribuirá en capas de 0,15 m de espesor y que deberán ser debidamente compactadas, hasta alcanzar la nivelación adecuada. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.- 1.4.1. CONTRAPISO SOBRE TOSCA SKATE PARK, ESP. 0,12M Hº H21 Trabajos incluidos En este rubro se considera la ejecución de todas las tareas necesarias para la ejecución y provisión de contrapisos de hormigón H21, sobre tosca compactada en áreas de skate park, de 12 cm espesor. Terminación peinado N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 128 Normas de ejecución Este contrapiso estará compuesto por una capa de hormigón de espesor promedio 0.12 m y se utilizará Hormigón para contrapisos de relleno, mezcla de Hormigón H21 (Tipo de cemento portland de acuerdo al grado de agresión del suelo y normal en otros usos). 1.4.2. CONTRAPISO SOBRE TERRENO NATURAL P/BANCOS, ESP. 0,12M Hº H21 Trabajos incluidos En este rubro se considera la ejecución de todas las tareas necesarias para la ejecución y provisión de contrapisos de hormigón H21, sobre terreno natural en áreas de bancos, de 12 cm espesor. Normas de ejecución Este contrapiso estará compuesto por una capa de hormigón de espesor promedio 0.12 m y se utilizará Hormigón para contrapisos de relleno, mezcla de Hormigón H21 (Tipo de cemento portland de acuerdo al grado de agresión del suelo y normal en otros usos). 1.4.3. CONTRAPISO SOBRE TERRENO NATURAL P/JUEGOS, ESP. 0,12M Hº H21 Trabajos incluidos En este rubro se considera la ejecución de todas las tareas necesarias para la ejecución y provisión de contrapisos de hormigón H21, sobre terreno natural en áreas de juegos, de 12 cm espesor. Normas de ejecución Este contrapiso estará compuesto por una capa de hormigón de espesor promedio 0.12 m y se utilizará Hormigón para contrapisos de relleno , mezcla de Hormigón H21 (Tipo de cemento portland de acuerdo al grado de agresión del suelo y normal en otros usos). 1.4.4. CARPETA CEMENTICIA SOBRE CONTRAPISO SECTOR JUEGOS 0.02m Se considerarán las especificaciones correspondientes del presente capítulo; según planos generales y de detalle, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.4.5. BASE TOSCA COMPACTADA BAJO NUEVO PISO SECTOR SKATE PARK Se procederá al relleno y terraplenamiento de los sectores que forman parte del proyecto a ejecutar. El Contratista deberá realizar los trabajos dentro de las normas técnicas de práctica, de acuerdo a las instrucciones que le imparta la Inspección de Obra. En aquellos lugares donde se deba realizar aporte de suelo, bajo pisos, se deberá realizar un terraplenamiento con aporte de tosca. Se considerarán las especificaciones correspondientes del capítulo 1.2., especialmente el ítem 1.2.0.4. ¨ Rellenos y terraplenamientos¨ y lo referente a demolición y retiro de escombros del ítem 1.2.1.2. 1.5. PISOS 1.5.0. GENERALIDADES Los distintos tipos de solados, como así también las medidas y demás características de sus elementos componentes, se encuentran consignados en el presente capítulo y están indicados en los planos generales y de detalle. El oferente deberá tener en cuenta al formular su propuesta, que todos los solados a emplear en obra se ajusten en todos los casos a la mejor calidad, debiendo responder a la condición uniforme sin partes diferenciadas. Con tal motivo deben considerarse incluidos en los precios, la terminación correcta de los solados según lo verifique la Inspección de Obra, sin lugar a reclamo de adicional alguno en relación con estas exigencias. En general, los solados colocados presentarán superficies planas y regulares, estando dispuestos con las pendientes, alineaciones y niveles que se indiquen en los planos y que complementariamente señale la Inspección de Obra. Se obliga realizar una compra única del revestimiento a fin de no producir alteraciones de color. La disposición y dispositivos referentes a juntas de dilatación, se ajustarán a las reglas del arte y a las indicaciones de los planos, serán coincidentes con las del contrapiso y deberán contar con la aprobación de la Inspección de Obra. En general se colocarán alrededor de las cazoletas, siguiendo las modulaciones definidas en planos y/o cada 8mts. lineales aproximadamente. Los tipos de morteros de asiento, indicados en cada caso, se ejecutarán de acuerdo a los dosajes indicados en el capítulo 1.0.2 Cláusulas Generales, ítem correspondiente de “Planilla de Mezclas”. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 129 1.5.0.1. Muestras Con el mínimo de antelación que fija el presente Pliego, el Contratista presentará a la Inspección de Obra, que podrá aprobarles o rechazarles las muestras de todas y cada una de las piezas especificadas para esta obra. Las muestras aprobadas se mantendrán en obra y servirán de elementos de comparación a los efectos de decidir en la recepción de otras piezas de su tipo y en forma inapelable, cada vez que lleguen partidas a la obra, para su incorporación a la misma. El Contratista ejecutará a su entero costo, paños de muestras de cada tipo de solados, a fin de establecer en la realidad los perfeccionamientos y ajustes que no resulten de planos, conducentes a una mejor realización, y resolver detalles constructivos no previstos. Nota: Queda expresamente indicado que se considerarán las especificaciones correspondientes del ítem 1.0.2 Cláusulas Generales, especialmente ítem 1.0.2.4”Muestras”. 1.5.0.2. Protecciones Todas las piezas de solados deberán llegar a la obra y ser colocados en perfectas condiciones, enteros y sin escolladuras ni otro defecto alguno. A tal fin el Contratista arbitrará los medios conducentes, y las protegerán con lona, arpilleras o fieltros adecuados una vez colocados y hasta la recepción provisional de las obras. Se desecharán todas las piezas y estructuras que no cumplan las prescripciones previstas, corriendo por cuenta y cargo del Contratista todas las consecuencias derivadas de su incumplimiento, así como el costo que eventualmente pudiera significar cualquier rechazo de la Inspección de Obra, motivado por las causas antedichas, alcanzando esta disposición hasta la demolición y reconstrucción de solados si llegara el caso. 1.5.0.3. Tapas de los servicios públicos y otros Todas las tapas de los servicios públicos Edesur, Aguas Argentinas, Telefónica de Argentina, Metrogas y otros servicios que se encuentren en el área de intervención, deberán restaurarse según se indique en los planos, recolocarse en su posición y nivelarse perfectamente con el nuevo nivel del solado. 1.5.0.4. Cordón vereda En todo el perímetro de los cordones, entre el cordón y el solado, se preverán juntas de dilatación preconformadas, salvo indicación en contrario de la Inspección de Obra. 1.5.0.5. Corte y reparación de pavimentos Se efectuarán las reparaciones integrales que fueran necesarias, debido a los deterioros producidos por los retiros de los componentes de calzada (carpeta asfáltica, pavimentos de hormigón, sub-rasantes). Implica tareas de corrección, mejoras, redefinición y toda otra tarea que fuere necesaria para el perfecto acabado del área afectada, incluyéndose el aporte de material necesario, maquinarias equipo, enseres y mano de obra. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.- 1.5.1. PISO ANTIGOLPES DE CAUCHO RECICLADO CON POLIURETANO PARA SECTOR JUEGOS (0.02m) Según lo indicado en planos, se colocarán baldosas de 1mx1mx 0.02m de piso anti golpes de caucho reciclado con poliuretano para sector juegos, de marca juegos naturales o equivalente, de primera calidad, sobre contrapiso de 12 cm de espesor, según se indica en planos. El cuidado de estos solados estará a cargo del contratista hasta la entrega final de los trabajos, debiendo reponer toda pieza en que se produzca rotura, mancha o tenga algún defecto. Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 130 1.5.2. REPARACION SOLADOS Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.5.3. PISO DE Hº H 21 PEINADO EN SKATE PARK Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.6. EQUIPAMIENTO 1.6.0. GENERALIDADES Quedan incluidos en el presente ítem la provisión de la mano de obra, materiales, equipo y maquinaria, dirección técnica, transporte y depósitos eventuales, necesarios para ejecutar los modelos y realizar las instalaciones fijas necesarias que se especifican en el pliego. La ejecución se ajustará a lo expresado en los planos generales y de detalles, a estas especificaciones y a las indicaciones que le imparta la Inspección de Obra. El Contratista deberá verificar las medidas y cantidades en obra y someterla a la aprobación de la Inspección de Obra. Queda asimismo incluido dentro del precio estipulado para cada estructura, el costo de todas las partes accesorias metálicas complementarias. Estas partes accesorias también se considerarán incluidas dentro del precio de cotizaciones, salvo aclaración en contrario. La colocación se hará de acuerdo a planos, los que deberán ser verificados por el Contratista antes de la ejecución de estas estructuras. Responsabilidad técnica del Contratista: El Contratista ejecutará los trabajos de tal suerte que resulten completos y adecuados a su fin, de acuerdo con las reglas del arte, en la forma que se indique en los documentos del contrato, aunque en los planos no figuren, o las especificaciones no mencionen todos los detalles, sin que ello tenga derecho a pago adicional alguno. El Contratista estará obligado a realizar todas las observaciones o a proponer soluciones constructivas antes de comenzar los trabajos y a obtener la aprobación respectiva por parte de la Inspección de Obra. De manera alguna podrá eximir su responsabilidad técnica en función de construir los trabajos de acuerdo a planos y especificaciones de la Inspección de Obra. Nota: Queda expresamente indicado que se considerarán las especificaciones correspondientes del ítem 1.0.2. “Cláusulas Generales”, especialmente ítem 1.0.2.4”Muestras”. 1.6.0.1. Muestras Antes de iniciar la fabricación de los distintos elementos, el Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra para su aprobación, muestras de los componentes y/o prototipos que oportunamente determine la Inspección de Obra. 1.6.0.2. Materiales Todos los materiales que se utilicen en la elaboración y/o construcción del equipamiento deberán ser de primera calidad, de marcas reconocidas en plaza y responderán a las exigencias de las normas IRAM. Las secciones de caños, chapas, maderas, hierros, etc., deberán responder al uso y exigencias a que serán sometidas, reservándose la Inspección de Obra el derecho de modificar y/o determinar oportunamente las medidas, espesores, de todos los materiales intervinientes en la fabricación y construcción del equipamiento. Para todo lo especificado en este capítulo rigen las especificaciones técnicas de herrería, elementos premoldeados de hormigón y todos aquellos contenidos en el Pliego de Bases y Condiciones que complementen a los indicados en este capítulo. Maderas Se utilizarán maderas perfectamente estacionadas al aire libre, al abrigo del sol y la humedad. No deberán contener sámago, ni albura, grietas, nudos saltadizos, partes afectadas por polillas y taladro, hendiduras longitudinales ni ningún otro defecto. El color y la veta serán uniformes para cada mueble. La madera utilizada en la fabricación de los bancos, será del tipo viraró. Se seleccionará evitando la presencia de nudos en piezas estructurales y puntos críticos de rozamiento. No se admitirán nudos sueltos en ningún caso. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 131 Las piezas utilizadas tendrán todas sus caras perfectamente planas y los cantos redondeados con un radio de 25 mm incluso los correspondientes a cortes transversales. Luego de ser cepillada la madera será fijada hasta lograr una superficie suave al tacto y libre de astillas. Los agujeros para alojar tornillos serán fresados. Toda la madera utilizada recibirá un tratamiento preservante consistente en una impregnación por el sistema de vacío/presión en autoclave para protegerla de los organismos destructores de la madera. El agente conservador utilizado será una solución de cobre, cromo y arsénico, siendo este último elemento pentóxido de arsénico inorgánico. Terminado el proceso de impregnación se deberá verificar en las piezas que deban estar en contacto con el suelo una retención mínima del preservante de 6,5 kg. por m3 de madera. En las piezas que se utilicen para funciones sin contacto con el suelo esta retención podrá ser de 4 kg por m3 de madera. El proceso de impregnación deberá ser realizado por una empresa autorizada y que cumpla con las regulaciones establecidas por la Agencia de Protección Ambiental (EPA) de los Estados Unidos de N.A. para proporcionar la máxima seguridad de protección ambiental y en todo de acuerdo con las Normas (RAM Nº 9 505) sobre Preservación de las maderas. Se exigirá una certificación de garantía sobre la calidad del tratamiento de preservación de la madera. Este certificado establecerá el tiempo durante el cual la madera podrá ser utilizada a la intemperie, en contacto con el suelo sin ser atacada por hongos ni insectos. Este tiempo no podrá ser menor de 30 años. Todas las superficies coloreadas irán terminadas con un acabado satinado de alta protección para maderas, con base acuosa, resistente a los rayos ultravioletas formulado con pigmentos transparentes para no ocultar la veta color a elección. Será aplicado sobre superficie perfectamente limpia desengrasada y libre de polvo, por medio de soplete en dos manos dejando pasar 8 a 12 horas entre mano y mano y lijado con lija N° 220 en el sentido de la veta luego de la 1° mano. Herrajes La colocación de herrajes será ejecutada en forma perfecta y serán sometidos con la debida anticipación a la aprobación de la Inspección de Obra. Metales Todos aquellos componentes de metal que intervengan en la fabricación de muebles, tanto fijos como móviles, deberán cumplir estrictamente las especificaciones de tratamiento anticorrosivo y terminación superficial. En ningún caso las piezas deberán tener rebabas producto del sistema de producción elegido, ni marcas de matriz. Según se especifique, las piezas serán pintadas; este proceso se realizará cumpliendo las especificaciones de dureza y resistencia a la luz que se determinen. Los perfiles, chapas y tubos responderán a las especificaciones de planos adjuntos. Protección anticorrosiva: Todas las partes metálicas que no estén fabricadas en acero inoxidable, deberán poseer una protección contra agentes atmosféricos con un tratamiento de antióxido epóxi y terminación en esmalte poliuretánico acrílico. Bulones. Los bulones serán de acero de 12 mm de diámetro y/o los indicados en planos de detalle. Tanto los bulones como tuercas y arandelas deberán contar con protección anticorrosiva. Las tuercas tendrán sistema autobloqueante de nylon con protección en zonas de roscas emergentes. Tirafondos-Tornillos. Seguirán las indicaciones de planos adjuntos deberán contar con protección anticorrosiva. El Contratista presentará soluciones tecnológicas alternativas que imposibiliten el retiro de los elementos de sujeción de las piezas a fijar. Premoldeados Se considerarán las especificaciones correspondientes del presente pliego para la provisión y colocación de elementos premoldeados según planos generales y de detalle; bajo la supervisión de la Inspección de Obra. El Contratista deberá preparar los planos de detalle, encuentros, juntas, piezas de anclaje, etc., en escala apropiada, y deberá obtener la aprobación de la Inspección de Obra antes de proceder a su ejecución. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 132 1.6.0.3. Montaje El montaje se ejecutará bajo la responsabilidad del Contratista. Será obligación del Contratista verificar conjuntamente con la Inspección de Obra la colocación exacta de las piezas de equipamiento. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.- 1.6.1. REMOCION Y RE INSTALACION DE JUEGOS EXISTENTES EN SECTOR 1 Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.6.2. REMOCION Y RE INSTALACION DE JUEGOS EXISTENTES EN SECTOR 2 Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.6.3. REMOCION Y MOVIMIENTO DE MASTIL Y PLACA Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.6.4. PROV Y COLOCACION DE BARANDAS ESCALERA (según detalle) Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.7. PINTURA 1.7.0. GENERALIDADES Los trabajos se realizarán de acuerdo a las reglas del arte, debiendo en todos los casos limpiarse las superficies perfectamente, libres de manchas, etc., lijándolas prolijamente y preparándola en forma conveniente, antes de recibir las sucesivas manos de pintura/barniz. Los defectos que pudiera presentar cualquier superficie, serán corregidos antes de proceder a pintarlas. El Contratista notificará a la Inspección de Obra sin excepción alguna, cuando vaya a aplicar cada mano. Como regla general, salvo las excepciones que se determinarán en cada caso y por escrito, sin cuya nota no tendrá valor el trabajo realizado, se dará la última mano después que todos los gremios que entran en la construcción, hayan dado fin a su trabajo. Las pinturas serán de primera calidad y de marca y tipos que se indiquen en cada caso, no admitiéndose sustitutos ni mezclas con barnices de diferentes calidades. De todas las pinturas, colorantes, barnices, aguarrás, secantes, etc., el Contratista entregará muestras a la Inspección de Obra para su elección y aprobación. Los productos que lleguen a la obra vendrán en sus envases originales cerrados y serán comprobados por la Inspección de Obra, quien podrá requerir del Contratista y a su costo, todos los ensayos que sean necesarios para verificar la calidad de los materiales. En todos los casos la preparación deberá respetar las indicaciones del fabricante. Los trabajos serán confiados a obreros expertos y especializados en la preparación de la pintura y su aplicación. El no cumplimiento de lo establecido en el presente pliego y en especial en lo que se refiere a notificación a la Inspección de Obra previa aplicación de cada mano de pintado, salida de materiales, prolijidad de los trabajos, será motivo suficiente para su rechazo. Previo a la aplicación de cada mano de pintura, se deberá efectuar un recorrido general de las superficies salvando toda irregularidad con masilla o enduídos. El orden de los diferentes trabajos se supeditará a la conveniencia de evitar el deterioro de los trabajos terminados. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 133 No se aplicarán las manos de pintura sobre superficies mojadas o sucias de polvo y grasas, debiendo ser raspadas profundamente y llegándose, cuando la Inspección de Obra lo estime, al picado y reconstrucción de la superficie observada, pasándoles un cepillo de paja o cerda y luego lijado. Cuando se indique el número de manos a aplicar se entiende que es a título ilustrativo. Se deberá dar la cantidad de manos que requiera un perfecto acabado, a juicio de la Inspección de Obra. El Contratista corregirá los defectos que presenten las superficies o juntas antes de proceder a su pintado. Además, se deberán tomar las precauciones indispensables a fin de preservar las obras del polvo o lluvia, debiendo al mismo tiempo evitar que se cierren puertas y ventanas antes de que la pintura se haya secado por completo. Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos, que éstos tengan un acabado perfecto sin huellas de pinceladas. La Inspección de Obra podrá exigir al Contratista la ejecución de muestras que a su juicio considere oportuno. Además, si lo juzgara conveniente, en cualquier momento podrá ordenar la aplicación de las primeras manos de un tono distinto al de la muestra elegida, reservando para las capas de acabado la aplicación del tono adoptado u otro tono. Nota: Queda expresamente indicado que se considerarán las especificaciones correspondientes del ítem 1.0.2. “Cláusulas Generales”, especialmente ítem 1.0.2.4”Muestras”. 1.7.0.1. MATERIALES Los materiales a emplear serán en todos los casos de marca aceptada por la Inspección de Obra y deberán responder a las normas IRAM. 1.7.0.2. CARACTERISTICAS DE LAS PINTURAS A los efectos de determinar el grado de calidad de las pinturas, para su aprobación se tendrán en cuenta las siguientes cualidades: a) Pintabilidad: Condición de extenderse sin resistencia al deslizamiento del pincel o rodillo. b) Nivelación: Las marcas del pincel o rodillo debe desaparecer a poco de aplicadas. c) Poder Cubriente: Para disimular las diferencias de color del fondo con el menor número de manos posible. d) Secado: La película de pintura debe quedar libre de pegajosidad al tacto y adquirir dureza adecuada en el menor tiempo posible, según la clase de acabado. e) Estabilidad: Se verificará en el envase. En caso de presentar sedimento, este deberá ser blando y fácil de disipar. 1.7.0.3. HONGOS En caso de la existencia de hongos en las superficies a tratar, éstas se deberán lavar con una solución de lavandina que contendrá aproximadamente ocho (8) gramos de cloruro activo por litro, o una solución de diez (10) por ciento de fosfato trisódico diluido en agua, utilizando un cepillo de cerdas duras. Se deberá dejar dicha solución y luego se enjuagará la superficie con abundante agua limpia, dejando secar la superficie antes de proceder al acabado definitivo. Asimismo podrán emplearse otros productos de fabricación industrial y que se encuentren en el comercio, debiendo los oferentes indicar expresamente en sus propuestas el tipo, marca y procedencia del mismo, como así también el procedimiento de aplicación para su aprobación por parte de la Inspección de Obra. 1.7.0.4. SOBRE PARAMENTOS EXTERIORES Al látex acrílico: 1) Limpiar el paramento con cepillo, lija y rasqueteo o arenado. 2) Quitar el polvo y aplicar una mano de fijador diluído con aguarrás en la proporción necesaria para que una vez seco, quede mate. 3) Aplicar dos o más de pintura de látex para exteriores, dejando secar cuatro horas entre mano y mano. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.- ALCANCE Los trabajos comprenden la provisión de la mano de obra, materiales y equipo necesario para ejecutar las demarcaciones horizontales necesarias completas, conforme a su fin, incluyendo además aquellos elementos o N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 134 accesorios que sin estar expresamente especificados en planos, sean necesarios para el correcto funcionamiento de los mismos, sin costo adicional para el Comitente. Estas especificaciones y planos que se acompañan son complementarias entre sí, y lo especificado en uno de ellos debe considerarse como exigido en ambos. Cualquier contradicción entre planos y/o pliegos, se regirá según lo que mejor convenga a criterio e interpretación de la Inspección de Obra. CONDICIONES GENERALES Todos los trabajos incluidos en las demarcaciones nombradas corresponden a lo previsto en el proyecto, a lo establecido en estas especificaciones técnicas y se ajustarán a los reglamentos del “Pliego Especificaciones Técnicas para Demarcación Horizontal de Pavimentos con Pintura Reflectiva y de Cordones con Pintura no Reflectiva en Base de Solución Acrílica de un Componente de Aplicación a Temperatura Ambiente”, debiendo ser ejecutadas a completa satisfacción de la Inspección de Obra. Los valores característicos, tolerancia, análisis y métodos de ensayo de los materiales requeridos para los trabajos, así como las exigencias constructivas o de ejecución, se ajustarán a las normas IRAM, siempre y cuando no se opongan a las especificaciones contenidas en este capítulo del Pliego de Especificaciones Técnicas, ni se contradigan o sean reemplazadas con otras normas que expresamente sean citadas en el mismo MATERIALES El material a emplear será de la más alta calidad, de acuerdo con lo indicado en estas Especificaciones Técnicas. El Contratista deberá preparar una muestra de todos los elementos a emplear. Aquellos que por su naturaleza o tamaño no pudieran ser incluidos, deberán enviarse por separado o bien cuando ello no fuera posible y siempre que la Inspección de Obra lo considere aceptable. Se describirán en memorias acompañadas de folletos y prospectos ilustrativos. Todos ellos serán de tipo aprobado por A.yS.A S.A.. El Laboratorio de Ensayo de Materiales del GCBA será el indicado para realizar los ensayos correspondientes y las certificaciones se entregarán a la Inspección de Obra, para que sea la encargada de notificar los resultados al Contratista. El costo de estos ensayos correrá por cuenta de la contratista. 1.7.1. PINTURA LATEX EXTERIOR MURO MANPOSTERIA EXISTENTE SECTOR MEDIANERA. Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.8. PARQUIZACION En el área del proyecto se ejecutará la parquización correspondiente según las siguientes especificaciones: A) Consideraciones generales. B) Poda del arbolado existente. C) Mano de Obra. D) Provisión de árboles. E) Provisión de sustratos. F) Provisión de materiales complementarios. A) CONSIDERACIONES GENERALES Los trabajos se realizarán en un todo de acuerdo a los planos, planillas y especificaciones detalladas en el presente pliego, así como a las indicaciones que durante el replanteo y marcha de las tareas imparta la Inspección de obra. Las empresas oferentes deberán acreditar su especialización en el rubro, mediante la presentación de sus antecedentes, los que incluirán un listado de sus últimos cinco trabajos realizados, o los que consideren más relevantes. El oferente deberá señalar un profesional idóneo para la conducción técnica de los trabajos y el manejo de los aspectos agronómicos y biológicos de los mismos. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 135 No podrán hacerse sustituciones de los insumos especificados. Si el material de parquización especificado no puede obtenerse, se deberán presentar pruebas de no-disponibilidad en el momento de la licitación, junto con la propuesta para la utilización de material equivalente. La Inspección de obra podrá exigir oportunamente la inspección de las plantas en el lugar de procedencia (vivero o productor), para su conformidad. En ese caso los gastos de traslado de la Inspección de obra serán a cuenta del contratista. La poda de ramas y/o raíces de los arboles o su extracción se determinará con informe de Inspector de la Dirección General de Arbolado en colaboración en la Comuna 13. Y, en el caso particular de las extracciones, las mismas se ejecutarán con Resolución Presidencial avalando la misma. La tierra y enmiendas orgánicas serán aceptadas previa entrega de muestra en obra. Los cálculos de materiales complementarios son estimativos, pudiendo variar en más o menos un 10 %. Los materiales deberán ser protegidos del deterioro durante la entrega y almacenamiento en el emplazamiento del trabajo. Las mangueras u otros medios de conducción del agua para riego serán provistos por el Contratista de Parquización. La Inspección de obra se reserva el derecho de señalar en inspecciones posteriores a las recepciones provisionales, la presencia de defectos latentes, enfermedades o parásitos. Durante el trabajo de Parquización, se deberán mantener limpias las áreas pavimentadas y en forma ordenada el área de trabajo. Proteger los materiales para el trabajo de Parquización contra los daños provocados a causa de los trabajos de otros contratistas y empresas, y de personas ajenas al lugar. Mantener la protección durante los períodos de plantación y mantenimiento. Tratar, reparar o reemplazar los materiales dañados a causa de los trabajos de plantación. Retirar del lugar de trabajo todos los materiales excedentes, tierra, escombros y equipos. B) PODA DEL ARBOLADO EXISTENTE Los objetivos de la poda son: a) Eliminar interferencias entre los diversos árboles. b) Reducir sombra y resistencia al viento. c) Equilibrar su posible poda radicular. No deberá podarse ninguna rama si no existe un objetivo claro. Antes de realizar la poda se deberán determinar claramente los objetivos particulares que se pretenden alcanzar, definidos por la Inspección de Obra. MAQUINAS, EQUIPOS y HERRAMIENTAS 1. Herramientas de corte: Las herramientas de poda a emplear deberán ser las apropiadas para cada situación. Deberán estar bien afiladas. No se usarán ni hachas, ni machetes. Herramientas manuales: Serrucho de mano, serrucho de pértiga, tijeras de podar de una mano, tijeras de podar de dos manos, tijeras de pértiga o telescópicas. Herramientas mecánicas: Motosierras de cilindrada y tamaño de espada adecuada para cada caso, motosierra de pértiga, tijeras neumáticas, motosierras hidráulicas. 2. Máquinas y equipos de acceso: Seguridad personal del operario en tierra: • Casco de seguridad (con protección auditiva para el trabajador con motosierra) • Gafas protectoras o anteojos (para el trabajador con motosierra) • Botín de seguridad N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 136 • Guantes • Chaparreras o protectores para piernas (para el trabajador con motosierra) Seguridad para el podador en altura: • Casco de seguridad, con protección auditiva • Gafas protectoras o anteojos • Botín de seguridad con suela de agarre • Guantes • Arnés tipo silla con anclajes laterales y central flotante. • Soga de fibra sintética mayor o igual a 12 mm de diámetro con una resistencia a la rotura mínima de 24 kN (2.450 Kg) • Mosquetón: Con seguro anti-apertura, que soporte una carga mayor a 23 KN (2.350 Kg) • Acollador: Ajustable, con mosquetones u otro elemento de fijación en los extremos. • Equipos de acceso: Plataformas hidráulicas, escaleras, cesta elevadora • Espuelas: Sólo podrán emplearse en el caso de árboles secos y/o a derribar. Equipos complementarios: • Vehículos para el transporte del personal • Camiones para el transporte del material de poda • Máquina chipeadora; El motor deberá generar ruido dentro de los estándares de tolerancia admitidos por el GCABA. TÉCNICAS DE PODA: Los trabajos de poda deberán ser realizados por una empresa subcontratista especializada en el tema que deberá conocer las necesidades y la biología de las distintas especies así como las normas de seguridad que se deben aplicar en los trabajos. El oferente deberá presentar una empresa con antecedentes certificados en el rubro en los últimos tres años ACCESO Y TREPA: En árboles pequeños se podrá trabajar desde el suelo con herramientas telescópicas. Cuando la altura del árbol implique que el podador deba colocar sus dos pies por encima del suelo, deberá emplear el equipo de seguridad en altura. Antes de subir a un árbol previamente se deberá inspeccionar el entorno y el árbol a fin de determinar presencia de cables, ramas secas, pudriciones, fructificaciones fúngicas, cavidades, etc. No se podrá usar espuelas para trepar árboles que no estén destinados a la tala. CORTES DE PODA: Como regla general se considerará que los cortes de menor diámetro son más fáciles de cerrar y causan menos daño al árbol. Los cortes deberán ser siempre limpios y no deberán provocar desgarros de tejidos, por lo que deberán emplearse herramientas de corte en buen estado y afiladas. Para ramas cuyo peso no puedan ser aguantadas por la mano del podador, deberá procederse según la regla de los tres cortes, o sea que antes del corte definitivo se harán primero dos cortes de descarga de peso. Para la eliminación de ramas grandes, se usarán cuerdas, poleas y retenciones o frenos para el descenso controlado de las mismas. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 137 LOCALIZACIÓN DE LOS CORTES DE PODA: El corte se hará en el lugar correcto en cada caso, para posibilitar la mejor respuesta del árbol en cuanto al crecimiento y cierre de la herida. El corte de ramas laterales se realizará sin dañar los límites externos del cuello de la rama y respetando la arruga de la corteza, para preservar la zona de protección interna a fin de que el labio se forme de manera adecuada y haya un cierre lo más rápido posible, con el objeto de minimizar la formación de pudriciones internas. En el caso de una rama lateral muerta, el árbol forma un labio de cierre de herida que abraza la base de la rama seca. Cuando ésta se pode se deberá dejar este labio intacto, eliminando sólo la madera muerta. Cuando se trate de una poda reductiva (corte de una rama dejando otra lateral de menor diámetro – tirasavia-), la línea de corte será la bisectriz del ángulo formado por la arruga de la corteza y la línea imaginaria perpendicular al eje de la rama a eliminar. El diámetro de la rama remanente, deberá ser como mínimo de 1/3 a 1/2 del diámetro del eje a eliminar. En el caso de ramas que hayan crecido con un diámetro mayor a ½ a ¾ del diámetro del tronco ó ramas de donde se originan (medidas en la base de la/s rama/s), ejes codominantes, y que por lo tanto la zona de protección de la rama no se ha formado, el corte deberá hacerse según el siguiente gráfico: VOLUMEN A PODAR: A los efectos de no perjudicar el estado sanitario y mecánico del árbol a podar, nunca se deberá eliminar más de un 25 % del follaje por intervención. Los árboles más vigorosos y con mejor estado energético, toleran más la poda que aquellos que se encuentran estresados; de igual manera, los árboles jóvenes la toleran más que aquellos maduros. TRATAMIENTO DE LOS CORTES: No se empleará ningún tipo de pintura ó sustancia para recubrir las heridas de poda, excepto que quede determinado por la Inspección de Obra cuando se aconseje para el tratamiento terapéutico de determinadas plagas y/o enfermedades, por razones de cosmética ó casos de control de brotes. En el caso de emplearse, las sustancias deberán no ser fitotóxicas y deberá distribuirse sólo una fina capa sobre la superficie a cubrir. EPOCAS DE PODA: La poda de ramas secas, quebradas, dañadas, colgadas, enfermas, cruzadas o mal ubicadas en la copa, puede hacerse en cualquier época del año aunque desde el punto de vista práctico en la época de foliación se hace más fácil su observación. La época de poda dependerá fundamentalmente de la condición en que se encuentre el árbol, el resultado que se quiera obtener y del tipo de especie: caduca, semi-persistente ó persistente; si se trata de una especie cuyo valor ornamental es la floración, hay que tener en cuenta en qué tipo de ramas florece para no disminuir su belleza en ese estado fenológico. Hay dos momentos totalmente vedados para la poda que son el que va desde el inicio de la brotación hasta expansión foliar y desde inicio de senescencia hasta la caída total del follaje. TIPOS DE PODA: Se establecen diferentes tipos de poda para cumplir con los objetivos del presente Pliego. La especificación de los diámetros y la ubicación de las ramas o ejes a remover serán indicados por la Inspección de Obra. En árboles jóvenes consiste en la remoción total ó parcial de ramas o ejes vivos a los efectos de seleccionar el tamaño, el ángulo de inserción con el tronco y el espacio entre las mismas, seleccionando un eje único y dominante. Se eliminarán o acortarán las ramas secundarias que compitan en largo con el eje principal; se eliminarán las ramas que sean codominantes y aquellas que aparezcan cruzadas en la copa. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 138 Si el eje principal se rompiera, deberá reconstituirse con una nueva guía, a partir de una rama lateral vigorosa, la cual si no fuera vertical deberá atarse al muñón de la guía rota para enderezarla. El espaciado vertical de las ramas estructurales será aproximadamente de 30 cm. El objetivo es lograr una estructura sana y firme que será la base del árbol maduro. PODA DE LIMPIEZA: Se hará una poda selectiva de ramas muertas, enfermas, con fisuras, cavidades, quebradas, cruzadas, con corteza incluida, con débil inserción, muñones, podas anteriores mal ejecutadas y de brotes adventicios. PODA DE ACLAREO: Poda selectiva de ramas, o parte de ellas, vivas y pequeñas para reducir la densidad de la copa. El objetivo es incrementar la penetración del sol y el movimiento del aire en la copa, reducir peso y controlar el crecimiento manteniendo la forma natural. No debe hacerse un aclareo excesivo de follaje interior y ramas internas; se mantendrá una distribución uniforme; de lo contrario se puede producir una transferencia de peso hacia el extremo de las ramas con el riesgo de quebrarse. Se recomienda comenzar con la poda de aclareo por la parte alta de la copa, ya que si al caer una rama se rompe una del estrato inferior, aún se está a tiempo de cambiar la selección de ramas. PODA DE REFALDADO: Poda selectiva ó remoción de ramas a fin de lograr despeje vertical. El objetivo es proveer despeje a edificios, vehículos, transeúntes, etc. Se debe actuar sobre ramas de pequeño diámetro y en cada una de las operaciones la parte eliminada no superará 1/3 de la altura de la copa Una excesiva poda puede generar un aletargamiento en el crecimiento y una transferencia de peso al ápice del árbol. PODA DE REDUCCIÓN DE COPA: Remoción selectiva de ramas o partes de las mismas y ejes para disminuir la altura y/o el volumen. El objetivo es minimizar riesgos, interferencias con cableados o edificios o mejorar el aspecto del árbol. Para la reducción de la copa se eliminarán las ramas terminales dejando en cada corte una rama lateral o tirasavia de grosor suficiente (mayor a 1/3 del diámetro) para que pueda asumir su nuevo papel de eje dominante. PODA DE PALMERAS: Consiste en la remoción de hojas enfermas o muertas, flores o inflorescencias, frutos o infrutescencias. Los objetivos son estéticos y de seguridad. No deben eliminarse hojas vivas. Las hojas deben eliminarse desde la base del pecíolo sin dañar la estípite. PODA DE RAÍCES: Se tendrán en cuenta las mismas consideraciones y cuidados que para la poda aérea (tipo de cortes y herramientas). Sólo se podarán aquellas raíces que por su desarrollo incontrolado interfieran en la construcción del nuevo solado. En caso de ser necesaria la eliminación de raíces, se hará con el siguiente criterio: • Se trazará un círculo con centro en el eje del tronco y el radio necesario para evitar interferencias con el replanteo de los solados. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 139 • Se dividirá el círculo en cuatro cuadrantes, tratando de que la poda sea proporcional en cada uno de estos, para evitar desequilibrios estructurales del árbol. No se podrán realizar podas de raíces sin previa autorización de la Inspección de Obra. C) MANO DE OBRA 1. Introducción. Los trabajos se realizarán en un todo de acuerdo a los planos, planillas y especificaciones detalladas en el presente pliego, así como a las indicaciones que durante el replanteo y marcha de las tareas imparta la Inspección de obra. El contratista deberá disponer por su cuenta y cargo para la realización de los trabajos que a continuación se especifican, de todas las herramientas y maquinarias necesarias. Asimismo, el Contratista deberá extraer la tierra existente en el emplazamiento de cada nuevo cantero en una profundidad de 15 cm, punteando el resto con una palada de profundidad (aprox. 20cm). Se colocará una mezcla de 30% de tierra vegetal, 30% compost, 20% de humus de lombriz y/o de conejo, 10% de perlita 10% de pòmetina. En caso de utilizarse máquinas, ello deberá ser autorizado previamente por la Inspección de Obra. Asimismo, el contratista deberá bajar y acarrear las plantas desde culata de camión. Los materiales deberán ser protegidos del deterioro durante la entrega y durante su almacenamiento en el emplazamiento del trabajo. 2. Trabajos preparatorios. a) Preparación del suelo: Antes de incorporar tierra nueva y/o de realizar la plantación, se limpiará el suelo de piedras, terrones de arcilla, cal y cualquier otro material extraño, perjudicial o tóxico al crecimiento de las plantas. El Contratista deberá extraer la tierra existente en el emplazamiento de cada nuevo árbol en un volumen de 1m. X 1m. X 1.m., para los ejemplares de JACARANDÁ MIMOSIFOLIA. En el caso de árboles en veredas, uno de los lados de cada uno de estos hoyos (el paralelo a la línea municipal y más cercana a ella o a instalaciones subterráneas existentes) deberá revestirse con plástico negro de 300 micrones, dejando libres los restantes 3 lados. Asimismo, el Contratista deberá extraer la tierra existente en el emplazamiento de cada de cada árbol existente, si los hubiera, en un espesor de 15 cm.; en este caso, deberán tomarse todas las precauciones para no dañar las raíces. El resto de la superficie destinada a canteros, deberá ser punteada con una palada de profundidad. b) Instalaciones: Se deberá determinar la ubicación de las instalaciones subterráneas y llevar a cabo el trabajo de manera tal de evitar posibles daños: • Excavar a mano, según sea requerido. • El contratista se hará responsable de todo daño y, bajo las órdenes de la Inspección de obra, deberá reemplazar o reparar todo daño ocasionado. c) Excavación: Cuando se encuentren condiciones perjudiciales para el crecimiento de las plantas, tales como relleno de ripio, condiciones de drenaje adversas u obstrucciones, se deberán notificar de inmediato a la Inspección de obra para que imparta las instrucciones correspondientes. d) Mezcla: Asimismo, el Contratista deberá extraer la tierra existente en el emplazamiento de cada nuevo cantero en una profundidad de 15 cm, punteando el resto con una palada de profundidad (aprox. 20cm). Se colocará una mezcla de N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 140 30% de tierra vegetal, 30% compost, 20% de humus de lombriz y/o de conejo, 10% de perlita y 10 % de Pometina. En caso de utilizarse máquinas, ello deberá ser autorizado previamente por la Inspección de Obra. Se rellenará con tierra negra refinada con un pH de 6.5 a 7, hasta completar el nivel de suelo terminado. Con posterioridad se desparramará compost, humus de lombriz, perlita y Pometina. Se entiende por tierra negra la de ese color, proveniente de un horizonte A libre de B o C (arcillas negras, pardas o amarillas, y/o concreciones calcáreas), y libre de Sorgo de Alepo y de bulbillos de ciperáceas. e) Eliminación de hormigas: El método y los hormiguicidas a utilizar para la eliminación de posibles hormigueros serán los correspondientes al tipo fluido y granulado. Se procederá a la eliminación total de los hormigueros al comenzar la obra y se realizarán los controles y tratamientos necesarios en cada etapa de ejecución. f) Sanidad: Si fuera necesario, de acuerdo al criterio de la Inspección de obra, se deberán realizar todas las tareas fitosanitarias que las especies requieran. 3. Plantación de árboles: a) Inspección: Se deberán examinar las áreas de plantación propuestas y las condiciones de las instalaciones, notificando de inmediato a la Inspección de obra de cualquier condición no satisfactoria. No se iniciará el trabajo de plantación hasta que no se hallan corregido dichas condiciones. b) Período de plantación: Plantas perennes: Se deben plantar entre marzo y septiembre o en primavera antes del comienzo del nuevo período de crecimiento. Si los requisitos del proyecto establecen la plantación en otros períodos, las plantas deberán rociarse antes de las operaciones de plantación. Se debe contar con la aprobación de la Inspección de obra. Plantas de hoja caduca: Se deben plantar en estado de vida latente. Si se la planta con hojas, deberán rociarse antes de las operaciones de plantación. Los períodos de plantación diferentes a los indicados deberán ser aceptados por la Inspección de obra. La plantación sólo será llevada a cabo por personal con experiencia y conocimiento de los procedimientos del oficio y bajo el control de un supervisor competente. c) Plantación: Se colocará cada una de las plantas verticalmente con su pan de tierra sobre una capa de tierra negra refinada con un PH de 6,5 a 7 y una palada de enmienda orgánica, en el centro del pozo o zanja con la parte superior del pan a la misma elevación que los niveles finales adyacentes. Se retirará la paja de la parte superior y los costados de los panes, conservando la del fondo. Una vez colocada, se agregará material de relleno alrededor de la base y los costados del pan, trabajando cada capa para asentar el relleno y eliminar los huecos y las bolsas de aire. Cuando alrededor de las 2/3 partes estén completas, se regará la excavación completamente antes de colocar el resto del relleno. Se repetirá el riego hasta que no se absorba más agua. Se regará nuevamente después de terminar con la capa final del relleno. No se permitirá ningún relleno alrededor de los troncos o tallos. No se utilizarán mezclas barrosas para relleno. Para las plantas cultivadas en contenedor rige lo especificado para las plantas con pan de tierra y arpillera. Se retirarán las plantas de sus macetas utilizando un cortador cuando correspondiera. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 141 Se llenarán el fondo de los pozos para árboles con agua (no menos de 50 litros para árboles grandes y 30 para los chicos) y permitir su filtración antes de la plantación. Si no se produce un drenaje adecuado en cuatro (4) horas, se debe notificar a la Inspección de obra. De considerarse necesario por la Inspección de obra, en los casos de plantación aislada se confeccionarán palanganas de riego de forma circular con centro en la planta y con un diámetro proporcional a su tamaño, y de 0,10 de altura quedando el cuello de los arbustos a nivel del terreno circundante. Para defender a la planta del ataque de las hormigas y los diferentes tipos de plagas se pulverizará el terreno circundante en una superficie aproximada de un metro cuadrado. d) Colocación de tutores: Se afianzarán las plantas por medio de tutores según el siguiente sistema: Cada árbol llevará dos tutores de madera dura de 2.5” x 2.5 “y 2.5 m. de altura con un extremo preparado para hincar una profundidad de 80 cm. Los tutores serán implantados en forma paralela al eje del tronco, al comienzo del pan, sin dañarlo. En la parte aérea, uno de ellos será vinculado al tronco a 15 cm. del extremo superior del tutor con alambre galvanizado forrado en caucho en su contacto con el tronco; el otro será sujeto en igual forma en sentido opuesto, a 30 cm. hacia abajo del anterior. En caso de presentarse una alternativa de atutoramiento, ésta deberá ser aprobada previamente por la Inspección de obra. e) Cubre-suelos: Todas la cazoletas serán cubiertas con un “mulchin” de chips o astillas de madera en toda su superficie y en un espesor de 5 (cinco) centímetros. 5. Garantía. Los trabajos de mantenimiento necesarios para el buen desarrollo de las plantas, que se iniciarán inmediatamente después de la plantación y hasta la recepción final en un período no inferior a 360 días, son los siguientes: a) Las plantas serán regadas con la frecuencia e intensidad necesarias para mantener el suelo húmedo, de acuerdo a las indicaciones de la Inspección de obra. b) Se deberá realizar el desyuyado entre especies y todas las acciones contribuyentes al buen estado de la plantación, debiendo retirarse y reponerse aquellas plantas que por distintas razones no hubieren prosperado. c) Se realizarán los tratamientos preventivos contra hormigas y otras plagas o enfermedades, debiéndose detectar cualquier enfermedad y proceder a su inmediato combate. En el caso de hormigas, las pulverizaciones no serán a intervalos mayores de 45 días. d) Si fuera necesario realizar una poda de mantenimiento y floración, y siempre con la aprobación de la Inspección de obra, ésta se hará en la época adecuada. e) Protección sanitaria: Deberá realizarse protección sanitaria de los siguientes agentes: * Insectos y/o plantas superiores cada vez que se detecten y que constituyan perjuicio cierto. * Hongos y bacterias en forma preventiva y con ritmo estacional, tipo Cercobin o similar para hongos y tipo Agromicina o similar para bacterias. Deberá presentarse a la Inspección de obra, previamente a los tratamientos, el método, equipo, plaguicida y dosis. No deberán usarse plaguicidas de clases A y B; sólo se usarán los de clases C y D (mediana y levemente tóxicos). 6. Inspección y aceptación de los trabajos. Una vez finalizados los trabajos, incluido el mantenimiento, la Inspección de obra llevará a cabo una inspección para determinar la aceptabilidad. Las áreas plantadas serán aceptadas siempre que se hayan cumplido todos los requisitos, incluido el mantenimiento. De común acuerdo podrán establecerse oportunamente formas de recepción parcial. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 142 Cuando el trabajo de Parquización inspeccionado no cumpliera con los requisitos, se deberá reemplazar el trabajo rechazado y continuar el mantenimiento especificado hasta una nueva inspección y aceptación de la Inspección de obra. Se retirarán con rapidez del lugar de emplazamiento del proyecto las plantas y los materiales rechazados. D) PROVISIÓN DE ARBOLES: Los materiales procederán de una firma especializada en el tema, cuyos antecedentes serán considerados antes de la contratación. No podrán hacerse sustituciones. Si el material de paisajismo especificado no puede obtenerse, se deben presentar pruebas de no-disponibilidad a la Inspección de obra, junto con la propuesta para la utilización de material equivalente. Se deben proporcionar árboles, arbustos y herbáceas en la cantidad, tamaño, género, especie y variedad indicados y proyectados para el trabajo del paisajismo. Se deben suministrar plantas sanas, vigorosas, cultivadas en viveros reconocidos de acuerdo con las buenas prácticas hortícolas y deben estar libres de enfermedades, insectos, lesiones, abrasiones o desfiguraciones. Todas las plantas deben tener una forma plenamente desarrolladas sin espacios vacíos o abiertos. Todas las plantas deben ser cultivadas en viveros en condiciones climáticas similares a las predominantes en la localización del proyecto. La Inspección de obra podrá inspeccionar los árboles, arbustos y herbáceas en el lugar de crecimiento, para observar el cumplimiento de los requisitos en cuanto a género, especie, variedad, tamaño y calidad. Asimismo, la Inspección de obra mantiene el derecho a inspeccionar el tamaño y condición de los panes de tierra y sistemas radiculares, insectos, heridas y defectos latentes, y a rechazar el material no satisfactorio o defectuoso en cualquier momento durante el desarrollo del trabajo y hacer retirar de manera inmediata del lugar del proyecto las plantas rechazadas. Se deberá garantizar contra defectos que incluyen la muerte y crecimiento inadecuado, la calidad de todas las plantas durante un período de doce meses, contados a partir de la aceptación final de los trabajos. Se deberán retirar y reemplazar aquellas plantas que se encontraran muertas o en condición no saludable durante el período de garantía. Se extraerán los terrones con panes de tierra firme, natural, del diámetro y la profundidad suficiente para abarcar el sistema radicular fibroso necesario para la total recuperación de la planta. Los panes resquebrajados o con hongos no serán aceptables. Ninguna planta podrá estar suelta en el contenedor. Las plantas que deban ser plantadas en filas deben ser de igual forma. Pueden utilizarse plantas de tamaño mayor al especificado en la lista de plantas si fuera aceptable para la Inspección de obra, sin costo adicional. Si se aceptara el uso de plantas de mayor tamaño se debe aumentar el área ocupada por las raíces o el pan de tierra en proporción al tamaño de la planta. Se deben proporcionar árboles y arbustos de hoja caduca en panes de tierra envasados, salvo especificación en contrario indicada en el esquema de plantación. Los árboles no se deben podar antes de la entrega, a menos que sea aprobado por la Inspección de obra. No se deben torcer ni atar los arbustos de tal manera que se pueda dañar la corteza, quebrar las ramas o alterar la forma natural. Durante el envío se debe proporcionar una cobertura protectora y se debe evitar que se rompan y/o se salgan de sus envases. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 143 Los árboles deben entregarse después de finalizar la preparación de la tierra para la plantación y se deben plantar de inmediato. Si la plantación se demorara más de seis horas después de la entrega deberán ser colocados a la sombra, protegidos de la intemperie y daños mecánicos, y se deben mantener las raíces húmedas cubriéndolas con abono, arpillera u otro medio aceptable para retener la humedad. No se debe retirar a las plantas de los contenedores hasta el momento de la plantación. Se deben suministrar plantas cubresuelo fuertes y bien arraigadas en contenedores extraíbles o en macetas de turba integral. Rotulación: Se rotulará al menos un arbusto de cada variedad con una etiqueta impermeable debidamente asegurada indicando de manera legible el nombre botánico y el nombre vulgar. Cuando se indique una disposición formal o un orden consecutivo de árboles, arbustos y/o herbáceas, seleccionar plantas de altura y expansión uniformes y rotularlos o clasificarlos con número para asegurar la simetría durante la plantación. Todas las plantas de la misma especie deben ser iguales en forma. E) PROVISIÓN DE SUSTRATOS 1) Tierra: Antes de la entrega de la tierra, se debe proporcionar a la Inspección de obra un informe escrito indicando la ubicación de las propiedades de las que se extraerá la tierra, la profundidad a la que se extraerá, y los cultivos sembrados durante los dos últimos años. Una vez aprobado este informe, se entregará a pie de obra un camión de tierra que será indicativo de la calidad del material restante a suministrar. La tierra debe ser de origen local o de áreas con características de suelo similares a las del emplazamiento del proyecto. Se debe obtener sólo de lugares con buen drenaje natural; no debe obtenerse de terrenos pantanos o bajos. Se debe proporcionar tierra fértil, desmenuzable y negra natural de suelo superficial, razonablemente libre de subsuelo, arcilla, malezas, residuos, raíces, troncos, piedras, malezas entre las que se incluyen: rizomas de gramilla colorada / grama oficinal (agropyron repens) y tubérculos de chufa salvaje / cebollín (cyperus esculentus. Debido a que algunos herbicidas son no selectivos y tienen un poder residual prolongado en el suelo, se debe determinar si la tierra a ser utilizada fue tratada recientemente con herbicida, el activo del herbicida y el número de aplicaciones deben determinarse antes de la entrega de la tierra. Toda la tierra puede ser sometida a prueba, si la Inspección de obra lo indicara, y encomendar un análisis de ésta a la Dirección de Espacios Verdes del GCBA, en la que se suministrarán los siguientes datos: - PH, análisis mecánico. - Porcentaje de contenido orgánico. Recomendaciones sobre el tipo y calidad de los aditivos requeridos para establecer un PH y un suministro de nutrientes satisfactorios para obtener el nivel de nutrientes adecuado para la implantación. 2) Compost: El compost debe ser tamizado, limpio, libre de elementos tóxicos y residuos. La Inspección de Obra puede solicitar muestra del material a incorporar. Deberá ser provisto en el CEAMSE y en caso de necesitar sustituirse deberá ser aprobado previamente. 3) Humus de lombriz: El humus de lombriz debe estar libre de elementos tóxicos y residuos y no deberá contener elementos que adulteren la pureza del material. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 144 Deberá ser aprobado por la Inspección de Obra. F) PROVISION DE MATERIALES COMPLEMENTARIOS Los materiales a utilizar, mejoradores del suelo y materiales fertilizantes deberán poseer certificados del fabricante o su marca registrada en el mercado. En caso contrario se deberá presentar información que demuestre que los materiales cumplen con los requisitos especificados. Los mejoradores del suelo y sus condiciones específicas serán los que a continuación se detallan: 1. Mejoradores del suelo: a) Arena: Limpia, lavada, libre de elementos tóxicos su granulometría corresponderá a la denominación “arena media de montaña”. En caso de proveerse “arena gruesa de río “será previamente aprobada por la Inspección de Obra. b) Perlita: Según Pliego de Especificaciones Técnicas Generales del GCBA c)Pometina: Según Pliego de Especificaciones Técnicas generales del GCBA 2. Tutores: Proveer e instalar tutores según lo especificado ut supra. 3. Cubresuelo: Chips o astillas de madera. NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.1.8.1. PROV. y COLOC. DE TIERRA NEGRA CANTEROS (40%tierra, 30%compost, 10%turba, 10%perlita, 10% humus lombriz) Se proveerá y colocará la cantidad de tierra negra abonada, en canteros, según se indique en los planos y en las especificaciones de este capítulo, de acuerdo a las necesidades emergentes del proyecto y de acuerdo a replanteo ejecutado en forma conjunta con la Inspección de Obra. Los hoyos de plantación de árboles se rellenarán con tierra negra provista por el Contratista. 1.8.2. PROV. y COLOC. DE TIERRA NEGRA PARQUIZACION (40%tierra, 30%compost, 10%turba, 10%perlita, 10% humus lombriz) Se proveerá y colocará la cantidad de tierra negra abonada, en nuevo terreno parquizado, según se indique en los planos y en las especificaciones de este capítulo, de acuerdo a las necesidades emergentes del proyecto y de acuerdo a replanteo ejecutado en forma conjunta con la Inspección de Obra. Los hoyos de plantación de árboles se rellenarán con tierra negra provista por el Contratista. 1.8.3. NUEVAS ESPECIES SEGÚN DETALLE, LAGERSTROEMIA – H 2mts, circ.16/18, env. 50lts Se considerarán las especificaciones correspondientes del presente capítulo, para la provisión y colocación de árboles, según lo indicado en planos generales y de detalle, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.8.4. NUEVAS ESPECIES SEGÚN DETALLE, PRUNUS H 2mts, circ. 16/18 env. 50lts. Se considerarán las especificaciones correspondientes del presente capítulo, para la provisión y colocación de árboles, según lo indicado en planos generales y de detalle, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.8.5. PROVISION Y COLOCACION DE TUTORES Deberán cumplimentar lo establecido y especificado en los planos generales y de detalles correspondientes y en los artículos precedentes del presente Pliego de Especificaciones Técnicas, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 145 1.8.6. CESPED. (MEZCLA RAY GRASS FESTOLOLIUM, FESTUCA RUBRA Y BERMUDA) Se considerarán las especificaciones correspondientes del presente capítulo, para la provisión y colocación de árboles, según lo indicado en planos generales y de detalle, bajo la supervisión de la Inspección de Obra. 1.9. VARIOS NOTA: Los ítems que se enumeran a continuación se corresponden con la Planilla de Cómputo y Presupuesto, y deberán cumplir las especificaciones del presente Pliego y del actual Capítulo, según lo indicado en Planos Generales y de Detalle, bajo la supervisión del organismo a cargo de la Inspección de Obra.- 1.9.1. LIMPIEZA PERIODICA Y FINAL DE OBRA Es obligación del Contratista, mantener en la obra y en el obrador, limpia la obra, no podrá acumular basura sin embolsarla y retirarla diariamente. Los materiales sobrantes de las obras deberán retirarse dentro de los dos días de terminarse las mismas. A la terminación de los trabajos deberá entregar la obra y los espacios antes ocupados, en perfecto estado de limpieza y sin ninguna clase de residuos ni equipos de su propiedad. 1.9.2. TRAMITES, DERECHOS Y PLANOS CONFORME A OBRA Al finalizar la obra, el Contratista deberá entregar al organismo a cargo de la Inspección de Obra, en original, todos los planos Conforme a Obra en papel y formato digital y según ítem 3.0.2.9. Su aprobación será condición previa a la Recepción Definitiva de las obras. N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 146 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 147 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 148 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 149 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 150 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 151 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 152 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 153 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 154 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 155 N° 4496 - 7/10/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN COMUNAL N° 13810051-COMUNA13/14 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 156
© Copyright 2025