plan de distribución local de materiales educativos y fungibles de

FORMATO N° 1
PLAN DE DISTRIBUCIÓN LOCAL DE MATERIALES EDUCATIVOS Y FUNGIBLES DE EBR PARA EL
BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR 2015
I.
DATOS GENERALES
Región
:
Amazonas
Unidad Ejecutora
DRE/UGEL a cargo
:
:
Fecha
:
Educación Amazonas
DRE Amazonas
UGEL Bongará
UGEL Chachapoyas
UGEL Luya
UGEL Rodríguez de Mendoza
15.09.14
Código del
pliego regional
Código de UE
440
300
II. JUSTIFICACIÓN
Los materiales educativos son recursos o herramientas pedagógicas que facilitan el
proceso de enseñanza y aprendizaje; motivan el interés de los estudiantes por
aprender, los orientan o sirven de apoyo para el logro de aprendizajes y fortalecen el
desempeño pedagógico del docente, facilitando la implementación del currículo en
el aula. Se complementan con el uso de materiales fungibles, que son recursos de uso
pedagógico, pero de naturaleza descartable o de corta duración, que se consumen
con el uso pero que constituyen un apoyo fundamental para el adecuado desarrollo
de las actividades educativas. Su dotación gratuita es especialmente importante en
las instituciones educativas públicas ubicadas en los distritos de mayor pobreza del
país. Por ello, asegurar la presencia de materiales educativos y fungibles en las aulas
desde el inicio del año escolar constituye un elemento clave para generar condiciones
básicas de enseñanza en las instituciones educativas públicas.
Por ello, en el marco del Programa Presupuestal 0090 “Logros de Aprendizaje de los
estudiantes de Educación Básica Regular” (PELA), el MINEDU asegura la dotación
gratuita de materiales educativos hasta las UGEL. Asimismo, las DRE o UGEL con
categoría de Unidad Ejecutora (UE) de cada Gobierno Regional son responsables de
garantizar la distribución oportuna de materiales educativos hasta las instituciones,
programas y centros de recursos educativos públicos de su jurisdicción, haciendo uso
de los recursos disponibles y de acuerdo a los procedimientos y plazos establecidos en
la norma técnica correspondiente (RM N° 0543-2013-ED).
Si bien en 2014 a nivel nacional se ha avanzado en la llegada oportuna de materiales
educativos y fungibles a las instituciones educativas públicas, en el marco del Buen
Inicio del Año Escolar y desde una estrategia de trabajo conjunto entre el Ministerio de
Educación y los Gobiernos Regionales, aún estamos lejos de los resultados esperados.
Por ello, para contribuir al adecuado proceso de planificación de la dotación de
materiales educativos y fungibles para el Buen Inicio del Año Escolar 2015 en las
instituciones educativas públicas de la Unidad Ejecutora 300 Educación Amazonas, se
requiere contar con un Plan de Distribución Local de Materiales Educativos y Fungibles
de Educación Básica Regular (EBR). Este plan desarrolla las estrategias más pertinentes
para asegurar que los materiales educativos lleguen de manera oportuna, esto es,
antes del inicio del año escolar, a todas las instituciones educativas públicas de su
jurisdicción.
III. FINALIDAD PÚBLICA
El presente Plan de Distribución Local de Materiales Educativos se encuentra en el
marco de las acciones preparatorias del Buen Inicio del Año Escolar 2015, por las
cuales la DRE Amazonas (Unidad Ejecutora 300 Educación Amazonas) del Gobierno
Regional asume el compromiso de realizar las acciones pertinentes para garantizar la
distribución oportuna de materiales educativos y fungibles a las instituciones
educativas públicas de su jurisdicción, lo que incluye las IE a cargo de las UGEL:
Bongará, Chachapoyas, Luya y Rodríguez de Mendoza.
Asimismo, contribuye al logro de metas de las actividades de dotación de materiales
educativos y fungibles que forman parte del Producto 3: “Estudiantes de Educación
Básica Regular cuentan con materiales educativos necesarios para el logro de los
estándares de aprendizaje” del Programa Presupuestal 0090 “Logros de Aprendizaje de
los estudiantes de Educación Básica Regular” (PELA).
IV. OBJETIVO

Planificar las acciones destinadas asegurar la distribución oportuna de materiales
educativos y fungibles para el Buen Inicio del Año Escolar 2015 en el ámbito de la
Unidad Ejecutora 300 Educación Amazonas.
V. CARACTERÍSTICAS DE LOS MATERIALES Y PERIODOS DE DISTRIBUCIÓN
Anexo N° 1: Cuadro resumen de los materiales por distribuir y periodos de distribución.
VI. ANÁLISIS DE RIESGOS
Anexo N° 2: Cuadro de zonas en riesgo para la distribución de materiales.
VII. ESTRATEGIA DE DISTRIBUCIÓN
Anexo N° 3: Estrategia de distribución de materiales de UGEL a IE.
Anexo N 4: Ruta de trabajo.
VIII.
ALIANZAS ESTRATÉGICAS
Anexo Nª 5: Mapeo de actores.
Anexo N° 6: Convenio para la dotación de materiales educativos para el Buen Inicio
del Año Escolar 2015.
IX. CUADROS Y CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN
Anexo N° 7: Cuadro de distribución local de materiales educativos.
Anexo N° 8: Cuadro de distribución local de materiales fungibles.
Anexo N° 9: Criterios para organizar la distribución de los materiales educativos y
fungibles.
X. LUGARES DE DISTRIBUCIÓN
Anexo N° 10: Directorio de almacenes de UGEL y centros de recepción autorizados
XI. CUADRO RESUMEN DEL PLAN DE DISTRIBUCIÓN LOCAL
Anexo N° 11
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL QUE
CELEBRAN LA LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE
XXXX Y XXXXX
Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperación Interinstitucional que
celebran de una parte L A D I R E C C I Ó N R E G I O N A L D E E D U C A C I Ó N D E
X X X X , con domicilio legal en XXXX , provincia de XXX y departamento de XXX,
debidamente representado por XXX, identificada con DNI N° XXX designada en el cargo
de Director(a) de la Dirección Regional de Educación de XXX mediante Resolución
Ministerial N° XXXX: a quien en adelante se le denominará la DRE; y de la otra parte la
XXXX, persona jurídica de derecho privado, identificada con RUC N° _________________,
con domicilio en __________________________________, Provincia y Departamento de XXXX,
debidamente representada por su ____________, Sr. _________________, identificado con DNI
N° __________________, según poderes inscritos en la Partida Registral N° XXX del Registro de
Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, a quien en adelante se le
denominará “XXX”. El mismo que se redacta en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: LAS PARTES
La DRE es el órgano del Gobierno Regional que tiene por finalidad formular, dirigir y
articular la política de educación, cultura, recreación y deporte de la región en
concordancia con la política educativa del Ministerio de Educación. Asimismo, tiene entre
sus funciones la de establecer los lineamientos básicos para garantizar la participación de
la sociedad civil en la orientación y mejoramiento de la educación.
xxxx es una persona jurídica privada, con _______ años de permanencia en el Perú, cuyo
objeto social está relacionado a _____________________________________________; siendo el
caso que _______________________(DESEO DE COLABORAR CON LA EDUCACIÓN
(MOTIVACIÓN DEL .
CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES
En el marco del Programa Presupuestal 0090 “Logros de Aprendizaje de los estudiantes de
Educación Básica Regular” (PELA), las DRE o UGEL con categoría de Unidad Ejecutora (UE)
de cada Gobierno Regional son responsables de garantizar la distribución oportuna de
materiales educativos hasta las instituciones, programas y centros de recursos educativos
públicos de su jurisdicción, haciendo uso de los recursos disponibles y de acuerdo a los
procedimientos y plazos establecidos en la norma técnica correspondiente (RM N° 05432013-ED). Esta distribución oportuna de materiales educativos contribuye a la generación
de condiciones básicas de enseñanza en las instituciones educativas como parte de las
los compromisos de gestión para el Buen Inicio del Año Escolar, establecido por la (RM N°
0622-2013-ED), del que los Gobiernos Regionales son responsables.
Por su parte, la XXXX….
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CLÁUSULA TERCERA: BASE NORMATIVA
 Ley N° 28044, Ley General de Educación.
 Decreto Supremo N° 011-2012-ED que aprueba el Reglamento de la Ley General de
Educación.
 Resolución Ministerial N° 0622-2013 ED que aprueba las Normas y Orientaciones para el
Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica.
CLAUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente Convenio es establecer el marco general de colaboración
interinstitucional entre las Partes, para facilitar la distribución de materiales educativos a
las instituciones educativas públicas de la región XXX, UGEL XXXX para el Buen Inicio del
Año Escolar 2015.
CLAUSULA QUINTA: COMPROMISOS DE LAS PARTES
6.1

6.2
La DRE XXXX se compromete a:
……..
XXXX se compromete a:

Transportar los materiales educativos y fungibles a instituciones educativas del nivel
(inicial y/o primaria y/o secundaria) públicas de Educación Básica Regular ubicadas
en el ámbito de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) XXXXX de la región
XXXX. El transporte debe realizarse sin ocasionar gastos a algún miembro de la
comunidad educativa (directores, docentes, padres de familia).

La entrega de los materiales educativos y/o fungibles deberá regirse por los
procedimientos establecidos en la norma técnica vigente que regula el proceso de
distribución de materiales educativos emitida por el Ministerio de Educación. Resulta
especialmente importante asegurar que los directores de las IE que reciben el material
firmen las actas de entrega correspondientes, en señal de conformidad de la
recepción. En caso de que el director identifique alguna irregularidad (menor
cantidad de material, material defectuoso o dañado, u otras), deberá registrarla en el
acta de entrega, la cual deberá contar con su firma y sello.
CLAUSULA SETIMA: FINANCIAMIENTO
La suscripción del presente convenio, no implica, ni supone transferencia de recursos o
pago de contraprestación alguna entre las instituciones.
(ojo: podría darse el caso que las partes lleguen al acuerdo de que las Unidades
Ejecutoras de educación del Gobierno Regional, (DRE o UGEL) financien una parte del
costo del transporte de los materiales correspondiente al combustible que van a emplear
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las instituciones aliadas (públicas o privadas) para trasladar los materiales educativos a las
instituciones educativas que se encuentran en situación de riesgo de distribución.
CLAUSULA OCTAVA: DE LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Para el adecuado seguimiento y la apropiada evaluación del cumplimiento de los
términos acordados en el presente Convenio, las partes convienen en designar como
coordinadores interinstitucionales:
Por XXXX : la XXXX.
Por la XXXX: _____________________________.
Los Coordinadores designados podrán ser sustituidos mediante comunicación escrita de
los representantes de las partes, la misma que debe ser cursada inmediatamente después
de haberse producido el cambio.
CLAUSULA NOVENA: PLAZO DE VIGENCIA
El presente Convenio entrará en vigencia a partir del día siguiente de su suscripción y
tendrá una duración de dos (2) años. Luego de ello, el Convenio podrá ser prorrogado de
común acuerdo entre las partes, para lo cual las partes deberán suscribir la
correspondiente adenda.
CLAUSULA DECIMA: MODIFICACION DEL CONVENIO
El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo de las partes, mediante la
correspondiente adenda, la cual deberá ser suscrita bajo la misma modalidad y
formalidades de este documento, y que formará parte integrante del presente Convenio.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA: RESOLUCION
De considerarlo conveniente, cualquiera de las partes podrá dar por concluido el
presente Convenio, mediante aviso previo y por escrito cursado a la otra parte con
quince (15) días de anticipación, por las siguientes causales:
a)
b)
c)
d)
Por incumplimiento de los compromisos pactados en el presente Convenio.
Por mutuo acuerdo.
Por decisión unilateral.
Por circunstancias de carácter económico o administrativo debidamente
fundamentadas.
Los compromisos que no se hubiesen iniciado quedarán resueltos, salvo aquellos que se
encuentren en ejecución, los cuales deberán continuar hasta su culminación.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Cualquier asunto no previsto expresamente en el presente Convenio y/o cualquier
discrepancia en su aplicación o interpretación, buscará ser solucionado por el
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entendimiento directo en base a las reglas de la buena fe y común intención de las
partes, para tal efecto se suscribirá el acta correspondiente.
De no lograrse un acuerdo satisfactorio, en un plazo de treinta (30) días útiles, contados a
partir del inicio de la controversia, ésta será sometida a arbitraje de derecho, que será
resuelto por árbitro único y se sujetará a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1071.
CLAUSULA DECIMO TERCERA: DE LA DIFUSIÓN
En caso que alguna de las partes utilice logos o denominaciones de las otras partes, se
deberá contar con la autorización expresa de ellas conforme al procedimiento
establecido en las normas legales respectivas.
CLAUSULA DECIMO CUARTA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se comprometen a respetar la confidencialidad de cualquier información que
se intercambie o se genere con motivo del presente Convenio, así como de cualquier
asunto relacionado con el mismo, no pudiendo utilizarla para cualquier propósito distinto
al objeto del presente Convenio.
CLAUSULA DECIMO QUINTA: CESION DE LA POSICION EN EL CONVENIO
Las partes no podrán ceder a terceros ningún compromiso contenido o derivado del
presente Convenio, sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra parte.
CLAUSULA DECIMO SEXTA: TRANSPARENCIA Y BUENA GESTIÓN
Las partes comparten un interés común en la transparencia y buena gestión de los
asuntos y recursos públicos, por lo que se comprometen a evitar duplicidad de esfuerzos y
elegir las modalidades de gestión más eficientes para la consecución de los fines del
presente Convenio.
CLAUSULA DECIMO SETIMA: DOMICILIOS
17.1
Cualquier comunicación que deba ser cursada entre las partes, se entenderá
válidamente realizada en los domicilios legales consignados en la parte introductoria del
presente Convenio.
17.2
Los cambios de domicilio deberán ser puestos en conocimiento de las otras partes
con quince (15) días hábiles de anticipación, caso contrario, toda comunicación o
notificación al domicilio consignado en la introducción del presente Convenio surtirá
todos sus efectos legales.
Se suscribe el presente Convenio, en tres (3) ejemplares originales con igual valor, en la
ciudad de XXXX , a los XXXX días del mes de XXXX del año 2014.
_____________________________
Por la DRE
________________________________
Por XXXXX
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