Los Regímenes de jubilación en la UE.

Pedro Cuenca Donoso
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Los Regímenes de jubilación en la UE.
Los regímenes dentro de los países de la UE son diferentes, hay pocos puntos en
los que converjan ya que cada país establece una serie de peculiaridades, por tanto
solo se tratara por encima este tema y no se entrara en profundidad, puesto que
de otra manera tendríamos que analizar cada uno de los pises de forma aislada, y
por tanto tendríamos que recopilar
recopilar numerosa información y el proceso de
investigación se prolongaría demasiado en el tiempo. Por tanto solo res
resaltaremos
las características máss relevantes, y el papel que se desempeña desde la UE, cuyos
principios son conseguir una unidad y convergencia
convergencia de todas las políticas por lo
tanto también en materia de pensiones y políticas de jubilación.
Los regímenes de jubilación se encuentran generalizados para la población activa
en su conjunto en la casi totalidad de los Estados. Algunas excepciones sigue
siguen
existiendo para los no asalariados.
Los regímenes de jubilación de la Comunidad se basan todos en la técnica del
reparto en sus regímenes obligatorios a nivel interprofesional. Sin excluirse en
ciertas ocasiones, la constitución de reservas desde hace algunos
algunos años (Dinamarca,
Alemania y Luxemburgo).
Por tanto a nivel comunitario nunca ha existido una política común en materia de
pensiones, sino tantas políticas como países conforman la UE. El derecho
supranacional se ocupa solo de coordinar esta diversidad
diversidad de políticas nacionales
cuando confluían sobre los trabajadores migrantes o transfronterizos.
Sin embargo se ha producido la rectificación de las formas y contenidos de la
tradicional acción coordinadora supranacional, con pretensiones armonizadoras y
de convergencia de las políticas autónomas de los Estados, es lo que se ha llamado
“método abierto de coordinación”, se han sentado las bases para desarrollar una
autentica política europea sobre las pensiones.
Las circunstancias socioeconómicas y políticas en Europa han cambiado y de ahí la
necesidad de rejuvenecer los sistemas europeos de pensiones.
Los regímenes han convergido hacia un modelo de jubilación intermedio que
asocia una pensión mínima concedida a todos a una pensión que es función del
esfuerzo contributivo:
a) En un principio se crearon dos modelos:
Modelos:
Pension en
funcion de la
residencia
Dinamarca,
Paises Bajos y
Gran Bretaña
Pesnsion en
funcion de las
cotizaciones
Resto de
paises de la
UE
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b) En las últimas décadas, estos dos modelos han convergido hacia un modelo
intermedio, y ambos regímenes se han visto complementados, de alguna
forma para
ara favorecer a las personas más desfavorecidas en estos
regímenes:
Modelos:
Regímenes de pensión
complementaria
proporcional a los
ingresos y cotizaciones
satisfechas
Pension en
funcion de la
residencia
Pension en
funcion de las
cotizaciones
Dinamarca,
Paises Bajos y
Gran Bretaña
Pensiones mínimas y
programas de garantía
de recursos.
Resto de
paises de la
UE
c) Los regímenes siguen conservando características de su planteamiento
inicial.
Así podemos decir que los regímenes que se basan en la cotizaciones conservan
las clausulas de concesión de la pensión en función de un mínimo de cotización
o de duración del aseguramiento, llevando a la necesidad de que haya una
coordinación entre estados miembros que unifique tal periodo de trabajo en el
extranjero con un periodo realizado en el país miembro.
¿Cómo se financian los regímenes?
Lo esencial procede de las cotizaciones establecidas sobre
sobre los ingresos
profesionales; la diversidad es grande en cuanto a:
 Bases de cotización, sobre todo en lo que se refiere a al tope
máximo.
 Los tipos aplicados.
 Reparto de cotizaciones entre empresarios y trabajadores.
El aporte de impuestos y Presupuestos del Estado es muy dispar, el Estado
financia por norma las pensiones que conciernen al hecho de la residencia, el
mínimo de vejez, ciertos gastos de los regímenes de jubilación, coyunturales o
sumiendo el déficit.
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Podemos ver un cuadro resumen de las condiciones para optar a las pensiones
de jubilación, anteriores a las reformas recientes que se han llevado a cabo en
cada uno de los diversos países:
País
Renta
Periodo de
cotización
que da
derecho al
100% de la
pensión
37.5 años
Tasa de anualidades
adquiridas
%de renta tomada
en cuenta
Francia
10 mejores
años
(RG)+Salario de
trayectoria
profesional (RC)
1.33% (+regímenes
complementarios)
50% + régimen
complementario
Bélgica
45 años (H)
40 años (M)
Soltero: 1.33%
Familias: 1.66%
Mujeres:1.55%
1.55%
Solteros: 60%
Familias: 75%
Grecia
Salario de
trayectoria
profesional
Salario
trayectoria
profesional
2 últimos años
España
8 últimos años
35 años
Mínimo +1% por años
mas allá de 10 años
(función del salario
mas de 20 años)
2%
Italia
Luxemburgo
5 últimos años
Salarios de
trayectoria
profesional
5 mejores de
los 10 últimos
años
40 años
40 años
2%
1.6%
50% para los 10
primeros años
100% el resto
80%
64%
36 años
2.2%
80%
Alemania
Portugal
40 años
35 años
60% (máximo 75%)
70% salario mas
bajos 1.5 o
elevados
Edades mínimas para disfrutar de la jubilación, antes de las diversas reformas
llevadas a cabo en los países:
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Hombres
67 años
65 años
65 años
65 años
65 años
65 años
65 años
65 años
65 años
65 años
60 años
60 años
Mujeres
67 años
65 años
65 años
65 años
65 años
65 años
62 años
60 años
60 años
60 años
60 años
55 años
Dinamarca
Alemania
Irlanda
Luxemburgo
Países Bajos
España
Portugal
Bélgica
Grecia
Reino Unido
Francia
Italia
Varias son las características que nos llaman la atención, una de ellas es que la
edad de jubilación entre hombres y mujeres es diferente en algunos países, y
como las edades de jubilación son dispares, pero coincidiendo una gran parte
de las edades a los 65 años, también cabe destacara que los países que tienen
una edad de jubilación mas elevada, regulan múltiples situaciones de
anticipación en función de los años de cotización alcanzados.
Las revalorizaciones de las pensiones toman en consideración diver
diversos índices:
Revalorización
Los precios (Belgica,
Grecia, Reino Unido,
España)
Los salarios
(Dinamarca,
Alemania, Paises
Bajos, Francia, Italia)
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Bibliografía:
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Instituto Nacional de Estadística. www.ine.es
Ministerio de Administraciones Públicas. www.map.es
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