RESOLUCIÓN No. 034 (OCTUBRE 8 de 2014) “Por medio de la cual se REGLAMENTA el GRAN CAMPEONATO NACIONAL DE MAYORES a realizarse en la ciudad de MANIZALES, entre el 6 y 9 de noviembre de 2014. EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, ESTATUTARIAS Y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución No. 025 del 11 de agosto de 2014, la Federación Colombiana de Esgrima expidió el Calendario Federativo para el año 2014. Que para el año 2015 están programados los XX Juegos Deportivos Nacionales. Que COLDEPORTES Nacional mediante la resolución 000381 del 21 de marzo de 2013 promulgó la Carta Fundamental de los XX Juegos Deportivos Nacionales, en los títulos V: DE LAS COMPETENCIAS y VI: DE LOS PARTICIPANTES, se reglamentan los requisitos de participación Que es deber de la Federación Colombiana de Esgrima velar por el mejoramiento y desarrollo de la Esgrima en todas sus categorías. Que esta competencia hace parte del calendario Nacional para el presente año. Que la Liga Caldense de Esgrima solicitó la sede para realizar el GRAN NACIONAL DE MAYORES a realizarse en la ciudad de MANIZALES, entre el 6 y 9 de noviembre de 2014. Que las ligas participantes deben estar a paz y salvo con la Federación Colombiana de Esgrima por concepto de sanciones por tarjetas negras. RESUELVE: ARTÍCULO 1. Dar cumplimiento a la Resolución No. 025 del 11 de agosto de 2014, por medio de la cual se expidió el Calendario Federativo 2014. ARTÍCULO 2. Confirmar a la Liga Caldense de Esgrima la sede para realizar el GRAN CAMPEONATO NACIONAL DE MAYORES a realizarse en la ciudad de MANIZALES, entre el 6 y 9 de noviembre de 2014. Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 312 3040878 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953 ARTÍCULO 3. Dar cumplimiento al reglamento de esgrima para los XX Juegos Nacionales 2015, por medio del cual se dieron los criterios de selección para los mismos. ARTÍCULO 4. Se realizarán pruebas individuales y equipos en todas las armas y en ambos géneros. ARTÍCULO 5. Podrán participar solamente los deportistas nacionalizados como colombianos, sin límite de inscripciones en las pruebas individuales y en los encuentros hasta un máximo de dos (2) equipos por liga. PARÁGRAFO 1. Solo se permitirán inscripciones de equipos con deportistas de un mismo registro, no se permitirán equipos mezclados. PARÁGRAFO 2. La edad mínima para participar es de 13 años cumplidos al 01 de enero de 01 de enero de 2015 en virtud de lo dispuesto en el artículo 055 del Reglamento de Organización de la FIE “Edad de los participantes” ARTÍCULO 6. El costo de la inscripción es de acuerdo a lo reglamentado en la Resolución 010 del 20 de marzo de 2013. $40.000. Las inscripciones se deberán realizar a través del correo electrónico de la Federación: [email protected] con copia al correo de la Liga sede [email protected] con tres (3) días de antelación al congresillo técnico (lunes 3 de noviembre hasta 11:59pm) y adjuntando copia de la consignación hecha por la liga a la cuenta corriente de Bancolombia No. 65894933185 a nombre de la Federación Colombiana de Esgrima. PARÁGRAFO 1: Las inscripciones extraordinarias solo se recibirán el día del Congresillo Técnico y tendrá un costo de $50.000. PARÁGRAFO 2: no se recibirá ninguna inscripción adicional o extraordinaria el día de la competencia habiéndose publicado y aprobado las poules. Deportista inscrito que no se presente pagará la inscripción. . ARTÍCULO 7. Todos los deportistas deberán tener cancelada la licencia de la Federación Colombiana de Esgrima 2014 de acuerdo con lo reglamentado en la resolución 010 del 20 de marzo del 2013, cuyo valor es de CINCUENTA MIL PESOS M.CTE. ($50.000) ARTÍCULO 8. Aplica para esta competencia todo lo reglamentado hasta la fecha para las competencias Nacionales, siendo los deportistas inscritos responsabilidad económica de las ligas que tramiten su inscripción en los formatos oficiales de la Federación. ARTÍCULO 9. LUGAR DEL EVENTO: Coliseo Menor ARTÍCULO 10. PROGRAMACIÓN JUEVES 6 de noviembre - 18:00 Congresillo Técnico, Secretaría del Deporte Departamental carrera 23 con calle 28. Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 312 3040878 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953 VIERNES 7 DE NOVIEMBRE 09:00 12:00 14:00 17:00 SÁBADO 8 DE NOVIEMBRE 09:00 12:00 15:00 17:00 DOMINGO 9 DE NOVIEMBRE 09:00 11:00 14:00 16:00 MODALIDAD Espada Masculina Ind. Sable Femenino Ind. Florete Femenino Ind. Sable Masculino Ind. MODALIDAD Florete Masculino Ind. Espada Femenina Ind. Sable Femenino Eq. Florete Femenino Eq. MODALIDAD Florete Masculino Eq. Espada Femenina Eq. Sable Masculino Eq. Espada Masculina Eq. ARTÍCULO 11. Para la realización de una prueba es necesaria la inscripción y participación mínima de cuatro (4) deportistas y dos (2) ligas. En caso de no cumplirse con los inscritos, no se realiza la prueba. ARTÍCULO 12. Cuando una liga inscriba de 5 a 10 deportistas deberá inscribir un árbitro, por 11 deportistas inscritos o más, las ligas solo deberán inscribir dos árbitros, que presidirán cuando el coordinador de árbitros lo requiera. PARÁGRAFO 1: Ni los delegados ni entrenadores podrán actuar como árbitros. PARÁGRAFO 2: Pueden participar como árbitros las personas que se encuentren dentro del programa de preparación y calificación de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA y la Comisión de Arbitraje. PARÁGRAFO 3: La liga que no cumpla con la cuota de jueces deberá cancelar OCHENTA MIL PESOS M.CTE. ($80.000), por cada árbitro y cada día de competencia, durante el Congresillo Técnico. PARÁGRAFO 4: Las ligas que tienen pendientes pagos por arbitraje, deberán cancelarlos durante el desarrollo del congresillo técnico de conformidad con los considerandos de este acto resolutivo. De lo contrario no podrán participar en el Evento. PARÁGRAFO 5: Los árbitros (hombres y mujeres) deben de portar traje oscuro, camisa blanca y en el caso de los hombres corbata. Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 312 3040878 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953 ARTÍCULO 13: a cada árbitro FIE se le pagará CIEN MIL PESOS M.CTE. ($100.000) por día, a los árbitros Nacionales categoría 2 se les pagará SESENTA MIL PESOS M.CTE ($60.000) por día. A los árbitros Nacionales categoría 1 se les pagará OCHENTA MIL PESOS M.CTE ($80.000) Al coordinador de árbitros se le pagarán CIENTO VEINTE MIL PESOS M.CTE ($120.000) por día. PARÁGRAFO 1: al coordinador de árbitros la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA le cancelará los pasajes terrestres, y CUARENTA MIL PESOS M.CTE ($40.000) por concepto de alojamiento y alimentación. ARTÍCULO 14: El coordinador de árbitros entregará en físico al representante de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA ante el Directorio Técnico, todas las planillas generadas durante la competencia, debidamente diligenciadas con firma de deportistas y árbitros. ARTÍCULO 15. El Directorio Técnico estará conformado por tres personas, un delegado de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA, un delegado de la liga sede y un delegado escogido por las ligas asistentes. Las tres personas deberán permanecer mientras estén en curso las competencias. ARTÍCULO 16. Las pruebas se regirán por el reglamente técnico de la FIE. ARTÍCULO 17. Que según el reglamento de Esgrima para estos juegos, firmado por el Director de COLDEPORTES, el Director Técnico de los Juegos y el Presidente de esta Federación, LA PARTICIPACIÓN EN ESTE CAMPEONATO ES PRERREQUISITO PARA LA PARTICIPACIÓN EN LOS XX JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2015, es decir, este es UNO DE LOS EVENTOS PRE-JUEGOS. Dada en Bogotá, a los ocho (8) días del mes de octubre de dos mil catorce (2014) COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE VLADIMIR IWANOFF PRESIDENTE FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ESGRIMA Diagonal 35 Bis No.19-31 Piso 4 - Park Way – Bogotá [email protected] Celular: 312 3040878 NIT. 830.016.532-8 Personería jurídica según resolución 30 de agosto de 1953
© Copyright 2024