27 - Pami

Año XII - N° 2471 :: BUENOS AIRES, Miércoles 27 de Enero de 2016 ::
Resolución N° 0060
Limita funciones y reubica - UGL XXII. ................................pág.1
Resolución N° 0061
Designa y asigna funciones - UGL XXII...............................pág.1
Resolución N° 0062
Limita funciones y reubica - UGL XII....................................pág.2
Resolución N° 0063
Aprueba renovación de contrato. LP N° 87/13.....................pág.3
Resolución N° 0064
Limita funciones y reubica - UL XXXIV.................................pág.4
Resolución N° 0065
Autoriza licencia sin goce de haberes. UGL VIII..................pág.5
Resolución N° 0066
Autoriza licencia sin goce de haberes. UGL XVIII................pág.6
Resolución N° 0067
Autoriza licencia sin goce de haberes. UGL III.....................pág.7
Resolución N° 0060
BUENOS AIRES, 19 ENE 2016
VISTO la Resolución N° 513/DE/12, y
CONSIDERANDO:
Que el citado acto resolutivo se dicta ante la necesidad de
proceder a la cobertura de la titularidad de la Dirección Ejecutiva
Local de la Unidad de Gestión Local XXII - Jujuy.
Que en ese sentido se dispuso designar con funciones de Director
Ejecutivo Local de dicha Unidad, al doctor Cristian Javier ARNAU
(CUIL N° 20-30726394-8), incluyéndolo en las previsiones del
inciso d), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N°
1523/DE/05, sustituido por el artículo 12° de la Resolución N° 833/
DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, conforme
lo establecido por el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N°
1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas
semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por el artículo
4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.
Que en virtud de la reorganización funcional y operativa llevada
a cabo, de conformidad a los lineamientos establecidos, procede
limitar, a partir del dictado de la presente, al agente Cristian
Javier ARNAU (Legajo N° 63237 PR A CH45SEM INI), las
funciones asignadas por la Resolución N° 513/DE/12, quedando
a disposición de la Dirección Ejecutiva Local.
Que en mérito a lo expresado precedentemente, y en función de la
limitación de funciones, el agente Cristian Javier ARNAU pasará
a revistar en el Tramo C dentro del Agrupamiento Profesional, de
acuerdo a lo normado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución
N° 1375/DE/15, con una carga horaria de treinta y cinco (35)
horas semanales de labor.
Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente
Cristian Javier ARNAU deberá realizar la presentación dentro de
los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente,
del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en
sus estados laborales, conforme la normativa vigente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto
86/15-PEN,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Limitar, a partir del dictado de la presente, las
funciones de titular de la Unidad de Gestión Local XXII - Jujuy,
al agente Cristian Javier ARNAU (Legajo N° 63237 PR A
CH45SEM INI), funciones asignadas por la Resolución N° 513/
DE/12, quedando a disposición de la Dirección Ejecutiva Local.
ARTICULO 2°.- Reubicar, a partir del dictado de la presente, al
agente Cristian Javier ARNAU (Legajo N° 63237), en el Tramo C
dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo normado en
el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/15, con una
carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales de labor.
ARTICULO 3°.- Déjase constancia que el agente Cristian
Javier ARNAU deberá realizar la presentación dentro de los
DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del
formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que
desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus
estados laborales, conforme la normativa vigente.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido archívese.
RESOLUCION N° 0060
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 0061
BUENOS AIRES, 19 ENE 2016
VISTO razones de servicio, y
CONSIDERANDO:
Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los
recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las
acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones
médico - asistenciales en forma eficaz y eficiente, en el marco
del Nuevo Modelo Prestacional.
Que en ese sentido se propicia la designación en el Agrupamiento
Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas
semanales de labor, para prestar funciones en la Unidad de
Gestión Local XXII - Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación
de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría
General Técnico Operativa, del señor Gustavo Alfredo BOHUID
(CUIL N° 20-13889252-3).
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Que por otra parte se propicia asignar al señor Gustavo Alfredo
BOHUID (CUIL N° 20-13889252-3) funciones de titular de
la Unidad de Gestión Local XXII - Jujuy, correspondiendo
su inclusión en las previsiones del inciso d) del artículo 38°,
Capítulo I, Título IV, Anexo I de la Resolución N° 1523/05-DE,
Tramo A, dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme
lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/06-DE,
y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de
labor, de acuerdo a lo señalado en la Resolución N° 712/06-DE
y Resolución N° 1002/07-DE.
Que asimismo corresponde dejar constancia que el señor
Gustavo Alfredo BOHUID (CUIL N° 20-13889252-3), conforme
lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I,
del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá
proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de
corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales
emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de
Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al
resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación
psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento
de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y
Desarrollo, dependiente de la Gerencia de Recursos Humanos,
como así también a la exhibición de la documental previsional
emitida por los organismos competentes, que permita acreditar
que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa
vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio
previsional.
Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta, al
informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de
la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral,
cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución
el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60)
días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente
sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de
igual naturaleza que así lo disponga.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto
N° 86/15-PEN,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Designar, en el Agrupamiento Ingreso, con un
régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor,
para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXII - Jujuy,
Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del
país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa,
al señor Gustavo Alfredo BOHUID (CUIL N° 20-13889252-3).
ARTICULO 2°.- Asignar al señor Gustavo Alfredo BOHUID
(CUIL N° 20-13889252-3) funciones de titular de la Unidad de
Gestión Local XXII - Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación
de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría
General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en
las previsiones del inciso d) del artículo 38°, Capítulo I, Título
IV, Anexo I de la Resolución N° 1523/05-DE, Tramo A, dentro
del Agrupamiento que corresponda, conforme lo estipulado en
el Anexo I de la Resolución N° 1375/06-DE, y carga horaria de
cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a
lo señalado en la Resolución N° 712/06-DE y Resolución N°
1002/07-DE.
ARTICULO 3°.- Déjase constancia que el señor Gustavo Alfredo
BOHUID (CUIL N° 20-13889252-3), conforme lo estipulado en el
artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de
los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación
del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado
de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por
intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de
Carrera Administrativa y Desarrollo, dependiente de la Gerencia
de Recursos Humanos, como así también a la exhibición de la
documental previsional emitida por los organismos competentes,
que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de
acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para
acceder al beneficio previsional.
ARTICULO 4°.- Estipúlase que la incorporación también quedará
sujeta, al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del
cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada
Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia
de Recursos Humanos.
ARTICULO 5°.- Déjase establecido que de no tener principio
de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo
de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará
automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión
de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.
ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 0061
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 0062
BUENOS AIRES, 19 ENE 2016
VISTO la Resolución N° 1584/DE/08, y
CONSIDERANDO:
Que el citado acto resolutivo se dicta ante la necesidad de
proceder a la cobertura de la titularidad de la Dirección Ejecutiva
Local de la Unidad de Gestión Local XII - Salta.
Que en ese sentido se dispuso designar con funciones de Director
Ejecutivo Local de dicha Unidad, al Licenciado Sergio Hernán
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SPOLLANSKY (CUIL N° 20-10421123-3), incluyéndolo en las
previsiones del inciso d), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la
Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12° de la
Resolución N° 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento
Profesional, conforme lo establecido por el artículo 11°, Anexo I
de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta y
cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado
por el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución
N° 1002/DE/07.
Que en virtud de la reorganización funcional y operativa llevada
a cabo, de conformidad a los lineamientos establecidos, y el
dictado de la Resolución N° 46/DE/16, procede limitar, a partir del
dictado de la presente, al agente Sergio Hernán SPOLLANSKY
(Legajo N° 58944 PR A CH45SEM INI), las funciones asignadas
por la Resolución N° 1584/DE/08, quedando a disposición de
la Directora Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local XII
- Salta.
Que en mérito a lo expresado precedentemente, y en función de la
limitación de funciones, el agente Sergio Hernán SPOLLANSKY
pasará a revistar en el Tramo C dentro del Agrupamiento
Profesional, de acuerdo a lo normado en el artículo 11°, Anexo I
de la Resolución N° 1375/DE/15, con una carga horaria de treinta
y cinco (35) horas semanales de labor.
Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente Sergio
Hernán SPOLLANSKY deberá realizar la presentación dentro de
los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente,
del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en
sus estados laborales, conforme la normativa vigente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto
86/15-PEN,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Limitar, a partir del dictado de la presente, las
funciones de titular de la Unidad de Gestión Local XII - Salta al
agente Sergio Hernán SPOLLANSKY (Legajo N° 58944 PR A
CH45SEM INI), asignadas por la Resolución N° 1584/DE/08,
quedando a disposición de la actual titular de la Dirección
Ejecutiva Local de la citada Unidad.
ARTICULO 2°.- Reubicar, a partir del dictado de la presente, al
agente Sergio Hernán SPOLLANSKY (Legajo N° 58944), en
el Tramo C dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo
a lo normado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N°
1375/DE/15, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas
semanales de labor.
ARTICULO 3°.- Déjese constancia que el agente Sergio Hernán
SPOLLANSKY deberá realizar la presentación dentro de los
DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del
formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que
desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus
estados laborales, conforme la normativa vigente.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en Boletín
del instituto. Cumplido archívese.
RESOLUCION N° 0062
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 0063
BUENOS AIRES, 21 ENE 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2013-0009353-1, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la
renovación los contratos suscriptos en el marco de la Licitación
Pública N° 87/13 para la provisión de prótesis, implantes y
elementos de uso en cirugía ortopédica y traumatológica, a fin
de atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el
país, por el término de seis (6) meses desde su vencimiento, o
hasta la notificación de un nuevo adjudicatario.
Que mediante Disposición N° 231/13, la Coordinación Ejecutiva
autorizó el llamado a Licitación Pública en los términos
establecidos por los artículos 19, inc. a); 25, incs. a) y c); 26 y
28 del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios
y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales
del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I.
Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y
Contrataciones como Licitación Pública N° 87/13, cuyo acto de
apertura de ofertas tuvo lugar el día 20 de diciembre de 2013.
Que por medio de la Resolución N° 303/14, esta Dirección
Ejecutiva adjudicó la mencionada Licitación a las firmas PRIMA
IMPLANTES S.A. -zonas A, C y E-, IMPLANTES F.I.C.O.
S.R.L. -zona B-, y VILLALBA HNOS IMPLANTES S.A. -zonas
D y E-, por el monto total de PESOS CIENTO SEIS MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
UNO CON OCHO CENTAVOS ($106.340.661,08).
Que vencido el plazo contractual estipulado, esta Dirección
Ejecutiva resolvió -mediante Resolución N° 59/15- renovar los
contratos suscriptos con las firmas anteriormente mencionadas,
por un plazo adicional de ciento ochenta (180) días corridos y por
el monto total de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES
SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS
($141.684.391,75).
Que posteriormente, mediante Resolución N° 526/15, esta
Dirección Ejecutiva resolvió renovar nuevamente los contratos
suscriptos con las firmas anteriormente mencionadas, por un
plazo adicional de seis (6) meses y por el monto total de PESOS
CIENTO SETENTA Y UN MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON NOVENTA Y OCHO
CENTAVOS ($ 171.084.765,98).
Que por el expediente N° 0200-2014-0016827-1 se encuentra
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Año XII - N° 2471 :: BUENOS AIRES, Miércoles 27 de Enero de 2016 ::
tramitando un nuevo llamado a Licitación Pública para la provisión
de los mismos insumos.
Que atento al vencimiento de las contrataciones y toda vez
que el trámite licitatorio citado en el considerando anterior no
se encuentra adjudicado, la Subgerencia de Prestaciones y
Provisiones Especiales de la Gerencia de Prestaciones Médicas
solicitó se proceda a la renovación de las mismas.
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones solicitó la
conformidad de las firmas PRIMA IMPLANTES S.A., IMPLANTES
F.I.C.O. ALEMANA S.A. (continuadora de IMPLANTES F.I.C.O.
S.R.L.) y VILLALBA HNOS IMPLANTES S.A. a fin de proceder
a la renovación de las contrataciones desde la fecha de su
vencimiento y por el término de seis (6) meses o hasta la
notificación de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero, de
acuerdo con las condiciones contractuales vigentes.
Que frente a ello, la empresa IMPLANTES F.I.C.O. ALEMANA
S.A. (continuadora de IMPLANTES F.I.C.O. S.R.L.) manifestó
la necesidad de readecuar los precios. Por su parte, la firma
VILLALBA HNOS IMPLANTES S.A. solicitó un incremento del
sesenta por ciento (60%) sobre la totalidad de los precios del
nomenclador de insumos, y PRIMA IMPLANTES S.A. no realizó
presentación alguna.
Que analizadas las propuestas efectuadas por las firmas
adjudicatarias, el Departamento de Estudios Económicos
dependiente de la Gerencia Económico Financiero informó que
el Instituto estaría en condiciones de proceder a la renovación
de los contratos con un incremento que no supere el 29,28% del
monto total aprobado por Resolución N° 526/15.
Que las firmas PRIMA IMPLANTES S.A., IMPLANTES
F.I.C.O. ALEMANA S.A. y VILLALBA HNOS IMPLANTES
S.A. expresamente manifestaron su conformidad en renovar el
contrato de provisión de prótesis, implantes y elementos de uso
en cirugía ortopédica y traumatológica, suscripto en el marco
de la Licitación Pública N° 87/13, con arreglo a establecido en el
considerando anterior.
Que en virtud de lo expuesto corresponde renovar las
contrataciones celebradas con las firmas PRIMA IMPLANTES
S.A., IMPLANTES F.I.C.O. ALEMANA S.A. (continuadora de
IMPLANTES F.I.C.O. S.R.L.) y VILLALBA HNOS IMPLANTES
S.A. para la provisión de prótesis, implantes y elementos de
uso en cirugía ortopédica y traumatológica para atender la
demanda de los afiliados del Instituto, por el término de seis (6)
meses desde la fecha de su vencimiento, o hasta la notificación
de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero, por la suma
total de PESOS DOSCIENTOS VEINTIUN MILLONES CIENTO
SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE
CON 64/100 ($221.178.379,64), conforme los valores detallados
en el Anexo I de la presente.
Que de acuerdo a lo establecido en el Anexo II de la Resolución
N° 589/14/DE y al artículo 3 de la Resolución N° 140/15/DE se
procedió a emitir la correspondiente comunicación de Disposición
de Recursos.
Que asimismo se procedió a verificar en el Sistema de Gestión
Económico Financiero, la disponibilidad de fondos, realizándose
en consecuencia la reserva de la correspondiente partida
presupuestaria.
Que las Gerencias de Administración y de Asuntos Jurídicos han
tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2 y 3 del Decreto N° 02/04 y el artículo I del Decreto N° 86/15PEN, y conforme lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución N°
589/14/DE,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la renovación de los contratos suscriptos
con las firmas PRIMA IMPLANTES S.A., IMPLANTES F.I.C.O.
ALEMANA S.A. (continuadora de IMPLANTES F.I.C.O. S.R.L.)
y VILLALBA HNOS IMPLANTES S.A. para la provisión de
prótesis, implantes y elementos de uso en cirugía ortopédica
y traumatológica para atender la demanda de los afiliados del
Instituto en todo el país, por el término de seis (6) meses desde
la fecha de su vencimiento, o hasta la notificación de un nuevo
adjudicatario, lo que ocurra primero, por la suma total de PESOS
DOSCIENTOS VEINTIUN MILLONES CIENTO SETENTA Y
OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 64/100
($221.178.379,64), conforme los valores detallados en el Anexo
I que se agrega y forma parte de la presente y en un todo de
acuerdo a los demás términos establecidos en el marco de la
Licitación Pública N° 87/13.
ARTICULO 2°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a
emitir y suscribir las correspondientes Órdenes de Compra a
favor de las firmas mencionadas en el Artículo 1°, facultándola a
disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema
de Gestión Económico Financiero, conforme las adjudicaciones
dispuestas en la presente.
ARTICULO 3°.- Autorizar a las Gerencias de Administración
y de Prestaciones Médicas a suscribir en forma conjunta las
respectivas Actas Acuerdo con las firmas adjudicatarias, cuyo
modelo se adjunta como Anexo II y forma parte de la presente.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 0063
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o por correo a: [email protected]
Resolución N° 0064
BUENOS AIRES, 21 ENE 2016
VISTO la Resolución N° 390/DE/14, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado del mencionado acto resolutivo se
asignaron funciones de titular de la Unidad de Gestión Local
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Año XII - N° 2471 :: BUENOS AIRES, Miércoles 27 de Enero de 2016 ::
XXXIV - Concordia, al agente Leandro José TRUPIANO
(Legajo N° 60802), incluyéndolo en las previsiones del inciso
d), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/
DE/05, sustituido por el artículo 12° de la Resolución N° 833/
DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento Técnico, conforme
lo establecido por el artículo 10°, Anexo I de la Resolución N°
1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas
semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por el artículo
4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.
Que razones de reordenamiento administrativo y funcional, hacen
necesario limitar, a partir del dictado de la presente, las funciones
de titular de la Unidad de Gestión Local XXXIV - Concordia, de la
Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del
país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa,
al agente Leandro José TRUPIANO (Legajo N° 60802 TEC A
CH45SEM INI), asignadas por la Resolución N° 390/DE/14,
quedando a disposición de la Dirección Ejecutiva Local de la
mencionada Sede.
Que conforme lo expresado precedentemente, y en función de
la limitación de funciones, el agente Leandro José TRUPIANO
pasará a revistar en el Tramo C dentro del Agrupamiento
Técnico, de acuerdo a lo normado en el artículo 10°, Anexo I de
la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de treinta
y cinco (35) horas semanales de labor.
Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente
Leandro José TRUPIANO deberá realizar la presentación dentro
de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente,
del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en
sus estados laborales, conforme la normativa vigente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto
86/15-PEN,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Limitar, a partir del dictado de la presente, las
funciones de titular de la Unidad de Gestión Local XXXIV Concordia, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL
Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General
Técnico Operativa, al agente Leandro José TRUPIANO (Legajo
N° 60802 TEC A CH45SEM INI), asignadas por la Resolución
N° 390/DE/14, quedando a disposición de la Dirección Ejecutiva
Local de la mencionada Sede.
ARTICULO 2°.- Reubicar, al agente Leandro José TRUPIANO
(Legajo N° 60802), en el Tramo C dentro del Agrupamiento
Técnico, de acuerdo a lo normado en el artículo 10°, Anexo I de
la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de treinta
y cinco (35) horas semanales de labor.
ARTICULO 3°.- Dejar constancia que el agente Leandro José
TRUPIANO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ
(10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del
formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que
desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus
estados laborales, conforme la normativa vigente.
ARTICULO 4°.- Regístrese y comuníquese en el Boletín del
Instituto. Cumplido archívese.
RESOLUCION N° 0064
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 0065
BUENOS AIRES, 21 ENE 2016
VISTO el expediente N° 0471-2015-0004942-7 del registro de
este Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 del expediente que se menciona en la referencia
obra presentación efectuada por el agente Santiago Esteban
COGORNO (Legajo N° 63468 PR C CH45SEM INI), que presta
servicios en la Agencia San Isidro, de la Unidad de Gestión Local
VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona
1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico
Operativa, mediante la cual solicita el otorgamiento de licencia
extraordinaria sin goce de haberes, conforme las previsiones del
artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones
y Franquicias, en razón de haber sido designado, a partir del 1°
de enero de 2016 Director de Proyecto (Economía, Hacienda y
Finanzas Planificación), en la Auditoria General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (AGCBA), acompañando copia en
la que consta su designación.
Que el artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título
IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones
y Franquicias, reglamenta respecto de las licencias sin goce de
haberes para desempeñar cargos electivos o de representación
política, y textualmente dice: “El personal que fuere designado
para desempeñar un cargo electivo o de representación política
en el orden nacional, provincial o municipal, tendrá derecho a usar
licencia sin goce de haberes por el lapso que dure su mandato.
Deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta
(30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que
fuera elegido o designado”.
Que ello así se estima procedente, autorizar, al agente Santiago
Esteban COGORNO a partir del 1° de enero de 2016, y por
el período que dure su mandato en el cargo en el que fuera
designado, el uso de licencia extraordinaria sin goce de
haberes, establecida en los términos del artículo 69°, Capítulo
IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas
y Descansos. Licencias, Justificaciones y Franquicias.
Que asimismo se deja constancia que el agente Santiago
Esteban COGORNO deberá realizar la presentación dentro de
los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación,
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Año XII - N° 2471 :: BUENOS AIRES, Miércoles 27 de Enero de 2016 ::
del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto
N° 86/15-PEN,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Autorízase, el uso de licencia extraordinaria sin
goce de haberes, a partir del 1° de enero de 2016, y mientras
desempeñe el cargo de Director de Proyecto (Economía,
Hacienda y Finanzas Planificación), en la Auditoria General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (AGCBA), al agente Santiago
Esteban COGORNO (Legajo N° 63468 PR C CH45SEM INI), que
presta servicios en la Agencia San Isidro, de la Unidad de Gestión
Local VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación
de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría
General Técnico Operativa, conforme los términos del artículo
69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de
Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones y Franquicias.
ARTICULO 2°.- Establécese que el agente Santiago Esteban
COGORNO, deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro
de los treinta (30) días siguientes a la finalización de las funciones
para las que fuera elegido o designado.
ARTICULO 3°.- Déjase constancia que el agente Santiago
Esteban COGORNO deberá realizar la presentación dentro de
los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación,
del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 0065
Dr. Carlos. J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 0066
BUENOS AIRES, 21 ENE 2016
VISTO el expediente N° 0730-2015-0008744-8 del registro de
este Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados, y
CONSIDERANDO:
Que el expediente citado en el VISTO se inicia con motivo de la
nota presentada por el agente Pablo José NUÑEZ (Legajo N°
61416 PR C CH35SEM INI), de la Coordinación de Promoción
y Prestaciones Sociales, de la Unidad de Gestión Local XVIII Misiones, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2
(Interior del País), dependiente de la Secretaría General Técnico
Operativa, mediante la cual solicita el otorgamiento de licencia
extraordinaria sin goce de haberes, conforme las previsiones del
artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones y
Franquicias, en razón de haber sido designado, a partir del 10 de
diciembre de 2015, Subsecretario de la Juventud del Gobierno
de la provincia de Misiones.
Que a fin de avalar lo expuesto acompaña copia del Decreto por
el que se lo designa en el aludido cargo.
Que el artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título
IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones
y Franquicias, reglamenta respecto de las licencias sin goce de
haberes para desempeñar cargos electivos o de representación
política, y textualmente dice: “El personal que fuere designado
para desempeñar un cargo electivo o de representación política
en el orden nacional, provincial o municipal, tendrá derecho a usar
licencia sin goce de haberes por el lapso que dure su mandato.
Deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta
(30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que
fuera elegido o designado”.
Que ello así se estima procedente, autorizar, al agente Pablo José
NUÑEZ a partir del 10 de diciembre de 2015, y por el período que
dure su mandato en el cargo en el que fuera designado, el uso
de licencia extraordinaria sin goce de haberes, establecida en los
términos del artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias,
Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias,
Justificaciones y Franquicias.
Que asimismo se deja constancia que el agente Pablo José
NUÑEZ deberá realizar la presentación dentro de los diez
(10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del
Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto
N° 86/15-PEN,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Autorízase, el uso de licencia extraordinaria
sin goce de haberes, a partir del 10 de diciembre de 2015, y
mientras desempeñe el cargo de Subsecretario de la Juventud
del Gobierno de la provincia de Misiones, al agente Pablo
José NUÑEZ (Legajo N° 61416 PR C CH35SEM INI), de la
Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, de la
Unidad de Gestión Local XVIII - Misiones, Gerencia Operativa y
Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del País), dependiente de
la Secretaría General Técnico Operativa, conforme los términos
del artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX
- Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones
y Franquicias.
ARTICULO 2°.- Establécese que el agente Pablo José NUÑEZ,
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Año XII - N° 2471 :: BUENOS AIRES, Miércoles 27 de Enero de 2016 ::
deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta
(30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que
fuera elegido o designado.
ARTICULO 3°.- Déjase constancia que el agente Pablo José
NUÑEZ deberá realizar la presentación dentro de los diez
(10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del
Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 0066
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 0067
BUENOS AIRES, 21 ENE 2016
VISTO el expediente N° 0250-2015-0037281-9 del registro de
este Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 del expediente citado en el VISTO obra presentación
efectuada por el agente Nadir Amin NIFURY (Legajo N° 56819
AD C CH35SEM INI), de la Coordinación Médica, Unidad de
Gestión Local III - Córdoba, Gerencia Operativa y Coordinación
de UGL Zona 2 (Interior del País), dependiente de la Secretaría
General Técnico Operativa, mediante la cual solicita el
otorgamiento de licencia extraordinaria sin goce de haberes,
conforme las previsiones del artículo 69°, Capítulo IV - Licencias
Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos.
Licencias, Justificaciones y Franquicias, en razón de haber sido
designado, a partir del 1° de enero de 2016 Subintendente en la
Legislatura de la provincia de Córdoba.
Que al respecto acompaña copia del Decreto N° 210/15 suscripto
por el Vicegobernador de la mencionada provincia.
Que el artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título
IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones
y Franquicias, reglamenta respecto de las licencias sin goce de
haberes para desempeñar cargos electivos o de representación
política, y textualmente dice: “El personal que fuere designado
para desempeñar un cargo electivo o de representación política
en el orden nacional, provincial o municipal, tendrá derecho a usar
licencia sin goce de haberes por el lapso que dure su mandato.
Deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta
(30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que
fuera elegido o designado”.
Que ello así se estima procedente, autorizar, al agente Nadir Amin
NIFURY a partir del 1° de enero de 2016, y por el período que
dure su mandato en el cargo en el que fuera designado, el uso
de licencia extraordinaria sin goce de haberes, establecida en los
términos del artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias,
Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias,
Justificaciones y Franquicias.
Que asimismo se deja constancia que el agente Nadir Amin
NIFURY deberá realizar la presentación dentro de los diez
(10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del
Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto
N° 86/15-PEN,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Autorízase, el uso de licencia extraordinaria sin
goce de haberes, a partir del 1° de enero de 2016, y mientras
desempeñe el cargo de Subintendente en la Legislatura de la
provincia de Córdoba, al agente Nadir Amin NIFURY (Legajo
N° 56819 AD C CH35SEM INI), de la Coordinación Médica,
Unidad de Gestión Local III - Córdoba, Gerencia Operativa y
Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del País), dependiente de
la Secretaría General Técnico Operativa, conforme los términos
del artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX
- Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones
y Franquicias.
ARTICULO 2°.- Establécese que el agente Nadir Amin NIFURY,
deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta
(30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que
fuera elegido o designado.
ARTICULO 3°.- Déjase constancia que el agente Nadir Amin
NIFURY deberá realizar la presentación dentro de los diez
(10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del
Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 0067
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo
Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo
ISO 9001:2008
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Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0895/DE/12, 0385/DE/14 y 0039/DE/16
Edición: División Gestión Electrónica de Normativa
Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa
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