profesional especializado del jardín maternal

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
BASES DEL CONCURSO
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL- DECRETO Nº 2098/2008 Y MODIFICATORIOS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO
Convocatoria Extraordinaria y General por aplicación del artículo 31 y 44 del Sistema Nacional de Empleo Público
Pueden participar los trabajadores designados de conformidad con las disposiciones Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
2098/08, quienes oportunamente fueron designados bajo el régimen de estabilidad para prestar servicios en cargos
de Planta Permanente en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa establecido por Decreto Nº 993 del 27
de mayo de 1991 (t.o. 1995) y modificatorios, y quienes estuviesen designados en las respectivas Plantas
Transitorias. Asimismo, el personal que se encontrara bajo el régimen de contrataciones de conformidad con el
Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 cuyas retribuciones fueran equiparadas con las del Escalafón establecido
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP) con los alcances y salvedades de su modalidad de empleo.
1- IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
Denominación del puesto: PROFESIONAL ESPECIALIZADO DEL JARDÍN MATERNAL
Número de identificación del Registro Central de Ofertas de Empleo Público:
2015-010584-MINREL-P-SI-X-B
2015-010585-MINREL-P-SI-X-B
Cantidad de cargos a cubrir: DOS (2)
Tipo de cargo: Simple
Agrupamiento: Profesional
Nivel: B
Tramo: General
Remuneración Bruta Mensual Total: $ 12489,87.-, más el 35% de la asignación básica del nivel, en concepto del
Suplemento por Agrupamiento Profesional.
Jornada Laboral: CUARENTA (40) hs. semanales
Asiento Habitual (Lugar de trabajo): Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2- DEPENDENCIA JERÁRQUICA:
Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional.
Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa.
Dirección General de Recursos Humanos y Planeamiento Organizacional.
3- OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO DE TRABAJO:
Asegurar el funcionamiento del Jardín Maternal.
4- PRINCIPALES ACTIVIDADES O TAREAS:
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
•
•
•
•
•
•
Supervisar las actividades del Jardín Maternal para el eficiente suministro de materiales, insumos, y
equipamiento, en base a criterios y estándares de calidad, y seguridad e higiene.
Proponer planes y cursos de acción anuales de las actividades recreativas del Jardín Maternal.
Asesorar a padres y autoridades respecto a cuestiones pedagógicas y de enseñanza temprana.
Supervisar el proceso de admisión para el ingreso de los infantes al Jardín Maternal.
Diseñar el organigrama anual de las actividades pedagógicas y educacionales.
Coordinar la tarea de las responsables de cuidado de niños del Jardín Maternal para la aplicación del plan de
actividades preestablecido.
5- TIPO DE RESPONSABILIDAD:
Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de objetivos y resultados establecidos en términos
de cantidad, calidad y oportunidad para la unidad organizativa o grupo o equipo de trabajo a cargo o para los planes,
programas o proyectos de los que participe, con sujeción a políticas específicas y marcos normativos, profesionales
o técnicos del campo de actuación, con relativa autonomía para la toma de decisiones dentro de la competencia
asignada.
6- REQUISITOS MÍNIMOS EXCLUYENTES:
•
•
•
•
•
•
•
•
Edad de ingreso: DIECIOCHO (18) AÑOS.
Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la
jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164.
Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá
exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4°
del Anexo de la Ley N° 25.164).
Título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años,
correspondientes a carreras vinculadas con la gestión de recursos humanos: Licenciaturas en Psicología,
Pedagogía, Ciencias de la Educación y Recursos Humanos.
Experiencia laboral en la especialidad atinente a dicha función o puesto acreditada por un término no
inferior a los TRES (3) años después de la titulación.
Especialización en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar,
acreditable mediante estudios o cursos en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o
profesional y/o mediante publicaciones o investigaciones avaladas por ese tipo de entidades.
Idiomas: lectura y comprensión de texto de al menos UN (1) idioma extranjero aplicable a la función o
puesto.
Utilitarios informáticos: herramientas informáticas de nivel intermedio para el procesamiento de textos,
planilla de cálculo, correo electrónico y navegación por INTERNET.
7- REQUISITOS DESEABLES:
En materia de antecedentes académicos:
•
•
•
Acreditar actividades de capacitación y/o entrenamiento relacionadas con la administración de personal,
procedimientos administrativos, redacción de informes, organización del trabajo.
Acreditar asistencia a Congresos, Simposios y Jornadas en temática pertinente.
Acreditar formación en administración y organización de personal.
En materia de antecedentes laborales:
•
Acreditar experiencia laboral adicional a la exigible.
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
8- COMPETENCIAS TÉCNICAS:
El postulante deberá demostrar conocimientos y su aplicación a situaciones típicas del ejercicio del puesto de
trabajo en cuestión, en las siguientes materias específicas:
Nivel avanzado:
•
•
•
•
•
•
•
•
Ley de Educación Nacional N° 26.206 (artículos referentes a educación inicial)
Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 621/2001: Regulación de habilitación, funcionamiento y
supervisión de instituciones privadas de carácter educativo asistencial, destinadas a niños de 45 días a 4
años, no incorporadas a la enseñanza oficial. - Reglamentación - Decreto 1089/2002 del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Decreto 1207/2001 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1.759/72.
Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación
administrativa (Decreto N° 333/85).
Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y su reglamento aprobado por Decreto Nº 1973/1986.
Resolución Ministerial Nº 279/2010- Manual de procedimientos para la tramitación de los proyectos de
actos administrativos.
Régimen de licencias, justificaciones y franquicias (Decreto Nº 3413/79)
Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Ley Nº 19587.
Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto:
•
•
Ley de Ministerios Nº 22.520, texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificaciones.
Decreto Nº 357/2002 y modificatorios: Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012, 2250/2013;
Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012, en especial responsabilidades y acciones de la unidad
organizativa en la que se integra el puesto de trabajo.
Estructura de la Administración Pública Nacional:
•
Ministerios, cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos.
http://www.sgp.gob.ar/dno/sitio/index.htm).
•
•
•
•
•
Constitución Nacional.
Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164 y Decreto Reglamentario Nº 1421/02.
Ley N° 25.188 y Decreto N° 862/01 y modificatorios (Ética en el ejercicio de la Función Pública)
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. Decreto Nº 214/2006.
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público. Decreto Nº 2098/2008,
en especial del régimen de promoción y carrera.
Carta Iberoamericana de la Función Pública.
•
(Ver
Mapa del
Estado:
9-COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:
•
•
•
Proactividad: Evalúa las consecuencias de sus decisiones a mediano y largo plazo, tanto las principales
como las secundarias.
Orientación al logro: Establece objetivos y orienta la acción hacia la obtención de resultados.
Compromiso con la organización: Utiliza una sólida comprensión del entorno para convertir
oportunidades estratégicas en planes específicos para el crecimiento.
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
•
•
•
Trabajo en equipo y cooperación: Construye grupos que integren diversidad y complementariedad de
enfoques y fortalezas.
Orientación al ciudadano y usuarios internos: Establece una relación a largo plazo con el usuario que
permite anticipar y resolver sus necesidades.
Flexibilidad: adapta rápidamente los proyectos, objetivos y estrategias a las nuevas situaciones y tiempos
requeridos.
10- INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN:
1.1 Titular: Da. María Cristina COSAKA (D.N.I. N° 10.704.879)
1.2 Alterno: Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. N° 5.325.166)
2. Titular: D. Roberto Osvaldo CELIA (D.N.I. N° 10.829.140)
3.1 Titular: Da. Laura BERNAL (D.N.I. Nº 13.663.218)
3.2 Alterno: D. Carlos Alberto RINALDI (D.N.I. Nº 12.702.335)
4.1 Titular: D. Paula Verónica FERRARIS (D.N.I. Nº 21.624.181)
4.2 Alterno: D. Juan KONCURAT (D.N.I. Nº 18.765.052)
5.1 Titular: D. Gabriel Roberto VALEGGIANI (D.N.I. N° 22.297.580)
5.2 Alterno: D. Mario THORP (D.N.I. N° 18.179.104)
Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la
Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar)
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros
del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse
antes de que el referido órgano se expida.
RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA:
Art. 17.- Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes,
sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el
pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados,
salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste
con anterioridad a la iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de
magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado
recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el
trato.
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En
ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado
a conocer el asunto.
EXCUSACIÓN:
Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17
deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el
juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus
deberes.
11- PROCESO DE SELECCIÓN:
El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido
a continuación:
•
•
•
•
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales TREINTA Y
CINCO (35) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes
SESENTA Y CINCO (65) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes
hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1)
prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá
individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en
la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.
Puntaje: CIEN (100) puntos, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) puntos para cada una de las
pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados
todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados,
conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al
menos SESENTA (60) puntos.
Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se
utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y
Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en
DOS (2) momentos:
El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de
Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá
ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO
(30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del
Concurso.
Puntaje: CIEN (100) puntos. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA
(60) puntos de un total de CIEN (100) puntos surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.
Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las
características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto
de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quién elevará al Comité un informe con la
calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada”
(Coeficiente 1.00).
12- FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN FINAL Y ORDEN DE MÉRITO:
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
•
Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 25%.
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
•
•
Evaluación Técnica: 60%.
Evaluación Laboral: 15%.
El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de
mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) puntos.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto.
Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en
la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto N° 1.759/72 (t.o.
1991).
13- INFORMES E INSCRIPCIÓN:
La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes,
incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de
inscripción electrónica estará disponible en Esmeralda 1212, planta baja- y en la página Web del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar)
14- PREINSCRIPCIÓN ELECTRÓNICA:
Los postulantes interesados en participar de la presente convocatoria deberán preinscribirse obligatoriamente de
forma electrónica mediante el sistema CONCURSAR. El mencionado sistema de preinscripción electrónica estará
disponible en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar)
El postulante deberá registrarse indicando un nombre de usuario y contraseña, los que le serán requeridos cada vez
que desee ingresar al sistema.
Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y
avisos.
El sistema CONCURSAR le mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer
CLICK en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.
Una vez completados TODOS los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese,
ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá
cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del
concurso.
Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual
deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.
-Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.
- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.
- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.
15- PRESENTACIÓN DE LAS POSTULACIONES:
Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder
debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas
por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.
Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el
postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.
2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y
certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos
para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información
volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la
inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su
correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la
documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.
4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público
deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2)
primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el
domicilio actualizado.
5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en el artículo 4° y de no estar incurso en los
impedimentos del artículo 5°, ambos del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los
artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto N° 214/2006, así como
aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en
general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página
WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.
Recuerde que:
• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y
cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es
obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.
• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación
adicional, ni modificar los datos consignados.
• La inscripción documental deberá ser efectuada personalmente. En caso de imposibilidad de concurrir
al lugar, la inscripción podrá realizarla otra persona mediante poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la
documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo, el postulante deberá volver a firmar
personalmente los formularios de inscripción antes de su presentación a la Evaluación Técnica escrita,
en caso de acceder a la mencionada etapa.
• El inscripto deberá informar obligatoriamente una dirección de correo electrónico, la que será válida
para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de
selección. De no contar con una, deberá generarla al momento de la inscripción.
• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades
previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica,
Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).
• Los postulantes que no integren el orden de mérito definitivo podrán requerir la documentación
presentada dentro de los TREINTA (30) días corridos de la publicación del mismo. Teniendo en cuenta
que la documentación aportada no reviste carácter de original, si no fuese requerida en el plazo
indicado, se procederá sin más trámite a su destrucción.
16- CRONOGRAMA TENTATIVO:
La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación
fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
Inscripción electrónica: desde el 24 de abril de 2015 a las 12:00 hs. hasta el 1 de junio de 2015 a las
16:00hs.
Presentación de la documentación solicitada: desde el 18 de mayo de 2015 al 1 de junio de 2015, en el
horario de 11:00 a 16:00hs.
Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de
la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.
Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 10 de
junio y 3 de julio de 2015.
Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 6 y 24 de julio de 2015.
Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección
entre los días 27 de julio y 14 de agosto de 2015.
Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada entre los días 18 y 27 de
agosto de 2015.
Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 28 de agosto de
2015.
Preinscipción electrónica: Desde el 24 de abril al 1 de junio estará disponible el Sistema de Inscripción
Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link
“Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la
Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.
Inscripción Documental: Desde el 18 de mayo al 1 de junio de 2015 en el horario de 11 a 16 horas en
Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP 1007.
Si se reside a más de CINCUENTA KILÓMETROS (50 km) del lugar de inscripción, o se trate de personas que
acrediten certificado de discapacidad, podrá hacerse por correo postal, siendo necesario adjuntar el certificado
de domicilio en el envío o copia del certificado de discapacidad, respectivamente, considerándose a todo efecto
la fecha del franqueo.
En los supuestos de inscripciones por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente
antes de su presentación a la primera prueba que se resuelva en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la
resolución SGP Nº 39/2010.