BASES Y CONDICIONES. 1. OSDIPP se propone brindar a los integrantes de la Nómina de Afiliados y Beneficiarios, de la Seguridad Social o Voluntarios, una nueva Plataforma de Beneficios Go Integro, adicionales al Plan de Cobertura. 2. A dicho efecto, convoca a todos sus Afiliados, Beneficiarios y Voluntarios a registrarse en su sitio web (www.osdipp.com.ar) e ingresar a dicha Plataforma. 3. La presente campaña de registro se extiende desde el 04 de diciembre de 2015 al 31 de enero de 2016, ambas fechas inclusive. 4. Se encuentran habilitados para participar de la presente campaña de registro todos aquellos que, al 04 de diciembre de 2015, integren la Nómina de Afiliados y Beneficiarios de la Seguridad Social y Voluntarios, y los que se incorporen en dichas categorías, que reciban prestaciones a través de Prestadores de OSDIPP; quedan excluidos los que reciban prestaciones de otras Prestadoras en virtud de la derivación de los Aportes y Contribuciones que devenguen. 5. Todos los participantes que se registren o ya estén registrados en www.osdipp.com.ar e ingresen a la Plataforma de Beneficios Go Integro participarán del sorteo de 4 (cuatro) tablets cuya marca y modelo estarán supeditados a la disponibilidad en el mercado. El soporte y la garantía de las tablets serán brindados por el fabricante, desligando a OSDIPP de toda responsabilidad, extendiéndose esta eximición también respecto del comercio que entregue los equipos. 6. La gestión de registro en la Plataforma de Beneficios Go Integro no extenderá al Afiliado, Beneficiario y Voluntario ninguna otra contraprestación que la expresamente dispuesta en forma de gratificación, excluyéndose cualquier prestación de la que por la legislación positiva corresponde. 7. El sorteo de las tablets tendrá lugar el día 03 de febrero de 2016 a las 15 horas en la sede de OSDIPP, 25 de Mayo 537/553/555, 1º subsuelo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la asistencia de Escribano Público Nacional. 8. OSDIPP no distinguirá en el futuro a quienes participen de la convocatoria o no hayan hecho uso de ella, salvaguardando así el principio de la Igualdad. 9. OSDIPP entiende que la oportunidad que ofrece no es en desmedro de ningún Derecho Subjetivo, sino que, antes bien, puede operar contraprestaciones en exceso de la de la salud que regularmente presta, para los que quieran participar. 10. OSDIPP, desde que de una campaña de convocatoria se trata, se manifiesta indemne de cualquier responsabilidad que se le pudiera endilgar: queda en la voluntad de cada uno de los Afiliados, Beneficiarios y Voluntarios. 11. Quedan excluidos de participar de la presente campaña los Afiliados que no cuenten con cobertura OSDIPP. 12. A todos los efectos de la presente campaña la sede de OSDIPP es la antes consignada: 25 de Mayo 537/553/555, 1° subsuelo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el horario de atención regular es de lunes a viernes de 08:30 a 17:00 horas.
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