Nº 24 Año 2015 INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS Datos octubre de 2015 1. GAS NATURAL 1.1 TUR (valores a partir del 1/10/2015) T.U.R. GAS NATURAL Tarifa T.U.R. 1. Consumo ≤ 5.000 kWh/año Término fijo (€/cliente)/mes 4,36 8,84 T.U.R. 2. 5.000 kWh/año <Consumo ≤ 50.000 kWh/año 0,00% Término variable cent/kWh 5,125575 -1,30% 0,00% 4,438175 -1,50% (*) (*) (*) Variación con respecto a la TUR anterior: BOE nº 156; 1 de julio de 2015. Coste Materia Prima (Gas Natural): 2,0233418 cent/kWh (-3,2% decremento con respecto al valor de julio de 2015). Fuente: BOE nº 234; 30 de septiembre de 2015. 1.2. PEAJES Peajes de aplicación a partir del 1/01/2015 PEAJE Peaje 1 (P>60bar) TÉRMINOS DE PEAJE Término fijo (*) Término variable c€/kWh 0,00% 0,00% 0,00% Varía según oferta de la compañía (*) Término variable c€/kWh 0,00% 0,0847 0,0682 0,0615 Término variable c€/kWh 0,1934 0,1543 0,1249 0,1121 0,0983 0,0852 Término variable c€/kWh 2,9287 2,2413 1,6117 1,3012 c€/kWh día/mes (*) c€/kWh (*) Término variable C€/kWh 5,9258 0,00% 0,2010 30,86% Varía según oferta de la compañía c€/kWh día/mes 1.1 Consumo ≤ 200GWh 1.2 200GWh/año <Consumo ≤ 1000 GWh/año 1.3. .Consumo > 1000 GWh/año 3,4560 3,0875 2,8657 Término fijo Peaje 2 (4 bar<P≤60 bar) c€/kWh día/mes 2.1 Consumo ≤ 0,5 GWh/año 25,3055 2.2 0,5 < Consumo ≤5 GWh/año 6,8683 2.3 5 < Consumo ≤30 GWh/año 4,4971 2.4 30 <Consumo ≤ 100GWh/año 4,1210 2.5. 100 < Consumo ≤ 500GWh/año 3,7887 2.6 Consumo > 500GWh/año 3,4848 Término fijo Peaje 3 (P≤ 4 bar) €/ mes 3.1 Consumo ≤ 5.000 kWh/año 2,53 3.2 5.000 <Consumo ≤ 50.000 kWh/año 5,79 3.3 50.000 kWh/año <Consumo ≤100 MWh/año 54,22 3.4 Consumo >100 MWh/año 80,97 Peaje P>4 bar. Consumidores industriales con carácter interrumpible 3.5 Consumo > 8 GWh/año Término variable TÉRMINO ENERGÍA (*) 0,00% 0,00% 0,00% (*) 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% (*) 0,00% 0,00% 0,00% c€/kWh 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% (*) Varía según oferta de la compañía Término variable c€/kWh 1,65% 2,16% 3,03% Varía según oferta de la compañía 3,78% NOTA: Se mantienen los peajes y cánones en vigor a 31 de diciembre de 2014, recogidos en la Orden IET/2446/2013, de 27 de diciembre, con la excepción del término variable de conducción del peaje de transporte y distribución del grupo 3. (*) Variación con respecto a peajes anteriores: nº 312; 30 de diciembre 2013. Fuente: BOE nº 312; 26 de diciembre 2014. Página 1 de 7 Nº 24 Año 2015 INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS Datos octubre de 2015 Evolución de las Tarifas de Último Recurso T1 y T2 de gas Natural. Término de Potencia €/kWh y mes 4,60 5,80 5,93 5,93 5,75 4,45 4,30 4,35 4,35 5,73 4,38 4,35 4,36 4,36 4,36 4,36 5,53 4,30 5,37 5,19 5,13 4,15 4,00 6,10 6,00 5,90 5,80 5,70 5,60 5,50 5,40 5,30 5,20 5,10 5,00 4,90 4,80 Término de energía c€/kWh Evolución TUR 1: Consumo ≤ 5.000 kWh/año may. 2012 jul. 2012 (BOE oct. 2012 ene. 2013 ene. 2014 ene. 2015 abr. 2015 jul. 2015 (BOE oct. 2015 (BOE 29/6/2012) (BOE (BOE (BOE (BOE (BOE 1/07/2015) (BOE 28/04/2012) 29/06/2012) 31/12/2012) 26/12/2013) 30/12/2014) 31/03/2015) 30/09/2015) Término de potencia €/cliente/mes Término de energía c€/kW Evolución TUR 2: 5.000 kWh/año <Consumo ≤ 50.000 kWh/año 5,60 8,99 8,99 9,00 5,50 8,99 5,40 8,88 8,80 5,13 5,26 5,26 5,08 8,60 8,84 8,84 8,84 8,84 5,30 5,20 5,10 5,04 5,00 4,85 4,90 8,58 4,80 4,69 8,40 4,70 4,60 4,51 8,20 4,44 4,50 4,40 8,00 4,30 may. 2012 jul. 2012 (BOE oct. 2012 ene. 2013 ene. 2014 ene. 2015 abr. 2015 jul. 2015 (BOE oct. 2015 (BOE 29/6/2012) (BOE (BOE (BOE (BOE (BOE 1/07/2015) (BOE 28/04/2012) 29/06/2012) 31/12/2012) 26/12/2013) 30/12/2014) 31/03/2015) 30/09/2015) Término de potencia €/cliente/mes Término de energía c€/kW Página 2 de 7 Término de energía c€/kWh Término de Potencia €/kWh y mes 9,20 Nº 24 Año 2015 INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS Datos octubre de 2015 1.2. ALQUILER DE CONTADORES (valores a partir del 1/01/2015) Caudal del contador (m3/h) Hasta 3 m3/hora Hasta 6 m3/hora 3 Q>6m /hora (%1000 del valor medio del contador que se fija a continuación Caudal del contador (m3/h) Q<10 Q<25 Q<40 Q<65 Q<100 Q<160 Q<250 Tarifas del alquiler 0,69 €/mes 1,25 €/mes 12,5 por 1000 del valor medio de contador que se fija a continuación/mes valor medio del valor calculado contador € €/mes 210,94 2,64 388,25 4,85 752,97 9,41 1.538,21 19,23 2.082,41 26,03 3.266,32 40,83 6.912,62 86,41 equipos de telemedida €/mes para una sola línea para línea adicional 76,99 14,76 (*) Variación con respecto a valores anteriores. nº 312; 31 de diciembre 2013. Fuente: BOE nº 312; 26 de diciembre 2014. Página 3 de 7 (*) 0,00% 0,00% - (*) 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% variación valor anterior (*) -0,57% -0,54% Nº 24 Año 2015 INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS Datos octubre de 2015 2. TARIFAS ELÉCTRICAS 2.1. PRECIOS DE APLICACIÓN A PEQUEÑOS CONSUMIDORES (Valores a partir del 1/04/2014) PRECIOS VOLUNTARIOS PARA EL PEQUEÑO CONSUMIDOR(*) Coste de energía €/kWh (2) DISCRIMINACIÓN HORARIA SUPERVALLE Termino de potencia del peaje de acceso €/kW y mes (1) Margen de comercialización €/kW y mes (2) 3,1702855 0,33333333 Termino de energía del peaje de acceso €/kWh y mes (1) Periodo1: 0,062012 Periodo2: 0,002879 Periodo3: 0,000886 CON DISCRIMINACIÓN HORARIA Termino de potencia del peaje de acceso €/kW y mes (1) Margen de comercialización €/kW y mes (2) 3,1702855 0,33333333 Termino de energía del peaje de acceso €/kWh y mes (1) Periodo1: 0,062012 Periodo2: 0,002215 Coste horario de energía en el mercado de producción durante el periodo facturado y otros costes, calculados según Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo. SIN DISCRIMINACIÓN HORARIA Termino de potencia del peaje de acceso €/kW y mes (1) 3,1702855 Margen de comercialización €/kW y mes (2) 0,33333333 Termino de energía del peaje de acceso €/kWh y mes (1) 0,044027 NOTA: EL precio voluntario para el pequeño consumidor viene a sustituir a las tarifas de último recurso de electricidad existentes hasta la aprobación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico. Su metodología de cálculo se regula en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo. (*) Podrán acogerse a los precios voluntarios para el pequeño consumidor los titulares de los puntos de suministro efectuados a tensiones no superiores a 1 kV y con potencia contratada igual o inferior a 10 kW. Fuente: (1) BOE nº 312; 26 de diciembre de 2014; (2) BOE nº 77; 29 de marzo de 2014. PRECIOS APLICABLES A OTROS CONSUMIDORES TUR PARA CONSUMIDORES VULNERABLES (BENEFICIARIOS DEL BONO SOCIAL) (**) (***) El precio de la tarifa de último recurso (****) que deberán pagar los consumidores vulnerables será el que resulte de aplicar el precio voluntario para el pequeño consumidor que corresponda, descontando un 25% en todos los términos. (**) En la actualidad, tienen derecho a acogerse al bono social los consumidores denominados vulnerables, definidos en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, como los consumidores de electricidad que cumplan con las características sociales, de consumo y poder adquisitivo que se determinen. (***) Condiciones de aplicación: Potencia contratada igual o inferior a 10 kW y tensiones no superiores a 1 kV. (****) De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.3 de la Ley 24/2013, las tarifas de último recurso a aplicarán a los consumidores que tengan la condición de vulnerables, y a aquellos otros que, sin cumplir los requisitos para la aplicación del precio voluntario para el pequeño consumidor, transitoriamente no dispongan de un contrato de suministro en vigor con un comercializador en mercado libre. Fuente: BOE nº 77; 29 de marzo de 2014. Página 4 de 7 Nº 23 Año 2015 INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS Datos julio de 2015 2.2 PEAJES DE ACCESO A BAJA TENSIÓN (< 1 kV) Peajes de aplicación a partir del 1/01/2015 SIN DISCRIMINACIÓN TARIFA 2.0A Potencia ≤ 10 kW CON DISCRIMINACIÓN TARIFA 2.0DHA TPA €/kW y año (*) TEA €/kWh (*) TPA €/kW y año (*) TEA €/kWh (*) TPA €/kW y año (*) TEA €/kWh (*) 38,043426 0,00% 0,044027 0,00% 38,043426 0,00% P1: 0,062012 P2: 0,002215 P1: 0,00% P2: 0,00% 38,043426 20,20% P1: 0,062012 P2: 0,002879 P3: 0,000886 P1: 0,00% P2: 0,00% P3: 0,00% SIN DISCRIMINACIÓN TARIFA 2.1A Potencia 10 kW ≤ 15 kW CON DISCRIMINACIÓN SUPERVALLE TARIFA 2.0DHS CON DISCRIMINACIÓN TARIFA 2.1DHA CON DISCRIMINACIÓN SUPERVALLE TARIFA 2.1DHS TP €/kW y año (*) TE €/kWh %* TP €/kW y año (*) TEA €/kWh (*) TP €/kW y año (*) TEA €/kWh (*) 44,444710 0,0% 0,05736 0,00% 44,444710 0,00% P1: 0,074568 P2: 0,013192 P1: 0,00% P2: 0,00% 44,444710 0,0% P1: 0,074568 P2: 0,017809 P3: 0,006596 P1: 0,00% P2: 0,00% P3: 0,00% CON DISCRIMINACIÓN TARIFA 3.0A Potencia > 15 kW TP €/kW y año (*) TE €/kWh (*) P1: 40,728885 P2: 24,437330 P3: 16,291555 P1: 0,00% P2: 0,00% P3: 0,00% P1: 0,018762 P2: 0,012575 P3: 0,004670 P1: 0,00% P2: 0,00% P3: 0,00% NOTA: Los precios de los términos de potencia y energía activa de aplicación a cada uno de los peajes de acceso a partir del 1 de enero de 2015 son los fijados en el anexo I de la Orden IET/107/2014, de 31 de enero. (*) Variación con respecto a peajes anteriores: BOE nº 28; 1 de febrero de 2014. Fuente: BOE nº 312; 26 de diciembre de 2014. Página 5 de 7 Nº 23 Año 2015 INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS Datos julio de 2015 2.3 PEAJES DE ACCESO A ALTA TENSIÓN ( 1 kV y < 36 kV; Potencia contratada 450 kW). Peajes de aplicación a partir del 1/01/2015 TARIFA 3.1A (*) TP €/kW y año P1: P2: P3: 59,173468 36,490689 8,3677310 (*) TE €/kWh P1: P2: P3: 0,00% 0,014335 0,012754 0,007805 0,00% (*) Variación respecto a valores de tarifas anteriores: BOE nº 28; 1 de febrero de 2014. Fuente: BOE nº 312; 26 de diciembre de 2014. TARIFA ALTA TENSIÓN: 6 PERIODOS TARIFARIOS TARIFA 6.1A ( 1 KV y < 30 kV) (**) TP €/kW y año TE €/kWh (*) (*) TARIFA 6.1B ( 30 KV y < 36 kV) (**) TE €/kWh (*) (*) TP €/kW y año TARIFA 6.2 36 KV y < 72 kV) TE €/kWh (*) TP €/kW y año P1 39,139427 P1 0,026674 P1 33,237522 P1 0,023381 -12,35% P1 22,158348 P1 0,015587 P2 19,586654 P2 0,019921 P2 16,633145 P2 0,017462 -12,34% P2 11,088763 P2 0,011641 P3 14,334178 P3 0,010615 P3 12,172701 P3 0,009306 -12,33% P3 8,115134 P3 0,006204 P4 14,334178 P4 0,005283 P4 12,172701 P4 0,004631 -12,34% P4 8,115134 P4 0,003087 P5 14,334178 P5 0,003411 P5 12,172701 P5 0,00299 -12,34% P5 8,115134 P5 0,001993 P6 6,540177 P6 0,002137 P6 5,553974 P6 0,001871 -12,45% P6 3,702649 P6 0,001247 0,00% TARIFA 6.3 ( 72,5 KV y < 145 kV) TE €/kWh (*) TP €/kW y año 0,00% (*) TP €/kW y año -15,10% TARIFA 6.4 ( 145 kV) TE €/kWh (*) 0,00% TP €/kW y año 18,916198 P1 0,015048 P1 13,706285 P1 0,008465 P1 13,706285 P1 0,008465 P2 9,466286 P2 0,011237 P2 6,859077 P2 0,007022 P2 6,859077 P2 0,007022 P3 6,927750 P3 0,005987 P3 5,019707 P3 0,004025 P3 5,019707 P3 0,004025 P4 6,927750 P4 0,002979 P4 5,019707 P4 0,002285 P4 5,019707 P4 0,002285 P5 6,927750 P5 0,001924 P5 5,019707 P5 0,001475 P5 5,019707 P5 0,001475 P6 3,160887 P6 0,001206 P6 2,290315 P6 0,001018 P6 2,290315 P6 0,001018 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% TARIFA 6.5 (Conexiones Internacionales) TE €/kWh (*) (*) (*) P1 0,00% (*) 0,00% 0,00% NOTAS: Los periodos tarifarios están definidos en el Real Decreto 1164/2001 del 26 de diciembre. La Orden IET/2444/2014, de 19 de diciembre, modifica la Tarifa de Acceso 6.1, pasando a desglosarse en dos nuevas Tarifas -6.1A y 6.1B-. NOTA: Los precios de los términos de potencia y energía activa de aplicación a cada uno de los peajes de acceso a partir del 1 de enero de 2015 son los fijados en el anexo I de la Orden IET/107/2014, de 31 de enero. (*) Variación con respecto a valores de tarifas anteriores: BOE nº 28; 1 de febrero de 2014. Fuente: BOE nº 312; 26 de diciembre de 2014. Página 6 de 7 Nº 23 Año 2015 INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS Datos julio de 2015 2.4 ALQUILER DE CONTADORES: Tipo de contador Tarifas del alquiler Contadores electrónicos monofásicos con discriminación horaria y con posibilidad de telegestión para consumidores domésticos 0,81 €/mes Contadores electrónicos trifásicos con discriminación horaria y con posibilidad de telegestión para consumidores domésticos 1,36 €/mes NOTA: Se incluyen los costes asociados a la instalación, operación y mantenimiento de los contadores, así como los costes asociados a la verificación. Precios provisionales de aplicación a partir del 3 agosto hasta que tenga lugar la aprobación del precio definitivo de los contadores electrónicos con base en el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, o en su caso, la Comisión Nacional de la Energía. Fuente: BOE nº 185; 3 de agosto de 2013 Octubre, 2015. Página 7 de 7
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