REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN Campaña “Invierte y Gana” 1. FINALIDAD: La presente promoción es un incentivo que Banco de la Producción S.A. Produbanco, ofrece a sus clientes personas naturales, que mantengan cuentas Ahorro Meta Décimos y depósitos a plazo fijo con la Institución. 2. DEFINICIONES: BENEFICIARIOS: Todos los clientes personas naturales, mayores de 18 años, que mantengan o; y/o cuentas Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo en Banco de la Producción S.A. Produbanco. PRODUCTOS QUE PARTICIPAN: Cuenta Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo con un plazo mayor a 90 días (pólizas de acumulación nueva, existente o renovación). OBJETIVO DE LA PROMOCIÓN: Incentivar el incremento de captación en depósitos a la vista en Banco de la Producción S.A. Produbanco. 3. VIGENCIA: La promoción entra en vigencia a partir del 23 de noviembre de 2015, y finaliza el 29 de febrero de 2016. Todos los plazos expresados en el presente Reglamento son perentorios. 4. COBERTURA: La presente promoción tendrá una cobertura a nivel nacional, es decir, válido solamente en el territorio de la República del Ecuador. 5. FECHA Y LUGAR DEL SORTEO: El sorteo de los premios determinados en este instrumento, entre los participantes que accedan al mismo de acuerdo con los términos y condiciones señalados en el presente Reglamento, se realizará el 23 de marzo de 2016, a las 12:00, en el Auditorio de la oficina Matriz de Banco de la Producción S.A. Produbanco, ubicado en Av. Amazonas N35-211 y Japón, de esta ciudad de Quito. 1 6. PARTICIPANTES: Participarán de esta promoción todos aquellos clientes de Banco de la Producción S.A. Produbanco, que cumplan con los siguientes requisitos: a) Ser personas naturales, nacionales o extranjeros (domiciliados y/o residentes permanentes en el territorio nacional), mayores de 18 años de edad, y titulares de cuentas Ahorro Meta Décimos y/o inclusive beneficiarios de la(s) mismas, depósitos a plazo fijo con plazo mayor a 90 días (nueva, vigente o renovación), y que cumplan con los demás requisitos establecidos en este Reglamento. 7. RESTRICCIONES: No participan de la promoción: a) Cuentas corrientes, cuentas de ahorros, cuentas de Ahorro Meta Disponible, cuentas Ahorro Meta Bienestar, Flexiahorros, cuentas de roles de pagos y otros subproductos. b) Depósitos a plazo fijo de personas jurídicas o sociedades de hecho. c) Depósitos a plazo fijo menor a 90 días. d) Cuenta de Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo cuyos titulares sean colaboradores de Banco de la Producción S.A. Produbanco, o de alguna de las empresas que conformen el Grupo Financiero, ni de sus cónyuges o convivientes, ni sus parientes hasta cuarto grado de consanguineidad, y segundo de afinidad, inclusive. e) Cuenta de Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo cuyos titulares sean proveedores o tengan alguna relación comercial o de servicios directa o indirectamente con Banco de la Producción S.A. Produbanco, o de alguna de empresas filiales y/o auxiliares que conformen parte del Grupo Financiero. 8. METODOLOGÍA DE LA PROMOCIÓN: Ahorro Meta Décimos Por cada USD 50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) que el cliente haya ahorrado en su cuenta Ahorro Meta Décimos hasta el día que finaliza la promoción, recibirá doble oportunidad de participar en el sorteo. Aplica para nuevas cuentas y cuentas existentes. Si el cliente pre-cancela su cuenta Ahorro Meta Décimos dentro del periodo de la promoción, pierde todas sus oportunidades de participar. 2 Depósitos a plazo fijo Por cada $50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) que el cliente invierta en depósitos a plazo fijo recibirá una oportunidad de participar en la promoción, los depósitos o inversiones que se realicen fuera del período de vigencia de la promoción, no generarán oportunidades. Aplica tanto para apertura y renovaciones de depósitos a plazo fijo. Participan solo inversiones con un plazo mayor a 90 días. Los clientes de la Institución que cumplan con lo establecido en este reglamento, participan automáticamente en la promoción sin necesidad de boleto alguno. De igual forma el sistema de generación de ganadores, conforme lo aquí establecido será automático, por lo que no se requiere de otro trámite para participar en el sorteo. 9. PREMIOS: Los premios son los siguientes: a) Un (1) ganador del Primer Premio: Un vehículo Toyota Prius C Sport AC 1.5 5P 4X2 TA Hybrid del 2015, incluye matricula; b) Un (1) ganador del Segundo Premio: una libreta de Ahorros con $10,000.00 en efectivo; c) Un (1) ganador del Tercer premio: una libreta de Ahorros con $5,000.00 en efectivo; d) Cinco (5) ganadores (cuarto al octavo premio) una libreta de Ahorros con $1,000.00 en efectivo cada uno. Se deja expresa constancia que, sin importar la cantidad de beneficiarios y/o titulares que consten en la Cuenta Ahorro Meta Décimos como en los depósitos a plazo fijo (pólizas de acumulación), solo se adjudicará uno (1) de los premios referidos en el presente acápite, a (1) ganador debiendo por tanto observarse el procedimiento de entrega del premio referido en el numeral 11. 10. PROCEDIMIENTO DE SORTEO: a) El sorteo se realizará bajo supervisión de funcionarios autorizados del Banco, en el lugar y fecha indicada en el presente Reglamento, mismos que contarán con la presencia de Notario Público, y la Intendencia General de Policía quienes darán fe y constancia de su celebración, dejando sentada su realización en un Acta de Sorteo. b) El sorteo será por medio de sistema electrónico al azar y aleatoriamente, en el que se seleccionarán un ganador y dos suplentes, por cada premio a partir de la base de datos respectiva. Se deja expresa constancia que, durante el sorteo, el sistema una vez asignado el ganador de cada uno de los premios, eliminará de su base al mismo para evitar nuevamente su designación, si fuera el caso. 3 c) Los suplentes seleccionados serán considerados como ganadores alternos, que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos, para que sustituyan al favorecido cuando éste, no sea localizado, o no cumpla con lo determinado en el presente Reglamento, o simplemente no acepte el premio por cualquier razón. Ante esta eventualidad, el primer ganador suplente se hará acreedor al premio, y en caso de que haya un impedimento para la obtención del mismo, el segundo suplente será el acreedor del premio; si aún con este favorecido se presentare alguna eventualidad, se procederá conforme dispone la Ley de Creación de Fondos para el Desarrollo de la Infancia. Se deja expresa constancia que, quien resulte elegido en el sorteo como ganador, no puede participar nuevamente en la presente promoción. Si fuere el caso que, durante el sorteo por el medio electrónico antes referido en el presente procedimiento, resultare nuevamente seleccionado como ganador de otro premio o inclusive como suplente, será descartado automáticamente por ya haber sido elegido previamente. 11. ENTREGA DE LOS PREMIOS: Los premios se encuentran definidos en el acápite 9 del presente reglamento. La adjudicación / entrega del premio se realizará únicamente al titular de la cuenta o de la póliza, conforme al siguiente procedimiento: 1. En la fecha que el sorteo se lleve a cabo, hasta la entrega del premio mediante la celebración del Acta de Sorteo conforme el procedimiento establecido en el presente Reglamento, es indispensable que el participante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con Banco de la Producción S.A. Produbanco. 2. Una vez verificado que la persona favorecida en el sorteo, cumple con todos los requisitos para ser beneficiario del premio, el Banco procederá a contactarla a las direcciones y/o teléfonos que consten en la base de datos, hasta por un plazo de tres (3) días contados desde el sorteo, a fin de que manifieste si acepta el premio, bajo los términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento, de lo cual se dejará constancia en el Acta de Sorteo. Vencido este plazo, y si se no lograse contactar al ganador, se establecerá contacto con quien resulte suplente, en el mismo plazo, es decir hasta tres (3) días contados desde la fecha en que no se localizó al ganador. De igual manera se procederá con el segundo suplente, si fuera del caso. 3. Banco de la Producción S.A. Produbanco, procederá a publicar el resultado del sorteo en su página web Institucional (www.produbanco.com), y demás canales que estime convenientes, para el efecto. 4. El premio será adjudicado a partir de la comunicación que hubiere realizado el Banco al cliente ganador. Cuando el cliente sea contactado o notificado por parte del Banco que es el ganador del premio, el Banco efectuará la respectiva entrega y se dejará constancia en la firma del Acta de Sorteo, debiendo presentar sus documentos de identificación vigente y legible. 4 5. Si el ganador, en su calidad de titular de la cuenta o depósito a plazo fijo en Banco de la Producción S.A. Produbanco, por cualquier circunstancia no pudiera comparecer a la adjudicación del premio al que se ha hecho acreedor, deberá indiscutiblemente otorgar Poder Especial ante Autoridad Competente a la fecha de conocer de su designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2036, Libro IV del Código Civil, en cuyo texto deberá incorporarse la facultad expresa para comparecer en nombre del mandante, a la adjudicación del premio respectivo. De ser el caso que el poder sea otorgado en el extranjero, se procederá con lo establecido en el Art. 23 de la Ley de Modernización del Estado. 6. Si el ganador del premio incurriere en incumplimiento en sus obligaciones con el Banco al momento del sorteo, inclusive al momento de su designación, se dejará sin efecto el derecho a percibir el mismo, sin lugar a reclamaciones ni indemnizaciones de naturaleza alguna en contra del Banco por este particular. 7. En el eventual caso que conste más de un (1) beneficiario en los depósitos a plazo fijo (pólizas de acumulación), deberán obligatoriamente designar a una persona igualmente beneficiaria de dicha póliza, y en los mismos términos y condiciones señalados en el numeral 5 del presente acápite, a efectos de que sea éste quien retire el premio que resultare adjudicado por efecto del sorteo. Se deja expresa constancia que, aquellos valores a recibir por concepto del premio otorgado en efectivo a las cuentas, no podrá ser canjeado con servicios, productos y/o bienes distintos a los indicados en el presente Reglamento. 12. LIMITACIONES Y CONDICIONES ESPECIALES: Todo participante se obliga incondicionalmente a verificar los términos y condiciones indicados en este Reglamento, mismo que es publicado en la página web de Banco de la Producción S.A. Produbanco (www.produbanco.com). Por tanto, el presente Reglamento es desde ya conocido y aceptado en todas sus partes por el participante para acceder al premio una vez que fuera favorecido, según lo que a continuación se indica: a. Todo participante de la promoción autoriza, por medio de este Reglamento y así se dejará constancia en el Acta de Sorteo, a Banco de la Producción S.A. Produbanco, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar, publicar y difundir sus nombres, imágenes, voz o cualquier otra información personal relacionado con el objeto de esta promoción, por cualquier medio o forma, sea por medios físicos o inalámbricos, fotografías y/o video filmaciones de cualquier tipo, y en general en todo material de divulgación de las actividades anteriores y posteriores a la presente promoción, como es la entrega del premio, de los participantes y/o de su grupo familiar, vinculado con su participación en la promoción para ser exhibidas en los medios y en la forma que Banco de la Producción S.A. Produbanco estime conveniente, renunciando expresamente 5 todos ellos a recibir cualquier tipo de compensación o retribución, sea en dinero o en especie, inclusive por concepto de derechos de imagen. b. El ganador se obliga y acepta facilitar la difusión pública de la obtención del premio con que resultó favorecido, participar en rueda de prensa de ser el caso, para la entrega del premio, y cualquier participación adicional en un medio publicitario que el Banco estime pertinente. El participante declara, por medio de este Reglamento y en el Acta de Sorteo, que su participación y aceptación de estas condiciones no suponen ningún tipo de riesgo alguno de daño directo o indirecto, por lo que no tendrá nada que reclamar por estos hechos. c. El participante declara que no tiene obligaciones ni derechos de exclusividad con persona natural o jurídica que limiten el ejercicio de estas condiciones por lo que exime a Banco de la Producción S.A. Produbanco, de cualquier responsabilidad o reclamo de cualquier tercero por este hecho, y en cualquier tiempo. d. No se reconocerá ningún tipo de gasto o costo en los que incurra la persona interesada para participar en la presente promoción. e. La responsabilidad de Banco de la Producción S.A. Produbanco en esta promoción se limita a cumplir con su promesa expresada a través del presente instrumento. f. Si se demuestra que el beneficiario de la presente promoción accedió a ella de forma ilegítima por medio de engaño, de transacciones inusuales o ilícitas o cualquier otro género de inconsistencia o irregularidad, el Banco podrá reclamar el premio, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales que correspondan. g. El Banco suspenderá en forma inmediata la presente promoción y/o sorteo, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar defraudaciones o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito que afecte los intereses del Banco, y sus clientes. h. La responsabilidad por la calidad del premio, no será imputable a Banco de la Producción S.A. Produbanco bajo ninguna circunstancia. i. La participación en esta promoción implica reconocimiento de todos los términos y condiciones establecidos por Banco de la Producción S.A. Produbanco en este Reglamento, mismo que es concordante con la legislación vigente en el territorio de la República del Ecuador. j. El medio de comunicación que se utilizará será principalmente la página web Institucional de Banco de la Producción S.A. Produbanco (www.produbanco.com) pero, a su discreción, podrá usar otros canales como correo electrónico, llamada telefónica, o la mensajería SMS de la telefonía celular, y cualquier otro que estime conveniente. 6 13. CONTROVERSIAS: En caso de controversias sobre la interpretación del presente Reglamento, que no pueda ser solucionado de mutuo acuerdo, los participantes se someten al Arbitraje, de conformidad con el trámite previsto en la Ley de Arbitraje y Mediación vigente a la fecha del conflicto; al Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito y a las siguientes normas: 1. Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria y se obligan a acatar el laudo arbitral que se expida, el cual deberá fundarse en derecho, y se comprometen a no interponer ningún tipo de recurso en contra del laudo arbitral; 2. Será un solo Árbitro el que conozca de la presente controversia, quien tendrá su respectivo alterno. Tanto el Árbitro como su alterno serán elegidos por sorteo de una lista de cinco personas enviada por el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito; 3. Para la ejecución de las medidas cautelares, tanto el Árbitro como su alterno están facultados a solicitar el auxilio de funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos, sin que sea necesario acudir a Juez ordinario alguno; 4. El procedimiento y el laudo arbitral serán confidenciales; 5. Los costos, gastos y honorarios profesionales que generen este procedimiento arbitral serán cubiertos en partes iguales; 6. El lugar del arbitraje será en la ciudad de Quito, en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito; 7. El idioma será el castellano. Esteban Vasconez Apoderado BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO 7
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