reglamento promocion invierte y gana

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN
Campaña “Invierte y Gana”
1. FINALIDAD:
La presente promoción es un incentivo que Banco de la Producción S.A. Produbanco,
ofrece a sus clientes personas naturales, que mantengan cuentas Ahorro Meta Décimos y
depósitos a plazo fijo con la Institución.
2. DEFINICIONES:

BENEFICIARIOS:
Todos los clientes personas naturales, mayores de 18 años, que mantengan o; y/o
cuentas Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo en Banco de la
Producción S.A. Produbanco.

PRODUCTOS QUE PARTICIPAN:
Cuenta Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo con un plazo mayor a 90
días (pólizas de acumulación nueva, existente o renovación).

OBJETIVO DE LA PROMOCIÓN:
Incentivar el incremento de captación en depósitos a la vista en Banco de la
Producción S.A. Produbanco.
3. VIGENCIA:
La promoción entra en vigencia a partir del 23 de noviembre de 2015, y finaliza el 29 de
febrero de 2016. Todos los plazos expresados en el presente Reglamento son
perentorios.
4. COBERTURA:
La presente promoción tendrá una cobertura a nivel nacional, es decir, válido solamente
en el territorio de la República del Ecuador.
5. FECHA Y LUGAR DEL SORTEO:
El sorteo de los premios determinados en este instrumento, entre los participantes que
accedan al mismo de acuerdo con los términos y condiciones señalados en el presente
Reglamento, se realizará el 23 de marzo de 2016, a las 12:00, en el Auditorio de la oficina
Matriz de Banco de la Producción S.A. Produbanco, ubicado en Av. Amazonas N35-211 y
Japón, de esta ciudad de Quito.
1
6. PARTICIPANTES:
Participarán de esta promoción todos aquellos clientes de Banco de la Producción S.A.
Produbanco, que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Ser personas naturales, nacionales o extranjeros (domiciliados y/o residentes
permanentes en el territorio nacional), mayores de 18 años de edad, y titulares de
cuentas Ahorro Meta Décimos y/o inclusive beneficiarios de la(s) mismas,
depósitos a plazo fijo con plazo mayor a 90 días (nueva, vigente o renovación), y
que cumplan con los demás requisitos establecidos en este Reglamento.
7. RESTRICCIONES:
No participan de la promoción:
a) Cuentas corrientes, cuentas de ahorros, cuentas de Ahorro Meta Disponible,
cuentas Ahorro Meta Bienestar, Flexiahorros, cuentas de roles de pagos y otros
subproductos.
b) Depósitos a plazo fijo de personas jurídicas o sociedades de hecho.
c) Depósitos a plazo fijo menor a 90 días.
d) Cuenta de Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo cuyos titulares sean
colaboradores de Banco de la Producción S.A. Produbanco, o de alguna de las
empresas que conformen el Grupo Financiero, ni de sus cónyuges o convivientes,
ni sus parientes hasta cuarto grado de consanguineidad, y segundo de afinidad,
inclusive.
e) Cuenta de Ahorro Meta Décimos y/o depósitos a plazo fijo cuyos titulares sean
proveedores o tengan alguna relación comercial o de servicios directa o
indirectamente con Banco de la Producción S.A. Produbanco, o de alguna de
empresas filiales y/o auxiliares que conformen parte del Grupo Financiero.
8. METODOLOGÍA DE LA PROMOCIÓN:
Ahorro Meta Décimos



Por cada USD 50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) que el
cliente haya ahorrado en su cuenta Ahorro Meta Décimos hasta el día que finaliza
la promoción, recibirá doble oportunidad de participar en el sorteo.
Aplica para nuevas cuentas y cuentas existentes.
Si el cliente pre-cancela su cuenta Ahorro Meta Décimos dentro del periodo de la
promoción, pierde todas sus oportunidades de participar.
2
Depósitos a plazo fijo



Por cada $50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) que el
cliente invierta en depósitos a plazo fijo recibirá una oportunidad de participar en la
promoción, los depósitos o inversiones que se realicen fuera del período de
vigencia de la promoción, no generarán oportunidades.
Aplica tanto para apertura y renovaciones de depósitos a plazo fijo.
Participan solo inversiones con un plazo mayor a 90 días.
Los clientes de la Institución que cumplan con lo establecido en este reglamento,
participan automáticamente en la promoción sin necesidad de boleto alguno. De igual
forma el sistema de generación de ganadores, conforme lo aquí establecido será
automático, por lo que no se requiere de otro trámite para participar en el sorteo.
9. PREMIOS:
Los premios son los siguientes:
a) Un (1) ganador del Primer Premio: Un vehículo Toyota Prius C Sport AC 1.5 5P
4X2 TA Hybrid del 2015, incluye matricula;
b) Un (1) ganador del Segundo Premio: una libreta de Ahorros con $10,000.00 en
efectivo;
c) Un (1) ganador del Tercer premio: una libreta de Ahorros con $5,000.00 en
efectivo;
d) Cinco (5) ganadores (cuarto al octavo premio) una libreta de Ahorros con
$1,000.00 en efectivo cada uno.
Se deja expresa constancia que, sin importar la cantidad de beneficiarios y/o titulares que
consten en la Cuenta Ahorro Meta Décimos como en los depósitos a plazo fijo (pólizas de
acumulación), solo se adjudicará uno (1) de los premios referidos en el presente acápite,
a (1) ganador debiendo por tanto observarse el procedimiento de entrega del premio
referido en el numeral 11.
10. PROCEDIMIENTO DE SORTEO:
a) El sorteo se realizará bajo supervisión de funcionarios autorizados del Banco, en el
lugar y fecha indicada en el presente Reglamento, mismos que contarán con la
presencia de Notario Público, y la Intendencia General de Policía quienes darán fe
y constancia de su celebración, dejando sentada su realización en un Acta de
Sorteo.
b) El sorteo será por medio de sistema electrónico al azar y aleatoriamente, en el que
se seleccionarán un ganador y dos suplentes, por cada premio a partir de la base
de datos respectiva. Se deja expresa constancia que, durante el sorteo, el sistema
una vez asignado el ganador de cada uno de los premios, eliminará de su base al
mismo para evitar nuevamente su designación, si fuera el caso.
3
c) Los suplentes seleccionados serán considerados como ganadores alternos, que
serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos, para que sustituyan
al favorecido cuando éste, no sea localizado, o no cumpla con lo determinado en
el presente Reglamento, o simplemente no acepte el premio por cualquier razón.
Ante esta eventualidad, el primer ganador suplente se hará acreedor al premio, y
en caso de que haya un impedimento para la obtención del mismo, el segundo
suplente será el acreedor del premio; si aún con este favorecido se presentare
alguna eventualidad, se procederá conforme dispone la Ley de Creación de
Fondos para el Desarrollo de la Infancia.
Se deja expresa constancia que, quien resulte elegido en el sorteo como ganador, no
puede participar nuevamente en la presente promoción. Si fuere el caso que, durante el
sorteo por el medio electrónico antes referido en el presente procedimiento, resultare
nuevamente seleccionado como ganador de otro premio o inclusive como suplente, será
descartado automáticamente por ya haber sido elegido previamente.
11. ENTREGA DE LOS PREMIOS:
Los premios se encuentran definidos en el acápite 9 del presente reglamento.
La adjudicación / entrega del premio se realizará únicamente al titular de la cuenta o de la
póliza, conforme al siguiente procedimiento:
1. En la fecha que el sorteo se lleve a cabo, hasta la entrega del premio mediante la
celebración del Acta de Sorteo conforme el procedimiento establecido en el
presente Reglamento, es indispensable que el participante se encuentre al día en
el pago de sus obligaciones con Banco de la Producción S.A. Produbanco.
2. Una vez verificado que la persona favorecida en el sorteo, cumple con todos los
requisitos para ser beneficiario del premio, el Banco procederá a contactarla a las
direcciones y/o teléfonos que consten en la base de datos, hasta por un plazo de
tres (3) días contados desde el sorteo, a fin de que manifieste si acepta el premio,
bajo los términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento, de lo cual
se dejará constancia en el Acta de Sorteo. Vencido este plazo, y si se no lograse
contactar al ganador, se establecerá contacto con quien resulte suplente, en el
mismo plazo, es decir hasta tres (3) días contados desde la fecha en que no se
localizó al ganador. De igual manera se procederá con el segundo suplente, si
fuera del caso.
3. Banco de la Producción S.A. Produbanco, procederá a publicar el resultado del
sorteo en su página web Institucional (www.produbanco.com), y demás canales
que estime convenientes, para el efecto.
4. El premio será adjudicado a partir de la comunicación que hubiere realizado el
Banco al cliente ganador. Cuando el cliente sea contactado o notificado por parte
del Banco que es el ganador del premio, el Banco efectuará la respectiva entrega
y se dejará constancia en la firma del Acta de Sorteo, debiendo presentar sus
documentos de identificación vigente y legible.
4
5. Si el ganador, en su calidad de titular de la cuenta o depósito a plazo fijo en Banco
de la Producción S.A. Produbanco, por cualquier circunstancia no pudiera
comparecer a la adjudicación del premio al que se ha hecho acreedor, deberá
indiscutiblemente otorgar Poder Especial ante Autoridad Competente a la fecha de
conocer de su designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2036,
Libro IV del Código Civil, en cuyo texto deberá incorporarse la facultad expresa
para comparecer en nombre del mandante, a la adjudicación del premio
respectivo.
De ser el caso que el poder sea otorgado en el extranjero, se procederá con lo
establecido en el Art. 23 de la Ley de Modernización del Estado.
6. Si el ganador del premio incurriere en incumplimiento en sus obligaciones con el
Banco al momento del sorteo, inclusive al momento de su designación, se dejará
sin efecto el derecho a percibir el mismo, sin lugar a reclamaciones ni
indemnizaciones de naturaleza alguna en contra del Banco por este particular.
7. En el eventual caso que conste más de un (1) beneficiario en los depósitos a plazo
fijo (pólizas de acumulación), deberán obligatoriamente designar a una persona
igualmente beneficiaria de dicha póliza, y en los mismos términos y condiciones
señalados en el numeral 5 del presente acápite, a efectos de que sea éste quien
retire el premio que resultare adjudicado por efecto del sorteo.
Se deja expresa constancia que, aquellos valores a recibir por concepto del premio
otorgado en efectivo a las cuentas, no podrá ser canjeado con servicios, productos y/o
bienes distintos a los indicados en el presente Reglamento.
12. LIMITACIONES Y CONDICIONES ESPECIALES:
Todo participante se obliga incondicionalmente a verificar los términos y condiciones
indicados en este Reglamento, mismo que es publicado en la página web de Banco de la
Producción S.A. Produbanco (www.produbanco.com). Por tanto, el presente Reglamento
es desde ya conocido y aceptado en todas sus partes por el participante para acceder al
premio una vez que fuera favorecido, según lo que a continuación se indica:
a. Todo participante de la promoción autoriza, por medio de este Reglamento y así se
dejará constancia en el Acta de Sorteo, a Banco de la Producción S.A.
Produbanco, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar, publicar y
difundir sus nombres, imágenes, voz o cualquier otra información personal
relacionado con el objeto de esta promoción, por cualquier medio o forma, sea por
medios físicos o inalámbricos, fotografías y/o video filmaciones de cualquier tipo, y
en general en todo material de divulgación de las actividades anteriores y
posteriores a la presente promoción, como es la entrega del premio, de los
participantes y/o de su grupo familiar, vinculado con su participación en la
promoción para ser exhibidas en los medios y en la forma que Banco de la
Producción S.A. Produbanco estime conveniente, renunciando expresamente
5
todos ellos a recibir cualquier tipo de compensación o retribución, sea en dinero o
en especie, inclusive por concepto de derechos de imagen.
b. El ganador se obliga y acepta facilitar la difusión pública de la obtención del premio
con que resultó favorecido, participar en rueda de prensa de ser el caso, para la
entrega del premio, y cualquier participación adicional en un medio publicitario que
el Banco estime pertinente. El participante declara, por medio de este Reglamento
y en el Acta de Sorteo, que su participación y aceptación de estas condiciones no
suponen ningún tipo de riesgo alguno de daño directo o indirecto, por lo que no
tendrá nada que reclamar por estos hechos.
c. El participante declara que no tiene obligaciones ni derechos de exclusividad con
persona natural o jurídica que limiten el ejercicio de estas condiciones por lo que
exime a Banco de la Producción S.A. Produbanco, de cualquier responsabilidad o
reclamo de cualquier tercero por este hecho, y en cualquier tiempo.
d. No se reconocerá ningún tipo de gasto o costo en los que incurra la persona
interesada para participar en la presente promoción.
e. La responsabilidad de Banco de la Producción S.A. Produbanco en esta
promoción se limita a cumplir con su promesa expresada a través del presente
instrumento.
f.
Si se demuestra que el beneficiario de la presente promoción accedió a ella de
forma ilegítima por medio de engaño, de transacciones inusuales o ilícitas o
cualquier otro género de inconsistencia o irregularidad, el Banco podrá reclamar el
premio, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales que correspondan.
g. El Banco suspenderá en forma inmediata la presente promoción y/o sorteo, sin
asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar defraudaciones o si se
presentara una circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito que afecte los
intereses del Banco, y sus clientes.
h. La responsabilidad por la calidad del premio, no será imputable a Banco de la
Producción S.A. Produbanco bajo ninguna circunstancia.
i.
La participación en esta promoción implica reconocimiento de todos los términos y
condiciones establecidos por Banco de la Producción S.A. Produbanco en este
Reglamento, mismo que es concordante con la legislación vigente en el territorio
de la República del Ecuador.
j.
El medio de comunicación que se utilizará será principalmente la página web
Institucional de Banco de la Producción S.A. Produbanco (www.produbanco.com)
pero, a su discreción, podrá usar otros canales como correo electrónico, llamada
telefónica, o la mensajería SMS de la telefonía celular, y cualquier otro que estime
conveniente.
6
13. CONTROVERSIAS:
En caso de controversias sobre la interpretación del presente Reglamento, que no pueda
ser solucionado de mutuo acuerdo, los participantes se someten al Arbitraje, de
conformidad con el trámite previsto en la Ley de Arbitraje y Mediación vigente a la fecha
del conflicto; al Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de
Comercio de Quito y a las siguientes normas:
1. Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria y se obligan a acatar el laudo
arbitral que se expida, el cual deberá fundarse en derecho, y se comprometen a no
interponer ningún tipo de recurso en contra del laudo arbitral;
2. Será un solo Árbitro el que conozca de la presente controversia, quien tendrá su
respectivo alterno. Tanto el Árbitro como su alterno serán elegidos por sorteo de
una lista de cinco personas enviada por el Centro de Arbitraje y Mediación de la
Cámara de Comercio de Quito;
3. Para la ejecución de las medidas cautelares, tanto el Árbitro como su alterno están
facultados a solicitar el auxilio de funcionarios públicos, judiciales, policiales y
administrativos, sin que sea necesario acudir a Juez ordinario alguno;
4. El procedimiento y el laudo arbitral serán confidenciales;
5. Los costos, gastos y honorarios profesionales que generen este procedimiento
arbitral serán cubiertos en partes iguales;
6. El lugar del arbitraje será en la ciudad de Quito, en las instalaciones del Centro de
Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito;
7. El idioma será el castellano.
Esteban Vasconez
Apoderado
BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO
7