Boletín técnico Nº 23 22 de octubre de 2015 La FDA publica normas finales de controles preventivos para establecimientos de alimentos Las normas denominadas “Buenas Prácticas de Manufactura Actuales, análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo para alimentos de consumo humano y animal”, fueron publicadas el 10 de septiembre. 1. Antecedentes Bajo el contexto de la Ley de Modernización de la Inocuidad de los Alimentos (FSMA, por sus siglas en inglés), el pasado 10 de septiembre, la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) publicó las norma finales “Buenas Prácticas de Manufactura Actuales (CGMP), análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo para alimentos de consumo humano” y “Buenas Prácticas de Manufactura actuales (CGMP), análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo para alimentos de consumo humano”. Bajo estas normas, la FDA perfeccionará la evaluación de la eficacia de los sistemas de inocuidad establecidos por las empresas elaboradoras en la prevención de problemas, con el objeto de proteger de mejor manera los alimentos producidos y mejorar la respuesta frente a eventos de pérdida de inocuidad. Ambas normas son el resultado de una amplia consulta por parte de la FDA, e incorporan los comentarios de productores agrícolas, consumidores, industria alimentaria y académicos, para crear un enfoque flexible y focalizado, con el fin de asegurar la inocuidad de los alimentos. 2. Principales disposiciones A continuación se detallan algunos de los requerimientos más importantes establecidos en las normas finales de controles preventivos para alimentos de consumo humano y animal. 2.1 Norma final “Buenas prácticas de manufactura actuales (CGMP), análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo para alimentos de consumo humano” Esta norma tiene por objetivo mejorar la protección de la salud pública mediante la adopción de un enfoque moderno, preventivo y basado en riesgo para la regulación de la inocuidad de los alimentos. Crea y modifica los requerimientos para la producción de alimentos por parte de las instalaciones productoras registradas en la FDA bajo la sección 415 de la ley de alimentos, drogas y cosméticos. A continuación se detallan sus principales conceptos. • Sistema de inocuidad de alimentos Uno de los aspectos clave que aborda esta norma es que tanto empresas productoras de alimentos norteamericanas como de terceros países, deben establecer e implementar un sistema de inocuidad de alimentos que incluya un análisis de los peligros y controles preventivos basados en riesgos. Para ello, las instalaciones productoras deben contar con documento escrito de este sistema, llamado plan de inocuidad alimentaria, que debe incluir: • Análisis de peligros: Identificación de los peligros (peligros biológicos, químicos y físicos) conocidos o razonablemente previsibles, los cuales pueden estar presentes de forma natural, por introducción involuntaria, o introducidos intencionalmente, con el fin de obtener una ganancia económica. INFORME Nº 1 • Controles preventivos: medidas que aseguran que los peligros que requieran un control preventivo serán minimizados o prevenidos. • Supervisión y manejo de los controles preventivos: la norma final proporciona flexibilidad en las medidas necesarias para asegurar que los controles preventivos sean eficaces y para corregir los problemas que puedan surgir. Esta supervisión debe incluir: ‒ ‒ ‒ Actividades de Monitoreo: procedimientos que garanticen que los controles preventivos se realizan de forma consistente. Acciones correctivas: medidas que se deben tomar para identificar y corregir oportunamente un problema menor, aislado. Incluyen acciones para identificar problemas en la implementación de controles preventivos, para reducir la probabilidad de que el problema vuelva a ocurrir, evaluar el alimento afectado para controlar la inocuidad y evitar que ingrese en el comercio. Las acciones correctivas deben estar documentadas con registros. Verificación: Actividades requeridas para asegurar que los controles preventivos se implementen de manera consistente y eficaz. Incluyen la validación con evidencia científica de que un control preventivo es capaz de controlar con eficacia un peligro identificado; la calibración (o controles de precisión) de los instrumentos de verificación y monitoreo de procesos (como termómetros y otros) y la revisión de los registros para verificar que el monitoreo y las acciones correctivas (en caso de ser necesarias) se estén llevando a cabo. El análisis de productos y el monitoreo ambiental son posibles actividades de verificación, pero solo serán requeridas según el tipo de alimento, las instalaciones, naturaleza del control preventivo y el rol de ese control en el sistema de inocuidad alimentaria de la instalación. En general será necesario un monitoreo ambiental si la contaminación con un patógeno ambiental de un alimento listo para comer es un peligro que requiera un control preventivo. Cabe destacar que aunque existen similitudes entre los requisitos de la FSMA y los requisitos del sistema de análisis y control de puntos críticos (HACCP, por sus siglas en inglés), no todas las disposiciones en la FSMA son idénticas a las del sistema HACCP. Jueves 5 de junio 2014 En este sentido, la FDA ha realizado una revisión de la terminología para distinguir los requisitos de la FSMA para análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo, de los requisitos HACCP. • Definición de “Granja” • Granjas de producción primaria: operación bajo una administración en una ubicación general, pero no necesariamente contigua, dedicada al cultivo, la cosecha y la crianza de animales (incluyendo productos del mar) o cualquier combinación de estas actividades. • Granjas de actividades secundarias: operación no ubicada en la finca de producción primaria que está dedicada a la cosecha, empaque y/o mantenimiento de materias primas agrícolas crudas. Debe ser propiedad en su mayoría de la Finca de Producción Primaria que suministra la mayor parte de las materias primas agrícolas crudas cosechadas, empacadas o mantenidas por la finca de actividades secundarias. • Fechas de Cumplimiento La norma establece la definición de “granja”, como un tipo de establecimientos que no se encuentran regulados bajo la norma de controles preventivos. La definición de “granja” cubre dos tipos de operaciones agrícolas: La norma de controles preventivos para alimentación humana publicada el 10 de septiembre, considera plazos de implementación los que dependen del tamaño de las empresas, según se detalla a continuación: Tamaño de las empresas Empresas muy pequeñas (menos de 1 millón de USD de ventas anuales) Pequeñas empresas (menos de 500 empleados) Otras empresas Fecha de cumplimiento 3 años desde la publicación de la norma final 2 años desde la publicación de la norma final 1 año desde la publicación de la norma final INFORME Nº 1 2.2 Norma: “Buenas Prácticas de Manufactura Actuales (CGMP) análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo para alimentos de consumo animal” Esta norma final es muy similar a la norma para alimentos de consumo humano e involucra los mismos requisitos de establecimiento e implementación de un sistema de inocuidad de alimentos que incluya el análisis de los peligros y controles preventivos basados en riesgos. A continuación se describen sus principales componentes: • Estándares de CGMP La norma establece estándares de CGMP mínimos para la producción de alimentos de consumo animal inocuos, los que toman en cuenta los aspectos únicos de la industria, además de otorgar flexibilidad para la amplia diversidad en tipos de instalaciones de alimentos para consumo animal. Las instalaciones productoras de alimentos de consumo humano que ya cuenten con requisitos de inocuidad de alimentos implementados, no necesitan implementar controles preventivos adicionales para los subproductos utilizados en alimentación animal (por ejemplo, bagazo húmedo, cáscaras de frutas o vegetales, suero líquido), excepto para evitar la contaminación física y química al almacenar y distribuir el subproducto. Para un subproducto que necesite un procesamiento adicional para poder ser utilizado en alimentación animal, se requiere que las instalaciones procesen el subproducto en cumplimiento con las CGMPs. En este caso, se puede elegir implementar las CGMPs para alimento destinado a consumo humano o las de alimento para consumo animal. Además, la instalación debe evaluar su proceso y determinar si existe algún peligro que requeriría un control preventivo. Si el establecimiento determina, mediante su análisis de peligros, que no existen peligros que requieran un control preventivo, se debe documentar esta determinación en su análisis de peligros, no siendo necesario establecer controles preventivos. • Definición de “Granja” Al igual que la norma final de controles preventivos para alimentos de consumo animal, los establecimientos que queden dentro de la definición de “granja” no se encuentran regulados por la norma de controles preventivos para alimentos destinados a consumo animal. Jueves 5 depiensos junio 2014 Bajo esta mirada, las instalaciones que elaboran con operaciones agrícolas completamente integradas verticalmente (es decir, “granjas” donde la instalación de piensos, los animales, la tierra y el establecimiento son propiedad de la misma entidad), cumplirían con la definición, por lo que no se encuentran sujetas a la norma final de controles preventivos de alimento para animales. Debido a lo anterior, la FDA tiene la intención de publicar en el futuro una propuesta de norma que establezca las instalaciones elaboradoras de piensos que formen parte de una “granja”, deban implementar las buenas prácticas de manufactura actuales establecidas por la norma de controles preventivos para alimentos de consumo animal. • Fechas de cumplimiento Al igual que la norma de controles preventivos para alimentos de consumo humano, la norma de controles preventivos para alimentación animal, considera plazos de implementación que dependen del tamaño de las empresas. Además habrá un cumplimiento escalonado entre los requisitos de la CGMP y los requisitos del control preventivo, según se detalla a continuación: Tamaño de las empresas Empresas muy pequeñas (menos de 1 millón de USD de ventas anuales) Pequeñas empresas (menos de 500 empleados) Otras empresas Fecha de cumplimiento de las CGMP Fecha de cumplimiento de los controles preventivos 3 años desde la publicación de la norma final 4 años desde la publicación de la norma final, excepto por los registros para respaldar su condición de empresa muy pequeña (1 de enero de 2017) 2 años desde la publicación de la norma final 3 años desde la publicación de la norma final 1 año desde la publicación de la norma final 2 años desde la publicación de la norma final 3. Mayor información • • • Sitio web de la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA) Actuales buenas prácticas de manufactura, análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo para alimentos de consumo humano Actuales buenas prácticas de manufactura, análisis de peligros y controles preventivos basados en riesgo para alimentos de consumo animal
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