Bases Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias de Pudahuel, Version 2015 ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL Consultas y Asesorias: Correo electronico: [email protected] Teléfonos: 229 58 70 40 anexo 2129 - 226 432787 Casa de Todos, Av. La Estrella N° 962. Bases Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias de Pudahuel, Version 2015 Ilustre Municipalidad de Pudahuel Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias BASES FONDO CONCURSABLE PARA ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DE PUDAHUEL, VERSION 2015 ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL I. DE LA PRESENTACIÓN Y LA CONVOCATORIA I.1 Llamado del Concurso La Ilustre Municipalidad de Pudahuel, en adelante la “Municipalidad”, convoca a las organiza- ciones de la comuna, constituidas de conformidad a la Ley N°19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, Ley N° 19.712 del Deporte, Ley 19.253 de Asociaciones Indígenas y a los Comités de Administración de Condominios de Viviendas Sociales contemplados en la Ley Nº 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, a participar del “Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias Pudahuel 2015”, en adelante “Fondo Concursable”. Este Fondo Concursable tiene por finalidad financiar la ejecución de proyectos específicos de interés comunitario, que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad, al desarrollo local y al fortalecimiento y sustentabilidad de las organizaciones y redes sociales, potenciando de esta manera, la participación ciudadana a nivel comunal. Las organizaciones que participen deberán tener interés en desarrollar iniciativas vinculadas a sus fines propios, en el marco de los lineamientos y tipologías de proyectos establecidos en el numeral II.1 de estas Bases. I.2 Marco normativo del Concurso y ámbito de aplicación de las presentes Bases. El Fondo Concursable corresponde a una modalidad de otorgamiento de aportes a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de las funciones municipales, establecida como tal en la Ordenanza Municipal de Subvenciones, en su artículo cuarto; “La entrega de aportes o subvenciones podrá efectuarlas la Municipalidad en forma directa o a través de fondos concursables”. Las presentes Bases establecen las normas y procedimiento que regirán el proceso del “Fondo Concursable 2015”, considerando todas las etapas del concurso, así como los criterios de ejecución de las iniciativas y proyectos adjudicados. I.3 Presupuesto del Fondo Concursable El “Fondo Concursable” dispone de un marco presupuestario total de $400.000.000 (cuatrocientos millones de pesos).- para el año 2015. I.4. Requisitos básicos para postular: Podrán presentar proyectos al Fondo Concursable todas las organizaciones individualizadas en el punto I.1 que cumplan con los siguientes requisitos: 1. Contar con personalidad jurídica. 2. Contar con directiva definitiva y vigente. 3. Poseer Rol Único Tributario (RUT). 1 Ilustre Municipalidad de Pudahuel 4. No tener rendiciones pendientes, ni objetadas con la Municipalidad. 5. Estar inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos. (Ley N°19.862). 6. Haberse constituido legalmente, al menos con una antelación de un año, a la fecha de cierre de las postulaciones al Fondo Concursable, dicho plazo se contará a partir de la fecha en que se haya efectuado el depósito de acta constitutiva en la Secretaría Municipal. (artículo 8 Ley Nº 19.418.-). 7. En el caso de tratarse de un Comité de Administración de Condominio de Vivienda Social, ha de estar inscrito en los Registros de Secretaría Municipal. Las organizaciones que no cumplan con estos requisitos no podrán concursar. II. CARACTERÍSTICAS DEL CONCURSO II.1. Tipologías de Proyectos El Fondo Concursable financiará las iniciativas de organizaciones que presenten proyectos que se ajusten a sus fines y a la tipología que se describe a continuación: a. Infraestructura y equipamiento comunitarios Corresponde a iniciativas que tienen como propósito mejorar las condiciones de infraestructura y habitabilidad de un equipamiento comunitario existente, mediante la ejecución de una obra física o la dotación e instalación de equipamiento para su funcionamiento, esto con el fin de otorgar espacios de mayor calidad para el desarrollo de las organizaciones y de la participación comunitaria. A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones. Esta tipología considera las siguientes áreas de proyectos: ▪▪ Mejoramiento: corresponde a obras tendientes a mejorar la calidad o habitabilidad de una infraestructura existente. ▪▪ Reparación: obras que tienen por finalidad recuperar el deterioro sufrido por una infraestructura. ▪▪ Ampliación: obras que impliquen el aumento de la superficie edificada. ▪▪ Saneamiento de servicios básicos, regularización de propiedad y obtención de permisos de edificación: corresponde a obras y/o gestiones que posibiliten el saneamiento básico, la instalación de sistema eléctrico, así como, la regularización de propiedad o la obtención de permiso de edificación de un equipamiento comunitario. ▪▪ Equipamiento; corresponde a iniciativas destinadas a financiar la adquisición o instalación de bienes muebles o equipamiento en una infraestructura existente. El monto máximo a financiar en esta área será de $2.500.000.2 Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias Este Fondo sólo financiará, en el caso de los proyectos de ampliación de equipamientos comunitarios, a aquellos que cuenten con Permiso de Edificación, debidamente emitido por la Dirección de Obras Municipales. Ejemplos de proyectos: ▪▪ Reposición de piso y techumbre, reparación sistema eléctrico en sede social, otros. ▪▪ Instalación de servicio de agua potable y alcantarillado o instalación de empalme eléctrico en sede social, obtención de permiso de edificación de sede social. Estos proyectos deben contar con la factibilidad emitida por las empresas o servicios pertinentes. ▪▪ Cambio de artefactos de baño y cocina en sede social; instalación de gradería en equipamiento deportivo. ▪▪ Mejoramiento infraestructura deportiva; tales como reparación de cierres perimetrales, reparación o instalación de luminarias. b. Inclusión de Grupos Vulnerables y/o Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres. Corresponde a iniciativas que tengan por propósito: 1. Promover prácticas anti-discriminación y de inclusión social de grupos vulnerables de la comuna. 2. Propiciar acciones de sensibilización y capacitación de la comunidad en temáticas de igualdad de género. A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios sean concordantes con los propósitos señalados. Ejemplos de proyectos: ▪▪ Campañas de sensibilización e información hacia la comunidad. ▪▪ Actividades de carácter formativo y educativo para la integración y no discriminación. ▪▪ Talleres de manualidades u otros que estimulen habilidades cognitivas y psicomotoras. ▪▪ Charlas o talleres que favorezcan “La confianza en si mismas, la autoestima y la autonomía de las mujeres”. ▪▪ Actividades que fomenten la participación e integración de niños, niñas y jóvenes. c. Cultura y Fortalecimiento de la Identidad Corresponde a iniciativas que fomenten el rescate y conservación de la cultura local, sus manifestaciones y patrimonio, así como, la preservación de la cultura de los pueblos originarios con presencia a nivel comunal. A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios sean concordantes con estos lineamientos. 3 Ilustre Municipalidad de Pudahuel Ejemplos de proyectos: ▪▪ Talleres para el desarrollo de habilidades y creación artística en diversas disciplinas. ▪▪ Desarrollo de actividades artísticas/culturales a nivel barrial o comunal. ▪▪ Equipamiento para el desarrollo de actividades artísticas y culturales. ▪▪ Actividades para favorecer el acceso a bienes culturales de calidad. ▪▪ Actividades de difusión de talentos y producción artística local. ▪▪ Actividades de difusión de culturas indígenas. d. Deporte y Estilos de Vida Saludable Corresponde a iniciativas que fomenten la práctica deportiva en los ámbitos formativo, competitivo y/o recreacional, como medio para el desarrollo de estilos de vida saludable, el uso positivo del tiempo libre y de la infraestructura deportiva existente. A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios sean concordantes con estos lineamientos. Ejemplos de proyectos: ▪▪ Talleres para el desarrollo de habilidades deportivas. ▪▪ Talleres de capacitación en hábitos de vida saludable y/o asociados a actividad física. ▪▪ Campeonatos o torneos deportivos en diversas disciplinas. ▪▪ Talleres para el uso de máquinas de ejercicios instaladas en plazas activas. ▪▪ Equipamiento para el desarrollo de actividades deportivas. ▪▪ Desarrollo de actividades deportivas y recreativas en los barrios. e. Cuidado del Medio Ambiente. Su propósito es favorecer iniciativas que sensibilicen y promuevan una mayor conciencia medioambiental de la comunidad, a través de actividades de formación, difusión, desarrollo e implementación de prácticas tendientes a mejorar la relación de los vecinos y vecinas con el entorno. A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios sean concordantes con estos lineamientos. Ejemplos de proyectos: ▪▪ Capacitación en buenas prácticas para la optimización en el uso, gestión y consumo de la energía en espacios públicos o comunes, ej. iluminación con sistemas de ahorro energético. ▪▪ Desarrollo de tecnologías que utilicen energías renovables no convencionales en espacios públicos o comunes, ej. instalación de paneles solares, aerogeneradores, entre otras. 4 Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias f. Prevención y promoción de seguridad barrial Implementar acciones que promuevan la participación y la responsabilidad comunitaria en la prevención situacional y psicosocial del delito y que coadyuven a la disminución de la sensación de inseguridad en los espacios públicos y comunitarios. A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones cuyos fines propios sean concordantes con estos lineamientos. Ejemplos de proyectos: ▪▪ Actividades de capacitación y formación en prevención psicosocial y situacional del delito. ▪▪ Campañas de sensibilización y difusión de acciones comunitarias para la prevención del delito y otras actividades inseguras. ▪▪ Instalación de focos con sensores de movimiento en espacios comunitarios o comunes en condominios sociales. g. Participación ciudadana Fomentar acciones o iniciativas que pretendan impulsar el desarrollo local y la democracia participativa, a través de la integración de la comunidad en distintos espacios y de acuerdo a los mecanismos de participación existentes. A este tipo de proyectos pueden postular todas las organizaciones. Ejemplos de proyectos: ▪▪ Actividades de formación en temas de participación; escuelas de liderazgo, seminarios, talleres en temas vinculados. ▪▪ Campañas de promoción de la participación, elaboración de material informativo para motivar la participación de la comunidad. ▪▪ Elaboración de material educativo en temas de participación ciudadana. Las organizaciones solo podrán postular a una Tipología de Proyecto. II.2. Montos a financiar por tipos de proyectos. El monto mínimo a financiar por el Fondo será de $1.800.000.- en tanto el monto máximo no podrá exceder de los $5.000.000.-, con la sola excepción de los Proyectos de Equipamiento, cuyo monto máximo a otorgar será de $2.500.000.Las iniciativas cuyo costo exceda el monto máximo a financiar por el Fondo, serán consideradas “inviables” y quedarán fuera de concurso. En el caso que el excedente vaya ser financiado con recursos propios de la organización postulante, deberá explicitarlo en su proyecto. Este Fondo no beneficiará iniciativas anteriormente financiadas con recursos municipales en 5 Ilustre Municipalidad de Pudahuel cualquiera de sus formas, exceptuando aquellas que correspondan a proyectos de continuidad, situación que debe ser expresamente señalada y quedar debidamente justificada en el proyecto correspondiente. II. 3. Recursos a financiar y montos máximos por cada ítem Los proyectos podrán solicitar financiamiento para los ítems que se detallan en el siguiente cuadro y dentro de los montos máximos que se indican para cada caso, teniendo siempre en consideración que el monto máximo a solicitar por proyecto no puede superar los $5.000.000.- y en el caso de los Proyectos de Equipamiento, los $2.500.000.- 6 Ejemplo Corresponde a la adquisición o instalación de bienes muebles o equipamiento en una infraestructura comunitaria existente o para la adecuada ejecución de un proyecto específico. Su requerimiento debe justificarse en conformidad a los objetivos del proyecto presentado. Adquisición de mobiliario y artefactos para sedes como por ejemplo, sillas, mesas, cocina, estufa. Adquisición de implementos electrónicos y tecnológicos como, sistemas de amplificación, equipos computacionales, otros. Monto Maximo $ 2.500.000 Difusión Definición Ítem de carácter obligatorio para todos los proyectos. Implica la adquisición de material de difusión del Pendones, afiches, volantes o proyecto adjudicado, sus montos y lienzos publicitarios. fuente de financiamiento. El texto y gráfica de este material será determinado por la Municipalidad. Hasta el 3% del monto total del proyecto postulado. Gastos Operacionales Equipamiento Ítem Corresponde a gastos necesarios para la ejecución o puesta en marcha de un proyecto, los que deberán justificarse en conformidad con sus objetivos. Hasta el 10 % del monto total del proyecto postulado. Arriendo de equipos y máquinas. Arriendo de centros de eventos para capacitaciones, jornadas, seminarios. Recursos Humanos Insumos Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias Gastos para la adquisición de materiales que permitan desarrollar las actividades propias de un proyecto específico. Compra de equipamiento deportivo. Compra de materiales para talleres. $2.500.000 Gastos destinados al pago de honorarios de profesionales, especialistas, técnicos y/o monitores que presten servicios en el proyecto. Todos los no señalados expresamente. Hasta el 20% del monto total del proyecto postulado. Para proyectos de Infraestructura. Hasta el 35% del monto total del proyecto postulado. Gastos en Obra Vendida: Es el que se pacta con un contratista que ejecutará la totalidad de Hasta el 100% una obra, por una suma fija del proyecto de dinero. Esta modalidad sólo postulado. podrá ser utilizada por los Proyectos del tipo Infraestructura Comunitaria. Según la tipología de proyecto se establece un monto máximo a subvencionar por este ítem. Gastos en Obra Intelectual Vendida: Son gastos destinados al pago de un estudio, proyecto, guía, diseño, modelo u otro modo de materializar un producto intelectual. Se debe acreditar a través de boleta o Hasta el 100% factura, que comprenderá el todel proyecto tal de ese producto, pagándose postulado. al igual que en el caso anterior, una suma fija de dinero por el o los productos encomendados. Esta modalidad podrá ser utilizada en todos los tipos de proyecto, cuyos objetivos y productos lo ameriten. 7 Ilustre Municipalidad de Pudahuel II.4. Gastos no financiables (prohibiciones) El presente Fondo no financiará bajo ningún aspecto los siguientes ítems: 1. Gastos efectuados con anterioridad a la entrega de los fondos. 2. Propinas. 3. Bebidas alcohólicas. 4. Pago de honorarios al representante legal del proyecto o de los miembros de la directiva de la organización postulante. 5. Pago de remuneraciones a personas naturales emparentadas hasta el 3° grado de consanguineidad o afinidad, inclusive, con algún integrante de la directiva de la organización ejecutora del proyecto, cualquiera sea la calidad en que actúen. (monitores, contratistas u otros.) 6. Adquisición de combustible para vehículos. 7. El pago de consumos de servicios básicos (agua, electricidad, internet, teléfono, gas.) 8. Cócteles o convivencias. II.5. Duración de los proyectos Los proyectos deberán tener como fecha máxima de ejecución, el día 29 de noviembre del 2015. II.6.Beneficiarios de los proyectos Los beneficiarios de las iniciativas deberán ser organizaciones con domicilio en la comuna de Pudahuel. En lo relativo a la ejecución del proyecto, estos podrán ser beneficiarios directos, es decir, todas las personas que participaran activa y regularmente de las actividades del proyecto, o beneficiarios indirectos, esto es, personas que se ven favorecidas por el impacto o externalidades que genera el proyecto. II.7. Organizaciones con Autorización de Uso Compartido de Equipamientos Comunitarios. Las organizaciones territoriales y funcionales que comparten el uso de sedes sociales o multicanchas, mediante comités de administración o permiso de uso compartido (más de una organización), podrán postular a este Fondo con un único proyecto en las tipologías de Infraestructura y Equipamiento de Organizaciones. Dicha postulación, deberá ser respaldada por el cincuenta por ciento más uno, de las organizaciones que constituyen el comité de administración del equipamiento respectivo. Este acuerdo deberá ser sancionado en una Asamblea del Comité y formalizado mediante Acta, donde conste el acuerdo de la presentación del proyecto y el registro de participantes en este acto. La presentación del proyecto deberá ser acompañada por la copia del Acta referida. II.8. Organizaciones Patrocinadoras La asociatividad es entendida como un instrumento de participación social para sumar esfuerzos con el propósito de dar respuestas colectivas a determinadas necesidades o problemas. Es así 8 Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias que se considerará relevante el apoyo de otras organizaciones al proyecto postulado, las que expresarán este apoyo a través de una carta que contenga los siguientes datos: 1. Individualización de la organización (Nombre, Dirección, RUT). 2. El impacto, beneficios, etc., que este proyecto tendrá para ellos. 3. Firma del/la representante legal, del secretario/a y del tesorero/a. 4. Timbre de la organización. Cada organización comunitaria podrá patrocinar un sólo proyecto. III. DE LA POSTULACIÓN Y ADMISIBILIDAD DE LOS PROYECTOS III.1. Retiro de Bases. Las organizaciones interesadas en postular al Fondo, podrán retirar las Bases del Concurso y los respectivos Formularios de Postulación, a contar del día 26 mayo en Ceremonia de Apertura y desde el 27 de mayo en las siguientes dependencias: 1. Casa de Todos, Av. La Estrella Nº 962. 2. Oficina de Atención Municipal sector Sur, Puerto Arturo Nº 8260 (Mar de Drake/ Puerto Arturo) 3. Heráldica Nº 8921, Población Monseñor Larraín. 4. Departamento de Deportes, Corona Sueca Nº 8325 5. Oficina de Atención Municipal sector Rural, Liceo Ciudad de Brasilia, El Noviciado. Horario de atención para el retiro de Bases. * Lunes a jueves: 09:00 a 13:30 horas – 15.00 a 17:00 horas. * Viernes: 09:00 a 13:30 horas – 15.00 a 16:00 horas Las Bases también podrán ser obtenidas desde la Página Web Municipal: www.mpudahuel.cl III.2. Consultas y asesoría para la elaboración y postulación de proyectos. Las organizaciones interesadas podrán realizar consultas al correo electrónico, [email protected] o telefónicamente, a los números 229 58 70 40 anexo 2129, 9/4491338, en tanto, aquellas que requieran asesoría técnica personalizada, deberán solicitar hora de atención a los teléfonos ya indicados o presencialmente, en Casa de Todos ubicada Av. La Estrella Nº 962, hasta el 19 de Junio de 2015. Adicionalmente, se dictará un Taller de Capacitación por zona, en las fechas y lugares que se indican a continuación: 9 Ilustre Municipalidad de Pudahuel 29 de mayo 2015, Escuela Monseñor Enrique Alvear, Pudahuel sur; 19:00 hrs. . 30 de mayo 2015, Escuela Arturo Merino Benítez, Pudahuel Rural, 17:00 hrs. 01 de junio 2015, Casa de Todos, Pudahuel Norte, 19:00 hrs. III.3.Documentación solicitada Las organizaciones postulantes deben adjuntar todos los antecedentes y documentos que se indican a continuación: a. Formulario de Postulación al Fondo Concursable 2015, más una copia que quedará en poder de la organización como respaldo de su postulación. El formulario se encuentra adjunto a las presentes Bases y deberá ser llenado íntegramente, además de contar con timbre y firma de la directiva titular completa, de la organización postulante. b. Fotocopia del Acta de Asamblea de Socios, en la que se acuerda por mayoría, la postulación de un proyecto a este fondo, señalando el nombre del mismo, una descripción de lo que se realizará y el detalle de la inversión. Deberá acompañar además, la Nómina de Socios presentes en este acto, con sus nombres completos, dirección, Rut, teléfono y firma de los presentes. Las organizaciones territoriales deberán adjuntar nóminas con el respaldo y firmas de 51 socios, en tanto las organizaciones funcionales, deberán hacerlo con nóminas de respaldo de 12 socios, como mínimo. Para el caso de postulación de proyectos por Organizaciones con Autorización de Uso Compartido de Equipamientos Comunitarios, se debe adjuntar acta según el II.7 de las presentes bases. c. Fotocopia del Rut de la organización postulante. d. C arta firmada por la directiva de la organización, mediante la que certifican conocer y aceptar el contenido de las presentes bases. (Anexo Nº4). e. 3 cotizaciones de casa comercial, empresa, profesionales o técnicos (según corresponda), por cada, bien a adquirir o por los servicios u otros a contratar (monitores, relatorías, etc.), mediante el proyecto. f. L as organizaciones creadas por la Ley del Deporte y las Asociaciones Indígenas deberán adjuntar el Certificado de Vigencia de Personalidad Jurídica y directiva al día, emitido por el organismo pertinente y acreditar la residencia de esta persona jurídica en la comuna. g. Los Comités de Administración de Condominios Sociales, deberán presentar Certificado de la Dirección de Obras Municipales, que acredite su condición de tal. Además, deberán acompañar la Inscripción del Reglamento de Copropiedad en el Conservador de Bienes Raíces y la Copia de la Protocolización en notaría, de la elección del Directorio del Comité de Administración vigente. h. Los proyectos del tipo Infraestructura deberán acreditar la propiedad o el permiso de uso del equipamiento comunitario a intervenir a través de: La copia del Decreto Alcaldicio, o la copia del título de dominio inscrito en el Conservador de Bienes Raíces a nombre de la organización o, en su defecto, la Autorización de Uso (Anexo Nº2) de sede o multicancha, por parte de la/s organización/es que poseen el permiso o dominio del equipamiento, según corresponda. 10 Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias i. L os proyectos de Ampliación de equipamientos comunitarios, deberán adjuntar Permiso de Edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales. j. L os proyectos de tipo Infraestructura y Equipamiento deberán acreditar propiedad o permiso de uso del equipamiento donde funciona la organización postulante. (Anexo Nº5) k. Los proyectos del tipo Infraestructura y Equipamiento deberán adjuntar Carta Compromiso que garantice el uso compartido de los bienes por las otras organizaciones que funcionan en el mismo espacio (Anexo Nº3). l. L os proyectos de instalación de alcantarillado, agua potable y empalme eléctrico deberán contar con certificados de factibilidad de las empresas o servicios pertinentes. m.Los proyectos de reparación o instalación de luminarias en equipamientos comunitarios, deben contar con certificado de autorización de la entidad pertinente. n. L os proyectos de reparación o instalación de luminarias en equipamientos comunitarios, deben incluir en sus costos, el presupuesto de diseño del proyecto eléctrico, además de los costos de los materiales y de la ejecución de la obra (se sugiere obra vendida). En este caso además, los prestadores de servicios (empresas o personas naturales) que coticen y realicen las obras, deben contar con certificación SEC acreditable. o. En el caso que la tuviere, Carta de patrocinio de organización/es que apoya/n la iniciativa (Anexo Nº1). La no presentación de alguno de los documentos requeridos, en la forma y contenidos que se indica, será motivo para declarar inadmisible el proyecto. III.4. Fecha y lugar de presentación de los proyectos Los proyectos deben ser presentados e ingresados en Oficina de Partes de la Municipalidad de Pudahuel, ubicada en Av. San Pablo Nº 8444, en horario de 09:00 a 13:30 horas, desde el 22 al 26 de Junio del 2015. III.5. Aceptación de los proyectos Sólo serán aceptados los proyectos que se entreguen en la fecha, hora y lugar indicados. IV. DE LA ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS PROYECTOS IV.1 Comisión de Evaluación de Proyectos La Comisión Evaluadora, en adelante “La Comisión”, estará formada por: 2 funcionarios/as de DIDECO; 1 funcionario/a de SECPLAN; 1 Funcionario de la Dirección de Asesoría Jurídica y 2 representantes del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad 11 Ilustre Municipalidad de Pudahuel Civil, quienes se inhabilitarán de evaluar proyectos presentados por sus organizaciones, si ello ocurriese, en cuyo caso serán reemplazados por los representantes que hayan sido elegidos como sus suplentes. IV.2.Admisibilidad Administrativa y Técnica de los proyectos. La admisibilidad administrativa de los proyectos se realizará al momento de la recepción de las postulaciones de las organizaciones en Oficina de Partes, entre el 22 y el 26 de Junio, 2015. Se considerarán admisibles, todos los proyectos cuyas organizaciones cumplan con los requisitos de postulación establecidos en el numeral I.4 de estas Bases y que hayan entregado la documentación indicada en el numeral III.3 de las mismas, en el plazo señalado en el párrafo anterior. Durante el período de recepción de postulaciones, un equipo de DIDECO colaborará en la revisión de la documentación presentada y entregará cuando corresponda, la orientación que permita a las organizaciones subsanar observaciones y/o corregir sus proyectos, previo al ingreso de los mismos, lo que deberán realizar a más tardar, el 26 de Junio del 2015, a las 14:00 horas. Cabe señalar que esta asistencia técnica y pre-revisión de los proyectos, podrá solicitarse también en fechas previas, a los encargados de programas y encargados territoriales respectivos. La admisibilidad técnica de los proyectos, será evaluada por la Comisión con la asistencia técnica de las Unidades de Control, Secretaría Municipal, Dirección de Desarrollo Comunitario y Dirección de Asesoría Jurídica, en función de sus competencias y según lo establecido en la Ordenanza de Subvenciones vigente. La Comisión tendrá por función revisar el cumplimiento de los aspectos formales y requisitos establecidos en las presentes Bases. Una vez que la Comisión revise en detalle la documentación presentada para cada proyecto, constate el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos establecidos por Bases y que la solicitud se encuentra dentro de los rangos mínimos y máximos definidos, levantará un Acta detallando los Proyectos Admitidos y No Admitidos, explicitando en cada caso, las razones y motivos de la admisibilidad e inadmisibilidad, en función de las Bases. IV.3. Evaluación de los proyectos En esta fase, la Comisión tendrá por objetivo, apreciar y calificar el valor social y económico de los proyectos postulados en función de los factores, criterios y su respectiva ponderación, definidos en las presentes Bases en el punto IV.4. La comisión tendrá la facultad de verificar en terreno o de citar a las organizaciones postulantes, para requerir mayores antecedentes que permitan la mejor evaluación de los proyectos presentados. Los contenidos de los temas tratados en estos casos serán consignados en un Acta, la que formará parte de la documentación de postulación de los proyectos en cuestión. La Comisión evaluadora se reserva el derecho de proponer ajustes a los montos solicitados en los proyectos, en virtud del resultado de la evaluación técnico - económica. Situación que será oportunamente comunicada a la organización postulante. IV.4.Factores y criterios de Evaluación Las propuestas presentadas serán evaluadas en función de los factores, criterios técnico económicos y puntajes máximos que se indican en el siguiente cuadro: 12 Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias Fase de Criterios de Evaluación Evaluación Medido por : Puntaje Máximo Contenidos del proyecto y correspondencia con los objetivos del Fondo Concursable 20 Consistencia de su fundamentación, de su objetivo y de las actividades a realizar 20 Relación entre solución propuesta a la problemática y los montos propuestos 20 Viabilidad material y financiera del proyecto 15 Presupuesto congruente con los objetivos y metas 20 N° de beneficiarios directos e indirectos 15 Relevancia de la ejecución del proyecto dentro del contexto comunitario territorial donde se desarrollará 10 Evaluación Cualitativa Organizaciones que apoyan el proyecto 20 Destinada a realizar una evaluación de la calidad, impacto y proyección social del proyecto Organizaciones directamente beneficiadas por el proyecto 15 Relevancia para su funcionamiento 10 Sustentabilidad y mantención en el tiempo 20 Para el caso que la organización postulante haya sido beneficiada anteriormente, mediante subvención u otros aportes municipales, evaluar la relevancia alcanzada por el proyecto ejecutado, su sustentabilidad y mantención en el tiempo. 15 Coherencia y claridad en la formulación del proyecto Evaluación Técnica Tiene por objeto precisar la factibilidad técnica Análisis financiero y prey operacional supuestario: Verificará la del proyecto adecuación de los medios materiales y financieros para el cumplimiento de los objetivos del proyecto Impacto Social Impacto Organizacional TOTAL MÁXIMO 200 IV.5. Resultados Evaluación La Comisión levantará un Acta que contendrá un Ranking de los proyectos evaluados, es decir, ordenados de manera descendente según el puntaje obtenido. Además, contendrá las observaciones y sugerencias realizadas a los proyectos. Dicha Acta será firmada por todos los miembros de la Comisión. 13 Ilustre Municipalidad de Pudahuel IV.6.Aprobación de la Adjudicación Los resultados de la evaluación realizada por la Comisión, serán presentados por el Alcalde al Concejo Municipal. El Concejo Municipal, aprobará los proyectos, ciñéndose expresamente a los criterios de evaluación, recursos disponibles y a los puntajes obtenidos en la calificación de los mismos. La Municipalidad comunicará a las organizaciones ganadoras del Fondo Concursable la aprobación de sus respectivos proyectos. Esta información se entregará además, a través de la página web www.mpudahuel.cl. De la misma manera, informará por escrito a las organizaciones cuyos proyectos resultaran inadmisibles o no favorecidos. IV.7.Formalización de la Adjudicación Una vez informados los resultados del concurso, el Alcalde dispondrá la entrega de los recursos a las organizaciones beneficiadas mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio. La formalización de la entrega de recursos se realizará mediante la suscripción de un Convenio con cada organización, documento que será redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica. El Decreto Alcaldicio que otorga los recursos deberá ser notificado por la Secretaría Municipal. En el mismo acto se notificará a las organizaciones, las fechas de firma de convenio, de entrega de cheque y de capacitación en Rendición de Cuenta a ser efectuada por la Dirección de Control. V. DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS V.1. Ejecución de los Proyectos La ejecución de los proyectos deberá ceñirse estrictamente, a lo estipulado en cada Convenio. V.2. Supervisión de Proyectos Los representantes legales y todos los miembros de las directivas de organizaciones beneficiadas, deberán adoptar las medidas conducentes a facilitar las acciones de supervisión, evaluación y control de proyectos por parte de la Municipalidad, tanto en sus aspectos técnicos como financieros. También deberán contar con registro fotográfico y/u otros que permitan la reproducción visual del desarrollo de los mismos y en los casos de infraestructura, estos registros deberán dar cuenta del estado anterior y posterior a la realización de las obras de reparación o mejoramiento. Los proyectos que contemplen actividades de: Participación ciudadana, inclusión de grupos vulnerables y/o igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de cultura y fortalecimiento de la identidad y los de prevención y promoción de seguridad barrial, cuando corresponda, deben contar además, con los registros de asistencia de los participantes y beneficiarios cuando corresponda, ej. Talleres de capacitación. Las subvenciones que tengan por finalidad la obtención de uno o más productos de carácter intelectual deberán ser presentados en cualquier formato susceptible de operar como soporte físico o virtual, escrito, audiovisual en almacenaje u otro, según la naturaleza del producto. Los registros fotográficos deberán adjuntarse a la Rendición de Cuentas del Proyecto, así como los demás soportes antes indicados que permitan acreditar la plena ejecución del proyecto. 14 Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias V.3. Condiciones del Financiamiento de los Proyectos La organización beneficiada deberá utilizar los recursos en la ejecución del proyecto en forma íntegra y de acuerdo a los términos estipulados en el Convenio y en el respectivo Proyecto, no pudiendo destinar éstos al financiamiento de fines distintos a los expresamente allí señalados. V.4. Rendiciones de Cuentas Todas las organizaciones ganadoras del Fondo Concursable, deberán rendir cuenta documentada y detallada de los gastos efectuados con cargo a éste, ante la Unidad de Contraloría Municipal. Para estos efectos, deberán participar de una capacitación a cargo de la misma unidad. La rendición de cuentas se presentará en el Formulario que entregará Contraloría Municipal, acompañada de la documentación original que respalda los gastos efectuados con los fondos entregados por el Municipio para el desarrollo del proyecto, tales como facturas o boletas. Los gastos que se realicen con cargo al proyecto deberán efectuarse a partir de la fecha del Decreto Alcaldicio que apruebe la entrega de los recursos y dentro del mismo año calendario. No se aceptarán gastos efectuados con anterioridad, ni después de la fecha fijada para la rendición. La rendición de cuenta debe presentarse a más tardar, el 30 de noviembre de 2015. Vencido este plazo, la Dirección de Control Municipal informará a la Dirección de Asesoría Jurídica las rendiciones pendientes. La Rendición de Cuentas deberá presentarse con una copia, la que será debidamente timbrada por Contraloría Municipal y devuelta a la organización, como único comprobante válido de la recepción de los antecedentes y del cumplimiento de esta obligación. El resultado de la revisión de la Rendición de Cuentas, será informado a la entidad beneficiara, la que en caso de rechazo u observaciones, tendrá un plazo de 90 días corridos para corregirla o subsanarla. Si vencido este plazo, la organización no entregase la rendición subsanada o habiéndolo hecho, las correcciones no fueran acogidas por la Dirección de Control, ésta informará a la Dirección de Asesoría Jurídica, adjuntando todos los antecedentes, para que esta unidad inicie las acciones legales pertinentes. V.5.Término anticipado del Convenio La Municipalidad podrá poner término anticipado y unilateral al convenio, cuando la organización ganadora incurra en cualquier incumplimiento grave de sus obligaciones, es decir, cuando incurra en acciones u omisiones que afecten de manera sustancial el correcto desarrollo del proyecto o vulneren las normas establecidas en las bases. Dicho término anticipado deberá adoptarse mediante Resolución de las Direcciones de Desarrollo Comunitario y Secretaría Comunal de Planificación y será notificada a los solicitantes de la subvención por carta certificada o correo electrónico enviado a las direcciones indicadas en la solicitud. La misma se entenderá notificada al tercer día hábil, contado desde el día siguiente de su envío. En caso de realizarse personalmente la notificación, el plazo se computará desde el día siguiente a la misma de la que se dejará constancia por escrito y con la firma de quien tenga capacidad para representar a la Organización. Del término anticipado del convenio, se podrá interponer recurso de apelación ante el Sr. Alcalde dentro de 5 días hábiles contados desde el día 15 Ilustre Municipalidad de Pudahuel siguiente a la fecha en que se entiende efectuada la notificación de la Resolución. Las notificaciones las realizará la Dirección de Asesoría Jurídica. El Sr. Alcalde podrá dejar sin efecto o confirmar dicha resolución. Con la resolución del Sr. Alcalde y habiendo transcurrido el plazo para apelar, se ordenará por Decreto Alcaldicio el término anticipado del Convenio el cual se notificará de conformidad a lo indicado precedentemente. El término anticipado del convenio implica que la respectiva organización estará obligada a efectuar la devolución de los saldos que eventualmente se adeudaren y a realizar la Rendición de Cuentas, en un plazo no superior a diez días hábiles, a contar de la fecha de notificación del Decreto Alcaldicio de término anticipado del Convenio. V.6.Difusión del Proyecto Durante el desarrollo de las acciones y actividades del proyecto, la organización beneficiaria deberá expresar y dar a conocer públicamente a los beneficiarios del proyecto, que éste ha sido financiado por la I. Municipalidad de Pudahuel. C RO NO GRAMA Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias Pudahuel 2015 N° 16 Fases Plazos año 2015 1 Ceremonia Apertura 26 Mayo 2 Retiro de bases asesorías y capacitación 26 Mayo al 19 Junio 3 Talleres de capacitación por zona 29 y 30 de Mayo, 01 Junio 4 Periodo Postulación 22 al 26 de Junio 5 Constitución Comisión Evaluadora 01 de Julio 6 Revisión admisibilidad evaluación de proyectos (ingreso al Sistema Intranet) 01 de Julio al 10 de Julio 7 Presentación al Concejo Municipal 15 Julio 8 Pronunciamiento Concejo Municipal 22 Julio 9 Trámites administrativos y firma de convenios 10 Ceremonia Entrega de Recursos 2da Semana de Agosto 11 Ejecución de Proyectos Hasta el 29 Noviembre 12 Rendición Hasta el 30 de Noviembre 23 Julio al 06 Agosto Bases Fondo Concursable para Organizaciones Comunitarias de Pudahuel, Version 2015 Ilustre Municipalidad de Pudahuel ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL
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