santo domingo solidario

EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA PÚBLICA PROVINCIAL DE
SERVICIO SOCIAL
“SANTO DOMINGO SOLIDARIO”
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República, en el artículo 315, establece que : “El Estado constituirá
empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la presentación de servicios públicos, el
aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras
actividades económicas. Las empresas publicas estarán bajo la regulación y el control especifico de
los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionaran como sociedades de derecho público,
con personalidad jurídica, autonomía financiera, económica, administrativa y de gestión, con altos
parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos, sociales y ambientales”.
Que, la EMPRESA PUBLICA PROVINCIAL DE SERVICIO SOCIAL “SANTO DOMINGO
SOLIDARIO”, en virtud de lo expuesto en su Ordenanza de Creación y con sujeción a lo dispuesto
en el Art. 225 de la Constitución de la República, se constituye como una entidad del sector público,
con personería jurídica, con patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera,
económica, administrativa y de gestión.
Que, a fin de que La Empresa Pública Provincial cumpla con los fines para los que fue creado, es
necesario que cuente con una Estructura Organizacional por Procesos, que se sustente en sus
conceptos de desarrollo, visión, misión, y objetivos institucionales.
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 11) del Art. 7 de la Ordenanza de Creación de la
EMPRESA PUBLICA PROVINCIAL DE SERVICIO SOCIAL “SANTO DOMINGO SOLIDARIO”, es
atribución del Directorio aprobar el Reglamento Orgánico Funcional.
Por lo expuesto y en uso de sus atribuciones legales;
RESUELVE:
EXPEDIR EL SIGUIENTE REGLAMENTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR
PROCESOS DE LA EMPRESA PÚBLICA PROVINCIAL DE SERVICIO SOCIAL “SANTO
DOMINGO SOLIDARIO”
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TITULO I
CAPITULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1.- OBJETO.- El Objeto del presente reglamento es principalmente fortalecer la estructura
y comportamiento organizacional, orientados a aumentar la eficiencia y eficacia institucional, acorde
con la misión de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social, la misma que se sustenta en
coadyuvar al buen vivir de la población de la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, la
inclusión y la equidad social, con atención prioritaria a la familia, mujeres, niños y niñas,
adolescentes y discapacitados, adultos mayores, jóvenes, en fin, a los sectores más vulnerables de
la sociedad, en diferentes áreas de desarrollo humano, como son: educación, salud, seguridad
social, gestión de riesgos, cultura física y deporte, hábitat y vivienda, cultura e información, disfrute
del tiempo libre, ciencia y tecnología, población y seguridad humana.
Artículo 2.- MISION INSTITUCIONAL.- Impulsar el desarrollo humano, social de los grupos de
atención prioritaria, las personas en situación de riesgo, personas en condición de doble
vulnerabilidad mediante el fortalecimiento de las capacidades para mejorar la calidad de vida y
consolidar una sociedad equitativa, solidaria en el efectivo goce de sus derechos.
Artículo 3.-VISION INSTITUCIONAL.- Santo Domingo Solidario al 2019 será una institución
autosustentable, liderara la gestión del desarrollo social de la provincia elevando la calidad de vida
de los grupos de atención prioritaria, las personas en situación de riesgo, personas en condición de
doble vulnerabilidad mediante la ejecución de programas sujetos a derechos en igualdad de
oportunidades.
Artículo 4.- OBJETIVOS INSTITUCIONALES.- Son objetivos de la EMPRESA PUBLICA
PROVINCIAL DE SERVICIO SOCIAL “SANTO DOMINGO SOLIDARIO”, los siguientes:
a) Generar y mantener una estrecha colaboración con el GAD Provincial de Santo Domingo de
los Tsáchilas, en los programas de acción social para lograr una labor más efectiva a la
colectividad.
b) Garantizar incrementar la prestación de servicios sociales de atención a los grupos de
atención prioritaria.
c) Mejorar la calidad de vida y potenciar las capacidades de la población auspiciando la
inclusión social.
d) Promover permanentemente los derechos y la inclusión social plena y efectiva de los grupos
de atención prioritaria y sus familias, a través de acciones de concienciación, de incidencia
social.
e) Gestionar eficientemente los recursos económicos a través de la mejora continua en la
calidad de los procesos
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Artículo 5.- VALORES INSTITUCIONALES.-Los valores en los cuales se sustenta el accionar de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo Domingo Solidario”, son los siguientes:
a) Honestidad.
b) Lealtad.
c) Respeto.
d) Actitud de servicio
e) Compromiso institucional
f) Responsabilidad social y ambiental
g) Solidaridad.
h) Equidad participativa.
i) Comunicación asertiva y efectiva
j) Comunicación efectiva.
TITULO II
CAPITULO I
ESTRUCTURA POR PROCESOS
Artículo 6.-ESTRUCTURA.- Los Procesos de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social
“Santo Domingo Solidario”, se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución y valor
agregado, en relación al cumplimiento de su misión institucional, de la siguiente manera:
Procesos Gobernantes:
a) Directorio
b) Gerencia
Procesos Habilitantes de Asesoría:
a) Asesoría Jurídica.
b) Comunicación Social
Procesos Habilitantes de Apoyo:
a) Jefatura Administrativa y Talento Humano
b) Jefatura Financiera
Procesos Agregados de Valor:
a) Jefatura de Servicios Sociales
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a). ORGÁNICO ESTRUCTURAL DE LA EMPRESA PÚBLICA PROVINCIAL DE SERVICIO SOCIAL “SANTO
DOMINGO SOLIDARIO”
DIRECTORIO
GERENCIA
ASESORIA
JURIDICA
JEFATURA
ADMINISTRATIVA Y
TALENTO HUMANO
TECNOLOGIA
COMUNICACIÓN
SOCIAL
JEFATURA
FINANCIERA
TESORERIA
CONTROL DE BIENES
CONTABILIDAD
PROVEEDURIA
TALENTO HUMANO
SERVICIOS GENERALES
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JEFATURA DE
SERVICIOS SOCIALES
GESTION DE PROYECTOS Y
PROGRAMAS
GESTION DE COOPERACIÒN
INTERNACIONAL E
INTERINSTITUCIONAL
b). MAPA DE PROCESOS
Proceso Gobernante: Directorio Gerencia General
Gestión Estratégica
Direccionamiento Estratégico de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social Santo Domingo Solidario
Gestión Estratégica de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social Santo Domingo Solidario
Procesos Agregados de Valor
Gestión Asistencial
Gestión de Servicios Institucionales
Optimización de los Procesos de los
servicios de salud
Gestión de Servicios Sociales
Elaboración, Seguimiento,
Evaluación de Proyectos
sociales
Gestión de Cooperación
Internacional e
interinstitucional
Gestión y la negociación de los
recursos de la cooperación
internacional.
Procesos Habilitantes
Gestión Habilitante
Gestión Administrativa y de Talento Humano
Administración de los recursos humanos, proceso
administrativo
Gestión Financiera
Administrar los recursos que tiene la empresa
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CAPITULO II
PROCESOS GOBERNANTES
Artículo 7.- Procesos Gobernantes.- Los Procesos Gobernantes orientan la gestión institucional
a través de la formulación de, políticas, planes, programas, estrategias y la expedición de normas e
instrumentos para el funcionamiento de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo
Domingo Solidario”, y están conformados por:
a) Directorio
b) Gerencia
Sección I.- Del Directorio
Artículo 8.- El Directorio de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo Domingo
Solidario”, es el máximo órgano de representación de la misma; le corresponde dirigir y controlar la
buena marcha de la Empresa.
Artículo 9.- Conformación del Directorio.- El Directorio de la Empresa Pública Provincial de
Servicio Social “Santo Domingo Solidario”, estará integrado por:
a) El/la Prefecto/a de la Provincia Santo Domingo de los Tsáchilas, o su delegado o delegada
permanente, quien lo presidirá;
b) El/la directora/a de Gestión de Planificación del GAD Provincial de Santo Domingo de los
Tsáchilas; y,
c) El/la director/a de Desarrollo Económico.
Actuará con voz pero sin voto el o la Gerente de la Empresa, quien además ejercerá las funciones
de Secretario o Secretaria del Directorio
Artículo 10.- De las sesiones de Directorio.- El Directorio sesionará en forma ordinaria, cada
bimestre y, de manera extraordinaria cuando las circunstancias lo exijan. En todos los casos, la
convocatoria la efectuará el presidente o presidenta.
Artículo 11.- De la Convocatoria.- Para la sesión ordinaria la convocatoria se efectuará con al
menos cuarenta y ocho horas de anticipación a la fecha prevista y se acompañará el orden del día y
los documentos habilitantes para el efecto. Una vez instalada la sesión se procederá a aprobar el
orden del día.
La sesión extraordinaria será convocada con al menos veinte y cuatro horas de anticipación y en ella
se tratarán únicamente los puntos que consten de manera expresa en la convocatoria.
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Artículo 12.- De Quórum.- El Directorio sesionará con la asistencia de por lo menos la mitad mas
uno de sus miembros. En el evento de no contarse con el quórum correspondiente, el Directorio
podrá instalarse en Comisión General para adelantar el conocimiento de los asuntos de la
convocatoria, pero no podrá adoptar resolución alguna.
Artículo 13.- De las resoluciones.- El Directorio adoptará resoluciones con el voto favorable de la
mayoría simple de los miembros concurrentes a la sesión. Previa a la adopción de resoluciones se
constatará la existencia del quórum correspondiente.
Artículo 14.- De las actas.- Las sesiones de Directorio se llevarán en actas, las mismas que
deberán ser suscritas por el Presidente y Secretario del Directorio. Le corresponde al Secretario
mantener el archivo de las actas, resoluciones y demás documentación relevante que se trate en el
seno del Directorio. El Secretario conjuntamente con el Presidente del Directorio de la Empresa, son
los únicos funcionarios con capacidad de certificar hechos producidos en el seno del Directorio.
Artículo 15.- Atribuciones y deberes del Directorio.- Son atribuciones y deberes del Directorio de
la Empresa Pública, los siguientes:
a) Orientar las actividades de la Empresa Pública;
b) Instruir sobre la aplicación de políticas públicas de la Empresa;
c) Procurar el cumplimiento de las finalidades de la Empresa y vigilar el desempeño de sus
actividades;
d) Formar comisiones para la consecución de los objetivos y fines que persigue la Empresa;
e) Aprobar los planes y programas encaminados al cumplimiento de los fines de la empresa;
f) Aprobar los planes de acción a corto, mediano y largo plazo, de acuerdo con la política y las
metas señaladas por la Empresa Pública y el Gobierno Provincial;
g) Promover la gestión de recursos económicos, tecnológicos, humanos y los que fueren
necesarios para cumplir sus fines;
h) Aprobar el presupuesto anual y sus reformas; y, remitirla para conocimiento del Prefecto o
Prefecta y del Legislativo del GAD Provincial;
i) Conocer los informes de gestión que presentaren los servidores de la Empresa Pública y
formular las observaciones que fueren pertinentes;
j) Aceptar las herencias, legados y donaciones que se hicieren a favor de la Empresa;
k) Aprobar el Reglamento Orgánico Funcional, el Plan Estratégico Institucional y el Plan
Operativo de la Empresa;
l) Autorizar al Gerente General, la adquisición de bienes y la contratación de servicios por
montos superiores al 5% del Presupuesto General de la Empresa;
m) Las que le encargue el Gobierno Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas en relación
con sus fines:
n) Las demás que le asigne la Ley Orgánica de Empresas Públicas, su Reglamento General,
demás leyes atinentes y la reglamentación y estatutos internos de la empresa.
Artículo 16.- De la Presidencia y de la Gerencia.- Presidirá las sesiones el Presidente del
Directorio. Actuará como Secretario de la entidad el Gerente de la Empresa, sin derecho a voto.
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Artículo 17.- Atribuciones del Presidente o Presidenta del Directorio.- Le corresponde al
Presidente/a del Directorio, las siguientes atribuciones:
a) Convocar y presidir con voz y voto dirimente las sesiones del Directorio, para lo cual deberá
proponer de manera previa y en forma oportuna el orden del día;
b) Ejercer control sobre la gestión y la ejecución de las actividades, fines y objetivos de la
empresa; así como, de los servicios públicos prestados a través de la empresa, a fin de
garantizar que éstos se brinden bajo los principios de obligatoriedad, generalidad,
uniformidad, eficiencia, oportunidad, responsabilidad, universalidad, accesibilidad,
regularidad, continuidad, calidez y calidad establecidos en la Constitución de la República y,
c) Las demás que prevé la ordenanza de Creación, Organización y Funcionamiento de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo Domingo Solidario”.
Sección II.- De la Gerencia
Artículo 18.- Misión.- Dirigir, planificar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades
relacionadas con la gestión técnica, financiera y administrativa de las Jefaturas que la conforman e
impartir las instrucciones para el cabal cumplimiento de sus funciones.
Artículo 19.- Del Gerente.- La o el Gerente de la empresa pública será designado por el Directorio,
de fuera de su seno, de una terna presentada por el Presidente del Directorio. Ejercerá la
representación legal, judicial y extrajudicial de la empresa y será en consecuencia el responsable de
la gestión empresarial, administrativa, económica, financiera, comercial, técnica y operativa. Deberá
dedicarse de forma exclusiva y a tiempo completo a las labores inherentes a su cargo, con la
salvedad establecida en la Constitución de la República.
Para ser Gerente se requiere:
a) Acreditar título profesional mínimo de tercer nivel;
b) Demostrar conocimiento y experiencia vinculados a la actividad de la empresa; y,
c) Tener experiencia en temas sobre el objeto de la empresa.
Artículo 20.- De las funciones y deberes del Gerente.-Son funciones y deberes del o la Gerente:
a) Ejecutar bajo responsabilidad la gestión técnica, administrativa, financiera y de servicios
sociales de la Empresa;
b) Cumplir y hacer cumplir las políticas y/o directrices emitidas por el Gobierno Provincial, por
el Directorio y por la Presidenta o Presidente de la Empresa;
c) Preparar, por lo menos con treinta días de anticipación, documentos que contengan los
programas y proyectos que deben ser conocidos y aprobados por el Directorio;
d) Elaborar conjuntamente con la Presidenta o Presidente de la Empresa, la proforma del
presupuesto anual, sus reformas y presentarlas a consideración y aprobación del Directorio;
e) Aprobar las reformas del presupuesto, cuando de acuerdo al Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, corresponda hacerlo al Ejecutivo;
f) Hacer conocer las resoluciones del Directorio y de todo aquello que fuere de interés general;
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g) Requerir información y propuestas para llevar adelante proyectos de interés general que
sean de competencia de la Empresa o que, siendo de competencia de otros organismos del
Estado interesen a la Empresa;
h) Formular el plan operativo anual y poner a consideración del Directorio para su aprobación;
i) Actuar como Secretaria o Secretario del Directorio y dar fe de sus actos y resoluciones;
j) Autorizar los egresos de la Empresa, por montos que no sobrepasen el 5% del Presupuesto
General de la Empresa;
k) Ejercer las funciones que por delegación del Directorio o de la Presidenta o Presidente de la
Empresa, se le hubiere encomendado expresamente;
l) Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la empresa pública;
m) Cumplir y hacer cumplir la ley, reglamentos y demás normativa aplicable, incluidas las
resoluciones y directrices emitidas por el Directorio o por el Presidente;
n) Suscribir las alianzas estratégicas, acuerdos, convenios, aprobados por el Directorio de la
Empresa;
o) Administrar la empresa pública, velar por su eficiencia empresarial e informar al Directorio y
al Presidente o Presidenta, semestralmente o cuando sea solicitado por éste, sobre los
resultados de la gestión, de aplicación de políticas y de los resultados de los planes,
proyectos y presupuestos, en ejecución o ya ejecutados;
p) Presentar al Directorio y al Presidente o Presidenta las memorias anuales de la Empresa
Pública y los estados financieros;
q) Preparar, para conocimiento y aprobación del Directorio, el Plan de Inversión y el
Presupuesto General de la Empresa Pública;
r) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus reformas en los plazos y formas
previstas en la ley;
s) Aprobar y modificar los reglamentos internos que requiera la empresa, excepto el
Reglamento de Funcionamiento del Directorio;
t) Iniciar y continuar los procesos judiciales y en los procedimientos alternativos disolución de
conflictos, de conformidad con la ley y los montos establecidos por el Directorio. El Gerente
procurará utilizar dichos procedimientos alternativos antes de iniciar un proceso judicial, en
todo lo que sea materia transigible;
u) Designar al Gerente General Subrogante;
v) Nombrar, contratar y sustituir al talento humano de la Empresa Pública;
w) Gestionar, adoptar e implementar las decisiones que permitan a la Empresa, buscar
financiamiento para atender las necesidades de los usuarios en general;
x) Ejercer la jurisdicción coactiva en forma directa o a través de su delegado;
y) Implementar modelos de servicio por resultados en función de indicadores de gestión;
z) Presentar al Directorio un informe anual de labores así como también rendición de cuentas a
la comunidad;
aa) Las demás que le asigne la Ley Orgánica de Empresas Públicas, su Reglamento General y
las normas internas de la empresa.
Articulo 21.- De las atribuciones especiales e impedimentos.- Solamente con autorización previa del
Directorio, el o la Gerente podrá diferir al juramento decisorio, allanarse a la demanda, desistir del pleito o
transigir.
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Artículo 22.- Del Gerente Subrogante.- El o la Gerente Subrogante será nombrada de conformidad con lo
establecido en el reglamento orgánico, reemplazará al Gerente General de la Empresa en caso de ausencia o
impedimento temporal de éste último, cumplirá los deberes y atribuciones previstas para el titular mientras
dure el reemplazo y será de libres designación y remoción. En caso de ausencia definitiva del Gerente, será el
Directorio de la Empresa el que designe al Gerente Subrogante.
Artículo 23.- Inhabilidades y prohibiciones.- No podrán ser designados ni actuar como Gerente General o
Subrogante, ni como personal de libre designación de la Empresa, los que al momento de su designación o
durante el ejercicio de sus funciones se encuentren incursos o incurran en una o más de las siguientes
inhabilidades:
a) Ser cónyuge, persona en unión de hecho o pariente hasta el cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad de alguno de los miembros del Directorio o de las
autoridades nominadoras de los miembros del Directorio;
b) Quienes tengan suscrito contratos vigentes con el GAD Provincial, con la empresa o en
general con el Estado en actividades relacionadas al objeto de la Empresa;
c) Quienes se encuentren litigando en calidad de procuradores judiciales, abogados
patrocinadores o parte interesada con el GAD Provincial , de la empresa o en general con el
Estado en temas relacionados al objeto de la empresa;
d) Quienes ostenten cargos de elección popular, los ministros y subsecretarios de Estado y los
integrantes de los entes reguladores o de control;
e) Quienes se encuentren inhabilitados en el Registro Único de Proveedores RUP.
CAPITULO III
PROCESOS HABILITANTES.
Artículo 24.- Los Procesos Habilitantes implementan políticas, generan productos y servicios para
los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, contribuyendo al cumplimiento de
la misión institucional, siendo los siguientes:
a) Procesos Habilitantes de Asesoría; y
b) Procesos Habilitantes de Apoyo;
Sección I.- Procesos Habilitantes de Asesoría
Artículo 25.- De la Asesoría Jurídica.- Aporta al proceso habilitante de asesoría, como insumo
para la toma de decisiones.
Artículo 26.- Misión de la Asesoría Jurídica.- Brinda asesoramiento en materia legal orientado a la
correcta toma de decisiones por parte de los directivos y demás unidades internas; implementación
de los procesos de contratación pública, así como la presentación de informes jurídicos internos
sobre la legalidad de los actos que genera la institución.
Artículo 27.- Del Responsable de la Asesoría Jurídica.- El responsable será el Asesor Jurídico.
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Artículo 28.- Atribuciones y responsabilidades de la Asesoría Jurídica.- Son atribuciones y
responsabilidades de la Gestión de Asesoría Jurídica las siguientes:
a) Asesorar en materia legal al Directorio, Presidente/a, Gerente/a y demás unidades y
servidores de la institución, para la correcta aplicación e interpretación de normas legales;
b) Asistir a las sesiones de Directorio, y a las comisiones que se organicen, para asesorar en
los asuntos jurídicos que se le requiera;
c) Patrocinar a la Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo Domingo Solidario”, en
todos los procesos legales, judiciales y administrativos;
d) Absolver consultas solicitadas por el Directorio, Presidente/a, Gerente/a y demás
funcionarios de la institución;
e) Elaborar estudios y proyectos de reglamentos, convenios, resoluciones contratos, y demás
normativa legal;
f) Preparar e implementar la parte precontractual y contractual de los procesos de
Contratación Pública de conformidad a lo dispuesto en la ley de la materia;
g) Participar en la elaboración de pliegos dentro de los procesos de contratación pública de
conformidad a lo determinado a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública y su reglamento;
h) Control, supervisión y seguimiento del portal de compras públicas en su calidad
de administrador.
i) Realizar los trámites correspondientes para el remate de bienes de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social, en coordinación con el departamento financiero y el
departamento Administrativo, e intervenir en dichos remates;
j) Asistencia y asesoramiento legal a la Jefatura Administrativa y de Talento Humano, para
sumarios administrativos y solicitud de visto bueno;
k) Elaborar el Plan Operativo Anual y el PAC de su unidad;
l) Publicar en el Portal www.compraspublicas.gob.ec los procesos que autorice el Directorio
de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
m) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones de la Gestión de Asesoría Jurídica, contempladas
en la Ordenanza de Creación, reglamentos, resoluciones y demás normativa de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
n) Las demás, que le sean delegadas por el Presidente/a y el Gerente de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social.
Artículo 29.- Portafolio de Productos de la Asesoría Jurídica.- Los productos y servicios de la
gestión de Asesoría Jurídica, son los siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
Criterios y pronunciamientos jurídicos
Pliegos para contratación pública
Asesoría institucional
Patrocinio judicial
Contratos
Proyectos de convenios
Proyectos y reformas de reglamentos institucionales y resoluciones administrativas
Informes jurídicos sobre contratación pública
Informes del estado de los procesos judiciales y administrativos
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j) Documentos precontractuales y contractuales
k) Informes de trámites internos y externos
l) Actas de finiquito
Artículo 30.- Relación Funcional.- Tiene relación directa con el Gerente General y el Directorio.
Mantiene relación funcional con las demás dependencias para coordinación de las actividades.
Mantiene relación formal, con instituciones privadas y otras instituciones públicas para la obtención
y/o prestación de servicios.
Artículo 31.- De la Comunicación Social.- Aporta al proceso habilitante de Asesoría, en lo
referente a Comunicación Social y Relaciones Públicas.
Artículo 32.- Misión de la Comunicación Social.- Difunde los alcances de la gestión de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo Domingo Solidario”, posicionando las políticas,
planes, programas y proyectos; y retroalimenta a la institución con la opinión pública externa;
además de las TIC`S, como soporte en los servicios tecnológicos institucionales.
Artículo 33- Del Responsable de la Gestión de Comunicación.- El responsable será el
Comunicador Social contratado para dichos fines.
Artículo 34.- Atribuciones y Responsabilidades de la Gestión de Comunicación.- Son
atribuciones y responsabilidades las siguientes:
a) Brindar acompañamiento y guía a las autoridades de la Institución y demás órganos
administrativos de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social en el manejo de la
información y la relación con los medios de comunicación;
b) Elaborar y presentar el Plan Estratégico de Comunicación interna y externa de la Empresa
Pública Provincial de Servicio Social;
c) Coordinar y proponer estrategias de comunicación e imagen Institucional, a fin de mantener
informada a la comunidad de la gestión de proyectos sociales y por ende de la Empresa
Pública Provincial de Servicio Social;
d) Revisar la información interna y externa que debe salir para los medios impresos, radiales y
televisivos;
e) Diseñar y proponer a la Jefatura de Servicios Sociales y Gerencia las políticas y estrategias
de comunicación que difundan la gestión pública y mejore la imagen de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social;
f) Diseñar y aplicar estrategias de comunicación interna para mantener un adecuado flujo de la
información de la administración provincial;
g) Fortalecer y articular una red de medios de comunicación local y nacional, acorde a las
necesidades comunicacionales de la población de la provincia y los grupos objetivo de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
h) Proporcionar información a los medios locales y nacionales;
i) Crear campañas de difusión que estén relacionadas con los proyectos y programas que
ejecute la Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
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j) Apoyar y ejecutar en todas las instancias en el campo de la imagen institucional y
corporativa; y,
k) Las demás que les sean delegadas por el Presidente/a y Gerente/a de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social.
Artículo 35.- Portafolio de Productos de la Gestión de Comunicación.- Son los siguientes:
a) Plan estratégico de comunicación
b) Red de medios de comunicación local y nacional
c) Políticas y estrategias de comunicación para gestión de lo público y la institucionalidad de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social
d) Reporte diario de presencia de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social en medios,
y de otros temas relevantes a la gestión institucional
e) Propuestas para difundir información de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social
f) Informar sobre proyectos, programas y actividades interna y externa de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social
g) Redes de comunicación comunitarias conjuntas y patronatos parroquiales y otras instancias
de la comunidad
h) Proyectos de comunicación
i) Herramientas de difusión como: boletines de prensa, artículos, avisos, trípticos, folletos,
imágenes, audiovisuales, memorias, afiches previo el visto bueno de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social
Artículo 36.- Relación Funcional.- Tiene relación directa con el Gerente General y el Directorio.
Mantiene relación funcional con las demás dependencias para coordinación de las actividades.
Mantiene relación formal, con instituciones privadas y otras instituciones públicas para la obtención
y/o prestación de servicios.
Sección II.- Procesos Habilitantes de Apoyo.
Artículo 37.- De los Procesos Habilitantes de Apoyo.- Los procesos habilitantes de apoyo,
precisamente proporcionan apoyo administrativo, financiero y logístico a los órganos de dirección,
administración y a otras jefaturas y unidades, entregando oportunamente los recursos necesarios,
para el cumplimiento de los objetivos institucionales y están conformados por:
1. Jefatura Administrativa y Talento Humano
2. Jefatura Financiera
Sección III.- De la Jefatura Administrativa y Talento Humano.
Artículo 38.- Misión de la Jefatura Administrativa y Talento Humano.- Proporcionar
eficientemente los recursos materiales y de seguridad necesarios para la adecuada ejecución de
planes, programas y proyectos, así como talento humano calificado y capacitado.
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Artículo 39.- Del Responsable de la Jefatura Administrativa y Talento Humano.- Es el Jefe
Administrativo y Talento Humano de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social.
La Jefatura Administrativa y Talento Humano se gestionará a través de las siguientes áreas:
1.
2.
3.
4.
5.
Tecnología
Control de bienes
Proveeduría
Talento humano
Servicios generales
Artículo 40.- Atribuciones y responsabilidades de la Jefatura Administrativa y Talento
Humano.- Las atribuciones son las siguientes:
a) Dirigir, coordinar y controlar la elaboración de planes, programas y proyectos
relacionados con las actividades y productos de las áreas bajo su dependencia,
así como establecer indicadores de gestión que permitan evaluar sus
resultados;
b) Supervisar y respaldar las actividades de las áreas administrativas a su cargo;
c) Programar, dirigir y controlar las actividades de los procesos administr ativos
bajo su dependencia, de conformidad con las políticas emanadas de la
autoridad y con lo dispuesto en leyes, normas y reglamentos;
d) Elaborar el distributivo de sueldos de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social
“Santo Domingo Solidario”, en coordinación con el Gerente/a y la Jefatura Financiera;
e) Publicación de compras y contratación de bienes o servicios mediante
procedimientos de ínfima cuantía de conformidad con la Ley ;
f) Asegurar el óptimo funcionamiento eficiente de la Empresa Pública Provincial de Servicio
Social “Santo Domingo Solidario”, dotándole de personal con requisitos mínimos para
ocupar cada cargo en las dependencias de la institución;
g) Asesorar a las autoridades en la toma de decisiones en materia administrativa y de Talento
Humano, conforme a la normativa vigente;
h) Administrar el Sistema Integrado de Talento Humano de la Empresa Pública Provincial de
Servicio Social “Santo Domingo Solidario”;
i) Desarrollar programas de reclutamiento y selección de personal, para cubrir vacantes en la
empresa, de acuerdo a la visión, misión y la planificación institucional, aplicando los
principios de legalidad, neutralidad, credibilidad, igualdad y transparencia;
j) Promover, diseñar, e intervenir en la realización de programas de capacitación, desarrollo
personal y bienestar social para elevar el nivel de competencia laboral;
k) Control, supervisión y seguimiento del portal de compras públicas en lo atinente
a las compras por ínfima cuantía;
l) Consolidar el PAC y POA proporcionado por las diferentes Jefaturas de la
Empresa Pública Santo Domingo Solidario ;
m) Elaborar manuales de procedimientos e instructivos para la administración de la
bodega difundidos y explicados;
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n) Elaborar manuales de procedimientos e instructivos para la administración del
archivo institucional; y,
o) Las que sean delegadas por el Presidente/a del Directorio y el Gerente/a de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social .
Artículo 41.- Productos y Servicios de la Jefatura Administrativa y Talento Humano.- Serán los
siguientes:
a) Procedimientos que fueren necesarios para la implementación de los asuntos resueltos o
recomendados por los órganos de dirección;
b) Informes, sobre la marcha administrativa de la Empresa Pública Provincial de Servicio
Social, cuatrimestralmente o en el momento que se lo solicitaren;
c) Control de los bienes, archivos y más instrumentos de la Empresa Pública Provincial de
Servicio Social.
d) Plan anual de contrataciones de la jefatura administrativa
e) Plan anual de contrataciones consolidado
f) Plan operativo anual consolidado
g) Informe consolidado de ejecución, monitoreo y evaluación del plan operativo anual
h) Archivo institucional
i) Plan de capacitación
j) Liquidación de haberes.
k) Reglamento de administración de bienes
l) Informes de movimientos del recurso humano.
m) Informes de mantenimiento y mejoramiento del clima laboral.
n) Distributivos de sueldos.
Artículo 42.- Relación Funcional.- Tiene relación directa con Gerente General y Directorio.
Mantiene relación directa y funcional con las dependencias de su área y otras de la Empresa, para la
coordinación de sus actividades. Mantiene relación formal con entidades públicas y con organismos
públicos de cooperación en la rama a efectos de conseguir asistencia técnica para la obtención de
servicios.
Artículo 43.- Del Área de Tecnología de la Información.- Su misión es la de administrar y brindar
los servicios tecnológicos adecuados para fortalecer la operatividad de los procesos institucionales.
Dependerá administrativamente de la Jefatura Administrativa y de Talento Humano.
Artículo 44.- Atribuciones y Responsabilidades del Área de Tecnología de la Información.- Son
las siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Administrar, monitorear y dar soporte a la red de datos interna;
Brindar soporte al sistema financiero contable;
Monitorear la red de telefonía;
Elaboración del plan y mantenimiento de los equipos tecnológicos;
Elaborar el informe de análisis de factibilidad para la adquisición de bienes informáticos;
Dar soporte técnico en general;
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g) Elaborar informes periódicos de las necesidad existentes de herramientas y accesorios;
h) Administrar, actualizar y dar mantenimiento a la página web institucional; y,
i) Las demás, que le sean delegadas por Gerente/a o la Jefatura de Administrativa y Talento
Humano.
Artículo 45.- Productos y Servicios del Área de Tecnología de la Información.- Serán los
siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Plan de desarrollo informático
Informe de ejecución de plan informático
Plan de mantenimiento de software y hardware
Análisis de factibilidad de adquisición de bienes informáticos
Elaboración de matrices de control interno.
Página web institucional
Artículo 46.- Del Área de Control de Bienes.- Tiene como misión el controlar los bienes de larga
duración, bienes sujetos a control y custodia de enseres, productos, materiales, útiles de oficina de
buena calidad a fin de atender las necesidades institucionales, dependerá administrativamente del
Jefe Administrativo y Talento Humano.
Artículo 47.- Atribuciones y responsabilidades del Área de Control de Bienes.- Tiene las
siguientes atribuciones y responsabilidades:
a) Solicitar a las diferentes Jefaturas la proyección de compras de materiales y suministros
para el año;
b) Realizar las actas de entrega- recepción de los bienes de larga duración a los custodios;
c) Mantener un registro actualizado de los movimientos de los bienes de larga duración;
d) Codificar los bienes de larga duración;
e) Verificar que los bienes que ingresan a la Empresa Pública, cumplan con las
especificaciones contractuales;
f) Receptar el bien mueble, suministro o material para que proceda con el respectivo ingreso a
bodega;
g) Registrar el stock de suministros materiales, repuestos, y otros para establecer los niveles
máximos y mínimos de las existencias;
h) Participar en coordinación con Contabilidad y Jefatura Administrativo en la toma física de
activos e inventarios;
i) Proveer de los materiales de oficina, eléctricos, ferretería, limpieza y otros, de manera
inmediata y oportuna a las distintas jefaturas y áreas administrativas;
j) Coordinar que la entrega de materiales y bienes se realice en los plazos previstos y de
acuerdo a lo solicitado; así como llevar registros de los ingresos y egresos constatando los
documentos de respaldo;
k) Coordinar y custodiar todos los bienes, suministros y materiales adquiridos por la Empresa;
l) Gestionar o administrar los procesos de ingresos y egresos de bodega, los primeros servirán
de información habilitante para los pagos que se deben realizar a los proveedores, y, los
egresos, permitirán un adecuado control de la utilización y gasto de los materiales;
16
m) Realizar actas de entrega recepción por traslado de los bienes cuando lo amerite;
n) Realizar la certificación de personal que no tiene bienes a su cargo para la liquidación de
haberes;
o) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones del área de Control de Bienes, contempladas en
leyes, reglamentos, resoluciones y demás disposiciones legales; y,
p) Las demás, que le sean delegadas por el Gerente/a y Jefatura Administrativa.
Artículo 48.- Productos y Servicios del Área de Control de Bienes.- Los siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Plan anual de mantenimiento de bienes de larga duración
Cuadro de depreciación de bienes de larga duración
Reporte de bienes sujetos a control
Histórico de bienes de larga duración
Plan de mantenimiento preventivo de bienes muebles e inmuebles
Actas de entrega recepción
Inventarios de suministros
Artículo 49.- Del Área de Proveeduría.- Proveeduría, tiene como misión el supervisar y ejecutar
actividades de adquisición oportuna de enseres, productos, materiales, útiles y equipos de oficina
de buena calidad a costos favorables para la Empresa Pública Provincial de Servicio Social, a fin de
atender las necesidades institucionales, dependerá administrativamente del Jefe Administrativo y de
Talento Humano.
Artículo 50.- Atribuciones y responsabilidades del Área de Proveeduría.- El área de proveeduría
tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades:
a) Elaborar la propuesta del plan anual de adquisiciones y compras en coordinación con
Control de Bienes o quien hiciere sus veces, la Jefatura Administrativa, considerando las
necesidades y requerimientos de cada una de las jefaturas y unidades administrativas y el
histórico de adquisiciones;
b) Publicar el Plan Anual de Contratación (PAC) y sus reformas acorde a las leyes vigentes
c) Elaborar informe de reformas al Plan Anual de Contrataciones
d) Elaborar informe de ejecución del Plan Anual de Contrataciones
e) Elaborar informe de publicaciones de contratación de bienes y servicios mediante
procedimientos de ínfima cuantía.
f) Elaborar cronograma de contrataciones para ínfima cuantía.
g) Obtener cotizaciones para la adquisición de bienes, servicios, y reparaciones menores;
además preparar cuadros comparativos de ofertas;
h) Verificar que los bienes que ingresan a la Empresa Pública Provincial de Servicio Social
cumplan con las especificaciones contractuales;
i) Entregar el bien mueble, suministro, material al área de control de bienes para que proceda
con el respectivo ingreso a bodega;
j) Controlar y dar seguimiento a los tiempos de ejecución y entrega de los bienes, servicios y
reparaciones contratadas;
17
k) Participar en coordinación con Control de Bienes, Contabilidad, y Jefe Administrativo en la
toma física de activos e inventarios;
l) Mantener registros actualizados de precios de cada uno de los bienes, servicios y
reparaciones menores, así como registro de los proveedores de acuerdo a la normativa
nacional vigente;
m) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones del Área de Proveeduría, contempladas en leyes,
reglamentos, resoluciones y demás disposiciones legales; y,
n) Las demás, que le sean delegadas por el Gerente/a y Jefatura Administrativa.
Artículo 51.- Productos y Servicios de la Asistente de Proveeduría.- Son productos y servicios
del Área de Proveeduría los siguientes:
a) Informe de reformas al plan anual de contrataciones
b) Informe de ejecución del plan Anual de contrataciones
c) Informe de publicaciones de contratación de bienes y servicios mediante procedimientos de
ínfima cuantía.
d) Cronograma de contrataciones para ínfima cuantía.
e) Cotizaciones de bienes y servicios
f) Cuadros comparativos de las cotizaciones
g) Registro de precios de bienes, servicios y reparaciones menores actualizado
h) Registros proveedores
Artículo 52.- Del Área de Talento Humano.- Tiene como misión apoyar y controlar los procesos
relacionados con logística, dotación de recursos humanos, demandados por los clientes internos de
la institución, para la generación de productos y servicios públicos, dependerá del Jefe
Administrativo.
Artículo 53.- Atribuciones y responsabilidades del Área de Talento Humano.- Tiene las
siguientes atribuciones y responsabilidades:
a) Cumplir y hacer cumplir, en coordinación con la Jefatura Administrativa las leyes,
reglamentos generales y resoluciones, en el ámbito de su competencia;
b) Elaborar propuestas de normativa interna, manuales e indicadores de gestión de talento
humano;
c) Elaborar el reglamento interno en coordinación con el Jefe Administrativo y de Talento
Humano, con sujeción a las normas técnicas en el ámbito de su competencia;
d) Elaborar informes técnicos para movimientos de personal, para revisión y legalización del
Jefe Administrativo;
e) Mantener actualizado el manual de descripción, valoración y clasificación de puestos
Institucional, para que sea coordinado por el Jefe administrativo y de Talento Humano;
f) Coordinar con el Jefe Administrativo y de Talento Humano, la ejecución de los concursos
de méritos y oposición;
g) Apoyar en el sistema de evaluación del desempeño y rendimiento de manera periódica y
sistemática mediante metodologías objetivas de medición cuantitativa de conformidad a las
leyes pertinentes;
18
h) Proponer las acciones que permitan un adecuado clima organizacional y de ambiente de
trabajo para las relaciones interpersonales y laborales;
i) Ejercer el control y registro de asistencia, horarios de trabajo, vacaciones, movimientos y
licencias de personal;
j) Coordinar los procesos administrativos de liquidación de vacaciones del personal, de
conformidad a las leyes pertinentes;
k) Realizar las acciones de personal;
l) Registrar en la página web del IESS las novedades del personal (Avisos de entrada, salida y
demás que se generaren);
m) Registrar contratos, actas de finiquito, décimo tercer sueldo y décimo cuarto sueldo en la
página web del Ministerio de Trabajo, así como la presentación de los documentos
requeridos para legalizar los mismos
n) Colaborar en la elaboración del plan operativo anual y PAC de la unidad a la cual pertenece
Talento Humano;
o) Ejecutar acciones tendientes a legalizar la contratación de personal extranjero ante el
Ministerio del Trabajo; y,
p) Las demás, que le sean delegadas por el Gerente/a y el Jefe Administrativo.
Artículo 54.- Productos y servicios del Área de Talento Humano.a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Estructura de puestos institucional
Informes de asistencia y ausentismo temporal
Acciones de personal
Informe de evaluación del desempeño
Registro de novedades al IESS
Plan anual de vacaciones
Expedientes del personal
Artículo 55.- Del Área de Servicios Generales.- La Misión de servicios generales de la Empresa
Pública Provincial de Servicio Social “Santo Domingo Solidario”, consiste en la ejecución de las
actividades de limpieza y mensajería que genera la institución y estará bajo la supervisión del Jefe
Administrativo y Talento Humano.
Artículo 56.- Atribuciones y Responsabilidades del Área de Servicios Generales.- Las
siguientes:
a) Estar pendientes de los servicios básicos de la Empresa Pública Provincial de Servicio
Social (agua, luz y teléfono);
b) Realizar el respectivo mantenimiento y conservación de edificaciones e instalaciones
institucionales;
c) Diagnosticar las necesidades de servicio a nivel interno;
d) Elaborar solicitudes de compra para la adquisición de materiales indispensables para el
buen aseo de la Empresa ;
e) Realizar requisiciones de materiales en coordinación con control de bienes;
f) Organizar los servicios de conserjería (aseo y limpieza), mantenimiento de locales y edificios
19
(sanitarios, eléctricos y carpintería), de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
g) Realizar las instalaciones necesarias para reuniones itinerantes, tanto logísticos como de
materiales; y,
h) Las demás que les sean asignadas por la Jefatura Administrativa y Talento Humano.
Art. 57.- Productos y Servicios del Área de Servicios Generales.-Las siguientes:
a)
b)
c)
d)
Pagos de servicios básicos.
Instalaciones en perfecto estado de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social.
Control de necesidades internas en cuanto a servicios generales.
Materiales logísticos internos.
SECCIÓN IV.- DE LA JEFATURA FINANCIERA
Artículo 58.- Misión de la Jefatura Financiera.- Tiene como misión, administrar los recursos
económicos y financieros de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social, para el cumplimiento
oportuno de los objetivos institucionales.
Artículo 59.- Responsable de la Jefatura Financiera.- El responsable de la Jefatura Financiera
será el Jefe/a Financiero.
Artículo 60.- Atribuciones y Responsabilidades de la Jefatura Financiera.- Tiene las siguientes
atribuciones y responsabilidades:
a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el sistema financiero de conformidad con
las normas legales y técnicas vigentes;
b) Supervisar el funcionamiento adecuado y oportuno de las diversas fases de la
administración financiera de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social, de
conformidad con lo establecido en las leyes de la materia;
c) Administrar el presupuesto de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo
Domingo Solidario”.
d) Asesorar a las autoridades en la toma de decisiones en materia financiera;
e) Certificar los gastos previstos en el presupuesto, de conformidad con las previsiones
establecidas en las leyes, normas y reglamentos vigentes;
f) Asegurar que la programación, formulación, ejecución, evaluación y liquidación del
presupuesto institucional, se desarrolle con eficiencia, eficacia, austeridad y efectividad.
g) Presentar, los proyectos de reformas al presupuesto, oportunamente a fin de atender las
necesidades institucionales.
h) Establecer métodos específicos de evaluación presupuestaria.
i) Entregar oportunamente la información financiera requerida tanto al Directorio como a la
Gerencia, y demás organismos de control;
j) Asegurar el funcionamiento del control interno financiero Empresa Pública Provincial de
Servicio Social;
20
k) Apoyar en la elaboración del distributivo de sueldos de la Empresa Pública Provincial de
Servicio Social “Santo Domingo Solidario”, conjuntamente con la Jefatura Administrativa y de
Talento Humano;
l) Presentar la propuesta del PAC en coordinación con las demás unidades administrativas
responsables de procesos, al Gerente para su respectiva aprobación.
m) Asegurar la liquidación y el pago de obligaciones económicas de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social;
n) Monitorear y evaluar la gestión económica y financiera en coordinación con el Tesorero,
Contador y Gerente Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
o) Controlar la correcta custodia, uso y registro contable de los recursos financieros de la
Institución.
p) Elaborar el Plan Operativo Anual y el PAC de su unidad;
q) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones de la Jefatura Financiera, contempladas en leyes,
reglamentos, resoluciones y demás disposiciones legales; y,
r) Las demás, que le sean delegadas por el Directorio y Gerente/a de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social.
Artículo 61.- Productos y Servicios.
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
Proyecto de proforma presupuestaria
Plan operativo anual (POA) de su jefatura
Presupuesto anual Institucional
Reformas presupuestarias
Certificaciones presupuestarias
Análisis de estado financieros
Plan de políticas y directrices financieras.
Informes financieros y presupuestarios.
Transferencias
Artículo 62.- Relación Funcional.- Tiene relación directa con Gerente General y Directorio.
Mantiene relación directa y funcional con las dependencias de su área y otras de la Empresa, para la
coordinación de sus actividades. Mantiene relación formal con entidades públicas y con organismos
públicos de cooperación en la rama a efectos de conseguir asistencia técnica para la obtención de
servicios.
Artículo 63.- Del Área de Tesorería.-La misión consiste en Administrar los fondos y bienes de la
Empresa de acuerdo con las normas legales y recaudar en forma eficiente y oportuna sus recursos
financieros.
Artículo 64.- Responsable del Área de Tesorería.- El o la responsable del área de Tesorería, será
el o la Tesorera.
Artículo 65.- Atribuciones y responsabilidades del Área de Tesorería.- Tiene las siguientes
atribuciones y responsabilidades:
21
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
o)
p)
Planificar, organizar, dirigir y ejecutar las actividades del área de Tesorería;
Control y manejo de las cuentas bancarias a través del SPI;
Control previo al pago;
Recaudar los fondos que le corresponden a la Empresa Pública Provincial de Servicio
Social, así como aquellos que pertenecen a terceros de conformidad con la Ley y custodiar
sus valores y reportes sobre los diferentes rubros de ingresos, y garantías; y realizar los
depósitos bancarios correspondientes;
Efectuar los pagos de la Empresa, realizar las transferencias interbancarios mediante los
SPI; y revisar la documentación de soporte que permita un control adecuado de las
transacciones de la institución;
Preparar reportes diarios de la recaudación, adjuntando los respectivos comprobantes y
documentos de respaldo;
Gestionar y elaborar planillas de pago al IESS; llevar registros de pagos actualizados de los
servidores de la institución y proceder a su recaudación y destino;
Mantener contacto permanente con las demás áreas administrativas, especialmente con la
de Contabilidad, Control de Bienes y Proveeduría a efecto de enviar oportuna y
sistemáticamente la documentación correspondiente;
Llevar registros sobre garantías, pólizas y demás documentos bajo su custodia y presentar
informes de los que se encuentren próximos a su vencimiento;
Pagar remuneraciones, sueldos, salarios, bonificaciones, y otros al personal de la institución;
Establecer sistemas de seguridad física para proteger los recursos y documentación a su
custodia;
Entregar las retenciones a proveedores, contratistas y profesionales;
Verificar el cálculo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de pagos realizados dentro de los
plazos requeridos por el Servicio de Rentas Internas y efectuar el trámite para las
devoluciones de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Régimen Tributario Interno;
Observar por escrito y de manera inmediata al hecho, ante el Jefe Financiero, las órdenes
de pago que considere o que contravinieren disposiciones legales;
Ejercer de conformidad con la Ley, las funciones y actividades inherentes a los agentes de
retención; y,
Las demás actividades señaladas por el Jefe Financiero afines al área.
Artículo 66.- Productos y Servicios del Área de Tesorería.- Son Productos y Servicios del Área
de Tesorería los siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
Programación de caja trimestral
Cuadre de caja diario
Registro de garantías y valores
Pagos de Retenciones y declaraciones al SRI
Trámite de devolución del IVA
Flujo de caja
Pagos en general
Informe de garantías y valores.
22
Artículo 67.- Del Área de Contabilidad.- La misión de área de Contabilidad consiste en ejecutar y
coordinar actividades contables de conformidad a las disposiciones legales vigentes, a fin de
cumplir con los objetivos y las metas propuestas por la Empresa Pública Provincial de Servicio
Social “Santo Domingo Solidario”.
Artículo 68.- Responsable del Área de Contabilidad.- El o la responsable del área de contabilidad,
será el o la Contadora General.
Artículo 69.- Atribuciones y responsabilidades del Área de Contabilidad.- El área de
Contabilidad tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades:
a) Organizar, coordinar, controlar y ejecutar todas las actividades contables de la institución;
b) Aplicar el control interno previo sobre los compromisos, gastos y desembolsos, antes de su
contabilización;
c) Registros de las operaciones y movimientos que ejecuta la institución y que produzcan
variaciones en los activos, pasivos y patrimonio;
d) Elaboración oportuna de los estados financieros e información financiera complementaria;
e) Mantener actualizado el archivo de documentación habilitante y los registros contables que
respalden las operaciones financieras;
f) Realización en coordinación con Control de Bienes, Jefatura Administrativa, y Jefatura
Financiera las tomas físicas de bodega, bienes muebles e inmuebles de la Empresa Pública
Provincial de Servicio Social;
g) Calcular y declarar obligaciones tributarias por retenciones efectuadas en relación de
dependencia y proveedores de bienes y servicios, para su legalización ante el SRI.
j) Registro de las planillas de aportes al IESS;
h) Realizar los roles de pago del personal de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
i) Llevar registros y controles de existencias, asignación, conservación, enajenación y remate,
de bienes utilizados por la Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
j) Controlar el ingreso de información contable al programa y revisar informes contables.
k) Realizar el registro de inventarios valorados de bienes muebles e inmuebles, e inventarios
sujetos a control administrativo;
l) Elaboración de conciliaciones bancarias;
m) Conciliación de saldos de las cuentas;
n) Análisis y confirmación de saldos;
o) Conciliación y constatación de registros contables;
p) Realizar roles de pago del personal de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social y
de las unidades administrativas dependientes del mismo;
q) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones del área de contabilidad, contempladas en leyes,
reglamentos, resoluciones y demás disposiciones legales; y,
r) Las demás, que le sean delegadas por el Jefe Financiero.
Artículo 70.- Productos y Servicios del Área Contable.- Son productos y servicios del área de
Contabilidad los siguientes:
a) Registros contables
23
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
Informes financieros
Estados financieros
Comprobantes de pago
Proforma presupuestaria
Reformas presupuestarias
Informes presupuestarios
Retenciones y declaraciones SRI
Pagos
Roles de pago
Archivo
Sección V.- Procesos Agregados de Valor.
Artículo 71.- Procesos Agregados de Valor: Implementan políticas, administran y controlan la
generación de los productos y servicios destinados a usuarios externos que permiten cumplir con la
misión institucional y está conformado por:
SECCIÓN VI.- DE LA JEFATURA DE SERVICIOS SOCIALES
Artículo 72.- Misión de la Jefatura de Servicios Sociales.- Su misión es la de organizar, planificar
y ejecutar, en coordinación con la Jefatura Administrativa, Jefatura Financiera y la Gerencia, los
Proyectos que desarrolle la Empresa Pública Provincial de Servicio Social.
Artículo 73.- Del Responsable de la Jefatura de Servicios Sociales.- El responsable será el Jefe
de Servicios Sociales de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social Santo Domingo Solidario.
Artículo 74.- Atribuciones y Responsabilidades de la Jefatura de Servicios Sociales.- Serán
las siguientes:
a) Servir de enlace entre los responsables de los proyectos y los órganos de dirección de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social;
b) Elaborar las especificaciones técnicas, análisis de precios unitarios, y demás requerimientos
para contratación de obras, en rehabilitación, construcción, mantenimiento, y remodelación
que se requieren o realice la Empresa Pública siempre y cuando sea de su competencia;
c) Mantener registros actualizados de precios unitarios de los productos que entrega a la
Empresa en los proyectos de convenios o cooperación interinstitucional o de manera
directa;
d) Presentar al Directorio y a la Gerencia, según corresponda o sean requeridos, informes de
ejecución, seguimiento y evaluación del plan operativo anual, programas y proyectos de la
Empresa Pública Provincial de Servicio Social y de los convenios de cooperación
interinstitucional;
e) Elaborar actas de entrega recepción de obras en los proyectos por convenios de la Empresa
Pública Provincial de Servicio Social con otras entidades del sector público o privado,
siempre y cuando sea el caso;
f) Coordinar y controlar al personal de la unidad de gestión de servicios sociales en sus
actividades que garanticen el cumplimiento de la misión institucional y de los proyectos
aprobados por la gerencia y respaldados por el Directorio;
24
g) Coordinar avances de los diferentes proyectos sociales;
h) Supervisar, monitorear y controlar el cumplimiento de las planificaciones semanales de cada
uno de los proyectos sociales;
i) Promover la articulación de las acciones de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social
con instituciones afines tanto públicas como privadas;
j) Aportar en procesos de sistematización;
k) Revisión de planificaciones, según cronograma del proyecto;
l) Elaborar directrices de evaluación del personal;
m) Diseñar matrices de control interno para los proyectos sociales;
n) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones de la Jefatura de Servicios Sociales contempladas
en leyes, reglamentos, resoluciones y demás disposiciones legales;
o) Elaborar en coordinación con los diferentes servidores públicos responsables del área de
gestión de proyectos y programas el POA y PAC de su unidad para que sea condensado por
el Jefe Administrativo; y,
p) Las demás, que le sean delegadas por el Directorio y la Gerencia.
Artículo 75.- Productos y Servicios de la Jefatura de Servicios Sociales.- Son productos y
servicios de la Jefatura de Servicios Sociales, los siguientes:
a) Plan anual de la Política Pública de la Empresa
b) Informes sobre la gestión operativa
c) Especificaciones técnicas para obras o proyectos sociales en donde participa la Empresa
Pública Provincial de Servicio Social
d) Precios unitarios actualizados de productos
e) Proyectos gestionados y aprobados
f) Actas de entrega recepción de obras en los convenios
g) Diseñar modelo de control y seguimiento de los proyectos a ejecutar
h) Elaborar procesos de requerimientos de la Jefatura
i) Elaborar informes mensuales consolidados de la ejecución de los proyectos sociales
j) POA Y PAC de la jefatura.
Artículo 76.- Relación Funcional de la Jefatura de Servicios Sociales.- Tiene relación directa
con Gerente General y Directorio. Mantiene relación directa y funcional con las dependencias de su
área y otras de la Empresa, para la coordinación de sus actividades. Mantiene relación formal con
entidades públicas y con organismos públicos y privados de cooperación en la rama a efectos de
conseguir asistencia técnica para la obtención de servicios.
Artículo 77.- Del Área de Gestión de Proyectos y Programas.- Su misión es la de organizar,
planificar y ejecutar, en coordinación con la Jefatura de Servicios Sociales, todos los proyectos que
ejecute la Empresa Pública Provincial de Servicio Social, a fin de cumplir a cabalidad su misión
institucional.
Artículo 78.- Responsables del Área de Gestión de Proyectos y Programas.- Los responsables
del área de Gestión de Proyectos y Programas serán los, técnicos y promotores sociales y demás
25
servidores y obreros públicos, que delegue la Jefatura de de Servicios Sociales, mismos que estarán
bajo la dependencia de la Jefatura de Servicios Sociales.
Artículo 79.- Atribuciones y Responsabilidades del Área de Gestión de Proyectos.- Serán las
siguientes:
a) Organizar, planificar y ejecutar los proyectos y programas que se encuentran bajo la
ejecución de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social, en coordinación con el Jefe
de Servicios Sociales;
b) Aportar insumos para la elaboración de los proyectos;
c) Contribuir en la preparación del POA y del PAC de los diferentes proyectos del área;
d) Cumplir y hacer cumplir las obligaciones de la gestión de proyectos y programas
contempladas en leyes, reglamentos, resoluciones y demás disposiciones legales; y,
e) Las demás, que le sean delegadas por el Gerente y Jefe de Servicios Sociales.
Artículo 80.- Productos y Servicios del Área de Gestión de Proyectos.- Serán los siguientes:
a)
b)
c)
d)
POA y PAC del área
Planificación de actividades
Elaboración y ejecución de proyectos y programas
Informes sobre la gestión
Artículo 81.- Del Área de Gestión de Cooperación Internacional e Interinstitucional.- Gestionar
y articular las acciones tendientes a la obtención de convenios que contribuyan al logro de los
objetivos planteados para los proyectos y programas sociales, así como al logro de los objetivos de
la Empresa.
Artículo 82.- Responsables del Área de Gestión de Cooperación Internacional e
Interinstitucional.- Los responsables de esta área serán los servidores públicos que ejecuten las
atribuciones de la misma, los cuales estarán bajo la dependencia de la Jefatura de Servicios
Sociales.
Artículo 83.- Atribuciones y Responsabilidades del Área de Gestión de Cooperación
Internacional e Interinstitucional.- Serán las siguientes:
a) Investigar sobre la naturaleza y posibles ventajas de los diferentes actores nacionales e
internacionales;
b) Promover la articulación de las acciones de la Empresa con instituciones afines tanto
públicas como privadas;
c) Investigar y gestionar acuerdos de cooperación y/o créditos no reembolsables para
programas sociales;
d) Presentar propuestas sobre convenios con otros actores y cooperadores para proyectos
sociales;
e) Promover agendas sociales en coordinación con los diferentes actores y con quien tenga la
competencia sobre el tema;
26
f) Presentar informes periódicos sobre la ejecución y seguimiento de los convenios;
g) Preparar el informe final para la culminación de convenios;
h) Las demás, que le sean delegadas por el Gerente y Jefe de Servicios Sociales.
Artículo 84.- Productos y Servicios del Área de Gestión de Cooperación Internacional e
Interinstitucional.- Serán los siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Convenios Interinstitucionales
Convenios Internacionales
Agenda social
Obtención de créditos no reembolsables
Informes periódicos de ejecución y seguimiento de convenios
Informe final para la culminación de convenios
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Este Reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte del Directorio
de la Empresa Pública Provincial de Servicio Social “Santo Domingo Solidario” sin perjuicio de su
publicación.
SEGUNDA.- Remitir a la presente resolución a todas las jefaturas departamentales para su
cumplimiento y aplicación.
Dado en la ciudad de Santo Domingo, cantón del mismo nombre, provincia Santo Domingo de los
Tsáchilas, a los veinte y cuatro días del mes de diciembre del dos mil catorce.
Abg. Pedro Alcivar Barrionuevo
GERENTE DE LA EMPRESA PÚBLICA PROVINCIAL DE SERVICIO SOCIAL
SANTO DOMINGO SOLIDARIO
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