Guía para la inscripción de regulaciones y trámites en la

Guía para la inscripción de regulaciones y trámites en la herramienta PMR 2015-2016
Paso 1
Ingresar a la página de la COFEMER:
www.cofemer.gob.mx
Seleccionar la imagen de PMR Programas
de Mejora Regulatoria 2015-2016.
Paso 2
En la parte superior de la página,
seleccionar la opción de APF.
Con el usuario y clave previos, iniciar
sesión en Inscripción de PMRs.
Paso 3
Únicamente
se
podrán
hacer
inscripciones de nuevas regulaciones o
nuevos trámites. Se utiliza el menú de
Captura.
Se sigue la misma dinámica de la etapa
anterior, el editor captura el programa y
manda a ROMR, luego el ROMR manda a
la COFEMER el programa revisado.
Guía para la respuesta a comentarios y modificación de regulaciones y trámites inscritos en la
herramienta PMR 2015-2016
Rol de Editor
Paso 1
Ingresar a la página de la COFEMER:
www.cofemer.gob.mx
Seleccionar la imagen de PMR Programas
de Mejora Regulatoria 2015-2016.
Paso 2
En la parte superior de la página,
seleccionar la opción de APF.
Con el usuario y clave previos, iniciar
sesión en Respuesta a comentarios y
envío de PMRs definitivos.
Paso 3
Una vez que se ingresó el nombre de
usuario y la clave, seleccionar el botón de
comenzar, el cual lo guiará a la siguiente
imagen.
Para responder o modificar regulaciones
o trámites, seleccionar la pestaña
correspondiente; en este caso, se
seleccionó Mejoras en regulaciones
propuestas por la dependencia.
Paso 4
Antes de hacer la modificación de las
regulaciones, puede seleccionar el botón
de ver detalle, el cual desplegará la
información
de
la
regulación
previamente capturada.
Una vez que el editor ha localizado el
apartado que desea modificar; por
ejemplo, ya no se desea Mejora
económica, ahora se desea Mejora
técnica. Entonces se debe de seleccionar
el botón cerrar.
Paso 5
Ahora se selecciona el botón de Ver y
responder comentarios. Los comentarios
de externos se enlistan en este apartado
en caso de que existan.
Paso 6
Una vez seleccionado el botón, se
desplegará la siguiente ventana. En este
caso, dicha regulación no tiene
comentarios de externos.
Se selecciona la opción Responder
comentario. Ya sea para atender las
solicitudes de los externos o para notificar
a la COFEMER una modificación en los
programas
Paso 7
Con el cuadro de texto habilitado, se
procede a responder la solicitud de
externos (en caso de que exista).
Además, aquí se agrega la modificación
que teníamos pensada: “La regulación
indica mejora económica, eso es erróneo.
Ahora quiero que sea mejora técnica”.
Se selecciona el botón de Mandar
respuesta al ROMR.
Paso 8
Una vez que se ha mandado la
modificación o comentario, aparecerá el
siguiente símbolo a nuestro trámite o
regulación de interés.
Rol de ROMR
Posterior a que el editor ha realizado las modificaciones pertinentes, el ROMR debe de enviar la regulación o
trámite final a la COFEMER. Para ello, realizará los procedimientos de inicio de sesión previamente explicados,
añadiendo los siguientes pasos.
Paso 1
Como ROMR se puede validar la
respuesta a comentarios o modificación
de programas como se explica a
continuación.
Para observar lo inscrito por el editor, el
ROMR debe seleccionar el botón de
Responder a la COFEMER. Aquí podrá dar
atención a las solicitudes externas y
notificar a la COFEMER cambios en sus
programas. Una vez ubicada la regulación
o trámite a modificar, seleccionar el
botón descrito.
Paso 2
En este caso no se tiene respuesta del
editor. En nuestro ejemplo debería
aparecer el mensaje de: La regulación
indica mejora económica, eso es erróneo.
Ahora quiero que sea mejora técnica.
Como ROMR se puede aceptar la
respuesta y/o modificación del editor
mediante la opción utilizar respuesta del
editor o complementar la respuesta del
editor. Si deseo inscribir —como ROMR—
una propuesta nueva, selecciono inscribir
respuesta única ROMR.
Una vez que el ROMR revisa el contenido,
deberá seleccionar la opción Mandar a
COFEMER.
Así es como COFEMER registrará modificaciones a las regulaciones y trámites existentes. Cabe mencionar que
el proceso de modificaciones y respuesta a comentarios de externos sigue la misma línea por lo que deben
realizarse al mismo tiempo. En caso de que solo se desee realizar modificaciones, se sigue lo antes descrito al
pie de la letra. En caso de que solo se desee responder a un comentario, se sigue lo antes descrito sin notificar
a la COFEMER cambios en los programas. Al solamente responder a comentarios, se entenderá que no se
requieren cambios en los programas.
Guía para envío de regulaciones y trámites inscritos en la herramienta PMR 2015-2016
El ROMR será el usuario encargado de enviar los trámites y regulaciones definitivos para los PMR 2015-2016,
dicho lo anterior, el ROMR procederá a hacer los siguientes pasos.
Paso 1
Una vez identificada la regulación o
trámite que se desea enviar como
definitivo, se selecciona el botón
Responder a la COFEMER.
Paso 2
Como ROMR se puede aceptar el
comentario del editor mediante la opción
utilizar respuesta del editor o
complementar la respuesta del editor. Si
se desea inscribir —como ROMR— una
propuesta nueva, se selecciona inscribir
respuesta única ROMR.
Una vez que el ROMR valida lo que
considera conveniente, se deberá
seleccionar el botón Mandar a COFEMER.
Así es como COFEMER recibirá los trámites y regulaciones finales, con o sin comentarios del editor, según sea
el caso.
En caso de que requerir una eliminación definitiva de las propuestas, lo único que debe de hacer el ROMR es
no pronunciarse ante dicho trámite o regulación. Es decir, no debe de realizar los pasos 1 y 2; de esta manera
COFEMER no recibirá el trámite o regulación como definitivo y se considerarán dichas propuestas como
descartadas.
Es importante aclarar que para enviar los trámites o regulaciones definitivas, no es necesario que el ROMR espere
a los comentarios o modificaciones de los editores. El ROMR tiene la capacidad de mandar los programas
definitivos tengan o no comentarios los trámites o regulaciones.
Lo anterior significa que desde un principio, al iniciar sesión el ROMR, este verá el total de trámites y regulaciones
mandadas en los programas preliminares. Lo único que cambia con el tiempo es si un trámite o regulación tiene
comentarios del editor y, con base en dicho comentario, el ROMR deberá valorar si manda o no el trámite o
regulación.
Trámite o regulación con comentario del
editor.
Trámite o regulación sin comentario del
editor.
Finalmente, para facilitar el envío de programas definitivos, la COFEMER pone a disposición de las
dependencias, el siguiente método de cierre de programas. Aquellas instituciones que no deseen responder
comentarios ni realizar modificaciones o eliminaciones deberán enviar a la COFEMER un escrito vía correo
electrónico donde se indique que la totalidad de sus programas preliminares pasan a ser definitivos sin ninguna
aclaración o cambio. Esto es, el ROMR se comunicará con la COFEMER para indicar que el 100% de sus programas
tienen carácter definitivo y que, debido a la extensa lista de regulaciones y trámites, desea que la COFEMER cierre
sus programas para evitar el envío individual de éstos.
Los correos electrónicos que podrán recibir esta solicitud se enlistan a continuación. Cabe aclarar que el
responsable del correo electrónico responderá de atendido cuando los programas de la institución queden
cerrados.
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3.
4.
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]