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Colegio Nacional de Abogados de Panamá
Boletín Informativo del 9 al 16 noviembre de 2015
MENSAJE
HAGAMOS POSIBLE RECLAMAR JUDICIALMENTE EL INCUMPLIMIENTO
DE LOS PROGRAMAS DE LOS PARTIDOS POLITICOS
Ahora que se discuten reformas al Código Electoral, debía establecerse una norma que
permita a los ciudadanos reclamar judicialmente a los Partidos Políticos y a los candidatos,
de manera individual, cuando no cumplen las promesas electorales. Tal eventual
incumplimiento debería configurarse como delito y permitir a los ciudadanos su reclamo
judicial.
Prometer y no cumplir, es ni más ni menos una estafa. Los políticos prometen, el pueblo
cree en las promesas y vota por ese político; pero, ya después en el poder, se olvidan de las
promesas, no cumplen y gloria seguimos en la república del “no pasa nada”, esos políticos
se pasean campantes llenos de promesas incumplidas.
Conocemos de casos en España y Estados Unidos en donde por falta de una norma como
la que proponemos no han prosperado las demandas judiciales.
Así por ejemplo, el 25 de marzo de 2009 el Juzgado Mercantil 4 de Madrid frente a una
demanda que presentó un abogado contra el Programa Electoral del PSOE de 2004 por
publicidad engañosa, se pronunció que los partidos políticos no son empresas; y por ello
no se les puede reclamar judicialmente el cumplimiento de sus promesas electorales
(tomado del libro “PODEMOS” Un viaje de la nada hacia el poder).
Y, por supuesto, esta es una de las fallas de nuestro sistema democrático. Candidatos que
prometen puentes donde no hay ríos. O como me decía un amigo el pasado 3 de
noviembre, allá en mi natal y querido Tolé, candidatos que entregaban en las pasadas
elecciones de mayo de 2014, artefactos eléctricos en comunidades donde no había luz
eléctrica.
Mientras se permitan esas prácticas nuestra democracia seguirá viciada. Ya no hay
“paquetazos”, ni “actasos”; pero hay abuso – sin castigo – de utilización de los recursos
estatales.
El político que reparte dádivas piensa, muy seguro de ello, que compró el voto y, por
tanto, su actuar en el Gobierno, sea Ejecutivo o Asamblea, no está sujeto a escrutinio ni a
reclamo ciudadano.
De parte de nuestros partidos políticos no hay rendición de cuentas. La ley electoral,
también, debe exigir que se haga público el cómo gastan el subsidio electoral los partidos
políticos; dinero que le pertenece al pueblo, y que tenemos derecho a saber cómo se gasta.
Entonces, además de una norma para convertir en delito el incumplir las promesas
electorales, también debe proponerse – en estas reformas o que podemos hacer, como
Colegio, a proponerlo a través de Iniciativa Ciudadana, a un artículo que obligue a los
partidos a publicar como gastan el subsidio electoral.
Panamá, lunes 9 de noviembre 2015.
JOSE ALBERTO ÁLVAREZ
Presidente
CORRESPONDENCIAS
TRANSFORMACIÓN DE LA ESCUELA JUDICIAL COMO INSTITUTO
SUPERIOR DE LA JUDICATURA DE PANAMÁ
El pasado 28 de octubre, la Corte Suprema de Justicia realizó en la Escuela Judicial el acto
de formalización del proceso de transformación de la Escuela como Instituto Superior de
la Judicatura de Panamá “Dr. César A. Quintero Correa (q.e.p.d.).”. La develación del
retrato del Dr. César A. Quintero Correa, estuvo a cargo de su hermana, María Quintero
de Cerda, acompañada por el presidente de nuestra asociación gremial, Licdo. José
Alberto Alvarez, y familiares.
El Órgano Judicial además celebró la firma de Convenios de Cooperación con el Instituto
Colombo Panameño de Derecho Procesal y el Instituto Iberoamericano de Derecho
Constitucional, Sección Panamá; así como reconocimiento a representantes de la Embajada
de los Estados Unidos de América.
A esta actividad también asistieron miembros de la Junta Directiva del Colegio,
vicepresidente Herbert Young y el directivo Oscar Chirú.
DECANO DE LA ORDEN DE ABOGADOS DE TÚÑEZ RECIBE PLACA
DE RECONOCIMIENTO DEL CNA
El Dr. Juan Carlos Araúz Ramos, primer
vicepresidente del Colegio Nacional de
Abogados de Panamá, entregó al Dr.
Mohamed Fadhel Mahfoudh una placa para
la ORDEN DE ABOGADOS DE TÚNEZ,
especial reconocimiento por ser ganadora del
premio Nobel de la Paz 2015, como parte del
Cuarteto Nacional de Diálogo en Túnez.
El CNA ha querido expresar sus felicitaciones por su contribución a la democracia y
desarrollo pacífico de su país.
Ese obsequio fue dado en el marco del 59° Congreso de la Union Internationale des
Avocats realizado en Valencia, España.
PARTICIPACIÓN EN DEVELACIÓN DE PLACA EN LA FACULTAD DE
DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ
Nuestro segundo vicepresidente, Herbert Young Rodríguez, estuvo presente en el evento
efectuado por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá
con motivo de la develación de una placa que le otorgó la Corte Suprema de Justicia por
su labor en la formación de profesionales del derecho y ciencias políticas en nuestro país.
NUESTRAS COMISIONES DE TRABAJO
COMISIÓN DE DERECHO MARÍTIMO Y LOGÍSTICO
COMISIÓN DE DERECHO MIGRATORIO
Se reúne todos los miércoles a las 5:00 p.m. en el CNA. Se les extiende cordial
invitación a que se inscriban y participen activamente en la misma.
COMISIÓN DE DERECHO ADUANERO
Invita a todos los interesados a que asistan a sus reuniones que se realizan todos
los jueves a la 1:00 p.m. en la sede del Colegio.
COMISIÓN DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
El Licdo. Roderick Chaverri, presidente de la Comisión de Asuntos Legislativos, en
compañía de los colegas Myrna Córdoba, como vicepresidenta, y Laurentino Arjona,
comisionado, entregaron al director Edgar Zachrisson M. el plan de trabajo que ejecutará
dicha Comisión en este período.
COMISIÓN DE PUBLICACIONES JURÍDICAS
CONVOCATORIA PARA PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS EN
LA REVISTA DEL ABOGADO
La Comisión de Publicaciones Jurídicas invita cordialmente a los miembros del Colegio
Nacional de Abogados a colaborar con artículos para ser incorporados en las próximas
ediciones de la Revista del Abogado.
Se están recopilando artículos para las diferentes ediciones del año 2016. Los interesados
pueden remitir sus aportes al correo [email protected]. La extensión de los escritos
es de un máximo de cinco páginas.
ARTÍCULO DE INTERÉS - DR. CARLOS BARSALLO, PRESIDENTE DEL
TRIBUNAL DE HONOR DEL CNA
LA PRENSA
VALOR RAZONABLE
VALOR RAZONABLE: ¿Cómo
presentar una denuncia ante el
tribunal de honor del CNA?
[email protected] | 02 nov 2015 - 02:16h
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CARLOS BARSALLO*
OPINIÓN
Este escrito tiene un objetivo didáctico. Busca orientar a cualquier persona que desee
presentar una denuncia contra un profesional del derecho ante el Tribunal de Honor del
Colegio Nacional de Abogados (CNA), sobre la formar correcta de hacerlo.
Forma parte de una campaña de orientación y divulgación que busca evitar que por
razones formales o de procedimiento se vean frustrados los deseos de justicia de los
denunciantes que consideren que un profesional del derecho ha violado las normas de
ética que regulan la profesión de abogado.
Responde a ciertos patrones observados hasta el momento en los dos meses que
llevamos como presidente del Tribunal de Honor del CNA.
Toda denuncia debe presentarse por escrito, en una redacción lo más detallada posible
de los hechos, describiendo lo siguiente:
1. Cuándo se inició la relación profesional.
2. Para qué trámite se contrataron los servicios del abogado (a).
3. Cómo se pactaron los honorarios profesionales.
4. Qué acción u omisión del abogado constituye, a juicio del denunciante, falta a la ética
profesional. El listado taxativo de las 32 faltas a la ética se encuentra específicamente en
el artículo 37 del Código de ética y responsabilidad profesional del abogado.
5. Dirección y teléfonos donde se pueda localizar tanto al denunciante como al
denunciado.
Debe presentarse original y una copia para el recibido y tantas copias como traslados
deban hacerse.
Debe adjuntarse prueba de los señalamientos aducidos en la denuncia, por ejemplo:
contrato de servicios profesionales, recibos de pago, escritos presentados, cualquier
documento que permita corroborar los hechos denunciados. En caso de no tener
elementos probatorios, debe expresar el motivo de dicha carencia.
Se debe adjuntar copia de la cédula de identidad personal o pasaporte si es extranjero.
Para el trámite no se requiere abogado.
Todo denunciante debe saber, con el fin de que la denuncia supere aspectos formales y
de procedimiento, lo siguiente: El Tribunal de Honor solo conoce acerca de denuncias
contra abogados en ejercicio de la práctica privada del derecho, es decir no de
funcionarios judiciales, por ejemplo: magistrados, jueces, procuradores, etc. Estos
funcionarios, si bien abogados todos, tienen sus reglas especiales en materia de ética.
La acción disciplinaria prescribe en un año, que se contará a partir del día en que se
perpetró el último acto constitutivo de la falta. La iniciación del proceso interrumpe la
prescripción. Es decir, si el denunciante espera más de un año desde que se cometió el
último acto constitutivo de la falta, para presentar la denuncia, su denuncia no podrá ser
investigada por encontrarse prescrita, independientemente de todos los méritos que
pudiese tener la misma.
En el Tribunal reposan aproximadamente unas 500 denuncias que se encuentran en
distintas etapas de tramitación.
Hay un rezago importante, ya que existen casos que datan del año 2003. Ello no es
aceptable. El firme propósito de los cinco miembros actuales del tribunal y sus suplentes
es ver que las denuncias a la ética sean debidamente tramitadas. No es fácil y requerirá
un gran esfuerzo colectivo. Se tiene la voluntad.
OTROS EVENTOS
MANTÉNGASE COMO MIEMBRO ACTIVO DEL COLEGIO
DECÁLOGO DE SAN IVO (1253-1303)
ABOGADO PATRONO DE LA JUSTICIA
I.
El abogado debe pedir ayuda a Dios en sus trabajos, pues Dios es el primer
protector de la Justicia.
II.
Ningún abogado aceptará la defensa de casos injustos, porque son perniciosos a la
Conciencia y al decoro profesional.
III.
El abogado no debe cargar al cliente con gastos excesivos.
IV.
Ningún abogado debe utilizar, en el patrocinio de los casos que le sean confiados,
Medios ilícitos o injustos.
V.
Debe tratar el caso de cada cliente como si fuera el suyo propio.
VI.
No debe evitar trabajo ni tiempo para obtener la victoria del caso que tenga
Encargado.
VII.
Ningún abogado debe aceptar más causas de las que el tiempo disponible le
permite.
VIII.
El abogado debe amar la justicia y la honradez, tanto como las niñas de sus ojos.
IX.
La demora y la negligencia de un abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso
Acontece, debe indemnizarlo.
X.
Para hacer una buena defensa el abogado debe ser verídico, sincero y lógico.
WIFI GRATUITO
Los agremiados pueden disfrutar del acceso a internet gratuito vía WIFI, en la sede principal del
Colegio
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