VIERNES 10 DE OCTUBRE DE 2014 GRATIS Reclame , APÁTRIDA O ES UN LIO, “UN JADA, EN EL EXI TE, EMBA PASAPOR NO TIENE DA”. NA O, AD CONSUL Manuel Morales Dávila VIERNES BRE 10 DE OCTU DE 2014 que Pablo vuelva a la selección El modelo antidroga se explica en cita internacional Pueblo y mujeres batalla de s. ista a vigorosa to de un son los protagon s mpida fru ininterru vimientos sociale mocracia mo de s Lo de . os ura hoy 32 añ ión de la dictad res nmemora Bolivia co e sufrieron la rep qu hombres Freddy Zarco Mural en la Cancillería pide a Chile mar para Bolivia Jorge Mamani 12-13 AGENDA PRESIDENCIAL ECONOMÍA a del POLÍTICA 10 La Ejecución presupuestaria en el Gobierno supera el 55% 16 Democraci Misión de la OEA elogia la participación ciudadana en elecciones bolivianas ÚLTIMAS Papelbol alista la venta de cartulina serán otorgados sin cuota inicial 200 VEEDORES DE LA UNASUR, UE Y UNIORE YA SE ENCUENTRAN EN EL PAÍS El Viceministro de Defensa Social participó en una reunión efectuada en Asunción, Paraguay. 19 14 s o ñ a 2 3 CASAS ’ Créditos Ca mbio 21 FÚTBOL ’ Soria pide ECONOMÍA MEGA DEPORTIVO Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año64• •N° N°1680 Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 2.084••32cuerpos cuerpos• 40 • 32páginas páginas Bs 2 Artistas chilenos participan de la creación de una obra pictórica de 10 metros de largo, la que llama a la integración entre Chile y Bolivia, y refuerza la demanda de una salida soberana al océano Pacífico. CULTURAS 5 2 TEMA DEL DÍA viernes 10 de octubre de 2014 Película sobre el rescate de animales felinos rodada en Bolivia es un éxito REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO A una semana del estreno del documental Arca de leones, filme que muestra el rescate de 25 leones africanos de circos bolivianos y su posterior traslado a un santuario de la vida silvestre en Estados Unidos en 2011, se reportó una importante presencia de la población en las salas de cine bolivianas. “Es una película que está dando muy buena respuesta. La gente que acudió hasta el momento sale diciendo que es muy emocionante y muy motivadora para que la población se sensibilice en favor de la defensa de los animales”, comentó ayer la exdiputada Ximena Flores durante una presentación especial del filme para autoridades y periodistas cochabambinos. El documental es exhibido desde el jueves y viernes, 2 y 3 de octubre, en la cadena Cine Center de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, además en los paceños MegaCenter y Multicenter, y en el cruceño cine Inemark. RECONOCIMIENTO A BOLIVIA Los representantes de la organización que encabezó el rescate y produjo la película, Animals Defenders International (ADI), reconocieron el liderazgo del Gobierno de Bolivia en la defensa de animales en Latinoamérica y el mundo, destacando la aplicación de normas, además del fomento a la producción social, audiovisual y creativa a proyectos que defienden estos seres vivos. “El hito histórico del mayor rescate a nivel mundial de leones ahora será conocido en la pantalla grande. El rescate de 25 leones en cautiverio no habría sido posible sin la participación del Gobierno boliviano y de la sociedad civil a través de instituciones locales que trabajan en defensa de los animales”, aseguró la presidenta de la ADI, Jan Creamer. “Bolivia se sitúa como país pionero en la lucha contra el maltrato animal; a partir de aquello lo que se quiere es crear conciencia en las personas que aún tienen la idea de que es divertido retener a los animales”, dijo por su parte la exlegisladora y proyectista de la Ley 4040, que prohíbe el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional. Flores recordó que Bolivia es la única que cuenta con una norma que tiene como objetivo eliminar el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos circenses en todo el territorio nacional, por considerarse la práctica un acto de crueldad en contra de los animales. La ley promulgada en junio de 2009 y promovida por el presidente Evo Morales fue merecedora de distinciones otorgadas por organizaciones internacionales, como la propia ADI, PETA y WASP. En ese marco, el vicepresidente de ADI, Tim Phillips, sostuvo que “Bolivia ha sido un ejemplo para otros países de la región, como Perú, Colombia y Costa Rica, que recientemente han promulgado leyes similares, aunque con menor alcance en defensa de los animales”. ADI El documental de ADI muestra a Bolivia como el líder en la defensa de los animales. Una de las escenas del rescate proyectado en el documental, en la cadena Cine Center. ACERCA DEL FILME Se trata de un registro audiovisual sobre el rescate de 25 leones de circos en territorio boliviano entre 2010 y 2011, en un hecho catalogado como el más grande de toda la historia. “ESTE DESPLIEGUE DE PROFESIONALES NO HUBIERA SIDO POSIBLE SI NO TUVIÉSEMOS LA LEY 4040, QUE ES ÚNICA EN EL MUNDO. Ximena Flores Exdiputada y proyectista de la Ley 4040 Senado RECONOCIMIENTO ó La presidenta y el vicepresidente de ADI (izq.) junto con la proyectista de la Ley 4040, Ximena Flores, en la presentación. Exhibiciones para escolares desde hoy La apertura de exhibiciones especiales para estudiantes se dará desde hoy, informó la exdiputada Ximena Flores. “Estamos negociando con las empresas de cine para abrir funciones especiales para chicos de colegio”, sostuvo. Según la proyectista de la Ley 4040, el público meta de esta película es principalmente la población estudiantil, ya que este universo aún está a tiempo de tomar conciencia y posibilitar cambios en defensa de los animales. La proyección de este filme coincide con la conmemoración de la Semana Mundial de los Animales y se constitu- ye en una buena ocasión para que los maestros de unidades educativas planifiquen una visita a salas de cine. Se prevé que el costo de la entrada se reduzca hasta 28 bolivianos para escolares, informó Flores. “Esto se puede definir de acuerdo con la demanda de los colegios”, dijo. viernes 10 de octubre de 2014 La Paz - Bolivia www.cambio.bo [email protected] Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia Fundado el 22 de enero de 2009 Depósito legal 4-3-8-09 P.O. Calle Potosí esquina Ayacucho NO 1220 Zona central, La Paz Telfs.: 2902597 - 2902266 - 2902299 - 2902587 DIRECTOR Adalid Cabrera Lemuz [email protected] EDITOR GENERAL Javier Mancilla Luna [email protected] EDITORES Agenda Presidencial: Clayton Benavides Política: Juan Cori Charca Economía: Franz Acarapi Sullca Seguridad: Rafael Alvis Flores Regiones: Alberto Yapuchura Quispe Sociedad: Arsenio Álvarez Beltrán Cultura: Miguel Rivera Tema del día: Gladys Mayta Mamani Internacional: Marwan D. Tahbub Deportes: Gustavo Cortez Calla Edición digital: Melina Valencia Achá Fotografía: Gonzalo Jallasi Corrección: Juan Carlos Flores DISEÑO Eusebio R. Lazo Sumi JEFE ADMINISTRATIVO Reynaldo Cerruto Velarde JEFA COMERCIAL Karem Gandarillas Cel. 70513104 - Int. 117 EJECUTIVA VENTAS PUBLICIDAD Mireya Plantarosa Terceros Cel. 79634366 - Int. 117 Fátima Cecilia Álvarez Cuba Cel. 70131611 - Int. 119 Mario Valdivia Cel. 70659720 - Int. 118 Interno de publicidad Interno Fax: 120 SUSCRIPCIONES Allyson Ortega Cel. 77743303 - Int. 118 [email protected] DISTRIBUCIÓN EN LA PAZ Y EL ALTO Miguel Herrera Calle TINTA CHINA EDITORIAL ECONOMÍA SOCIEDAD “Esfuerzo por Bolivia” Abandono, una forma de maltrato a los mayores 3 CARLOS MIGUÉLEZ M. /CCS SOLIDARIOS L a Central Obrera Boliviana (COB) ratificó su decisión de defender el cumplimiento del Decreto Supremo que establece el pago anual de un segundo aguinaldo a los trabajadores, si es que los índices de crecimiento fueran iguales o superiores al 4,5 por ciento. De acuerdo con las previsiones oficiales, este año el nivel de crecimiento de la economía bordeará el 5,5 por ciento o más, por lo que el pago del segundo aguinaldo debe ser una realidad a ser acatada por los organismos del Estado y del sector privado. El secretario de Finanzas de la Central Obrera Boliviana (COB), Oscar Tapia, exigió el jueves a los empresarios privados del país que cumplan con el pago del doble aguinaldo hasta el 31 de diciembre, tal como dispuso el Gobierno. Algunos sectores empresariales habían adelantado que solicitarán al Gobierno que les otorgue un plazo mayor para el pago que no sea como tope el 31 de diciembre, sino por lo menos hasta fines de febrero. Al respecto, los dirigentes sindicales enfatizaron que exigirán que las autoridades emplacen al sector privado el cumplimiento de los plazos previstos, una vez que este año hubo el tiempo suficiente para asumir esa obligación, que es un reconocimiento a la productividad de los trabajadores. Los empresarios aducen que el pago del segundo aguinaldo es una pesada carga para sus economías, una vez que en un mismo mes deben realizar los desembolsos emergentes del sueldo mensual de diciembre y los dos aguinaldos. Señalaron que probablemente las grandes empresas puedan asumir esa obligación, pero no así las medianas y pequeñas entidades privadas porque no generan la suficiente cantidad de ganancias que les permitan asumir sin problemas el pago de un segundo aguinaldo en los plazos previstos inicialmente. De acuerdo con las previsiones iniciales, el pago del primer aguinaldo debe darse hasta el 20 de diciembre y del segundo hasta el 31 de ese mes. El Gobierno promulgó en 2013 el decreto que establece el pago del doble aguinaldo en el marco de su política de redistribución de la riqueza tomando en cuenta el crecimiento de la economía nacional. El plan de redistribución equitativa de la riqueza nacional ha permitido mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, una vez que los recursos que se recaudan son reinvertidos en programas de desarrollo en todo el país. Según los cálculos, el Estado alistará unos 380 millones de bolivianos para cumplir con el segundo aguinaldo en favor de los servidores públicos. Rebelion “ Hay algo peor que la enfermedad”, dice Demetrio ante las cámaras de televisión que han ido a grabar para un reportaje sobre el abandono de personas mayores. Tras un silencio, termina la frase: “la soledad”. Las horas de este señor, de casi ochenta años, transcurren en una pequeña casa llena de fotos y de recuerdos, donde a veces recibe visitas de una sobrina o de un sobrino-nieto. Otras veces consigue que alguien lo lleve a un centro de mayores. Ahí se encuentra a algunos mayores en mejor estado físico. Pero hay muchos con altos grados de dependencia y una soledad que se impone a la realidad exterior, por muy llena de gente que esté. El contacto con trabajadoras sociales, enfermeros y médicos da algo de vida, pero se apaga en cuanto vuelve la soledad. Además, dos personas voluntarias le hacen una visita. Dos horitas, dos veces por semana que aprovecha para jugar a las cartas, para charlar, para reírse un poco de la vida. Ese rato ilusiona, da un poco de sentido. Pero los voluntarios vuelven a sus casas y Demetrio vuelve a quedarse aislado del mundo. La chispa de su mirada y su sonrisa se apagan. Viene la tristeza. Se deprime. Nunca tuvo hijos ni se casó. Pero la falta de compañía también se da en mayores que enviudan. A veces hay hijos y nietos. Pero la vida “moderna” complica las relaciones humanas, los espacios de encuentro. Aunque haya visitas y comidas compartidas de vez en cuando, el tiempo en soledad parece dilatarse. Las noches se hacen eternas cuando cuesta conciliar el sueño. Demetrio se sincera aunque muchos medios de comunicación se empecinen en mostrar la vejez como una “edad dorada” llena de tiempo y de oportunidades para hacer todo aquello que uno no pudo hacer en la época “productiva”. Pero con un tanque de oxígeno, con grandes limitaciones de movilidad y pocas relaciones sociales, esos anhelos están más lejos que cuando el trabajo, las responsabilidades y la poca conciencia sobre la vejez que va ganando terreno habían convertido la falta de tiempo en el principal obstáculo. Sus bromas, sus carcajadas y el buen rollo que tiene con la voluntaria que acude el día de la grabación chocan con la confesión que hace cuando le preguntan ante la cámara qué es lo que más ilusión le hace: “todas las noches, cuando me voy a la cama, tengo la esperanza de no despertar al día siguiente”. Claro que le gustaría que ocurriera sin dolor, de forma que ni siquiera se pudiera dar cuenta. No se sabe si los jefes “comprarán” el reportaje para los informativos, pues muestra las sombras además de la luz. Demetrio habla, se ríe, bromea y tiene una gran complicidad con Teresa, la voluntaria, pero sin esconder su desesperación, la insoportable espera. Muchos informativos tienen por costumbre mostrar las desgracias cuando ya ocurrieron: la persona mayor que llevaba muerta dos semanas y a la que nadie echó de menos hasta que un vecino, alertado por el olor o por el ruido incesante del televisor, llamó a la Policía. O se van al otro extremo: los publirreportajes buenistas que tranquilizan la conciencia del espectador porque los voluntarios son presentados como “héroes” salvadores. 4 viernes 10 de octubre de 2014 SOCIEDAD El 2015 arranca la construcción de la fábrica de medicamentos ”Estará en Cochabamba y se edificará en tres años con una inversión de $us 356,4 millones”, informó Juan Carlos Calvimontes, ministro de Salud. Ministro Luis Arce Catacora. REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Plazo de doble aguinaldo no se ampliará REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Cambio El estudio del proyecto a diseño final de esta fábrica de medicamentos se encuentra en su etapa final y, a fin de año se pondrá a consideración del presidente Evo Morales Ayma, anunció Juan Carlos Calvimontes, ministro de Salud en una entrevista concedida a Radio Patria Nueva. “El financiamiento para la construcción está garantizado por el presidente Morales. La edificación empezará en Cochabamba la próxima gestión y se prolongará por tres años. Tenemos asesoramiento técnico cubano. Cuando empiece la construcción capacitaremos a profesionales bolivianos”, dijo. LA ESTRUCTURA La importación de medicamentos tiene un costo considerable para el Estado Plurinacional. Calvimontes explicó que la fábrica contará con siete niveles donde fabricarán 500 tipos de medicinas en diferentes 15 fórmulas farmacéuticas. Se fabricarán medicinas sólidas, semisólidas y líquidas inyectables y orales. Producirán también tabletas y cápsulas y, en una de las plantas elaborarán parenterales de gran volumen, cefa- lasforinas, antibióticos y penicilinas en variedad. El Ministro anunció que cuando empiece la construcción de la infraestructura, comenzará también la capacitación de los recursos profesionales que trabajarán en la fábrica de medicamentos. “Felizmente, Bolivia cuenta con profesionales del ramo con buena experiencia”, manifestó. Según los datos de Calvimontes, la producción de medicamentos nacionales, actualmente, sólo cubre el 20 por ciento de la demanda interna. Precisó que el año 2011, se importaron medicamentos por un valor de 43 millones de dólares para los hospitales del sector público mientras que el sistema de la seguridad social demandó medicinas por un monto de 35,2 millones de dólares. Para la presente gestión se ha presupuestado un costo de 284,6 millones de dólares para cubrir la importación de farmacéuticos. De ese monto, 100 millones se van a la República de Chile. Problemas mentales afectan a 6% de pacientes SALUD ó “La salud mental está estigmatizada en Bolivia”, afirman en el Sedes. Cambio REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO La responsable del Programa de Salud Mental del Servicio Departamental de Salud (Sedes) de La Paz, Lidia Apaza, informó ayer que al menos el 6% de los pacientes que acuden a un centro de salud por diversas patologías, presentan problemas mentales. “Del 100% de los pacientes que acuden a nuestros servicios de sa- Cambio GESTIÓN ó Una consulta con el psicólogo. lud pública el 71% corresponde a pacientes que presentan enfermedades no transmitidas, como el cáncer, diabetes y otros. De ese 71% hay un 6% que se desprende que son pacientes con trastornos mentales. (...) Registrados en este sistema de información, un análisis desde la gestión 2010 al 2013”, explicó a la ABI. En la feria de la salud mental, Apaza dijo que el estrés, la tristeza, la preocupación afecta a la salud mental y la integridad de la persona. “La salud mental está estigmatizada. Ir al psicólogo e ir al psiquiatra es estar locos. Pero no es así porque todos debemos acudir y recibir las prestaciones de estas especialidades (psicología y psiquiatría) porque en alguna medida puede que nuestra salud mental esté afectada”, remarcó. El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, descartó ayer la posibilidad de ampliar el plazo para que las empresas privadas paguen el segundo aguinaldo de 2014. Arce dijo, ante la solicitud de los empresarios de evaluar la ampliación del plazo hasta el 28 de febrero, que “no hay (análisis), no hay (diálogo)”, porque se debe cumplir lo que indica el Decreto Supremo 1802. “El año pasado cuando sacamos la medida por esta altura del año tuvimos que reunirnos con los empresarios en Santa Cruz y La Paz y se llegó a un acuerdo para esa exclusiva oportunidad, de aplicar la medida, extraordinariamente, en un plazo adicional hasta el 28 de febrero (2014). Entonces en esta gestión el empresariado privado, las empresas estatales y el sector público debe pagar el segundo aguinaldo hasta el 31 de diciembre de este año”, remarcó. El Ministro de Economía dijo que la medida debe cumplirse porque desde abril pasado se anunció que la economía boliviana está creciendo, razón por la cual “no hay excusas” para no cumplir con el pago. “El sector privado tiene que preparar el pago, el sector público ya está tomando las previsiones para pagar hasta el 31 de diciembre el segundo beneficio para los trabajadores, porque no hay duda que habrá el segundo aguinaldo este año, porque vamos a superar con creces el 4,5 por ciento de crecimiento económico para esta gestión”, dijo. viernes 10 de octubre de 2014 El arte le canta al proceso democrático que está a punto de vivir el país, con la presentación del nuevo material del cantautor Luis Rico. El lanzamiento se realizará mañana, como celebración del Día de la Democracia Intercultural, cuando el intérprete tupiceño cante a La Paz y presente su última producción denominada Bolivia le canta a la democracia intercultural. El concierto se realizará en la Plaza de San Francisco, a las 18.00, con la participación de los músicos que acompañan a Rico en sus presentaciones y de la Saya Afroboliviana. El intérprete explicó que el origen de esta iniciativa, prácticamente tiene su origen en la Masacre de San Juan, acaecida en junio de 1967, como un hecho que marcó la vida del cantautor, quien se comprometió en ese entonces con luchar por la recuperación de la democracia. Indicó que esta lucha implicó tiempos de huída, clandestinidad, prisión y exilio, todo provocado por su expresión a través de la música. Una vez obtenida la democracia, los pasados años fueron de consolidación, hasta este 2014, cuando se celebra la democracia intercultural, puntualizó. El disco contiene 10 temas, en los que Rico explora la importancia del voto y del proceso electoral en su conjunto. La obra está siendo pintada en ambientes de la Cancillería y es una muestra artística de apoyo de sectores chilenos a la demanda marítima. ARTE ó REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y Solidaridad por la demanda marítima es el nombre de la obra. Y Artistas chilenos y bolivianos pintan el mural de 10 metros de largo. Y Bartolina Sisa, Tupac Katari e indígenas mapuches son los protagonistas del mural. El arte se convierte en puente de integración entre Chile y Bolivia en la obra Solidaridad por la demanda marítima. La obra se ubica en ambientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, y tiene una dimensión de 10 metros de largo por 2,3 de ancho, y es trabajada por artistas chilenos y bolivianos, estos últimos miembros del colectivo artístico Apacheta. La obra muestra a Bartolina Sisa, Tupac Katari e indígenas mapuches estrechando sus manos en señal de paz, con el oceáno Pacífico y una puesta de sol de fondo, todo matizado con colores vivos, propicio de las culturas chilenas y bolivianas. Beto Paz, uno de los pintores chilenos, Patrick Modiano gana el Nobel de Literatura REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO La Academia Sueca anunció ayer al ganador del Nobel de Literatura 2014, galardón que recayó en el francés Patrick Modiano. La declaración de la organización que otorga el premio, citaba que se le otorgó el Nobel por “el arte de la memoria con el que ha evocado los destinos humanos más inasibles y descubierto del mundo de la ocupación”, pues la obra del escritor nacido en 1945, se concentra en temáticas como la ocupación nazi de Francia durante la Segunda Guerra Mundial, el desencanto de la sociedad gala tras Mayo del 68 y la Guerra de Argelia, retratando a un país siempre en busca de identidad. El anuncio sorprendió a las casas de apuestas y el mundo literario, pues su nombre no figuraba entre los candidatos al galardón de este año, sin embargo, el lauro premia una larga y reconocida trayectoria, pues Modiano ya ganó los dos premios literarios más importantes de su país, el Goncourt y el Gran Premio de Novela. El lugar de la estrella, La ronda de noche, Los bulevares periféricos, En el café de la juventud perdida y El horizonte son algunas de las obras más importantes del escritor, quien es considerado como uno de los más influyentes narradores europeos de los últimos 30 años, y poseedor de una elevada intensidad narrativa e intelectual, la cual demuestra en novelas de pocas páginas pero de gran contenido histórico y reflexivo. Cancillería REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO 5 La pintura integra a Chile y Bolivia a través de un mural El mural en pleno proceso de creación. explicó que el mural pretende reflejar unidad y solidaridad entre ambos pueblos, por la demanda de mar para Bolivia con soberanía. También resaltó que el mural comparte el mensaje latinoamericano de que las culturas milenarias no saben de fronteras. “Para www.impuestos.gob.bo Luis Rico le canta hoy a la democracia CULTURAS nosotros la bandera es América y el mar nos pertenece a todos”, concluyó. Paz está acompañado de Patricio Madera, ambos miembros del Colectivo Brigada Ramona Parra, de Chile, que llegaron a Bolivia como parte de una comitiva chilena para demostrar su apoyo a la demanda marítima boliviana. Uno de los artistas bolivianos que trabajan en el mural es Deynar Terrazas, quien sostuvo que la obra es una forma de promover un acuerdo entre los dos países, y el medio para apoyarlo es mediante el arte y esta acción conjunta. EDICTO (Primera Publicación) La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, al amparo del Artículo 86º del Código Tributario - (Ley Nº 2492) y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, CITA, EMPLAZA Y NOTIFICA al CONTRIBUYENTE SUAREZ PORCEL LUIS ADOLFO con No. de CI. 3444736 LP. RUC No. NO REGISTRADO con el Acta de Elección y Designación de Perito Valuador labrada en audiencia pública de conformidad con el Art. 15 parágrafo II de la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-014 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo).-----------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA DE DESIGNACION DE PERITO VALUADOR CURSANTE EN OBRADOS CUYO TENOR ES COMO A CONTINUACION SE TRANSCRIBE.--------------------------ORGANO JUDICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA. - No. 722899.----------------------------------------------------------------------------------------------------------Sello redondo: Jenny Erika Reyes Leaño-NOTARIA DE FE PUBLICA DE 1ERA CLASE.-No. 97.-7201220.-La Paz – Bolivia.-ACTA DE VERIFICACIO-N NOTARIAL--------ACTA DE APERTURA------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DE SOBRES DE ACUERDO A CONVOCATORIA PUBLICA----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(PERITOS VALUADORES).-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas once a.m., del día miércoles dieciocho del mes de Junio del año dos mil catorce.-Yo DRA. JENNY ERIKA REYES LEAÑO, Abogada, Notaria de Fe Publica de Primera Clase No. 097 de este Distrito Judicial, a solicitud de la Gerente Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, Lic. Cristina Elisa Ortiz Herrera, me constituí en la Av. Montes No. 515 de esta ciudad, en la Gerencia Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) con el objeto de dar fe a la APERTURA DE SOBRES DE ACUERDO A CONVOCATORIA PUBLICA (PERITOS VALUADORES).------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Lic. Cristina Elisa Ortiz Herrera, Gerente Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales señalo que de conformidad con la Resolución Normativa de Directorio No. 10-0008-14 Art. 14 Parágrafo I que señala: “A efectos de determinar el precio base de los bienes objeto de disposición, la Gerencia Distrital o GRACO emitirá convocatoria pública para contratar el perito valuador en audiencia pública, por sorteo y en representación o no del sujeto pasivo o tercero responsable deudor, se elegirá el perito debiendo dejar constancia de su elección en acta”, correspondiendo dar inicio a este acto de audiencia.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En presencia de la Lic. Cristina Elisa Ortiz Herrera con C.I. No. 3730612 Cochabamba (Gerente Distrital I a.i.) Dr. JUAN MARCO ANTONIO BERMUDEZ GUTIERREZ con C.I. No. 3429084 La Paz (Jefe de Departamento Jurídico y de Cobranza Coactiva a.i.), Dr. OMAR ANTONIO ORTIZ CANAZA con C.I. No. 6106331 L.P. (Responsable del Proyecto de Procedimientos de Remate de Cobranza Coactiva) Lic. ROSSIO KARINA GARAVITO MARQUINA con C.I. No. 3072341 Oruro (Departamento Administrativo y Recursos Humanos), se dio lectura a los documentos antecedentes de la convocatoria pública y se informó de la presentación de una (1) sola propuesta, según se establece del formulario signado por la Lic. Angela Maria Urquieta Claros del Departamento Administrativo y Recursos Humanos.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------A continuación previa verificación de que el sobre del proponente se encontraba totalmente cerrado, se procedió a su apertura, evidenciándose que la misma corresponde al señor Arquitecto GROVER CANDIA GARCIA con C.I. No. 4928314 L.P., con Domicilio Z/IV Centenario Alto Obrajes C. Rene Camacho Lara No. 801 de esta ciudad. Se verifico que la documentación presentada fue la siguiente.--------------------------------------------------------------------------------------------a) Carta de presentación.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------b) Curriculum Vitae.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------c) Documentación respaldatoria en varias fotostáticas.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Los funcionarios de Impuestos Nacionales manifestaron que habiendo el proponente cumplido con los requisitos de la convocatoria, corresponde la designación del Arquitecto Grover Candia Garcia como perito valuador dentro del proceso de contratación objeto de la presente acta.---------------------------Habiendo concluido a horas 11:30 del mismo día. De todo lo que DOY FE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------Sello Redondo: JENNY ERIKA REYES LEAÑO - NOTARIA DE FE PUBLICA - 1era CLASE - No. 97- 07201220 - La Paz– Bolivia.------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente edicto es librado a los ocho días del mes de octubre de dos mil catorce------------------------------------------------------------------------------------------------- LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800-10-3444 TIERRAS 6 viernes 10 de octubre de 2014 AVANCES Durante los gobiernos neoliberales, la titulación de tierras registraba un 10 por ciento con respecto a la participación de las mujeres campesinas. Ahora, el 48 por ciento de los títulos llega a manos de las productoras. El Estado promueve la titulación de tierras con equidad de género El director del Instituto Nacional de Reforma Agria (INRA), Jorge Gómez Chumacero, informó que en la actualidad el 48 por ciento de las titulaciones de tierras que emite esa institución están a nombre de mujeres productoras campesinas. Durante las administraciones neoliberales, los datos del INRA mostraron la escasa participación de la mujer boliviana en la titulación de tierras productivas. Se registraba sólo el 10 por ciento. No obstante, acorde con las políticas gubernamentales que impulsa el gobierno del presidente Evo Morales, el Estado dio un gran salto en este ámbito. “Se registró un cambio abismal. Ahora alcanzamos un 48 por ciento de participación de la mujer en la distribución de títulos de tierras”, dijo a Cambio. Cuando se titula a nombre de la mujer y del hombre de manera conjunta, aparte de otorgar seguridad a la parcela se brinda seguridad a las familias. “De esta manera el hombre no dispone de manera arbitraria del patrimonio material que es el resultado del trabajo de ambas personas. En el caso de divorcios, esta medida permitirá garantizar el predio para el beneficio de los hijos”, reveló el Director Nacional de esta entidad. Asimismo, Gómez reconoció que en la mayoría de los casos, la que mejor administra los recursos de la familia es la mujer. Freddy Zarco REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO El presidente Evo Morales durante la entrega de títulos ejecutoriales a las mujeres productoras campesinas. Archivo REIVINDICACIÓN SOCIAL Bajo esa misma línea, la ministra de Desarrollo Rural y Tierras, Nemesia Achacollo, recordó el pasado 3 de octubre durante una entrega de títulos que la Ley 3545, de Reconducción de la Reforma Agraria, da lugar a la participación de la mujer en el derecho a la tenencia de la tierra de forma equitativa con el hombre. Mujeres campesinas reciben tractores para la producción en beneficio de la región. Al respecto, la secretaria Ejecutiva de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Bartolina Sisa, Juanita Ancieta, manifestó que estas cifras equitativas son el resultado de la lucha del pueblo. “De acuerdo con la Constitución Política del Estado (CPE), se ampara la distribución equitativa del 50 – 50 en todo. Como mujeres campesinas tenemos el mismo derecho de acceder a esa igualdad”, indicó Ancieta. Del mismo modo, la líder de las Bartolinas convocó a las mujeres campesinas a hacer prevalecer sus derechos y a interiorizarse más en la lucha del pueblo frente al poder neoliberal que busca preservar sus intereses mezquinos. “Si queremos garantizar estos cambios profundos tenemos que defenderlos. Antes ni siquiera nos tomaban en cuenta. Ahora nuestra voz cuenta y así tenemos que mantenerla. Nuestra participación tiene doble valor porque sobre nuestros hombros está la responsabilidad de cuidar a la familia”, manifestó. PRODUCTIVIDAD El Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE) reconoce que la democratización del acceso a la tierra, sin la discriminación de género, está alineada a las normas que se implementaron en el país. “Esta medida es muy saludable. Con la experiencia nuestra vemos que hay muchas mujeres tan o incluso más emprendedoras que cualquier hombre. Es un esfuerzo mancomunado que permite activar la tierra en favor, no sólo de la producción para el mercado interno, sino que logra generar exportación”, afirmó. viernes 10 de octubre de 2014 PUBLICIDAD 7 TRIBUNAL DE SENTENCIA QUINTO DE LA CAPITAL E D I C T O: La Dra. Nancy B. de Altuzarra, Juez Presidenta del Tribunal Quinto de Sentencia de la Capital.--------------Por el presente edicto, cita, emplaza y notifica al acusado SERAPIO URI TICONA con la presente SENTENCIA, dictada dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO en contra de SERAPIO URI TICONA por la comisión del delito de Malversación, Peculado y otros, bajo conminatoria de ley.-----------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA-----------------------------------------------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA ----------------------------------------------------------TRIBUNAL QUINTO DE SENTENCIA---------------------------------------------------------------------SENTENCIA N° 05/2013 ---------------------------------------------------------------------------------Caso No.201199200800637 ------------------------------------------------------------------------------La Paz, 21 de Enero de 2013-------------------------------------------------------------------------------El Tribunal de Sentencia Quinto del Distrito Judicial de La Paz, conformado por: -------------MIEMBROS DEL TRIBUNAL ------------------------------------------------------------------------------PRESIDENTE:………………….................................................................................................................................... Dra. NANCY B. DE ALTUZARRA -------------------------------------------------------------------------JUEZ TECNICO:………………. Dr. CARLOS BLANCO QUISBERT---------------------------------------JUEZA CIUDADANA:………… Sra. VANESA LIZ0NDO RAMALLO--------------------------------------JUEZ CIUDADANO:…………...Sr. PERCY MIRANDA ROMERO-------------------------------------------Dentro de la acusación penal seguida por el Ministerio Público en contra de: ------------------NOMBRES y APELLIDOS:…… SERAPIO URI TICONA. ------------------------------------------------CI………………………………..22531180 LP.-----------------------------------------------------------------LUGAR DE NACIMIENTO:... …Prov. Larecaja-Canton Ilabaya-La Paz------------------------------FECHA DE NACIMIENTO:…...10 de Noviembre de 1961 --------------------------------------------EDAD:…………………………..51 años -----------------------------------------------------------------------ESTADO CIVIL:……………….Casado -----------------------------------------------------------------------OCUPACIÓN:………………….Trabaja en el Campo -------------------------------------------------------NACIONALIDAD:………….......................….............................................................................................................. Boliviana------------------------------------------------------------------------------------------------------DOMICILIO:…………………….................................................................................................................................... z. Munaypata calle Chiquitos N9. 850-------------------------------------------------------------------Abog. Defensor:…………………Dr. Diego Garcia----------------------------------------------------------ACUSADOR PARTICULAR ....MUNICIPIO DE SORATA ------------------------------------------------FISCAL:………………………………. Dr. Roger Velásquez. -------------------------------------------------SECRETARIA DEL TRIBUNAL: Dra. Ely Cañaviri Quispe----------------------------------------------En nombre del Estado Plurinacional de Bolivia y en virtud de la jurisdicción ordinaria que por ella ejerce, pronuncia la siguiente SENTENCIA:-------------------------------------------------------------1.- ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE FUERON OBJETO DEL JUICIO VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público representado por el Fiscal de Materia Dr. Roger Velásquez y la víctima constituida en querellante, el Municipio de Sorata, presentan y fundamentan acusación Fiscal y Particular, respectivamente, en base a los siguientes hechos:-------------------------------------------------------------------------------------------Que, a querella de Genaro Quito Suca, Alcalde Municipal de Sorata, presentada el 10 de enero de 2008, se puede establecer que en fecha 9 de marzo de 2007, el Consejo Municipal de Sorata en Sesión ordinaria, mediante Resolución Municipal No. 027/2007 dispuso la suspensión temporal del Alcalde Sr. Genaro Quito Suca, ante una acusación presentada en su contra, por el Fiscal de entonces Javier Salinas, a querella de Walter Cruz Quispe. Quedando como Alcalde Municipal interino el Sr. Serapio Uri Ticona, Según Res. 28/2007.-Que Genaro Quito Suca, en el proceso penal seguido en su contra por Walter Cruz Quispe presenta incidente de nulidad de obrados, logrando una resolución favorable mediante Resolución No. 11/2007 de fecha 8 de mayo de 2007, misma que deja sin efecto la acusación presentada en su contra y sobre cuya base se dispuso la suspensión de sus funciones como Alcalde de Sorata. Con dicha resolución pide se le restituya en su cargo como Alcalde, solicitud rechazada previo tratamiento ante la Comisión de Desarrollo Jurídico Institucional, por lo que se ve obligado a interponer una Acción de Amparo Constitucional en contra de los Miembros del Concejo Municipal de Sorata ante el Juzgado de Partido y Sentencia de la localidad de Achacachi.----------------------------------------------------------------------------------Que Mediante Resolución No. 52/2007 de fecha 21 de julio de 2007, el Juez de Partido y Sentencia de la Localidad de Achacachi, constituido en Tribunal de Garantías, dispone en su parte resolutiva la restitución en el cargo de Alcalde de la Localidad de Sorata. ---------------Que en la audiencia de consideración del recurso, se encontraba presente la Sra. Julia Sánchez Salto, Presidenta del Concejo y el Sr. Serapio Uri Ticona como Tercero Interesado. Y Como la Resolución de Referencia No. 52/2007, ha sido de conocimiento público, porque fue pronunciada en audiencia, todos quedaron notificados.---------------------------------------------Que conforme lo determinaba el Art. 102 Par. 1) de la Ley del Tribunal Constitucional, las determinaciones de los recursos son de cumplimiento inmediato sin observación alguna, por lo que al haberse concedido el recurso de amparo constitucional a favor del Sr. Genaro Quito, disponiendo su restitución inmediata, como Alcalde Municipal de Sorata, de manera inmediata, también cesó en sus funciones el Alcalde Interino Serapio Uri.---------------------Que sin embargo de que ya había cesado en sus funciones Serapio Uri, prolongando sus funciones, ejerciendo de manera arbitraria el cargo, a efectuado operaciones y retirado recursos económicos de las cuentas fiscales del Municipio de Sorata, habiendo girado 48 cheques bancarios en fecha 23 de julio de 2007 por la suma de 1.031.424,36 Bs. Además de que no ha entregado Informes ni descargos de las citadas operaciones.--------------------------Que considerando estos actos ilegales, se formalizo acción penal, logrando la imputación de Serapio Uri Ticona y la posterior acusación por los delitos de Peculado, Malversación, Anticipación o Prolongación de funciones, Desobediencia a Resoluciones en procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional, previstos y sancionados por los Arts. 142, 144, 163 Y 179 Bis. del Código Penal.--------------------------------------------------------------------------IDENTIFICACION Y DECLARACION DEL ACUSADO: Instalada la audiencia de juicio oral en aplicación del Art. 346 del Código de Pdto., Penal se convoca al acusado Serapio Uri Ticona, para escuchar su declaración ante el Tribunal, quién interrogado dice: Tengo 51 años de edad, nací en Cheje, Provincia Larecaja Cantón Ilabaya del Dpto. de La Paz, el 10 de noviembre de 1961, casado, padre de 4 hijos. Grado de Instrucción 3ro Medio de Secundaria Realiza trabajos de campo. Domiciliado en la calle Chiquitos No. 850 de la zona de Munaypata. C.I. No. 2532180 LP., Primera vez que se le procesa penalmente.---------------Conocido el hecho por el que se le juzga dice que se acoge el derecho del silencio, por lo que se le advierte que el juicio igual ha de continuar hasta su conclusión y no le causa perjuicio.------------------------------------------------------------------------------------------------------II.- VOTO DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL -----------------------------------------------------FUNDAMENTACION FACTICA Y PROBAT0RIA. ---------------------------------------------------CONSIDERANDO: Que de lo visto, oído en juicio oral, público, continúo y contradictorio, así como valorados todos y cada uno de los elementos de prueba ofrecidos y producidos por las partes, con la facultad conferida por el Art. 173 del C. de Pdto. Penal, deliberando bajo las normas previstas en su Art. 359 por voto unánime se llega a las siguientes conclusiones:--1.- No se ha dejado pendiente ninguna excepción o incidente para resolver en sentencia.----2.- Siguiendo siempre el orden de deliberación previsto por el supra citado Art. 359 del C. de Pdto. Penal, se concluye que, en el Municipio de Sorata, en la gestión 2007, se encontraba desempeñando las funciones de Alcalde Municipal, el titular Genaro Quito, quién como efecto de una acción penal iniciada en su contra, con imputación, fue suspendido por el Honorable Consejo Municipal. Bajo es circunstancia el Concejal Serapio Uri Ticona fue designado Alcalde interino.--------------------------------------------------------------------------------Genaro Quito, asumiendo su defensa, en el juicio, plantea nulidad de actuados procesales, logrando una resolución favorable que dispone la nulidad de todo lo actuado.----------------Anulado el proceso penal Genaro Quito, pide restitución a sus funciones de Alcalde. Empero, esta solicitud es rechazada por el Honorable Consejo Municipal.----------------------------------Que, ante esta situación se vio en la necesidad de interponer un recurso de amparo constitucional en contra del Consejo Municipal, no de Serapio Uri. Demanda constitucional presentada ante el Juzgado de Partido y Sentencia de la localidad de Achacachi. Celebrada la audiencia en fecha el 21 de julio del 2007 a la que Serapio Uri asiste como tercero interesado, el Juez, constituido en Tribunal de Garantías pronuncia la Resolución No. 52/2007, que concede la tutela constitucional, cuya parte resolutiva dice: ... “determinando en consecuencia el restablecimiento al recurrente de su derecho al trabajo y justa remuneración correspondiente, así como al ejercicio del cargo de H. Alcalde Municipal de Sorata, ordenando a las Autoridades recurridas para que inmediatamente cesen de ejecutar cualquier acto de restricción conforme a Derecho corresponde .” Sic. (Prueba documental MP3).-------------------------------------------------------------------------------------------Que dictada la resolución constitucional, el Consejo restituye a Genaro Quito en sus funciones de Alcalde Municipal de Sorata en fecha 24 de Julio de 2007 previa convocatoria al Concejo con 48 horas de anticipación.-----------------------------------------------------------------------------En fecha 23 de Julio de 2007, cuando todavía estaba en funciones, Serapio Uri Ticona, en su condición de Alcalde interino gira 48 cheques cuyas fotocopias legalizadas cursan como prueba MP2, por diferentes montos y a la orden de personas que han efectivizado su cobro del Banco de la Unión sumando un total de 1.031.424, 36 Bs. 28 cheques de la Cuenta de Participación Popular, 4 cheques de Recursos Propios y 16 cheques a la Cuenta del IDH. Siendo éste el hecho que origino la presente acción penal seguida por el Ministerio Público a denuncia y querella del repuesto Alcalde Genaro Quito, en contra de Serapio Uri, atribuyéndole la comisión de los delitos de Peculado, Malversación, Prolongación de Funciones e Incumplimiento de Resolución de Amparo Constitucional. Genaro Quito, fue restituido en sus funciones al día siguiente, 24 de julio de 2007.-----------------------------------Esta conclusión se basa en los fundamentos de parte y en la prueba documental incorporada a juicio bajo los Códigos: -----------------------------------------------------------------------------------MP1 Consistente en la querella presentada por Genaro Quito en contra de Serapio Uri de fecha 13 de febrero de 2008. ------------------------------------------------------------------------------MP2 Fotocopias legalizadas de 48 cheques girados por Serapio Uri.-----------------------------MP3 Fotocopia Legalizada del Acta de Audiencia de amparo constitucional y Resolución No. 52/07 de fecha 21 de Julio de 2007.-----------------------------------------------------------------MP6.- Informe del Investigador asignado al caso Sgto., José Mollericona Arismendi de fecha 21 de Abril de 2008, cuyas conclusiones dicen que al concluir las investigaciones ha encontrado elementos de juicio y de convicción sobre el hecho denunciado. Y que no se ha presentado prueba de descargo sobre estados financieros y otros relacionados al caso.-----MP7.- Ampliación de denuncia presentada por la Vice Ministra de Transparencia y Lucha Contra La Corrupción Dra. Nardi Elizabeth Suxo, en contra de Serapio Uri Ticona, por los supuestos delitos de Peculado, Malversación y Anticipación o Prolongación de Funciones y contra Julia Sánchez Salto por los delitos de Peculado y Malversación ó en grado de complicidad. En las acusaciones no está involucrada la Sra. Julia Sánchez Salto por consiguiente no se ha dictado auto de apertura de juicio en su contra.--------------------------MP8.- Memorial dirigido al Fiscal Dr. Edward Mollinedo, presentado por Lucio Castillo Alegre, Dirigente Ejecutivo Seccional de La Federación de Trabajadores Campesinos AgroMinero, de la Ira. Secc. Sorata de la Provincia Larecaja del Dpto. de La Paz, expresando su preocupación por los retiros de dinero realizados por Serapio Uri con la complicidad de Julia Sánchez Salto.------------------------------------------------------------------------------------------------MP9.- Informe Técnico del Lugar del hecho, y Muestrario Fotográfico del Edificio de la Alcaldía, algunas dependencias, del Núcleo Escolar Educativo, etc.-------------------------------MP10.- Informe y documentación relativa a los cheques girados por Serapio Uri, más una copia del POA elaborado para la Gestión 2007.--------------------------------------------------------Pruebas que merecen fe en juicio constituyéndose en elementos de convicción que permiten establecer la verdad histórica del hecho.----------------------------------------------------------------En relación a la prueba testifical, tanto el Misterio Público como la Acusación Particular, han hecho renuncia de las declaraciones de sus testigos.--------------------------------------------------Por parte de la Defensa no se ha presentado prueba encuadrada al mandato del Art. 340 del C. de Pdto. Penal. Sin embargo a la finalización de producción probatoria el Abog. Defensor ha pretendido introducir prueba extraordinaria, solicitud que sometida al principio de contradicción ha sido rechazada.-------------------------------------------------------------------------VALORACION DE LA PRUEBA.- La prueba documental incorporada a juicio, luego de ser sometida previamente a los principios de contradicción y publicidad, acredita la verdad histórica del hecho, identificando al autor, su vinculación y participación con todos y cada uno de los ilícitos acusados, permitiendo a los Juzgadores, establecer en cuales de esos ilícitos se generan dudas y en qué hecho no hay ninguna duda. Es indubitable, porque ha tenido aptitud y suficiencia para enervar el principio constitucional de presunción de inocencia, al no existir razones objetivas que invaliden su autenticidad o provoquen dudas que impidan formar la convicción del Tribunal. La cuál da fe de su contenido, constatando la real existencia del injusto penal sometido a juzgamiento.-------------------------------------------Fundamentación intelectiva.- Que conforme al desarrollo de la audiencia de juicio oral y la valoración de la prueba producida en el criterio de los juzgadores se ha generado dudas respecto de la conducta del acusado Serapio Uri y los delitos que habría cometido.-----------1.- Respecto del delito de peculado, Serapio Uri, cuando aún fungía de Alcalde interino del municipio de Sorata, ha girado 48 cheques a nombre de personas que han efectivizado su cobro del Banco de la Unión. La lectura de cada cheque demuestra que lleva el nombre de una persona a quién se gira el cheque. Las firmas del Alcalde Serapio Uri y Jhonny F. Mejía Quisbert, Oficial Mayor Administrativo. Cuando ha girado los cheques, 23 de julio de 1977, aún no habían cesado sus funciones y por consiguiente, los cheques fueron girados legalmente. En cada cheque figura el nombre de la persona que ha cobrado, esas personas no fueron investigadas menos citadas a declarar para tener la evidencia de que Serapio Uri, se ha beneficiado con el dinero de los 48 cheques. Sin contar que judicialmente quienes cobraron el dinero serian sus cómplices o coparticipes del ilícito. El no haberlos citado por lo menos a declarar genera una duda razonable respecto del delito acusado. Tampoco se tiene prueba alguna que demuestre el beneficio obtenido con este delito. Por último, genera duda el hecho de que en este proceso penal no esté incluido el Oficial Mayor, quién firma todos y cada uno de los 48 cheques.--------------------------------------------------------------2.- La Resolución Constitucional, en su parte final concede la tutela y determina el restablecimiento al recurrente Genaro Quito, de su derecho al trabajo y justa remuneración correspondiente, así como al ejercicio del cargo de H Alcalde Municipal de Sorata, ordenando a las Autoridades recurridas para que inmediatamente cesen de ejecutar cualquier acto de restricción conforme a Derecho corresponde. Nuestra duda, se genera cuando de la lectura del Acta de audiencia y de la resolución constitucional, nos damos cuenta que Serapio Uri, no es la autoridad recurrida, por consiguiente, la orden de cumplimiento de dicho fallo constitucional mal corresponde al Concejo Municipal y no a Serapio Uri, quién participa como tercero interesado, o tiene legitimidad pasiva. El cumplimiento de la Resolución Constitucional correspondía al Pleno del Consejo Municipal.--------------------------------------Cómo lógica reducción, el Ex Alcalde Genaro Quito, sólo podía ejercer sus funciones una vez restituido por el Consejo Municipal, tal como ha ocurrido cuando fue repuesto en sus funciones en fecha 24 de julio de 2007. Entendiendo que desde ese momento, cesa en sus funciones el alcalde interino. En ese sentido, Serapio Uri, no era la autoridad recurrida ni tenía nada que cumplir de acuerdo a la Resolución Constitucional de amparo, y el día 23 de julio de 2007 seguía fungiendo como Alcalde Interino, hasta la posesión o restitución del titular Genaro Quito, que fue un día después.----------------------------------------------------------Sobre el ilícito de malversación de fondos del Municipio, el Tribunal, al no constar documentación de descargo que demuestre que los gastos realizados por el Alcalde Interino de acuerdo al POA, de la gestión 2007, estaban adecuados a su presupuesto, el criterio de los Juzgadores, concluye en la certeza de que el Sr. Serapio Uri, ha incurrido en el ilícito de disponer recursos que no estaban destinados para ese fin, perjudicando la ejecución de Proyectos que estaban respaldados por el Programa Operativo Anual del Municipio de Sorata, esa circunstancia es la que hace que en el criterio de los juzgadores se genere la certeza de que ha cometido malversación.--------------------------------------------------------------------------------III EXPOSICION DE MOTIVOS DE DERECHO y DOCTRINALES ---------------------------------Que, para efectuar la subsunción normativa, los hechos descritos y fundamentados precedentemente, deben ser objeto de análisis para establecer si el comportamiento formalmente adecuado al tipo penal importa la lesión de la norma, vale decir si su comportamiento es socialmente reprochable, si se han establecido o no los elementos constitutivos del tipo penal, en su actuar. En este caso, se acusa al Sr. SERAPIO URI TICONA de haber incurrido en la comisión de los delitos de: Peculado, Malversación, Anticipación o Prolongación de Funciones y Desobediencia a Resoluciones en Procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional, Previstos y sancionados por los Art. 142, 144, 163 y 179 Bis. del Código Penal. Teniendo presente el principio de legalidad que según la Doctrina Legal se entiende como una doble garantía, Por un lado, una garantía referente a la necesidad de una predeterminación normativa suficiente de las conductas y sus penas a través de una tipificación precisa dotada de la adecuada concreción en la descripción que incorpora (Lex Certa), y, por otro, una garantía de orden formal consistente en la necesidad de una norma como presupuesto de la actuación punitiva del Estado que ostente rango de Ley. En ese sentido, el Juzgador en resguardo del principio de legalidad, deberá cuidar que ese encuadramiento de la conducta esté inserto en la calificación antijurídica del tipo penal; caso contrario incurriría en error in indicando. Además teniendo presente la Doctrina Legal aplicable pronunciada por el Tribunal Supremo mediante Autos Supremos, como el No. 221 de 7 de junio de 2006 S.P.P., que establece que la Ley obliga a que los Tribunales de Justicia se sometan a la Ley emitiendo sentencias que fluyan del respeto absoluto al “principio de legalidad”. Bajo toda esa orientación normativa al encuadrar la conducta del acusado Serapio Uri Ticona, en los delitos de Peculado, Malversación, Anticipación o Prolongación de Funciones y Desobediencia a resoluciones en Procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional, se han generado dudas, puesto que con relación al primer delito la prueba ofrecida no demuestra de manera suficiente y precisa que se hubiera beneficiado con dineros o valores que estaban bajo su custodia. No se individualiza con claridad cual el monto de dinero o valor del que se habría apropiado.--------------------------------------------Tampoco se constituye en sujeto activo de los delitos de Anticipación o Prolongación de Funciones y Desobediencia a Resoluciones en Procesos de habeas Corpus y Amparo Constitucional, al no tener legitimación activa en la demanda constitucional cuya resolución le obligue al cumplimiento de sus determinaciones, de donde se concluye también que no se ha demostrado la prolongación de funciones, del Alcalde Interino, porque correspondía al Pleno del Consejo Municipal de Sorata que eran las autoridades recurridas el cumplimiento estricto del fallo constitucional. En consecuencia, en estos tres ilícitos, no se acredita la existencia de los elementos constitutivos del tipo penal. NO se ha demostrado este extremo con prueba suficiente, que la conducta del acusado responde a la descripción requerida por el Código Penal. Dando lugar el que en el criterio de los Juzgadores surja la duda razonable. Especialmente, respecto de la denuncia de la Sra. Vice Ministra de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción y las acusaciones fiscal y Particular, donde precisamente se le señala como autor de estos delitos. Y como ante la existencia de prueba suficiente, se debe aplicar el principio In Dubio Pro Reo, en la duda se favorece al reo, que se rige como criterio rector de la valoración procesal penal de la prueba. Según el Auto Supremo No. 97 de 1ro. de Abril de 2005 pronunciado por la Sala Penal Primera dice: “ ... que la insuficiencia de prueba da lugar a la duda razonable, situación que merece la aplicación del principio In Dubio Pro Reo.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------En relación al delito de Malversación previsto y sancionado por el Art. 144 del Código Penal, modificado por la Ley 004 del 10 de marzo de 2010 que a la Letra dice: La servidora o el servidor Público que diere a los caudales que administra, percibe o custodia una aplicación distinta de aquella a que estuvieron destinados, será sancionado con privación de libertad de 3 a 8 años y multa de cincuenta a ciento cincuenta días”. Para un entendimiento mejor, se acude a la doctrina penal que refiere el penalista Raúl Goldstein, en su obra diccionario de derecho penal y criminología, que al respecto dice: Malversar significa invertir mal, y en sentido estricto, el verdadero caso de malversación es el siguiente:” el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella que estuvieron destinados”. Presupuesto del delito es una previa determinación del destino de los fondos, siendo indispensable que exista, porque de no ser así, no podría afirmarse que su aplicación pública había sido diferente. Sujeto activo es un funcionario Público con atribuciones para disponer de los caudales confiados a su administración. Sólo quién tiene esa faculta legítima puede cometer este delito. La acción consiste en dar un destino diferente a los caudales que están bajo su administración, que tuvieron un uso predestinado. El hecho es ese cambio de ese destino. El elemento subjetivo está constituido por el simple conocimiento del destino que los fondos tienen fijado, con la voluntad de hacer lo contrario. Se consuma en el momento de la disposición. Y si causaré daño, corresponde una sanción penal. En ese sentido la conducta del Sr. Serapio Uri evidencia que para disposición de recursos del Municipio de Sorata no ha dado cumplimiento con la aplicación del presupuesto que dispone la forma y destino de los recursos de la Alcaldía. Por lo demás, se establece que reúne todos los elementos constitutivos del tipo descritos anteriormente, porque siendo servidor público, que tenía a su cargo los caudales, del Municipio de Sorata, se constituye en sujeto activo del delito, al dar uso distinto de los dineros destinados en el POA a otros programas y proyectos. Por lo que se hace pasible a sanción penal.----------------------------------------------------------------------------------------------IV.- FUNDAMENTOS PARA LA IMPOSICIÓN DE LA PENA---------------------------------------Que para la determinación de la pena al justiciable el Código Penal en sus Arts. 37, 38, 39, 40 establece que se debe considerar, las circunstancias que rodean el hecho, la mayor o menor gravedad del delito, la personalidad del autor, atenuantes, agravantes, etc., para en base a ello determinar qué pena le corresponde sin perder de vista los principios doctrinales que establecen el fin de la pena, que fundamentalmente busca la readaptación social. Siendo esencial el equilibrio y la proporcionalidad que debe existir entre la culpabilidad y la punición que constituye uno de los rasgos esenciales del Derecho Penal, tornando en cuenta que el nuevo sistema acusatorio penal es garantista y preserva los derechos fundamentales tanto del imputado como de la víctima para garantizar la paz social y la pervivencia del Estado de Derecho.-------------------------------------------------------------------------------------------------------En relación al acusado Serapio Uri Ticona, se ha considerado como atenuante, el estar siendo juzgado por primera vez, puesto que no tiene antecedentes penales en su contra. Su meritoria vida anterior al hecho, tanto que por ello ejercía función pública, llegando a ser además de Concejal del Municipio de Sorata, Alcalde Interino. Además se tiene presente el mandato constitucional contenido en el Art. 116 I que dice: “ ... Se garantiza la presunción de inocencia. Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado. Concluyendo que le corresponde por todo ello, la pena mínima.--------------------------------------------------------------------------------------------------------V.- PARTE DISPOSITIVA.---------------------------------------------------------------------------------POR TANTO: El Tribunal de Sentencia Quinto de esta Capital, administrando justicia en primera instancia, en nombre del Estado Plurinacional de Bolivia y en virtud de la jurisdicción ordinaria que por ella ejerce, por voto unánime, FALLA: declarando al ciudadano: SERAPIO URI TICONA, de generales conocidas en su declaración ante este Tribunal, autor de la comisión del delito tipificado y sancionado por el Art. 144 (Malversación) del Código Penal, por existir prueba que ha generado en el tribunal la convicción plena sobre su responsabilidad penal, condenándole a sufrir la pena privativa de libertad de Tres años a cumplir en la penitenciaría de San Pedro de la ciudad de La Paz, pena privativa de libertad que se computara desde el momento de su detención con sentencia ejecutoriada. Al pago de 250 días multa a razón de Bs.10.- por día multa, más costas al Estado a calificarse en ejecución de sentencia. Todo conforme al mandato del Art. 365 del C. de Pdto. Penal.-----------------------------------------------------------------------------------Conforme a la citada disposición legal, se abre el procedimiento penal para la reclamación de daños y perjuicios causados a la víctima, en ejecución de sentencia.------------------------------Absuelto de los delitos de Peculado, (Art. 142), Anticipo o prolongación de funciones, (Art. 163), e incumplimiento a Resolución de Sentencia Constitucional 179 bis del Código Penal. Todo conforme al mandato del Art. 363 num. 2 del C. de Pdto. Penal, porque la prueba no ha sido suficiente para generar convicción en el Tribunal y por la duda razonable.--------------ESTA SENTENCIA ES PRONUNCIADA, LEIDA Y FIRMADA EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ENERO DOS MIL TRECE A HORAS ONCE Y TREINTA.----------NORMAS APLICADAS:---------------------------------------------------------------------------------------CPE. : Art. 116------------------------------------------------------------------------------------------------C. Penal: Arts. 20, 37, 38,39, 40, 142, 144, 163 y 179 bis.-------------------------------------------COD. DE PDTO. PENAL Art. 6,8,9,11,13, 171, 172, 173, 340 al 359, 361, 362, 363, inc. 2) 364.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------Se advierte a las partes que tienen el derecho de recurrir de apelación restringida a los quince días de su notificación legal de acuerdo al art. 407 del Cod. De Procedimiento Penal.En ejecución de fallos remítase antecedentes al REJAP------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dra. Nancy Bustillo de Altuzarra-----------------------------------------------------JUEZ PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA QUINTO.- La Paz-Bolivia-----------------FIRMA Y SELLA: Carlos Blanco Q.------------------------------------------------------------------------JUEZ TECNICO DEL TRIBUNAL QUINTO DE SENTENCIA.- La Paz-Bolivia.-----------------------FIRMA ILEGIBLE: Percy Miranda R. ---------------------------------------------------------------------JUEZ CIUDADANO.-------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA ILEGIBLE: Vanesa Lizondo.-----------------------------------------------------------------------JUEZ CIUDADANO.-------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLO.- Dra. Ely Canaviri Quispe --ABOGADA SECRETARIA DEL TRIBUNAL QUINTO DE SENTENCIA- La Paz-Bolivia.---------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL MEMORIAL DE FECHA 29 DE AGOSTO DE 2014.----------------SEÑORA PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL TRIBUNAL QUINTO DE SENTENCIA EN LO PENAL IANUS 200800637---------------------------------------------------------------------------------Caso Fis. 232/2008----------------------------------------------------------------------------------------SOLICITA SE EXPIDAN EDICTOS-----------------------------------------------------------------------JESSICA PAOLA SARAVIA ATRISTAIN, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en la Calle Capitán Ravelo, Edificio Capitán Ravelo No. 2101, en mi condición de Viceministra de Lucha Contra la Corrupción, con plena capacidad jurídica, dentro del proceso penal seguido contra el Sr. Serapio Uri Ticona, ex Alcalde Municipal de Sorata, por los delitos de Peculado, Malversación y otros, ante sus consideraciones con todo respeto me presento, digo y pido:---------------------------------------------------------------------------------------------------Como es de su conocimiento en fecha 10/06/13 se realizo la notificación al Sr. Serapio Uri Ticona con la Sentencia N° 05/13 en su domicilio real de la Zona de Munaypata, Calle Chiquitos N° 850, actuado que ha sido representado por el Oficial de Diligencias, Marco Antonio Apaza, en el sentido de no existir dicha numeración en ese lugar, motivo por el cual se ha gestionado ante su Tribunal una Orden Instruida para dar cumplimiento a dicha diligencia, la cual una vez cumplida ha sido remitida a su despacho en fecha 21/08/14, en la que se evidencia que dicho acto ha sido realizado por la funcionaria María Marcela Ticona Tito, Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción Mixto de la Localidad de Sorata, quién representa dicha notificación en el sentido de no haber podido dar con el domicilio del lugar de nacimiento del referido condenado, actuados con los que se demuestra que el Sr. Serapio Uri Ticona no pudo ser habido tanto en el domicilio real, así como en el lugar de su nacimiento que se tiene registrado, a cuya consecuencia a la fecha se ignora y desconoce el paradero actual del mismo, por lo que solicito a sus autoridades se de aplicación a lo que prevé el Art. 165 del Código de Procedimiento Penal, disponiéndose la notificación mediante Edictos con la Sentencia N° 05/13 de 21/01/13, a objeto de que el sentenciado pueda hacer uso de los recursos que la ley le franquea o caso contrario se dé por ejecutoriada la misma.------------------------------------------------------------------------------------------------------Proveer conforme justicia.---------------------------------------------------------------------------------La Paz, 29 de agosto de 2014.-----------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA.- Dra. Jessica Saravia Atristain.-------------------------------------------------------Viceministra de Lucha Contra la Corrupción, Ministerio de Transparencia Institucional------FIRMA Y SELLA.- Dr. Manuel Rios, Abogado MTILCC-------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO DE FECHA CUATRO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE--------------------------Conforme lo solicitado y en mérito a la Representación de la funcionaria del Juzgado de Instrucción Mixto de la Localidad de Sorata para la notificación del procesado Sentenciado SERAPIO URI TICONA con la Sentencia N° 05/13, franquéese Edicto, que se publicara en un medio de circulación nacional.----------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dra. Nancy B. de Altuzarra------------------------------------------------------------JUEZ PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA QUINTO.- La Paz-Bolivia-------------------FIRMA Y SELLO.- Dra. Ely Canaviri Quispe-ABOGADA SECRETARIA DEL TRIBUNAL QUINTO DE SENTENCIA- La Paz-Bolivia.---------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRSENTE EDICTO ES LIBRADO A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& viernes 10 de octubre de 2014 Bimate fue atracción en la feria Expocruz PROMOCIÓN ó Fonadal obsequió 20.000 sobres del mate. REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO El bimate de coca y stevia fue una de las novedades y atracciones de los visitantes a la 39 Feria Exposición de Santa Cruz 2014 (Expocruz), realizada entre el 19 y 28 de septiembre. “Que rico, y este producto dónde lo adquiero”, señalaron las personas que visitaron el estand del Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo (Fonadal). El alto contenido en vitaminas A, B1, B2 y calcio, además de su contribución en la oxigenación y la obesidad, despertaron el interés por el bimate procesado en el norte de La Paz con apoyo de Fonadal. En el tradicional evento, que tuvo la participación de decenas de expositores internacionales, se obsequiaron 20.000 unidades de sobres del bimate de coca con stevia acompañado con material informativo del producto. Fonadal REGIONES El bimate de coca y estevia tuvo una masiva demanda en la Expocruz. Según una nota institucional, el café Cielo Alto Beniano (de los Yungas) también fue de gran aceptación “con su aromático sabor y olor”. El palmito que se produce en el trópico de Cochabamba y el cual se exporta a países vecinos como Argentina también tuvo bastante demanda. El Sacha Inchi, el aguardiente de naranja y los bana- nos de Puerto Villarroel también fueron expuestos. En la Expocruz, Fonadal, encabezada por su director Erlan Oropeza, destacó los resultados e impactos de los proyectos que impulsa esa entidad con recursos de la Unión Europea y el Tesoro General del Estado en los Yungas de La Paz, trópico de Cochabamba y Zonas de riesgo. Víctimas del sismo piden más ayuda REDACCIÓN CENTRAL/ CAMBIO El alcalde del municipio Cairoma, de la provincia Loayza (La Paz), Osvaldo Flores, pide la provisión de servicios básicos y otros para los damnificados por el sismo de 4,9 grados en la escala de Richter que se registró el 1 de este mes. Según la autoridad edil, ese movimiento telúrico y las sucesivas cinco réplicas afectaron a 40 comunidades que represenwww.impuestos.gob.bo 8 tan aproximadamente el 80 por ciento del municipio. Son “900 familias afectadas, las que fueron desalojadas y están viviendo en la plaza. Hasta ahora, 440 familias quedaron sin techo”, dijo en entrevista a la red Unitel. No obstante, el burgomaestre destacó que el Viceministerio de Defensa Civil habilitó carpas para pasar clases porque las aulas de la comunidad Lloja, una de las más afectadas, fue- ron dañadas “severamente”. Señaló que esa repartición del Estado, en coordinación con la Gobernación de La Paz, dotó también víveres, colchones, camas y otros para el 20% de las familias perjudicadas. A nombre de las familias, “pido más ayuda a las autoridades del Gobierno. Necesitamos víveres, asistencia psicológica para los estudiantes, combustible y maquinaria pesada para reparar los caminos”, sostuvo. EDICTO (Segunda Publicación) La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, al amparo del Artículo 86º del Código Tributario - (Ley Nº 2492) y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA, Cita, Llama y emplaza a los Posibles Herederos y/o Sucesores del contribuyente MORRO MIRANDA JUAN y de la revisión de los antecedentes del presente proceso, se tiene que el contribuyente de referencia habría fallecido, por lo que esta gerencia conocedora de este hecho y bajo el principio de la igualdad procesal que tienen las partes de dar oportunidad a cada una de ellas, para que hagan valer sus derechos ante esta Gerencia y allanando todo obstáculo, a fin de que en la forma más libre dentro del trámite puedan alegar en su defensa y siendo de carácter inviolable la defensa de las personas “Las partes en el proceso han de tener la oportunidad de expresar sus razones y producir pruebas” sujeto en el tradicional axioma “audiatur et altera pars”, que según la amplia doctrina señala (Peytano) dice: ”Todas las soluciones en el que se inspiran (en el proceso) están asignadas por la constante y benéfica preocupación de oír a todas las partes. De tal modo, el juzgador puede escuchar el tañido de todas las campanas, para así elegir aquella cuyo sonido considere más grato a la Justicia”., de lo referido y para el caso corresponde la notificación inherente al derecho de la defensa, conforme el Art. 55 paragrafo I del Código de Procedimiento Civil (aplicado supletoriamente de conformidad con el articulo 74 núm. 2 de la Ley No. 2492 Código Tributario Boliviano), procurando en todo momento y en todas las causas que conoce, la tutela efectiva de este derecho fundamental, por lo que se pone a conocimiento que se ha iniciado y da continuación a la Ejecución de los Pliegos de Cargo Nos. 880/99 y 4109/98 debidamente ejecutoriados en CONTRA DE TODOS LOS HEREDEROS A TITULO UNIVERSAL DEL CONTRIBUYENTE MORRO MIRANDA JUAN CON RUC: 7009577 de conformidad al Art. 35 Parágrafo I de la Ley No. 2492, Art. 1003, 1022 y 1030 del Código Civil (aplicado supletoriamente) y Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13, siendo que el trámite se encuentra en etapa de ejecución, todos los actos realizados con anterioridad al presente proveído por esta Gerencia Tributaria son válidos de conformidad al Art. 15 de la Ley No. 2492 (Código Tributario) mismas que se realizaron en cumplimiento al Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13.------------------------------Regístrese, hágase saber y cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Lic. Cristina E. Ortiz Herrera-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------GERENTE DISTRITAL LA PAZ I a.i.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El presente edicto es librado a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil catorce----------------------------------------------------------------------------------- LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800-10-3444 viernes 10 de octubre de 2014 Plan busca agilizar más de mil procesos SUCRE / CAMBIO Ladrones de autopartes en la mira de la Policía La Dirección de Prevención contra el Robo de Vehículos informó que detuvo a cuatro grupos de auteros. OPERATIVOS ó causas que cuentan con acusación para el señalamiento de audiencias conclusivas o de aquellos procesos en los que se formularon salidas alternativas para evitar la mora procesal. En esa línea, la consejera manifestó que en distrito de Cochabamba se dispuso la realización de un inventario de los casos, cuyo resultado estableció la existencia de 1.188 causas penales con señalamiento de audiencias conclusivas y salidas alternativas, incluyendo causas con detenidos preventivos en esta fase del proceso penal. Finalmente argumentó que en este plan de descongestión de causas penales se priorizan los casos de violación a menores, trata y tráfico de personas y asesinatos, entre otros. Policía Boliviana Magistrada Vilma Mamani. Los operativos de Diprove este año han reportado buenos resultados en La Paz y El Alto. REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y La Policía pidió a las personas no enfrentar a los sujetos, por su peligrosidad. Y Recomendó alejarse del lugar y dar aviso a Diprove. El responsable departamental de la Dirección de Investigación y Prevención contra el Robo de Vehículos (Diprove) de La Paz, coronel Edwin Baptista, informó que continúan las acciones para desbaratar a otros dos grupos de auteros que se dedican al robo de autopartes y accesorios. Los datos fueron proporcionados en una entrevista con la red Unitel, en la que se informó que varios operativos anteriores permitieron la des- Y El oficial enfrenta un proceso interno y otro a instancias del Ministerio Público. El exgobernador de la cárcel de máxima seguridad de El Abra mayor Yuri Duk reapareció ayer y responsabilizó a los jefes policiales por la falta de seguridad dentro de este recinto, donde una balacera dejó el anterior mes cuatro reclusos muertos y 11 heridos. “Todas estas falencias que ha tenido el penal siempre se las ha hecho conocer. Tenemos todos los descargos que mis abogados están haciendo conocer”, dijo luego de presentarse en el Comando Departamental de la Policía para recibir una nueva asignación de funciones. La autoridad policial, después de casi un mes de permanecer en la ciudad de La Paz, retornó a la ciudad de Cochabamba por orden del Comando General de la Policía, con el fin de continuar las investigaciones por el hecho de sangre en El Abra El exgobernador de ese penal aseguró que tiene los elementos suficientes para asumir su defensa ante la Dirección Departamental de Investigación Policial Interna y en el Ministerio Público. Duk está acusado por los delitos de concusión, incumplimiento de deberes y uso indebido de influencias. “Se realizó una previsión de situación, donde se puede establecer que lastimosamente poco o nada tenemos de seguridad en nuestro penal, tanto en la parte física, equipo, como personal”, afirmó. Al margen del proceso que le sigue la Policía, el 30 de septiembre el exgobernador y la juez de ejecución penal, Yolanda Ramírez, fueron incluidos en la investigación que realiza la Fiscalía. www.impuestos.gob.bo Exgobernador señala a los jefes policiales REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO 9 Archivo Y El Consejo de la Magistratura quiere replicar el plan piloto en los demás distritos. La consejera de la Magistratura Vilma Mamani informó ayer que a través de un proyecto piloto en el distrito de Chuquisaca se lleva adelante el plan de descongestionamiento de causas penales que permitirá la agilización de más de un millar de procesos por distrito judicial de Bolivia, lo que contribuirá en la erradicación de la corrupción. “La única posibilidad de cumplir con el proceso judicial es que en los juicios estén presentes todos los actores del sistema de justicia, como el Ministerio Público, el juez, defensa y víctimas o familiares”, señaló. La autoridad explicó que estas acciones que se ejecutan como proyecto piloto en Chuquisaca se replican en los distritos judiciales de Cochabamba, Santa Cruz, La Paz, El Alto y Oruro, donde se identificaron, en cada distrito, más de un millar de causas para su incorporación en el plan de descongestión penal. Mamani afirmó que esta acción fue emprendida con el personal de los tribunales departamentales de justicia y el Consejo de la Magistratura, quienes recabaron la información de las SEGURIDAD articularon de cuatro grupos. “Creemos que hay dos más, pero que están prófugos y seguro en las próximas horas los detendremos”, dijo. Baptista explicó que los operativos que realiza Diprove todos los días permitieron hasta ahora detener a nueve personas, luego del allanamiento de tres depósitos, donde también se encontraron siete vehículos robados que fueron secuestrados. “Lo interesante era que una vez robadas las autopartes los delincuentes anotaban el número de la placa del motorizado y colocaban ese número en cada una de las partes”, dijo. La autoridad agregó que de esa manera ellos conocían qué tipo de vehículo era, por lo que camuflándose como mecánicos, se daban modos para contactar a los dueños que buscaban lo robado, para negociar el precio. Baptista informó que el 95 por ciento de los robos se cometieron en vía pública y estos habilosos delincuentes utilizaban cinco minutos, como máximo, para sustraer cerebros de vehículos. “Se recomienda a quienes sorprendan a los auteros en estos hechos no acercarse, sino gritar y alejarse porque son muy peligrosos y no se sabe cómo reaccionarán”, advirtió. La autoridad recordó que en un domicilio de Achachicala se encontraron 38 bolsas de yute con autopartes listas para ser negociadas. EDICTO (Segunda Publicación) La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, al amparo del Artículo 86º del Código Tributario - (Ley Nº 2492) y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA, Cita, Llama y emplaza a los Posibles Herederos y/o Sucesores del contribuyente QUISPE APAZA SABINO y de la revisión de los antecedentes del presente proceso, se tiene que el contribuyente de referencia habría fallecido, por lo que esta gerencia conocedora de este hecho y bajo el principio de la igualdad procesal que tienen las partes de dar oportunidad a cada una de ellas, para que hagan valer sus derechos ante esta Gerencia Tributaria garantizándoles sus garantías y allanando todo obstáculo, a fin de que en la forma más libre dentro del trámite puedan alegar en su defensa y siendo de carácter inviolable la defensa de las personas implicando ello que “Las partes en el proceso han de tener la oportunidad de expresar sus razones y producir pruebas” sujeto en el tradicional axioma “audiatur et altera pars”, que según la amplia doctrina señala (Peytano) dice: ”Todas las soluciones en el que se inspiran (en el proceso) están asignadas por la constante y benéfica preocupación de oír a todas las partes. De tal modo, el juzgador puede escuchar el tañido de todas las campanas, para así elegir aquella cuyo sonido considere más grato a la Justicia”., de lo referido y para el caso corresponde la notificación inherente al derecho de la defensa, conforme el Art. 55 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil (aplicado supletoriamente de conformidad con el articulo 74 núm. 2 de la Ley No. 2492 Código Tributario Boliviano), procurando en todo momento y en todas las causas que conoce, se resuelve la tutela efectiva de este derecho fundamental, por lo que se pone a conocimiento que se ha iniciado y da continuación a la Ejecución del Pliego de cargo No. 180/05 debidamente ejecutoriado en CONTRA DE TODOS LOS HEREDEROS A TITULO UNIVERSAL DEL CONTRIBUYENTE QUISPE APAZA SABINO CON RUC: 7028547 de conformidad al Art. 35 Parágrafo I de la Ley No. 2492, Art. 1003, 1022 y 1030 del Código Civil (aplicado supletoriamente) y Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13, siendo que el trámite se encuentra en etapa de ejecución, todos los actos realizados con anterioridad al presente proveído por esta Gerencia Tributaria son válidos de conformidad al Art. 15 de la Ley No. 2492 (Código Tributario) mismas que se realizaron en cumplimiento al Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, hágase saber y cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Lic. Cristina E. Ortiz Herrera------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------GERENTE DISTRITAL LA PAZ I a.i.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El presente edicto es librado a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil catorce---------------------------------------------------------------------------------------- LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800-10-3444 10 POLÍTICA viernes 10 de octubre de 2014 Colom elogia gran avance de participación ciudadana Expertos UE inician labor con reuniones REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Los 62 observadores de la OEA estarán en cada uno de los nueve departamentos del país para acompañar el proceso electoral. ELECCIONES ó Y Elaborarán un informe que será presentado en Bruselas y compartido con el TSE. Los integrantes de la misión de la Unión Europea (UE), que se encuentran en el país desde la semana pasada, se reunieron con varias organizaciones, partidos, analistas independientes y grupos de sociedad civil en las ciudades de La Paz y Santa Cruz. Se informó que durante la jornada electoral del domingo recorrerán, en coordinación con el Tribunal Supremo Electoral (TSE), lugares y recintos de votación. Al finalizar su actividad, prepararán un informe que será presentado en Bruselas, sede de la UE, para luego ser compartido con el TSE. A diferencia de lo que ocurría en anteriores elecciones, cuando se acreditaba a numerosos observadores, ahora la delegación de la UE está compuesta por tres expertos independientes: uno especializado en temas electorales, otro en temas jurídico-legales y otra en medios. Los tres representantes tienen amplia experiencia en procesos electorales y han sido parte de misiones anteriores en Bolivia. La delegación de la UE firmó un memorándum de entendimiento con el TSE, con lo que se inicia un proceso que llevará a la misión a realizar un profundo análisis sobre el desarrollo de las elecciones bolivianas. En el marco del fortalecimiento de la democracia en Bolivia, sus integrantes realizarán varias actividades en distintas ciudades del país, que incluyen reuniones con actores estatales y no estatales relevantes, participación en eventos, discusiones y evaluaciones de temas legales o jurídicos, cobertura informativa y campañas. Y La misión que llegó en septiembre no detectó ningún hecho irregular. El jefe de la misión de observadores de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Álvaro Colom, expresidente de Guatemala (20082012), al manifestar ayer que no observa ningún problema serio ni complicado en el proceso electoral, valoró la gran participación del pueblo boliviano, que ha tenido un gran avance los últimos 20 años. “Valoramos los avances de Bolivia y su pueblo, la evolución de la participación de la mujer, tan variada y pluricultural, valoro mucho y genera que sea el país de mayor participación de América Latina, creo que es bueno para la democracia”, expresó Colom a la red Patria Nueva al opinar acerca del alto porcentaje de participación en el país. “Felicitar por el entusiasmo e interés de participar en sus procesos electorales”, dijo. En las últimas elecciones generales del 6 de diciembre de 2009, la participación de la ciudadanía boliviana alcanzó al 94,72% del total de inscritos. El indicador contrasta con los datos que se presentan en el resto de los países, según cifras de las propias organizaciones electorales de cada Estado. Por ejemplo, en Uruguay, en las elecciones del 25 de octubre de 2009, se registró una APG REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Colom luce el chaleco que identifica a la OEA, atrás otros observadores del organismo hemisférico. participación del 89,90%. A este le sigue Perú con 83,7% de asistencia en los comicios del 10 de abril de 2011. En Bolivia, la votación es obligatoria a partir de los 18 años, y al hacerlo la persona recibe un certificado de sufragio que deberá presentar para realizar cualquier trámite en instituciones públicas y en la banca en los 90 días posteriores a los comicios. Quienes no voten, tienen 30 días para justificar su ausencia en las urnas y obtener un “certificado de exención”, o pagar una multa de Bs 400. “NADA NUEVO” El exmandatario, al indicar que participó en cinco elecciones presidenciales, tres de primera y dos de segunda vuelta, manifestó que las denuncias recibidas “no son nada nuevo (...) No salen de lo normal de un proceso electoral, que aparezcan muertos en el padrón y hayan homónimos”. También confirmó que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) solicitó la realización de la auditoría del padrón después de las elecciones, por lo que se harán las gestiones correspondientes en la OEA. OBSERVADORES La OEA envió a 62 observadores y observadoras de 22 na- cionalidades que estarán a cargo de un coordinador en cada región y cada uno de los nueve departamentos, así como por temas: tecnología electoral, análisis político, financiamiento de campañas, participación política de hombre y mujeres, participación de minorías, seguridad y análisis y cobertura de medios. Colom manifestó que la experiencia de la OEA en los distintos procesos generales que se dan en la región generó una habilidad y capacidad que es digna de valorar. “Esperaría que sea una fiesta electoral y política con mucha participación y respeto”, dijo. Ayala: 200 observadores ya están en el país OEA, Unasur, UE, Uniore y de los parlamentos Andino y Europeo. El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Marco Ayala informó ayer que alrededor de 200 observadores electorales de cinco organismos internacionales ya arribaron al país. Los enviados cumplirán la misión de acompañamiento y observación de la jornada electoral del domingo 12 de octubre. Gonzalo Jallasi REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO El vocal del TSE Marco Ayala. Llegaron desde la “anterior semana, son dos centenas de veedores que están en Bolivia para realizar la observación internacional; estos días, de hecho el día de hoy (ayer), se inician un conjunto de actividades relacionadas con los veedores internacionales”, dijo Ayala. Las misiones de observación electoral que arribaron a Bolivia son: la Organización de los Estados Americanos (OEA), de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), el Parlamento Andino, el Parlamento Europeo y la Unión Interamericana de Organismos Electorales (Uniore). Las misiones de observación electoral tienen la tarea de garantizar la transparencia del proceso y el cumplimiento de las normas, tanto por los electores como los candidatos. Archivo PRESENCIA ó La UE seguirá los comicios. viernes 10 de octubre de 2014 Los TED envían a provincias materiales para elecciones DATO ó Los electores pueden llamar al 800-10-1771 para saber dónde votar. REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y En La Paz se movilizarán alrededor de 4.000 efectivos militares durante los comicios. Representantes de las Fuerzas Armadas (FFAA), la Policía Boliviana y del Ministerio Público integran los nueve centros conjuntos de operaciones electorales que garantizarán la seguridad de la población durante los comicios del domingo 12 de octubre. Así lo explicó el general Edwin Ayllón Montaño, coordinador electoral de las Fuerzas Armadas para el Tribunal Electoral Departamental (TED). “Se conformaron los centros conjuntos de operaciones electorales que tendrán su base en el centro de monitoreo del Tribunal Departamental a partir del día viernes (hoy) para sincronizar todas las actividades de seguridad antes, durante y después de las elecciones”, detalló. El Tribunal Supremo Electoral distribuyó el material electoral el 26 de septiembre. Marín Gutiérrez, secretario de Cámara del TED de Tarija, explicó que el material “ya se transportó o está en camino”. “Está todo previsto, (el material) se coloca en resguardo de unidades militares en ciudades intermedias y el día de la elección se hace la distribución a los recintos”, dijo. En Santa Cruz, el material fue enviado a las provincias con custodia militar, como sucedió en Beni. Similar panorama se tiene en el resto de los departamentos, donde los materiales se distribuyen en todas las regiones, con la debida anticipación, tal como lo señala el artículo 147 de la Ley de Régimen Electoral. CONSULTAS ELECTORALES El Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó varios medios y canales para absolver las dudas que tenga la ciudadanía, antes y durante la jor- nada electoral. Una de ellas es la línea gratuita 800-10-1771, además está la página web institucional www.oep.org. bo y sus portales en las redes sociales Facebook (Tribunal Supremo Electoral) y Twitter (TSEBolivia). También se cuenta con las aplicaciones para dispositivos móviles, ‘Yo participo’ y ‘Yo elijo’, en los que se pueden realizar consultas sobre las elecciones. Nueve centros de operaciones garantizarán seguridad el 12 Los efectivos de la institución castrense tienen la misión de custodiar el traslado del material electoral. TAREA ó La principal tarea de los efectivos de las Fuerzas Armadas, durante el proceso electoral, será el resguardo y custodia del material electoral que será trasladado a las provincias y que retornará al TED luego de la votación. La labor la coordinarán con los efectivos de la Policía Boliviana, que además cumplirán la labor de resguardo de los recintos. A partir de hoy, las tres instituciones realizarán operativos de seguridad para garan- Gonzalo Jallasi Y El traslado se realiza por vía aérea, terrestre y fluvial. Y Las Fuerzas Armadas son las responsables de custodiar el traslado del material. Los tribunales electorales departamentales (TED) iniciaron la distribución del material que se utilizará en las elecciones generales y de representantes supraestatales del domingo 12 de octubre. Pablo Pozo, responsable de Comunicación del TED de Potosí, detalló que desde ayer “se desplazaron 34 comisiones, cada una con su movilidad para alcanzar a todas las circunscripciones”. En Potosí hay siete circunscripciones, 40 municipios y más de 2.010 mesas de votación, donde sufragarán 409.345 ciudadanos. En el departamento de La Paz, la presidenta del TED, Ana Benavidez, indicó que “los notarios electorales están llegando del área rural, entre hoy y mañana (por el jueves y viernes), para hacer la respectiva distribución, entregarles el material y ellos irán a los lugares más alejados del área rural, en el caso del área urbana siempre se entrega 24 horas antes”. Gonzalo Jallasi REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO El general Edwin Ayllón. tizar el desarrollo normal de las elecciones. En La Paz se movilizarán 4.000 efectivos militares, anticipó Ayllón. A escala nacional, entre policías y militares, se movilizarán 57 mil uniformados. La Fiscalía General del Estado también dispuso el despliegue de 300 funcionarios. Los centros conjuntos de operaciones electorales actuarán desde los tribunales departamentales. POLÍTICA 11 TSE dará dos informes el domingo REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Pasadas las 20.00 del domingo 12 de octubre, la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitirá dos informes con los resultados oficiales de las elecciones. Luego se darán reportes cada 12 horas, adelantó la vocal Dina Chuquimia. “Daremos el primer informe a las ocho de la noche, referido a la jornada electoral y los primeros datos que se puedan tener respecto del escrutinio y recuento de votos a escala nacional, habrá otro a medianoche, y de acuerdo a la ley (026) es cada 12 horas”, precisó la vocal. Desde las 18.00 se instalarán las salas plenas en los tribunales electorales departamentales, que recibirán las actas de escrutinio para realizar el cómputo. Chuquimia puntualizó que se tiene previsto que el informe de medianoche comprenda “al menos el 70 por ciento de los votos”, pero que todo dependerá del trabajo que realicen los tribunales departamentales. Se destaca decisión de autoridades REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilma Velasco, reconoció ayer la decisión de las autoridades que están como candidatas de sumarse al ‘silencio electoral’, que rige desde ayer en todo el país. “Después de la exhortación que se hizo a los candidatos que son servidores públicos, como el Presidente y Vicepresidente, y habiendo recibido la noticia a través de los medios de comunicación, obviamente el Tribunal aplaude esa decisión de estas autoridades”, expresó. La Ley 026 del Régimen Electoral, artículo 116, establece que la propaganda electoral se podrá realizar únicamente hasta 72 horas antes de la jornada electoral. En cumplimiento de esa disposición, el miércoles, a las 24 horas, cesaron los actos públicos de campaña, así como la propaganda electoral. Estos días, hasta el domingo 12, son de reflexión para que hombres y mujeres, mayores de 18 años empadronados, acudan sin ningún tipo de presión a sufragar. 12 AGENDA PRESIDENCIAL viernes 10 de octubre de 2014 EVALUACIÓN Se llevó a cabo un gabinete ampliado en el Campo Ferial Chuquiago Marka. El Viceministro de Gestión Comunicacional dijo que se cumple con el silencio electoral. REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO La ejecución presupuestaria del Gobierno supera el 55% y el período electoral no afectó de ninguna manera la inversión pública prevista para este año, afirmó ayer el viceministro de Gestión Comunicacional, Sebastián Michel, al informar acerca de los resultados de la reunión de gabinete ampliado. Aclaró que la cifra aumentará hasta fin de año, puesto que queda pendiente un gran conjunto de obras, proyectos e inversiones que se ejecutarán antes de finalizar la actual gestión gubernamental. “Estamos satisfechos de que el período electoral no haya afectado la gestión de gobierno, estamos satisfechos con el desempeño. El promedio de ejecución es de aproximadamente 55 por ciento, pero hay ministerios que están por encima del 65 por ciento y otros que están rodeando el 50 por ciento”, indicó en contacto con la prensa. Michel sostuvo que el Jefe de Estado pidió a los ministros y a las empresas estatales que redoblen los esfuerzos para terminar con la ejecución de los presupuestos y de los proyectos pendientes en sus respectivas áreas de trabajo. El encuentro se llevó a cabo en el Campo Ferial Chuquiago Marka, situado en la zona Sur de la urbe paceña. Duró algo más de cinco horas y reunió a ministros, viceministros y directores de las distintas áreas estatales, entre otras empresas estratégicas del país. El trabajo finalizó con un almuerzo, en el que compartieron las autoridades estatales y los periodistas que asistieron al encuentro. Freddy Zarco Michel se refirió a una denuncia que presentó un delegado de Unidad Demócrata (UD) en el campo ferial, donde se realizaba la reunión, sobre 17 supuestos spots gubernamentales de gestión de gobierno que tendrían contenido electoral. “El Gobierno ha cumplido a cabalidad las resoluciones que ha emitido la Corte, las respetamos y en este caso no hay nada que esté atentando nuestra actividad, pero vamos a hacer caso a la solicitud que ha hecho el Tribunal Supremo Electoral”, señaló. El miércoles, el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, informó que ni el Presidente, Vicepresidente o Autoridades durante su reunión de gabinete ampliado en el Campo Ferial Chuquiago Marka. ministros de Estado participarán en la entrega de obras, ello por recomendación del TSE, aunque la norma electoral no prohíba dicha actividad. AJUSTES PARA LLEGAR A LAS METAS Freddy Zarco EL GOBIERNO RESPETA EL SILENCIO ELECTORAL Michel: Gobierno supera 55% de ejecución presupuestaria El viceministro de Gestión Comunicacional, Sebastián Michel. Más temprano, poco después de haber iniciado el gabinete ampliado, Quintana explicó que la reunión, a tres meses de finalizar la presente gestión gubernamental, tenía como objetivo ajustar algunos aspectos para cumplir las metas propuestas por el Gobierno. “El aspecto más importante es la gestión, estamos evaluan- do también la gestión, estamos en el último trimestre de la gestión 2014, el primer (tema) que siempre es un indicador significativo tiene que ver con la inversión pública (...), el segundo tiene que ver con el desempeño de la economía en general”, mencionó. Sostuvo que otros como la inflación, que en la actualidad es “baja”, desempeño de las empresas estatales y políticas sociales también serán parte del balance que efectúan los miembros del Ejecutivo. El Ministro dijo que cada empresa debe diseñar sus planes para los siguientes años. viernes 10 de octubre de 2014 DERECHO El presidente de la Cámara Baja, Marcelo Elio, explicó que se priorizaron las normas que tienen relación con los códigos en favor de la sociedad. CÁMARA BAJA El presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Elio, señaló que se está trabajando en la Ley REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO El Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS) romperá este año un nuevo récord de inversiones en cuanto a proyectos sociales, ya que superará los 1.300 millones de bolivianos, que se invertirán en los nueve departamentos. Así informó ayer el director general ejecutivo de la institución, Juan Carlos Munguía, poco después de la reunión de gabinete ampliado que se llevó a cabo en el Campo Ferial Chuquiago Marka. “El trabajo del FPS está reflejado y presente en todos los municipios donde intervenimos. El 100% de los municipios urbanos, rurales, pequeños, grandes y alejados han sido atendidos”, aseguró la primera autoridad del FPS. De acuerdo con los datos de la autoridad, el FPS participó y coadyuvó con más de 8.200 proyectos sociales, en su mayoría relacionados con obras de educación, salud y agua para consumo y riego, con una inversión superior a los Bs 4.700 millones. Munguía aclaró que aún quedan muchos otros proyectos por iniciarse, principalmente en el marco del programa MiRiego, que fue impulsado por el presidente Evo Morales. Dicha iniciativa ya se inició en Tarija, Chuquisaca y Potosí, y se espera consolidarla en los departamentos restantes en las próximas semanas. Entre las obras más destacadas del FPS está la dotación de agua potable y de riego para las comunidades y municipios del país, fomentando de esa manera la salud y la soberanía alimentaria. Archivo La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) presenta un avance de 80% en cuanto a la aprobación de leyes programadas por el Gobierno en trabajo conjunto con los movimientos sociales, informó ayer el presidente de la Cámara de Senadores, Eugenio Rojas, tras el ampliado de gabinete. Sin embargo, aclaró que constantemente aparece la necesidad de trabajar nuevas leyes debido a las demandas sociales, pero que ello es parte de la construcción de un nuevo Estado, que requiere también nuevas normas. Destacó que entre las leyes aprobadas destacan aquéllas que están destinadas al orden social y económico. de Descongestionamiento Procesal, que tiene como objetivo acelerar los procesos penales del país. El principal debate —dijo— es sobre la existencia o no de los jueces ciudadanos. Además, el titular de la Cámara Baja dijo que está en agenda la aprobación del Código de las Familias y el Código Procesal Civil. “Estamos priorizando los códigos, quisiéramos terminar los ‘códigos Morales’ en esta gestión y ojalá nos dé el tiempo para aprobar el Código Procesal Penal, que está en plena elaboración”, fundamentó. Asimismo, destacó algunas normas que fueron aprobadas por la actual gestión de Diputados, como la Ley de Minería y Metalurgia; el Código Niña, Niño y Adolescente, y el Código Procesal Civil. Este año finalizarán sus labores los diputados y senadores que fungieron en dichos cargos desde enero de 2010. Momento de votación en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). LÍNEA VERDE Entrará en funcionamiento la segunda quincena del presente mes, confirmó el gerente de la Empresa Estatal de Transporte por Cable, César Dockweiler. Estudios para construir cinco nuevas líneas de teleféricos están listos Cabinas de la línea Amarilla, que se conectará con la Verde. El gerente de la Empresa Estatal de Transporte por Cable, César Dockweiler, informó ayer que concluyeron los estudios para las macrolocalizaciones de las estaciones de las cinco nuevas líneas del teleférico anunciadas por el presidente Evo Morales. Tras el gabinete ampliado, Dockweiler señaló que el siguiente paso será presentar los estudios al Presidente, Vicepresidente, Ministerio de Obras Públicas y las demás entidades que trabajarán en la realización del proyecto. Una vez presentados los detalles, se enviará un proyecto de ley a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para que se apruebe el desembolso de los recursos que, como estimó Morales, será de unos 450 millones de dólares. Dichas líneas, beneficiarán a las ciudades de El Alto y La Paz. ARRANCA LA LÍNEA VERDE El gerente de la estatal anunció que para la segunda quincena de este mes iniciará operaciones la línea Verde, cuyo avance en la electromecánica del manejo de sus cabinas es del 100% y 97% en la construcción de obras civiles de las estaciones. Archivo Archivo REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO 13 FPS romperá récords económicos de inversión ALP tiene un avance de 80% en la aprobación de leyes consensuadas REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO AGENDA PRESIDENCIAL Director del FPS, Juan Carlos Munguía. 14 ECONOMÍA viernes 10 de octubre de 2014 Banca dará 6% de sus ganancias para el Fondo de Garantía de acceso a vivienda INICIO ó Se prevé que el aporte inicial será $us 17 millones para facilitar el crédito habitacional. REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Javier Pereyra Y El Gobierno proyectó que las utilidades de las entidades bancarias pueden llegar este año a $us 270 millones. Y Con el Fondo de Garantía se prevé beneficiar a 17.000 familias para que accedan a créditos de vivienda de interés social. Y Los interesados podrán tener un préstamo para vivienda sin la necesidad de pagar la cuota inicial del 20%. Los bancos deben destinar el 6% de sus utilidades netas para crear el Fondo de Garantías que permita cubrir el pago del 20% de cuota inicial que exigen las entidades financieras para que el interesado pueda acceder a un crédito de vivienda social. El Gobierno promulgó dos decretos supremos que instruyen a la banca crear el Fondo de Garantías para ampliar el acceso a créditos productivos y vivienda de interés social, en cumplimiento de la Ley de Servicios Financieros. El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, explicó que la utilidad neta se obtiene luego de haber cubierto los costos de operación y el pago de impuestos. “De esta plata que se distribuye a los propietarios de los bancos, seis por ciento, establece el decreto supremo, va a destinarse a conformar un Fondo de Garantías para complementar los créditos de vivienda de interés social”, sostuvo. Agregó que la cuota inicial del 20% de valor del bien in- mueble es una limitante para que las personas accedan a un préstamo de vivienda. “Lo que hace este fondo es garantizar este 20 por ciento al banco, no pagar; por lo tanto, el banco le prestará 80% y el 20% que no podía aportar la persona va a ser garantizado por el fondo que se creó”, sostuvo Arce Catacora. Para acceder al Fondo de Garantía se analizará la capacidad de pago del solicitante de crédito y, en función a esto, se verá la posibilidad de otorgarle o no el préstamo. Dijo que el fondo será administrado por los propios bancos, mientras que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) se encargará de la fiscalización para controlar el cumplimiento del decreto supremo. “SERÁN LOS PROPIOS BANCOS LOS ENCARGADOS DE ADMINISTRAR ESTOS FONDOS DE GARANTÍA QUE SE HABILITARÁN. Luis Arce Catacora Ministro de Economía Cambio en Bs por unidad de moneda extranjera Indicadores El secretario ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos, informó ayer que el Fondo de Garantía estará habilitado en febrero o marzo del próximo año. “En función de las utilidades que se obtengan en la presente gestión y una vez sean auditadas, se determinará a cuánto corresponde este 6% para los fondos de garantías (...) En las juntas de socios se decidirá el destino de las utilidades y todo eso se definirá en febrero o marzo”, manifestó el representante de la banca privada. • SESIÓN DEL BOLSÍN • COTIZACIÓN DE MONEDAS Unión Europea Japón (Yen) Argentina (Peso) Brasil (Real) Chile Colombia Ecuador Perú Rep. Popular China Venezuela México Paraguay Uruguay El fondo será habilitado entre febrero y marzo 8.70337 0.06357 0.80959 2.86328 0.01157 0.00335 6.86000 2,39651 1.11900 1.08889 0.51125 0.00151 0.28109 MONTO OFERTADO: $us 120.000.000 MONTO DEMANDADO: $us 200.000,00 MONTO ADJUDICADO: $us 200.000,00 • UFV (UNIDAD DE FOMENTO DE VIVIENDA) Bs 1,99506 por UFV • COTIZACIÓN DE LA TASA LIBOR 6 meses 0,32% Respecto del cumplimiento de la norma, dijo que se acatará la instrucción del Gobierno. “La banca se caracterizó por dar cumplimiento a las leyes y si es una disposición del Gobierno, bueno pues, los bancos no tendrán más que acatar estas disposiciones”, declaró Villalobos. Para que el cliente se beneficie del Fondo de Garantías, el usuario deberá demostrar su capacidad de pago que asegure la devolución del crédito. UTILIDADES Villalobos manifestó que con la creación del Fondo de • ÍNDICES DE INFLACIÓN IPC (Base 2007): • INFLACIÓN Mensual 12 meses Acumulado • PETRÓLEO EN BOLIVIA $us 87,31 (barril) • GAS EN BOLIVIA $us 3,86 (btu) 153,31 -0,38 % 4,30 % 3,49 % Garantía, que beneficia a los prestatarios, el sistema financiero contribuirá en total al Estado boliviano con el 70% de sus utilidades, incluyendo otros aportes tributarios. “Con otras cargas tributarias que tiene la banca y que sumadas a este 6 por ciento adicional que se está aplicando con esta medida, prácticamente la carga tributaria de los bancos estará alrededor del 70 por ciento respecto de sus utilidades”, dijo. El ministro de Economía, Luis Arce Catacora, proyectó que la utilidad de la banca llegará a $us 270 millones este año. • COTIZACIONES DE • PRECIO DEL MINERALES EN DÓLARES Estaño (Libra fina) Zinc (Libra fina) Oro (Onza troy) Plomo (Libra fina) Cobre (Libra fina) Plata (Onza troy) Bismuto (Libra fina) Antimonio (TMF) DÓLAR (BS) 9,17 1,05 1.227,50 0,94 3,06 17,64 12,700 9.300 Venta 6,96 Compra 6,86 viernes 10 de octubre de 2014 Empresariado destaca la economía nacional El sector aseguró que el incremento del comercio exterior boliviano hace que Arica invierta en ampliar su infraestructura. EFECTO ó Y Bolivia cuenta con las reservas internacionales más altas respecto al PIB entre los países de la región. Y Desde 2006, el país registró un consecutivo crecimiento económico. El empresariado aseguró que el Estado boliviano atraviesa un histórico período de bonanza económica, tomando en cuenta el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) que registró en los últimos años, además de las exportaciones, importaciones, reservas internacionales, entre otros logros. “Bolivia experimentó un período de bonanza histórica, nuestro PIB medido en dólares casi se ha triplicado desde 2005, las importaciones y las exportaciones han incrementado en formas muy importantes y han sobrepasado los 13 mil millones de dólares”, remarcó el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Fernando Cáceres. Según los datos oficiales, el PIB nacional creció de $us 9.574 millones en 2005 a unos $us 30.000 millones en 2013. De acuerdo con Cáceres, el comercio boliviano creció tanto que el puerto de Arica, en Archivo REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO El presidente de la Cámara Nacional de Comercio, Fernando Cáceres. Chile, debe hacer inversiones importantes para ampliar su infraestructura, que permita atender el incremento de tráfico de la mercadería nacional. Explicó que a nivel de Latinoamérica el Estado boliviano posee las reservas internacionales más altas respecto del PIB, que bordean el 50%, seguido de Perú con 32% y Uruguay con 27%. Hasta septiembre, las reservas internacionales netas (RIN) de Bolivia alcanzaron a históricos $us 15.494 millones, mientras que en 2013 cerró en $us 14.430 millones. “Nuestra economía con relación a los otros países todavía sigue pequeña, pero lo importante es que hemos tenido crecimientos consecutivos como bolivianos y eso es lo que ve la gente afuera, la continuidad”, señaló Cáceres. Añadió que ahora el desafío que tiene el país es diversificar su aparato productivo y atraer más inversiones. Lliquimuni: Alistan perforación de pozo REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y El propósito es ampliar la exploración en sectores no tradicionales para incrementar las reservas de gas. El presidente de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Carlos Villegas, anunció que la perforación del primer pozo exploratorio en el norte de La Paz será el 15 de diciembre. Debido a las constantes precipitaciones pluviales se retrasó la apertura de caminos en el bloque Lliquimuni para el traslado de maquinaria pesada. “En el norte de La Paz hasta el 15 de diciembre vamos a iniciar con el primer pozo exploratorio, tenemos que esperar un año porque ése es el pe- Carlos Villegas, presidente de YPFB. ríodo de perforación del pozo y esperemos que en diciembre de 2016 tengamos buenos resultados”, informó Villegas en contacto con la prensa. De manera paralela, se realizarán trabajos de exploración sísmica 3D en la Cuenca Madre de Dios de los departamentos de Pando y Beni. Los trabajos de exploración estarán a cargo de la empresa BG Bolivia y la firma china Sinopec y demorarán un año aproximadamente. La estrategia de YPFB es ampliar las tareas de exploración en las zonas no tradicionales en función de los primeros resultados que se obtengan en el norte de La Paz. En la actualidad, las empresas petroleras realizan trabajos de exploración en 72 áreas en Bolivia con una inversión de $us 3.000 millones. Si los resultados son positivos se destinarán más recursos para explotar las reservas de hidrocarburos. ECONOMÍA 15 ANH inspecciona dos plantas engarrafadoras REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Técnicos de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) inspeccionaron las plantas engarrafadoras de Valle Hermoso y Peca Gas, en el departamento de Cochabamba. Esta tarea tuvo el objetivo de verificar que los cilindros de gas licuado de petróleo (GLP) contengan el peso y las condiciones de calidad correctas. En la planta engarrafadora de Valle Hermoso, de YPFB, ubicada a cinco kilómetros de la zona sur de la ciudad de Cochabamba, se verificó el funcionamiento correcto del nuevo sistema automatizado de engarrafado, cuyo volumen es de 2.400 unidades engarrafadas GLP por hora, con una capacidad máxima de 28.800 unidades por día. También se inspeccionó la planta de engarrafado privado Peca Gas, que vende su producto a las empresas distribuidoras de GLP de las provincias Germán Jordán, Esteban Arce, Punata y parte de Cercado. 16 vienes 10 de octubre de 2014 ECONOMÍA REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Viceministerio de Comercio Interno y Exportaciones y Promueve - Bolivia, organiza la participación de productores bolivianos en la Feria Internacional de La Habana 2014, que se celebrará del 2 al 8 de noviembre del presente año. En este importante evento comercial de carácter multisec- torial participarán empresas ofertantes y demandantes de productos en los siguientes sectores: alimentos, confecciones, diversas manufacturas (cueros, maderas, plásticos, joyería y medicamentos), artesanías, maquinarias y servicios. En su XXXII versión, la feria contará con una superficie de más de 20 mil metros cuadrados para exhibición, alrededor de 4.500 expositores nacionales y extranjeros de más de 60 países. Asimismo, proyecta recibir 150 mil visitantes y espera la participación de importantes delegaciones extranjeras oficiales y empresariales, consolidándose como vía para promover los vínculos y las relaciones internacionales de Bolivia. Todas las entidades interesadas en participar en el importante evento internacional deben enviar su registro (Formulario 001) a la agencia Promueve Bolivia hasta las 18.00 del día viernes 24 de octubre de 2014. EDICTO La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nº 2341, pone en conocimiento del público en general, la emisión de la Resolución Administrativa Regulatoria Nº ATT-DJ-RA TL LP 1879/2014 de fecha 07 de octubre de 2014, la cual será publicada de manera íntegra en la página web de la ATT (www.att.gob.bo): RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA REGULATORIA Nº ATT-DJ-RA TL LP 1879/2014 de 07 de octubre de 2014 Que en su parte principal resuelve: PRIMERO.- AUTORIZAR la publicación en el sitio web de la ATT y en un periódico de circulación nacional, de la convocatoria a la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/102, para el otorgamiento de Licencia de Uso de Frecuencias Radioeléctricas destinadas a la prestación del servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de Concepción del departamento de Tarija en la frecuencia 93,30 MHz., en cumplimiento al artículo 36, numeral 2 del Reglamento para el Otorgamiento de Licencias en Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 323, de 30 de noviembre de 2012. SEGUNDO.- ESTABLECER como precio base para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/102, el monto de Bs3.018,00.- (TRES MIL DIECIOCHO 00/100 BOLIVIANOS). TERCERO.- APROBAR el Pliego de Especificaciones para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/102, para el otorgamiento de Licencia para Uso de Frecuencias Radioeléctricas servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de Concepción del departamento de Tarija en la frecuencia 93,30 MHz., que formará parte de la presente Resolución Administrativa Regulatoria. CUARTO.- ESTABLECER el monto de Bs250,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), como precio del Pliego de Especificaciones de la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF. 2014/102. QUINTO.- CONFORMAR la Comisión Calificadora encargada de llevar a cabo la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/102, de la siguiente manera: Presidente Secretaria Vocal 1 Vocal 2 : : : : HEBERT MONTEVILLA DAVALOS DANIELA SALINAS QUINTANILLA RAUL RENE GUZMAN LOPEZ CARLOS IVAN AJHUACHO LOPEZ SEXTO.- INCLUIR el modelo de Declaración Jurada adjunta en el anexo a la presente Resolución Administrativa Regulatoria. SÉPTIMO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa Regulatoria, en un medio de comunicación escrito de circulación nacional y en la página web de la ATT (www.att.gob.bo), en cumplimiento al artículo 36 de la Resolución Ministerial N° 323. OCTAVO.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución, a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones. Lic. Luis Felipe Guzmán Sanjinés Regístrese, comuníquese y archívese. DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes Es conforme: Dr. Luis D. Valda Aliaga DIRECTOR JURÍDICO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes EDICTO La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nº 2341, pone en conocimiento del público en general, la emisión de la Resolución Administrativa Regulatoria Nº ATT-DJ-RA TL LP 1880/2014 de fecha 07 de octubre de 2014, la cual será publicada de manera íntegra en la página web de la ATT (www.att.gob.bo): RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA REGULATORIA Nº ATT-DJ-RA TL LP 1880/2014 de 07 de octubre de 2014 Que en su parte principal resuelve: PRIMERO.- AUTORIZAR la publicación en el sitio web de la ATT y en un periódico de circulación nacional, de la convocatoria a la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/103, para el otorgamiento de Licencia de Uso de Frecuencias Radioeléctricas destinadas a la prestación del servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de El Puente del departamento de Tarija en la frecuencia 90,90 MHz., en cumplimiento al numeral 2, artículo 36 del Reglamento para el Otorgamiento de Licencias en Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 323, de 30 de noviembre de 2012. SEGUNDO.- ESTABLECER como precio base para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/103, el monto de Bs3.018,00.- (TRES MIL DIECIOCHO 00/100 BOLIVIANOS). TERCERO.- APROBAR el Pliego de Especificaciones para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/103, para el otorgamiento de Licencia para Uso de Frecuencias Radioeléctricas servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de El Puente del departamento de Tarija en la frecuencia 90,90 MHz., que formará parte de la presente Resolución Administrativa Regulatoria. CUARTO.- ESTABLECER el monto de Bs250,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), como precio del Pliego de Especificaciones de la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF. 2014/103. QUINTO.- CONFORMAR la Comisión Calificadora encargada de llevar a cabo la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/103, de la siguiente manera: Presidente Secretaria Vocal 1 Vocal 2 : : : : HEBERT MONTEVILLA DAVALOS DANIELA SALINAS QUINTANILLA RAUL RENE GUZMAN LOPEZ CARLOS IVAN AJHUACHO LOPEZ SEXTO.- INCLUIR el modelo de Declaración Jurada adjunta en el anexo a la presente Resolución Administrativa Regulatoria. SÉPTIMO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa Regulatoria, en un medio de comunicación escrito de circulación nacional y en la página web de la ATT (www.att.gob.bo), en cumplimiento al artículo 36 de la Resolución Ministerial N° 323. OCTAVO.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución, a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones. Lic. Luis Felipe Guzmán Sanjinés Regístrese, comuníquese y archívese. DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes Es conforme: Dr. Luis D. Valda Aliaga DIRECTOR JURÍDICO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes Reynaldo Zaconeta Expondrán productos en La Habana Planta de la Empresa Estratégica Papeles de Bolivia. Papelbol prepara la venta de cartulinas Se prevé que la producción total, en sus varios productos, cubrirá el 30% de la demanda interna. ALCANCE ó REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y La empresa estatal de papeles produjo 500 mil cuadernos, que ya son comercializados en el país. La gerente general del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas (Sedem), Patricia Ballivián, anunció que la firma estratégica Papeles de Bolivia (Papelbol) alista la comercialización de cartulinas. Agregó que para la venta sólo se espera la certificación técnica de producción. “(Papelbol ha) comenzado a sacar cartulina, eso ya está en proceso de certificación antes de lanzarla al mercado”, manifestó Ballivián. Puntualizó que la empresa estatal de papeles ya produjo 500 mil cuadernos que son comercializados en el país, además ejecuta la etapa de pruebas de producción de papel bond. Se prevé que la empresa cubra el 30% de la demanda de papel en el mercado interno. “Proyectamos que Papelbol abastezca el 30% de la demanda (...) hoy producimos nuestro propio papel, hemos generado capacidades en nuestros técnicos ya especialistas de papel”, dijo. En enero de 2014, Papelbol fue inaugurado en el municipio de Villa Tunari, en el departamento de Cochabamba. De forma similar a este emprendimiento, destacó que la empresa Cartones de Bolivia (Cartonbol), tras la reingeniería y la implementación de maquinaria moderna, incrementó su producción de cajas, por turno, de 7 mil a 80 mil unidades, además de captar el mercado para la exportación de banano del Chapare, con la nueva línea de cajas resistentes a la humedad. “Ciertamente, el precio justo es lo más importante, la capacidad y la calidad también (...) porque ofertamos condiciones técnicas de calidad con certificación y estamos trabajando dentro de esa línea”, remarcó. DESTACAN INCLUSIÓN EN SAN CRISTÓBAL En un estudio realizado por Beatriz Muriel y Miguel Fernández, investigadores del Instituto de Estudios Avanzados en Desarrollo (Inesad), que forma parte del libro América Latina hacia la inclusión social; avances, aprendizaje y desafíos”, se planteó como ejemplo el caso exitoso de negociación e inclusión social logrado entre la empresa Minera San Cristóbal (MSC) y la comunidad San Cristóbal, Potosí. El texto fue publicado por Inicia- tiva Latinoamericana de Investigación para las Políticas Públicas (ILAIPP), donde Muriel explica que la motivación de la investigación fue observar que, a diferencia de otras firmas privadas, MSC mantenía y continuaba sus operaciones sin problemas, a pesar de los cambios de escenarios políticos y sociales que acontecían en el país y por una aparente relación tranquila, constructiva y positiva entre comunidad y empresa. Telesur www.impuestos.gob.bo viernes 10 de octubre de 2014 INTERNACIONAL 17 EDICTO (Segunda Publicación) La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, al amparo del Artículo 86º del Código Tributario - (Ley Nº 2492) y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA, Cita, Llama y emplaza a los Posibles Herederos y/o Sucesores del contribuyente BUSSON OBLITAS GIORGIO MARTIN y de la revisión de los antecedentes del presente proceso, se tiene que el contribuyente de referencia habría fallecido, por lo que esta gerencia conocedora de este hecho y bajo el principio de la igualdad procesal que tienen las partes de dar oportunidad a cada una de ellas, para que hagan valer sus derechos ante esta Gerencia y allanando todo obstáculo, a fin de que en la forma más libre dentro del trámite puedan alegar en su defensa y siendo de carácter inviolable la defensa de las personas implicando ello que “Las partes en el proceso han de tener la oportunidad de expresar sus razones y producir pruebas” sujeto en el tradicional axioma “audiatur et altera pars”, que según la amplia doctrina señala (Peytano) dice: ”Todas las soluciones en el que se inspiran (en el proceso) están asignadas por la constante y benéfica preocupación de oír a todas las partes. De tal modo, el juzgador puede escuchar el tañido de todas las campanas, para así elegir aquella cuyo sonido considere mas grato a la Justicia”., de lo referido y para el caso corresponde la notificación inherente al derecho de la defensa, conforme el Art. 55 paragrafo I del Código de Procedimiento Civil (aplicado supletoriamente de conformidad con el articulo 74 núm. 2 de la Ley No. 2492 Código Tributario Boliviano), procurando en todo momento y en todas las causas que conoce, la tutela efectiva de este derecho fundamental, por lo que se pone a conocimiento que se ha iniciado y da continuación a la Ejecución del Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria No. 20-0314-05 debidamente ejecutoriado en CONTRA DE TODOS LOS HEREDEROS A TITULO UNIVERSAL DEL CONTRIBUYENTE BUSSON OBLITAS GIORGIO MARTIN CON NIT: 2478036019 de conformidad al Art. 35 Parágrafo I de la Ley No. 2492, Art. 1003, 1022 y 1030 del Código Civil (aplicado supletoriamente) y Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13, siendo que el trámite se encuentra en etapa de ejecución, todos los actos realizados con anterioridad al presente proveído por esta Gerencia Tributaria son válidos de conformidad al Art. 15 de la Ley No. 2492 (Código Tributario) mismas que se realizaron en cumplimiento al Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, hágase saber y cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Lic. Cristina E. Ortiz Herrera------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------GERENTE DISTRITAL LA PAZ I a.i.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El presente edicto es librado a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil catorce----------------------------------------------------------------------------------- Humberto de la Calle, el negociador. Acuerdo con FARC debe refrendarse Puede ser un referéndum, una consulta popular o un plebiscito. FÓRMULA ó MADRID / TELESUR En un foro en España, Humberto de la Calle, jefe de la delegación del Gobierno de Colombia en las negociaciones de paz, afirmó que un eventual acuerdo de paz con el grupo tendrá que ser refrendado por los colombianos. La intención de esto es que el acuerdo goce de una legitimidad que permita poner fin a un conflicto de más de 50 años. “De alguna manera, estamos trabajando en un borrador de acuerdo. Son los colombianos los que tendrán que decirnos si ese acuerdo es razonable, mirado en su conjunto, con sus concesiones, ventajas, desventajas y claroscuros”, señaló De la Calle ante empresarios y políticos en el Forum Europa en Madrid. “Por primera vez, vemos una oportunidad real para acabar con el conflicto y lograr la paz”, afirmó De la Calle, que estuvo acompañado de la canciller de Colombia, Ángela Holguín, y el expresidente del gobierno español, Felipe González. El jefe de la delegación explicó que la mesa de negociación todavía tiene que acordar la manera en que se hará la refrendación y mencionó como posibilidades un referéndum, una consulta popular o un plebiscito. De la Calle recordó que ya se han logrado acuerdos en tres de los puntos de la mesa de conversaciones: desarrollo rural y reparto de tierras agrícolas; reinserción en la vida política de los militantes desmovilizados, y narcotráfico y los cultivos ilícitos. En estos momentos, la mesa de La Habana negocia la reparación de las víctimas y queda pendiente el punto relativo al cese el fuego y dejación de las armas, que ya está adelantando una subcomisión técnica y que es el “punto más complejo y delicado”. Igualdad y gobernabilidad marcan agenda de Unasur QUITO / TELESUR El secretario general de la Unión de Naciones Suramericanas, Ernesto Samper, y los 12 embajadores de los Estados miembros mantuvieron una reunión “exitosa” en la sede del organismo multilateral en Quito, Ecuador. El secretario general del organismo multilateral, Ernesto Samper, dio a conocer su plan de trabajo compuesto por tres agendas: una social enfocada en la lucha por la igualdad social en la región, una política en materia de gobernabilidad, y una económica basada en la competitividad. “Tenemos que pasar de un modelo extractivista a un modelo de crecimiento sectorial”, explicó a los diplomáticos Samper, quien propuso avanzar hacia los hechos de la integración, hacia planes y acciones concretas. Los embajadores se mostraron receptivos frente a las propuestas para trabajar y potenciar a la Unasur. Asimismo, Samper recalcó que este organismo multilateral busca convergencias en procesos regionales, “ordenar el ajedrez para que todos vayamos en la misma dirección”. LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800-10-3444 18 viernes 10 de octubre de 2014 PUBLICIDAD JUZGADO DE INTRUCCCION No 4 EN LO PENAL DE LA CAPITAL SUCRE – BOLIVIA DR. HUGO MICHEL LEZCANO, JUEZ DE INSTRUCCIÓN Nº4 EN LO PENAL DE LA CAPITAL, SUCRE -‐ BOLIVIA.-‐-‐-‐-‐-‐ POR EL PRESENTE EDICTO, HACE CONOCER AL IMPUTADO: MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, que dentro del proceso penal (IANUS Nº 201304825, CI Nº 282/13) seguido por el Ministerio Público DE OFICIO contra MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, por la presunta comisión del delito de “INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y ABANDONO DE CARGO”, previstos y sancionados por los Arts.154 y 156 del Código Penal; se ha dictado SE NOTIFIQUE mediante edictos, en un medio de comunicación nacional a: MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, con la Acusación Fiscal hecha en su contra, con el plazo de asumir defensa ante este despacho jurisdiccional en el plazo de 10 días y se presente a Audiencia pública señalada para el día martes 28 de Octubre de 2014, a hrs. 15:00, con la advertencia de que ante su incomparecencia, será declarado rebelde para los efectos que por Ley y en derecho le corresponda.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Sr(a). JUEZ DE INSTRUCCIÓN Nº. 4. CAUTELAR EN LO PENAL DE CAPITAL (SUCRE).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Caso: FIS-‐GEN1300004.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ IANUS201304825-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ ACUSACIÓN FISCAL.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Otrosíes.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ HENRY ESPINDOLA CARDOZO, FISCAL DE MATERIA, asignado a la “Fiscalía Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción-‐ Fiscalía General del Estado”, &,*' $ (*'+' (&$ )- +" - $ "&"+,*"' 8$"' S""' '&,*> MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, por la presunta comisión de los delitos descritos en los Arts. 154 (Incumplimiento de Deberes), 156 (Abandono de Cargo) del Cód. Penal (Mód. Por Ley 004 Ley de Contra la Corrupción, Enriquecimiento ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”) en previsión al Art. 323-‐1) del Cód. Pdto. Penal, REQUIERE CONCLUSIVAMENTE:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ I.-‐ DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ (Constituye información obtenida de la Declaración Informativa). a. b. c. d. e. NOMBRE Y APELLIDOS CEDULA DE IDENTIDAD FECHA DE NACIMIENTO PROFESIÓN U OCUPACIÓN DOMICILIO TELÉFONO SITUACIÓN PROCESAL ABOGADO DEFENSOR DOMICILIO PROCESAL (Según Declaración Informativa) ABOGADO DEFENSOR : Dr. Moisés Ángel Ponce De León Birbuert. DOMICILIO PROCESAL : Av. Arce Edif. Hotel Radisson Torre Ejecutiva 5to. Piso Of. 506. f. g. : MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ. : 3980255 Expedido en Potosí. : 16 de Marzo de 1969. : Abogado. : Av. Jaimes Freyre Nº 2932-‐Z (Zona Sopocachi La Paz) : 752-‐11771. : “Declaratoria de Rebeldía por Auto de fecha 16 de abril de 2014, del Juzgado 4to., de Instrucción Cautelar en lo Penal Sucre. : Dr. Omar Ventura Sanga. (Abogado Defensor E "%$"$" Rebeldía de 16 de Abril de 2014). : Calle Ravelo Nro. 157. II.-‐ DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL DENUNCIANTE.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ (Constituyen datos generales obtenidos del cuaderno de investigaciones). “&I!!&;%$/)!+&#!%&)$<<?@@BG<B@AC899999999 III.-‐ DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA VICTIMA:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Los intereses generales de la sociedad.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ IV.-‐ RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS BASE DE LA ACUSACIÓN FISCAL.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 1.-‐ RELACIÓN FACTICA.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Que, habiéndose remitido el : %&)$; <<?@@BG<B@AC, de fecha 01 de Abril 2013, del Dr. José Manuel Gutiérrez Velásquez (Director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación a.i. de la Fiscalía General del Estado), a la “Fiscalía Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción-‐Fiscalía General del Estado”, se ha dispuesto en fecha 05 de *"$KIJL<"&""'"&.+," "7&(&$CS""'D'&,*>MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ (Fiscal de Materia) por la presunta comisión de los delitos descritos en los Arts. 154 (Incumplimiento de Deberes) y 156 (Abandono de Cargo) del Cód. Penal (Mód. Por Ley 004 Ley de Contra la Corrupción, Enriquecimiento ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”), que desarrollado la investigación de la fase preparatoria se establece:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Como antecedente corresponde hacer mención que el ex -‐ Fiscal de Materia MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, junto al Fiscal SERGIO CESPEDEZ ALVAREZ, se encontraban '&'*%&' $ '%"+"7& S"+$+ $ (*'+' (&$ )- +" - $ "&"+,*"' 8$"' a instancias del Ministerio de Gobierno contra Mario Tadic Astorga, Elod Toaso y otros, por la comisión de los delitos de TERRORISMO y ALZAMIENTOS ARMADOS CONTRA LA SEGURIDAD Y SOBERANIA DEL ESTADO, ')&*& '%# *!%& &% # ? CCEB<@G7 %&$!%&*&:))&)!*$& ;7cuyo proceso penal como es de conocimiento público tiene connotación no sólo nacional e incluso internacional.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Con la facultad delegada por la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley Nº 260) la Máxima Autoridad del Ministerio Público el Fiscal General del Estado Dr. Ramiro Guerrero Peñaranda, en fecha 18 de marzo de 2013, emite dos Instructivos en relación al caso denominado “Terrorismo I”:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ El Instructivo FGE/RJGP Nº 245/2013 de 18 de marzo, dirigido a los Fiscales de Materia Dr. MARCO ANTONIO RODRIGUEZ MARQUEZ y Dr. YVÁN ORTIZ TRISTÁN, cuyo objeto era “ ? CCEB<@G DENOMINADO TERRORISMO I”, con éstas dos autoridades Fiscales, donde se dispuso que los referidos Fiscales de Materia integren la Comisión de Fiscales en el caso denominado “Terrorismo I”, y ejercer la codirección funcional del proceso en todas sus instancias.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ El Instructivo FGE/RJGP Nº 247/2013, de 18 de marzo, se encontraba dirigido a los Fiscales de Materia Dr. Marcelo Ricardo Soza Álvarez, Dr. Sergio Céspedes Álvarez, Dr. Marco Antonio Rodríguez Márquez y Dr. Yván Ortiz Tristán, a objeto de realizar la “ ? CCEB<@G7 TERRORISMO I”.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Ambos instructivos fueron emitidos conforme a ley (art. 27, 30 Núm. 2 y 7 de la Ley Nro. 260).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ El Instructivo FGE/RJGP Nº 247/2013, de 18 de marzo, como se ha manifestado se encontraba dirigido a los Fiscales de Materia Dres. MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, SERGIO CESPEDEZ ALVAREZ, MARCO ANTONIO RODRIGUEZ MARQUEZ e YVÁN ORTIZ <)-,&4$S"&$")-&$($1'PK!'*+<(*,"*+-*("7& tengan a bien realizar la “ ?CCEB<@G7 DENOMINADO TERRORISMO I”, debiendo informar los siguientes aspectos (consignados en dicho instructivo):-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 1. INFORME PORMENORIZADO consignando los datos más importantes expresamente detallados en el instructivo 247/2013.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 2. EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES INVESTIGATIVAS.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 3. FISCALES DE MATERIA QUE INTERVINIERON.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐4. ACTUACIONES DEL FISCAL DEPARTAMENTAL.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 5. DEMORA PROCESAL.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 6. PLAN DE TRABAJO (ante la eventualidad de no haber elaborado oportunamente dibujo #-"7&<($&,*#'<'&,*'$'($&"S""7&+,*,3 "$+'<*%","*$"-#' #-"7&<($&,*#'<'&,*'$'($&"S""7&+,*,3 "$+'(*+*#-,' (*,"*$&',"S""7&'&$"&+,*-,".'GAAAAAAAAAAAAAAAAAA En esa secuencia de hechos y habiéndose emitido los aludidos instructivos (245/2013 y 247/2013), la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, a través del Fiscal del Departamento de Santa Cruz, Dr. Henry Herrera Herrera, en conocimiento y cumplimiento del Instructivo FGE/RJGP Nº 247/2013, de 18 de marzo, remite los siguientes informes dirigidos al Sr. Fiscal General del Estado con relación al indicado instructivo:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 1. El %&)$ AG$).&B@AC (&",+FAGDG), por el que informa la autoridad departamental de Santa Cruz, que dando cumplimiento al Instructivo 247/2013 de 18 de marzo, habría instruido al Fiscal de Materia Yván *,"1<$$'*"7&$"&.&,*"'(*'+$$+'&'%"&' **'*"+%' <0'%(6"$" &"&',"S""7&?AAAAAAAAAAAAA 2. El Informe de 22 de marzo de 2013 (Hoja de Ruta 82031), el Fiscal Departamental de Santa Cruz, pone en conocimiento $ &'*% presentado por los Fiscales SERGIO CESPEDES, MARCO ANTONIO RODRIGUEZ e YVÁN ORTIZ TRISTAN, referente a lo exigido en el Instructivo FGE/RJGP Nº 247/2013, de 18 de marzo, '&$'+S"+$+"&'*%&)-&!KJ %*1'KIJL<!-"*'&(*+&,'$"&'*% &.&,*"'(*'+$$+' H LLPKEIR< &'%"&' **'*"+%' < aclarando que en la elaboración del referido informe no participó el Fiscal de Materia Dr. Marcelo Ricardo Soza Álvarez, adjuntando la referida documentación.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐El Informe de fecha 22 de marzo de 2013 =&",+FAGFE>7por éste informe el Fiscal Departamental de Santa Cruz Dr. Henry Herrera H., REMITE EL INFORME ELABORADO, en cumplimiento al &+,*-,".'KMPEKIJL<**&,$$'*"7&$ &.&,*"'(*'+$$ +' H LLPKEIR &'%"&' **'*"+%' < %"+%' )- - $'*' ('* los Fiscales SERGIO CESPEDES, MARCO ANTONIO RODRIGUEZ e YVÁN ORTIZ TRISTAN, donde además hacen conocer que es imposible realizar el inventario del presente caso por cuanto el cuaderno de investigaciones se encuentra en la ciudad de La Paz, motivo por el cual solicitan se declare en comisión al Fiscal de Materia Dr. Yván Ortiz Tristán.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐El Informe de fecha 22 de marzo de 2013 (Hoja de Ruta 82030), Por éste Informe el "+$(*,%&,$&,*-1<!'&'*)-'&+,",-0-& &'*% '%($%&,*"' $ &+,*-,".'KMPEKIJL<"&'*%&')->AAAAAAA - Que con relación al Instructivo 247/2013, en el punto 4), (actuaciones del Fiscal (*,%&,$G<*S"*)-!,-'*,&'$'+ &+,*-,".'+KMNEKIJL0 247/213,-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ - Asimismo que dispuso mediante decreto de 19 de marzo de 2013, que el Fiscal EDICTO YVÁN ORTIZ, dé cumplimiento con la “Elaboración del Inventario procesal del caso Nº 3372/09 denominado Terrorismo I”, e informe con el debido respaldo documental. - También mediante decretos de 22 de marzo de 2013, dispuso que los Fiscales MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, SERGIO CESPEDES ALVAREZ y MARCO ANTONIO RODRIGUEZ MARQUEZ, dé cumplimento con la “Elaboración del Inventario Procesal del caso Nº 3372/09, denominado Terrorismo I”. - +"%"+%'('+,*"'*%&,+"+('&+&',"S")-$'+&,+&'%*'+?AAAAAAAAA - Y en atención al informe presentado por el encargado de despachar la documentación EDDY BORIS BRAÑEZ ALEJO, da a conocer que procedió a &',"S"* $ $%&, $ *? = *+(,' $ *? +*!-+7&',"S"*+<"&"')-0!4+"'&',"S"' en la ciudad de La Paz, e inclusive ha presentado el informe solicitado en el Instructivo 247/2013. En cuanto al Fiscal de Materia, Abog. Marcelo Soza, no se pudo practicar las diligencias, debido a que no se le pudo ubicar, !/%&#& ,*& % # &I!!% *& : ;7 &% # Fiscal Asistente dependiente de La Paz le indico que el Dr. Soza no se ')*&% '&) # $%!&% &I!!% * # AF $).& # 2& % ,)*&7 - '&*+)!&) ##& * &%*+!+,-3 +$!/% # #!& ,*+!!7 # B&8!*&:#3%*!#!&,##); 7&%#*)+)! # &$!*!3% # *& :))&)!*$&;7 # !%!& (, # )8 )#& &.7 %& participó en las audiencias señaladas desde el 18 de marzo del presente año.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Los informes antes referidos (cuatro en total) fueron remitidos a la “Dirección de Gestión "+$< -(*."+"7& 0 .$-"7&D '& $ S"&$" *$"1* +- .$-"7& 0 '&,*'$ correspondiente es así que mediante %&)$ << H @@BG<B@AC 01 de abril del 2013, elaborado por Dr. José Manuel Gutiérrez Velásquez (Director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación a.i.), hace conocer al Fiscal General del Estado, con relación a los cuatro informes antes indicados, que fueron remitidos por el Señor Fiscal Departamental de Santa Cruz Dr. Henry Herrera Herrera, emitiendo las siguientes conclusiones:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Que, los instructivos FGE/RJGP N° 245/2013 y FGE/RJGP N° 247/2013 de 18 de marzo de 2013, no fueron objetados por el Fiscal de Materia Dr. MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ a) Que, el Fiscal de Materia Dr. MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, tomó conocimiento público a través de los medios de prensa que su renuncia no habría sido aceptada por el señor Fiscal General del Estado, quien dispuso la realización de Informes e Inventarios del caso.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ b) Que, el Fiscal de Materia Dr. MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, no se presentó a la audiencia de juicio oral del caso “Terrorismo I” desde el 18 de marzo del 2013, lo que implica por una parte incumplir con los deberes establecidos en los arts. 40 Núm. 1 y 3 y 55 Núm. 1, de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, aspecto que se subsume a las previsiones $ *,? JNM $ 7" ' &$< %'"S"' ('* $ 0 IIM C*$' -"*' &, *-1D como delito de Incumplimiento de Deberes y el art. 156 primera parte del Código Penal como delito de Abandono de Cargo y respecto al Instructivo FEG/RJGP N° 245/2013, se '&S" -*$'%"+"7&$,+"+"($"&*"+?AAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA a)Que, el Fiscal de Materia Dr. MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, no elaboro ni remitió el informe del inventario de actuados y elementos de prueba, dibujo de ejecución, plan de ,*#'< '&,*'$ 0 ($&"S""7& +,*,3 "' $ +'< &,*' $ ($1' +,$"'< $' )- implica por una parte incumplir con los deberes establecidos en el Art. 40 Núm. 1 y 3, y art 55 Núm. 1) de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, aspecto que se subsume a las (*."+"'&+$*,?JNM$7" '&$<%'"S"'('*$0IIMC*$'-"*' &, Cruz”, como delito de Incumplimiento de Deberes, por otra parte, el incumplimiento a lo dispuesto por el Instructivo FEG/RJGP N° 247/2013, se constituye en la comisión de faltas disciplinarias.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Ahora bien conforme se ha hecho mención el Instructivo FGE/RJGP Nº 247/2013, de 18 de marzo, mismo que se encontraba dirigido a los cuatro Fiscales de la Comisión del caso denominado “Terrorismo I” Dres. MARCELO R. SOZA, SERGIO CESPEDES, MARCO ANTONIO RODRIGUEZ e YVÁN ORTIZ, y que tenía la instrucción de que los mismos elaboren el Inventario Procesal del caso Nº 3372/09, mismo que ha sido cumplido por los Fiscales SERGIO CESPEDES, MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ e YVÁN ORTIZ, habiendo presentado dicho informe en fecha 21 de marzo de 2013, conforme cargo de presentación; sin embargo por el contrario el entonces Fiscal de Materia MARCELO SOZA ALVAREZ, no ha cumplido, por cuanto si bien durante la investigación se ha establecido que Marcelo Soza + &',"S"' & ! IL *"$ KIJL< '& $ Instructivo FEG/RJGP Nº 247/2013 de 18 de marzo, de manera personal (que tampoco ha sido objetado), el mismo presenta Informe en fecha 04 de abril de 2013, a horas 15.10 pm., sin embargo éste informe que si bien es un informe individual, cuando el instructivo por la naturaleza del mismo debía ser en conjunto no cumple, además que éste informe presentado por Marcelo R. Soza, resulta ser idéntico y/o similar tanto en el número de carillas e incluso en el tipo de letras, al elevado en fecha 21 de marzo de 2013, por los Fiscales SERGIO CESPEDES, MARCO A. RODRIGUEZ e YVAN ORTIZ TRISTAN, además que éste informe no contiene $ $& *#'< "-#' #-"7&< ($& "&.+," "7&< '&,*'$ ' ($&"S""7& estratégica del caso, por lo que no ha sido cumplido el Instructivo FEG/RJGP Nº 247/2013, y en consecuencia existe una omisión ilegal a un acto propio de su función por el ahora imputado, por cuanto el Instructivo ha sido emitido conforme lo establece los arts. 27 y 30 Núm. 2 y 7, con relación al art. 49 y 50 de la Ley Nº 260, revistiendo la calidad de cumplimiento obligatorio.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ No obstante lo indicado MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, desde el 18 de marzo de 2013, hace abandono de cargo, no asiste a la convocatoria del desarrollo del juicio oral a partir del 18 de marzo de 2013, ante el Tribunal de Sentencia Nro. 1, cuyo juicio se realiza en la ciudad de Santa Cruz, del caso denominado “Terrorismo I”, signado con el Nº 3372/09, aspecto que se corrobora no sólo por el informe de fecha 22 de marzo de 2013$'*'('*$"+$+"+,&,' ?0'*"+*61$#'<)-"&*S"*“….En cuanto al Fiscal de Materia Abog. Marcelo Soza, no se practicó las diligencias, debido !%# %%"3*%##E##5 63 donde el Fiscal Asistente dependiente de La Paz, me indico que el Dr. Soza no se "# " E3 # <C "( - %"# (2013). Asimismo, me constituí también al Palacio de Justicia, al 2do Piso, Salón Basilio %"3563#"$"#.#5"""#63 !%"4 (3 "$ #%##-#3#<C "( "#$-8=;<>9;87 éste informe tiene coherencia con toda la prueba y declaraciones acumuladas durante la fase investigativa precisamente en razón que desde el 18 de marzo de 2013, hizo abandono del cargo. Sin embargo también corresponde hacer mención que si bien mediante nota de fecha 16 de marzo de 2013, con cargo de presentación en fecha 19 de marzo de 2013, en la Unidad de Plataforma de la Fiscalía General del Estado, Marcelo Soza Álvarez, presenta nota de renuncia irrevocable al cargo de Fiscal de Materia, la misma es aceptada en fecha 16 de mayo de 2013 (art. 24 Núm. 4, Ley KOIG<$')-+"&S"*)-&,$('+""$"$ *+)-!-'*&-&"'$* ' de Fiscal de Materia desde el 16 de marzo de 2013, y haber sido presentado en fecha 19 de marzo de 2013, pero el mismo no fue aceptado sino mucho más después por lo que concurre $' (*."+,' & $ *,? KM $ 0 * 2&" $ "&"+,*"' 8$"'< )- $+ ' $'+ S"+$+ cesarán en el ejercicio de sus funciones por Inc. 4) Renuncia Aceptada.Finalmente por otra si bien es cierto MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, al momento de prestar su declaración "&'*%,". & + S"+$ *S"* )- + $ JQ %*1' KIJL< + &'&,* vacación, ello también resulta no ser evidente, por cuanto de acuerdo al formulario de solicitud de vacación solicitado por MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, debemos indicar que la fecha de solicitud de vacación +#G)!#B@AC, aprobándose la misma fecha, justamente a partir del 18 de marzo de 2013 al 16 de abril de 2013, fecha de inicio de vacación en la que el Fiscal Macelo Ricardo Soza Álvarez, se encontraba declarado %&$!*!3%')#,$'#!$!%+&*,*,%!&%*-*,*+%+)#,*!3%I!*# #*&:))&)!*$& ;7%#!,%+),.7&%'*"*/)&7 es decir, que +""&$'*%-$*"'."'&++&-&,*S"*%'<&'+%&'+."&,)-(* "&,&,*#-+,"S"*+--+&"(*,&"7+'$"",*."'&+(*,"*$JQ%*1' 2013, )!/%#0G)!#B@AC (fecha de la solicitud), cuando para esa fecha ya no asistió a las audiencias, y menos a su fuente laboral, por lo que de ninguna manera se (-#-+,"S"*$-+&"$"+$*$''1<&-&"** -$*+'$"",-."7&< toda vez que cuando un funcionario del Ministerio Público, quiere gozar de sus vacaciones, éstas son solicitadas de manera previa, luego aprobadas por el inmediato superior y la Unidad de Recursos Humanos, determinándose en el respectivo formulario qué fecha inicia y concluye la vacación.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Todos estos hechos son base para emitir el presente requerimiento conclusivo de la "&.+," "7& (&$ "&"" CS""'D '&,*> MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ (Fiscal de Materia) por la presunta comisión de los delitos descritos en los Arts. 154 (Incumplimiento de Deberes), 156 (Abandono de Cargo) del Cód. Penal (Mód. Por Ley 004 Ley de Contra la Corrupción, Enriquecimiento ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 2.-‐ DEL PROCESO Y DELITOS ATRIBUIDOS.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ De los elementos de convicción de prueba acumulados durante el desarrollo de la etapa preparatoria arrojan fundamento para sostener que el acusado MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, es probable responsable (presunción de inocencia) de los delitos descritos en los Arts.<@?8% $"#9'<@A8"9del Cód. Penal respectivamente, en mérito a ello, conforme a los hechos corresponde subsumir a los tipos penales así se tiene:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ PRIMERO.-‐ Durante la fase investigativa se ha convocado al Abog. JOSE MANUEL GUTIÉRREZ VELASQUEZ (ex Director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación de la Fiscalía General del Estado), quien en parte de su entrevista policial a la pregunta formulada de que: ….sí ha tomado conocimiento sobre los instructivos FGE/RJGP Nº 245/2013 y FGE/ HKMPEKIJL<JQ%*1'KIJL@B<*S"*)-+4&,'<$'+"&+,*-,".'+ llegaron a su conocimiento por derivación del Fiscal General del Estado, con la instrucción de revisar el cumplimiento del contenido de los informes remitidos, así el Instructivo 245 fue dirigido a los Fiscales Marcelo Soza y Céspedes, teniendo por objeto reforzar el equipo de Fiscales del caso denominado Terrorismo I, al que debían integrarse los Fiscales Marco Antonio Rodríguez e Yván Ortiz. Por otra parte con relación al Instructivo 247 disponía la elaboración de un informe e inventario procesal del mismo caso, otorgando un plazo de 72 horas, cuyo informe debía contener no solo la relación pormenorizada de las ,-"'&+*$"1+<%2+$($&"S""7&+,*,3 "$+'<+"*$($& trabajo, dibujo de ejecución o formulario de seguimiento del caso, el informe que disponía el instructivo 247 era común, es decir conjunto, y en esa medida de cosas el informe del Dr. Soza que habría conocido era individual, de manera que no podía considerarse como cumplido, además ese informe individual no exponía cuál era la teoría del caso, el plan de trabajo o estrategia del mismo, y que se hicieron conocer a través del informe Nro. 29 de la Dirección de Gestión Fiscal. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Asimismo durante la fase investigativa se ha convocado a prestar entrevista al Dr. SERGIO < "+$ ,*"< )-"& & $' +&"$ *S"* )- + &-&,* '*%&'(*,$'%"+"7&F$+'**'*"+%' G<+$6'KIJJ<'&$/S"+$ Marcelo Soza, mediante instructivo de la Fiscalía General, con relación a la elaboración del inventario procesal del caso Nº 3372/09 denominado Terrorismo I, dispuesto en $ &+,*-,".' *'? KMPEKIJL< *S"* )- &' (*,""(' $ *? '1< 0 )- & $ +%& $ JQ $ KK %*1' KIJL< *S"* )- &' $' ."' $ &,'&+ "+$ *? '1< & $+ -"&"+ '&.'+? "&$%&, & + %"+%' +&,"' & $' +&"$ *S"*& $'+ testigos convocados Fiscales de Materia Marco Antonio Rodríguez Márquez e Yván Ortiz Tristán.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ SEGUNDO.-‐ Se ha obtenido de manera licita y cursa en el cuaderno de investigaciones los Instructivos FGE/RJGP Nº 245/2013 y FGE/RJGP Nº 247/2013 ambos de 18 de marzo de 2013, $(*"%*',"&$S"&$"C"("!% ###:>>B=7;D 5"""#”, con los Fiscales de Materia MARCO ANTONIO RODRIGUEZ MARQUEZ (Fiscal de La Paz) e YVAN ORTIZ TRISTA (Fiscal de Santa Cruz), el segundo instructivo (247/2013) se encuentra dirigido a la comisión nacional de Fiscales Dres. MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, SERGIO CESPEDES ALVAREZ, MARCONO ANTONIO <'&$S"&$"$'**5&$" "##:>>B=7;D"""#”, en un plazo de 72 horas con los siguientes ítems:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 1. INFORME PORMENORIZADO (según los puntos indicados en éste ítem).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 2. EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES INVESTIGATIVAS.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 3. FISCALES DE MATERIA QUE INTERVINIERON.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 4. ACTUACIONES DEL FISCAL DEPARTAMENTAL.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 5. DEMORA PROCESAL.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 6. PLAN DE TRABAJO.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ TERCERO.-‐ Cursa en antecedentes el : ;<<?@@BG<B@AC7@A de Abril de 2013, elevado por el Dr. JOSE MANUEL GUTIERREZ VELASQUEZ (Director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación a.i.) con relación a cuatro informes que fueron remitidos a su unidad a efecto de su evaluación sobre el cumplimiento de los Instructivos FGE/RJGP Nº 245/2013 y FGE/RJGP Nº 247/2013 ambos de 18 de marzo de 2013, es decir los informes:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 1. El %&)$ AG$).&B@AC (&",+FAGDG)-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 2. El Informe de fecha 22 de marzo de 2013 (Hoja de Ruta 82031)-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 3. El %&)$ BB$).&B@AC =&",+FAGFE>999999999 4. El Informe de fecha 22 de marzo de 2013 (Hoja de Ruta 82030)-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Cuyo informe 0029/2013 de 01 de abril de 2013, elevado por el Dr. José Manuel Gutiérrez, en el que concluye, con respaldo en los cuatro informes indicados que fueron remitidos de la ciudad de Santa Cruz por el Fiscal Departamental de dicho Distrito, que al haberse emitido los Instructivos FGE/RJGP Nº 245/2013 y FGE/RJGP Nº 247/2013 ambos el 18 de marzo, conforme a ley y que los mismos no fueron objetados en particular por el Dr. Marcelo Soza, su cumplimiento era obligatorio, además que el Fiscal Soza no se presentó a partir del 18 de marzo de 2013 a las audiencias de juicio oral del caso denominado C**'*"+%' D<0S"&$%&,)-&$+!+&)-&'+"+,"7$#-""'+-*&-&"&' había sido aceptada.-‐-‐-‐ Éste hecho se encuentra también respaldado por la entrevista policial prestada por EDDY BORIS BRAÑEZ ALEJO, (Fiscal Asistente de Santa Cruz) quien en parte de su declaración expresa: &%$.# # $ *- +)*,#.(¿…es evidente conforme consta en su informe elaborado por Ud., de fecha 22 de marzo de 2013, que el Fiscal Marcelo Soza $.*1<&'+&'&,*&+-'S""&@BG<## # # $'(# $ *- +)*, .%…”-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ CUARTO.-‐%"3&+!+'$"",'.4*)-*"%"&,'S"+$$C"%$ de La Paz”, quien lleva adelante el Juicio Oral del denominado caso “Terrorismo I” en la ciudad de Santa Cruz, quien mediante informe de fecha 11 de agosto de 2014, el Dr. Sixto J. *&2&1?<F*+"&,G$*"-&$&,&"*"%*'1<*S"*)-$*? Marcelo Ricardo Soza Álvarez ex – Fiscal de Materia, no asistió a la audiencia programada para el día 18 de marzo de 2013, encontrándose presente el Dr. Sergio Céspedes e Iván Ortiz por el Ministerio Público, adjuntando para el efecto acta de constancia de celebración de juicio oral del 18 de marzo de 2013. En cuya consecuencia la literal analizada, con la demás prueba obtenida en la fase investigativa, se tiene que Marcelo Ricardo Soza Álvarez, a partir del 18 de marzo de 2013, no asistió a juicio oral, como tampoco a su fuente laboral.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ QUINTO.-‐ A propósito de conocer sí el imputado MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, se encontraba en las fechas en los que no asistió al juicio oral de vacación, se ha obtenido .4*)-*"%"&,'S"+$$"*"7&-*+'+-%&'+$"+$4&*$$ Estado, documental referente al “Formulario de Solicitud de Vacaciones”, impetrado por Marcelo Ricardo Soza Álvarez, cuya fecha de solicitud data del @G )!# B@AC7 advirtiéndose que de dicho formulario se solicita del 18 de marzo al 16 de abril de 2013, resultando ser irregular el mismo por cuanto para la fecha en que solicitó la vacación solicitada ya el mismo se encontraba ausente de su fuente laboral, sin asistir a juicio en $+'&'%"&'C**'*"+%' D<('*$')-&'+(-#-+,"S"*+-"&+"+,&"'&$ formulario irregularmente solicitado.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ SEXTO.-‐ Por otra parte corresponde manifestar que se ha obtenido copias legalizadas del proceso administrativo, de proceso disciplinario interno realizado contra Marcelo Ricardo Soza Álvarez, por faltas administrativas que hubo incurrido el ahora imputado, precisamente en razón al hecho fáctico de la inconcurrencia al juicio oral del 18 de marzo de 2013, incumplimiento al Instructivo 247/2013 y otros, que luego de la sustanciación del mismo ha sido declarado responsable en la vía disciplinaria y por consiguiente se ! "%(-+,' $ +&"7& +,",-"7& S"&",". $ * ' 0 *,"*' $ *** "+$ Marcelo Ricardo Soza Álvarez.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ %"3& + ! ',&"' %&* $4", .4 *)-*"%"&,' S"+$< $ "&'*% )- -* remitido el informe de fecha 04 de abril de 2013 (hora 15:10) por Marcelo Ricardo Soza Álvarez, sobre el instructivo FGE/RJGP Nº 247/2013 de 18 de marzo, que remitido a la Dirección de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación a.i. nuevamente el Dr. José Manuel Gutiérrez Velásquez, mediante Informe DGFSE/JMGV Nº 0034/2013, de 10 de abril de 2013, concluye que el informe presentado por Marcelo Ricardo Soza Álvarez, no cumple con el mandato establecido en el instructivo 247/2013, por cuanto constituye un informe individual y no en conjunto como debiera ser, asimismo el informe contenido en el informe de 04 de abril de 2013 es virtualmente idéntico (mismo formato, mimo tipo de letra y mismo contenido esencial) al presentado por la comisión en fecha 21 de marzo de 2013, por los Fiscales Sergio Céspedes, Yván Ortiz, Marco Antonio Rodríguez. También 3+, "&'*% FE ILMEKIJLG *S"* )- *$' '1< &' + ! (*+&,' a la audiencia de juicio oral, dentro del caso denominado “Terrorismo I”, en el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, desde el 18 de marzo de 2013, además de no !*/(-+,'$"-#'#-"7&<($&,*#'<'&,*'$'($&"S""7&+,*,3 " del caso.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ SEPTIMO.-‐ Finalmente se ha convocado al imputado a sede Fiscal al imputado MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, ha objeto de que preste su declaración informativa, cuya declaración se la considera en esa justa dimensión como un medio de defensa.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ V.-‐ FUNDAMENTO JURÍDICO.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ En la dogmática jurídico penal, al estudio del delito y sus elementos se lo denomina “"+ del Delito”, por lo que en términos generales para que una conducta humana o acción humana sea considerada delito, el mismo debe estar descrito por la ley penal “Principio de legalidad”, (nullun crimen nullun poenae sine lege), principio corroborado en nuestro derecho positivo en su Art. 4 del Cód. Penal. Consiguientemente delito es toda conducta descrita por la ley penal como una ACCIÓN, TIPICA, ANTIJURIDICA Y CULPABLE. En el caso concreto MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, (ex – Fiscal de Materia) adecua su conducta, al tipo penal previsto en el art. 154 (Incumplimiento de Deberes) y 156 Párrafo primero (Abandono de Cargo) ambos del Cód. Penal.-‐-‐ El artículo 154 (Incumplimiento de Deberes) del Cód. Penal., señala: “#"&" #"&" / !% $ $"3 "%#" " "$"" % $ " #%#%#3#")# "&."$%8<9%$" 8?9-#4 #")"&%$"3%$#-. al Estado”, disgregando los elementos normativos del tipo penal, de acuerdo a la doctrina se trata de un delito propio en el que el sujeto activo debe ostentar como calidad especial la condición de funcionario público o autoridad, todo & $ %*' $ +" &"S""7& de términos previsto por el Art. 165 del CP; lo cual se halla debidamente acreditado con relación al ahora imputad Marcelo Ricardo Soza Álvarez, quien se ha desempeñado como Fiscal de Materia en el Ministerio Público de Bolivia.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Tratándose del delito de incumplimiento de deberes en el que el núcleo del tipo es la omisión “ilegal” que importa “apartarse de la ley”, no cumplir con la acción indicada en la ley, de modo que la situación típica generadora del deber de obrar se halla estrechamente relacionada a las normas observables en la función propia de los imputados. De ahí que, en el ámbito normativo vigente en el país, con relación al Ministerio Público es la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley Nº 260 de 11 de Julio de 2012), cuya Ley tiene por objeto regular no solo la organización, funcionamiento sino atribuciones del Ministerio Público, cuyo ejercicio corresponde por jerárquica al Fiscal General del Estado, Fiscales Departamentales, Fiscales Superiores, Fiscales de Materia y otros designados conforme a ley. Ahora bien, los Fiscales de Materia, en el ejercicio de sus funciones por principio constitucional y el sistema normativo penal tiene derechos y obligaciones éste último que +,*-&&$+,*"-"'&++("S"+&$#*""'"+$<'+*.&'$'+(*"&"("'+ de responsabilidad, objetividad, legalidad, oportunidad y otros previstos por ley.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ !'*"&<&$+'+(4S"'$"+$&*$$+,'*?%"*'-***'6*&< con las facultades previstas por ley arts. 27 y 30 Núm. 7, 9, con relación al arts. 49, 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 260) emite el Instructivo FGE/RJGP Nº 247/2013 de 18 de marzo, mismo que se encontraba dirigido a los Fiscales Dres. MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, SERGIO CESPEDEZ ALVAREZ, MARCO ANTONIO RODRIGUEZ MARQUEZ e YVÁN ORTIZ TRISTAN, '&$S"&$"$“ :>>B=7;D ;, en el plazo de 72 horas, por -&,'$!*+"'&',"S"''&"!'"&+,*-,".'$"+$*$''1<&'!-%($"' el mismo como se ha expuesto líneas arriba y como establece la investigación, es decir, al !* +"' &',"S"' $ IL *"$ KIJL< 0 (*+&,' $ 4 +" -"&, -& '-%&,' bajo el título de informe, analizado el mismo es un informe individual, no en conjunto, y lo viernes 10 de octubre de 2014 Nuevas opciones contra las drogas REDACCIÓN CENTRAL / ABI 19 LA PAZ, CIUDAD MÁS BARATA PARA TURISTAS La Paz, Bolivia, es el destino turístico más barato en América Latina, mientras que Caracas, Venezuela, es el más caro, de acuerdo a un estudio realizado en 18 ciudades. La investigación fue publicada el lunes por el sitio web de viajes TripAdvisor, informó Globo. publicado por Erbol. El estudio evaluó cuánto cuestan los principales destinos en América Vicemisterio de Defensa Social El Viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas, informó que Bolivia destacó la búsqueda de nuevas alternativas frente al fracaso en la guerra contra las drogas, que se plantearon en la vigésima cuarta reunión de Jefes de Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas de América Latina y El Caribe, que se realizó en Asunción del Paraguay. “Destacamos las nuevas alternativas que se vienen debatiendo en el foro antidroga generado en el ámbito multilateral, porque consideramos que es el camino correcto frente al fracaso de la guerra contra las drogas, que solamente consiguió la muerte y la violencia”, explicó Cáceres a su retorno de Asunción. ÚLTIMAS para el viajero en un día, teniendo en cuenta el precio promedio de un hotel de tres estrellas, taxis, una cerveza, agua y un plato principal en restaurantes registrados en el sitio web. En La Paz, la suma de los gastos da el equivalente de 110 dólares. En segundo lugar, entre las ciudades más económicas, está San José (Costa Rica) y en tercer lugar, Asunción (Paraguay). MAGISTRATURA RECIBIÓ 283 DENUNCIAS Vigésima cuarta reunión de jefes de organismos nacionales en Asunción. El jefe antidroga boliviano precisó que en el foro de Asunción, los países evaluaron las medidas que se aplican en la lucha mundial contra el tráfico ilícito de estupefacientes. Respecto a la participación de Bolivia, informó que socializó los logros de la nacionaliza- que es peor constituye una copia similar al que presentaron la comisión nacional de Fiscales (Sergio Céspedes, Marco A. Rodríguez e Yván Ortiz), en fecha 21 de marzo de 2013, tal es así que resultar ser idéntico (mismo formato, mismo tipo de letra y mismo contenido esencial) e incluso tiene la misma extensión de carillas (09 carillas), además de no contener un Plan %"4("(0!4#!!)&'0!4"!'%""#!F0!&'%', caso, y en consecuencia se considera que la conducta del imputado Marcelo Ricardo Soza Álvarez, subsume en el delito de incumplimiento de deberes por cuanto ha omitido un acto propio de su función relativo al cumplimiento del instructivo emitido por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio Público.-‐ Por otra parte el artículo 40 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 260) señala entre las atribuciones principales de los Fiscales de Materia los siguientes:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ *Ejercer la acción penal pública, la dirección funcional de la investigación y de la actuación policial, en los casos que les sean asignados en la investigación (Núm. 1, art. 40)-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ *Intervenir en la etapa del juicio, sustentar la acusación y aportar todos los medios de prueba para fundar una condena (Núm. 3, art. 40)-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Estas disposiciones legales que tienen relación, con lo previsto en el art. 70, 71 del Código de Procedimiento Penal (Ley 1970), cuando señala que corresponde al Ministerio Público dirigir la investigación de los delitos y promover la acción penal pública ante los órganos jurisdiccionales, con éste propósito realizará todos los actos necesarios para preparar la acusación y participar en el proceso, conforme a las disposiciones previstas en éste Código y su Ley Orgánica, en el presente caso el imputado MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, como se tiene establecido no ha asistido a la audiencia de juicio oral desde el 18 de % 4235+ ! ! + ! , 5564027+ donde se encontraba asignado a dicho proceso penal, máxime cuando se ha establecido que habiendo solicitado mediante nota “Desplazamiento para el cumplimiento de Funciones”, en fecha 12 de marzo de 2013, Marcelo Soza y Sergio Céspedes, para trasladarse desde la ciudad de La Paz a Santa Cruz, señalando la continuación del Juicio oral dentro del caso Nº 3372/09, denominado Terrorismo I”, desde el 18 al 22 de marzo de 2013, al mismo no concurre, toda vez que se encontraba autorizado por decreto de fecha 14 de marzo de 2013, por el Sr. Fiscal Departamental de La Paz, Dr. José Ángel Ponce Rivas, la declaratoria en comisión para el traslada de La Paz hacia Santa Cruz, por lo que también se considera que al no concurrir a las audiencias a partir del 18 de marzo de 2013, ha omitido actos propios de su función cual era concurrir a la audiencia de juicio oral en la (!'%(+4*&(&'!'%" & "#"%(!'"!"-(&'F')"(!"#% su inasistencia. En cuya consecuencia también el imputado MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, ha subsumido su conducta en lo previsto del artículo 156 (Abandono de Cargo) del Cód. Penal., cuando señala: “"))"- ( # )- " ! (% !- $ "!!!2543& ."! !#/1- toda vez que el imputado Marcelo Soza, a no concurrir reiteramos al juicio oral del 18 de marzo de 2013, y los siguientes ha hecho ipso facto abandono de su cargo, como servidor público, toda vez que no se puede alegar que en dichas fechas el mismo se encontraba haciendo uso de su vacación, porque como se ha señalado el formulario de solicitud de vacación impetrado por MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, tiene como fecha de solicitud de vacación 7 4235, aprobándose la misma fecha, justamente a partir del 18 de marzo de 2013 al 16 de abril de 2013, fecha de inicio de vacación en la que el Fiscal Macelo Ricardo Soza Álvarez, se encontraba declarado !) #"!#!#!$!#!"" #!)8! !. !/+#" #%+!!& $"# corresponde,&%4$(&!"% (%")"!&&!(!'%F% "4!" & !"&)!'$(#%!'!'%(&'F%&((&!#%'!0&"'%)"!& a partir del 18 de marzo de 2013, &'7 4235 (fecha de la solicitud), cuando para esa fecha ya no asistió a las audiencias, y menos a su fuente laboral, por lo que !!(! !%&#((&'F%(&!& %""+4!(!%%(% solicitud de vacación, toda vez que cuando un funcionario del Ministerio Público, quiere gozar de sus vacaciones, éstas son solicitadas de manera previa, luego aprobadas por el inmediato superior y la Unidad de Recursos Humanos, determinándose en el respectivo formulario qué fecha inicia y concluye la vacación, además que su renuncia es aceptada en fecha 16 de mayo de 2013, conforme a ley (art. 24 Núm. 4, Ley Nº 260), y que naturalmente este abandono ha ocasionado un perjuicio en la tramitación del desarrollo del juicio, por cuanto la dirección funcional del representante del Ministerio Público en el proceso no solo implica un dirección legal sino estratégica del caso y más aún en el caso donde se encontraba Marcelo R. Soza como asignado al caso del caso Nº 3372/09 denominado “Terrorismo I”. -‐-‐-‐-‐-‐-‐ Por lo que la conducta subsumida por el acusado MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, es en grado de autor cuyo principio legal se encuentra descrito en el Art. 20 del Cód. Penal., al señalar: “ !"!”-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ VI.-‐ ACUSACIÓN.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ El SUSCRITO FISCAL DE MATERIA, en ejercicio de la facultad Constitucional Arts. 225 de la Constitución Política del Estado, con relación al Art. 45 Inc. 3) de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley Nº 2175), Arts. 323 Inc. 1), 341 del Código de Procedimiento Penal, formula ACUSACIÓN, contra:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ 1.MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, de generales de ley descritas al principio, por la presunta comisión del ilícito penal descrito en el art. 154 (Incumplimiento de Deberes) y 156 Párrafo Primero (Abandono de Cargo) ambos del Código Penal (la primera F0!#!"!& "F"!&*<<@*("!'%"%%(#0!: en concurso real del art. 45 del Sustantivo Penal, siendo su participación en grado de autor previsto en el Art. 20 del Cód. Penal.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐Sanción que se fundamentará en juicio oral.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐VII.-‐ DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO: Arts. 22, 23, 121. II, 225, 226-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐CODIGO PENAL: Arts. 5, 15, 37, 38, 40, 45, 154, 156.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL: Arts. 5, 11, 12, 17, 52, 70, 74, 75, 76, 78, 301.1), 302, 323.1), 329, 341.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PÚBLICO: Arts. 2, 5, 12, 44 Inc.11.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐VIII.-‐ OFRECIMIENTO DE PRUEBA.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐1.-‐ DOCUMENTAL:-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 1. INFORME DGFSE/JMGV/ Nº 224704235, de 01 de abril de 2013 del Abog. José Manuel Gutiérrez Velásquez (Director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación a.i.) Fs. 06, además se acompaña los informes elevados por el Fiscal Departamental de Santa Cruz, los cuatro informes a fs. 55., que constituyen antecedentes para la apertura de la presente investigación (fs. 3), todo fs. 64.-‐ ción antidroga con ‘dignidad’ y ‘soberanía’ y la política propia que se inició en 2006. Destacó la reducción de la oferta, con la incautación de al menos 18 toneladas de cocaína este año y una racionalización de cocales excedentarios e ilegales de más de 7.800 hectáreas. El Consejo Departamental de la Magistratura de La Paz señaló que recibió 283 denuncias contra jueces y vocales lo que derivó en 125 resoluciones, de los cuales 27 van en contra de jueces y 98 para funcionarios de apoyo jurídico. “De las 27 denuncias contra jueces, dos son de destitución, 13 de suspensión de funciones, 4 multas, 8 amonestados, dos destitu- -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 2. DOCUMENTACIÓN, de la Dirección de Recursos Humanos, de la Fiscalía General del Estado, remitido por el Lic. Edgar Flores %"4" #/!"%'F0!>>%><=?9&6=:5 "%=?% de 2004 de Marcelo R. Soza Álvarez (fs. 01); acta de posesión y juramento de 19 de abril de 2004 (fs. 01); contrato de trabajo de 03 de enero de 2005 (fs.02); Memorando CITE Nº M. 184/2004 (fs.01); Memorando CITE Nº M 186/2005 (fs. 01); Resolución como Fiscal de Materia de Marcelo R. Soza Álvarez, de 23 de Noviembre de 2005 (fs. 01); Memorando CITE Nº M 537/2010, Nota de 10 de Octubre de 2011 de Marcelo R. Soza Álvarez (fs. 01); Nota de 27 de Octubre de 2011 de Lic. Marcos Julio Gironda A. (fs. 1); Informe 108/13 del Lic. Luis F. Pinto Fariñas (fs. 01); Informe 107/2013 de Irving Salvatierra Arosqueta de 15 de %><=?9&6<=:5"% (%""'("!&"'%"6>@@"!F% Dr. José Ángel Ponce Rivas y Lic. Paola I. Alcocer Cuellar (fs. 01); formulario de solicitud de !%"6@ABE9&6<=:5F"=E%><=?6%"%&%"9&6 01); decreto simple de 26 de abril de 2013. Incluye Requerimiento Fiscal, todo Fs. 21.-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 3. DOCUMENTACIÓN, de la Gestión de Recursos Humanos y Escalafón de Recursos Humanos de la Fiscalía General del Estado, incluye informe FGE/JE.RR.HH. Nº 11/2014, de 23 de enero de 2014 (fs. 1), acompaña la siguiente documentación Informe 125/2013 de la Lic. Paola I. Alcocer Cuellar (fs. 01), Nota de 19 de abril de 2013 de Lic. Edgar Flores Prado (fs. 01); Informe 107/2013 de 15 de abril de 2013 de Irving Salvatierra Arosqueta (fs. 01); Formulario de Solicitud de vacaciones Boleta Nº 244 (fs. 01); Nota de fecha 16 de marzo de 2013 suscrito por Marcelo R. Soza Álvarez (fs. 02); Nota de fecha 16 de mayo de 2013 suscrito por Ramiro José Guerrero Peñaranda (fs. 01), decreto simple de 24 de enero de 2014. Incluye Requerimiento Fiscal, todo fs. 10.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 4. INSTRUCTIVO FGE/RJGP Nº 245/2013, de 18 de marzo de 2013 (fs. 01) e INSTRUCTIVO FGE/RJGP Nº 247/2013, de 18 de marzo de 2013 (fs. 03), Incluye Requerimiento Fiscal, todo fs. 06.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐MP. 5. INFORME de 11 de agosto de 2014, y DOCUMENTACIÓN remitido por el Dr. Sixto J. Fernández F., Presidente del Tribunal de Sentencia Primero de La Paz. Incluye Requerimiento Fiscal, todo fs. 22. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 6. INFORME DGFSE/JMGV/ Nº 0038/2013, de fecha 06 de mayo de 2013, emitido por el Abog. José Manuel Gutiérrez Velázquez (Director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación a.i.), en el que contiene además documentación de respaldo. Incluye Requerimiento Fiscal, todo fs. 54. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP.7. INFORME del investigador asignado al caso de fecha 18 de septiembre de 2014, Cabo Elis Tejerina Mamani, Fs. 03.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP.8. INFORME del investigador asignado al caso de fecha 22 de septiembre de 2014, Cabo Elis Tejerina Mamani, Fs. 03.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐,7, 0 0 1224704235+de 01 de abril de 2013, en el que contiene las hojas de ruta 81959 y documentación de respaldo, hoja de ruta 82031 más documentación de respaldo, hoja de ruta 81987 más documentación de respaldo y hoja de ruta 82030, e “Informe DGFSE/ JMGV/ Nº 0034/2013 de 10 de abril de 2013, más documentación de respaldo. Incluye Requerimiento Fiscal, todo fs.120 (folder amarillo).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP.10. DOCUMENTACION, en copias legalizadas referente al PROCESO DISCIPLINARIO iniciado y concluido al ex – Fiscal de Materia Marcelo Ricardo "+)%+4&"'")-%$(% !'"F&('"%( %!'+4%6 Juan Diego Melazzini Herrera. Incluye Requerimiento Fiscal, todo 275 fs.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 11. PUBLICACIÓN (dos publicaciones) del periódico de Circulación Nacional “La Estrella del Oriente”, de fecha 26 de junio de 2014, mostrando al ex Fiscal Marcelo Ricardo Soza Álvarez (fs. 02).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP.12. DOCUMENTACIÓN, en el que contiene el “Informe” DGFSE/JMGV/ 0038/2013, de 6 de mayo de 2013 e “Informe” DGFSE/JMGV/ Nº 0034/2013, de 10 de Abril de 2013, en el que hace referencia al Informe del Fiscal de Materia Marcelo Soza, acompaña documentación de respaldo. Todo 28 fs. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 13. DOCUMENTACIÓN, correspondiente al Informe DGFSE/JMGV/ Nº 0034/2013, de 10 de abril de 2013, adjuntándose documentación !'"%!" "&!"'F0!"!!&'%(')"%"6>@C8><=?! 03 de abril de 2013 al ex Fiscal Marcelo Soza Álvarez, la nota de remisión y el Informe de Marcelo Ricardo Soza Álvarez de fecha 04 de abril de 2013, otro informe de fecha 26 de febrero de 2013, elevado por Marcelo Soza Álvarez y Sergio Céspedes Álvarez, y demás documentación de respaldo a los informes. Todo fs. 52.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 14. INFORME y DOCUMENTACIÓN, remitido por el jefe Nacional de Información a.i. de la Fiscalía General del Estado, Ing. Pablo Armando Corral D., referente a los antecedentes registrados en el sistema i3p (Ministerio Público) sobre la existencia de procesos como denunciante y denunciado de Marcelo Ricardo Soza Álvarez, toda la documentación a fs. 34. Incluye Requerimiento Fiscal.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 15. INFORME y DOCUMENTACIÓN, remitido por la Unidad de Seguimiento de la # ”, a cargo de los Abog. Rafael A. Fernández Gómez y Claudia Peñaranda T., en el que se anexa documentación correspondiente todo a fs. 30, útiles, incluye Requerimiento Fiscal.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 16. CERTIFICACIÓN, del Registro Judicial de Antecedentes Penales correspondiente a MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ, de fecha 02 de septiembre de 2014, a fs. 02 útiles. Incluye Requerimiento Fiscal. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 17. DOCUMENTACIÓN, referente al Cuaderno de Investigaciones, que sigue el Ministerio Público a instancia de Carmen Eva Gonzáles La Fuente, contra Marcelo Ricardo Soza Álvarez, por presuntos delitos de Uso !"!F(!&4&"&!""!;=?<>AB<4"%%&#"!!'&- Departamental de La Paz., en tres cuerpos folders color amarillo a fs. 792 Útiles. Incluye Requerimiento Fiscal. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP. 18. DOCUMENTACIÓN, referente al Cuaderno de Investigaciones, que sigue el Ministerio Público a instancia de Carmen Eva Gonzáles La Fuente, contra Marcelo %""+)%+4#"%#%&(!'"&'"&&"!"!F(!&4&"&!" con el Nº LPZ1302881, correspondiente a la Fiscalía Departamental de La Paz., un folder color amarillo a fs. 119 Útiles. Incluye Requerimiento Fiscal.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐, 37, DOCUMENTACIÓN, referente a antecedentes del proceso penal investigativo que sigue el Ministerio Público a instancia de Carmen Eva Gonzales La Fuente contra Marcelo Ricardo Soza Álvarez y otros, por la presunta comisión de los delitos de extorsión y otros, caso signado con el Nº FIS-‐ANTI013292, que se tramita en la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, a fs. 88 útiles. Incluye Requerimiento Fiscal-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐2.-‐ TESTIFICAL:-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 1. JOSE MANUEL GUTIERREZ VELASQUEZ (ex – Director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación a.i. Fiscalía General del Estado) con C.I. 3625623 Ch, con domicilio en C. Juan José Pérez Nº 427, conoce sobre los diferentes informes elevados al Sr. Fiscal General del Estado, con relación al cumplimiento de los Instructivos FGE/RJGP Nº 245/2013 y FGE/RJGP Nº 247/2013 ambos de 18 de marzo de 2013, y otros informes que fueron elevados por ésta ex – autoridad.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 2. SERGIO CESPEDEZ ALVAREZ (Fiscal de Materia), mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. 1983612 Sta. Cruz, con ciones de funcionarios de apoyo jurisdiccional, 7 suspensiones de funciones, 20 casos de multa y 9 amonestados”, señaló Tarquino. También destacó que enmarcados en la normativa vigente la Dirección Administrativa Financiera del Órgano Judicial Distrito La Paz, presentó su rendición de cuentas de los recursos percibidos y gastos ejecutados en 2014. domicilio en Av. América Nº 640 Z. Norte, autoridad Fiscal que formó parte en la comisión de Fiscales del caso denominado “Terrorismo I”, juntamente con Marcelo R. Soza, conoce sobre la inconcurrencia a la audiencia del juicio oral a partir del 18 de marzo de 2013 y otros detalles.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 3. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ MARQUEZ, (Fiscal de Materia), mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. 3333411 LP, con domicilio en Pje. Tupiza Nº 100 Z. Central – La Paz, conoce sobre la no participación del juicio oral de Marcelo Soza A., a partir del 20 de marzo de 2013 (fecha en la que se incorpora Marco A. Rodríguez a la Comisión) y otros aspectos.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 4. YVAN ORTIZ TRISTAN, (Fiscal de Materia), mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. 3449865 LP, con domicilio en C/. Litoral Nº 15, conoce sobre la no participación del juicio oral de Marcelo Soza del caso denominado “Terrorismo I”, y otros aspectos.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 5. EDDY BORIS BRAÑEZ ALEJO, (Asistente Fiscal), mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. 4632053 Sta. Cruz, con domicilio en calle B. Cañada el Carmen c. 1 s/n, conoce sobre la no asistencia al juicio oral del Fiscal Marcelo Ricardo Soza Alvares, que fueron plasmados en un informe.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MT-‐T. 6. RICHARD EFRÉ CERDA MAYDANA, (Asistente Fiscal), mayor de edad, hábil por derecho, conoce la no presentación en la ciudad de Santa Cruz desde el 18 de marzo de 2013, del Fiscal Marcelo Ricardo Soza Álvarez, que fueron plasmados en informes correspondientes.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 7. JOSE ANGEL PONCE RIVAS, Persona mayor de edad, hábil por derecho, Fiscal Departamental de La Paz, conoce sobre los antecedentes de la declaratoria en comisión para el desplazamiento de Marcelo Ricardo Soza A., a Santa Cruz para el 18 de marzo de 2013, de la solicitud de vacaciones del imputado y otros.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 8. LUIS F. PINTO FARIÑAS, persona mayor de edad, hábil por derecho, Jefe Administrativo y Financiero de la Fiscalía Departamental de La Paz, conoce los informes elevados por ésta autoridad.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-, 7, PAOLA I. ALCOCER CUELLAR, persona mayor de edad, hábil por derecho, encarga de personal de la Fiscalía Departamental de La Paz, conoce sobre el formulario de vacaciones de Marcelo Ricardo Soza.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 10. EDGAR FLORES PRADO, persona mayor de edad, hábil por derecho, ex – Director Nacional de Recursos Humanos de la Fiscalía General del Estado, persona que conoce el procedimiento de la otorgación de vacaciones en el Ministerio Público, así como los informes y notas que emitió esta ex autoridad con relación a las vacaciones de Marcelo Ricardo Soza Álvarez.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐MP-‐T. 11. CABO ELIS TEJERINA MAMANI, Investigador asignado al caso adscrito a la “Fiscalía Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción – Fiscalía General del Estado”.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐3.-‐ CAREO.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ En el momento procesal que corresponda, en caso de advertir contradicciones se reserva el Ministerio Público, el careo conforme y las facultades que señalan el Art. 99 y 220 ambos del Cód. Proc. Penal. (entre el imputado y testigos y/o entre testigos).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐4.-‐ EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS Y ELEMENTOS DE CONVICCIÓN.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐Para que los documentos y otros elementos de convicción incorporados al proceso sean exhibidos a los acusados, testigos y peritos para que los reconozcan e informen sobre ellos.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐IX.-‐ SOLICITUD. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐Solicitando señale audiencia conclusiva conforme las formalidades exigidas en el Art. 325 del CPP, concluido el mismo se remita ante la autoridad competente.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ .00000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000 OTROSÍ 1ro.-‐ ! ( # !'" %'6 ED ! F! 64 & " #/ %0! informativa: MARCELO RICARDO SOZA ALVAREZ.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ OTROSÍ 2do.-‐ Toda vez que el imputado MARCELO R. SOZA ALVAREZ, ha sido declarado rebelde en la fase de la investigación por auto de fecha 16 de abril de 2014, #% !"'F0! "! #%&!' #" (&0!4 & %$(% &( ('"% &#"! !"'F0! !' '"& "!"% 4 &/ %'6 =BA 06 '"6 Penal.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ OTROSI 3ro.-‐ Las pruebas ofrecidas (documental) se acompañan conforme al Art. 323 #%'F!0"%" !'"!6(*"%'%"%%"'6777777 -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ OTROSÍ 4to.-‐ Domicilio expreso la “ $ ”, ubicado en calle España Esquina San Alberto, tercer piso, de la ciudad de Sucre.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐# + 47 Septiembre de 2014.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Dr. Henry Espíndola Cardozo.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐FISCAL DE MATERIA-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ AUTO EMITIDO POR EL JUEZ CUARTO CAUTELAR DE LA CAPITAL-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Sucre, 2 de octubre de 2014-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Vistos.-‐ Presentado EL REQUERIMIENTO CONCLUSIVO DE ACUSACIÓN, por el representante del Ministerio Público, Dr. HENRY ESPINDOLA CARDOZO de conformidad a lo establecido en el Art. 323 numeral 1 del Código de Procedimiento Penal, contra el acusado Sr. MARCELO RICARDO SOZA ÁLVAREZ, por la probable comisión de los delitos de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES y ABANDONO DEL CARGO, ilícitos previstos y sancionados por el Art. 154 y Art. 156 párrafo primero del Código Penal. Respectivamente.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Dentro del proceso penal signado con número FIS – GEN 1300004.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ En consecuencia se tiene presente la Acusación Formal y se señala audiencia oral y pública, para los efectos del Art. 325 del Código de Procedimiento Penal. Audiencia oral y pública, que se realizará el día martes 28 de octubre de 2014, a horas 15:00, a desarrollarse en este Juzgado de Instrucción Penal y Cautelar Cuarto. -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ En consecuencia las partes tienen el plazo común de cinco días para examinar el requerimiento conclusivo, las actuaciones y evidencias reunidas en la investigación y para ofrecer los medios de prueba necesarios.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Al Otrosí 1ro.-‐ Se tiene presente.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Al Otrosí 2do.-‐ Como pide el representante del Ministerio Público. Por secretaria expídase los edictos correspondientes.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Al Otrosí 3ro.-‐ Se tiene presente.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Al Otrosí 4to.-‐ Por señalado el domicilio. Tómese en cuenta-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Regístrese.-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ -‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ FIRMA Y SELLO. Doctor Hugo Michel Lescano, Juez de Instrucción en lo Penal Nº 4 de la Capital -‐ Sucre – Bolivia.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ ANTE MÍ: FIRMA Y SELLO. Licenciado Gilmar E. Sandoval Rivera, Secretario – Abogado del Juzgado de Instrucción en lo Penal Nº 4 de la Capital en Suplencia Legal.-‐-‐ Sucre – Bolivia.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ El presente edicto es librado, en la ciudad de Sucre, capital del Estado Plurinacional de Bolivia, a los OCHO días del mes de OCTUBRE de DOS MIL CATORCE.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ viernes 10 de octubre de 2014 ÚLTIMAS HUMALA INVOCA PREPARARSE ANTE SISMO El presidente Ollanta Humala invocó ayer por la noche, a la población del Perú, mantenerse preparada ante un posible sismo de gran magnitud, a fin de reducir los daños personales y materiales, especialmente la pérdida de vidas humanas. Por ello, destacó la importancia del simulacro nocturno de sismo y tsunami realizado ayer en ese país, y consideró necesario que la ciudadanía participé en este tipo de esfuerzos, a fin de elevar su grado de preparación ante un evento de esa naturaleza. Mencionó, por ejemplo, que el puesto de comando logró instalarse con celeridad, y destacó que el sistema de comunicación funcionó adecuadamente durante la hipotética emergencia, lo cual permitió realizar las coordinaciones necesarias. No obstante, el presidente Humala consideró fundamental que las familias peruanas sepan actuar ante un sismo de gran magnitud y contar con los implementos necesarios para hacer frente la emergencia y sus problemas derivados. (Andina). REPATRIAN CUERPO DE BEBÉ MUERTO EN CHILE Los restos del bebé de nueve meses, de padres bolivianos, que supuestamente falleció por negación de atención médica en el Hospital Regional Juan Noé de Arica (Chile), fueron repatriados, informó la Cancillería boliviana. Los padres del infortunado menor de edad, Verónica Limarí Quispe y Wílmer Choque Ayno, fueron atendidos inicialmente por el Consulado boliviano en Arica y de allí derivados a la Corporación de Apoyo Judicial para la asistencia legal y procedimientos legales correspondientes. El Consulado inició la representación oficial ante la Intendencia Regional XV (Arica y Parinacota) de Chile para que esa instancia estatal chilena coadyuve en la investigación y determinación de responsabilidades. El director del Departamento de Salud Municipal de Arica, Eduardo Gutiérrez, explicó que “la ley señala que en los servicios de urgencia hospitalarios no se puede negar la atención a niños menores de un año y mujeres embarazadas”, informó el periódico chileno Cambio 21. (Erbol). Se destinan Bs 345 millones para obras en departamento de Tarija El Gobierno nacional y la Gobernación tarijeña financiarán el proyecto con el 50 por ciento de aportes. GESTIÓN ó REDACCIÓN CENTRAL / CAM El gobernador del departamento de Tarija, Lino Condori Aramayo, anunció ayer la construcción del Instituto Oncológico San Judas Tadeo con una inversión de Bs 345 millones, que será ejecutado con contraparte del 50 por ciento a través de programas gubernamentales. Entre los proyectos figura la Planta de Reciclaje de Basura, que demanda una inversión de 40 millones de bolivianos, para una capacidad de 11 mil toneladas por año. “Con este proyecto se beneficiarían los municipios San Lorenzo, Cercado y Uriondo”, añadió el Gobernador. Anuncio que se ejecutará el proyecto ‘Mitigación de olores en la laguna de San Luis’ con la unidad de proyectos especiales, además dijo que en el proyecto se invertirán cerca de 23 millones de bolivianos. Cambio 20 Avenida principal de la ciudad de Tarija. Otro de los proyectos es el Alcantarillado Sanitario Comunidad el Portillo, denominado el Jardín’, que demandará una inversión de 4.300.000 bolivianos. El beneficio será para 2.500 habitantes de 230 familias. A la vez se hace un proyecto de alcantari- llado para el barrio las Barrancas, que está en plena etapa de diseño y coordinado con los presidentes del lugar. “Ya se habló con el Presidente acerca del el proyecto que está en el nivel de estudio Técnico, Económico, Social y Ambiental (TESA)”, dijo. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001/2014 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia de 28 de mayo de 2014, en su Capítulo V Nivel de Entidades de Servicio, Investigación y Control, articulo 79 restablece la independencia institucional del Servicio Geológico Minero - SERGEOMIN, como entidad pública descentralizada del Ministerio de Minería y Metalurgia, con independencia de gestión, administrativa y técnica. Que en su artículo 81 señala que el SERGEOMIN será dirigido por una Directora Ejecutiva o Director Ejecutivo como Máxima Autoridad Ejecutiva, designada mediante Resolución Suprema. Facultando al mismo a realizar todas las medidas de reorganización interna y proponer todas aquellas que fueren necesarias a los efectos de la Ley N° 535, cumpliendo las normas administrativas y presupuestarias aplicables en cuanto a la asignación de áreas, personal, activos y bienes, su registro y otros, todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 82 de la citada Ley. Que mediante Resolución Suprema N° 12280 de fecha 14 de julio de 2014, se designa al Ing. Grover Salamanca Gutiérrez como Director General Ejecutivo del Servicio Geológico Minero (SERGEOMIN). Que el artículo 10 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, prescribe que el Sistema de Administración de Bienes y Servicios establecerá la forma de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios. Que el artículo 1 parágrafo I del Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), define este Sistema como el conjunto de normas de carácter jurídico, técnico y administrativo que regula la contratación de bienes y servicios, el manejo y la disposición de bienes de las entidades públicas, en forma interrelacionada con los sistemas establecidos en la Ley N° 1178. Que, los incisos a) y b) del artículo 2 del Decreto Supremo N° 0181, establece los principios, normas y condiciones que regulan los procesos de administración de bienes y servicios y las obligaciones y derechos en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley N° 1178; asimismo establece los elementos esenciales de organización, funcionamiento y de control interno, relativos a la administración de bienes y servicios. Que el artículo 32 inc. c) del precitado Decreto Supremo señala que la Máxima Autoridad Ejecutiva – MAE de cada entidad pública podrá designar o delegar, mediante Resolución expresa, para uno o varios procesos de contratación, al Responsable del Proceso de Contratación de Licitación Pública – RPC y al Responsable de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo – RPA, en las modalidades que correspondan. Que el inc. d) del referido artículo establece que la MAE tiene la función de designar al Responsable de Recepción para la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo – ANPE o a la Comisión de Recepción La Paz, 1 de octubre de 2014 para Licitación Pública, para uno o varios procesos pudiendo delegar esta función al RPC, al RPA o a la Autoridad Responsable de la Unidad Solicitante. Que el inc. f) del artículo 32 del mencionado Decreto, señala que la MAE tiene la función de suscribir los contratos, pudiendo, delegar dicha función mediante Resolución expresa en el marco del artículo 7 de la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, Asimismo, el parágrafo II del artículo 88 del citado cuerpo legal, determina que la suscripción de contratos deberá ser efectuada por la MAE o por quien hubiese sido delegado por esta, de acuerdo a las normas de constitución y funcionamiento de cada entidad pública. Que de conformidad a los artículos 33 y 34 de las NB-SABS, el RPC es responsable de los procesos de contratación en las modalidades de Licitación Pública y de Contratación Directa cuando el precio referencial de dicha Contratación sea mayor a Bs. 1.000.000.- (Un Millón 00/100 Bolivianos), en tanto que el RPA lo es en las modalidades ANPE; Contratación Menor y Contratación Directa, cuando el precio referencial de la citada Contratación sea menor o igual a Bs. 1.000.000.- (Un Millón 00/100 Bolivianos). CONSIDERANDO: Que el artículo 7 de la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo señala que las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia, para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y publicada, dentro de la entidad pública a su cargo. El parágrafo II del mencionado artículo dispone que tanto el delegante como el delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales y sus disposiciones reglamentarias. Que los parágrafos V y VI del citado artículo de la Ley N° 2341, establecen que la delegación es libremente revocable, en cualquier tiempo, por el órgano que la haya conferido sin que ello afecte ni pueda afectar los actos dictados antes de la renovación, además que la delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional. Que en el marco del Decreto Supremo N° 0181, corresponde la designación del Responsable de los Procesos de Contratación en la modalidad: ANPE, Contratación Menor y Contratación Directa de Bienes, Obras y Servicios para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2014. 32 del Decreto Supremo Nº 0181 “Normas Administración de Bienes y Servicios”. RESUELVE: PRIMERO.- Designar, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de la gestión 2014, al Lic. Gustavo Antonio Arteaga Quiroz, con Cedula de Identidad N° 2781543 expedida en Oruro, Jefe de la Unidad Administrativa Financiera del SERGEOMIN como Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo – RPA, para los procesos de contratación en las modalidades ANPE, Contratación Directa, cuando su cuantía sea menos o igual a Bs. 1.000.000.- (Un Millón 00/100 Bolivianos) y Contratación Menor. SEGUNDO.- Delegar al RPA, la función de designar al Responsable de Recepción o de la Comisión de Recepción, cuando corresponda, en los procesos de contratación bajo las modalidades a su cargo, de acuerdo a lo establecido en el Inc. d) del artículo 32 del Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009. TERCERO.- Asimismo delegar al RPA la función de la firma de las Órdenes de Compra y Ordenes de Servicio para la adquisición de bienes y servicios generales de entrega o prestación en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, conforme establece el Inc. cc) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 0181, modificado por el Decreto Supremo N° 0956 de 10 de agosto de 2011. CUARTO.- Instruir a la Unidad Administrativa Financiera, la publicación de la presente Resolución Administrativa, por única vez en un medio de prensa de circulación nacional a los efectos señalados en el parágrafo VI del artículo 7 de la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo. QUINTO.- Dejar sin efecto legal la Resolución Administrativa N° 012/2014 de fecha 19 de febrero de 2014. SEXTO.- Instruir al Jefe de la Unidad Administrativa Financiera y al Encargado de Bienes y Servicios el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa. Regístrese, Comuníquese y Cúmplase. POR TANTO: El Director General Ejecutivo del Servicio Geológico Minero “SERGEOMIN”, en uso de sus atribuciones específicas señaladas en el inc. c) del Artículo Básicas del Sistema de GSG/DCAM/mar c.c. Archv. 21 viernes 10 de octubre de 2014 LA PAZ / CAMBIO Mauricio Soria ya habla y toma decisiones como el técnico de la Selección Nacional de los próximos cuatro años. En pasadas horas expresó su deseo de contar con el volante Pablo Escobar, así que espera que reconsidere su renuncia a la ‘verde’. “En Bolivia hay que usar todo lo que tenemos. No podemos estar escogiendo en un momento si nos sirve y en otros no. Vamos a recurrir a todos los que quieran a este país, que quieran representar a Bolivia con todo su corazón y que tengan un sentido de pertenencia a esta tierra”, dijo. Del capitán ‘atigrado’ comentó: “Yo desearía que Escobar pueda reveer su posición de haber renunciado a la Selección y eso nos permita tener la opción de convocarlo”. Soria piensa en Escobar “porque la gente de experiencia es importante en la Selección ya que de alguna manera son guías para los jóvenes”. Escobar renunció el 26 de agosto de 2012 de manera sorpresiva cuando la Selección era dirigida por Xabier Azkargorta. Aquella vez adujo “problemas personales” y no dio ninguna explicación más. Escobar nació en Paraguay pero está naturalizado boliviano. Tiene 35 años y mantiene regularidad en su fútbol. Además, conoce a Soria cuando éste dirigió a The Strongest y lo sacó campeón en 2012. El pedido público que hace el entrenador nacional refleja que ya toma previsiones para la labor que realizará en seleccionado en el nuevo proceso, el que contempla 2014-2018. Soria fue invitado a dirigir a la Selección para los partidos amistosos con Brasil (Sub-20) y Chile a jugarse hoy el martes, respectivamente, pero es el principal favorito a ser electo DT para los próximos 4 años. El técnico valluno es partidario de tomar en cuenta a los mejores en el fútbol nacional, entre ellos los naturalizados. El técnico pide que el futbolista del Tigre revise su renuncia a la ‘Verde’. Convocará a los naturalizados que quieran al país. De taquito Soria: “Quiero un equipo mejorado” La propuesta del técnico de la Selección Boliviana, Mauricio Soria, para el partido de hoy, a las 21.00, frente a su par olímpico de Brasil en Cuiabá, y el martes 14 ante Chile, en Coquimbo, “es tener un equipo mejorado y con otra manera de jugar”. Calificó de “importante” el partido con Brasil porque se verá a jugadores con un modo diferente de tratar la pelota “con orden y compromiso de llevar adelante el equipo”. Comentó que todo encuentro de preparación “es bueno, porque se pueden ver las falencias que hay que corregir”. Del resultado en los cotejos amistosos expresó que le es indiferente, pero “lo que me interesa es que los jugadores entiendan la forma de cómo quiero que se juegue”. El jugador Pablo Daniel Escobar festeja con la ‘10’ en el último partido que jugó con la camiseta de la Selección. “Recurriremos a los que quieran representar a este país y que tengan un sentido de pertenencia. Mauricio Soria / Técnico de la Selección Último partido El adiós del ‘Pájaro’ El jugador paraguayo naturalizado boliviano, Pablo Daniel Escobar, jugó con la Selección durante 4 años y disputó 16 partidos. Debutó el 2008, frente a Panamá. El último partido fue contra Paraguay, el 9 de junio de 2012, de la eliminatoria a Brasil 2014. AFKA y dos meses han pasado desde que el jugador Pablo Daniel Escobar ha renunciado a la Selección Boliviana. Soria quiere al ‘Pájaro’ Escobar AFP 2AÑOS Y PARA QUE VUELVA A LA SELECCIÓN BOLIVIANA DE FÚTBOL DT Soria da instrucciones a Meléan. 22 viernes 10 de octubre de 2014 Y SOLICITARÁ PRESENCIA DEL TSE Y DEL MINISTERIO DE DEPORTES Y EL ENCUENTRO SE JUGARÁ EN EL ARENA PANTANAL DE CUIABÁ Selección prueba a la Sub-23 de Brasil Zuleta pide veedores externos para el 10 EDUARDO SALAMANCA Y FERNANDO HUMÉREZ SON LOS CANDIDATOS. LA PAZ / CAMBIO PRENSA FBF El dirigente de Bolívar Wálter Zuleta adelantó que para que las elecciones en la Liga “sean transparentes”, se solicitará a las autoridades del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y el Ministerio de Deportes enviar veedores al acto programado para el 10 de noviembre, en Potosí. El directivo dijo que la preocupación pasa porque no se repitan los hechos que ocurrieron en el congreso ordinario de la Federación Boliviana de Fútbol, celebrado en septiembre en Trinidad, donde se reeligió a Carlos Chávez como presidente. “Queremos que la elección en la Liga se lleve en un marco absolutamente democrático y transparente, por eso queremos que vayan miembros del TS y el Ministerio de Deportes en calidad de veedores”, dijo. En la Liga hay una marcada división: seis clubes conforman el bloque oficialista (Blooming, The Strongest, San José, Universitario de Pando, Real Potosí y Petrolero de Yacuiba) y otros seis la oposición (Bolívar, Oriente Petrolero, Wilstermann, Sport Boys, Universitario de Sucre y Nacional Potosí). Eduardo Salamanca será propuesto por el sector oficialista y Fernando Humérez, por el opositor. Ambos bandos quieren tomar el control de la Liga. Mauricio Soria durante la charla técnica que ofreció en el hotel donde está hospedada la Selección, en Cuiabá. EL COTEJO MARCARÁ EL DEBUT DEL SELECCIONADOR MAURICIO SORIA. La dirigencia de la Liga elegirá al nuevo presidente el 10 de noviembre. EDICTO La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas – AEMP, en ejercicio de sus funciones y atribuciones establecidas en el artículo 25 de la Ley Nº2427 del 28 de noviembre de 2002, el artículo 23 de la Ley Nº2495 del 4 de agosto de 2003, el artículo 3 del Decreto Supremo 27203 de 7 de octubre de 2003, el artículo 44 del Decreto Supremo Nº0071 del 9 de abril de 2009, la Resolución Ministerial N° 048.2013 de 27 de marzo de 2013 del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y demás normativa, conforme a las disposiciones del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el SIREFI aprobado mediante Decreto Supremo Nº27175, en el marco de la Ley Nº2341 de Procedimiento Administrativo, Cita y emplaza al Agente Regulado: EMPRESA MATRÍCULA DE COMERCIO BRITISHBOL MINING & CHEMICAL LTDA. “BRIMIN LTDA” 00128117 JUAN CARLOS ECHEVERRIA CASTRO 00107093 HECTOR GUALBERTO TAPIA CABRERA PLASTICOS MIKA EMPRESA CONSTRUCTORA COSAN EMPRESA CONSTRUCTORA GENTIL CH. 00120592 00143970 REPRESENTANTE LEGAL CYNTHIA DAGMAR ACEBEY DE PAZ GENARO CHINAHUANCA CONDORI RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº RA/AEMP/DTFVCOC/PC/ N° 290/2014 N° 291/2014 N° 292/2014 N° 293/2014 Para que, en el término de 5 días hábiles administrativos, computables a partir de la publicación del presente edicto, y en el marco de lo dispuesto en el parágrafo II del artículo 27 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el SIREFI aprobado mediante Decreto Supremo Nº27175 del 15 de septiembre de 2003, se presente ante las oficinas de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, ubicadas en la Calle Batallón Colorados Nº 24 Edificio El Cóndor, Piso 11, a fin de notificarse y tomar conocimiento de la Resolución Administrativa, por la cual se resuelve sancionar: “Toda vez que el Agente Regulado no actualizó el domicilio de la Sociedad, incumpliendo lo establecido en el Artículo 30 del Código de Comercio, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Ministerial MDPyEP/Despacho N° 048.2013 de 27 de marzo de 2013”. En caso de que el domicilio de las Empresas citadas precedentemente, se encuentren en sede municipal distinta al de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, en sujeción a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº2341, se le reconoce a la Sociedad un plazo adicional de cinco (5) días hábiles administrativos. Vencido el plazo otorgado, no habiéndose presentado la persona interesada o infractor, en el marco del parágrafo III del artículo 27 del Reglamento a la Ley del Procedimiento Administrativo para el SIREFI aprobado por el Decreto Supremo 27175, la notificación se tendrá por practicada. La Selección Boliviana de fútbol examinará hoy a la selección olímpica de Brasil, en partido a jugarse en el estadio mundialista Arena Pantanal, de Cuiabá, a las 21.00. El encuentro es uno de los dos partidos que pactó la dirigencia de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), el otro será el martes 14 frente a Chile, en fecha FIFA. El compromiso marcará el debut de Mauricio Soria como seleccionador nacional en su trayectoria de ocho años. La designación del cochabambiwww.impuestos.gob.bo ARCHIVO CAMBIO LA PAZ / CAMBIO no, según aclararon los dirigentes de la FBF, es de carácter interino, aunque se da por descontado que sea ratificado en el cargo para los próximos cuatros años. El DT comentó que, pese a tratarse de amistosos, toma con seriedad y responsabilidad la función que le encomendó la dirigencia de la FBF. La Selección, a decir del DT, propondrá un juego diferente, con un planteamiento distinto al que se manejó en los últimos cotejos de preparación que dirigió Xabier Azkargorta, sin precisar los cambios. El equipo llega al compromiso con ‘algunas’ caras nuevas, como el caso de Damián Lizio, Martín Smedberg, Juan Carlos Zampiery y Alejandro Bejarano, y otros que vuelven después de algún tiempo como Joselito Vaca, Jhasmani Campos, entre otros. En la sesión preparatoria, Soria ensayó un 4-4-2, en el que destaca la presencia de jugadores de experiencia, especialmente en defensa con gente ‘de peso y recorrido’. La delegación retornará el sábado pasado el mediodía a Santa Cruz, donde proseguirá su labor preparatoria para el cotejo del martes, en Coquimbo frente a Chile. El partido será arbitrado por el argentino Andrés Rapallini, asistido por sus compatriotas Ernesto Javier Uziga y Gustavo Rossi. EDICTO (Segunda Publicación) La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, al amparo del Artículo 86º del Código Tributario - (Ley Nº 2492) y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA, Cita, Llama y emplaza a los Posibles Herederos y/o Sucesores del contribuyente RICARDO RODRIGUEZ ORTIZ y de la revisión de los antecedentes del presente proceso, se tiene que el contribuyente de referencia habría fallecido, por lo que esta gerencia conocedora de este hecho y bajo el principio de la igualdad procesal que tienen las partes de dar oportunidad a cada una de ellas, para que hagan valer sus derechos ante esta Gerencia Tributaria garantizándoles sus garantías y allanando todo obstáculo, a fin de que en la forma más libre dentro del trámite puedan alegar en su defensa y siendo de carácter inviolable la defensa de las personas implicando ello que “Las partes en el proceso han de tener la oportunidad de expresar sus razones y producir pruebas” sujeto en el tradicional axioma “audiatur et altera pars”, que según la amplia doctrina señala (Peytano) dice: ”Todas las soluciones en el que se inspiran (en el proceso) están asignadas por la constante y benéfica preocupación de oír a todas las partes. De tal modo, el juzgador puede escuchar el tañido de todas las campanas, para así elegir aquella cuyo sonido considere más grato a la Justicia”., de lo referido y para el caso corresponde la notificación inherente al derecho de la defensa, conforme el Art. 55 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil (aplicado supletoriamente de conformidad con el articulo 74 núm. 2 de la Ley No. 2492 Código Tributario Boliviano), procurando en todo momento y en todas las causas que conoce, se resuelve la tutela efectiva de este derecho fundamental, por lo que se pone a conocimiento que se ha iniciado y da continuación a la Ejecución del Pliego de Cargo No. 0427/04 debidamente ejecutoriado en CONTRA DE TODOS LOS HEREDEROS A TITULO UNIVERSAL DEL CONTRIBUYENTE RICARDO RODRIGUEZ ORTIZ CON RUC: 2481804 de conformidad al Art. 35 Parágrafo I de la Ley No. 2492, Art. 1003, 1022 y 1030 del Código Civil (aplicado supletoriamente) y Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13, siendo que el trámite se encuentra en etapa de ejecución, todos los actos realizados con anterioridad al presente proveído por esta Gerencia Tributaria son válidos de conformidad al Art. 15 de la Ley No. 2492 (Código Tributario) mismas que se realizaron en cumplimiento al Art. 9 parágrafo II de la RND No. 10-0021-13.-----------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, hágase saber y cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Lic. Cristina E. Ortiz Herrera------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------GERENTE DISTRITAL LA PAZ I a.i.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El presente edicto es librado a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil catorce----------------------------------------------------------------------------------- LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800-10-3444 23 lanacion.com.py www.impuestos.gob.bo viernes 10 de octubre de 2014 AVISO DE REMATE El Lic. Ernesto Natusch Serrano, Gerente Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales Beni, hace saber que dentro de los procesos de cobro coactivo seguidos en contra del contribuyente Batallón de Seguridad Física Policial con NIT Nº 120317021, con Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria N° 24-0000179-09 del 31/08/2009 se ha dispuesto la segunda Audiencia de remate del bien mueble (Acción Telefónica) de propiedad de Batallón de Seguridad Física Policial que a continuación se detalla: 1.- Acción telefónica Nº 46-28006 con un valor de $us1.125 (Un mil ciento veinticinco 00/100 Dólares Americanos), equivalente a Bs7.830 (Siete mil setecientos treinta 00/100 Bolivianos), tipo de cambio (Bs6.96 seis 96/100 Bolivianos), sin deudas por servicios de telefonía. El mismo que se realizara sobre la base del 75% del valor comercial de la acción telefónica conforme el Art. 56 de la RND Nº 10-0008-14 de fecha 21/03/2014 y tomando como precio base el importe establecido en el oficio del Dpto. Legal del Abonado N° 109/14 emitido por la Cooperativa de Teléfonos Automáticos Trinidad COTEAUTRI LTDA donde indica La audiencia de remate en subasta pública del bien (Acción Telefónica), se efectuara el día Viernes 24/10/2014 a horas 10:00 a.m., en Oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Beni situado en la calle Félix Pinto Saucedo No. 225, debiendo los interesados efectuar el empoce equivalente en (Bolivianos) al 20% del precio base del remate para la acción telefónica como garantía en el Banco Unión S.A., en la cuenta a Nombre de SIN GERENCIA TRINIDAD Nº 10000004668402. Se designa como martillero a la Lic. Escarleth Franco Temo profesional V-A del Servicio de Impuestos Nacionales. Mayores informaciones sobre el bien objeto del remate, se dará a conocer en la oficina del Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Beni. Trinidad, 26 de setiembre de 2014 Selección de Sierra Leona, ya se encuentra en Camerún para jugar dos partidos. LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800-10-3444 Y SE CAMBIAN SEDES DE ALGUNOS PARTIDOS DE ELIMINATORIAS El Ébola crea miedo en África y la Copa tiembla LOS JUGADORES PASAN PRUEBAS Y HASTA ABANDONAN SU SELECCIÓN. BOGOTÁ / ELTIEMPO.COM La disputa de 28 partidos clasificatorios para la Copa de África de 2015 entre los días 10 y 15 de octubre instauró el temor en los clubes de fútbol europeos por el riesgo de contagio del virus del Ébola, lo que precipitó el regreso de un jugador del Rayo Vallecano y el cambio de sede de dos encuentros. El delantero guineano del club madrileño Lass Bangoura abandonó la concentración de su selección en Marruecos, alertado por el brote de esta epidemia mortal en su país de origen. “No quería tener problemas con el Rayo Vallecano, que es quien me paga cada mes”, explicó el futbolista en rueda de prensa. “Cuando me dicen que mis compañeros estaban preocupados, tomé la decisión de venir y hablar con ellos para decirles que no tengan miedo”, apuntó el africano. Cedrick Mabwati, jugador congoleño del Real Betis cedido esta temporada a Osasuna, fue sometido a diversas pruebas médicas a su llegada al continente africano, aunque descartó cualquier posibilidad de contagio dado que gran parte de los convocados por su selección juegan en clubes europeos. MEDIDA PREVENTIVA Como medida preventiva, y a pesar de que la entrada a Guinea Conakry está prohibida desde Sierra Leona y Liberia — también castigados por el Ébola—, la Confederación Africana de Fútbol (CAF) decidió que el enfrentamiento entre Guinea y Ghana se dispute mañana en Casablanca (Marruecos), considerada una zona segura. Yaoundé albergará, por su parte, el doble duelo entre Sierra Leona — otro de los países del África occidental más afectados — y Camerún, cuya lista integran Stéphane M’bia (Sevilla), Raoul Loé (Osasuna) y el guardameta del filial del Barcelona Fabrice Ondoa. ESPAÑA PIERDE ANTE ESLOVAQUIA La Selección de España, vigente doble campeona de Europa (2008 y 2012), perdió 2-1 ante Eslovaquia, en la que su portero Matus Kotacik cuajó un partido sobresaliente, ayer en Zilina, en duelo de la segunda jornada del grupo C de clasificación para el torneo continental que se jugará en Francia en 2016. Abrió el marcador Juraj Kucka de libre directo (minuto 17) y no fue hasta la recta final cuando Paco Alcácer (82) igualó para la Roja. Pero en el 87 Miroslav Stoch hizo el gol de la victoria para los locales. Con este triunfo Eslovaquia pasa a liderar el grupo C, con dos victorias en dos partidos, mientras que España es segunda con un triunfo y una derrota, con los mismos puntos (3) que Ucrania, que ayer ganó 2-0 a Bielorrusia, y Macedonia, que venció 3-2 a Luxemburgo. EDICTO La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nº 2341, pone en conocimiento del público en general, la emisión de la Resolución Administrativa Regulatoria Nº ATT-DJ-RA TL LP 1878/2014 de fecha 07 de octubre de 2014, la cual será publicada de manera íntegra en la página web de la ATT (www.att.gob.bo): RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA REGULATORIA Nº ATT-DJ-RA TL LP 1878/2014 de 07 de octubre de 2014 Que en su parte principal resuelve: PRIMERO.- AUTORIZAR la publicación en el sitio web de la ATT y en un periódico de circulación nacional, de la convocatoria a la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/100, para el otorgamiento de Licencia de Uso de Frecuencias Radioeléctricas destinadas a la prestación del servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de Bermejo del departamento de Tarija en la frecuencia 89,50 MHz., en cumplimiento al artículo 36, numeral 2 del Reglamento para el Otorgamiento de Licencias en Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 323, de 30 de noviembre de 2012. SEGUNDO.- ESTABLECER como precio base para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/100, el monto de Bs5.838,00.- (CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS). TERCERO.- APROBAR el Pliego de Especificaciones para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/100, para el otorgamiento de Licencia para Uso de Frecuencias Radioeléctricas servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de Bermejo del departamento de Tarija en la frecuencia 89,50 MHz., que formará parte de la presente Resolución Administrativa Regulatoria. CUARTO.- ESTABLECER el monto de Bs250,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), como precio del Pliego de Especificaciones de la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF. 2014/100. QUINTO.- CONFORMAR la Comisión Calificadora encargada de llevar a cabo la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/100, de la siguiente manera: Presidente Secretaria Vocal 1 Vocal 2 : : : : HEBERT MONTEVILLA DAVALOS DANIELA SALINAS QUINTANILLA RAUL RENE GUZMAN LOPEZ CARLOS IVAN AJHUACHO LOPEZ SEXTO.- INCLUIR el modelo de Declaración Jurada adjunta en el anexo a la presente Resolución Administrativa Regulatoria. SÉPTIMO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa Regulatoria, en un medio de comunicación escrito de circulación nacional y en la página web de la ATT (www.att.gob.bo), en cumplimiento al artículo 36 de la Resolución Ministerial N° 323. OCTAVO.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución, a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones. Lic. Luis Felipe Guzmán Sanjinés Regístrese, comuníquese y archívese. DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes Es conforme: Dr. Luis D. Valda Aliaga DIRECTOR JURÍDICO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes EDICTO La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nº 2341, pone en conocimiento del público en general, la emisión de la Resolución Administrativa Regulatoria Nº ATT-DJ-RA TL LP 1881/2014 de fecha 07 de octubre de 2014, la cual será publicada de manera íntegra en la página web de la ATT (www.att.gob.bo): RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA REGULATORIA Nº ATT-DJ-RA TL LP 1881/2014 de 07 de octubre de 2014 Que en su parte principal resuelve: PRIMERO.- AUTORIZAR la publicación en el sitio web de la ATT y en un periódico de circulación nacional, de la convocatoria a la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/101, para el otorgamiento de Licencia de Uso de Frecuencias Radioeléctricas destinadas a la prestación del servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de Caraparí del departamento de Tarija en la frecuencia 102,70 MHz., en cumplimiento al artículo 36, numeral 2 del Reglamento para el Otorgamiento de Licencias en Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 323, de 30 de noviembre de 2012. SEGUNDO.- ESTABLECER como precio base para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/101, el monto de Bs3.018,00.- (TRES MIL DIECIOCHO 00/100 BOLIVIANOS). TERCERO.- APROBAR el Pliego de Especificaciones para la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/101, para el otorgamiento de Licencia para Uso de Frecuencias Radioeléctricas servicio de Radiodifusión Sonora en la banda FM, en la localidad de Caraparí del departamento de Tarija en la frecuencia 102,70 MHz., que formará parte de la presente Resolución Administrativa Regulatoria. CUARTO.- ESTABLECER el monto de Bs250,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), como precio del Pliego de Especificaciones de la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/101. QUINTO.- CONFORMAR la Comisión Calificadora encargada de llevar a cabo la Licitación Pública Nº ATT-LCT-RDF 2014/101, de la siguiente manera: Presidente Secretaria Vocal 1 Vocal 2 : : : : HEBERT MONTEVILLA DAVALOS DANIELA SALINAS QUINTANILLA RAUL RENE GUZMAN LOPEZ CARLOS IVAN AJHUACHO LOPEZ SEXTO.- INCLUIR el modelo de Declaración Jurada adjunta en el anexo a la presente Resolución Administrativa Regulatoria. SÉPTIMO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa Regulatoria, en un medio de comunicación escrito de circulación nacional y en la página web de la ATT (www.att.gob.bo), en cumplimiento al artículo 36 de la Resolución Ministerial N° 323. OCTAVO.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución, a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones. Lic. Luis Felipe Guzmán Sanjinés Regístrese, comuníquese y archívese. DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes Es conforme: Dr. Luis D. Valda Aliaga DIRECTOR JURÍDICO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes 24 viernes 10 de octubre de 2014 Y LA QUIEREN ESTRENAR CON UN CAMPEONATO SUDAMERICANO La pista atlética, lista en diciembre LA GOBERNACIÓN PRETENDE QUE LLEGUEN ATLETAS DE ALTO NIVEL PARA CARRERAS DE FONDO. LA PAZ / APG Y CAMBIO CAMBIO La Gobernación del departamento de La Paz desea estrenar la nueva pista atlética del estadio Hernando Siles con un campeonato sudamericano de atletismo. La pista estará concluida en diciembre. “Lo que se quiere es que lleguen atletas de alto nivel para carreras de fondo, semifondo y velocidad, que motivará a nuestros deportistas”, comentó Alberto Alvarado, asesor de la Gobernación de La Paz. Alvarado explicó que el proyecto ya fue comunicado, pero las fechas se confirmarán en las próximas semanas, una vez se conozca la fecha de la entre- El Complejo Deportivo del Tigre, ubicado en Achumani, está embargado por el SIN debido a una deuda. Y PROFESIONALES ESTUDIAN LA DEUDA DE THE STRONGEST Según abogados, el club “está a salvo” LA PAZ / APG Después de estudiar los documentos del club The Strongest y la relación que existe con la cooperativa San Luis, un grupo de abogados simpatizantes del equipo paceño llegó a la conclusión de descartar cualquier deuda pendiente con esta entidad financiera y que el patrimonio del club está a salvo. “Tras escuchar el manoseo que se ha venido dando a nuestro club y de que se levante el nombre como si fuera el deudor de la cooperativa y el causante de la quiebra de la cooperativa San Luis, nos obligó a tomar la iniciativa de estudiar los documentos”, aseguró el abogado Martín Iturri. Señaló que en la actualidad el club no tiene responsabilidad con la quiebra de la entidad financiera, que según el jurista, extrañamente pretende involucrar a la institución atigrada, porque toda deuda que se tuvo anteriormente fue cancelada en su momento. “El club The Strongest efectivamente tuvo una relación comercial con la cooperativa San Luis, una relación de rutina como lo tiene cualquier entidad financiera con cualquier prestatario, pero en septiembre ¿Quién negoció los CDPs? LA PAZ / CAMBIO El informe de los abogados no menciona en ningún momento quién es el deudor de la quebrada Coooperativa San Luis y tampoco quién fue el que negoció los CDPs a cambio de la deuda con ésta. Los ahorristas de la financiera le cobran al presidente de 2010 se pagó la totalidad de la deuda”, señaló el abogado. Agregó que la propia financiera, en una carta remitida al club, asegura que la cancelación es evidente, mediante documentos públicos que están en el marco de la legalidad que inclusive interviene la participación de un notario que corrobora la fe de los papeles. “Por políticas y por normativas no van a volver a trabajar con el club The Strongest y lo dice de una forma clara, ni hoy ni en el futuro. En ese momento la relación del club con la cooperativa ha concluido y ha concluido pagándose la totalidad de la deuda”, dijo Iturri. Sin embargo, explicó que la confusión está por la entrega de 4.000 mil Certificados de Participación (CDPs) que realizó The Strongest a la empresa encargada de refaccionar el del club The Strongest, Kurt Reintsch, un préstamo de 6,1 millones de dólares. Y es el propio Reintsch, en su calidad de titular de la entidad, que negoció la venta de los Certificados de Participación (CDPs). Lo que sí reconoce el dirigente es que la deuda con San Luis la subrrogó él. complejo de Achumani, que habrían entregado esos documentos a la financiera San Luis en forma de pago lo que evidencia que no existe ninguna participación del club atigrado. “Es bueno aclarar de que en ese pago no interviene en absoluto el club no participa de esa relación comercial, es una relación entre una empresa Constructora y la Cooperativa San Luis. El club The Strongest, les puedo afirmar, no participa en esa relación comercial”, enfatizó Iturri. Además sostuvo que esos certificados no otorgan ningún derecho propietario a ningún socio que sólo es para el ingreso y uso de los predios del complejo, las canchas, la piscina, el gimnasio, y que por esa razón no se puede involucrar bajo ningún argumento jurídico a la institución deportiva. GOBERNACIÓN DE LA PAZ SE SOSTIENE QUE LA ENTIDAD PACEÑA PAGÓ SU DEUDA A LA QUEBRADA COOPERATIVA SAN LUIS. ga de la pista. Las obras comenzaron hace varios meses y tiene un 60 por ciento de avance. “Queremos organizar campeonatos internacionales de atletismo, por ejemplo en marcha mostrar que tenemos buenos deportistas, de igual manera en fondo, en velocidad, así mostraremos el principal escenario deportivo que tenemos en La Paz”, añadió la autoridad. Alvarado subrayó que después de realizar el trabajo en el campo de juego se procedió a intensificar las labores en la pista, además las empresas encargadas de la remodelación del escenario deportivo tienen fechas fijadas para su entrega. El martes, el gobernador de La Paz, César Cocarico, entregó la cancha del estadio Hernando Siles, por lo que ya se pueden jugar partidos de fútbol. La pista atlética ya cuenta con el vaciado del cemento, falta el tartán. cortos ‘U’ paga sueldos y se levanta paro Crean Asociación de Rugby de La Paz El plantel de Universitario de Sucre regresó ayer a los entrenamientos tras llegar a un acuerdo con la dirigencia y recibir el dinero correspondiente a agosto, con lo cual sólo resta cubrir el sueldo de septiembre. La dirigencia ‘estudiantil’ aclaró que su entidad no atraviesa por una crisis económica, sino que por temas administrativos, hubo una demora para cumplir con el primer plantel. La “U” percibe recursos provenientes de la Universidad San Francisco Xavier. Como parte de los primeros pasos para buscar la creación de la Federación Boliviana y contar con un seleccionado nacional para participar en los Juegos Sudamericanos Cochabamba 2018, los miembros del La Paz Rugby Club fundaron el miércoles la Asociación Municipal de Rugby de La Paz. “Esta Asociación es un paso importante que nos permitirá recibir apoyo institucional o privado”, dijo Loic Devaux, presidente de la naciente institución.
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