CENTRO DE INFORMACIÓN 2015 - Instituto Tecnológico de Veracruz

SUBCRETARIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR
TECNOLÓGICA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE VERACRUZ
CENTRO DE INFORMACIÓN
NORMATIVIDAD
2015
DIRECTORIO
M.A. ÁNGEL FRANCISCO VELASCO MUÑOZ
DIRECTOR ENCARGADO
M.S.I. GABRIELA CLAVEL MARTÍNEZ
SUBDIRECTORA DE PLANEACION Y VINCULACIÓN
ING. ADALBERTO TORREBLANCA ZORRILLA
JEFE DEL CENTRO DE INFORMACIÓN
C. RAFAEL ALMENDRA
JEFE DE ORGANIZACIÓN BIBLIOGRÁFICA
ING. DELIO COSS CAMILO
JEFE DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS
JEFE DE SERVICIOS A USUARIOS
COORDINADOR TURNO MATUTINO: FERMIN HERNANDEZ RIVERA
COORDINADOR TURNO VESPERTINO: LUIS FRANCISCO FUENTES
HERNANDEZ
DIRECCION: CALZADA MIGUEL ANGEL DE QUEVEDO # 2779
TELEFONO: (229) 934 1270, 938 1930, 934 1500 EXT. 125
CORREO ELECTRONICO: [email protected]
NORMATIVIDAD DEL CENTRO DE INFORMACIÓN
El Centro de Información pertenece a la Subdirección de Planeación y Vinculación del
Instituto Tecnológico de Veracruz dependiente de la TNM teniendo como:
MISIÓN
Proporcionar servicios bibliotecarios con una mejora continua desde el punto de vista
actitudinal, ambiental, estructural y funcional. Comprometidos con la calidad en el
servicio, áreas de trabajo y materiales para consulta acordes a los programas académicos
del modelo educativo vigente, sustentado en los valores institucionales para la formación
integral de profesionistas competitivos en el ámbito nacional e internacional.
VISIÓN
Unidad orgánica del Instituto Tecnológico de Veracruz, de amplia repercusión académica
con recursos documentales y servicios de información, para impulsar la docencia,
investigación, vinculación y cultura; con tecnologías de vanguardia, ambiente optimo,
personal capacitado, con actitud de servicio, inmerso en un proceso de mejora continua y
equidad acorde al modelo educativo vigente.
VALORES
 Respeto:
El reconocimiento de la dignidad de las personas, así como al comportamiento
que, lo hace patente; se extiende a los bienes y derechos de las personas e
instituciones.
 Actitud
de servicio: El espíritu de realizar acciones aportando el máximo esfuerzo
personal e institucional y reflejándolo en una actitud de brincar siempre, más de lo
que se espera.
 Honestidad:
Comportamiento recto, probo e intachable de todos y cada uno de los
colaboradores de los Centros de Información.
 Lealtad: El
compromiso personal hacia la visión, misión y objetivos comunes.
 Responsabilidad:
La posibilidad de prever los efectos del propios comportamiento y
corregirlo basados en las normas y reglas establecidas, dentro de su ámbito de
competencia.
 Orden: El
conjunto de elementos orientados a un mismo sentido.
 Disciplina:
El conjunto de normas de conducta socialmente aceptadas.
CAPITULO 1
DE LOS HORARIOS DEL SERVICIO
ARTICULO I
I.– El servicio será de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
II.– Durante el curso de verano se dará a conocer mediante un aviso, publicado 3 días
naturales de anticipación el horario de servicios, únicamente el área de circulación.
CAPITULO 2
DE LOS USUARIOS
ARTICULO 2
I. Son usuarios
A) Alumnos del I . T . V .
B) Personal Docente y Administrativo del I . T . V.
C) Usuarios externos.
CAPITULO 3
DE LOS SERVICIOS
ARTICULO 3
I.– Los servicios que ofrece el Centro de Información del I. T. V .son:
SERVICIOS A USUARIOS.
A) Circulación (préstamo interno y externo), reserva, consulta al catálogo en línea.
B) Consulta.
C) Hemeroteca.
D) Sala de lectura con libros propios (área de domo).
E) Cubículos para asesorías y tutorías (individual o grupal); donde los departamentos
académicos son los responsables del programa de asesorías y tutorías conforme al
reglamento de estos servicios.
SERVICIOS ESPECIALIZADOS
A) Sala de servicios virtuales (Sala con servicio de internet, acceso a bases de datos)
B) Sala de Mediateca (Sala con materiales audiovisuales)
C) Espacios para el aprendizaje. (Salas para capacitación, cursos, talleres, conferencias,
seminarios, exposiciones, entre otros)
CAPITULO 4
AREA DE CIRCULACIÓN
PRESTAMO INTERNO
ARTICULO 4
I.– Todos los usuarios pueden utilizar este servicio consultando los libros que se encuentran
en la estantería en el área destinada para ello.
II.– Se podrá hacer uso de los ficheros por computadora para agilizar la búsqueda del
material deseado.
III.– Puede tomar de la estantería aquellos libros que vaya a consultar absteniéndose de
desordenar la estantería. Una vez concluida la consulta deberá colocar los libros en los
carritos distribuidos en el área para ello.
IV.– Mantener Silencio y tan solo si fuese necesario, hablar en voz baja o en cuyo caso se
deberán reubicar al área del domo acondicionada para tal fin.
V.– Utilizar adecuadamente el mobiliario ocupando solo 4 sillas por mesa y procurando no
obstruir los pasillos.
CAPITULO 5
PRESTAMOS EXTERNOS
ARTICULO 5
Este servicio solo se proporciona a:
I.– Alumnos, personal docente y administrativos del I .T. V.
II.– Los usuarios deberán tramitar la carnet de préstamo del Centro de Información para
tener acceso a los Servicios Bibliotecarios.
III.– El servicio es por 5 días hábiles de la fecha de préstamo, pudiendo renovar en dos
ocasiones.
IV .– Se podrá solicitar como máximo 2 libros de títulos distintos.
V.– Al solicitar el préstamo deberán presentar su carnet del Centro de Información.
VI.– No se prestan a domicilio:
A) Los libros especializados, únicos y manuales.
B) Revistas y periódicos.
C) Manuscritos y obras clásicas.
D) Material en proceso de preparación física
E) Tésis, prácticas profesionales y residencias profesionales.
F) Material del INEGI.
VII.– Los libros colocados en la sección de reserva, se prestarán a domicilio a partir de
las 18:00 hrs., debiendo entregarse el día siguiente antes de las 10:00 hrs., en caso
contrario se cobrará multa.
Nota: Las multas se pagarán en la institución bancaria entregando original de la ficha
de depósito al Depto. de recursos financieros y una copia sellada al centro de
información.
VIII.– El usuario deberá devolver el libro a más tardar en la fecha marcada en la hoja de
devolución y sin deterioro alguno.
IX.– Al devolver el libro, el usuario deberá:
A) Dar al encargado su número de control escolar.
B) Verificar la baja del libro correspondiente.
C) Recoger su carnet.
X.– Cualquier persona puede entregar el libro; pero la carnet sólo se entregará al titular
de la misma.
XI.– No se autoriza un nuevo préstamo si se tiene adeudos económicos o de libros.
XII.– Cuando NO se entregue el (o los ) libros en la fecha señalada, se cobrará por día la
multa establecida en la lista oficial de cuotas, por cada libro que se adeude. Si se
reincidiera se cancelará el servicio de préstamo. En base a las Normas del Manual de
Procedimiento de la DGEST de la coordinación del Centro de Información.
CAPITULO 6
SALA DE LECTURA CON LIBROS PROPIOS ÁREA DE DOMO
(INDIVIDUAL Y GRUPAL)
ARTICULO 6
I.– En esta área el usuario podrá hacer uso de la misma, para estudiar o realizar sus tareas.
II.- Esta área está acondicionada para recibir computadoras portátiles y demás equipo
electrónico para poder desarrollar sus actividades de manera adecuada.
III.– Durante su estadía en la sala el usuario deberá cumplir todo lo indicado en la
sección VII de las disposiciones generales de la presente normatividad y guardar los
lineamientos que están en el área.
CAPITULO 7
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 7
I.– Al ingresar al Centro de Información deberá llevar consigo una identificación
actualizada y mostrarla cuando se le solicite.
En el interior del centro, queda prohibido:
A) Usar gorra o sombrero.
B) Vestir con short, bermuda o chanclas
C) Introducir alimentos y bebidas.
D) Usar aparato electrónico reproductor de voz sin audífono.
E) Presentarse con aliento alcohólico.
F) Fumar.
G) Actitud de desorden y palabras altisonantes.
H) El uso audible de celulares, reproductores de música y/o radio.
I) Hablar en voz alta por respeto a los demás usuarios
j) Jugar con lap top, tablets y consoladas.
k) Jugar todo tipo de juegos de azar.
l) Vender todo tipo de alimentos.
CAPITULO 8
ÁREA DE HEMEROTECA
PUBLICACIONES PERIODICAS
ARTICULO 8
I.– En esta sección se puede consultar:
A) Periódicos.
B) Revistas.
C) Tesis
II.–Se podrá consultar el material hemerográfico en sala y para fotocopiado deberá
entregar su carnet actualizada al encargado del área y solo podrán fotocopiarse un
máximo de 10 copias ( por respeto al derecho de Autor).
III.– Al retirarse de esta área
que se solicite.
se debe llenar el formato estadístico con la información
CAPITULO 9
ÁREA DE CONSULTA
ARTICULO 9
I.– En ella se encuentran:
A) Enciclopedias
B) Diccionarios
C) Manuales
D) Publicaciones del INEGI.
II.– En esta área se cuenta con estantería abierta para que el usuario utilice las obras que
requiera , debiendo consultarlas dentro de la misma. Una vez concluida la consulta, deberá
colocar los libros en su lugar correspondiente.
III.– Los libros se prestan para que el usuario los fotocopie
responsable su credencial actualizada.
debiendo entregar al
CAPITULO 10
SALA DE SERVICIOS VIRTUALES
ARTICULO 10
I.– Para otorgar el servicio es necesario presentar y entregar al responsable del área la
Credencial Vigente que acredite ser alumno o personal del ITVER. Y en el caso del
usuario externo presentar una identificación con fotografía actualizada, así como la
documentación que se le solicite.
II.– Los Usuarios serán atendidos por personal del área y esperará que se le asigne el
equipo indicado.
III.– Durante el servicio el usuario debe evitar manipular y alterar la conectividad del
equipo.
IV.- En caso de requerir el uso de un programa en específico, solicitarle al
responsable del área su instalación.
V.– De acuerdo al Sistema de Equidad de Género del ITVER, el usuario durante su
estancia en la sala, debe evitar:
El acceso a WWW con imágenes pornográficas
Al Ingresar a redes sociales y/o páginas personales ver imágenes impropias.
Colocar botellas de agua, refresco o cualquier otro líquido en las mesas con el
equipo de computo.
VI.- Al término del servicio el usuario no apagará el equipo y al salir de la Sala se le
entregará su credencial.
VII.– La Sala de Servicios Virtuales no se hace responsable de los archivos que sean
dejados en los equipos de cómputo.
VII.- Tener presente la sección VII de las DISPOSICIONES GENERALES de ésta
Normatividad.
CAPITULO 11
SALA DE MEDIATECA
ARTICULO 11
I.– Para realizar el uso de este servicio, debe solicitarlo directamente en la Sala de
Mediateca.
II.- Para otorgar el servicio es necesario presentar y entregar, al responsable del área, la
Credencial Vigente que acredite ser alumno o personal del ITVER. Y en el caso del usuario
externo presentar una identificación con fotografía actualizada, así como la documentación
que se le solicite.
III.– Si la sala se encuentra disponible en el momento, deberá llenar el formato de
solicitud.
IV.– El encargado de la Sala le indicará el equipo a usar y hará entrega de los controles
para la manipulación del equipo y material audiovisual.
V.– Durante el uso de la Sala, los usuarios deben evitar consumir alimentos, beber líquidos
y dejar basura fuera del cesto.
VI.– Al termino del servicio se le hará entrega de la credencial retenida, siempre y cuando
el usuario haya entregado en buen estado lo correspondiente al punto IV.
VII- Si el servicio requerido es el apartado de la sala deberá realizarse con 2 días de
anticipación y llenar el formato de solicitud.
VIII.- Tener presente la sección VII de las DISPOSICIONES GENERALES de esta
normatividad.
CAPITULO 12
ESPACIOS PARA EL APRENDIZAJE
ARTICULO 12
I.- Para otorgar el servicio es necesario que se presente el personal docente o administrativo
del ITVER que requiera el uso de estos espacios.
II.– Se deberá realizar el llenado del formato de solicitud para el préstamo de los espacios
para el aprendizaje, en donde se encuentran los lineamientos para el uso de estas áreas.
III.– La reservación del servicio solicitado tendrá una tolerancia de espera de 15 minutos en
caso contrario el servicio será cancelado.
IV.– Si se hace caso omiso de los lineamientos establecidos, se verá limitado el acceso
a este servicio.
CAPITULO 13
LAS FALTAS Y SANCIONES
ARTICULO 13
I.– Las sanciones por infracciones previstas especialmente en la presente
normatividad serán:
A) Amonestación verbal con REPORTE ESCRITO EN SU EXPEDIENTE
B) Sanción económica
C) Suspensión temporal de los servicios bibliotecarios
D) Inhabilitación total
II.– La amonestación verbal puede realizarla el personal del área, los Jefes de Oficina
o el Jefe del Centro de Información, exhortando al usuario acerca de la importancia de
cumplir con lo marcado en esta normatividad, para no afectar a otros usuarios.
III.– Las sanciones económicas serán dadas a conocer a los usuarios por el Jefe del Centro
de Información o por quien él designe.
IV.– La suspensión temporal o la inhabilitación total del servicio puede traer
aparejadas sanciones económicas para el usuario.
V.– Las sanciones serán aplicadas a criterio del Jefe del Centro de Información tomando en
consideración:
A) Gravedad de la falta
B) Reincidencia del usuario.
VI.– El usuario que sea sorprendido sustrayendo o destruyendo material del Centro de
Información será inhabilitado totalmente de los servicios que ofrece dicho Centro y su
caso será turnado a las autoridades escolares para la reparación del daño y determine la
sanción de carácter académico.
CAPITULO 14
ASUNTOS GENERALES
ARTICULO 14
I.- Lo no previsto en la presente normatividad se resolverá a criterio del jefe del centro de
información.
II.- la presente normatividad podrá ser reformada o acondicionada de acuerdo con
los cambios de los servicios que se ofrezcan en el Centro de Información.
III.- Los horarios, servicios, cuotas y multas pueden variar por circunstancias diversas a las
actuales.
IV.- Cualquier sugerencia o queja para el mejoramiento de los servicios que ofrece el
Centro de Información, deberá dirigirse por escrito al jefe mismo, quien atenderá
personalmente el caso y dará respuesta a toda inquietud.