BASES CONCURSO “ABSOLUT NIGHTS CREATIVE MATCH” ARTÍCULO PRIMERO: Objeto.1.1. PERNOD RICARD CHILE S.A., RUT N° 96.777.350-6, con domicilio en Av. Apoquindo 5400, of 2201, comuna de Las Condes, Santiago, en adelante "Pernod Ricard" o “P.R.”, con motivo de su colaboración en el festival Sonar Sound en Chile con su marca Absolut y de beneficiar a sus consumidores, realizará un concurso denominado “ABSOLUT CREATIVE MATCH”, en adelante, el “Concurso”. 1.2. Los términos y condiciones del Concurso se regulan en las presentes bases y condiciones, en adelante las "Bases". 1.3. El Concurso se efectuará entre los días 2 noviembre de 2015 y 30 de noviembre de 2015 hasta las 23:59 pm, ambas fechas inclusive, pudiendo ampliarse dicho plazo por P.R. en el caso de que éste así lo notificare al público, señalándose lo anterior en un Anexo de estas Bases. ARTÍCULO SEGUNDO: Contenido y Mecánica.2.1. Quienes deseen participar en el Concurso deben ingresar desde cualquier dispositivo al sitio web con la URL www.absolutnights.cl 2.2. Una vez que el usuario haya accedido al sitio web www.absolutnights.cl, deberá hacer click en el botón “Participar”, donde se activarán dos opciones para que pueda crear un “Creative Match”. 2.3. El usuario deberá elegir una de las dos opciones de botones: “Crear el Soundtrack para un video” o “Crear el video para un Soundtrack”, ya escogida una opción, se podrá acceder a crear el “Creative Match”. 2.4. En el caso de escoger la opción “Crear el video para un soundtrack”: 2.4.1. Deberá seleccionar el track de música que le guste de la galería que ahí se muestra, luego de haber escogido el track de música debe hacer click en el botón “Continuar”. 2.4.2. Luego el usuario deberá escoger y mezclar los videos que más le gusten y que vayan acorde a la música escogida. Cuando se considere que el video está listo, se debe hacer click en el botón “REC” para que se guarde el material creado. 2.4.3. Para terminar el proceso de creación de “Creative Match” el usuario debe hacer click en el botón “Continuar” y ya habrá creado su “Creative Match” junto al audio de otra persona (que el usuario escogió de acuerdo a lo establecido en el punto 2.4.1 de estas Bases). 2.4.4 Después de haber creado su “Creative Match” se desplegará un formulario que debe completar. Luego de llenar todos los campos solicitados, debe presionar el botón “Enviar” y ya estará participando por los premios. 2.5. En el caso de escoger la opción “Crear el soundtrack para un video”: 2.5.1. Deberá seleccionar el video que le guste de la galería que ahí se muestra, luego de haber escogido el video debe hacer click en el botón “Continuar”. 2.5.2. Luego el usuario deberá escoger y mezclar la música que más le gusten y que vayan acorde al video escogido. Cuando se considere que la música está lista, se debe hacer click en el botón “REC” para que se guarde el material creado. 2.5.3. Para terminar el proceso de creación de “Creative Match” el usuario debe hacer click en el botón “Continuar” y ya habrá creado su “Creative Match” junto al video de otra persona (que el usuario escogió de acuerdo a lo establecido en el punto 2.5.1 de estas Bases). 2.5.4. Después de haber creado su “Creative Match” se desplegará un formulario que debe completar, luego de llenar todos los campos solicitados, debe presionar el botón “Enviar” y ya estará participando por los premios. 2.6. Recibirá un correo electrónico a la casilla de correo que el usuario detalló en el formulario que completó anteriormente. En dicho correo electrónico tendrá adjunto el video “Creative Match” creado por el usuario. 2.7. Si el usuario comparte su video “Creative Match” con el hashtag #AbsolutNights en las redes sociales como Twitter, Facebook o Instagram, tiene mejores oportunidades de ganar premios. 2.8. Los videos, soundtracks y materiales que se creen mediante "Creative Match", serán de propiedad de P.R. ARTÍCULO TERCERO: Premios.3.1. Los Premios, en adelante “Premios”, consiste en tres (3) diferentes categorías; “Categoría: Los que se atreven y comparten” la cual se detalla en el punto 3.1.2; “Categoría: Creativos más populares” la cual se detalla en el punto 3.1.3 y “Categoría: Amantes de Instagram” que se detalla en el punto 3.1.4: 3.1.2. Categoría: Los que se atreven y comparten: Sorteo de 6 entradas dobles a Festival Sonar Sound Chile 2015 y 12 botellas Absolut Electrik (edición limitada), entre los usuarios que creen un video “Creative Match” en la página web www.absolutnights.cl y que este se comparta en redes sociales como Facebook y Twitter con el hashtag #AbsolutNights. Cada ganador (1) se llevará una entrada doble al festival Sonar Sound Chile 2015 y 2 botellas Absolut Electrik. 3.1.3. Categoría: Creativos más populares: Premio de 4 entradas dobles a Festival Sonar Sound Chile 2015 y 8 botellas Absolut Electrik (edición limitada), a los 4 usuarios que hayan creado videos o soundtracks para “Creative Match” en la página web www.absolutnights.cl que hayan sido los más utilizados por otro usuarios. Cada ganador (1) se llevará una entrada doble al festival Sonar Sound Chile 2015 y 2 botellas Absolut Electrik. 3.1.4. Categoría: Amantes de Instagram: Sorteo de 2 entradas dobles a Festival Sonar Sound Chile 2015 y 4 botellas Absolut Electrik (edición limitada), entre los usuarios que creen un video “Creative Match” en la página web www.absolutnights.cl y que este se comparta en la red social de Instagram con el hashtag #AbsolutNights. Cada ganador (1) se llevará una entrada doble al festival Sonar Sound Chile 2015 y 2 botellas Absolut Electrik. ARTÍCULO CUARTO: Entrega del Premio.4.1. Los ganadores serán anunciados semanalmente desde el 9 de noviembre de 2015 hasta el 30 de noviembre de 2015, por medio de correo electrónico y también por medio de nuestras redes sociales. 4.2. La fecha de entrega de los premios: Los ganadores podrán venir a retirar sus premios desde el 9 de noviembre de 2015 hasta el 4 de diciembre de 2015 en la dirección Apoquindo 5400, piso 22, oficina 2201. Los horarios de retiro de premios son desde las 9:00 am hasta las 13:00 pm y desde las 15:00 pm hasta las 18:00 hrs. ARTÍCULO QUINTO: Extensión territorial.5.2. El Concurso se extiende solo en el territorio chileno y por ende solo podrán concursar usuarios que tengan domicilio en Chile. 5.3. Si algún participante alterase su domicilio con el fin de encajar dentro del concurso, éste no será considerado en la misma y quedará exento de participar en el concurso sin derecho a contraprestación o indemnización alguna. ARTÍCULO SEXTO: Restricciones.- 6.1. Solo podrán participar en la promoción personas mayores de 18 años; 6.2. El ganador no podrá exigir su Premio en dinero o en un ticket de cambio para adquirir otro producto; 6.3. Todo gasto en que incurra el ganador del Premio con ocasión y/o con posterioridad a su entrega es de su cargo; 6.4. P.R., más allá de las obligaciones legales de garantía, no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto, daño físico, desgaste o desperfecto ocurrido al Premio con posterioridad a su respectiva entrega. Asimismo, P.R. deja expresamente establecido que para el evento Festival Sonar Sound Chile 2015, no se responsabiliza por pérdida, extravío, robo, hurto, daño físico u otros daños de la misma envergadura que puedan sufrir los ganadores de los Premios en cada una de las categorías ; 6.5. Será responsabilidad de los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar los Premios que reciban al uso goce y destino naturalmente le correspondan, especialmente si su entidad y/o envoltura detalla condiciones especiales de uso, aplicación o destino; 6.6. Los usuarios que participen en este concurso autorizan a P.R. para que, en el evento de resultar ganadores, se publique su nombre completo, número de cédula nacional de identidad con los tres (3) últimos dígitos y dígito verificador incognito y fotografía en los medios de comunicación que P.R. considere conveniente, sólo para efectos del presente concurso, sin derecho a contraprestación y/o indemnización alguna. 6.7. Las personas que participan en este concurso autorizan a P.R. para que éste haga uso de sus datos personales con fines promocionales y/o comerciales. 6.8. Si se produjeran problemas de funcionamiento en la página web www.absolutnights.cl, P.R. lo arreglará en su momento buscando la solución más efectiva. 6.8. Si cualquier persona ganadora del concurso tiene algún inconveniente y no quiere atenerse a las bases del concurso, sea por incumplimiento de estas y/o las fechas determinadas por P.R. de realización de los premios, cada uno de los premios serán otorgados a otro usuario participante del concurso, que haya cumplido las bases, y así consecutivamente hasta que un usuario acceda al cumplimiento de las bases para recibir y realizar los premios. ARTÍCULO SÉPTIMO: Exclusiones.7.1. Quedan excluidos de participar en el concurso, cualquier persona menor de 18 años. 7.2. Quedan excluidos de participar en el concurso, cualquier persona que tenga domicilio fuera de Chile. 7.3. Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución del presente concurso. ARTÍCULO OCTAVO: Actos publicitarios y derechos de imagen.8.1. Los ganadores quedarán a disposición de P.R. para que se efectúen todos los actos publicitarios que estime conveniente. El ganador que no acepte esta condición, perderá en forma inmediata su derecho al premio, sin derecho a acción o reclamo alguno. 8.2. Una vez conocida la identidad de los ganadores, P.R. estará facultada para comunicar su identidad, grabar, filmar y fotografiar a los mismos para que sus imágenes puedan ser exhibidas en cualquier medio de comunicación social y por cualquier medio digital, con fines comerciales y/o publicitarios. 8.3. El solo hecho de que el usuario acepte estas condiciones, habilitará a P.R. para divulgar sus imágenes y sus nombres como ganadores en la forma que estime conveniente. Sin perjuicio de lo anterior, por el sólo hecho de participar en el Concurso descrito en estas Bases y por aceptarlas, el usuario autoriza en forma expresa en tal sentido a P.R., por lo que en cualquiera de éstos eventos P.R. estará facultado para comunicar las identidades de los ganadores grabar, filmar y fotografiar a los mismos, y para exhibir tales grabaciones, filmaciones o fotografías en cualquier medio de comunicación social y por cualquier medio digital, incluyendo Internet. 8.4. Asimismo, P.R. estará facultado para entregar privadamente el premio sin publicación del nombre de los ganadores y de los ganadores. Es condición indispensable para recibir el premio que los Participantes ganadores otorguen su consentimiento para que su identidad, su voz, las imágenes filmadas y /o las fotografías tomadas sean divulgadas, si P.R. lo dispusiere, sin que los Participantes ganadores puedan reclamar exclusividad ni cobrar derecho alguno por su exhibición o reproducción por cualquier medio. Los ganadores no recibirán pago alguno por estos conceptos, y deberán prestar toda su colaboración para su obtención. 8.5. Por último, los ganadores ceden los derechos de imagen de sus videos para que P.R. pueda usarlas en cualquiera de los canales de comunicación y publicación que estime necesario, sin derecho a los participantes ganadores a recibir ningún tipo de regalía o contraprestación. ARTÍCULO NOVENO: Exención de Responsabilidad.- 9.1. P.R. no se responsabiliza por daños a terceros derivados de la manipulación y/o uso que se realice de los Premios. 9.2. Por el solo hecho de participar en el Concurso, los ganadores liberan a P.R. de cualquier responsabilidad o pago que se pudiere generar en contra de ésta por su actuar en contra de terceros o bienes y se obligan a indemnizarla por cualquier pago que ésta debiere hacer por su culpa o negligencia. 9.3. Asimismo, P.R. no se responsabiliza de las posibles pérdidas de datos por problemas de correo electrónico y/o por el mal funcionamiento de las redes sociales. 9.4. Además se excluye a P.R. de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que, a pesar de las medidas de seguridad adoptadas, pudieran deberse a la utilización indebida de los servicios y de los contenidos por parte de los ganadores, y, en particular, aunque no de forma exclusiva, por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la suplantación de la personalidad de un tercero efectuada por un usuario en cualquier clase de comunicación realizada a través de redes sociales. ARTÍCULO DÉCIMO: Disposiciones Finales.10.1. Conocimiento de las bases del concurso: Se entenderá que toda persona que participe en el concurso ha conocido íntegramente estas bases. 10.2. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del concurso, P.R. podrá modificar su duración, lugar y fechas del concurso, Premios y demás características y condiciones del mismo, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicar las siguiente bases. Asimismo, cualquier otra decisión adoptada por P.R. respecto de cualquier asunto no previsto en estas Bases, tendrá el carácter de definitivo e inapelable. 10.3. Reserva de acciones: P.R. se reserva el derecho de iniciar las acciones legales o eliminar del proceso del concurso a cualquier usuario, en caso de detectar irregularidades durante el concurso, incluyendo pero no limitando a falsificación o adulteración de datos y utilización de medios fraudulentos en los videos o soundtracks creados para "Creative Match" en la página web www.absolutnights.cl y su posterior utilización por otros usuarios de acuerdo a lo establecido en la categoría de premio "Creativos más populares", cuestión que será constatada única y exclusivamente por P.R. 10.4. Solución de controversias: Para el caso de dudas o divergencias en la aplicación de las presentes Bases, corresponderá a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Santiago de Chile. P.R. se reserva el derecho a iniciar acciones legales que proceden en caso de detectar irregularidades durante el Concurso. 10.5. Personería: La personería de don Juan Miguel Casellas Perrot, para representar a Pernod Ricard Chile S.A., consta en escritura pública de fecha 29 de julio de 2014 otorgada ante el Notario Público de Santiago don Sergio Carmona Barrales. 10.6. Publicidad de las presentes Bases: Se deja constancia que copia del presente documento será protocolizado en la Notaria de Santiago de don Patricio Zaldívar Mackenna y disponibles para su consulta en las dependencias de Pernod Ricard, ubicadas en Avenida Apoquindo 5400, oficina 2201, comuna de Las Condes, y en la página de Internet www.absolutnightsballantinesrecords.cl.
© Copyright 2025