bloque de diputados justicialistas

BLOQUE DE DIPUTADOS JUSTICIALISTAS
LEGISLATURA DE JUJUY
Garriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy
San Salvador de Jujuy,25 de marzo de,2015
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Al Señor
Presidente de la LEGISLATURA DE JUJUY.
Dr. GUILLERMO JENEFES.SU DESPACHO
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de solicitar
tenga a bien disponer, de acuerdo al Reglamento de la Legislatura de Jujuy, dar
entrada al siguiente
Proyecto de Ley DE RECONOCIMIENTO
CONVOCADOS
HISTÓRICO
y MOVILIZADOS
A
TODOS LOS SOLDADOS
JUJEÑOS
EN LA
GUERRA DE MALVINAS,
que se adjunta con la presente, compuesto de ocho (8)
fojas útiles, (incluyendo antecedentes y nota de presentación) para ser tratado en la
próxima Sesión Ordinaria.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarlo a Ud.
con atenta consideración.
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IPUTADA PROVINCIAL
LOQUE JUSTICIAlISTA
Legislatura de Jujuy
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PROYECTO DE LEY
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Insisto un año más con el siguiente proyecto de ley, que intenta devolver
algo de dignidad a un grupo de argentinos que lucharon por la patria, a quienes no
se les ha reconocido el gran acto de honor realizado en nombre de todos.
1. De la Guerra de Malvinas.
Mucho se ha escrito e investigado en el mundo acerca de las consecuencias
dañosas
que
sufren
discapacidades,
los sobrevivientes
de una guerra
que
suelen
padecer
estigmas y secuelas a lo largo de toda su vida, sin perjuicio de los
efectos adversos que padece su grupo familiar y social más cercano.
Tan cierto es ello que la mayoría de los países considera un deber moral y
cívico reconocer social e institucionalmente
en tal denominación
a sus veteranos de guerra, incluyendo
a quienes lucharon en el teatro de las operaciones militares
como a todos aquellos que fueron convocados y movilizados
para prestar apoyo
logístico en la zona de despliegue militar, como sostén directo de las acciones de
combate.
La ley 24.668 que adhiere a la Convención de Ginebra del 12 de Agosto de
1942, la cual considera
"combatiente"
al que porta armas y a los soldados
convocados sin rol de combate que responde a una de las partes del conflicto. Con
el deber
de proteger
el territorio
nacional,
estos
conscriptos
bajo bandera,
convocados, movilizados y notificados, han servido a la patria desde los distintos
cuarteles y defensas de fronteras, preparándose para concurrir al lugar de combate
en el momento
que fuera necesario.
Por esta razón vivieron también
bajo el
régimen militar que dictaba el decreto 999 del 25 de marzo de 1982 del Poder
Ejecutivo Nacional de Facto.-
Aún cuando a todos ellos el Derecho Internacional
rango de veteranos excombatientes,
Público les reconoce el
en nuestro país es disímil el reconocimiento
que han logrado los actores y partícipes del conflicto bélico de 1982.
2. De la Guerra de Malvinas. Consecuencias.-
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La Guerra de Malvinas es un capítulo muy polémico de nuestra historia
reciente. Las causas o motivos que llevaron al país a la guerra son tantos como
divergentes
son las opiniones
de quienes
han abordado
el tema desde
los
diferentes ángulos (diplomático, político, estratégico, militar, social, cultural, etc.).
Algunas investigaciones
indican que tal vez la falta de justificación
de las
causas y el resultado, militar y político, de ése episodio histórico han constituido un
obstáculo para que afrontemos debidamente sus consecuencias.
El
propósito
consecuencias
de
éste
proyecto
es,
precisamente,
adentrarse
en
las
de la guerra y no en sus causas. La función legislativa, sabemos,
se desenvuelve en el presente .para regular conductas futuras, mediante "normas
jurídicas que serán actuadas conforme a los principios de solidaridad
y justicia
social, en procura del bien común" (Art. 1 Inc. 2° de la Constitución Provincial).
Bajo esa premisa,
es oportuno
resaltar
que la principal
y más grave
consecuencia de toda guerra es el daño que sufren las personas que cumplieron la
orden impartida por el Estado de ir a defender su soberanía, sea que hubieren
entrado en combate o no.
En otras palabras, los conflictos y las guerras dañan y destrozan a personas,
a sus familias, al entorno comunitario, más allá del impacto cultural y ambiental que
ocasionan, como consecuencia de una orden emanada de autoridad estatal.
3.- De los Veteranos de Guerra de Malvinas. Reconocimiento
Histórico.-
Bajo el concepto del título en este proyecto se incluye todas las disímiles
situaciones de ex soldados, conscriptos, convocados y movilizados y/o al personal
de cuadro (oficiales y suboficiales) que estuvieron bajo bandera durante el conflícto
del Atlántico Sur desarrollado entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982, sea que
hubieren entrado en combate o no por la recuperación
de las Islas Malvinas,
sirviendo a la patria en la protección del territorio nacional.
Hoy por hoy, ante los nuevos
Malvinas, es inconcebible
hechos
acontecidos
por nuestras
que no se haya hecho un reconocimiento
Islas
a nuestros
combatientes.
Deviene entonces en un acto de justicia reconocer el rango de Veteranos de
Guerra de Malvinas a quienes lucharon en el Teatro de Operaciones
(TOM), el Teatro de Operaciones
del Atlántico
Malvinas
Sur (TOAS) como a todos los
militares que fueron convocados y movilizados para prestar apoyo logística en TOS
o Zona de Despliegue Continental, que comprende las bases o unidades militares,
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terrestres, navales y aéreas que, estando en el territorio continental, formaron
parte de las unidades que fueron desplegadas en el TOM y en el TOAS.
A todos ellos la Provincia les adeuda un reconocimiento
público de carácter
moral, que en justicia se merecen y que tiene que otorgarles
niveles de vida
dignos, de inserción en el mercado laboral y posibilidades de contención social.-
4.- Registro Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas.Hasta el presente se han efectuado diversos intentos de reunir información
completa
y veraz
acerca
de los jujeños
que intervinieron
en los diversos
escenarios (TOM, TOAS y TOS) de la guerra de Malvinas. Sin embargo, aún no
está oficialmente
identificarlos
reconocido
un listado de actores
y participes
para relevar su situación personal, familiar,
que permita
laboral etc. en forma
periódica y contribuir a su bienestar.
La habilitación
de un Registro
Provincial
de Veteranos
de Guerra de
Malvinas, es de gran utilidad para el diseño de una política pública específica de
inclusión y de reconocimiento
que permita al Estado Provincial hacerse cargo de
la sentida deuda social aún existente con los jujeños sobrevivientes
del conflicto
bélico.
La misión del Registro está centrada en el cruzamiento de información con
las diversas esferas públicas involucradas en la cuestión (Ministerio de Defensa,
Estado
Mayor
asociaciones
Conjunto
de
las
Fuerzas
Armadas,
ISSJP-PAMI,
ANSES,
de veteranos de guerra, etc.) para contar con todos los elementos
necesarios y dotarlo de precisión.
5. Daños en la Salud. Cobertura Médico Asistencial..
La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que la guerra es un
suceso extraordinario que siempre deja, como secuela, daños físicos, psíquicos y
sociales tanto en quien la protagoniza como en su entorno familiar.
La vida de quien, a los 18 años, es llevado a una guerra queda marcada.
Hay un antes y un después en la salud, en los vínculos sociales y una carga
emocional y psicológica que mantiene imborrables las huellas de las experiencias
vividas.
A pesar de haber estado poco tiempo en conflicto bélico (74 días) las
consecuencias
físicas y psíquicas de los ex soldados son muchas, por haber
estado "expuestos a hambre o frío (86%), bombardeados,
agua (72%), explosivos
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(64%), esfuerzos fisicos (66%), ruidos (81%), a riesgo de muerte (84%)" (sg
Silva, María Alejandra, ensayo Salud de los veteranos de Guerra de Malvinas, VIII
Ciclo Anual de Ateneo
Patológico
Comparada,
Museo Provincial
de Ciencias
Naturales F. Ameghino, Santa Fe, 2006)
Las patologias
carácter, sentimientos
psíquicas asociadas a las guerras van desde cambios de
de frustración
y discriminación,
depresión,
trastornos del
sueño, trastornos de la memoria, episodios de "fuga", desajuste e inestabilidad
emocional, baja autoestima, hasta el suicidio (cifras extraoficiales
más de 400 casos en la posguerra,
dan cuenta de
mientras que en la guerra murieron 649
argentinos).-
Se estima que hubo 1300 heridos en Malvinas (Clarke, Ghisiglíeri y Sarno,
Construyendo la memoria con historias de ex combatientes
de Historia Bonaerense,
de Malvinas, Revista
2006) que sufrieron diferentes tipos de discapacidad
y
amputaciones, lesiones físicas (70%), incapacidad motora (4,1%), sordera (2,3%),
etc.
Las secuelas psiquicas y físicas repercuten directamente en la dificultad de
inserción laboral, tanto es así que se calcula que existe un 70% de desocupados
entre los veteranos de guerra de Malvinas.-
Por su parte, la Constitución Provincial establece que todos los habitantes
de la Provincia gozan del derecho a la salud y a su protección (Art. 21 Inc. 1°).
También dispone que el concepto de salud será entendido
de manera amplia
partiendo de una concepción del hombre como una unidad biológica, psicológica y
cultural en relación con su medio social (idem, inc. 2°) Asimismo estipula que el
Estado tiene a su cargo la promoción, protección, reparación y rehabilitación de la
salud de los habitantes (Art. 69 inc. 2° de la C. Pcial). Por otro lado la Provincia
tiene a su cargo la obra social pública (Instituto de Seguros de Jujuy) que provee
cobertura medico asistencial a los empleados del Estado Provincial y Municipal.-
La salud es reconocida como un derecho humano fundamental y a la luz de
lo expuesto, vemos que el acceso a la misma se encuentra restringido para los
veteranos jujeños de guerra de Malvinas.-
De allí la propuesta de ley que promovemos
Provincial
a que
podamos
saldar
las deudas
cumpliendo con la obligación constitucional,
instando al Poder Ejecutivo
que tenemos
con quienes,
prestaron servicios a la Patria y aún
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no recibieron un merecido reconocimiento histórico.
Como dice la Periodista, Luz García Hamilton en una columna de la Historia
Paralela,
en enero
del
2007,
"Han
pasado
25 años
de aquella
guerra
inexplicable
en la que nos pusieron de cara frente a una poderoso ejecito
ingles
desplegaba
que
su artilleria
y mataba
soldados
a granel.
Que
sufrimiento. No habiamos asimilado el dolor de una guerra - mejor dicho de
una guerrilla - que nos inundo de pólvora, de muertos, de espanto y que 30
años, después sigue haciendo estragos ya que en el plano moral de los
argentinos, para que el entonces Presidente Galtieri decidiera enviar a esos
jóvenes a recuperar Malvinas.Los jóvenes
inclemencias
oficiales,
los soldados,
los voluntarios,
de un clima riguroso al que no estaban
sufrieron
acostumbrados,
las
el
hambre, el desarraigo, la humillación la impotencia de ver a sus compañeros
del General Belgrano morir diseminados en las frías aguas del sur. Muchos
dejaron
sus vidas
alli, otros volvieron
mutilados,
trastornados,
TODOS
merecen nuestro respeto y nuestra más absoluta consideración.Pero valientes
los argentinos
"ofrecieron
batalla"
como
pudieron,
haciendo gala de su patriotismo, de su lealtad a la patria, de la subordinación
con la que fueron formados para cumplir órdenes sin chistar, para defender a
los Argentinos y a la Argentina, para lucir orgullosos "la celeste y blanca".
La batalla se perdió, obviamente, porque no estábamos en igualdad de
condiciones.
Pero quedaron los héroes de Malvinas, tantas veces olvidados
en un país donde el honor vale poco".
No es el momento para cuestionamos
reconocimiento
los motivos de la tardanza en el
a este colectivo de ciudadanos sino la oportunidad
histórica que
nos interpela para aunar las voluntades y los consensos en pos de avanzar hacia la
toma de una decisión política reparadora.
Propongo
a través de este proyecto de ley,' otorgar
un reconocimiento
histórico a todos los soldados Jujeños, Bajo Bandera, Convocados y Movilizados,
que durante el conflicto bélico entre la República Argentina y el Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982 que
prestaros servicio como apoyo táctico y logístico en el ámbito del territorio Nacional
Argentino. Tal como lo acaba de hacer la Provincia de Santa Fe mediante Ley
13.421.-
Por ello solicito a mis pares me acompañen en la sanción del presente
proyecto de ley.
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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY
SANCIONA LA SIGUIENTE LEY
DE RECONOCIMIENTO HISTÓRICO A TODOS LOS SOLDADOS JUJEÑOS
CONVOCADOS Y MOVILIZADOS EN LA GUERRA DE MALVINAS
Articulo
1°: El Gobierno
de la Provincia de Jujuy otorgara
un reconocimiento
histórico a todos los soldados Jujeños, Bajo Bandera, Convocados y Movilizados,
que durante el conflicto bélico entre la República Argentina y el Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982 que
prestaros servicio como apoyo táctico y logístico en el ámbito del territorio Nacional
Argentino.-
Artículo 2°: Los ciudadano s comprendidos en el artículo anterior deberán acreditar
dicha condición con la siguiente documentación:
Servicio Militar Obligatorio
a) Certificado de cumplimiento del
(Ley 17.531); o b) Documento
Nacional de Identidad
suscripto por la autoridad militar.-
Artículo 3°: El reconocimiento
una
Medalla
condecoraciones
consistirá en la entrega de un Diploma de Honor y
Conmemorativa.
En
caso
de
fallecimiento
del
titular,
tales
serán recibidas por sus derechohabientes.-
Artículo 4°: La medalla será de acero, en cuyo anverso lucirá el nombre y apellido
del soldado y la leyenda: "2 de abril - 14 de Junio de 1982" y en el reverso el
Escudo Oficial de la Provincia de Jujuy.-
Articulo 5° Las condecoraciones
serán de una sola y única clase para todos los
ciudadanos comprendidos en el artículo primero.-
Artículo 6°: El Poder Ejecutivo articulará las medidas conducentes a los efectos del
otorgamiento de los beneficios que se deriven de la presente ley.-
Artículo 7": El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 90 días
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de su promulgación.-
Artículo 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
LEGISLATURA
____
~_E_N_V_IO_E-X-P-E-D-IE-N-T-E---M-E-S-A-D-E-E-.
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301-DP-15
Enviado
DE JUJUY
por MASTRI\NDREI\,
P_A_R_L_A
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Forma
/1
SALA DE LAS COMISIONES
SILVIA
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el
26/03/2015
a las 08:50:17
SILcJu - SISTEMA INFORMATICO - Pg. 6/6
PROYECTO
DE LEY
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