ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS Escuela para Auxiliares de Enfermería San Rafael BOGOTÁ | COLOMBIA MANUAL DE CONVIVENCIA ESTUDIANTIL FORMACIÓN INTEGRAL Y HUMANIZADA POR COMPETENCIAS CONSEJO DIRECTIVO Fray Juan Carlos Tovar Huertas. Superior Provincial Orden Hospitalaria de San Juan de Dios Representante legal de la Escuela. Doctor Carlos Vicente Rada Escobar. Director Provincia Colombiana de Nuestra Señora del Buen Consejo Orden Hospitalaria de San Juan de Dios Olga Jeanet Céspedes Cas llo. Directora Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” Mónica Irene Montaña Arévalo. Enfermera Docente Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” Angela Viviana Salazar Tafur. Enfermera Docente Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA “SAN RAFAEL” Acta No. 011 de 2014 DEL CONSEJO DIRECTIVO Por la cual se modifica el Manual de Convivencia Estudian l El Consejo Direc vo de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” En uso de sus facultades y: CONSIDERANDO Que la Ley General de Educación 115 del 09 de febrero de 1994 en sus ar culos 73, 87 y 96, el Decreto 1860 de 1994 en su ar culo 17,ar culo 25 cumplimiento de obligaciones económicas y tarifas educa vas, ley 1620 de 2013, Decreto 2253 de 1995, establecen los mecanismos y el procedimiento para la elaboración, aprobación y aplicación de los Manuales de Convivencia en los Centros Educa vos. Que en el Manual de Convivencia de la Ins tución se definirán claramente los derechos y deberes de los alumnos, así como el procedimiento para su aplicación. Que como parte del proceso de evaluación y fortalecimiento con nuo del proyecto Educa vo Ins tucional, se requiere la actualización del Manual de Convivencia como respuesta a los cambios, necesidades de la comunidad y legislación vigente. Que en el Manual de Convivencia se definirán los procedimientos para resolver los conflictos individuales o colec vos que se presenten con los miembros de la comunidad educa va. Que la legislación escolar colombiana determina los aspectos que debe contemplar el Manual de Convivencia y la jurisprudencia de la Corte Cons tucional le asigna al mismo el carácter de fuerza jurídica vinculante. Que es función del Consejo Direc vo expedir los reglamentos que sean necesarios para el funcionamiento de la Ins tución, conforme a los lineamientos de la Orden Hospitalaria. 4 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL RESUELVE: Ar culo 1º Modificar el Manual de Convivencia de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, de la ciudad de Bogotá, a solicitud de los Consejos Direc vo, Académico y Disciplinario, como resultado de un trabajo integrado, con núo, ac vo y concertado entre los diferentes estamentos de la comunidad educa va. Ar culo 2º Promulgar y explicar el Manual de Convivencia aquí modificado y adoptado, en reuniones con los miembros de la comunidad educa va y entregar un ejemplar a cada estudiante en su proceso de inducción ins tucional. Ar culo 3º El presente Manual de Convivencia empieza a regir a par r de 2 de Febrero de 2015. Aprobado por el Consejo Direc vo. 5 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL PRINCIPIOS INSTITUCIONALES Dentro de los pilares de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, es fundamental dar a conocer los valores é cos, morales y sociales en los que se fundamenta la filoso a juandediana, así como brindar una enseñanza basada en estos a toda la comunidad educa va. No obstante, al interior de la Ins tución se han establecido siete principios que favorecen al desarrollo integral de quienes están inmersos en la Escuela y facilitan el cumplimiento de las normas básicas de comportamiento: Ÿ Respetar las ideologías, creencias y culturas de todas aquellas personas que pertenecen o interactúan con la Ins tución Ÿ Actuar de manera honesta y responsable frente al manejo de la información, materiales, instalaciones, personas y demás recursos pertenecientes a la Ins tución. Ÿ Enfocar nuestros conocimientos, ap tudes y servicio, a la atención y cuidado de todo aquel que solicite ayuda. Ÿ Ejercer con calidad, é ca y humanización, en cada uno de nuestros campos de acción Ÿ Estar a la vanguardia de los avances cien ficos, tecnológicos y de humanización que garan cen la calidad en el servicio al usuario Ÿ Colaborar en la promoción, cumplimiento y divulgación de la filoso a de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios. Ÿ Ser imagen, representante y divulgador de los programas y calidad educa va de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael.” VALORES INSTITUCIONALES Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Compromiso Disciplina Hones dad Respeto Responsabilidad Solidaridad Transparencia 6 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL QUIÉNES SOMOS MISIÓN La Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” de Bogotá, como Ins tución Educa va enfocada en el desarrollo humano, a través de la formación técnica, disciplinaria y convivencial, basada en competencias, en el aprendizaje significa vo y en principios juandedianos como la é ca, calidad, eficiencia y la humanización, capacitará personas a nivel nacional, para brindar un cuidado oportuno y seguro al paciente, familia y comunidad. VISIÓN Para el 2019, la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” de Bogotá será reconocida como la Ins tución educa va para el desarrollo humano más exitosa y líder en el mercado de la formación por competencias de auxiliares en salud, logrando un mayor impacto cien fico, tecnológico y metodológico en el sector a nivel nacional y diferenciándonos de otras ins tuciones por la calidad de nuestros egresados y el carisma de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios. 7 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL POLÍTICA DE CALIDAD La Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, pertenece a la Orden Hospitalaria de San juan de Dios, comunidad católica con carisma hospitalario. Es una ins tución de educación para el trabajo y desarrollo humano dedicada a la formación del talento humano en salud, con elevadas competencias técnicas y humanas, con principios é cos y morales como respeto, solidaridad, acogida profesional y hospitalidad; que son transmi dos a través del carisma juandediano, enmarcados en el ejercicio de la humanización desde la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad y en la atención a los enfermos, familia y comunidad. OBJETIVOS DE CALIDAD 1. Preparar con excelencia al estudiante en enfermería desarrollando las competencias laborales, para atender las necesidades del sector produc vo y social ejecutando acciones en los diferentes niveles de atención en salud con un perfil integral con alto grado de calidad y humanismo. 2. Es mular el desarrollo intelectual para comprender e interpretar las necesidades del sector salud con el fin de que aplique durante el proceso de formación ac vidades de promoción, prevención, detección, tratamiento y rehabilitación oportuna en alteraciones de los diferentes sistemas en los diversos grupos etareos. 3. Formar y capacitar estudiantes honestos, é cos, conocedores de su ciencia y dedicados a su ocupación, desarrollando en ellos ac tudes, habilidades, conocimientos y destrezas necesarias para desempeñar acciones correspondientes a la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, tratamiento y rehabilitación del ser humano. 8 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS CURIA PROVINCIAL CONSEJO SUPERIOR CONSEJO DIRECTIVO DIRECCIÓN DE ESCUELA DOCENCIA AUXILIAR ADMINISTRATIVO CONSEJOS INSTITUCIONALES CONSEJO DISCIPLINARIO CONSEJO ACADÉMICO 9 CONSEJO DE PASTORAL Y BIENESTAR ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL SÍMBOLOS DE LA ESCUELA Himno El himno de la Escuela fué escrito por el ex alumno Alfonso Quintero Quintero de la promoción 38, en el año de 1998 y fué adoptado a par r del año 1999. Himno de la Escuela Una voz me llama a dar mi vida al servicio del enfermo, el pobre, triste o necesitado, esperanza que nació de nuestro Santo San Juan de Dios. Somos jóvenes, luchando por la vida, encontrándole un sen do a la existencia, aprendiendo a amar en las dolencias (3). No estamos solos, un ángel con nosotros siempre fiel y en el camino contamos con nuestro Arcángel San Rafael. Gracias, Escuela de mi alma, por darme tu sabia enseñanza, me guiaste hacia el camino de Jesús, el Buen Samaritano de la Cruz, que hace todo por darnos salud. 10 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL Bandera La bandera busca destacar el nombre de San Juan de Dios a través de la combinación de los elementos gráficos, el color blanco es símbolo de autocuidado, limpieza, pureza y apoyo frente al otro, persona, familia e interacción, contacto transparente y respetuoso con su vida espiritual, su corporalidad, sus sen mientos y experiencias de vida al es lo de San Juan de Dios. En cuanto a la interacción de los colores, el blanco y el azul celeste, recuerdan para el estudiante de enfermería, el equilibrio entre el amor y reflexión, entre la delicadeza del cuidado y la competencia técnica. Escudo Actualmente el escudo de la Escuela es el mismo de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, el cual está inspirado en la ciudad de Granada, dónde Juan Ciudad fundó un hospital para asis r a los enfermos de la época que deambulaban por las calles sin asistencia médica y bajo extrema pobreza. Su forma representa la granada un fruto propio de España que fue entregado por el niño Jesús a San Juan de Dios, cuando se dirigía hacia la ciudad de Granada a ejercer su misión. El fruto abierto, expresa la necesidad de expandir el amor de Dios entre todos y la cruz que la corona, nos recuerda que no hay amor sin sacrificio. Cada una de las semillas representa a los hermanos de la Orden y a todos los colaboradores que en equipo e integración se vinculan a los proyectos médicos y sociales bajo el carisma de la hospitalidad. El color azul celeste, que acompaña la pogra a representa la hospitalidad y denota confianza, estabilidad, que se asocia con el conocimiento cien fico. Es el color de la espiritualidad y el orden, así como el símbolo del trabajo. 11 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL Oración Fué fruto de la convocatoria realizada entre los estudiantes de la promoción 48 en agosto de 2001 en ocasión de la celebración del XXVII aniversario de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, donde se tuvo en cuenta: universalidad de la oración, la acción de gracias, la pe ción hecha a Dios y el contenido de la espiritualidad de la Orden Hospitalaria San Juan de Dios. Esta convocatoria fue ganada por los alumnos Diana Gua bonza, Débora Fonseca, Claudia Camacho, Johanna Herrera y Andrea Montoya. Señor: Damos gracias por tu amor, por brindarnos la oportunidad de llegar a formar parte de esta gran familia de la fraternidad de San Juan de Dios, guiados por nuestro Arcángel San Rafael que nos dio como ejemplo: valor, confianza, bondad y sabiduría a nuestra vocación. Te pedimos Señor que bendigas e ilumines nuestro entendimiento y todo nuestro ser para que brote un servicio humanizado hacia todo aquel que necesite cuidado. 12 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL GENERALIDADES FUNDAMENTOS Y JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA El Manual de Convivencia Estudian l de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” de la OHSJD; es una herramienta norma va que contribuye a la regulación de las relaciones de los estudiantes entre sí y con los demás miembros de la comunidad educa va. La convivencia es un elemento central de la formación humana integral, por ello es conveniente comprender su naturaleza y dinámica propia dentro y fuera de la ins tución escolar, así como en los campos de prác ca. La convivencia es un efecto de las relaciones entre los integrantes de un grupo humano. En la ins tución educa va esta dinámica se genera por la influencia cultural del medio social y por las relaciones propias entre los miembros de la ins tución educa va, relaciones que adquieren sus propias especificidades por darse dentro de una sociedad par cular: la comunidad escolar. En esta comunidad, como en cualquier otro colec vo humano se dan relaciones forma vas de compe vidad y de cooperación, muy propias del juego de intereses par culares de las personas y de los grupos que interactúan dentro de la vida social, académica y laboral de la ins tución educa va. PERFIL Y CALIDAD DEL ESTUDIANTE DE LA ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA “SAN RAFAEL” El estudiante, estando su matrícula vigente en cualquiera de las promociones deberá cumplir el perfil establecido por la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” con el siguientes requisito: Ÿ El aspirante debe haber cumplido mínimo 16 años y haber aprobado noveno grado. Durante el proceso desarrollado por los aspirantes se evalúan algunas competencias que conforman el perfil de aspirante entre ellas encontramos: 13 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 1. Las competencias básicas: siendo estas las que le permiten al estudiante comunicarse, pensar en forma lógica y u lizar las ciencias para conocer e interpretar el mundo. Son evaluadas mediante pruebas escritas que miden aspectos como los siguientes: Ÿ Resolución de procedimientos que requieren comprensión lógico matemá ca. Ÿ Comprensión de lectura. Ÿ Conocimientos básicos en biología. 2. Las competencias ciudadanas: comprendiéndolas como las que habilitan a los jóvenes para la convivencia, la par cipación democrá ca y la solidaridad; evaluadas mediante la aplicación de herramientas de po psicológico y la entrevista personal orientadas a conocer aspectos como los siguientes: Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Habilidades sociales básicas. Resolución estructurada frente al planteamiento de un problema Postura frente al entorno. Respuestas inmediatas ante situaciones planteadas de enfermería Capacidad de asociación. Parágrafo: La Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” gozará de plena autonomía y facultad para dar por terminado el proceso de admisión o el contrato de servicio educa vo, en caso de ser comprobada cualquier irregularidad. 14 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL CAPÍTULO I PROCESO DE INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 1. INSCRIPCIÓN: Es el acto mediante el cual el aspirante solicita admisión a un programa de formación. ARTÍCULO 2. REQUISITOS: Para iniciar el proceso de inscripción a la Ins tución se deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Haber cumplido 16 años 2. Haber cursado y aprobado noveno grado de educación básica. 3. Cancelar los derechos de inscripción, cuyo valor en ningún caso es reembolsable. 4. Fotocopia del documento de iden dad. ARTÍCULO 3. SELECCIÓN: 1. Presentar el exámen general de competencias 2. Aprobado el examen anterior, el aspirante deberá presentar la entrevista con el profesional asignado por la Ins tución; después de su aprobación se inicia el proceso de matrícula. ARTICULO 4. ADMISIÓN: Es el acto por el cual la persona adquiere el derecho de ingresar al programa de formación. PARÁGRAFO: En desarrollo de la autonomía Ins tucional, nos reservamos el derecho de admisión de los aspirantes. CAPÍTULO II PROCESO DE MATRÍCULA ARTÍCULO 5. MATRICULA: Es un acto voluntario mediante el cual el aspirante admi do se registra como estudiante de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”. 15 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 1. El estudiante y acudiente al firmar EL CONTRATO DE MATRICULA, formaliza la vinculación al servicio educa vo que ofrece la escuela y es compromiso bilateral a las obligaciones legales y pedagógicas haciendo efec va la prestación del servicio educa vo, obligaciones que son correla vas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes de la educación. 2. El educando debe asis r a la Escuela y cumplir con las pautas definidas y establecidas en el Proyecto Educa vo Ins tucional (PEI) y en el Manual de Convivencia. 3. El compromiso por partes de padres y/o acudientes pagar oportunamente el costo del servicio educa vo dentro de los términos establecidos. 4. Por parte de la Escuela impar r la enseñanza contratada y proporcionar la mejor calidad y la con nuidad del servicio. 5. La matrícula es un contrato bilateral que formaliza la vinculación del estudiante a la Ins tución. 6. El proceso de matricula se formalizará mediante la firma del contrato de servicio educa vo, para lo cual deberá presentar los siguientes documentos: Ÿ Documento de iden dad. Ÿ Cer ficado de noveno grado aprobado. Ÿ Diploma y acta de grado (si es bachiller). Ÿ Cer ficado de afiliación a EPS y/o SISBEN con vigencia no mayor a un mes. Ÿ Cer ficado médico de su EPS y/o SISBEN. Ÿ Libreta militar (según corresponda). Ÿ Cer ficado de vacunas (Hepa s B y tétano), varicela opcional. Ÿ Recibo de pago y/o crédito autorizado por en dad financiera. Ÿ Cancelar el valor correspondiente a dos pólizas: Accidentes Escolares y/o de riesgo Biológico y Responsabilidad Civil en la secretaría de la Escuela. 7. Según lo pactado con la Ins tución se cancelará de manera con nua el monto correspondiente al semestre académico, el cual puede pagarse en su totalidad de manera an cipada o por mensualidades dentro de los 15 primeros días del mes. 8. Los valores referentes al costo de cada uno de los conceptos, serán modificados conforme a la Ley vigente. 16 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ARTÍCULO 6. REEMBOLSOS El estudiante que re re la matricula por algún mo vo y/o circunstancia mayor, tendrá derecho a la devolución parcial del valor pagado de acuerdo a las siguientes consideraciones: Ÿ El 75%, si el re ro se produce antes de la iniciación de clases del periodo académico correspondiente y mediante solicitud formal a la Escuela para tramites financieros per nentes. Ÿ El 50%, si el re ro es dentro de los 15 días calendario siguientes a la fecha de iniciación de clases. Ÿ Parágrafo: No existe la misma excepción por mo vo de cancelación de la pensión. ARTICULO 7. APLAZAMIENTO Y REINTEGRO Se en ende por reintegro la nueva vinculación a la Ins tución que se le autoriza a un estudiante previo análisis de los Consejos Disciplinarios y Académico cuando esta se ha interrumpido durante el periodo académico respec vo. 1. Para aplazar el programa Auxiliar en Enfermería el estudiante deberá presentar una carta con un empo no mayor a 30 días calendario, solicitando la reserva del cupo a los Consejos Académico y Disciplinario y así mismo estar a paz y salvo por todo concepto educa vo. 2. No se aceptará solicitud de reintegro después de un (1) mes con nuo de interrupción de estudios para quienes hayan aplazado el programa académico. 3. No hay reintegro académico para quienes presenten antecedentes disciplinarios o académicos graves y que sean jus ficados mediante resoluciones. 4. En situaciones especiales el estudiante podrá en el periodo de inves gación solicitar mediante carta al comité Direc vo nueva revisión del caso presentado, para revaluar reingreso. PARÁGRAFO: En desarrollo de la autonomía Ins tucional, quienes soliciten reintegro deberán pasar a evaluación con el comité direc vo ins tucional. ARTÍCULO 8. TRANSFERENCIA La Ins tución no contempla como posibilidad la homologación o 17 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL transferencia desde otra Ins tución o programa de Formación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, se debe desarrollar el proceso de admisión desde el principio del programa Académico. CAPÍTULO III OTROS COSTOS ARTÍCULO 9. CLASIFICACIÓN El estudiante deberá cancelar adicionalmente: 1. Cer ficado de notas. 2. Constancia de estudio. 3. Derechos de cer ficación. 4. Evaluaciones supletorias. 5. Uniformes de diario, áreas especializadas y etapa produc va. 6. Jornada de Actualización Académica. 7. Convivencia Estudian l. CAPÍTULO IV ENTES REGULADORES Los entes que deliberan la toma de decisiones y regulan el funcionamiento de la Ins tución son los siguientes: ARTICULO 10. CONSEJO DIRECTIVO Son funciones del Consejo Direc vo, las siguientes: a. Asesorar al Director (a) en la toma de las decisiones de éste para el buen funcionamiento de la Ins tución. b. Considerar las inicia vas de los miembros de la comunidad educa va que redunden en la prác ca de la par cipación democrá ca en la vida escolar. c. Considerar las sugerencias de los miembros de la comunidad educa va para asesorar al Director (a) en la toma de decisiones de carácter financiero, administra vo y técnico pedagógico. d. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Ins tución cuando según el manual de funciones, Reglamento Interno o Manual de Convivencia no sean de competencia de otra autoridad. e. Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre direc vos y docentes con alumnos después de haber agotado el 18 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL f. g. h. i. j. k. l. m. n. o. conducto regular y los procedimientos previstos en el Reglamento interno o Manual de Convivencia. Adoptar el Reglamento o Manual de Convivencia que presente el Director (a) a su consideración. Asumir la garan a y defensa de los derechos de toda la comunidad educa va, cuando alguno de sus miembros se sienta afectado. Par cipar en la planeación y evaluación del Proyecto Educa vo Ins tucional, del currículum y del plan de estudios y someterlos a inscripción y consideración de la Secretaría de Educación competente. Par cipar en el proceso de autoevaluación de la Ins tución para la caracterización del servicio educa vo. Par cipar en el proceso de evaluación ins tucional. Establecer es mulos e incen vos para el buen desempeño de los estudiantes en todos los órdenes. Recomendar criterios y promover ac vidades y relaciones de po académico, depor vo, cultural, recrea vo y social de la comunidad educa va con otras Ins tuciones. Reglamentar los procesos electorales a que haya lugar. Es mular y controlar el buen funcionamiento de la Escuela y darse su propio reglamento. Revisar y aprobar el establecimiento del Proyecto Educa vo Ins tucional. ARTICULO 11. CONSEJO ACADÉMICO Se establece como funciones del Consejo Académico las siguientes: a. Servir de órgano consultor de la Dirección y el Consejo Direc vo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educa vo Ins tucional. b. Estudiar el currículo y propiciar su con nuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios. c. Organizar el Plan de Estudios, orientar su ejecución y plantear los ajustes per nentes. d. Llevar a cabo la evaluación periódica del rendimiento de los educandos, la promoción y supervisión del proceso general de aprendizaje e. Liderar la orientación pedagógica del establecimiento y par cipar en la evaluación ins tucional. f. Recibir pe ciones y/o sugerencias sobre la evaluación educa va por parte de los alumnos y decidir sobre ellos. 19 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL g. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto de Educación Ins tucional. ARTICULO 12. CONSEJO DISCIPLINARIO Se establece como funciones del Consejo Disciplinario las siguientes: a. Servir de órgano consultor de la Dirección y el Consejo Direc vo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educa vo Ins tucional. b. Velar por el cumplimiento de la norma vidad ins tucional y la sana convivencia durante el proceso forma vo. c. Realizar la evaluación periódica de la disciplina de los educandos y supervisar el proceso. d. Liderar la orientación disciplinaria y par cipar en la evaluación ins tucional. e. Recibir pe ciones y/o sugerencias sobre la evaluación disciplinaria por parte de los docentes y decidir sobre ello. f. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educa vo Ins tucional. ARTICULO 13. CONSEJO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL Y PASTORAL EDUCATIVA Se establece como funciones del Consejo de Bienestar Estudian l y Pastoral Educa va las siguientes: a. Iden ficar las necesidades de bienestar y Pastoral en la Ins tución, para realizar el plan de acción anual. b. Planear y desarrollar ac vidades de bienestar y pastoral contando con el apoyo de áreas como Proyección Social de la Clínica San Rafael, Ins tuto San Juan de Dios y Curia Provincial. c. Evaluar y controlar las ac vidades de Bienestar y Pastoral Educa va. d. Considerar las inicia vas de los miembros de la comunidad educa va y de las casas de la Orden Hospitalaria que busquen el Bienestar Estudian l y la Pastoral educa va. e. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que les atribuya el Proyecto Educa vo Ins tucional. ARTICULO 14. CONDUCTO REGULAR Para la solución de problemas, inquietudes o faltas emi das dentro del 20 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL programa académico, es necesario tener en cuenta las líneas de comunicación: 1. Docente 2. Consejo Académico y /o Disciplinario 3. Dirección 4. Consejo Direc vo La secuencia actual de la acción disciplinaria y/o académica podría variar dependiendo en cada caso individual. Generalmente esta es la secuencia a seguir: 1. Diálogo: estudiante – estudiante, estudiante – docente, estudiante – colaborador, estudiante – Dirección, acudiente – docente, acudiente – Dirección, docente – docente, colaborador – colaborador, colaborador – dirección, según sean los implicados directos de la falta o conflicto. 2. Comunicación del docente, con Dirección, padre o acudiente y el estudiante. 3. Remisión al Consejo Disciplinario y/o Académico. 4. Remisión al Consejo Direc vo. CAPITULO V DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCANDOS El ejercicio de los derechos reconocidos en este Manual implica el cumplimiento de los deberes que favorecen la convivencia y el desarrollo de la personalidad y a la vez cons tuyen normas de comportamiento evaluables a través del proceso educa vo. ARTICULO 15. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 1. Ser escuchado, orientado y asis do por el personal docente y entes reguladores de la Ins tución; presentar verbalmente y por escrito pe ciones y sugerencias respetuosas y recibir respuesta oportuna. En caso de incurrir en cualquier falta de po académico o disciplinario debe tener en cuenta el conducto regular de la Ins tución y acatar las disposiciones establecidas en el presente manual. 2. El estudiante como miembro de la comunidad educa va de la Escuela 21 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, debe actuar dentro y fuera de la Ins tución con libertad, responsabilidad y respeto por la dignidad humana en la búsqueda de su formación integral bajo los parámetros que señala el presente Manual, por lo cual enen derecho a recibir es mulos por razones de orden académico, comporta mental, sen do de pertenencia y por compañerismo entre otros aspectos que establezca la ins tución para promover la mo vación y formación de los estudiantes, algunas serán reconocidas al momento de su cer ficación. 3. Recibir una formación académica integral y desarrollarse en un ambiente de hones dad, dignidad y ser orientados bajo los principios y carisma de la Orden Hospitalaria San Juan de Dios. 4. Recibir un trato digno, basado en el respeto humano y en los principios básicos de las relaciones humanas por parte de todos los miembros de la comunidad educa va. 5. Tener derecho a su in midad personal y familiar, al buen nombre, y la honra. 6. Recibir una educación que desarrolle todas las dimensiones del ser humano. 7. Tener libertad para expresar sus ideas, pensamientos y opiniones siempre que lo haga en forma adecuada y respetuosa. 8. Recibir una orientación adecuada y oportuna en su proceso de formación que conlleve y contribuya a su bienestar. 9. Ser informado oportunamente del resultado de las evaluaciones; ser atendido oportunamente cuando considere necesaria la revisión de sus calificaciones, respetando los términos establecidos en este Manual. (Cinco días hábiles después de realizadas las pruebas respec vas). 10. Obtener los permisos solicitados de acuerdo a las exigencias de la Ins tución y con la debida anterioridad (2 días) y según caso individual, para lo cual deberá diligenciar un permiso escrito, que debe ser remi do a la Dirección, para los menores de edad, deberán tener firma del acudiente. 11. Presentar todas aquellas ac vidades académicas que se hayan realizado durante una inasistencia jus ficada. 12. Ser informado oportunamente de las asignaciones de turno, si os de prác ca y otras ac vidades académicas establecidas. 13. Exigir un alto nivel académico en el desarrollo de las competencias contempladas en el plan de estudios. 22 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 14. Par cipar y contribuir en los procesos académicos, culturales y recrea vos programados por la Ins tución. 15. Recibir un trato respetuoso; no será some do a presiones sicas, psicológicas o verbales, evitando comportamientos despec vos, subes mación o in midaciones. 16. Elegir y ser elegido como representante de los estudiantes ante el Consejo Direc vo 17. Representar a la Escuela en eventos académicos, cien ficos, ar s cos y culturales previa designación por parte de la Ins tución. 18. Recibir es mulos como reconocimiento a su desempeño académico: a. Al finalizar cada ciclo forma vo (básica y área III), se otorgará a los estudiantes con un promedio mayor o igual a 4.3, una mención de honor la cual se anexará a su hoja de vida b. Al finalizar cada ciclo forma vo (básica y área III), se otorgará a los estudiantes con un promedio mayor o igual a 4.6, una beca correspondiente al 40% del valor de la pensión del siguiente bimestre; para conservar la beca el estudiante deberá mantener el promedio exigido igual o superior a 4.6. c. El estudiante no debe tener en su hoja de vida llamados de atención, ni matricula condicional por parte de los Consejos Disciplinario y/o Académico. ARTICULO 16. EL RESPETO AL DEBIDO PROCESO Es un derecho fundamental (Ar culo 29 de la Cons tución Polí ca de Colombia), consistente en establecer las garan as para el estudiante, toda vez que sea some do a una inves gación disciplinaria que tenga como finalidad definir la responsabilidad de una conducta que se presume violatoria de una norma. En la Escuela se tendrán en cuenta los siguientes principios del debido proceso para el estudiante: a. Legalidad b. Impugnación c. Presunción de inocencia d. Resolución de la culpabilidad e. Favorabilidad f. Legí ma defensa 23 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ARTICULO 17. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 1. Asumir el compromiso de formarse como persona, aprovechar las oportunidades pedagógicas y u lizar en forma adecuada los recursos de la Ins tución, conocer y acatar las normas que la rigen y aplicar los conocimientos adquiridos con sen do de compromiso y responsabilidad social. 2. El estudiante como miembro de la comunidad educa va de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, debe actuar dentro y fuera de la Ins tución con libertad, responsabilidad y respeto por la dignidad humana. 3. Conocer y respetar los símbolos de la Ins tución. 4. Valorar y respetar la vida y la integridad personal del otro como su propia vida. 5. Conocer, cumplir y respetar la filoso a de la Ins tución, los principios académicos, el presente Manual y demás normas de la Escuela. 6. Guardar respeto a las ideas, la libertad de conciencia y las opiniones de las demás personas respetando los derechos de los compañeros, docentes, personal administra vo y otras personas con quienes tenga que relacionarse. 7. Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material didác co, enseres, equipos, dotación e instalaciones de la Ins tución y si os de prác ca. 8. Responder por los daños y/o pérdidas ocasionados en la planta sica, muebles, equipos de la Ins tución y si os de prác ca, si se comprueba la responsabilidad del estudiante frente a estos hechos. 9. Respetar y hacer respetar el nombre de la Ins tución velando por el pres gio de la misma, actuando con hones dad en todo momento. 10. Respetar y acatar los correc vos y sanciones que le sean impuestas según las líneas de autoridad establecidas por la Escuela. 11. Respetar y seguir el conducto regular establecido por la Escuela, para resolver asuntos de acuerdo a la función de cada una. 12. Los uniformes y el carnet estudian l se deben portar con pulcritud, dignidad y respeto, por lo tanto los estudiantes asis rán tanto a clases y si os de prác ca con el carnet y uniforme establecido por la ins tución. Teniendo en cuenta las diferentes áreas forma vas y de prác ca establecidas por la Ins tución, en la actualidad cada estudiante debe tener en cuenta para su uniforme: 24 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL Hombres: Pantalón y chaqueta azul oscura según modelo ins tucional. Blusa blanca con el escudo bordado al lado izquierdo. Solo se permite usar debajo de la blusa, camiseta completamente blanca, manga corta sin ningún po de estampado. Ÿ Medias negras y/o azul oscuro sin ningún po de estampado. Ÿ Zapatos negros de cuero de amarrar o po mocasín. No se permite ningún po de calzado depor vo ni suecos. Ÿ Cabello corto tradicional y afeitado. Ÿ Uñas cortas y sin ningún po de esmalte. Ÿ No se usará ningún accesorio (aretes, collares, cadenas, pulseras y manillas, anillos, piercing, etc.) con el uniforme. Ÿ Ÿ Ÿ Mujeres: Pantalón y chaqueta azul oscuro según modelo ins tucional. Blusa blanca con el escudo bordado al lado izquierdo. Media blanca po colegial sin ningún po de estampado. Cabello recogido en una trenza con bamba negra y cualquier accesorio adicional negro; se debe recoger el fleco, flequillo o cualquier es lo de peinado que obstruya el campo visual. Ÿ No se permiten nturas de colores extravagantes. Ÿ Uñas cortas y sin ningún po de esmalte. Ÿ Maquillaje discreto. Ÿ No se usará ningún accesorio (aretes, collares, cadenas, pulseras y manillas, anillos, piercing, etc.) con el uniforme. Ÿ Ÿ Ÿ Ÿ Uniforme quirúrgico. Según modelo ins tucional Calzado y medias que se u lizan con el uniforme de diario ins tucional No se usará ningún accesorio (aretes, collares, camándulas, cadenas, pulseras y manillas, anillos, piercing, etc.) con el uniforme. Ÿ Ÿ Ÿ 13. Par cipar con la máxima diligencia y cumplimiento del horario de clases, ac vidades académicas y culturales, inducción en ins tuciones de salud, programas de bienestar estudian l, celebraciones sociales y pastorales que organice la Escuela. 25 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 14. Cumplir con las ac vidades académicas en los periodos establecidos en conjunto con el docente. 15. Dedicar la totalidad de la jornada académica o de prác ca en el desempeño de las funciones que se le asignen. 16. No ausentarse de la Escuela o servicio asignado a su prác ca, sin la debida autorización. 17. Por razones comunitarias de salud y disciplina los estudiantes deben abstenerse de portar, distribuir o consumir cigarrillos, bebidas alcohólicas, sustancias psicotrópicas y estupefacientes en las instalaciones de la Escuela, si os de prác ca y sus alrededores 18. Por razones de seguridad no se permite el porte de armas, elementos y sustancias que puedan poner en peligro o afecten la integridad o que causen daños de cualquier naturaleza, a los miembros de la comunidad educa va 19. Portar únicamente elementos de estudio, libros y materiales necesarios para el desarrollo de ac vidades de formación evitando el uso de objetos de gran valor, ya que la Escuela no responde por la pérdida de los mismos. 20. Favorecer el ambiente de estudio y disciplina y no alterar el normal desarrollo de las clases y las prác cas, con tal fin se deben mantener apagados o en modo vibratorio según sea el caso, aparatos de comunicación móvil y beepers. Se prohíbe portar radios, grabadoras, discman. mp3, mp4, ipods, videojuegos u otros distractores en las aulas de clase y si os de prác ca. 21. Cuando el estudiante se ausente deberá avisar telefónicamente en el transcurso del día y al siguiente día hábil presentar la excusa por escrito, la cuál debe contener números telefónicos para constatar la información respec va. Solo tendrán validez las incapacidades emi das por la EPS. El docente encargado asignará la metodología con la que el estudiante desarrollará la temá ca tratada durante la ausencia. 22. Mantener buenas relaciones y respeto con los docentes, funcionarios, compañeros, pacientes, familias y equipo interdisciplinario de salud. 23. Emplear en todas las relaciones interpersonales dentro y fuera de la Escuela un lenguaje respetuoso y cortés, absteniéndose de u lizar expresiones vulgares y soeces. 24. Se prohíbe la u lización de términos despec vos, sobrenombres, burlas y descalifica vos de carácter individual o colec vo. 26 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 25. Mantener una relación estrictamente profesional con los pacientes, docentes, personal administra vo y demás colaboradores de la Ins tución o la Orden Hospitalaria y de ninguna manera sostener relaciones de po personal o afec vo con los mismos. 26. Abstenerse de hacer en público manifestaciones afectuosas tales como caricias, besos y demás comportamientos cuando se porta el uniforme. 27. Demostrar su sen do de pertenencia y lealtad a la Escuela evitando comportamientos que desdigan de la educación asumida y atenten contra el pres gio forma vo de la misma. 28. No inducir, manipular, ni obligar a otro compañero a cometer actos de infracción académica o de convivencia disciplinaria, ni ejecutarlos para su propio beneficio. 29. Abstenerse de recoger dinero, hacer ventas y rifas dentro de las instalaciones de la Escuela sin previo estudio y autorización. 30. Contribuir con inicia vas posi vas y oportunas para el progreso y la buena marcha de la Escuela u lizando los conductos regulares y medios establecidos para tal fin. 31. Pagar oportunamente la pensión en los quince primeros días de cada mes, en caso contrario, de esta fecha en adelante se deberá pagar el monto establecido por la Ins tución considerándose un pago extemporáneo. 32. Estar a paz y salvo con todas las dependencias de la Escuela para realizar la entrega de documentos en caso de re ro defini vo del estudiante. 33. U lizar en forma adecuada la tecnología, informá ca, libros, insumos del laboratorio y demás elementos y equipos especializados que la Escuela dispone para el servicio educa vo. 34. Aplicar las normas de bioseguridad en los procedimientos que realice, en los contextos clínico y comunitario. 35. Se prohíbe la publicación en las páginas de las redes sociales de cualquier material escrito o gráfico (fotos, videos, audios, escritos, mensajes) que comprometan el buen nombre de la Ins tución o de cualquier miembro de la comunidad educa va. 36. Para recibir el cer ficado de ap tud ocupacional por competencias, el estudiante deberá cumplir con la intensidad horaria asignada a la teoría y prác ca. La inasistencia a prác ca, aun con excusa jus ficada deberá ser recuperada para cumplir la carga académica. 27 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 37. Se expedirá el cer ficado de ap tud ocupacional por competencias al estudiante que se encuentre a paz y salvo por todo concepto con la Ins tución. CAPITULO VI. REGLAMENTO GENERAL PARA EL DESARROLLO DE LA TEORÍA ARTÍCULO 18. CICLO TEÓRICO. El ciclo teórico es donde el estudiante adquiere los conocimientos básicos para desarrollar las competencias del plan de estudios de la Ins tución. ARTICULO 19. INTENSIDAD HORARIA. El área teórica comprende el 40 % del peso porcentual que se desarrolla durante el programa y cada unidad de aprendizaje ene un número de horas establecido según el plan de estudios. ARTICULO 20. OBJETIVOS a. Analizar en el estudiante las evidencias previas en cada una de las competencias de formación ins tucional según el plan de estudios de la Escuela que faciliten el desarrollo de las mismas b. Desarrollar y verificar en el estudiante las competencias necesarias para dar cumplimiento al plan de estudios. c. Analizar los requerimientos y evidencias del proceso de formación del estudiante para generar las competencias básicas, transversales, específicas que deben desarrollarse en el ciclo teórico. d. Aplicar herramientas metodológicas que permitan obtener las evidencias dentro del proceso de evaluación. e. Determinar los criterios de evaluación teniendo en cuenta el PEI y currículo ins tucional. f. Definir los instrumentos que se pueden u lizar en el ciclo teórico para facilitar el proceso de enseñanza aprendizaje. g. Establecer los lineamientos norma vos que regulen el desarrollo del ciclo teórico. ARTICULO 21. DE LAS NORMAS ACADÉMICAS. Como factor de calidad académica y según el proyecto de educación pedagógica ins tucional que se aplica para el desarrollo de cada unidad de 28 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL aprendizaje, el estudiante deberá asis r a clase y demás ac vidades de formación programadas, de conformidad con las exigencias establecidas por la Ins tución. ARTICULO 22. El ciclo teórico se considera como prerrequisito para desarrollar la prác ca correspondiente según las competencias a formar en los educandos. ARTICULO 23. Par cipar en las ac vidades complementarias al programa académico las cuales se establecerán según las necesidades iden ficadas por cada docente y la Ins tución. ARTICULO 24. La asistencia a las clases y demás ac vidades de formación serán controladas y registradas por el docente encargado. ARTÍCULO 25. Para la teoría del área básica y especializada, teniendo en cuenta la intensidad horaria de cada competencia, se perderá con un porcentaje de inasistencia injus ficada igual o superior al 10 %. ARTICULO 26. Se asignará una falla por cada día de inasistencia. Tres retardos equivalen a una falla. Según el porcentaje de ausen smo, se estudiará el caso por parte de los entes reguladores de la Ins tución y se determinará la conducta a seguir. ARTÍCULO 27. Para ausentarse de la Ins tución el estudiante debe solicitar y diligenciar un permiso escrito ante la Dirección y/o docente o supervisora de prác ca produc va a cargo, donde se estudiará el caso y autorizará dicho permiso. ARTICULO 28. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO. La evaluación, en el marco de la formación integral, es el proceso por el cual el estudiante y el docente comparan los obje vos de aprendizaje con el logro de los mismos, para realizar los ajustes necesarios al adecuado desarrollo de los procesos de enseñanza-aprendizaje. La evaluación ene las siguientes caracterís cas: 29 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL a. Es un proceso permanente, dinámico y par cipa vo que permite la apreciación, orientación, desarrollo y avance del sujeto de formación en los procesos de aprendizaje. b. Es integral, abarcando competencias referentes a las habilidades intelectuales, técnicas y sociales. c. Se fundamenta en las metas y obje vos propuestos en el plan de formación. d. Es diagnós ca, en cuanto iden fica recursos, potencialidades y capacidades del sujeto de aprendizaje que faciliten el desarrollo de los procesos y al mismo empo detecta inconsistencias, vacíos y limitaciones tanto en el sujeto como en los ambientes y medios de aprendizaje. e. Es forma va, porque sus resultados se emplean para superar las dificultades encontradas en diferentes etapas del proceso de aprendizaje. f. Es sumatoria, por cuanto establece niveles de logro entre el desempeño del sujeto de aprendizaje y los obje vos propuestos. ARTICULO 29. En caso de no cumplir los indicadores de logro se seguirá el siguiente procedimiento: a. El estudiante recibirá asesoría en los horarios establecidos para luego realizar su examen de habilitación. b. Consignar el monto establecido para la habilitación y entregar el recibo en secretaría según fecha programada. c. Presentar la habilitación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la terminación de la unidad o competencia respec va. d. La habilitación será calificada sobre una nota máxima de 4.0, quedando ésta como nota defini va de la competencia. e. El máximo de competencias que se puedan habilitar es de 3 (tres) por periodo de formación, lo que ocasionara revisión por comité académico. f. En caso de agotar el proceso y no cumplirse los indicadores de logro, se estudiará la situación en Consejo Académico, citando al estudiante en conjunto con su acudiente, para determinar la acción a seguir dentro de las contempladas a con nuación (la cual se elegirá de acuerdo a cada caso par cular y a lo es pulado por el Consejo): Ÿ Realizar un plan de mejoramiento con una evaluación de conocimientos posterior. 30 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL Ÿ Ÿ Ÿ Retomar la unidad o prác ca reprobada con la promoción siguiente. Reiniciar todo el programa académico con la promoción siguiente. Dar por terminada la vinculación del estudiante con la ins tución por alguna de las partes o por mutuo acuerdo. ARTICULO 30. La evaluación se realizará de forma integral por competencias bajo los siguientes parámetros: Evaluación Forma va: Esta evaluación se presenta mediante el proceso de enseñanza aprendizaje con el fin de verificar el grado de cumplimiento de los obje vos propuestos. De esta manera permite: Ÿ Controlar el ritmo del aprendizaje por cada uno de los par cipantes. Ÿ Hacer los ajustes necesarios en cuanto a métodos y procedimientos. Ÿ Mantener el proceso de retroalimentación de manera permanente. Ÿ Valorar el nivel de rendimiento académico de los estudiantes. En el proceso evalua vo se tendrán en cuenta los siguientes factores: Ÿ Autoevaluación: El estudiante par cipa en su proceso de evaluación, iden ficando aspectos por mejorar teniendo como criterios fundamentales los logros esperados. Ÿ Coevaluación: Proceso donde interactúan docentes y estudiantes para determinar los logros alcanzados. Ÿ Heteroevaluación: Es la evaluación que realiza el docente del desempeño del estudiante. Ÿ Evaluación Suma va: Es la medición cuan ta va de los logros finales del aprendizaje. ARTÍCULO 31. Las técnicas para la evaluación deben seguir el proyecto de educación ins tucional basado en la formación por competencias, entre estas tenemos: a. Observación: Inspección y análisis sistemá co del comportamiento del estudiante en formación. b. Estudio de Casos: Se presenta al estudiante una situación ante la cual deberá crear una hipótesis, un modelo explica vo y proponer una solución al planteamiento formulado. 31 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL c. Simulación de situaciones: Técnica a través de la cual se generan situaciones similares a las reales: simuladores a escala, proyectos, pruebas de habilidades y ejercicios, juego de roles. d. Valoración de productos terminados o en proceso: Por ejemplo: registros, formatos, reportes, portafolios, planes, informes, etc. e. Formulación de preguntas: Técnica mediante la cual se recoge información de las destrezas cogni vas del estudiante. f. Estudio de caso: Técnica de trabajo con la información de un hecho real e hipoté co g. Laboratorio y/o taller: Prác cas clínicas y comunitarias estructuradas de acuerdo con los logros y competencias que debe alcanzar el estudiante en el área de aprendizaje objeto de la prác ca, de acuerdo con los indicadores establecidos en el currículo y plan de estudios. h. Entrevista: Conversación planeada con un propósito determinado. Puede ser espontánea o intencional. ARTICULO 32. Los instrumentos evalua vos a realizar permiten documentar aspectos a verificar y sus resultados en relación a habilidades, destrezas y conocimientos. Entre estos tenemos: a. Listas de Chequeo: Instrumento que a través de unos enunciados de verificación de logros, permite evaluar el desempeño del estudiante. b. Pruebas escritas y orales: Pruebas obje vas de comprensión, análisis, discusión crí ca y en general apropiación de conceptos. c. Flujogramas: Recursos gráficos que permiten representar conceptos, asociaciones y definiciones sobre un tema determinado, por ejemplo: mapa conceptual, espina de pescado, mentefactos, cuadro sinóp co, entre otros. ARTICULO 33. La cobertura de la evaluación se ex ende a la verificación del logro de los obje vos de la formación, considerando los aspectos técnicos, ac tudinales e intelectuales. PARÁGRAFO: Son exámenes supletorios aquellos que la Dirección autoriza a un estudiante que por causa jus ficada no pudo presentar en la fecha y hora en que se programaron las evaluaciones de la competencia que esté cursando. 32 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ARTICULO 34. DE LAS CALIFICACIONES. Cada competencia será evaluada considerando las siguientes categorías: Excelente (E), Sobresaliente (S), Bueno (B), Aceptable (A), Insuficiente (I), teniendo en cuenta que: Insuficiente (I) Refleja el cumplimiento de los indicadores de logro en un rango del 1 al 59%. No alcanza los logros mínimos y requiere de ac vidades de refuerzo y recuperación, pero después de realizar estas, con núa presentando dificultades. Presenta fallas de asistencia injus ficadas. Evidencia dificultades de comportamiento. Desarrolla en forma incompleta e inadecuada las ac vidades curriculares requeridas. No manifiesta sen do de pertenencia a la ins tución. El estudiante aun no es competente para ser promovido. Aceptable (A) Refleja el cumplimiento de los indicadores de logro en un rango del 60 al 69% de las competencias. Algunas veces alcanza los logros mínimos con ac vidades complementarias dentro del periodo académico. Presenta faltas de asistencias jus ficadas e injus ficadas. Desarrolla adecuadamente un mínimo de ac vidades curriculares requeridas. Manifiesta sen do de pertenencia a la Ins tución, presenta algunas dificultades que supera pero no en su totalidad. Bueno (B) Refleja el logro del 70 al 79% de los indicadores de cada competencia. Alcanza la mayoría de los logros propuestos con algunas ac vidades complementarias. Por lo general reconoce y supera las dificultades a nivel académico y de comportamiento. Demuestra sen do de pertenencia a la Ins tución. Tiene faltas de asistencia jus ficadas. Sobresaliente (S) Refleja el logro del 80 al 89% de los indicadores de cada competencia. Alcanza todos los logros propuestos pero con algunas ac vidades complementarias. Tiene faltas de asistencia jus ficadas. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento, desarrolla ac vidades curriculares específicas y manifiesta sen do de pertenencia en la Ins tución. El estudiante cumple sa sfactoriamente con las competencias. Excelente (E) Refleja el logro del 90 al 100% de los indicadores de cada competencia. Alcanza todos los logros propuestos sin ac vidades 33 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL complementarias no ene fallas y aun teniéndolas, presenta excusas jus ficadas, presenta un comportamiento adecuado en la interrelación con los integrantes de la comunidad educa va y equipo interdisciplinario de salud. Desarrolla ac vidades curriculares que exceden las exigencias esperadas. Manifiesta sen do de pertenencia hacia la Ins tución y autonomía en su desarrollo. El estudiante supera significa vamente al promedio de su grupo de pares. CAPITULO VI REGLAMENTO GENERAL PARA EL DESARROLLO DE LA PRÁCTICA ARTÍCULO 35. PRÁCTICA Es aquella que le permite al estudiante fortalecer las competencias en los campos de la fundamentación del cuidado, los procesos psicosociales y las dimensiones é ca y moral propias del Auxiliar en Enfermería. ARTÍCULO 36. OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA a. Integrar los conocimientos teóricos a la prác ca mediante el aprendizaje significa vo. b. Permi r la par cipación efec va en los procesos de prestación de servicios en la atención al paciente, facilitando así un mejor desempeño y es mulando la adopción de conductas posi vas en su rol. c. Desarrollar la capacidad de discernimiento en el ejercicio de su labor como auxiliar en enfermería dentro de los contextos sociales, polí cos, económicos y educa vos del país. d. Desarrollar habilidades específicas en el estudiante, de tal forma que sea capaz de seleccionar y/o estructurar, con fundamentos teóricos claros, los contextos para brindar comodidad, seguridad y apoyo terapéu co a la persona enferma. e. Conocer el desarrollo, organización y funcionamiento del campo de prác ca; en este contexto el estudiante podrá aplicar los conocimientos y destrezas adquiridos en su etapa de formación. f. Aplicar los desarrollos técnicos que le permitan interpretar datos y sinte zar la información obtenida, de manera tal que corresponda a las dis ntas situaciones de interacción profesional. g. Realizar evaluación forma va en el proceso de aprendizaje del estudiante a través de la auto evaluación, coevaluación y heteroevaluación. 34 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL h. Crear estrategias que faciliten la interacción con el equipo interdisciplinario en el desarrollo de la prác ca clínica y comunitaria. i. Desarrollar habilidades en el estudiante concernientes a las ac vidades de promoción y prevención. j. Desarrollar destrezas para la formulación del plan de enfermería, su ejecución y evaluación con criterios de calidad, bajo el carisma juandediano. ARTÍCULO 37. CAMPOS DE PRÁCTICA. Las prác cas se desarrollarán en: Hospital Universitario Clínica San Rafael y Hospital Universitario Mayor (cuarto nivel de atención), Clínica Nuestra Señora de la Paz, Centros Sociales de San Juan Grande y San Benito Menni e Ins tuto San Juan de Dios, estableciendo previamente convenios docencia servicio. ARTÍCULO 38. REQUISITOS DE LOS CAMPOS DE PRÁCTICA. Los campos de prác ca de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, cumplen con los siguientes criterios: a. Convenio para el desarrollo de la prác ca b. Permiten la realización de procedimientos y ac vidades que contribuyen al cumplimiento de las competencias de la prác ca. c. Cuentan con instalaciones sicas, equipos y caracterís cas según el nivel de atención, indispensable para el desarrollo de la prác ca. d. Cuentan con equipos calibrados para el diagnós co e intervención intrahospitalario. e. Disposición de las direc vas y el personal de cada una de las ins tuciones para mantener comunicación permanente con la Escuela. ARTICULO 39. REQUISITOS NORMATIVOS INSTITUCIONALES PARA LA PRÁCTICA a. Las disposiciones legisla vas en educación y salud. b. Desde la fase teórica el estudiante debe tener afiliación vigente a una EPS, esquema de vacunación completo contra la hepa s B, tétano y la póliza de accidentes escolares y riesgo biológico. Previo al inicio de la prác ca, debe adicionarse la póliza de responsabilidad civil. 35 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL c. Otras disposiciones que, a juicio del Consejo Direc vo de la Escuela sean per nentes. ARTICULO 40. DURACIÓN DE LA PRÁCTICA Teniendo en cuenta la norma vidad vigente en educación y las modificaciones en los planes curriculares la prác ca cons tuye el 60 % del programa. ARTÍCULO 41. ÁREAS DE DESEMPEÑO a. Servicios de hospitalización de medicina interna, ortopedia, neurología, neurocirugía, cirugía general y especializadas, ginecoobstetricia, pediatría, urgencias adulto y pediátrica, salas de cirugía, recuperación, neonatos , cuidado cri co adulto y pediátrico b. Servicios de apoyo: banco de sangre, consulta externa, clínica de heridas, Ins tuto San Juan de Dios y las demás que se requieran para la formación. c. Programas de Promoción y Prevención en Salud Pública los cuales se desarrollan en los centros socio sanitarios y en el Ins tuto de San Juan de Dios. PARÁGRAFO 1: Los estudiantes estarán en capacidad de desempeñarse en los procesos asistenciales y administra vos de acuerdo a las competencias adquiridas durante la teoría. PARÁGRAFO 2: Al inicio de las prác cas el estudiante firmará una carta de compromiso para el cumplimiento de normas y protocolos de la ins tución en la que desarrolle sus prác cas así como lo establecido en el Manual de Convivencia de la Escuela. ARTICULO 42. ASISTENCIA a. La asistencia a la prác ca es obligatoria de acuerdo con el horario fijado por la Escuela y se llevara el registro de la misma. b. Se colocara una falla por cada inasistencia y cada tres retardos de (15) quince minutos cons tuyen una falla. c. Después de (15) quince minutos de retardo no se permi rá el ingreso del estudiante al si o de prác ca y se enviará a la escuela donde deberá realizar ac vidades académicas. 36 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL d. El estudiante debe presentarse al si o de prác ca con (15) quince minutos de an cipación. e. Para la prác ca del área básica, especializada y complementaria, teniendo en cuenta la intensidad horaria de cada una, se perderá con un porcentaje de inasistencia injus ficada igual o superior al 10 %. f. Deberá cumplir con la intensidad horaria de la prác ca teniendo en cuenta lo establecido para cada competencia. ARTICULO 43. EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA El estudiante será evaluado por competencias de acuerdo al formato establecido en cada uno de los campos de prác ca. Cada competencia será evaluada considerando las siguientes categorías: Excelente (E), Sobresaliente (S), Bueno (B), Aceptable (A), Insuficiente (I) PARÁGRAFO: Durante el desarrollo de cada prác ca se realizará el proceso de evaluación forma va. ARTICULO 44. NORMATIVIDAD DE LA PRÁCTICA Los estudiantes desempeñan ac vidades propias del perfil de formación y desarrollan destrezas y habilidades de acuerdo con lo asignado por su docente o tutor teniendo en cuenta las siguientes normas: 1. Durante las rotaciones clínicas y comunitarias además de cumplir con el Manual de Convivencia de la Escuela, debe seguir la norma vidad específica para los campos de prác ca. 2. Valorar y respetar la vida e integridad de los pacientes asignados, conociendo y acatando sus derechos y deberes. 3. Conocer y aplicar los protocolos ins tucionales de los si os de prác ca. 4. Informar y registrar la presencia de objetos de valor de los pacientes asignados en su si o de rotación. 5. Informarse oportunamente de las asignaciones en los dis ntos campos de prác ca. 6. No recibir dinero, ni hacer llamadas telefónicas de los servicios, ni habitaciones de los pacientes. 7. No abandonar el servicio sin autorización de la docente encargada o jefe inmediato. 37 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 8. El estudiante deberá presentarse al turno asignado con 15 minutos de an cipación. 9. Deberá cumplir con la intensidad horaria de prác ca. 10. Dedicar la totalidad del empo en el desempeño de las funciones que se le asignen dentro de los campos de prác ca. 11. No realizarán procedimientos invasivos sin la supervisión de su docente o jefe inmediato teniendo en cuenta permanentemente las normas de bioseguridad. 12. No se realizarán las ac vidades de enfermería asignadas por terceros (compañeros o personal de planta), durante sus prác cas supervisadas. 13. Evitar el uso del material hospitalario en beneficio personal. 14. Establecer un plan de cuidados diarios de enfermería de acuerdo al paciente o pacientes asignados. 15. Par cipar ac vamente en las jornadas académicas complementarias de los campos de prác ca (revista de enfermería, conferencias, evaluaciones, entre otros). 16. El educando que se encuentra en prác ca solo asis rá a la Ins tución o si o de prác ca asignado con el equipo exigido, no debe llevar male nes, morrales u otros accesorios. Así mismo, portará el uniforme según requisitos específicos de la prác ca respec va. 17. Al terminar sus ac vidades deberá salir inmediatamente del campo de prác ca y no permanecer en otros si os y horarios no asignados sin previa autorización. 18. El estudiante deberá hacer uso racional de los insumos y equipos en el campo de prác ca y deberá traer sus elementos de bioseguridad. 19. Todo estudiante deberá estar afiliado a una EPS (Empresa Promotora de Salud), durante todo el programa académico, además de realizar los pagos de las pólizas de responsabilidad civil y riesgo biológico y tener actualizado el carné de vacunas. Debe renovar periódicamente estos requisitos según corresponda. 20. Aplicará la escala de prevención de caídas al 100 por ciento de los pacientes bajo su cuidado. 21. Dentro de sus funciones como estudiante no debe administrar ningún po de medicamento o mezclas sin el acompañamiento y supervisión de la docente o enfermera del servicio. 38 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 22. Informar inmediatamente sobre cualquier novedad o inconveniente que surja durante el desarrollo de la prác ca, a la Escuela y/o docente encargada. 23. Cumplir con la asignación programada por su docente en los campos de prác ca. 24. Diligenciar registros en formato sico o virtual según la norma vidad ins tucional vigente en el si o de prác ca. 25. Trabajar en equipo, manteniendo buenas relaciones interpersonales, teniendo organizado su si o de trabajo y respetando siempre a sus docentes, equipo interdisciplinario y demás líneas de autoridad. 26. Los estudiantes que no se presenten en los campos de prác ca deberán hacer reposición posterior de la asignación respec va si la ausencia está jus ficada. ARTÍCULO 45. PÉRDIDA DE LA PRÁCTICA. La inasistencia cualquiera que sea su naturaleza superior al 10% de las horas totales establecidas, es causa de la pérdida de la prác ca. PARÁGRAFO: Los accidentes, lesiones, incapacidades médicas, o cualquier otra situación que imposibilite el cumplimiento de las funciones propias de la prác ca, ocasionarán el aplazamiento de la rotación del estudiante en ese ciclo. CAPITULO VII DE LA ETAPA PRODUCTIVA ARTICULO 46. DEFINICIÓN: Es la etapa en la cual el estudiante realiza una prác ca integral que le permite aplicar las competencias adquiridas durante todo su periodo de formación en los servicios de hospitalización y además en áreas especializadas como: urgencias, unidades de cuidado intensivo pediátricas y adultos más los demás servicios de apoyo. Durante este periodo el estudiante estará bajo la supervisión y evaluación por parte de la Coordinadora, docentes y enfermeras del servicio correspondiente quienes verificaran el logro de las competencias establecidas para este ciclo. 39 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ARTÍCULO 47. NORMATIVIDAD Los estudiantes de la prác ca produc va y complementaria desempeñan sus ac vidades de acuerdo con la norma vidad del Manual de Convivencia y de los si os de prác ca que les sean asignados. CAPITULO VIII DE LOS APRENDICES ARTÍCULO 48. DEFINICIÓN: Aprendiz es el estudiante que ha desarrollado las competencias básicas y específicas del plan de estudios establecido por la Escuela y que es contratado por una ins tución prestadora de servicios de salud según convenio docente-asistencial vigente. ARTÍCULO 49. CONTRATO DE APRENDIZAJE: Es aquel por el cual un empleado (Estudiante) se obliga a prestar sus servicios a la empresa, a cambio de que ésta le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y permanente del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contratado por un empo determinado y le pague el salario convenido. (Ley 188 de 1959, Art. 1) ARTÍCULO 50. Las leyes y demás disposiciones que rigen el contrato de aprendizaje son las siguientes: Ÿ Ley 119 de febrero 9 de 1994 Ÿ Ley 789 de diciembre 27 de 2002 Ÿ Decreto 933 de abril 11 de 2003 Ÿ Decreto 2585 de sep embre 12 de 2003 Ÿ Decreto 620 de marzo 8 de 2005 Ÿ Acuerdo 00010 de agosto 17 de 1999 Ÿ Acuerdo 00010 de junio 25 de 2003 Ÿ Acuerdo 00011 de noviembre 6 de 2003 Ÿ Acuerdo 00015 de diciembre 11de 2003 Ÿ Acuerdo 00016 de diciembre 11de 2003 Ÿ Acuerdo 00013 de sep embre 10 de 2004 Ÿ Acuerdo 00002 de marzo 29 de 2005 Ÿ Acuerdo 0009 de julio 19 de 2005 Ÿ Resolución 01807 de 5 de agosto de 2004 40 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ARTÍCULO 51. SELECCIÓN DE APRENDICES Según el Ar culo 35 de la Ley 789 de 2002, la empresa obligada a la vinculación de aprendices, es la encargada de: Ÿ Solicitar los aprendices Ÿ Determinar los oficios u ocupaciones Ÿ Determinar las modalidades Ÿ Realizar la selección de los aprendices PARÁGRAFO: Los aprendices seleccionados no deben tener o haber tenido vínculo laboral con el Empleador. El contrato de aprendizaje puede ser celebrado por personas mayores de 14 años, según lo establecido en el Art. 3º del Decreto 933 de 2003. Para un desarrollo eficaz de la relación de aprendizaje, es per nente que el seguimiento, las obligaciones y derechos del aprendiz en la empresa, sea coordinado por el jefe de personal, o quien haga sus veces, y el encargado del área técnica con quien el aprendiz va a realizar su etapa produc va, con el fin de que estas personas conozcan los términos y alcances del contrato de aprendizaje. ARTÍCULO 52. REQUISITOS EXIGIDOS POR LA ESCUELA PARA ACCEDER AL CONTRATO DE APRENDIZAJE Ÿ Haber cumplido con las competencias establecidas en el plan de estudios. Ÿ Quienes hayan tenido antecedentes de orden académico y/o disciplinario durante el inicio d e proceso forma vo y tengan atenuantes, deberán solicitar formalmente al consejo en pleno ; la solicitud escrita para acceder a contrato. Ÿ Tener sen do de pertenencia con la Ins tución. Ÿ Cumplir con el proceso de selección conforme a lo establecido por la Ins tución que solicite la contratación de aprendices. ARTÍCULO 53. APOYO DE SOSTENIMIENTO El apoyo de sostenimiento es una suma de dinero en moneda colombiana que recibe mensualmente el aprendiz durante la vigencia del contrato, el cual en ningún caso cons tuye salario (Art. 30 Ley 789 de 2002, Art. 4º Decreto 933 de 2003). 41 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL El apoyo de sostenimiento ene como finalidad garan zar el proceso de aprendizaje y debe ser cancelado de la siguiente forma: Ÿ Es estudiante en etapa lec va recibirá el 50% del apoyo del salario mínimo mensual establecido por la ley y afiliación a EPS, en la etapa produc va recibirán el 100% del salario convenido, afiliación a EPS y ARL. Ÿ ARTÍCULO 54. AFILIACIÓN AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL La afiliación de los aprendices alumnos y el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral deben ser cubiertos plenamente, vale decir, en su totalidad por el empleador, así: Art. 30 Ley 789 de 2002, Art. 5º Decreto 933 de 2003 Ÿ Durante la fase lec va y prác ca el aprendiz debe estar cubierto por el Sistema de Seguridad Social en Salud, conforme al régimen de trabajadores independientes, y pagado plenamente por la empresa patrocinadora, sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente. Ÿ Durante la fase prác ca el aprendiz debe estar afiliado al Sistema de Riesgos Profesionales por la Administradora de Riesgos Laborales (A.R.L) que cubre la empresa patrocinadora sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente. Ÿ Cuando las fases lec va y prác ca se realicen en forma simultánea, el aprendiz debe ser cubierto por salud y riesgos profesionales. Ÿ El pago de dicha obligación, debe hacerse en forma oportuna, por cuanto su inobservancia, además de los respec vos intereses de mora, acarrea el cese en la prestación de atención a favor del aprendiz, lo que se traduce en incumplimiento del contrato de aprendizaje suscrito. ARTÍCULO 55. CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE La relación de aprendizaje se puede interrumpir temporalmente en los siguientes casos: (Art. 5º Acuerdo 015 de 2003) 1. Licencia de maternidad cer ficada por la EPS. 2. Incapacidades debidamente cer ficadas por el Sistema de Seguridad Social en Salud, al cual esté afiliado el aprendiz. 3. Caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con las definiciones contenidas en el Código Civil. 42 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL Se ene que dicha suspensión tal y como se en ende del concepto mismo, interrumpe la ejecución del contrato, pero éste se encuentra vigente y debe ser prorrogado por el mismo empo que dure la suspensión, con el fin de cumplir con el término establecido en la celebración del contrato. PARÁGRAFO La suspensión de la relación de aprendizaje, no exonera al empleador de con nuar cancelando los respec vos aportes a la En dad Promotora de Salud, donde se encuentre afiliado el aprendiz. Ÿ Mientras esté suspendida la relación de aprendizaje, el empresario no debe pagar el apoyo de sostenimiento al aprendiz. Ÿ La licencia de maternidad ene como fin primordial garan zar un mínimo vital para la mujer en estado de lactancia y del recién nacido, en desarrollo del postulado de índole cons tucional consagrado en el Art. 43 de la Carta Polí ca. Para determinar el término de vigencia de la licencia es necesario tener como referencia el aplicable a los trabajadores del sector público y privado, es pulado en el ar culo 236 del Código Sustan vo del Trabajo, que se ex ende a 12 semanas en la época del parto. Ÿ Es per nente y necesario que la o las causas de la suspensión sean debidamente cer ficadas o constatadas y dicha suspensión se efectúe por escrito. Ÿ ARTICULO 56. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE La relación de aprendizaje se puede dar terminada por: 1. Por mutuo acuerdo entre las partes. 2. Por el vencimiento del término de duración del presente contrato. 3. La cancelación de la matrícula por parte de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” de acuerdo con lo previsto en el presente manual. 4. El incumplimiento de las obligaciones previstas para cada una de las partes. 5. Por parte del empleador: Ÿ Por el incumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato de aprendizaje. 43 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL Por la mora en el pago del valor del apoyo de sostenimiento. Por no afiliar al aprendiz o no pagar a empo el valor correspondiente al Sistema de Seguridad Social en Salud y a la Administradora de Riesgos laborales. Ÿ Por no afiliar al aprendiz o no pagar a empo el valor correspondiente al Sistema de Seguridad Social en Salud y a la Administradora de Riesgos Laborales. Ÿ Por no permi r al aprendiz realizar las prác cas en la ac vidad objeto de su formación. Ÿ Ÿ ARTICULO 57. NORMATIVIDAD 1. El aprendiz deberá cumplir con el manual de convivencia de la escuela y el reglamento interno de la en dad que lo contrate. 2. Será evaluado por la escuela y la en dad contratante mediante la realización de pruebas periódicas cuyo resultado final deberá evidenciar el logro de las competencias respec vas. 3. Deberá abstenerse de hacer cambios de turno a menos que tenga el visto bueno por escrito del Departamento de Enfermería de la Ins tución contratante y de la Escuela. CAPITULO IX. REGLAMENTO EN LA SALA DE INFORMÁTICA Y LABORATORIOS 1. Llegar puntual a la clase o prác ca programada. 2. No ingerir alimentos ni bebidas en el aula de clase. 3. Cuidar los elementos de uso como son el computador, teclado, mouse, silla, audífonos, micrófonos, televisor, cámaras, maniquíes simuladores y material didác co. 4. El uso de los equipos para finalidades no académicas (juegos, facebook, messenger y otros) acarreará citación a Consejo Disciplinario. 5. Llevar a la sala los implementos necesarios para desarrollar su trabajo. 6. No guardar ni extraer información del computador sin autorización del docente. 7. Vacunar CD, memorias u otros accesorios que puedan contener virus, antes de iniciar su sesión de trabajo. 44 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 8. No dejar ningún po de archivo grabado en los equipos de cómputo, ya que estos serán borrados. 9. Respetar el trabajo de sus compañeros. 10. Salir en orden de la sala dejándola organizada. 11. Los servicio de Internet y laboratorio se prestarán en horas establecidas y con la supervisión de un docente. CAPITULO X DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO ARTICULO 58. PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE Se pierde la condición de estudiante por las siguientes causas: Ÿ Por disposición académica o disciplinaria de conformidad con lo establecido en el presente Manual. Ÿ Por cancelación voluntaria de la matrícula. Ÿ Por mo vos de salud, previa cer ficación médica avalada por EPS. Ÿ Por presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula o cualquier otra instancia del proceso de admisión y desarrollo del programa Ÿ Por incumplimiento recurrente del pago oportuno de las pensiones. Ÿ Por haber culminado el programa académico que cursaba y haber obtenido la cer ficación como Auxiliar en Enfermería. Ÿ Por no haber cumplido con la intensidad horaria tanto en fase teórica como prac ca tal como se especifican en el capítulo 5. Se en ende como falta disciplinaria y/o académica el incumplimiento de las responsabilidades y acuerdos contraídos con anterioridad consigo mismo y con la comunidad educa va que perjudica a los demás y entorpece el ambiente de orden, respeto, responsabilidad, armonía y calidad académica necesarios para el crecimiento y desarrollo integral de la persona. Las faltas disciplinarias y académicas son calificadas de la siguiente forma: ARTÍCULO 59. FALTAS LEVES: Aquellas en que se pueda incurrir en el acontecer diario de la vida de la ins tución, no recurrente y sin intencionalidad nega va. Son consideradas las siguientes: 45 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 1. Llegada tarde a la Ins tución y campos de prác ca siempre y cuando no sean reitera vas. 2. Desconocimiento de los principios y la filoso a ins tucional. 3. Vocabulario y comportamientos inadecuados. 4. Interrupción de las ac vidades académicas, mediante actuaciones que impidan el normal desarrollo de las mismas. 5. Inges ón de alimentos o mas car chicle en horas de clase, actos eucarís cos, culturales y campos de prác ca. 6. Desacato a las indicaciones y observaciones de los docentes por primera vez. 7. U lización inadecuada de los servicios de la Escuela y materiales de trabajo. 8. Presentarse a la Ins tución sin los implementos necesarios para las ac vidades. 9. No presentar excusas médicas dentro del empo oportuno. 10. Portar los uniformes inadecuadamente. 11. Irrespeto a los compañeros mediante abucheos, bromas, chanzas y apodos por primera vez. 12. Mal comportamiento en la calle o lugares públicos por primera vez. 13. U lizar los servicios de la ins tución y si os de prác ca sin portar el carné. 14. No devolver desprendibles de pago a empo. 15. No respetar el conducto regular. 16. Circular en áreas administra vas o del personal docente sin previa autorización. 17. Ejecutar actos que impidan el desarrollo normal del proceso de enseñanza aprendizaje, siempre que no trascienda del aula de clases. 18. Asis r inpuntualmente a las ac vidades académicas programadas. 19. Incumplir con la asistencia a las asesorías programadas por el docente o psicólogo de la Ins tución. 20. U lizar el teléfono celular, Ipod, MP3, MP4 y/o cualquier otro disposi vo electrónico que provoque distracción en la atención del estudiante en el periodo de clase o en el si o de prác ca por primera vez. ARTÍCULO 60. FALTAS MODERADAS: Son aquellas que muestran deficiencia en cuanto a la compresión y puesta 46 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL en prác ca de las normas é cas, morales y sociales de la Ins tución e implican directamente al individuo que las comete y afecta a otras personas tales como: 1. Irrespeto a los símbolos religiosos e ins tucionales 2. Manifestaciones amorosas o afectuosas portando el uniforme dentro y fuera de la Ins tución. 3. Bajo rendimiento académico a pesar del con nuo acompañamiento docente. 4. Re rarse de clase, prác ca o cualquier ac vidad sin el permiso correspondiente. 5. Llegadas tarde a la Ins tución y campos de prác ca de manera reiterada. 6. Incumplimiento a las ac vidades asignadas por la Escuela según sea el caso. 7. Desobediencia y burla a las órdenes impar das por las direc vas, docentes y personal administra vo y de apoyo. 8. Reincidir en cualquiera de las faltas leves por tercera vez. 9. Llamar a los compañeros y demás personas por sobrenombres en forma repe va. 10. Bulling y Cyber-bulling. ARTÍCULO 61. FALTAS GRAVES: Son aquellas que atentan contra los derechos de las personas, alteran profundamente los obje vos y el ambiente de la Ins tución. Entran en esta clasificación aquellas que se cometan dentro o fuera de la Escuela que causen perjuicio material, sico o moral. 1. La reincidencia en cualquiera de las faltas consideradas como moderadas, así sea por primera vez. 2. Realizar actos que impidan el desarrollo normal del proceso enseñanza aprendizaje, que trasciendan el aula de clases. 3. El hurto en todas sus manifestaciones dentro de la ins tución o en los si os de prác ca. 4. Organizar, realizar o par cipar en fraude académico, tales como sustracción o alteración de exámenes, la alteración de documentos académicos, soborno o intento de soborno (El fraude ocasionara la perdida de los logros evaluados y matrícula condicional). 5. Cualquier agresión sica o verbal, de palabra u omisión a direc vos, 47 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL docentes, personal administra vo, personal clínico, compañeros, pacientes y familiares de los mismos. 6. Agresión sica o verbal contra cualquier persona, pertenezca o no a la comunidad educa va dentro de la ins tución. 7. Sustraer bienes de la Escuela, propiedad personal de los estudiantes, trabajadores docentes y no docentes, debidamente comprobado, sin perjuicio de su pago o des tución y de las sanciones penales que correspondan. 8. Par cipar en riñas, dentro y en los alrededores de la Ins tución, incurriendo en amenazas, chantajes, in midaciones, sobornos y agresiones sicas o de palabra a cualquiera de los miembros de la comunidad educa va. 9. Actos de inmoralidad dentro y fuera de la Escuela que causen escándalo público y que atentan contra la dignidad humana o de otras personas o de la ins tución. 10. El encubrimiento de las faltas de los compañeros y entorpecimiento de las inves gaciones adelantadas por las autoridades de la Escuela. 11. Porte, uso o suministro de armas, bebidas embriagantes, tabaco o drogas alucinógenas dentro, fuera de la ins tución y /o campos de prac ca con o sin uniforme donde involucre el pres gio y buen nombre de la ins tución. (Decreto 1108 del 31 de mayo de 1.994, plantea exclusión del establecimiento). 12. Presentarse en la Escuela o si os de prác ca en estado de embriaguez o drogadicción. 13. Falsificación de documentos, excusas médicas, firmas o sellos. 14. Soborno chantaje y ó intento del mismo ante la comunidad educa va. 15. Amo namiento ante direc vas y polí cas trazadas por la Ins tución. 16. Indisciplina permanente y/o reiterada, bajo rendimiento académico a pesar del acompañamiento docente. 17. Ingresar con el uniforme a si os de diversión, donde presenten espectáculos que atenten contra la integridad moral, sica o mental (código del menor tulo II, ar culo 233). 18. Desacreditar, difamar o calumniar a la ins tución, su filoso a, sus principios o a cualquier miembro de la Ins tución. 19. Realizar cualquier daño material causado dolosamente en los bienes de la Escuela o si os de prác ca, sin perjuicio del pago de las reparaciones. 20. Conformar o pertenecer a pandillas a cualquier otra po de organización 48 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL que ocasiona temor, desorden o cualquier po de daños a la Ins tución y comunidad educa va. 21. Realizar llamadas telefónicas malintencionadas o mensajes por vía electrónica a direc vas, instructoras, personal administra vo u otro personal adscrito a la Escuela. 22. Incumplimiento de los turnos asignados por la Escuela sin causa jus ficada, o cambio de turno sin su debida autorización. 23. Usar el nombre de la Escuela, direc vo y/o colaborador para beneficio personal. 24. Alterar el proceso forma vo, el ambiente educa vo y de prác ca por inadecuado y reincidente manejo de las relaciones interpersonales y sen mentales con compañeros que entorpecen la armonía y el respeto. Involucrarse de manera sen mental con colaboradores de la ins tución. 25. Publicar en páginas personales imágenes o mensajes que comprometan el buen nombre de docentes, direc vos, personal administra vo, o compañeros de la Ins tución. 26. Incumplimiento del Acta de Compromiso académica o disciplinaria. 27. Abandonar las ac vidades y responsabilidades asignadas durante su proceso forma vo según etapa de formación: Etapa básica ó lec va y etapa produc va durante su contrato de aprendizaje sin presentar o informar a su jefe inmediato o a la Escuela. ARTICULO 62. Son causales atenuantes y agravantes de las faltas: Atenuantes: 1. Se consideran todos los hechos que disminuyan la gravedad de una falta 2. Haber observado buena conducta anterior y no tener llamadas de atención previos por ninguno de los dos consejos. 3. Haber sido inducido o recibir amenazas por parte de otra persona para cometer la falta. Agravantes: Son todos los hechos que incrementan la gravedad de una falta: 1. Haber observado mala conducta en forma con nua. 2. Tener matrícula condicional. 3. Tener en su hoja de vida resoluciones de carácter académico o disciplinario. 49 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 4. Reincidencia en las faltas. 5. Haber actuado en forma dolosa. 6. Haber preparado la falta con complicidad o encubrimiento de otras personas. 7. Tener bajo rendimiento académico. ARTICULO 63. PROCEDIMIENTO PARA CORRECTIVOS Y SANCIONES Correc vos: Acciones de po forma vo basadas en el dialogo, la orientación y la mo vación como mecanismo para redireccionar un comportamiento o reparar una actuación. Sancionatorios: Como consecuencia lógica de la infracción de las normas después de agotar la aplicación de correc vos. Entre los correc vos que se pueden aplicar según las circunstancias están las siguientes: 1. Llamado de atención verbal: Realizado de manera privada y amigable con anotación en el registro disciplinario del estudiante: 2. Diálogo reflexivo con el estudiante, siguiendo el conducto regular. En este diálogo se buscará: Ÿ Verificar la existencia de la falta y establecer responsabilidades. Ÿ Escuchar y dar oportunidad al estudiante de realizar descargos respecto a la falta. Ÿ Conciliar y establecer compromisos Ÿ Consignación de los compromisos a los que se ha llegado con el estudiante en el observador del mismo. 3. Llamado de atención escrito con acta de compromiso: Se hará llamado de atención escrito que será anexado a la hoja de vida del estudiante, y que incluirá un compromiso escrito en el mismo, donde el educando detallará a qué se compromete en lo sucesivo con relación a la falta come da. 4. Informe al Consejo de Disciplinario y/o académico según corresponda: Cuando la falta sea repe va o grave se debe comunicar al Consejo informando el hecho, el proceso llevado a cabo y sugiriendo una posible sanción. 5. Citación al Consejo Disciplinario y/o académico: Ÿ Cuando se tenga conocimiento de una falta grave o repe va, el consejo valorará la falta e inmediatamente citará al estudiante para comunicarle los cargos formulados, se le hará conocer en detalle el 50 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL po de falta come da y sus implicaciones; así mismo será informado de su derecho a presentar descargos y pruebas que es me per nentes para aclarar su situación. Ÿ Cuando se presente una falta grave que ponga en peligro la estabilidad de algún miembro de la comunidad educa va y hospitalaria, el estudiante responsable será suspendido provisional e inmediatamente de la ins tución o del campo de prác ca mientras se efectúa el debido proceso. 6. En situaciones crí cas, en las que se han agotado el debido proceso de los consejos disciplinario y académico ; se han u lizado todos los recursos y donde puede estar comprome da la permanencia del estudiante en el plantel educa vo, se dará citación con el consejo Direc vo. ARTICULO 64. Las sanciones disciplinarias y/o académicas son las siguientes: 1. Memorando disciplinario y/o académicos según el caso respec vo con copia a su hoja de vida. 2. Suspensión del campo de prác ca o de la Escuela, con reposición posterior de los turnos si es el caso. 3. Matrícula condicional con acta de compromiso académica o disciplinaria. 4. Cancelación del contrato de aprendiz 5. Aplazamiento o suspensión de la cer ficación si en el momento de la misma cursa con una sanción disciplinaria. 6. Cancelación de la matrícula. 7. La no ficación al estudiante de las sanciones tomadas en las faltas moderado y grave se harán de manera escrita a través de resolución durante los siguientes 5 días hábiles según lo estudiado en el comité. Para los numerales 3, 4 y 5, las sanciones serán socializadas con el acudiente del estudiante. PARÁGRAFO: En caso de que un estudiante cometa una falta muy grave, que atente contra la integridad de la Ins tución o de un miembro de la comunidad educa va, se podrán omi r algunos de los pasos enunciados en el proceso y llegar hasta la cancelación de la matrícula. Esto sólo se podrá hacer con el aval del Consejo Direc vo. 51 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ARTÍCULO 65. Son causales de matricula condicional: 1. Reincidencia en faltas moderadas o graves 2. Falta grave que no amerite cancelación del contrato de matrícula ARTÍCULO 66. Son causales de cancelación de matrícula: Ÿ Las que determine el Consejo Disciplinario como faltas graves que soporten dicha cancelación. La Escuela, acorde con la Ley 1620 de 2013. "POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR" ajusta sus mecanismos de acción y define los conceptos para dar cumplimiento a lo dispuesto así: Ÿ Promoción: El comité de bienestar y pastoral junto con el comité académico ajusta sus planes de acompañamiento y diseño talleres periódicos para ser trabajados para mejorar la convivencia escolar, tolerancia, convivencia ciudadana. Ÿ Prevención: se creara un plan de trabajo para desarrollar temá cas específicas para fomentar el respeto por los derechos y los deberes de los conformantes de la comunidad educa va para minimizar los conflictos que pudieran aparecer, concertando el dialogo y la solución en los conflictos. Ÿ Atención: para la atención de los posibles conflictos que surjan entre los conformantes de la comunidad educa va se ajustaron y rediseñaron los protocolos de atención ajustándolos a los requerimientos de ley y dependiendo de las caracterís cas de estos. Ÿ La puesta en conocimiento de los hechos a las direc vas o y/ docentes de la ins tución, esta acción de dar a conocer los hechos puede darse por parte de cualquiera de los integrantes de la comunidad; estudiantes, docentes, padres de familia o cualquier otra persona conocedora del caso. Esta puesta en conocimiento puede ser verbal o escrita. Ÿ Una vez se conozca el hecho se procederá por parte de la direc va o uno de los comités ac vos a clasificarla dentro de los grupos de faltas contempladas en este reglamento. 52 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL Ÿ Cuando no exista certeza sobre la ocurrencia de los hechos o de los posibles responsables, el caso deberá ser revisado por los comités según corresponda o si es el caso se solicitara a comité en pleno para abrir inves gación per nente, una vez clasificada la falta, se comunicará formalmente al estudiante el proceso a seguir y la sanción a tomar según resoluciones. CAPITULO XI PASTORAL SOCIAL ARTÍCULO 67. PSICOLOGÍA Servicio dirigido a los estudiantes, docentes, acudientes y comunidad educa va en general perteneciente a la Escuela, como un acompañamiento durante el proceso forma vo. Se realiza asistencia inmediata y personalizada a los estudiantes en formación conforme a las necesidades iden ficadas desde el ingreso, facilitando el desarrollo de las ac tudes, habilidades y competencias propias al ejercicio y que favorecen la adaptabilidad, cumplimiento y efec vidad de los mismos, en los diferentes contextos a los que se ven expuestos durante el plan educa vo. ARTÍCULO 68. CAPELLANÍA La capellanía de la Escuela es un servicio de pastoral de la iglesia católica en beneficio de toda la comunidad educa va: estudiantes, docentes y padres de familia. El servicio de capellanía consiste especialmente en la preparación y celebración de la Eucaris a y de los sacramentos, en la consejería espiritual, formación en la competencia de é ca y en el apoyo a las ac vidades del Consejo de Bienestar Estudian l y Pastoral Social. ARTÍCULO 69. ENFERMERÍA El personal de Docentes de la escuela (enfermeras) cuenta con área para atención de primeros auxilios básicos. En situación crí ca se remite el estudiante a la Ins tución asistencial más cercana, dando aviso oportuno a familiar y/o acudiente. 53 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL ARTÍCULO 70. OTRAS ACTIVIDADES Son ac vidades de orden depor vo, ecológico y cultural complementarias a las acciones pedagógicas de la Escuela, éstas se desarrollan entre semana en el horario dispuesto por la ins tución. CAPITULO XII. DE LA CEREMONIA DE CERTIFICACIÓN La cer ficación es el reconocimiento académico que realiza la Ins tución a quienes cursan y aprueban en su totalidad las competencias establecidas en el plan de estudios del programa y han cumplido los demás requisitos exigidos por la misma. Para optar por el cer ficado correspondiente el estudiante debe cumplir los siguientes requerimientos: Ÿ Haber cumplido y aprobado las competencias establecidas en el plan de estudios. Ÿ Estar a paz y salvo en todo concepto con la Ins tución. Ÿ Haber cancelado los derechos de cer ficación. Ÿ Para aquellos estudiantes que por razones especiales no se puedan cer ficar por ceremonia recibirán su cer ficación y acta; en la Secretaria de la ins tución, una vez cumpla con los requisitos anteriormente mencionados, 3 días hábiles posteriores a la ceremonia. En horario de 8ª.m a 10 a.m. Ÿ CAPITULO XIII. DISPOSICIONES FINALES La modificación de cualquiera de las normas que hacen parte del presente manual está a cargo del Consejo Direc vo de la Ins tución. Ÿ Copia del presente Manual de Convivencia se entregará al momento de iniciar las ac vidades académicas Ÿ 54 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL 55 ESCUELA PARA AUXILIARES DE ENFERMERÍA SAN RAFAEL COMUNIQUESE PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en la Dirección de la Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael”, en la ciudad de Bogotá D. C. a par r del 30 de Enero de 2015. Hno. JUAN CARLOS TOVAR HUERTAS Superior Provincial Orden Hospitalaria San Juan de Dios Representante legal Escuela para Auxiliares de Enfermería “San Rafael” Dr. CARLOS VICENTE RADA Director de Provincia Colombiana de Nuestra Señora del Buen Consejo Enf. OLGA JEANET CESPEDES CASTILLO Directora EAESR Enf. MONICA IRENE MONTAÑA AREVALO Docente EAESR Enf. ANGELA VIVIANA SALAZAR TAFUR Docente EAESR 56
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