TRUST RECEIPT Vencimiento en Bs. As. / / Vencimiento Exterior / / Recibimos de conformidad del Banco Industrial S.A., sin transferencia de dominio, los documentos que se detallan a continuación (los “Documentos”): Conocimientos de Embarque Original Factura Visada Facturas Copias Relacionados con Carta de Crédito Nº Lista de Embarque Certificado de Origen Factura Comercial Disposición por: Vapor / A.W.B.: Recibimos los Documentos al solo y único efecto de efectuar el trámite aduanero del despacho a plaza. Nuestra intervención en este trámite se debe únicamente a que ella está forzosamente impuesta por reglamentaciones oficiales, las cuales disponen que el trámite aduanero del despacho a plaza no puede efectuarse, sino por el importador. El recibo de los Documentos no importa alterar cualesquier otra estipulación de la solicitud de apertura de la Carta de Crédito citada en la referencia, la que se mantendrá plenamente vigente. Dejamos expresa constancia que liberamos de toda responsabilidad al Banco por las discrepancias que pudiera presentar la Documentación, presentando nuestra conformidad a la misma. Nos responsabilizamos por las dificultades que tales discrepancias pudieran ocasionar para el despacho a plaza de las mercaderías. Nos comprometemos a reintegrar al Banco las divisas que el corresponsal del Banco hubiera abonado y que no pudieran ser transferidas por no poderse despachar a plaza las citadas mercaderías. En caso que corresponde, de acuerdo con la solicitud de la Carta de Crédito, podrá el Banco proceder según lo dispuesto por el art. 2229 del Código Civil y Comercial de la Nación. Reconocemos que la Documentación (y/o la mercadería correspondiente), de la que nos constituimos en depositarios, pertenece y seguirá perteneciendo al Banco., y nos obligamos a devolverla dentro de las 24 horas de ser intimidados al efecto, sin demora ni excusa alguna. Queda entendido que aunque no existiera interpelación anterior, nos obligamos a devolverla dentro del término de ( ) días a partir de la fecha del presente, plazo que establecemos necesario y suficiente a fin de efectuar la tramitación arriba indicada. El plazo mencionado regirá independientemente de la llegada del vapor o transporte citado y de la posibilidad o dificultades para el despacho y/o revisión de mercadería amparada por la Documentación, comprometiéndonos a mantener al Banco informado de la tramitación pertinente. Nos obligamos a mantener la mercadería correspondiente a la Documentación asegurada contra todo riesgo, con los derechos transferidos al Banco., por una compañía de seguros a satisfacción del Banco durante la eventual permanencia de la misma en nuestro poder como depositarios. Los riesgos no cubiertos por el seguro serán a nuestro exclusivo cargo. El presente compromiso es sin perjuicio de los derechos del Banco., que surjan de cualesquier otra obligación, compromiso o aceptación vigente o que hayamos contraído a favor del Banco, ya sea con relación a la presente mercadería y/o la Documentación o a cualquier otro embarque o negocio bancario pendiente o futuro. Queda expresamente establecido que todos los derechos de dominio y posesión quedan reservados a favor del Banco, y por consiguiente, nosotros como meros depositarios, tenedores precarios y accidentales, carecemos de todo derecho a disponer de la Documentación o de la mercadería correspondiente, o transferirla, enajenarla o gravarla por cualquier acto o causa jurídica, como también modificar su estado o naturaleza. En caso de que este compromiso no sea cumplido a su vencimiento, el Banco, queda facultado a debitar los importes correspondientes, más los gastos del caso, de nuestra cuenta corriente con el Banco, ya sea contra fondos suficientes o en descubierto. Si no existieran fondos o el Banco optase por no efectuar el débito en descubierto en nuestra cuenta corriente con el Banco, nos comprometemos a abonar el importe solicitado dentro de las 24 horas de recibida la intimación a tal efecto. Expresamente declaramos que reconocemos al presente documento plena fuerza habilitante de la vía ejecutiva para exigir el pago de todos los importes que adeudáramos al Banco, pudiendo éste, a su exclusiva opción, valerse del presente o de la certificación del saldo de nuestras cuentas corrientes con el Banco. A todos los efectos judiciales o extrajudiciales del presente compromiso y para cualquier notificación o emplazamiento, constituimos domicilio legal en , en donde se tendrán por válidas las mismas, y nos sometemos a la jurisdicción de los tribunales en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder ----------------------------------Lugar ----- / ---------------/-----Fecha ----------------------------------------Firma CE 002 08/2015
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