lineamientos de integración, uso y compartición de información

LINEAMIENTOS DE INTEGRACIÓN, USO Y
COMPARTICIÓN DE INFORMACIÓN SOCIOECONÓMICA
DEL SIFODE
SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL
DIRECCIÓN GENERAL DE GEOESTADÍSTICA Y PADRONES DE BENEFICIARIOS
Junio, 2015
Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
México D. F., 23 de junio de 2015
De acuerdo con el Artículo 9, fracción I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2012,
corresponde a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional:
“Planear, diseñar y evaluar las estrategias, programas, proyectos y
acciones en materia de desarrollo social y proponer las políticas, criterios y
lineamientos generales para el cumplimiento de los objetivos de los
programas y acciones de la Secretaría”
“Establecer los lineamientos para la elaboración y la actualización de los
padrones de personas beneficiarias de los programas sociales e
integrarlos al padrón de programas federales de desarrollo social, así como
para la recolección de información socioeconómica, identificación de
hogares e información social, estadística y georreferenciada”
Con base en lo anterior y en cumplimiento del Artículo 36, fracciones V, VI y VII, donde
corresponde a la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios:
“Salvaguardar la información socioeconómica recolectada por los
programas sociales a cargo de las unidades administrativas y los órganos
administrativos desconcentrados de la Secretaría, así como de las
entidades del Sector”
“Establecer los procedimientos y operar los sistemas para la integración,
actualización y publicación de la información del padrón de personas
beneficiarias de los programas sociales”
“Desarrollar y mantener una plataforma informática que permita a las
unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados
de la Secretaría, así como a las entidades del Sector realizar actividades de
planeación, diseño y evaluación de la política social a través del uso de
información estadística y espacial”
Asimismo, considerando que el artículo 31, fracción VII establece que la Dirección General
de Tecnologías de la Información y Comunicaciones menciona que deberá:
“Apoyar a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo
Regional, a partir de las directrices que le marque el o la Titular de la
Oficialía Mayor, en las actividades de integración, consolidación y
administración de la estadística en materia de desarrollo social”
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
Contenido
1. Considerando .................................................................................................................................. 4
2. Objetivos ........................................................................................................................................... 5
2.1. Objetivo general ................................................................................................................... 5
2.2. Objetivos particulares .......................................................................................................... 5
3. Glosario y siglas .............................................................................................................................. 5
4. Fundamento legal ........................................................................................................................... 7
5. Ámbito de aplicación ...................................................................................................................... 7
6. Disposiciones generales ................................................................................................................ 7
6.1. Participantes ......................................................................................................................... 7
6.2. Fuentes de información del SIFODE para: ...................................................................... 8
6.2.1. Integración ....................................................................................................................... 8
6.2.2. Actualización ................................................................................................................... 8
6.2.3. Complemento .................................................................................................................. 8
6.3. Adhesión al SIFODE ........................................................................................................... 8
6.3.1. Derechos y obligaciones de los órganos adheridos al SIFODE ............................. 9
6.4. Criterios de elegibilidad..................................................................................................... 10
7. Disposiciones específicas............................................................................................................ 10
7.1. Información disponible en el SIFODE ............................................................................ 10
7.2. Integración de información al SIFODE ........................................................................... 10
7.2.1. Carga de información ................................................................................................... 10
7.2.2. Evaluación de la calidad de datos ............................................................................. 11
7.2.3. Análisis de información ................................................................................................ 11
7.2.4. Actualización del SIFODE ........................................................................................... 11
7.3. Uso de la información ....................................................................................................... 11
7.4. Compartición de información ........................................................................................... 11
7.4.1. Entrega de universos potenciales .............................................................................. 12
7.4.2. Entrega de información adicional ............................................................................... 12
8. Interpretación ................................................................................................................................. 12
9. Artículos transitorios ..................................................................................................................... 12
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
La Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, con fundamento en lo
establecido en el artículo 36 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Social; y de acuerdo al Manual de Organización y de Procedimientos de la
Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, y
1. Considerando
Que el Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE) tiene como objetivo la focalización
de participantes para la atención por parte de los programas sociales a través de la
integración de información socioeconómica, modelos de evaluación y la contribución al
establecimiento de criterios de intervención para la atención de los beneficiarios.
Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) a través de la Dirección General de
Geoestadística y Padrones de Beneficiarios (DGGPB), es la responsable de administrar el
SIFODE con base en la información obtenida a través de los programas y conforme a los
presentes Lineamientos.
Que dentro de las atribuciones de la DGGPB se encuentra desarrollar y mantener una
plataforma informática que permita a las unidades administrativas y a los órganos
administrativos desconcentrados de la SEDESOL, así como a las entidades del Sector,
realizar actividades de planeación, diseño y evaluación de la política social a través del uso
de información estadística y espacial.
Que dentro de los objetivos específicos de la DGGPB se encuentran generar información
sustantiva y estratégica para la planeación de las distintas acciones de la política social;
orientar el otorgamiento de los apoyos con base en las características económicas, sociales
y demográficas de la población; y construir un sistema único de identificación, sujeto a
principios de objetividad, equidad, transparencia, selectividad y temporalidad.
Que cada programa establece en su normatividad aplicable, de acuerdo con sus objetivos,
propósitos y acciones, los criterios de elegibilidad para la identificación de poblaciones
potenciales y susceptibles de recibir apoyos; para lo cual, cada uno capta la información
correspondiente para determinar si cumple con sus criterios establecidos.
Que en cumplimiento al párrafo transversal del SIFODE, incorporado en las Reglas de
Operación para el año 2015 de los programas de la SEDESOL y aquellos que forman parte
de la Cruzada contra el Hambre, en el cual se hace referencia a la recolección e integración
de información socioeconómica y su evaluación en el SIFODE, además de que de manera
transitoria su implementación será gradual durante el primer semestre del ejercicio fiscal
2015 y de uso obligatorio al concluir dicho periodo.
Que cada programa efectúa el mantenimiento de los datos de sus beneficiarios a través de
la actualización de la información para la identificación por medio de diferentes
herramientas.
Que el Ejecutivo Federal impulsará, de manera transversal, la igualdad sustantiva entre
mujeres y hombres a través de la incorporación de la perspectiva de igualdad en el diseño,
elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la
Administración Pública Federal, por lo que se debe de considerar: identificar y registrar la
población objetivo y la atendida por dichos programas, diferenciada por sexo, grupo de
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
edad, región del país, entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito
Federal, y población indígena en los sistemas que disponga la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público y en los padrones de beneficiarias y beneficiarios que correspondan.
Que por virtud de los fundamentos y consideraciones expuestas, he tenido a bien emitir los
siguientes:
LINEAMIENTOS DE INTEGRACIÓN, USO Y COMPARTICIÓN DE INFORMACIÓN
SOCIOECONÓMICA DEL SIFODE.
2. Objetivos
2.1. Objetivo general
El objetivo de los presentes Lineamientos es establecer los términos, criterios, condiciones
y características de los procesos de integración, uso, compartición y actualización de
información socioeconómica, para la focalización de participantes de los programas en el
SIFODE.
2.2. Objetivos particulares
I.
II.
III.
IV.
V.
Definir los criterios para la adhesión de programas al uso del SIFODE.
Establecer los criterios para la integración de información por parte de los
programas adheridos al uso del SIFODE.
Determinar la información a integrar al SIFODE, así como los criterios para su
actualización y vigencia.
Disponer las condiciones para el uso y la compartición de información entre los
programas adheridos al SIFODE.
Disponer de los modelos para evaluar la información socioeconómica de los
participantes en el SIFODE.
3. Glosario y siglas
Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
Beneficio: Todo aquel subsidio o apoyo otorgado a los participantes a través de un
programa.
Beneficiario: Participantes que forman parte de la población objetivo atendida por los
programas.
Cuestionarios: Denominación genérica de los instrumentos de recolección: Cuestionario
Único de Información Socioeconómica (CUIS), Cuestionario Único de Actores Sociales
(CUAS), Cuestionario Único de Obras y Servicios (CUOS) y Cuestionario Complementario
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
(CC) y otros en los que se capte información que permita la identificación de posibles
beneficiarios.
Cuestionario Complementario (CC): Instrumento de recolección, adicional al CUIS, que
capta información específica que el programa requiere para determinar la elegibilidad de los
posibles beneficiarios.
Cuestionario Único de Actores Sociales (CUAS): Cuestionario diseñado por la
SEDESOL para el registro de actores sociales que reciben algún apoyo (Anexo 1).
Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS): Cuestionario diseñado por
la SEDESOL para la captación de información socioeconómica de hogares y personas para
la identificación de los posibles beneficiarios (Anexo 2).
Cuestionario Único de Obras y Servicios (CUOS): Cuestionario diseñado por la
SEDESOL para el registro de obras de infraestructura o servicios llevados a cabo en los
que se ejercieron recursos públicos en áreas de participación social (Anexo 3).
Derechos para el Desarrollo Social: Son la educación, salud, alimentación, vivienda, el
disfrute de un ambiente sano, trabajo, seguridad social y los relativos a la no discriminación
en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Formato de Registro de Programas: Documento diseñado y administrado por la
SEDESOL para la obtención de información de los programas (Anexo 4).
Hogar: Conjunto de personas que hacen vida en común dentro de una misma vivienda,
unidos o no por parentesco, que comparten los gastos de manutención y preparan los
alimentos en la misma cocina.
Lineamientos: Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información
Socioeconómica del SIFODE.
Padrón Único de Beneficiarios (PUB): Base de datos que contiene la información de
todos los padrones de beneficiarios de todos los Programas de Desarrollo Social.
Participantes: Unidades que forman parte del Registro de Participantes (RP) en el Sistema
de Información Social Integral (SISI) y se clasifican en: Persona, Área de Atención Social o
Actor Social.
Programas: Estrategias, planes y/o acciones de la Administración Pública Federal
previstos en la Política Nacional de Desarrollo Social o de las dependencias adheridas al
SIFODE de cualquier orden de gobierno encaminadas a contribuir al ejercicio de los
derechos para el desarrollo social.
Registros Administrativos: Datos relacionados con los participantes, operados por
entidades normativas en la materia, y que se consideran fuentes de actualización de la
información socioeconómica del SIFODE.
Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).
Sistema de Información Social Integral (SISI): Plataforma tecnológica diseñada,
integrada y administrada por la SEDESOL, que explota los datos socioeconómicos de los
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
participantes y la información sobre la oferta de programas sociales que permitan una mejor
planificación, coordinación y focalización de la política social.
Unidad Administrativa Responsable del Programa (UARP): Dirección, Coordinación o
área administrativa responsable de la operación de algún programa de desarrollo social.
4. Fundamento legal
Los presentes Lineamientos tienen como fundamento legal:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Artículo 32.
Ley de Planeación, Artículos 2, 16, 21, 33 y 34.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,
Artículos 4, 7, 18, 20, 21, 22 y 25.
Ley General de Desarrollo Social, Artículos 1, 3, 27, 36, 38, 44, y 71.
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, Artículos 40, 41, 47 y 51.
Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, Artículos 9, y 36.
Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares.
Lineamientos para los Procesos de Recolección de Información Socioeconómica y
Captura.
Manual de Organización General de la Secretaría de Desarrollo Social
Manual de Organización Específico de la Dirección General de Geoestadística y
Padrones de Beneficiarios.
Manual de Operación para la Integración del Padrón Único de Beneficiarios.
5. Ámbito de aplicación
Los presentes Lineamientos deberán ser puestos a disposición por parte de la Secretaría y
deben ser utilizados por los programas sociales, de conformidad con su normatividad.
Asimismo, serán aplicables a las instituciones y dependencias adheridas al SIFODE.
La SEDESOL a través de la DGGPB es la responsable de la aplicación de los
Lineamientos.
6. Disposiciones generales
6.1. Participantes
1) Persona: Individuo que forma parte de un hogar, es decir que declara que hace
vida en común dentro de una misma vivienda y puede estar unido o no por
parentesco con otros individuos, que comparten los gastos de manutención y
preparan los alimentos en la misma cocina.
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
2) Área de Atención Social: Unidad que se refiere a un lugar delimitado
geográficamente que pueda ser sujeta o no a la aplicación de los programas de
beneficio comunitario.
3) Actor Social: Unidad conformada por un individuo, grupo, organizaciones o
instituciones con un fin común que interactúan en la sociedad y que, por iniciativa
propia, coordinan o ejecutan acciones y propuestas que contribuyen a fortalecer el
desarrollo social.
6.2. Fuentes de información del SIFODE para:
6.2.1. Integración
La integración de datos inicial de los participantes al SIFODE es a través de:



CUIS.- para hogar y personas.
CUOS.- para Área de Participación Social.
CUAS.- para un Actor Social.
6.2.2. Actualización
Las fuentes de actualización de información para los participantes son:

Para Personas: El CUIS, el PUB, los CC y Registros Administrativos.

Para Áreas de Atención Social y Actores Sociales serán: El CUOS, el CUAS, el
PUB, y Registros Administrativos.
6.2.3. Complemento
Será posible contar con información adicional recolectada a través de Registros
Administrativos utilizados por los programas o bien por parte de entidades normativas.
La Secretaría podrá requerir a los programas y a las entidades normativas información de
Registros Administrativos para la confronta y/o actualización del SIFODE mediante
convenios u oficios en los casos que se requiera.
6.3. Adhesión al SIFODE
Los programas a cargo de la Secretaría, así como de los órganos administrativos
desconcentrados, entidades que forman parte del Sector y aquellos de la Administración
Pública Federal que participen en alguna estrategia del Gobierno Federal relativa al
desarrollo social que les hubiese sido mandatada, estarán adheridos al SIFODE de manera
automática y obligatoria. Además, podrán adherirse de manera voluntaria programas que
así lo requieran a través de los instrumentos jurídicos preestablecidos por la SEDESOL,
para lo cual deberán llenar el Registro para la Adhesión al SIFODE (Anexo 5).
La adhesión al SIFODE podrá ser para:
1) Proveedores de información: Las entidades que así lo soliciten podrán suministrar
información para la actualización y confronta del SIFODE, por lo que deberán
observar los Lineamientos para los Procesos de Recolección de Información
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
Socioeconómica
y
Captura,
disponibles
en
http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Me
nu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_RISC.pdf, en los cuales se
establecen los criterios que deben seguir para recolectar información
socioeconómica.
2) Usuarios de información: Las entidades que así lo soliciten podrán utilizar la
información proveniente del SIFODE, para la identificación de universos potenciales
o con carácter estadístico.
La forma en que se adhieran deberá estar indicada en el Registro para la Adhesión al
SIFODE (Anexo 5), que se establecerá de mutuo acuerdo con la Secretaría.
La UARP notificará a la Secretaría el nombre y datos del responsable del SIFODE ante la
DGGPB, que tenga a bien designar mediante el Registro para la Adhesión al SIFODE
(Anexo 5). Éste será responsable de la carga de información así como del uso y trasmisión
de datos personales.
6.3.1. Derechos y obligaciones de los órganos adheridos al SIFODE
Los programas que forman parte del SIFODE contarán con los siguientes derechos:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
Obtener universos potenciales adecuados a la identificación de su población
objetivo.
Demandar la aclaración de dudas respecto a la generación de universos
potenciales.
Modificar los criterios para la generación de universos potenciales, previo acuerdo
con la Secretaría.
Solicitar información adicional para el apoyo en sus estrategias de focalización,
planeación o toma de decisiones.
Recibir capacitación y asesoría sobre el uso de la plataforma del SIFODE.
Requerir cualquier aclaración sobre alguna falla al realizar una carga de información
en la plataforma del SIFODE.
Los programas que forman parte del SIFODE están obligados a:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
Realizar las cargas de información (en línea o fuera de línea) conforme a los
acuerdos establecidos con la Secretaría.
Proporcionar a la Secretaría los criterios de focalización para la generación de
universos potenciales.
Facilitar a la Secretaría la información y criterios suficientes para determinar la
vigencia y la información que se visualizará en la plataforma del SIFODE.
Ser responsable de la homologación de la estructura de datos y de la carga en el
SIFODE.
Reportar a la Secretaría mediante oficio cualquier anomalía o contratiempo que
haya impedido la carga de información socioeconómica.
En los casos extraordinarios en que las UARP’s no entreguen la información dentro
de las fechas establecidas en los calendarios acordados, deberán presentar oficio
con las respectivas causales que justifiquen el incumplimiento y medidas para no
reincidir en la acción.
Los programas que recolecten información socioeconómica serán responsables del
resguardo.
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
6.4. Criterios de elegibilidad
Los criterios de elegibilidad serán determinados por cada programa y corresponderán a los
que se encuentran contenidos en sus Reglas de Operación del ejercicio fiscal en curso. El
SIFODE no establece los criterios de elegibilidad ni define la entrega de beneficios, pero sí
es una herramienta de focalización y de información social diseñada para el apoyo a los
programas.
7. Disposiciones específicas
7.1. Información disponible en el SIFODE
El SIFODE contará con al menos la siguiente información de acuerdo al tipo de
participante, el cual puede o no ser receptor de un beneficio, por ende no implica
necesariamente contar con una evaluación o intervención:
I.
II.
III.
IV.
V.
Registro de Participantes (RP): Sistema de información que integra y administra
los datos de Personas, Áreas de Atención Social o Actores Sociales susceptibles o
no de recibir beneficio de los programas.
Domicilio: Datos necesarios para la localización de participantes que se registran
con base en la Norma Técnica de Domicilios Geográficos.
Evaluación: Segmentación de participantes mediante modelos que valoran sus
condiciones y generan grupos con características similares, además de
proporcionar indicadores que permiten priorizar las intervenciones.
Intervenciones: Son los beneficios orientados a contribuir al ejercicio de los
derechos para el desarrollo social.
Universos potenciales: Conjunto de participantes que cumplen con los criterios de
elegibilidad para ser beneficiarios de un programa específico y que son identificados
a partir de la información disponible en el SIFODE.
El Catalogo con el Listado de Variables del SIFODE se especifica en el Anexo 6.
7.2. Integración de información al SIFODE
7.2.1. Carga de información
Se incorporará al SIFODE información vigente de los participantes.
La vigencia de la información incorporada es de máximo cinco años fiscales a partir de su
recolección, incluyendo el presente.
Los programas realizarán cargas de información de la siguiente manera, y conforme a las
instrucciones o medios que la DGGPB establezca:
1) Fuera de línea (carga local): Consiste en cargas masivas de información en la
plataforma del SIFODE de acuerdo al calendario acordado con la Secretaría.
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
2) En línea: Los programas que cuenten con sistemas propios de carga de
información y que se encuentren sincronizados con los sistemas de la Secretaría
cargarán información de manera directa.
7.2.2. Evaluación de la calidad de datos
La Secretaría a través de la DGGPB ejecutará el proceso de calidad de datos de
conformidad con los Criterios para la Calidad de Datos y Criterios de Identificación Única de
Personas y Hogares (Anexos 7 y 8, respectivamente).
7.2.3. Análisis de información
La Secretaría a través de la DGGPB aplicará los modelos de evaluación y confronta de
intervenciones de conformidad con:



Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares:
http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Me
nu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_Evaluacion_CSH.pdf
Formato para la Definición de Criterios de la Matriz de Gestión (Anexo 9).
Calendario de vigencias de intervenciones (Anexo 5).
7.2.4. Actualización del SIFODE
La información del SIFODE será actualizada de manera mensual en línea o fuera de línea.
7.3. Uso de la información
Los programas a cargo de la Secretaría, así como de órganos administrativos
desconcentrados y entidades del sector, deberán utilizar el SIFODE para la determinación
de universos potenciales y la incorporación de participantes como beneficiarios de sus
programas.
La actualización de universos potenciales será posible cuando el hogar actualice su
información socioeconómica derivado de:
1)
2)
3)
4)
A petición del hogar.
La información socioeconómica perdió vigencia.
Cambio de domicilio.
Cambio de composición demográfica del hogar (nacimiento de un integrante,
defunción de un integrante, separación o abandono definitivo de cónyuge,
separación o adhesión de un integrante).
5) Por los procesos operativos propios de los programas.
7.4. Compartición de información
Los programas adheridos al SIFODE compartirán de manera transversal la información a
través de la plataforma.
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Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE
7.4.1. Entrega de universos potenciales
La Secretaría a través de la DGGPB entregará universos potenciales con una frecuencia no
menor a un mes y atendiendo las necesidades de cada uno de los programas adheridos al
SIFODE.
7.4.2. Entrega de información adicional
La entrega de información adicional que requieran los programas deberá ser a petición y
acordada con la SEDESOL a través de oficio. El tiempo de entrega atenderá al volumen y
tipo de ésta. El tiempo máximo para su trasmisión no será mayor a 20 días hábiles, y su
entrega será recurrente a partir de la siguiente liberación de universos potenciales.
8. Interpretación
La interpretación de los Lineamientos es facultad exclusiva de la SEDESOL a través de la
DGGPB, que además es la única instancia autorizada para resolver casos no previstos en
los mismos y brindar atención sobre dudas respecto a su aplicación, interpretación y
alcance.
9. Artículos transitorios
PRIMERO: Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir de su publicación en el la
Normateca.
SEGUNDO: Aquellos programas que emitan normatividad, que contenga párrafo
transversal del SIFODE, para el ejercicio fiscal 2015 se deberán apegar a los presentes
Lineamientos y sus actualizaciones.
Los presentes Lineamientos se emiten en México, D.F., a los veintitrés días del mes de
junio del año 2015.
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