LINEAMIENTOS DE INTEGRACIÓN, USO Y COMPARTICIÓN DE INFORMACIÓN SOCIOECONÓMICA DEL SIFODE SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE GEOESTADÍSTICA Y PADRONES DE BENEFICIARIOS Junio, 2015 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE México D. F., 23 de junio de 2015 De acuerdo con el Artículo 9, fracción I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2012, corresponde a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional: “Planear, diseñar y evaluar las estrategias, programas, proyectos y acciones en materia de desarrollo social y proponer las políticas, criterios y lineamientos generales para el cumplimiento de los objetivos de los programas y acciones de la Secretaría” “Establecer los lineamientos para la elaboración y la actualización de los padrones de personas beneficiarias de los programas sociales e integrarlos al padrón de programas federales de desarrollo social, así como para la recolección de información socioeconómica, identificación de hogares e información social, estadística y georreferenciada” Con base en lo anterior y en cumplimiento del Artículo 36, fracciones V, VI y VII, donde corresponde a la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios: “Salvaguardar la información socioeconómica recolectada por los programas sociales a cargo de las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, así como de las entidades del Sector” “Establecer los procedimientos y operar los sistemas para la integración, actualización y publicación de la información del padrón de personas beneficiarias de los programas sociales” “Desarrollar y mantener una plataforma informática que permita a las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, así como a las entidades del Sector realizar actividades de planeación, diseño y evaluación de la política social a través del uso de información estadística y espacial” Asimismo, considerando que el artículo 31, fracción VII establece que la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones menciona que deberá: “Apoyar a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, a partir de las directrices que le marque el o la Titular de la Oficialía Mayor, en las actividades de integración, consolidación y administración de la estadística en materia de desarrollo social” 1 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE Contenido 1. Considerando .................................................................................................................................. 4 2. Objetivos ........................................................................................................................................... 5 2.1. Objetivo general ................................................................................................................... 5 2.2. Objetivos particulares .......................................................................................................... 5 3. Glosario y siglas .............................................................................................................................. 5 4. Fundamento legal ........................................................................................................................... 7 5. Ámbito de aplicación ...................................................................................................................... 7 6. Disposiciones generales ................................................................................................................ 7 6.1. Participantes ......................................................................................................................... 7 6.2. Fuentes de información del SIFODE para: ...................................................................... 8 6.2.1. Integración ....................................................................................................................... 8 6.2.2. Actualización ................................................................................................................... 8 6.2.3. Complemento .................................................................................................................. 8 6.3. Adhesión al SIFODE ........................................................................................................... 8 6.3.1. Derechos y obligaciones de los órganos adheridos al SIFODE ............................. 9 6.4. Criterios de elegibilidad..................................................................................................... 10 7. Disposiciones específicas............................................................................................................ 10 7.1. Información disponible en el SIFODE ............................................................................ 10 7.2. Integración de información al SIFODE ........................................................................... 10 7.2.1. Carga de información ................................................................................................... 10 7.2.2. Evaluación de la calidad de datos ............................................................................. 11 7.2.3. Análisis de información ................................................................................................ 11 7.2.4. Actualización del SIFODE ........................................................................................... 11 7.3. Uso de la información ....................................................................................................... 11 7.4. Compartición de información ........................................................................................... 11 7.4.1. Entrega de universos potenciales .............................................................................. 12 7.4.2. Entrega de información adicional ............................................................................... 12 8. Interpretación ................................................................................................................................. 12 9. Artículos transitorios ..................................................................................................................... 12 3 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE La Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, con fundamento en lo establecido en el artículo 36 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; y de acuerdo al Manual de Organización y de Procedimientos de la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, y 1. Considerando Que el Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE) tiene como objetivo la focalización de participantes para la atención por parte de los programas sociales a través de la integración de información socioeconómica, modelos de evaluación y la contribución al establecimiento de criterios de intervención para la atención de los beneficiarios. Que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) a través de la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios (DGGPB), es la responsable de administrar el SIFODE con base en la información obtenida a través de los programas y conforme a los presentes Lineamientos. Que dentro de las atribuciones de la DGGPB se encuentra desarrollar y mantener una plataforma informática que permita a las unidades administrativas y a los órganos administrativos desconcentrados de la SEDESOL, así como a las entidades del Sector, realizar actividades de planeación, diseño y evaluación de la política social a través del uso de información estadística y espacial. Que dentro de los objetivos específicos de la DGGPB se encuentran generar información sustantiva y estratégica para la planeación de las distintas acciones de la política social; orientar el otorgamiento de los apoyos con base en las características económicas, sociales y demográficas de la población; y construir un sistema único de identificación, sujeto a principios de objetividad, equidad, transparencia, selectividad y temporalidad. Que cada programa establece en su normatividad aplicable, de acuerdo con sus objetivos, propósitos y acciones, los criterios de elegibilidad para la identificación de poblaciones potenciales y susceptibles de recibir apoyos; para lo cual, cada uno capta la información correspondiente para determinar si cumple con sus criterios establecidos. Que en cumplimiento al párrafo transversal del SIFODE, incorporado en las Reglas de Operación para el año 2015 de los programas de la SEDESOL y aquellos que forman parte de la Cruzada contra el Hambre, en el cual se hace referencia a la recolección e integración de información socioeconómica y su evaluación en el SIFODE, además de que de manera transitoria su implementación será gradual durante el primer semestre del ejercicio fiscal 2015 y de uso obligatorio al concluir dicho periodo. Que cada programa efectúa el mantenimiento de los datos de sus beneficiarios a través de la actualización de la información para la identificación por medio de diferentes herramientas. Que el Ejecutivo Federal impulsará, de manera transversal, la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres a través de la incorporación de la perspectiva de igualdad en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, por lo que se debe de considerar: identificar y registrar la población objetivo y la atendida por dichos programas, diferenciada por sexo, grupo de 4 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE edad, región del país, entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito Federal, y población indígena en los sistemas que disponga la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los padrones de beneficiarias y beneficiarios que correspondan. Que por virtud de los fundamentos y consideraciones expuestas, he tenido a bien emitir los siguientes: LINEAMIENTOS DE INTEGRACIÓN, USO Y COMPARTICIÓN DE INFORMACIÓN SOCIOECONÓMICA DEL SIFODE. 2. Objetivos 2.1. Objetivo general El objetivo de los presentes Lineamientos es establecer los términos, criterios, condiciones y características de los procesos de integración, uso, compartición y actualización de información socioeconómica, para la focalización de participantes de los programas en el SIFODE. 2.2. Objetivos particulares I. II. III. IV. V. Definir los criterios para la adhesión de programas al uso del SIFODE. Establecer los criterios para la integración de información por parte de los programas adheridos al uso del SIFODE. Determinar la información a integrar al SIFODE, así como los criterios para su actualización y vigencia. Disponer las condiciones para el uso y la compartición de información entre los programas adheridos al SIFODE. Disponer de los modelos para evaluar la información socioeconómica de los participantes en el SIFODE. 3. Glosario y siglas Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: Beneficio: Todo aquel subsidio o apoyo otorgado a los participantes a través de un programa. Beneficiario: Participantes que forman parte de la población objetivo atendida por los programas. Cuestionarios: Denominación genérica de los instrumentos de recolección: Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS), Cuestionario Único de Actores Sociales (CUAS), Cuestionario Único de Obras y Servicios (CUOS) y Cuestionario Complementario 5 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE (CC) y otros en los que se capte información que permita la identificación de posibles beneficiarios. Cuestionario Complementario (CC): Instrumento de recolección, adicional al CUIS, que capta información específica que el programa requiere para determinar la elegibilidad de los posibles beneficiarios. Cuestionario Único de Actores Sociales (CUAS): Cuestionario diseñado por la SEDESOL para el registro de actores sociales que reciben algún apoyo (Anexo 1). Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS): Cuestionario diseñado por la SEDESOL para la captación de información socioeconómica de hogares y personas para la identificación de los posibles beneficiarios (Anexo 2). Cuestionario Único de Obras y Servicios (CUOS): Cuestionario diseñado por la SEDESOL para el registro de obras de infraestructura o servicios llevados a cabo en los que se ejercieron recursos públicos en áreas de participación social (Anexo 3). Derechos para el Desarrollo Social: Son la educación, salud, alimentación, vivienda, el disfrute de un ambiente sano, trabajo, seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Formato de Registro de Programas: Documento diseñado y administrado por la SEDESOL para la obtención de información de los programas (Anexo 4). Hogar: Conjunto de personas que hacen vida en común dentro de una misma vivienda, unidos o no por parentesco, que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina. Lineamientos: Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE. Padrón Único de Beneficiarios (PUB): Base de datos que contiene la información de todos los padrones de beneficiarios de todos los Programas de Desarrollo Social. Participantes: Unidades que forman parte del Registro de Participantes (RP) en el Sistema de Información Social Integral (SISI) y se clasifican en: Persona, Área de Atención Social o Actor Social. Programas: Estrategias, planes y/o acciones de la Administración Pública Federal previstos en la Política Nacional de Desarrollo Social o de las dependencias adheridas al SIFODE de cualquier orden de gobierno encaminadas a contribuir al ejercicio de los derechos para el desarrollo social. Registros Administrativos: Datos relacionados con los participantes, operados por entidades normativas en la materia, y que se consideran fuentes de actualización de la información socioeconómica del SIFODE. Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL). Sistema de Información Social Integral (SISI): Plataforma tecnológica diseñada, integrada y administrada por la SEDESOL, que explota los datos socioeconómicos de los 6 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE participantes y la información sobre la oferta de programas sociales que permitan una mejor planificación, coordinación y focalización de la política social. Unidad Administrativa Responsable del Programa (UARP): Dirección, Coordinación o área administrativa responsable de la operación de algún programa de desarrollo social. 4. Fundamento legal Los presentes Lineamientos tienen como fundamento legal: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. X. XI. XII. Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Artículo 32. Ley de Planeación, Artículos 2, 16, 21, 33 y 34. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Artículos 4, 7, 18, 20, 21, 22 y 25. Ley General de Desarrollo Social, Artículos 1, 3, 27, 36, 38, 44, y 71. Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, Artículos 40, 41, 47 y 51. Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, Artículos 9, y 36. Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares. Lineamientos para los Procesos de Recolección de Información Socioeconómica y Captura. Manual de Organización General de la Secretaría de Desarrollo Social Manual de Organización Específico de la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios. Manual de Operación para la Integración del Padrón Único de Beneficiarios. 5. Ámbito de aplicación Los presentes Lineamientos deberán ser puestos a disposición por parte de la Secretaría y deben ser utilizados por los programas sociales, de conformidad con su normatividad. Asimismo, serán aplicables a las instituciones y dependencias adheridas al SIFODE. La SEDESOL a través de la DGGPB es la responsable de la aplicación de los Lineamientos. 6. Disposiciones generales 6.1. Participantes 1) Persona: Individuo que forma parte de un hogar, es decir que declara que hace vida en común dentro de una misma vivienda y puede estar unido o no por parentesco con otros individuos, que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina. 7 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE 2) Área de Atención Social: Unidad que se refiere a un lugar delimitado geográficamente que pueda ser sujeta o no a la aplicación de los programas de beneficio comunitario. 3) Actor Social: Unidad conformada por un individuo, grupo, organizaciones o instituciones con un fin común que interactúan en la sociedad y que, por iniciativa propia, coordinan o ejecutan acciones y propuestas que contribuyen a fortalecer el desarrollo social. 6.2. Fuentes de información del SIFODE para: 6.2.1. Integración La integración de datos inicial de los participantes al SIFODE es a través de: CUIS.- para hogar y personas. CUOS.- para Área de Participación Social. CUAS.- para un Actor Social. 6.2.2. Actualización Las fuentes de actualización de información para los participantes son: Para Personas: El CUIS, el PUB, los CC y Registros Administrativos. Para Áreas de Atención Social y Actores Sociales serán: El CUOS, el CUAS, el PUB, y Registros Administrativos. 6.2.3. Complemento Será posible contar con información adicional recolectada a través de Registros Administrativos utilizados por los programas o bien por parte de entidades normativas. La Secretaría podrá requerir a los programas y a las entidades normativas información de Registros Administrativos para la confronta y/o actualización del SIFODE mediante convenios u oficios en los casos que se requiera. 6.3. Adhesión al SIFODE Los programas a cargo de la Secretaría, así como de los órganos administrativos desconcentrados, entidades que forman parte del Sector y aquellos de la Administración Pública Federal que participen en alguna estrategia del Gobierno Federal relativa al desarrollo social que les hubiese sido mandatada, estarán adheridos al SIFODE de manera automática y obligatoria. Además, podrán adherirse de manera voluntaria programas que así lo requieran a través de los instrumentos jurídicos preestablecidos por la SEDESOL, para lo cual deberán llenar el Registro para la Adhesión al SIFODE (Anexo 5). La adhesión al SIFODE podrá ser para: 1) Proveedores de información: Las entidades que así lo soliciten podrán suministrar información para la actualización y confronta del SIFODE, por lo que deberán observar los Lineamientos para los Procesos de Recolección de Información 8 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE Socioeconómica y Captura, disponibles en http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Me nu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_RISC.pdf, en los cuales se establecen los criterios que deben seguir para recolectar información socioeconómica. 2) Usuarios de información: Las entidades que así lo soliciten podrán utilizar la información proveniente del SIFODE, para la identificación de universos potenciales o con carácter estadístico. La forma en que se adhieran deberá estar indicada en el Registro para la Adhesión al SIFODE (Anexo 5), que se establecerá de mutuo acuerdo con la Secretaría. La UARP notificará a la Secretaría el nombre y datos del responsable del SIFODE ante la DGGPB, que tenga a bien designar mediante el Registro para la Adhesión al SIFODE (Anexo 5). Éste será responsable de la carga de información así como del uso y trasmisión de datos personales. 6.3.1. Derechos y obligaciones de los órganos adheridos al SIFODE Los programas que forman parte del SIFODE contarán con los siguientes derechos: I. II. III. IV. V. VI. Obtener universos potenciales adecuados a la identificación de su población objetivo. Demandar la aclaración de dudas respecto a la generación de universos potenciales. Modificar los criterios para la generación de universos potenciales, previo acuerdo con la Secretaría. Solicitar información adicional para el apoyo en sus estrategias de focalización, planeación o toma de decisiones. Recibir capacitación y asesoría sobre el uso de la plataforma del SIFODE. Requerir cualquier aclaración sobre alguna falla al realizar una carga de información en la plataforma del SIFODE. Los programas que forman parte del SIFODE están obligados a: I. II. III. IV. V. VI. VII. Realizar las cargas de información (en línea o fuera de línea) conforme a los acuerdos establecidos con la Secretaría. Proporcionar a la Secretaría los criterios de focalización para la generación de universos potenciales. Facilitar a la Secretaría la información y criterios suficientes para determinar la vigencia y la información que se visualizará en la plataforma del SIFODE. Ser responsable de la homologación de la estructura de datos y de la carga en el SIFODE. Reportar a la Secretaría mediante oficio cualquier anomalía o contratiempo que haya impedido la carga de información socioeconómica. En los casos extraordinarios en que las UARP’s no entreguen la información dentro de las fechas establecidas en los calendarios acordados, deberán presentar oficio con las respectivas causales que justifiquen el incumplimiento y medidas para no reincidir en la acción. Los programas que recolecten información socioeconómica serán responsables del resguardo. 9 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE 6.4. Criterios de elegibilidad Los criterios de elegibilidad serán determinados por cada programa y corresponderán a los que se encuentran contenidos en sus Reglas de Operación del ejercicio fiscal en curso. El SIFODE no establece los criterios de elegibilidad ni define la entrega de beneficios, pero sí es una herramienta de focalización y de información social diseñada para el apoyo a los programas. 7. Disposiciones específicas 7.1. Información disponible en el SIFODE El SIFODE contará con al menos la siguiente información de acuerdo al tipo de participante, el cual puede o no ser receptor de un beneficio, por ende no implica necesariamente contar con una evaluación o intervención: I. II. III. IV. V. Registro de Participantes (RP): Sistema de información que integra y administra los datos de Personas, Áreas de Atención Social o Actores Sociales susceptibles o no de recibir beneficio de los programas. Domicilio: Datos necesarios para la localización de participantes que se registran con base en la Norma Técnica de Domicilios Geográficos. Evaluación: Segmentación de participantes mediante modelos que valoran sus condiciones y generan grupos con características similares, además de proporcionar indicadores que permiten priorizar las intervenciones. Intervenciones: Son los beneficios orientados a contribuir al ejercicio de los derechos para el desarrollo social. Universos potenciales: Conjunto de participantes que cumplen con los criterios de elegibilidad para ser beneficiarios de un programa específico y que son identificados a partir de la información disponible en el SIFODE. El Catalogo con el Listado de Variables del SIFODE se especifica en el Anexo 6. 7.2. Integración de información al SIFODE 7.2.1. Carga de información Se incorporará al SIFODE información vigente de los participantes. La vigencia de la información incorporada es de máximo cinco años fiscales a partir de su recolección, incluyendo el presente. Los programas realizarán cargas de información de la siguiente manera, y conforme a las instrucciones o medios que la DGGPB establezca: 1) Fuera de línea (carga local): Consiste en cargas masivas de información en la plataforma del SIFODE de acuerdo al calendario acordado con la Secretaría. 10 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE 2) En línea: Los programas que cuenten con sistemas propios de carga de información y que se encuentren sincronizados con los sistemas de la Secretaría cargarán información de manera directa. 7.2.2. Evaluación de la calidad de datos La Secretaría a través de la DGGPB ejecutará el proceso de calidad de datos de conformidad con los Criterios para la Calidad de Datos y Criterios de Identificación Única de Personas y Hogares (Anexos 7 y 8, respectivamente). 7.2.3. Análisis de información La Secretaría a través de la DGGPB aplicará los modelos de evaluación y confronta de intervenciones de conformidad con: Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares: http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Me nu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_Evaluacion_CSH.pdf Formato para la Definición de Criterios de la Matriz de Gestión (Anexo 9). Calendario de vigencias de intervenciones (Anexo 5). 7.2.4. Actualización del SIFODE La información del SIFODE será actualizada de manera mensual en línea o fuera de línea. 7.3. Uso de la información Los programas a cargo de la Secretaría, así como de órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector, deberán utilizar el SIFODE para la determinación de universos potenciales y la incorporación de participantes como beneficiarios de sus programas. La actualización de universos potenciales será posible cuando el hogar actualice su información socioeconómica derivado de: 1) 2) 3) 4) A petición del hogar. La información socioeconómica perdió vigencia. Cambio de domicilio. Cambio de composición demográfica del hogar (nacimiento de un integrante, defunción de un integrante, separación o abandono definitivo de cónyuge, separación o adhesión de un integrante). 5) Por los procesos operativos propios de los programas. 7.4. Compartición de información Los programas adheridos al SIFODE compartirán de manera transversal la información a través de la plataforma. 11 Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE 7.4.1. Entrega de universos potenciales La Secretaría a través de la DGGPB entregará universos potenciales con una frecuencia no menor a un mes y atendiendo las necesidades de cada uno de los programas adheridos al SIFODE. 7.4.2. Entrega de información adicional La entrega de información adicional que requieran los programas deberá ser a petición y acordada con la SEDESOL a través de oficio. El tiempo de entrega atenderá al volumen y tipo de ésta. El tiempo máximo para su trasmisión no será mayor a 20 días hábiles, y su entrega será recurrente a partir de la siguiente liberación de universos potenciales. 8. Interpretación La interpretación de los Lineamientos es facultad exclusiva de la SEDESOL a través de la DGGPB, que además es la única instancia autorizada para resolver casos no previstos en los mismos y brindar atención sobre dudas respecto a su aplicación, interpretación y alcance. 9. Artículos transitorios PRIMERO: Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir de su publicación en el la Normateca. SEGUNDO: Aquellos programas que emitan normatividad, que contenga párrafo transversal del SIFODE, para el ejercicio fiscal 2015 se deberán apegar a los presentes Lineamientos y sus actualizaciones. Los presentes Lineamientos se emiten en México, D.F., a los veintitrés días del mes de junio del año 2015. 12
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