34 Expansión Viernes 18 diciembre 2015 Expansión JURÍDICO Sólo las grandes cotizadas se ‘blindan’ ante el Código Penal 28% denuncias Mientras que 8 de cada 10 empresas del Ibex 35 ya cuentan con programas para evitar los riesgos penales, el resto de cotizadas del Mercado Continuo todavía no se ha puesto a trabajar en este ámbito. S. Saiz. Madrid KrHv`H PciH r"? v_%h ýhký ký %ý Rk ch r"? Ph_ [%~%Th ~e_]%] f % %] ýh[ 7%%]Î ¼²ê ²²ê º¾ê ¼Èê Ⱥê È²ê µê %% Una empresa puede ser castigada por los delitos de un empleado. Ibex es totalmante el contrario, ya que el 77% está muy concienciado. Le explicación radica en que las grandes firmas llevan cinco años de ventaja respecto al resto en materia de cumplimiento normativo. Cuando en 2010 se incluyó la responsabilidad de las empresas en la reforma del Código Penal, los principales grupos cotizados empezaron a trabajar en estas cuestiones, según explica Ricardo Noreña, socio responsable del área de forensic de EY. En aquella época, la norma f % [% [% xYk[¬ rkh_~ 0 Si el delincuente se ha saltado fraudulentamente los controles. Contar con un supervisor autónomo de los controles internos. Si la supervisión es constante y no se reduce con el tiempo. no incluía la posibilidad de un eximente de la responsabilidad en caso de que la empresa contara con mecanismos de prevención y supervisión, algo que ha llegado con la últi- f % %% Menos de la mitad de las firmas del Mercado Continuo cuenta con códigos éticos o de conducta para prevenir el fraude, frente al 58% que se registra entre las sociedades cotizadas en Europa Occidental. rkh_%s% ?e%k] Rk Noreña asegura que uno de los motivos de este retraso es que el diseño y la implementación de las herramientas de cumplimiento normativo exigen una inversión nada desdeñable, tanto en tiempo como en dinero. Estar al día en los temas de compliance resulta vital para las empresas, ya que de no contar con estos mecanismos, si se ven inmersas en un fraude por culpa de un empleado, un juez puede incluso decretar el cierre de la compañía. Aun así, el avance es lento. Además del tiempo Cómo evitar la responsabilidad El consejo debe adoptar mecanismos eficaces para prevenir delitos. 46% códigos éticos ººê ¼¾ê Dreamstime Desde que en verano entró en vigor el nuevo Código Penal, han corrido ríos de tinta sobre cómo evitar la responsabilidad de las empresas en caso de que sus empleados cometan algún fraude o delito en su nombre. Sin embargo, cinco meses después, es preocupante la baja adaptación de las empresas españolas para adaptarse a la nueva normativa, ya que el 85% de las cotizadas españolas no ofrece ningún tipo de información sobre los riesgos penales a los que se enfrenta ni cómo piensa afrontarlos. Sin embargo, en la Bolsa española se dibujan dos realidades muy distintas. Mientras que las firmas del Ibex 35 sí están preparadas y el 77% ya se ha protegido frente a las nuevas responsabilidades penales, el resto de sociedades del Mercado Continuo está muy lejos de estos registros, según se desprende del informe Empresas cotizadas españolas, ¿blindadas frente al Código Penal?, elaborado por EY. Es más, entre las pequeñas y medianas cotizadas, el grado de concienciación es bajo o medio en el 86% de los casos, mientras que entre las del El 28% de las cotizadas españolas no cuenta con un canal de denuncias, sistema que ayuda a eludir la responsabilidad penal de las empresas. El 85% no ofrece información sobre sus riesgos penales. ma modificación. Por tanto, las empresas con menos recursos, prefirieron esperar y, ahora, van con cinco años de retraso respecto a sus hermanas mayores. y el coste, Noreña ve otros obstáculos, como la falta de profesionales especializados en este campo, relativamente nuevo en España. La lentitud de la Justicia tampoco ayuda, ya que desincentiva la inversión en herramientas de prevención al no saber si son los mecanismos acertados. Tampoco existe jurisprudencia al respecto. Y, aunque el cumplimiento normativo “ha venido para quedarse”, el socio de EY reconoce que no existen protocolos legales definidos para ponerlo en práctica. CONSULTA DE TRIBUTOS Mercedes Serraller. Madrid Hacienda ha empezado a aplicar de forma retroactiva la mejora que ha introducido la reforma fiscal en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para no residentes. Así lo establece una consulta de la Dirección General de Tributos (DGT) que admite el efecto retroactivo de esta modificación. En concreto, en la adquisición mortis causa en junio de 2013 de una cuenta corriente de una sucursal en Marbella de Banco Sabadell entre residentes belgas. En esta consulta, se insta la rectificación de la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y se pregunta si la normativa autonómica que debe aplicarse es la de Andalucía (lugar material en el que se encuentra el dinero) o Cataluña (sede social de la entidad financiera en cuestión). La DGT concluye en su consulta que debe prevalecer la legislación de Andalucía. Más allá del caso en cuestión, lo interesante, subraya Cristino Fayos, socio de Deloitte Abogados y Asesores Tributarios, “es que se aplica la Disposición Adicional 2ª de la Ley 29/1987 sin poner traba alguna a que el Esta bonificación también puede afectar a Patrimonio, impuesto que ha sido mejorado hecho imponible fue en 2013”. Es decir, se aplican los cambios de la reforma fiscal, en vigor desde el 1 de enero de 2015, a un caso que se produjo dos años antes. Además, añade Fayos, esta consulta puede invocarse para situaciones similares en el Impuesto sobre el Patrimonio, que fue objeto de una modificación similar en la reforma fiscal. Desde este año, los no residentes ya no están discriminados en el Impuesto sobre Mauricio Skrycky Hacienda aplica retroactivamente la mejora en Sucesiones para no residentes Diego Martín-Abril, director general de Tributos. Sucesiones y Donaciones y en Patrimonio, en el que tenían que pagar mucho más que los residentes de algunas comunidades autónomas. Hacienda tuvo que cambiar la legisla- ción española ante la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que dictó que la normativa española obstaculizaba la libre circulación de personas y de capitales. Hoy, en www.expansion.com/juridico: Adiós a los libros de visitas, José Mª Lamarca (Marimón Abogados)
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