Sólo las grandes cotizadas se `blindan` ante el Código Penal

34 Expansión Viernes 18 diciembre 2015
Expansión
JURÍDICO
Sólo las grandes cotizadas se
‘blindan’ ante el Código Penal
28%
denuncias
Mientras que 8 de cada 10 empresas del Ibex 35 ya cuentan con programas para evitar los riesgos
penales, el resto de cotizadas del Mercado Continuo todavía no se ha puesto a trabajar en este ámbito.
S. Saiz. Madrid
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Una empresa puede ser castigada por los delitos de un empleado.
Ibex es totalmante el contrario, ya que el 77% está muy
concienciado.
Le explicación radica en
que las grandes firmas llevan
cinco años de ventaja respecto al resto en materia de cumplimiento normativo. Cuando
en 2010 se incluyó la responsabilidad de las empresas en
la reforma del Código Penal,
los principales grupos cotizados empezaron a trabajar en
estas cuestiones, según explica Ricardo Noreña, socio responsable del área de forensic
de EY.
En aquella época, la norma
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 Si el delincuente se ha
saltado fraudulentamente
los controles.
 Contar con un
supervisor autónomo de
los controles internos.
 Si la supervisión es
constante y no se reduce
con el tiempo.
no incluía la posibilidad de un
eximente de la responsabilidad en caso de que la empresa
contara con mecanismos de
prevención y supervisión, algo que ha llegado con la últi-
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Menos de la mitad
de las firmas del Mercado
Continuo cuenta con
códigos éticos o de
conducta para prevenir
el fraude, frente al 58%
que se registra entre las
sociedades cotizadas en
Europa Occidental.
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Noreña asegura que uno de
los motivos de este retraso es
que el diseño y la implementación de las herramientas de
cumplimiento normativo exigen una inversión nada desdeñable, tanto en tiempo como en dinero.
Estar al día en los temas de
compliance resulta vital para
las empresas, ya que de no
contar con estos mecanismos, si se ven inmersas en un
fraude por culpa de un empleado, un juez puede incluso decretar el cierre de la
compañía. Aun así, el avance
es lento. Además del tiempo
Cómo evitar la responsabilidad
 El consejo debe adoptar
mecanismos eficaces para
prevenir delitos.
46%
códigos éticos
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Dreamstime
Desde que en verano entró en
vigor el nuevo Código Penal,
han corrido ríos de tinta sobre
cómo evitar la responsabilidad de las empresas en caso
de que sus empleados cometan algún fraude o delito en su
nombre. Sin embargo, cinco
meses después, es preocupante la baja adaptación de las
empresas españolas para
adaptarse a la nueva normativa, ya que el 85% de las cotizadas españolas no ofrece ningún tipo de información sobre los riesgos penales a los
que se enfrenta ni cómo piensa afrontarlos.
Sin embargo, en la Bolsa española se dibujan dos realidades muy distintas. Mientras
que las firmas del Ibex 35 sí están preparadas y el 77% ya se
ha protegido frente a las nuevas responsabilidades penales, el resto de sociedades del
Mercado Continuo está muy
lejos de estos registros, según
se desprende del informe Empresas cotizadas españolas,
¿blindadas frente al Código Penal?, elaborado por EY.
Es más, entre las pequeñas
y medianas cotizadas, el grado de concienciación es bajo o
medio en el 86% de los casos,
mientras que entre las del
El 28% de las cotizadas
españolas no cuenta con
un canal de denuncias,
sistema que ayuda a
eludir la responsabilidad
penal de las empresas.
El 85% no ofrece
información sobre sus
riesgos penales.
ma modificación. Por tanto,
las empresas con menos recursos, prefirieron esperar y,
ahora, van con cinco años de
retraso respecto a sus hermanas mayores.
y el coste, Noreña ve otros
obstáculos, como la falta de
profesionales especializados
en este campo, relativamente
nuevo en España. La lentitud
de la Justicia tampoco ayuda,
ya que desincentiva la inversión en herramientas de prevención al no saber si son los
mecanismos acertados.
Tampoco existe jurisprudencia al respecto. Y, aunque
el cumplimiento normativo
“ha venido para quedarse”, el
socio de EY reconoce que no
existen protocolos legales
definidos para ponerlo en
práctica.
CONSULTA DE TRIBUTOS
Mercedes Serraller. Madrid
Hacienda ha empezado a
aplicar de forma retroactiva la
mejora que ha introducido la
reforma fiscal en el Impuesto
sobre Sucesiones y Donaciones para no residentes. Así lo
establece una consulta de la
Dirección General de Tributos (DGT) que admite el efecto retroactivo de esta modificación. En concreto, en la adquisición mortis causa en junio de 2013 de una cuenta corriente de una sucursal en
Marbella de Banco Sabadell
entre residentes belgas.
En esta consulta, se insta la
rectificación de la autoliquidación del Impuesto sobre
Sucesiones y Donaciones y se
pregunta si la normativa autonómica que debe aplicarse es
la de Andalucía (lugar material en el que se encuentra el
dinero) o Cataluña (sede social de la entidad financiera
en cuestión). La DGT concluye en su consulta que debe
prevalecer la legislación de
Andalucía. Más allá del caso
en cuestión, lo interesante,
subraya Cristino Fayos, socio
de Deloitte Abogados y Asesores Tributarios, “es que se
aplica la Disposición Adicional 2ª de la Ley 29/1987 sin
poner traba alguna a que el
Esta bonificación
también puede
afectar a Patrimonio,
impuesto que ha
sido mejorado
hecho imponible fue en
2013”. Es decir, se aplican los
cambios de la reforma fiscal,
en vigor desde el 1 de enero de
2015, a un caso que se produjo
dos años antes. Además, añade Fayos, esta consulta puede
invocarse para situaciones similares en el Impuesto sobre
el Patrimonio, que fue objeto
de una modificación similar
en la reforma fiscal.
Desde este año, los no residentes ya no están discriminados en el Impuesto sobre
Mauricio Skrycky
Hacienda aplica retroactivamente la
mejora en Sucesiones para no residentes
Diego Martín-Abril, director general de Tributos.
Sucesiones y Donaciones y en
Patrimonio, en el que tenían
que pagar mucho más que los
residentes de algunas comunidades autónomas. Hacienda tuvo que cambiar la legisla-
ción española ante la sentencia del Tribunal de Justicia de
la UE que dictó que la normativa española obstaculizaba la
libre circulación de personas
y de capitales.
Hoy, en www.expansion.com/juridico: Adiós a los libros de visitas, José Mª Lamarca (Marimón Abogados)