MINISTERIO DE GOBIERNO Teléfono: 512

MINISTERIO DE GOBIERNO
Teléfono: 512-7600
Dirección: CI. 29 y Av. Cuba
Horario: 8:00am – 4:00pm
http://www.mingob.gob.pa/mingob/
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Funciones
Corresponde
al
Ministerio
de
Gobierno
lo
relativo
al
régimen
político
y
administrativo
interno
del
país,
cumplir
y
hacer
cumplir
la
Constitución de la República y las normas de derecho vigentes.
Ejercer el control administrativo de las provincias y comarcas indígenas y
promover el desarrollo económico y social en comunidades indígenas del país
dentro de sus patrones culturales.
Apoyar en todo el territorio la actividad de búsqueda, rescate aéreo y
evacuación por razones de desastre aéreo, marítimo o natural
Desarrollar
las
actividades
relativas
a
la
prevención
y
protección
contra
incendios y dictar todas las medidas de seguridad de los asociados.
Asegurar la subsistencia de la ciudadanía en casos de urgencia o calamidad
pública.
Administrar
el
Sistema
Penitenciario
de
la
República
y
asegurar
la
rehabilitación de los detenidos sometidos a la custodia del Estado y velar
porque se cumplan los preceptos legales vigentes.
Aprobar Personerías Jurídicas a las Asociaciones de carácter civil sin fines
de lucro.
Dirigir, supervisar, coordinar y controlar los servicios administrativos del
Ministerio y coordinar todos los esfuerzos entre los Municipios y las distintas
instituciones y agencias del Gobierno Nacional
Trámites
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Obtención de personería Jurídica.
Solicitud de Personería Jurídica como Filial.
Solicitud de Personería Jurídica como Federación.
Reconocimiento como Persona Jurídica de las entidades privadas que se dediquen al
arbitraje, a la mediación y a la conciliación.
Inscripción en el Registro de las entidades sin fines de lucro con Personería Jurídica
otorgadas por el Ministerio de Gobierno.
Solicitud de Reforma al Estatuto
Autorización de las Asociaciones de cultos no católicos con personería jurídica, para la
celebración de matrimonios.
Renovación de la Autorización expedida por el Ministerio de Gobierno para que las
Asociaciones de cultos no católicos puedan celebrar matrimonios.
Notificación de Disolución de las entidades sin fines de lucro con Personería Jurídica
otorgadas por el Ministerio de Gobierno
Idoneidad de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia
Registro de Mediadores y Conciliadores
Actualización del Registro de Conciliador y Mediador Comunitario
BOMBEROS
Teléfono: 512-6148 / 512-6426
Dirección: CI. 28 Este y Av. Cuba
Horario: 8:00am – 4:00pm
Correo: [email protected]
http://www.bomberosdepanama.gob.pa
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Funciones
Garantizar que todas las estaciones de bomberos brinden la mayor calidad de atención y
servicios con Disciplina, Honor y Abnegación.
Desarrollar los sistemas de información necesarios para su gestión eficiente.
Crear comisiones de investigación cuando así se amerite.
Supervisar y proteger el patrimonio del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la
República de Panamá, así como propiciar el uso racional de sus recursos, considerando la
conservación del medio ambiente.
Aprobar los actos o contratos que celebre la Dirección General por sumas mayores a ciento
cincuenta mil balboas (B/.150,000.00), con sujeción a lo dispuesto en la Ley de
Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones.
Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la
República de Panamá y remitirlo, oportunamente, al Órgano Ejecutivo, el cual deberá incluir el
Programa de funcionamiento e inversiones de la Institución y el
Patronato.
Autorizar al Director General para efectuar gastos adicionales, no presupuestados, para
solucionar situaciones excepcionales y solicitar los créditos adicionales al Ejecutivo si fuera
necesario.
Crear un sistema de auditoría interna, ajustado a las normas de contabilidad gubernamental, que
permita el control de los materiales y equipos bajo su responsabilidad.
Aprobar las tarifas por los servicios que preste el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la
República de Panamá, así como el sistema de recaudación y de contabilidad necesarios para
garantizar la transparencia y la rendición de cuentas.
Colaborar con otros entes públicos o privados de atención de emergencias por incendios y
desastres naturales o causados por el ser humano.
Considerar el Reglamento General y el Manual de Cargos y Funciones del Benemérito
Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá y someterlo para su aprobación al
Órgano Ejecutivo.
Aprobar los manuales de procedimientos de las unidades especiales.
Aprobar el Reglamento de Recursos Humanos, en un máximo de sesenta días posteriores a la
entrada en vigencia de la presente Ley.
Definir una política de talento humano, a fin de estimular el sistema de méritos y la capacitación,
así como promover el respeto, la disciplina y la Carrera Bomberil.
Aprobar las normas de concursos de méritos para seleccionar y nombrar al personal directivo y
demás servidores públicos del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la
República de Panamá, conforme a la Carrera Bomberil y la presente Ley.
Reglamentar la convocatoria de la terna de los aspirantes a los cargos de Director y
Subdirector General, que será remitida al Presidente de la República para su designación.
Aprobar el Código de Ética de los miembros del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la
República de Panamá.
Aprobar las normas de control y evaluación de personal que sirvan de base para un sistema de
evaluación del desempeño de los recursos humanos, de acuerdo con la
Carrera Bomberil y la Carrera Administrativa.
Autorizar al Director General para suscribir convenios de cooperación, a fin de impulsar mejoras
en los servicios que presta el Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá con entidades
públicas y privadas, nacionales e internacionales.
Trámites

Custodia

Expedición de Licencias

Inspección de Vehículos Dedicados al Transporte de Materiales Peligrosos

Licencia para Operadores de Calderas, Cinema, Electricidad, Dinamiteros, Soldadores,
Instalaciones de Artefactos y Reparaciones de los Mismos

Permiso de Operación de Campo de Tiros

Permiso para Fabricación y Venta de Productos Pirotécnicos y de Artificio

Permiso para Importación y Control de Extintores

Permiso para Instalación y Revisión de Energía Eléctrica

Permiso para Operación de Equipo de Calderas

Permiso para Uso de Explosivos

Permisos de Instalación de Ascensores, Montacargas y Escaleras Mecánicas

Permisos para Puestos Temporales de Venta de Comida o Actividades Similares.
COTEL
Teléfonos: 512-7614
Dirección: Calidonia frente la iglesia de Don Bosco
Horario: 8:00am – 4:00pm.
Correo: [email protected]
http://cotelbox.correospanama.gob.pa/
http://www.correospanama.gob.pa/
Funciones

Desarrollar, impulsar y garantizar la prestación de los servicios postales y telegráficos,

basadas en las políticas emanadas del Gobierno Central y de las recomendaciones

efectuadas por los Organismos Postales Internacionales.

Definir los lineamientos para la formulación de los planes, programas y proyectos

tendientes a incrementar y fortalecer los objetivos administrativos, técnicos y

económicos de la institución.

Garantizar una administración dinámica y eficiente que proyecte la expansión,

desarrollo y modernización de los servicios postales a nivel nacional e internacional y

de los servicios telegráficos en el ámbito nacional.

Aplicar normas, métodos, procedimientos y controles para el fortalecimiento y

desarrollo institucional que asegure la ejecución eficiente de las actividades postales

telegráficas.

Garantizar la organización de los servicios de la institución tomando en consideración

los métodos, procedimientos administrativos y operativos consagrados en los acuerdos,

convenios postales y de las recomendaciones realizadas por los Organismos rectores

del servicio postal internacional, teniendo en cuenta lo establecido en la Legislación

Nacional.

Promover el desarrollo económico, social y cultural de los funcionarios fomentando la

investigación técnica y la capacitación, para el progreso y perfeccionamiento de los

servicios que brinda la institución.

Promover, coordinar y desarrollar las relaciones de la institución con los Organismos

Postales Internacionales, las Administraciones Postales Extranjeras y las

Organizaciones e Instituciones públicas y privadas en el ámbito postal y telegráfico.

Realizar evaluaciones permanentes de los resultados obtenidos en la ejecución de los

planes, programas y actividades de la institución y plantear estrategias para el

fortalecimiento y perfeccionamiento de los servicios.

Recibir asesoría y/o asistencia técnica proveniente de los Organismos Postales








Internacionales, las Administraciones Postales Extranjeras y de los acuerdos bilaterales
entre gobiernos.
Presentar a su superior jerárquico informes periódicos de las actividades relacionadas con el
funcionamiento y desarrollo de los servicios postales y telegráficos.
Coordinar con las instituciones gubernamentales el desarrollo de Programas de índole social
dirigidos a las familias de pobreza extrema a través de la red de oportunidades y programas de
beca.
Entregar las transferencias monetarias condicionadas (TMC) a las familias incluidas en el
programa de la red de Oportunidades.
Elaborar datos estadísticos de todas las acciones que realicen en las provincias en base al
proyecto de Instituciones comunitarias.
Realizar otras funciones que competen al ámbito de sus responsabilidades y que asigne
su superior jerárquico.
Trámites

Alquiler de apartados postales

Conferencias Telefónicas

Copias de Telegrama

Correo Electrónico Post Fax

Correspondencia

Correspondencia (aviso de recibo) (c5)

Correspondencia (Entrega General)

Correspondencia (Expresos)

Correspondencia (Impresos de Interés Promocional)

Reparto a Domicilio

Telegrama Ordinario.

Telegramas Oficiales
ONPAR
Teléfono: 512-2177 / 2173
Dirección: Vía España al lado del edificio Delta
Horario: 8:00am. – 4:00pm
Correo: [email protected]
Funciones

Brindar apoyo técnico, jurídico e institucional a la Comisión.

Coordinar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Comisión con base en el

calendario aprobado por ésta.

Elaborar las actas y resoluciones emitidas por la Comisión en ejercicio de sus

atribuciones.

Realizar las entrevistas a los solicitantes de protección, evaluarlas y conformar el

expediente correspondiente.

Brindar asistencia legal sobre la protección a los Refugiados e informarles

individualmente sobre sus derechos y deberes.

Brindar orientación psico-social a los solicitantes y darle seguimiento continuo y

permanente en la medida de sus posibilidades. En casos de abuso sexual o violencia,

garantizar atención médico-psicológica y legal especializada a los afectados.

Brindar asistencia social y económica a los Refugiados cuando, previa evaluación, lo

amerite. La asistencia se deberá fundamentar en el concepto de promoción de la

autogestión, y deberá asegurar la entrega directa de la asistencia a los individuos

responsables por el cuidado de los menores de edad.

Realizar las gestiones necesarias y posibles ante la autoridades nacionales

correspondientes, para la obtención de las autorizaciones, permisos y documentos que

permitan al refugiado trabajar, ejercer su profesión u oficio, acceder a las facilidades

educativas, de seguridad social, salud propiedad privada, propiedad intelectual y

demás establecidas en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, sin

más limitaciones que las establecidas en la Constitución Política y Leyes de la

República.

Elaborar cuadros estadísticos que sirvan de referencias y apoyo a la labor que se

efectúa, para garantizar el acceso a los servicios de ONPAR.

Confeccionar y presentar los informes estadísticos y narrativos, relativos a la labor

realizada y las proyecciones, así como cualquier otro que solicite el Ministerio de

Gobierno, la Comisión o el ACNUR.

Coordinar y ejecutar con el ACNUR y demás organismos Nacionales e Internacionales

relacionados con el tema, los programas en que éstos sean parte o puedan tener interés.

Administrar los fondos destinados al desarrollo de los programas para los Refugiados

y para las personas sujetas al Estatuto Humanitario Provisional de Protección

estipulado en el Título II del presente Decreto Ejecutivo.

Organizar periódicamente seminarios nacionales e internacionales sobre los temas de

su competencia.

Custodiar y expedir los documentos de viajes proporcionados por el ACNUR para el

uso de aquellas personas que hayan sido reconocidas como Refugiados.

Elaborar las propuestas de reglamento, los manuales operativos y los planes de

contingencia de acuerdo con los temas objeto del presente Decreto Ejecutivo.

La coordinación de todo lo relacionado con el Estatuto Humanitario Provisional de

Protección descrita en el Título II del presente Decreto Ejecutivo.

Cualquier otra gestión que le asigne el Ministerio de Gobierno o la Comisión.

La Oficina Nacional para la Atención de los Refugiados estará subdividida en las siguientes
áreas de trabajo:
1. Departamento de Asesoría Legal.
2. Departamento de Relaciones Internacionales.
3. Unidad de Informática (Propuesto)
4. Departamento de Administración y Finanzas.
7. Departamento de Servicios Psicosociales
8. Departamento de Formulación Evaluación de Proyectos. (Propuesto)
9. Coordinación Regional
SINAPROC
Teléfono: 316-0053
Dirección: Antigua Base de Howard
Horario: 8:00am – 4:00pm
Correo: [email protected]
http://www.sinaproc.gob.pa/
Funciones

Recomendar al Órgano Ejecutivo, por medio del Ministerio de Gobierno, la aprobación de
programas, reglamentos y cualquier otro acuerdo requerido para el normal funcionamiento de la
entidad.

Recomendar al Órgano Ejecutivo que decrete el estado de emergencia y el cese de este, y que
se tomen las providencias a fin de suministrar fondos y recursos necesarios para afrontar y
atenuar los efectos de los desastres.

Recopilar y mantener un sistema de información, a través de un centro de datos moderno, con la
finalidad de obtener y ofrecer las informaciones necesarias para la planificación de estrategias y
medidas sobre gestión de riesgos y protección civil.

Promover un plan nacional de gestión de riesgos, incorporando el tema como eje transversal en
los procesos y planes de desarrollo del país, con el objetivo de reducir las vulnerabilidades
existentes y el impacto de los desastres en todo el territorio nacional.

Formular y poner en marcha estrategias planes de reducción de vulnerabilidades y de gestión de
riesgos, en cada uno de los sectores sociales y económicos para proteger a la población, la
producción, la infraestructura y el ambiente.

Confeccionar planes y acciones orientados a fortalecer y mejorar la capacidad de respuesta y la
atención humanitaria.

Organizar programas de educación, análisis, investigación e información técnica y científica
sobre amenazas naturales y antropogénicas; para tal efecto, cooperar y coordinar con
organismos estatales y entidades privadas e internacionales del sector educativo, social y
científico.

Elaborar y presentar el presupuesto de ingresos y egresos y el plan anual de inversiones de
Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC), los cuales serán remitidos oportunamente al
Ministerio de Gobierno, para su inclusión en el Proyecto del Presupuesto General del Estado.

Promover o proponer al Órgano Ejecutivo el diseño de planes y la adopción de normas

reglamentarias sobre seguridad y protección civil en todo el territorio nacional

Crear manuales y planes de emergencia, tanto generales como específicos, para casos

de desastres naturales o antropogénicos.

Promover la capacitación y el entrenamiento del recurso humano que interviene en las

acciones de protección civil.

Divulgar las leyes, decretos, resoluciones y reglamentos dictados para casos de

desastres y emergencias.

Realizar otras funciones que competen al ámbito de su responsabilidad y que le sean

asignadas por Superior Jerárquico.
SUME 911
Teléfono: 206-7500 / 7505
Dirección: Vía Brasil, Diagonal al IDAAN.
Horario: 7:30am – 3:30pm.
Correo: [email protected]
http://www.sume911.pa
Funciones

Establecer su estructura orgánica y el modelo de gestión que haga posible el cumplimiento de
los objetivos del SUME 9-1-1.

Aprobar el presupuesto anual del SUME 9-1-1.

Proponer al Presidente de la República la conformación de la terna de la cual será escogido el
Director Ejecutivo del SUME 9-1-1.

Aprobar las políticas de nombramiento del personal de acuerdo a concurso público.

Aprobar o rechazar los protocolos de comunicación y los procedimientos a seguir entre el SUME
9-1-1 y las entidades relacionados con la atención de emergencias para cada tipo de incidencias.

Aceptar las donaciones que le hagan personas naturales o jurídicas, sean estas de

Derecho Público o Privado, nacionales o extranjeras, entidades financieras u organismos
internacionales, así como legados y herencias, a beneficio de inventario.

Conocer en segunda instancia los procesos administrativos establecidos en la presente
Ley.

Representar a la República de Panamá en los Organismos Internacionales de sistemas

similares al SUME 9-1-1.

Cualesquiera otras que les establezcan la presente Ley y su Reglamento General.
SISTEMA PENITENCIARIO
Teléfono: 512- 7213
Dirección: calle 39 Ave. Balboa, PH Miramar
Horario: 8:00am – 4:00pm.
Correo: [email protected]
http://www.sistemapenitenciario.gob.pa/
Funciones

Dotar de asistencia técnica-administrativa, económica y social a los centros penitenciarios de
rehabilitación existentes en el país.
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Evaluar y ejecutar programas de rehabilitación de los privados de libertad para su mejoramiento
y readaptación social.
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Velar por la aplicación de la justicia a los detenidos, en la forma más expedita.

Vigilar, a través de las Secretarías Judiciales, la tramitación expedita de las etapas de los
procesos administrativos y penales de los internos.

Velar por el buen servicio de alimentación, atención médica, sistema de trabajo y otros requisitos
especiales a buen sistema carcelario.

Instituir un Centro Permanente de primer ingreso y dosificación de internos.

Elaborar la estructura de los departamentos necesarios para su organización interna.

Procurar las bases necesarias para la observación, diagnóstico y tratamiento de las personas
detenidas.

Coordinar la gestión administrativa de la Dirección y Centros Penitenciarios. Otra que la Ley
señale.